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Procedimiento : 2011/2051(INI)
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Ciclo relativo al documento : A7-0202/2011

Textos presentados :

A7-0202/2011

Debates :

PV 22/06/2011 - 15
CRE 22/06/2011 - 15

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PV 23/06/2011 - 12.23
CRE 23/06/2011 - 12.23
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P7_TA(2011)0297

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Jueves 23 de junio de 2011 - Bruselas
La PAC en el horizonte de 2020: responder a los retos futuros en el ámbito territorial, de los recursos naturales y alimentario
P7_TA(2011)0297A7-0202/2011

Resolución del Parlamento Europeo, de 23 de junio de 2011, sobre la PAC en el horizonte de 2020: responder a los retos futuros en el ámbito territorial, de los recursos naturales y alimentario (2011/2051(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Comunicación de la Comisión titulada «La PAC en el horizonte de 2020: Responder a los retos futuros en el ámbito territorial, de los recursos naturales y alimentario» (COM(2010)0672),

–  Vistos el artículo 43, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el Reglamento (CE) n° 1290/2005 del Consejo sobre la financiación de la Política Agrícola Común(1),

–  Visto el Reglamento (CE) n° 1698/2005 del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)(2),

–  Vistas las Decisiones del Consejo 2006/144/CE(3) y 2009/61/CE sobre las directrices estratégicas comunitarias de desarrollo rural(4),

–  Visto el Reglamento (CE) n° 1234/2007 del Consejo, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas(5),

–  Visto el Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común(6),

–  Vista su Resolución, de 8 de julio de 2010, sobre el futuro de la Política Agrícola Común después de 2013(7),

–  Vista su Resolución, de 16 de junio de 2010, sobre la Estrategia UE 2020(8),

–  Vistas las Conclusiones de la Presidencia del Consejo, de 17 de marzo de 2011, sobre «La PAC en el horizonte de 2020»,

–  Visto el dictamen del Comité Económico y Social, de 18 de marzo de 2010, «La reforma de la política agrícola común en 2013»,

–  Visto el dictamen del Comité de las Regiones «La PAC en el horizonte de 2020: Responder a los retos futuros en el ámbito territorial, de los recursos naturales y alimentario»,

–  Visto el artículo 48 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural y las opiniones de la Comisión de Desarrollo, de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y de la Comisión de Desarrollo Regional (A7-0202/2011),

A.  Considerando que una agricultura europea sostenible, productiva y competitiva aporta una contribución vital a la consecución de los objetivos establecidos por los Tratados para la PAC y de los objetivos de la estrategia Europa 2020, que también puede contribuir a la superación de nuevos desafíos políticos como los que representan la seguridad del abastecimiento de alimentos, energía y materias primas industriales, el cambio climático, el medio ambiente y la biodiversidad, la sanidad y el cambio demográfico en la UE, y que la futura reforma de la PAC será la primera en la que el Parlamento Europeo ejercerá de colegislador con el Consejo, de conformidad con el Tratado de Lisboa,

B.  Considerando que la seguridad alimentaria sigue siendo la misión fundamental de la agricultura, no solo en la UE, sino en todo el mundo, en particular en los países en desarrollo, ya que, según estimaciones de la FAO, la población mundial habrá aumentado de 7 000 a más de 9 000 millones de personas en 2050, lo que necesita un incremento del 70 % de la producción agrícola mundial, y que se tendrán que producir más alimentos suplementarios en un contexto de costes de producción más elevados, de gran volatilidad en los mercados agrícolas y de mayor presión sobre los recursos naturales, lo que significa que los agricultores tendrán que aumentar su producción utilizando menos tierras, menos agua y menos insumos energéticos,

C.  Considerando que los alimentos tienen una importancia estratégica y que la manera más favorable de garantizar la seguridad alimentaria es mantener un sector agrícola estable y competitivo; considerando que una PAC fuerte es fundamental para este objetivo y para la protección, la sostenibilidad medioambiental y el desarrollo económico de las zonas rurales de la UE ante la amenaza de abandono de las tierras, la despoblación del medio rural y el declive económico,

D.  Considerando que la reforma de la PAC de 2003 y el «chequeo» de la política agraria de 2008 han intentado contribuir al establecimiento de una nueva arquitectura para la PAC que sea más efectiva y transparente y se caracterice por una mayor orientación hacia el mercado de los agricultores; considerando que este proceso debe continuar y que, a su vez, deben simplificarse considerablemente los instrumentos y procedimientos de la PAC en la práctica, con objeto de aligerar las cargas que soportan los agricultores y las administraciones,

E.  Considerando que, en su Resolución de 8 de julio de 2010 sobre el futuro de la Política Agrícola Común después de 2003, el Parlamento Europeo ya puso la primera piedra de una agricultura sostenible que permitiría a los productores europeos ser competitivos en los mercados locales, regionales, nacionales e internacionales, que apoyó el principio de una agricultura multifuncional y extensa en toda Europa, en especial en las zonas con dificultades naturales y en las regiones ultraperiféricas, y que tuvo asimismo en cuenta las dificultades que experimentan las pequeñas explotaciones agrícolas y ganaderas,

F.  Considerando que debe dotarse a la PAC con los instrumentos necesarios para hacer frente a crisis importantes que afecten al mercado y al aprovisionamiento, y a la extrema volatilidad de los precios en el sector agrícola; considerando que debe garantizarse que estos instrumentos no solo se renueven y sean eficaces, sino también flexibles, con objeto de que puedan utilizarse rápidamente en caso de necesidad,

G.  Considerando que debe defenderse, en principio, la integración de objetivos renovados y ambiciosos en la PAC, en particular la protección de los consumidores, la protección del medio ambiente, el bienestar de los animales y la cohesión territorial, y que estas normas deberían defenderse a escala internacional con objeto de garantizar la viabilidad y la competitividad de los agricultores europeos, enfrentados a costes de producción elevados; considerando que la productividad y la seguridad alimentaria a largo plazo, en particular habida cuenta de las perturbaciones climáticas, dependen de que se preste la debida atención a los recursos naturales, en particular el suelo, el uso del agua y la biodiversidad,

H.  Considerando que el sector agrícola debe desempeñar un papel crucial en la lucha contra el cambio climático, en particular mediante la reducción de sus propias emisiones de gases de efecto invernadero, el desarrollo de formas de almacenamiento del carbono a través de la producción de biomasa y de energía sostenible, generando de este modo un flujo de ingresos adicionales para la renta de los agricultores,

I.  Considerando que la PAC también debería apoyar una gestión específica de la superficie agrícola rica en biodiversidad (como las superficies agrícolas con gran valor natural) y de los ecosistemas agrícolas en el interior de las zonas Natura 2000 así como, a este respecto, la transición hacia modelos con bajo nivel de insumos (incluida la agricultura ecológica), pastos no explotados o tierras húmedas agrícolas,

J.  Considerando que se prevé que la proporción del gasto en la PAC en el presupuesto de la UE disminuya desde casi el 75 % en 1985 hasta el 39,3 % en 2013; considerando que la PAC, una de las políticas más antiguas y comunitarizadas de la UE, representa menos del 0,5 % de PIB de la UE, mientras que los gastos públicos representan aproximadamente el 50 % del PIB, y considerando que, tras las sucesivas ampliaciones de la Unión Europea, la extensión de la superficie agrícola ha aumentado un 40 % y que el número de agricultores se ha duplicado con respecto a 2004,

K.  Considerando que, de acuerdo con el último sondeo del Eurobarómetro, el 90 % de los ciudadanos encuestados considera que la agricultura y las zonas rurales son importantes para el futuro de Europa y el 83 % está a favor de las ayudas financieras a los agricultores y, por término medio, cree que la política agrícola debe continuar decidiéndose a nivel europeo,

