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Procedimiento : 2011/2838(RSO)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : B7-0619/2011

Textos presentados :

B7-0619/2011

Debates :

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PV 14/12/2011 - 7.5
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Textos aprobados :

P7_TA(2011)0570

Textos aprobados
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Miércoles 14 de diciembre de 2011 - Estrasburgo
Composición numérica de las comisiones permanentes
P7_TA(2011)0570B7-0619/2011

Decisión del Parlamento Europeo, de 14 de diciembre de 2011, sobre la composición numérica de las comisiones permanentes (2011/2838(RSO))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Conferencia de Presidentes,

–  Vista su Decisión, de 15 de julio de 2009 sobre la composición numérica de las comisiones permanentes(1),

–  Visto el artículo 183 de su Reglamento,

A.  Considerando la necesidad de asegurar la continuidad de sus trabajos,

B.  Considerando que, a raíz de la entrada en vigor de las modificaciones del Protocolo nº 36 sobre las disposiciones transitorias, los nuevos diputados tienen el derecho de ocupar sus escaños en el Parlamento Europeo y en los órganos del mismo disfrutando plenamente de sus derechos,

1.  Decide modificar el número de miembros de las comisiones parlamentarias como sigue:

  

Comisión de Asuntos Exteriores: 76 miembros

  

Comisión de Desarrollo: 30 miembros

  

Comisión de Comercio Internacional: 29 miembros

  

Comisión de Presupuestos: 44 miembros

  

Comisión de Control Presupuestario: 30 miembros

  

Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios: 48 miembros

  

Comisión de Empleo y Asuntos Sociales: 51 miembros

  

Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria: 68 miembros

  

Comisión de Industria, Investigación y Energía: 60 miembros

  

Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor: 41 miembros

  

Comisión de Transportes y Turismo: 46 miembros

  

Comisión de Desarrollo Regional: 50 miembros

  

Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural: 44 miembros

  

Comisión de Pesca: 24 miembros

  

Comisión de Cultura y Educación: 32 miembros

  

Comisión de Asuntos Jurídicos: 25 miembros

  

Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior: 60 miembros

  

Comisión de Asuntos Constitucionales: 25 miembros

  

Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género: 35 miembros

  

Comisión de Peticiones: 35 miembros

  

y modificar el número de miembros de las subcomisiones parlamentarias como sigue:

  

Subcomisión de Derechos Humanos: 31 miembros

  

Subcomisión de Seguridad y Defensa: 31 miembros

   2. Decide, en relación con la decisión de la Conferencia de Presidentes, de 9 de julio de 2009, relativa a la composición de las mesas de comisión, que estas puedan tener hasta cuatro vicepresidentes;
   3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión, para información, al Consejo y a la Comisión.

(1) DO C 224 E de 19.8.2010, p. 34.

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