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Jueves 15 de septiembre de 2011 - Estrasburgo
Epilepsia
P7_TA(2011)0395P7_DCL(2011)0022

Declaración del Parlamento Europeo , de 15 de septiembre de 2011, sobre la epilepsia

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 123 de su Reglamento,

A.  Considerando que la epilepsia consiste en el trastorno más grave del cerebro,

B.  Considerando que 6 000 000 de personas en Europa sufren epilepsia y se diagnostican 300 000 nuevos casos al año,

C.  Considerando que hasta un 70 % de personas con epilepsia podrían vivir sin ataques con una medicación adecuada, mientras que el 40 % de las personas con epilepsia en Europa no reciben tal tratamiento,

D.  Considerando que el 40 % de los niños con epilepsia tienen dificultades en la escuela,

E.  Considerando que las personas con epilepsia en Europa sufren elevados niveles de desempleo,

F.  Considerando que las personas con epilepsia están expuestas al estigma y los prejuicios,

G.  Considerando que la epilepsia no solo daña la salud, sino que también perturba todos los aspectos de la vida y puede imponer cargas físicas, psicológicas y sociales a las personas y a sus familias,

1.  Pide a la Comisión y al Consejo que:

   promueva la investigación y la innovación en el ámbito de la prevención, el diagnóstico precoz y el tratamiento de la epilepsia;
   dé prioridad a la epilepsia como una enfermedad importante que impone una carga significativa en toda Europa;
   tome iniciativas para animar a los Estados miembros a garantizar una calidad de vida igualitaria en cuanto a educación, empleo, transporte y salud pública para la gente que padece epilepsia, por ejemplo, promoviendo el intercambio de mejores prácticas;
   fomente evaluaciones eficaces del impacto de las principales políticas nacionales y de la UE en la salud;

2.  Insta a los Estados miembros a que introduzcan la legislación adecuada para proteger los derechos de todas aquellas personas que padecen epilepsia;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Declaración, acompañada del nombre de los firmantes(1), a la Comisión y a los Parlamentos de los Estados miembros.

(1) La lista de los firmantes se publica en el Anexo 1 del Acta de 15 de septiembre de 2011 (P7_PV(2011)09-15(ANN1)).

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