L.  Considerando que el Parlamento Europeo se ha pronunciado reiteradamente contra una renacionalización de la PAC y una ampliación de la cofinanciación, que podrían afectar desfavorablemente a la justa competencia en el mercado interior de la UE, y que, en la perspectiva de la próxima reforma, se opone de nuevo a cualquier intento de renacionalización de la PAC a través de la cofinanciación de los pagos directos o mediante una transferencia de fondos al segundo pilar,

M.  Considerando que debe mantenerse el principio de una PAC de dos pilares, debiéndose definir y concebir claramente los objetivos de cada pilar con objeto de que puedan completarse mutuamente,

N.  Considerando que las pequeñas explotaciones en la Unión aportan una contribución fundamental a los objetivos de la PAC y que deben tomarse debidamente en cuenta en el proceso de reforma los obstáculos a los que se enfrentan,

O.  Considerando que en los nuevos Estados miembros que aplican el régimen de pago único por superficie son muchos los agricultores, en particular en el sector ganadero, que no tienen derecho a pagos directos porque no poseen superficie agrícola,

P.  Considerando que los agricultores reciben una parte cada vez menor del valor añadido que genera la cadena de suministro alimentario y que un funcionamiento correcto de la cadena de suministro alimentario y medidas para mejorar la posición negociadora de los productores son un requisito previo necesario para garantizar que los agricultores obtienen una remuneración justa por su producción,

Q.  Considerando que la renta per cápita real de los agricultores ha decrecido dramáticamente durante los dos pasados años y que, por efecto de este descenso continuado, el nivel de dicha renta ha llegado por debajo del que se registraba hace unos quince años, que los ingresos de la agricultura son claramente inferiores (un 40 % menos por unidad de trabajo, según algunas estimaciones) a los del resto de los sectores económicos, que la renta por habitante en las zonas rurales es considerablemente más baja (aproximadamente un 50 %) que en las zonas urbanas, y que, según los datos de Eurostat, el empleo en el sector agrícola ha descendido un 25 % entre 2000 y 2009,

R.  Considerando que la economía mundial está cada vez más integrada y que los sistemas de comercio se han liberalizado primordialmente a través de negociaciones multilaterales y bilaterales, y que los acuerdos celebrados a escala multilateral y bilateral deben garantizar que los métodos de producción de los terceros países para los productos destinados a la exportación a la Unión aseguren a los consumidores europeos las mismas garantías en términos de salud, seguridad alimentaria, bienestar animal y sostenibilidad, así como estándares sociales mínimos que las de los métodos europeos,

S.  Considerando que, teniendo en cuenta el aumento de las disparidades, la pérdida de capital y cohesión social, los desequilibrios demográficos y el éxodo, el desarrollo rural es un componente fundamental de la PAC, y considerando que las futuras políticas de desarrollo rural deben orientarse hacia una mejora del equilibrio territorial y ofrecer unos programas de desarrollo rural menos burocráticos y más participativos que deberían incluir medidas que incrementen la competitividad del sector agrícola y apoyen efectivamente el fortalecimiento y la diversificación de la economía rural, protejan el medio ambiente, fomenten la educación y la innovación, mejoren la calidad de vida en las zonas rurales, especialmente en las regiones desfavorecidas, y luchen contra el abandono de la actividad agrícola por parte de los jóvenes,

T.  Considerando que, por una parte, sólo el 6 % de los agricultores europeos tienen menos de 35 años y, por otra, 4,5 millones de agricultores se jubilarán en los próximos 10 años; considerando, así pues, que conviene que la futura PAC incluya la renovación generacional como un objetivo prioritario,

U.  Considerando que la PAC debe tener en cuenta la necesidad de paliar las limitaciones específicas y los problemas estructurales a los que se enfrentan los sectores agrícolas y silvícolas de las regiones ultraperiféricas de la UE, como consecuencia de la insularidad, la lejanía y la fuerte dependencia de la economía rural de un número reducido de productos agrícolas,

V.  Considerando que la política de calidad es parte integrante de la futura PAC, por lo que su desarrollo y refuerzo, especialmente en el caso de las indicaciones geográficas, son instrumentos decisivos para el crecimiento sostenible y la competitividad de la agricultura europea,

1.  Acoge con agrado en términos generales la Comunicación de la Comisión titulada «La PAC en el horizonte de 2020: Responder a los retos futuros en el ámbito territorial, de los recursos naturales y alimentario»; reconoce la necesidad de otra reforma de la PAC para tener en cuenta la nueva realidad agrícola de la UE de 27 Estados y el nuevo contexto internacional de la mundialización; pide que en el futuro se mantenga una PAC fuerte y sostenible, con una dotación financiera a la altura de los ambiciosos objetivos que se han de perseguir para hacer frente a los nuevos retos; se opone con firmeza a toda iniciativa de renacionalización de la PAC;

2.  Pide que la PAC se mantenga estructurada en torno a dos pilares; señala que el primer pilar se debería seguir financiando en su totalidad con cargo al presupuesto de la UE y con carácter anual, mientras que en el segundo pilar se debería seguir aplicando la programación plurianual, un enfoque contractual y la cofinanciación; insiste en que la estructura en dos pilares debe contribuir a la claridad y que cada uno de los pilares debe complementar al otro sin solapamientos: el primer pilar debe alcanzar los objetivos que requieren una acción «generalizada», mientras que el segundo pilar debe estar orientado hacia los resultados y ser lo suficientemente flexible para tener en cuenta las especificidades nacionales, regionales y locales; considera, por consiguiente, que, si bien conviene mantener la actual estructura de dos pilares, resulta esencial introducir modificaciones para focalizar más eficazmente todas las medidas necesarias con arreglo a cada uno de los pilares y sus respectivos mecanismos de financiación;

3.  Señala que la seguridad alimentaria sigue siendo la razón de ser de la agricultura tanto en la UE como en el resto del mundo y, en particular en los países en desarrollo, pues el mundo tiene ante sí el reto de alimentar a 9 mil millones de personas hacia 2050 reduciendo al mismo tiempo el uso de los recursos escasos, especialmente el agua, la energía y la tierra; pide una agricultura europea sostenible, productiva y competitiva que aporte una contribución vital a la consecución de los objetivos establecidos por los Tratados para la PAC y de las prioridades de la estrategia Europa 2020 para un crecimiento sostenible, inclusivo e inteligente; opina que la agricultura está bien situada para contribuir de manera significativa a la lucha contra el cambio climático, la creación de nuevos puestos de trabajo mediante un crecimiento ecológico y la oferta de energía renovable, y seguir ofreciendo al mismo tiempo productos alimenticios seguros y de alta calidad y seguridad alimentaria para todos los consumidores europeos;

4.  Considera fundamental establecer un conjunto claro de normas a largo plazo para que los agricultores europeos pueden planificar las inversiones necesarias para modernizar las prácticas agrícolas y desarrollar métodos innovadores que conduzcan a sistemas agrícolas y más saludables desde el punto de vista de la agronomía, proceso indispensable para garantizar su competitividad en los mercados a escala local, regional e internacional;

5.  Cree que, en aras de la simplificación, de la claridad y de un planteamiento común, conviene acordar desde el comienzo de la reforma la financiación para cada pilar de la PAC;

6.  Pide que el presupuesto agrícola de la UE para el próximo período financiero se mantenga a la altura del presupuesto agrícola para 2013, por lo menos; reconoce que se precisarán recursos financieros adecuados para abordar los desafíos de la seguridad alimentaria, la protección del medio ambiente, el cambio climático y el equilibrio territorial en una UE ampliada, así como para que la PAC pueda contribuir al éxito de la Estrategia Europa 2020;

