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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2008/0196(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0038/2011

Textos presentados :

A7-0038/2011

Debates :

PV 23/03/2011 - 20
CRE 23/03/2011 - 20

Votaciones :

PV 24/03/2011 - 6.13
CRE 24/03/2011 - 6.13
Explicaciones de voto
Explicaciones de voto
PV 23/06/2011 - 12.19
CRE 23/06/2011 - 12.19
Explicaciones de voto
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P7_TA(2011)0116
P7_TA(2011)0293

Textos aprobados
PDF 204kWORD 53k
Jueves 23 de junio de 2011 - Bruselas
Derechos de los consumidores ***I
P7_TA(2011)0293A7-0038/2011
Resolución
 Texto
 Anexo

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 23 de junio de 2011, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre derechos de los consumidores (COM(2008)0614 – C6-0349/2008 – 2008/0196(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2008)0614),

–  Vistos el artículo 251, apartado 2, y el artículo 95 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0349/2008),

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo titulada «Consecuencias de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa sobre los procedimientos interinstitucionales de toma de decisiones en curso» (COM(2009)0665),

–  Vistos el artículo 294, apartado 3, y el artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 16 de julio de 2009(1),

–  Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 22 de abril de 2009(2),

–  Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 15 de junio de 2011, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 55 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y las opiniones de la Comisión de Asuntos Jurídicos y de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A7-0038/2011),

1.  Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación(3);

2.  Aprueba su declaración adjunta a la presente Resolución;

3.  Toma nota de la declaración común de la Presidencia húngara y las próximas Presidencias polaca, danesa y chipriota del Consejo, anejas a la presente Resolución,

4.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos nacionales.

(1) DO C 317 de 23.12.2009, p. 54.
(2) DO C 200, de 25.8.2009, p. 76.
(3) Esta posición reemplaza las enmiendas adoptadas el 24 de marzo de 2011 (Textos Aprobados P7_TA(2011)0116).


Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 23 de junio de 2011 con vistas a la adopción de la Directiva 2011/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo
P7_TC1-COD(2008)0196

(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, la Directiva n° 2011/83/UE.)


ANEXO

Declaración del Parlamento Europeo sobre las tablas de correspondencia

El Parlamento Europeo lamenta que el Consejo no estuviera dispuesto a aceptar la publicación obligatoria de las tablas de correspondencia en el contexto de la propuesta de modificación de la Directiva. Se declara que el acuerdo alcanzado entre el Parlamento Europeo y el Consejo en el diálogo a tres bandas de 6 de junio 2011 con respecto a la Directiva no prejuzga el resultado de las negociaciones interinstitucionales sobre las tablas de correspondencia.

El Parlamento Europeo pide a la Comisión Europea que le informe ante el Pleno en el plazo de doce meses después de la adopción de este acuerdo y que elabore un informe al final del período de transposición sobre la práctica de los Estados miembros en la elaboración de sus propias tablas, en el que se exponga, en la medida de lo posible, la concordancia entre la presente Directiva y las medidas de transposición, haciendo públicos estos datos.

El Parlamento Europeo acoge con satisfacción el acuerdo alcanzado sobre la inclusión en la Directiva sobre derechos de los consumidores de requisitos obligatorios en materia de información relativa a esas disposiciones de la presente Directiva, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo y de la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, que ofrecen a los Estados miembros una opción en materia de reglamentación (artículos 29, 32 y 33).

Declaración de la Presidencia húngara y las próximas Presidencias polaca, danesa y chipriota del Consejo sobre las tablas de correspondencia

Se declara que el acuerdo alcanzado entre el Consejo y el Parlamento Europeo en el diálogo a tres bandas de 6 de junio de 2011 con respecto a la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva sobre derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo no prejuzga el resultado de las negociaciones interinstitucionales sobre las tablas de correspondencia.

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