Declaración del Parlamento Europeo, de 13 de octubre de 2011, sobre la gestión de la población canina en la Unión Europea
El Parlamento Europeo,
– Visto el artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Vista su Resolución, de 5 de mayo de 2010, sobre la evaluación del Plan de acción comunitario sobre protección y bienestar de los animales 2006-2010(1),
– Visto el artículo 123 de su Reglamento,
A. Considerando que, de conformidad con el Tratado, los animales son seres sensibles y que la Unión Europea y sus Estados miembros deben tener plenamente en cuenta el bienestar de los animales,
B. Considerando que en algunos Estados miembros los animales callejeros representan una amenaza para la salud pública y la seguridad,
C. Considerando que algunos Estados miembros están tomando medidas extremas contra los animales callejeros,
1. Pide a la Comisión que garantice el respeto por parte de los Estados miembros del principio recogido en el artículo 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;
2. Pide a los Estados miembros que adopten estrategias de gestión integral de la población canina que incluyan medidas como el control de los perros y leyes contra la crueldad, el apoyo a los procedimientos veterinarios, incluida la vacunación antirrábica y la esterilización cuando sea necesaria para controlar el número de perros no deseados, y la promoción de la tenencia responsable de mascotas;
3. Pide a la Comisión que aliente a los Estados miembros a introducir la identificación y registro obligatorio de todos los perros, por medio de sistemas compatibles en toda la UE, a fin de evitar la propagación de enfermedades;
4. Encarga a su Presidente que transmita la presente Declaración, acompañada del nombre de los firmantes(2), a la Comisión y a los Gobiernos de los Estados miembros.