7.  Expresa su convicción de que esta nueva política agrícola, orientada hacia sistemas de producción alimentaria sostenibles, necesita en primer lugar una mayor coherencia de conjunto y complementariedad entre el primer pilar, con las ayudas directas y el segundo pilar, con las medidas de apoyo al desarrollo rural; opina que, en virtud de la nueva PAC, los fondos públicos deben reconocerse como una forma legítima de pago de los bienes públicos suministrados a la sociedad, cuyos costes no son compensados ​​por el precio de mercado, y que el dinero público debe utilizarse para alentar a los agricultores a suministrar servicios ambientales adicionales al conjunto de Europa; cree que este enfoque concreto favorecerá los objetivos a escala de la UE, al tiempo que se ofrece la flexibilidad necesaria para tener presente la diversidad agrícola de la UE; considera que tal sistema permitiría que todo componente de los pagos reportara claras ventajas públicas de manera transparente para los contribuyentes, los agricultores y la sociedad en su conjunto;

8.  Pide que la sostenibilidad, la competitividad y la equidad sean los principios rectores de una PAC que defienda el carácter específico de los distintos sectores y explotaciones asignándoles la misión de abastecer a la población de alimentos saludables en cantidad suficiente y a precios adecuados y garantizar el suministro de materias primas a una industria transformadora y agroalimentaria europea eficiente, así como a la producción de energía renovable; hace hincapié en que los estándares de la Unión en términos de seguridad alimentaria, protección del medio ambiente, bienestar animal y respeto de estándares sociales mínimos son los más elevados del mundo; reclama una PAC que asegure los elevados estándares de la agricultura europea en la competencia internacional (protección de la calidad exterior);

9.  Reconoce que muchos de esos nuevos desafíos y objetivos están enmarcados en compromisos y tratados internacionales jurídicamente vinculantes que ha acordado y firmado la UE como el Protocolo de Kyoto/Acuerdos de Cancún y los Convenios de Ramsar y Nagoya;

10.  Hace hincapié en que la simplificación es fundamental y debe ser uno de los objetivos clave de la futura PAC, debiendo ser reducidos los costes de su gestión en los Estados miembros, y en que conviene definir claramente bases jurídicas comunes, que deben presentarse de forma rápida y autorizar una única interpretación;

11.  Destaca que el desarrollo de la política de calidad de los productos alimenticios, en particular en lo que se refiere a la denominación de origen (DOP/IGP/ETG), debe ser un eje prioritario de la PAC que se ha de profundizar y reforzar para que la Unión Europea pueda mantener su liderazgo en este sector; opina que, en el caso de estos productos de calidad, conviene que se puedan aplicar instrumentos originales de gestión, protección y promoción que les permitan desarrollarse de manera armoniosa y seguir prestando una importante contribución al crecimiento sostenible y la competitividad de la agricultura europea;

12.  Pide a la Comisión que intensifique sus esfuerzos en materia de investigación y desarrollo en los ámbitos de la innovación y la promoción; pide, por lo tanto, que en los futuros programas de investigación y desarrollo de la UE se tenga permanentemente en cuenta la investigación en el ámbito de la agricultura y la alimentación;

Pagos directos

13.  Señala que los pagos directos disociados, con sujeción a requisitos en materia de condicionalidad, pueden ayudar a apoyar y estabilizar las rentas agrarias, permitiendo a los agricultores proporcionar, además de la producción de alimentos, bienes públicos esenciales para toda la sociedad, tales como servicios ecosistémicos, empleo, planificación del paisaje y vitalidad de la economía rural en toda la Unión; considera que los pagos directos deberían servir de remuneración para los agricultores, que proporcionan estos bienes públicos, habida cuenta de que el mercado no proporciona por sí solo bienes públicos y aún no recompensa a los agricultores por este concepto, mientras que estos últimos se enfrentan a menudo a costes de producción elevados para ofrecer productos alimenticios de alta calidad, así como a bajos precios de producción;

14.  Insiste en la necesidad de un primer pilar fuerte y bien dotado que permita afrontar los nuevos desafíos de la agricultura europea;

15.  Pide una distribución justa de los créditos de la PAC, para el primer y el segundo pilar, tanto entre los Estados miembros como entre los agricultores de cada Estado miembro con arreglo a criterios objetivos, siendo el principio fundamental de esos objetivos un enfoque pragmático; rechaza mayores fraccionamientos en el reparto de estos créditos entre los Estados miembros; considera que ello requiere un abandono progresivo de las referencias históricas desfasadas en la actualidad y su sustitución a lo largo de un período transitorio por ayudas equitativas y, por consiguiente, mejor repartidas entre los países, los diferentes sectores agrícolas y los agricultores; indica que ello requiere asimismo prever ayudas más eficaces, mejor focalizadas y con un mayor estímulo para que la agricultura se oriente hacia un desarrollo más sostenible de los modos de explotación; rechaza, con arreglo a lo expuesto en la comunicación de la Comisión, el pago directo de un porcentaje uniforme a tanto alzado en el conjunto de la UE, pues ello no reflejaría la diversidad europea; considera que preservar la diversidad de la agricultura y sus explotaciones en la UE es un objetivo central y aboga por que se tengan en cuenta las condiciones específicas de producción en los Estados miembros en la mayor medida posible mediante un sistema más focalizado de pagos directos;

16.  Se manifiesta a favor de un régimen de pago único por explotación, que daría como resultado cierta redistribución en beneficio de un reparto más equitativo de los pagos directos a escala de la UE; propone que cada Estado miembro reciba un porcentaje mínimo de la media de pagos directos de la UE y que se establezcan límites máximos; aboga por que este principio se ponga en práctica con la mayor rapidez posible y con un período de transición limitado;

17.  Aboga por que para los pagos directos a explotaciones particulares se abandonen los valores de referencia históricos y los particulares de cada explotación, utilizados para el reparto entre los Estados miembros y pide que en el curso del próximo período financiero se pase a un sistema de prima por superficie regional o nacional para los pagos disociados; reconoce, no obstante, que en los Estados miembros se dan situaciones muy distintas, lo que hace necesario aplicar medidas especiales para cada región;

18.  Considera que debe hacerse que los Estados miembros que actualmente aplican el sistema simplificado de pago único por superficie adopten, tras un periodo transitorio limitado, el sistema de primas por explotación con derechos de pago; pide la ayuda, incluida la ayuda financiera y técnica, para realizar esta transición;

19.  Celebra el reconocimiento del papel de las pequeñas explotaciones agrarias en la agricultura europea y el desarrollo rural; se pronuncia favorablemente por el establecimiento de un régimen de ayudas específico y simplificado en favor de los pequeños agricultores, que contribuyen a la estabilización del desarrollo rural; pide a la Comisión que, en aras de la transparencia y la seguridad jurídica, establezca criterios flexibles y objetivos para la definición del estatuto de pequeño agricultor en cada Estado miembro; pide a los Estados miembros que decidan, con arreglo al principio de subsidiariedad, cuáles son las explotaciones que cumplen las condiciones exigidas para acogerse a este régimen;

20.  Pide que se siga simplificando el sistema de pagos directos, especialmente por lo que se refiere a una normativa simplificada para la transmisión de derechos de pago en caso de no activación, a las normas sobre la reserva nacional, en función del paso a la prima única por superficie regional o nacional, al agrupamiento de los derechos de pago de escasa cuantía y a un sistema eficaz y no burocrático de control para los dos pilares; considera que los sistemas administrativos que acrediten su buen funcionamiento deben ser considerados favorablemente a la hora de terminar el alcance de los controles prescritos;

21.  Señala que son necesarias medidas para un relevo generacional en el sector agrario, dado que solo un 6 % de los agricultores europeos tiene una edad inferior a los 35 años, y que al mismo tiempo, 4,5 millones se jubilarán en los próximos diez años; reconoce que los agricultores jóvenes se encuentran con obstáculos a la hora de emprender su actividad, como elevados costes de inversión y acceso reducido a tierras y créditos; subraya que las medidas para ayudar a los jóvenes agricultores establecidas en el marco del segundo pilar no han sido suficientes para detener el rápido envejecimiento de la población en el sector agrícola y pide que se presenten propuestas para invertir esta tendencia insostenible que deberían incluir cambios en las normas relativas a la reserva nacional con el fin de orientarlas más hacia los jóvenes agricultores;

22.  Subraya que la PAC no debe ser discriminatoria en términos de género y que a los dos cónyuges que trabajan en una explotación se les deben garantizar los mismos derechos; destaca el hecho de que alrededor del 42 % de los 26,7 millones de personas que trabajan regularmente en la agricultura en la Unión Europea son mujeres, pero que solo una explotación de cada cinco (alrededor del 29 %) es gestionada por una mujer;

23.  Opina que la disociación se ha acreditado básicamente, lo que permite una mayor libertad de decisión a los agricultores, garantizando que los agricultores respondan a las señales del mercado y colocando el grueso de la PAC en la caja verde de la OMC; respalda la sugerencia de la Comisión de que también en el futuro se sigan pagando las primas en determinadas zonas en las que no existe ninguna alternativa a las formas de producción y productos tradicionales de alto coste; admite, por ello, que, dentro de un marco estrechamente limitado, las primas a la producción también podrían aceptarse, en principio, incluso después de 2013;

24.  Pide, por lo tanto, a los Estados miembros que prevean la posibilidad de que una parte de los pagos directos se mantenga total o parcialmente en los límites de la OMC, con el fin de financiar las medidas destinadas a mitigar los efectos de la disociación en regiones y sectores específicos que son sensibles desde el punto de vista económico, ambiental y social; considera, además, que dichos pagos podrían promover medidas ambientales basadas en la superficie y en la cohesión territorial, así como promover, apoyar y estimular sectores clave, en especial la mejora de la calidad, la producción de materias primas agrícolas y determinados tipos de producción o de actividad agrícola;

25.  Constata que en la Unión Europea las explotaciones agrícolas presentan, por razones históricas, una estructura muy diversificada en cuanto a tamaño, régimen laboral, productividad laboral y forma jurídica; es consciente de que los pagos directos se asignan de una manera que pone en tela de juicio su legitimidad; toma nota de la propuesta de la Comisión de introducir un límite máximo para los pagos directos y acoge con satisfacción este intento de resolver el problema de la legitimidad de la PAC y de la aceptación pública; pide a la Comisión que examine la introducción de mecanismos similares que contribuyan a ello, como un sistema de reducción gradual de los pagos directos en relación con el tamaño de la explotación agrícola, teniendo en cuenta criterios objetivos empleo y prácticas sostenibles;

26.  Pide a la Comisión que presente propuestas prácticas para ayudar a los sectores de la ganadería a medio y largo plazo a hacer frente a la subida de los precios de los insumos; cree que ello puede requerir incentivos para el uso de sistemas de explotación de prados y cultivos de proteaginosas en la rotación de cultivos herbáceos, que permitirían ofrecer mayores beneficios económicos a los agricultores, afrontar nuevos desafíos, reducir la dependencia de las importaciones de proteaginosas y obtener un impacto favorable en el coste de los alimentos para animales; pide a la Comisión que proponga un elemento de flexibilidad para los Estados miembros que se base en el actual artículo 68, con objeto de evitar la exclusión de las explotaciones ganaderas centradas en la calidad y la sostenibilidad del nuevo sistema de apoyos y de reflejar su especificidad;

27.  Considera que los pagos directos deberían reservarse exclusivamente a los agricultores activos; es consciente, a este respecto, de que en el sistema de pagos directos disociados todos los titulares de explotaciones que utilicen suelo agrícola para la producción y lo mantengan en buenas condiciones agrícolas o medioambientales deberían recibir pagos directos; pide a la Comisión, por lo tanto, que desarrolle una definición del concepto de agricultor activo que pueda ser aplicada por los Estados miembros sin complicaciones administrativas ni gastos añadidos y que vele por que las ocupaciones agrícolas tradicionales (explotaciones mantenidas como fuente principal, secundaria o complementaria de ingresos), con independencia de su estatuto jurídico, se consideren ocupaciones agrícolas activas y por que se tengan en cuenta los regímenes de propiedad y las modalidades de gestión de las tierras y la gestión de tierras comunales; considera asimismo necesario especificar que la definición de agricultor activo debe excluir los casos en los que los costes administrativos derivados de un pago sean superiores al importe de la propia cantidad abonada;

28.  Aboga por la compensación de las desventajas naturales en el segundo pilar y rechaza los pagos complementarios en el primer pilar, a causa de las cargas administrativas adicionales;

Protección de los recursos y componentes de política medioambiental

29.  Considera que una mejor protección y gestión de los recursos naturales es un elemento central para conseguir una agricultura sostenible, que justifica, en el marco de los nuevos desafíos y objetivos de la Estrategia UE 2020, incentivos adicionales para alentar a los agricultores a que adopten buenas prácticas medioambientales que vayan más allá de los requisitos básicos de condicionalidad y que complementarían los programas agroambientales ya existentes;

30.  Considera que la protección de los recursos naturales debe estar más estrechamente vinculada a la concesión de ayudas directas, y pide, por lo tanto, la introducción, a través de un componente ecológico, de un régimen de incentivación en toda la UE con el objetivo de garantizar la sostenibilidad agrícola y la seguridad alimentaria a largo plazo mediante la gestión eficaz de los recursos escasos (agua, energía, suelo), reduciendo al mismo tiempo los costes de producción a largo plazo mediante la reducción del uso de insumos; considera que este programa debe proporcionar el máximo apoyo a los agricultores que se dediquen o quieran dedicarse más, paso a paso, a prácticas agrícolas destinadas a lograr sistemas de producción más sostenibles;

31.  Subraya que este plan debe ir mano a mano con una simplificación del sistema de condicionalidad para los beneficiarios de los pagos directos, se debe aplicar a través de medidas simples, debe equilibrar el rendimiento medioambiental y económico, debe ser relevante desde el punto de vista agronómico, y no debe ser discriminatorio frente a los agricultores que ya participan en gran medida en programas agroambientales;

32.  Rechaza la aplicación de un nuevo sistema adicional de pago que conduzca a sistemas adicionales de control y sanción para la integración de consideraciones medioambientales; insiste en que se eviten los obstáculos prácticos a los agricultores y la complejidad administrativa para las autoridades; insiste, además, en que, para simplificar los procedimientos administrativos asociados con estas medidas, todos los controles agrícolas se practiquen simultáneamente en la medida de lo posible;

33.  Pide por ello a la Comisión que presente lo antes posible una evaluación de impacto de las prácticas administrativas implicadas en la implementación de un componente ecológico; hace hincapié en que las medidas medioambientales tienen el potencial de aumentar la eficiencia de la producción de los agricultores, e insiste en que se cubra toda posible coste y pérdida de ingresos, derivados de la aplicación de tales medidas;

34.  señala que la ecologización debe proseguir en todos los Estados miembros mediante un catálogo prioritario de medidas vinculadas a la superficie o a escala de las explotaciones, financiadas al 100 % con fondos de la UE; considera que los receptores de estos pagos concretos deben aplicar una serie de medidas ecológicas, basadas en las estructuras actuales, elegidas a partir de una lista nacional o regional elaborada por el Estado miembro sobre la base de una lista más amplia de la UE, lo cual sería aplicable a todo tipo de explotación agrícola; considera que tales medidas podrían incluir, por ejemplo:

   ayudas para emisiones de bajos índices de carbono y medidas para limitar o capturar emisiones de gases de efecto invernadero
   apoyo para un bajo consumo de energía y para la eficiencia energética
   franjas de protección, márgenes de los campos, presencia de setos, etc.
   pastos permanentes
   técnicas de cultivo de precisión
   rotación y diversidad de cultivos
   planes de eficiencia alimenticia;

35.  Opina que la UE tiene un papel que cumplir a la hora de responder a los desafíos que suponen la seguridad alimentaria y la seguridad energética, y por lo tanto tiene que asegurar que la agricultura desempeña plenamente su papel a la hora de responder estos dos desafíos; considera, por consiguiente, inapropiado incluir la retirada obligatoria de tierras en la lista de medidas de sostenibilidad propuesta por la Comisión;

36.  Pide que la PAC incluya objetivos de uso de energía sostenible; tiene el convencimiento de que el sector agrícola podría usar un 40 % de combustibles renovables para 2020 y estar libre de combustibles fósiles para 2030;

37.  Observa a este respecto que ya está disponible la biotecnología de nueva generación, por lo que insta a la Comisión a que desarrolle una tecnología de biomasa transectorial para la biotecnología de nueva generación que incluya criterios sostenibles para la biomasa como parte de la reforma de la PAC, a fin de permitir el desarrollo de un mercado sostenible para la biomasa obtenida a través de la agricultura, las empresas agroindustriales y la silvicultura, incentivando la recogida de residuos disponibles para la producción de bioenergía, y evitando al mismo tiempo un incremento de las emisiones y una pérdida de la biodiversidad;

38.  Subraya que la aplicación de unas políticas europeas racionales, como la reducción del precio del gasóleo para usos agrícolas, las exenciones con respecto a los impuestos especiales aplicables a la energía eléctrica y el combustible producido con fines agrícolas, en particular para las bombas de riego eléctricas, podría ayudar a los agricultores europeos a incrementar su producción y a abastecer de productos agrícolas tanto los mercados nacionales como los de exportación; destaca la importancia de los sistemas de riego innovadores para asegurar la sostenibilidad de la agricultura europea, dados los efectos devastadores del cambio climático, tales como las sequías, las olas de calor y la desertización de tierras de cultivo destinadas al abastecimiento alimentario de la población;

39.  Destaca la necesidad de desarrollar unos sistemas de riego eficaces a fin de asegurar unos métodos agrícolas eficaces en los Estados miembros, que puedan satisfacer la demanda alimentaria nacional y abastecer de productos agrícolas el mercado de la exportación, teniendo en cuenta que en el futuro se dará una escasez de recursos hídricos y, en particular, de agua potable;

40.  Lamenta que aún no se hayan cumplido los objetivos de biodiversidad de la UE y espera que la PAC contribuya a los esfuerzos por alcanzar esos objetivos y los objetivos en materia de biodiversidad de la cumbre de Nagoya;

41.  Pide que la nueva PAC fomente la conservación de la diversidad genética, cumpla la Directiva 98/58/CE relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas y se abstenga de subvencionar la producción de alimentos a partir de animales clonados, sus crías o sus descendientes;

42.  Opina que los métodos de producción respetuosos del bienestar animal también tienen un impacto positivo sobre la salud de los animales y sobre la calidad y la seguridad de los alimentos, a la vez que son más respetuosos con el medio ambiente;

43.  Señala la importancia de estudiar, en la medida de lo posible, las eventuales opciones de cooperación entre los Estados miembros en materia de protección del suelo, en colaboración con todas las partes interesadas;

Condicionalidad y simplificación

44.  Subraya que la condicionalidad supedita la concesión de pagos directos al respeto de requisitos legales y al mantenimiento de las superficies agrícolas en buenas condiciones agronómicas y medioambientales, y que sigue siendo uno de los dispositivos más adecuados para optimizar la oferta de servicios ecosistémicos básicos por parte de los agricultores y responder a los nuevos retos medioambientales al garantizar la oferta de bienes públicos básicos; señala, sin embargo, que la aplicación de la condicionalidad ha planteado numerosos problemas administrativos y de aceptación por los agricultores;

45.  Considera que los pagos directos ya no se justifican sin contrapartidas, por lo que debe aplicarse a todos los receptores de pagos directos un sistema de condicionalidad, resultado de la integración de consideraciones ecológicas a la PAC, menos complicado en la práctica y en el plano administrativo y en términos de controles; destaca que la condicionalidad se ha de basar en el riesgo y ha de ser proporcional y se ha de respetar y aplicar suficientemente por las autoridades europeas y nacionales competentes;

46.  Considera que una mejor gestión y protección de los recursos debe ser también un elemento fundamental de la agricultura en el marco de la condicionalidad y que de ello pueden derivarse mayores beneficios medioambientales; pide que se integren en todas las políticas los controles de condicionalidad, que sean eficaces y eficientes, y solicita un enfoque específico de cara a la condicionalidad; pide que se intercambien y generalicen los sistemas de buena prácticas entre los organismos pagadores y los organismos de control, por ejemplo, la interoperabilidad de las bases de datos y el mejor uso de la tecnología adecuada, a fin de reducir lo más posible la carga burocrática de agricultores y administraciones; considera que la condicionalidad debería limitarse al control de normas relacionadas con el sector agrario y sean accesibles a controles sistemáticos y directos basados en una obligación de lograr resultados, y que las normas se han de armonizar; destaca la importancia de niveles de tolerancia y la aplicación de la proporcionalidad dentro de todo nuevo sistema de sanciones;

47.  Considera que el control de la condicionalidad debería estar más vinculado a unos criterios en materia de resultados y más orientado a incentivar a los agricultores a lograr resultados; opina también que los propios agricultores deberían estar más implicados en este control, habida cuenta de sus conocimientos y su experiencia práctica, y considera que ello serviría de ejemplo y de motivación, en particular para los agricultores menos eficientes;

48.  Rechaza la introducción de requisitos onerosos y poco claros derivados de la Directiva marco sobre aguas en el sistema de condicionalidad hasta que se aclare la situación de la aplicación de esta Directiva en todos los Estados miembros;

49.  Reconoce los considerables esfuerzos ya realizados en el sector ganadero, actualmente en crisis, para mejorar los edificios y equipos a fin de cumplir las normas de higiene y salud; sin perjuicio de los principios básicos de inocuidad de los alimentos y trazabilidad, exige una revisión crítica de ciertas normas de higiene, salud animal y marcado de los animales con vistas a poner fin a las cargas desproporcionadas impuestas a las pequeñas y medianas empresas (PYME); pide, en particular, a la Comisión que revise las normas de higiene de la UE, en particular, la comercialización local o directa y la vida útil de los productos, con el fin de que sean proporcionales a los riesgos y para evitar la imposición de una carga desproporcionada a las pequeñas cadenas de producción, tales como las relaciones directas entre productores y consumidores, y las cadenas cortas de suministro de alimentos;

Instrumentos de mercado, red de seguridad y gestión de riesgos

50.  considera que, en estas circunstancias, es importante poder actuar contra una volatilidad excesivamente alta de los precios en la política agrícola común y en los mercados mundiales; reconoce el papel fundamental desempeñado en el pasado por las medidas de apoyo al mercado, en particular el papel de la intervención y del almacenamiento privado, para hacer frente a las crisis en el sector agrícola; destaca que las medidas de apoyo del mercado han de ser eficaces y que se han de activar en cuanto sea necesario para evitar graves problemas para los productores, transformadores y consumidores, y para permitir que la PAC logre su principal objetivo estratégico: Seguridad alimentaria

51.  Destaca que sería conveniente disponer en la PAC de un determinado número de instrumentos de mercado flexibles y eficaces que actúen como red de seguridad, fijados en niveles adecuados y que se puedan activar en caso de graves perturbaciones de los mercados; cree que estos instrumentos no se han de activar permanentemente y que no han de servir como salida continua e ilimitada para la producción; indica que algunos de esos instrumentos ya existen, pero que pueden adaptarse, y que otros podrían crearse en función de las necesidades; considera que, teniendo en cuenta las condiciones muy diferentes en los distintos sectores, son preferibles unas soluciones sectoriales diferenciadas frente a unos enfoques generalizados; llama la atención sobre las dificultades que encuentran los agricultores en el intento de planificar de antemano en tiempos de extrema volatilidad; considera que , dada la mayor volatilidad del mercado, los instrumentos de mercado deben ser revisados para mejorar su eficiencia y flexibilidad, garantizar un despliegue más rápido, la extensión a otros sectores si es necesario y el ajuste a los precios actuales del mercado y proporcionar una red de seguridad eficaz, sin crear distorsiones;

52.  Considera que entre estos instrumentos de mercado pueden figurar instrumentos específicos de gestión de la oferta cuyo funcionamiento justo y no discriminatorio puede asegurar una gestión eficaz del mercado y evitar crisis de exceso de producción sin costar un solo euro al presupuesto de la UE;

53.  Pide una red de seguridad de varios niveles, extendida para cubrir todos los sectores, incluida una combinación de herramientas tales como el almacenamiento público y privado, la intervención pública, instrumentos de perturbación del mercado y una cláusula de emergencia; pide que para casos de perturbaciones del mercado de duración limitada se permita el almacenamiento privado y la intervención pública en sectores específicos; pide, además, que para todos los sectores se establezcan con firmeza un instrumento contra las perturbaciones del mercado y una cláusula de salvaguardia que sea más eficaz que hasta ahora y que, en caso de crisis, permita a la Comisión, en determinadas circunstancias, actuar por un tiempo determinado empleando otros instrumentos además de los existentes; considera, por lo tanto, que los futuros presupuestos de la UE deberían estar dotados de una línea presupuestaria de reserva especial que pueda activarse rápidamente para proveer un rápido instrumento de reacción en caso de crisis graves en los mercados agrícolas;

54.  Considera que el uso de instrumentos de intervención pertenece al ámbito de las competencias ejecutivas de la Comisión; destaca, no obstante, que se debe informar sin demora al Parlamento Europeo sobre las acciones previstas; Destaca, en este contexto, que la Comisión debe tener debidamente en cuenta las posiciones adoptadas por el Parlamento;

55.  Pide que se aumente la eficacia del sistema de intervención a través de una evaluación anual, realizada de forma pragmática y la luz de la situación de los mercados;

56.  Opina que, en vista de posibles eventos ambientales, climatológicos y epidemiológicos, así como de grandes variaciones de precios en los mercados agrarios, resulta indispensable un régimen suplementario de prevención de los riesgos al que puedan acceder todos los agricultores de los distintos Estados miembros;

57.  Señala que la producción orientada hacia el mercado y los pagos directos constituyen un elemento de la cobertura de los riesgos y que incumbe también a los agricultores tener en cuenta y anticipar estos riesgos; anima a los Estados miembros, en este sentido, a poner instrumentos nacionales de prevención de riesgos a la disposición de los agricultores; Opina, por ello, que la Comisión debe desarrollar normas comunes para el fomento facultativo de los sistemas de gestión del riesgo por los Estados miembros para excluir efectos distorsionadores de la competencia en el mercado interior, en su caso mediante el establecimiento de normas comunitarias conformes a la OMC en la organización única de mercados; exige igualmente que la Comisión esté obligada a notificar todas las medidas relativas a la introducción de la gestión de riesgos y a presentar, con la propuesta legislativa, la correspondiente estimación de sus consecuencias;

58.  Opina que podrían desarrollarse y fomentarse sistemas privados de seguro, así como sistemas de seguros multirriesgo (seguros contra riesgos climáticos, seguros contra pérdida de ingresos, etc.), contratos de futuros o incluso fondos de mutualización, parcialmente financiados por fondos públicos, como opciones en los Estados miembros en vista del aumento de los riesgos; apoya en particular la agrupación de los agricultores en consorcios y asociaciones; acoge con satisfacción el desarrollo de nuevos instrumentos innovadores; destaca, no obstante, que estos instrumentos deben respetar las normas de la OMC y que no deben distorsionar el comercio ni las condiciones de la competencia dentro de la UE; pide, por lo tanto, el establecimiento de un marco de la UE que habrán de respetar los Estados miembros que apliquen las mencionadas medidas y que deberá estar consagrado en la Organización Común de Mercados Única;

59.  Pide a la Comisión que examine en qué medida la función de las agrupaciones de productores,de las asociaciones sectoriales o de las «interprofesionales» en la prevención del riesgo y la promoción de la calidad puede ampliarse a todas las ramas de la producción; pide que las acciones llevadas a cabo en estos ámbitos tengan particularmente en cuenta los productos que cuentan con signos de calidad;

60.  Pide a la Comisión Europea que proponga medidas concretas en el marco de la reforma de la PAC orientadas a promover la creación de organizaciones de productores así como la concentración y la fusión de las organizaciones ya existentes, con objeto de reforzar su posición en el mercado;

61.  Aboga por que el régimen del mercado del azúcar de 2006 se prorrogue en su forma actual hasta 2020 como mínimo, y pide medidas adecuadas para salvaguardar la producción azucarera en Europa y de modo que el sector azucarero de la UE pueda incrementar su competitividad dentro de un marco estable;

62.  Insiste en la necesidad de evaluar la situación específica del sector de la leche y de los productos lácteos antes de marzo de 2015, con el fin de asegurar el buen funcionamiento y la estabilidad del mercado de la leche;

63.  Insta a la Comisión a que considere mantener los derechos de trasplante en el sector del vino después de 2015 y a que lo tenga en cuenta en su informe de evaluación sobre la reforma de la OCM del vino previsto para 2012;

64.  Subraya el carácter central de la producción lechera para la agricultura europea y para la subsistencia y el mantenimiento de las zonas rurales, especialmente de las regiones de praderas productoras de leche y de las regiones desfavorecidas por la naturaleza en la UE, y destaca la necesidad de garantizar una seguridad sostenible del suministro de productos lácteos a los consumidores europeos; está convencido de que el mejor modo de garantizar la seguridad del suministro de productos lácteos es a través de un mercado de productos lácteos estable, que permita que los agricultores obtengan un precio justo por sus productos; pide, por consiguiente, a la Comisión que siga atentamente y permita el desarrollo del mercado de los productos lácteos dedicando suficientes instrumentos políticos a la leche y los productos lácteos en el periodo posterior a 2015 y con un marco de competencia leal que garantice una posición firme a los productores primarios y una distribución más equilibrada de los ingresos a lo largo de la cadena de producción (de la granja a la venta al por menor);

65.  Considera que los sistemas de gestión se han de reforzar en el sector de las frutas y hortalizas (cítricos y todos los productos afectados), del vino y del aceite de oliva, y que se necesitan un fondo de crisis más eficaz en el sector de las frutas y hortalizas, una mejor gestión de crisis en el sector del vino y un sistema de almacenamiento privado actualizado en el sector del aceite de oliva;

Comercio internacional

66.  Pide a la UE que garantice la coherencia entre la PAC y sus políticas comerciales y de desarrollo; insta a la UE, en particular, a que preste atención a la situación de los países en desarrollo y no ponga en peligro la capacidad de producción de alimentos y la seguridad alimentaria a largo plazo de estos países, así como la capacidad de su población de producir sus propios alimentos, respetando al mismo tiempo el principio de coherencia de las políticas en favor del desarrollo (CPD); considera, por lo tanto, que los acuerdos comerciales de la UE sobre agricultura no han de obstaculizar los mercados en los países menos desarrollados;

67.  Recuerda el compromiso asumido por los miembros de la OMC durante la Conferencia Ministerial de Hong Kong de 2005 de conseguir la supresión de las ayudas a la exportación de todo tipo junto con la imposición de disciplinas a todas las medidas de exportación con un efecto equivalente, en particular los créditos a la exportación, las empresas estatales de comercio agrícola y la reglamentación de la ayuda alimentaria;

68.  Pide a la Comisión que presente una evaluación de impacto pormenorizada de todas las negociaciones comerciales actualmente en curso, incluido el Acuerdo de Asociación UE-Mercosur, que no deben afectar negativamente a los países en desarrollo ni socavar la eficacia de la PAC en el horizonte 2020;

69.  Señala que los alimentos no son meras mercancías y que el acceso a la alimentación es esencial para la existencia humana; pide que la UE se sirva de sus políticas comerciales y de desarrollo para promover unas prácticas agrícolas sostenibles y la seguridad alimentaria en los países menos desarrollados y en los países en desarrollo en un contexto de creciente demanda y de aumento de precios de los alimentos;

70.  Insta a la Comisión a que examine qué papel ha jugado la concentración del comercio internacional de cereales en el incremento de las fluctuaciones de precios;

La cadena alimentaria

71.  Pide que se arbitren soluciones a nivel global para hacer frente a la especulación con materias primas agrícolas y a la extrema volatilidad de los precios, ya que pueden poner en peligro la seguridad alimentaria; reconoce, no obstante, la importancia de un mercado de futuros operativo de materias primas agrícolas que funcione correctamente; considera que sólo una acción coordinada a nivel internacional puede reducir eficazmente la excesiva volatilidad; apoya a este respecto la iniciativa de la Presidencia francesa del G-20 de acordar medidas para luchar contra la creciente volatilidad de los precios de las materias primas agrícolas; aboga por un sistema mundial de acción coordinada y de notificación de las existencias de productos agrícolas destinadas a garantizar la seguridad alimentaria; señala que, por lo tanto, es necesario reflexionar sobre el almacenamiento de materias primas agrícolas de especial importancia; señala que los objetivos perseguidos no podrán alcanzarse de manera eficaz si no se desarrollan capacidades de almacenamiento, así como instrumentos de seguimiento y de observación de los mercados; destaca, en particular, los alarmantes efectos, a escala global, de la volatilidad de los precios en los países en desarrollo;

72.  Destaca que, a diferencia de los sectores iniciales y finales de la producción agrícola primaria, los ingresos medios de los agricultores y de los hogares rurales han registrado un descenso continuo en las últimas décadas frente al resto de la economía, y que representan solo la mitad de los ingresos de los hogares urbanos, al tiempo que los comerciantes y los minoristas han aumentado considerablemente su poder de mercado y sus márgenes en la cadena alimentaria;

73.  Pide que se adopten medidas para fortalecer la capacidad de gestión y el poder de negociación de los productores primarios y de las organizaciones de productores con respecto a otros operadores económicos de la cadena alimentaria (principalmente minoristas, procesadores y empresas de insumos) respetando el correcto funcionamiento del mercado interior; opina que se debe mejorar con carácter urgente el funcionamiento de la cadena alimentaria mediante iniciativas legislativas destinadas a garantizar una mayor transparencia de los precios de los alimentos y con actuaciones para poner coto a las prácticas comerciales desleales, de forma que los agricultores puedan obtener el valor añadido que merecen; insta a la Comisión a que refuerce la posición de los agricultores y promueva una competencia leal; considera que, con miras a la resolución de conflictos entre los operadores a lo largo de toda la cadena de suministro, ha de considerarse la posibilidad de nombrar defensores del pueblo;

74.  Considera asimismo que, a fin reforzar el poder de los agricultores en la cadena alimentaria, es necesario prever instrumentos para apoyar la gestión por parte de los agricultores de cadenas de producción cortas, transparentes y eficaces que tengan un bajo impacto ambiental, promuevan la calidad y faciliten información a los consumidores, reduzcan los intermediarios y favorezcan mecanismos de formación de precios equitativos y transparentes;

75.  Manifiesta el deseo de que se mantenga el dispositivo de ayuda a los más desfavorecidos;

Desarrollo rural

76.  Reconoce la importancia de las políticas de desarrollo rural tal y como se definen y financian en el segundo pilar, habida cuenta de que contribuyen a la mejora de sus prestaciones de protección del medio ambiente, a la modernización, a la innovación, a las estructuras y a la competitividad, y que procede proseguir el desarrollo de la economía rural, del sector agroalimentario y no alimentario y de una mejora de la calidad de vida en las zonas rurales; pone asimismo de manifiesto la necesidad de realizar los objetivos políticos, especialmente los objetivos de la Estrategia Europa 2020 de crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo, que también deberían beneficiar principalmente a los agricultores y a las comunidades rurales;

77.  Considera que las medidas de desarrollo rural deben responder a los desafíos en materia de seguridad alimentaria, de gestión sostenible de los recursos naturales, de cambio climático, de pérdida de biodiversidad, de agotamiento de los recursos hídricos y de pérdida de la fertilidad del suelo, y deben mejorar el equilibrio de la cohesión territorial y el empleo; considera que estas medidas también deberían fomentar la autosuficiencia en la producción de energías renovables en las explotaciones, especialmente a partir de residuos agrícolas; afirma que las medidas de desarrollo rural deberían ayudar a mantener un mayor valor añadido en las zonas rurales, promoviendo la mejora de las estructuras rurales y la provisión de servicios asequibles a la población y las empresas locales;

78.  Considera que, en este contexto, debe prestarse especial atención a la ayuda a los jóvenes agricultores; considera que, dado el rápido envejecimiento de la población rural en Europa, es esencial tomar medidas positivas para alentar el establecimiento de jóvenes agricultores y otros nuevos agentes, y que los regímenes de ayuda en el segundo pilar deben ampliarse, por ejemplo, el acceso a la tierra, subsidios y préstamos en condiciones favorables, en particular en los ámbitos de la innovación, la modernización y el desarrollo de la inversión, etc., y espera que la aplicación de tales mecanismos esté disponible en todos los Estados miembros;

79.  Propone que un porcentaje importante de las tierras agrícolas pueda acogerse a programas agroambientales, que deberían aportar contribuciones financieras y técnicas a los agricultores con objeto de que adopten modelos de agricultura más sostenibles, más eficaces en términos de recursos y que necesiten menos insumos;

80.  Destaca que la política de desarrollo rural debe permitir sacar el máximo provecho de todo el potencial natural y humano de las zonas rurales también mediante una producción agrícola de calidad, por ejemplo, la venta directa, la promoción de los productos, el abastecimiento de los mercados locales, la diversificación de las salidas comerciales de la biomasa, la eficacia energética, etc.;

81.  Subraya la necesidad de una infraestructura adecuada para el desarrollo y la difusión de los sistemas de conocimiento y de innovación agrícolas, en especial oportunidades para la educación y la formación, servicios de asesoramiento a las explotaciones e intercambio de buenas prácticas con el fin de modernizar la agricultura, ayudar a los agricultores a transmitir sus experiencias y mejorar las cadenas de valor añadido en las zonas rurales; considera que estos programas deberían estar disponibles en todos los Estados miembros;

82.  Aboga, en consecuencia, por que se introduzcan en el segundo pilar medidas más ajustadas, que los Estados miembros deberán determinar, con el fin de materializar los objetivos prioritarios de la UE (Estrategia 2020); insiste, a pesar de la importancia de un marco global europeo, en que los Estados miembros y las autoridades regionales son quienes se encuentran en mejor situación para decidir sobre los programas que pueden contribuir en mayor medida, a escala local, a la consecución de los objetivos europeos; pide, por lo tanto, que se apliquen la subsidiariedad y la flexibilidad a la hora de diseñar los programas de desarrollo rural, y un enfoque de fuerte participación local y cooperación subregional, aplicando el método LEADER en el diseño y la aplicación de los futuros programas europeos y nacionales de desarrollo rural; considera que la tasa de cofinanciación aplicable a cada una de estas medidas debe determinarse sobre la base de evaluaciones de impacto y simulaciones detalladas;

83.  Aboga, en el contexto del desarrollo rural, por que también se adopten medidas específicas para la protección de los bosques de montaña;

84.  Pide a la Comisión que establezca nuevos instrumentos de financiación que ayuden, en especial, a los agricultores que se inician en el sector agrícola a acceder a préstamos favorables, o un nuevo sistema, llamado por ejemplo JERICHO («Joint Rural Investment CHOice»), para el Fondo de Desarrollo Rural, sobre la base de la experiencia adquirida en la iniciativa JEREMIE de los Fondos Estructurales;

85.  Destaca que las zonas desfavorecidas suelen ser de un gran valor por lo que se refiere a paisaje cultivado, conservación de la biodiversidad y obtención de beneficios medioambientales, así como a dinamismo de las zonas rurales; aboga, en este contexto, por que las compensaciones para las zonas desfavorecidas se mantengan en el segundo pilar, y pide que se incremente su eficacia;; considera que el carácter específico de la ayuda a los agricultores de las zonas desfavorecidas es de la mayor importancia para la preservación de las actividades agrícolas en estas zonas, reduciendo así el peligro del éxodo rural; destaca que la adaptación detallada de los criterios debe corresponder a los Estados miembros y a las autoridades regionales y locales, dentro del marco de la UE;

86.  Subraya que las estructuras rurales de los Estados miembros son muy distintas y que, por consiguiente, requieren medidas distintas; pide, pues, una mayor flexibilidad para que los Estados miembros y las regiones puedan adoptar medidas voluntarias, que deberían ser cofinanciadas por la UE, siempre que se hayan notificado a la Comisión y que se hayan aprobado; señala que, en el período posterior a 2013, la tasa de cofinanciación debe seguir teniendo en cuenta las necesidades y circunstancias específicas de las regiones de convergencia;

87.  Considera que en el caso de las medidas del segundo pilar que posean especial importancia para los Estados miembros, las actuales tasas de cofinanciación se deberán seguir aplicando después de 2013; destaca, no obstante, que ninguna cofinanciación nacional adicional debe abocar a la renacionalización del segundo pilar o al aumento de las diferencias en la capacidad de los Estados miembros para cofinanciar sus prioridades;

88.  Recuerda que la modulación en todas sus variantes, tanto obligatoria como voluntaria, como instrumento de financiación de las medidas de desarrollo rural expirará en 2012, y destaca la necesidad de asegurar unos recursos financieros adecuados para el pilar 2 en el próximo periodo de financiación;

89.  Pide que en el reparto de los créditos del segundo pilar se eviten los cambios bruscos, ya que los Estados miembros, las autoridades locales y las explotaciones agrícolas necesitan seguridad y continuidad para la planificación; destaca que los debates sobre el reparto de esta financiación no pueden disociarse de los debates sobre el reparto de la financiación del primer pilar; pide por lo tanto a la Comisión que establezca un enfoque pragmático, como principio fundamental para la redistribución de los fondos del segundo pilar; reconoce la necesidad de una distribución justa de los fondos del segundo pilar entre los Estados miembros con arreglo a criterios objetivos que deben reflejar la diversidad de las necesidades en las zonas europeas; aboga por que estos cambios se logren después de un período limitado de transición en paralelo con los cambios realizados en la distribución de los fondos del primer pilar;

90.  Es partidario de unas normas en materia de cofinanciación en el desarrollo rural que permitan, a nivel regional o local, la complementariedad entre los fondos públicos y privados de la cuota nacional cofinanciada, lo que reforzaría los medios disponibles para alcanzar los objetivos definidos por la política pública para las zonas rurales;

91.  Pide una simplificación a todos los niveles de planificación y gestión de programas en el segundo pilar para fomentar la eficacia; pide, además, unos sistemas simplificados, eficaces y eficientes de seguimiento, evaluación y notificación de las medidas de condicionalidad; considera que los controles y el seguimiento de los pilares primero y segundo deben armonizarse y hacerse más coherentes, con normas y procedimientos similares, para reducir la carga global de los controles para los agricultores; pide un funcionamiento más flexible del período de compromiso de cinco años para las medidas agrícolas y medioambientales;

92.  Pide que se exima a las cooperativas de lo dispuesto en la Recomendación 2003/61/CE de la Comisión respecto de la no subvencionabilidad de las empresas que superan los umbrales especificados para las PYME para acceder a la financiación del desarrollo rural y, en general, al pago de ayudas por encima de un determinado nivel;

93.  Considera que las regiones ultraperiféricas deben seguir beneficiándose en el futuro de un trato específico dentro de la política de desarrollo rural, ya que las dificultades geográficas a las que se enfrentan y la escasez de producciones agrícolas de las que depende la economía rural de estas zonas justifican el mantenimiento de una tasa de cofinanciación comunitaria de hasta el 85 % para sufragar el coste de sus programas de desarrollo rural;

94.  Observa con satisfacción el paso a una mayor coordinación a escala de la UE entre los programas de desarrollo rural y la política de cohesión en particular, con el fin de evitar la duplicación, los objetivos contradictorios y el solapamiento; recuerda, no obstante, que la escala de los proyectos en el marco de la política de cohesión de la UE y de los programas de desarrollo rural es diferente, y aboga, en consecuencia, por que se mantenga la distinción entre los fondos y por que los programas de desarrollo rural sigan orientados a las comunidades locales y se conserven como instrumentos políticamente autónomos;

95.  Considera que mediante la política de cohesión y una nueva PAC fuerte se liberará el potencial económico de las zonas rurales y se crearán puestos de trabajo estables, lo que garantizará el desarrollo sostenible de estas zonas;

96.  Señala la importancia de las políticas que fomentan la cooperación transfronteriza entre los Estados miembros y con terceros países, con el objetivo de desarrollar prácticas que protejan el medio ambiente y la sostenibilidad de los recursos naturales, en casos en los que la actividad agrícola y, particularmente, el uso del agua, tenga repercusiones transfronterizas;

o
o   o

97.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

(1) DO L 209 de 11.8.2005, p. 1.
(2) DO L 277 de 21.10.2005, p. 1.
(3) DO L 55 de 25.2.2006, p. 20.
(4) DO L 30 de 31.1.2009, p. 112.
(5) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.
(6) DO L 30 de 31.1.2009, p. 16.
(7) Textos Aprobados, P7_TA(2010)0286.
(8) Textos Aprobados, P7_TA(2010)0223.

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