Composición numérica de las delegaciones interparlamentarias, de delegaciones en las comisiones parlamentarias mixtas y de delegaciones en las comisiones parlamentarias de cooperación y en las asambleas parlamentarias multilaterales
Decisión del Parlamento Europeo, de 14 de diciembre de 2011, sobre la composición numérica de las delegaciones interparlamentarias, de delegaciones en las comisiones parlamentarias mixtas y de delegaciones en las comisiones parlamentarias de cooperación y en las asambleas parlamentarias multilaterales (2011/2839(RSO))
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de la Conferencia de Presidentes,
– Vista su Decisión de 14 de septiembre de 2009 sobre el número de delegaciones interparlamentarias, de delegaciones en las comisiones parlamentarias mixtas y de delegaciones en las comisiones parlamentarias de cooperación y en las asambleas parlamentarias multilaterales(1),
– Visto el artículo 198 de su Reglamento,
A. Considerando la necesidad de asegurar la continuidad de sus trabajos;
B. Considerando que, a raíz de la entrada en vigor de las modificaciones del Protocolo nº 36 sobre las disposiciones transitorias, los nuevos miembros tienen el derecho de ocupar sus escaños en el Parlamento Europeo y en los órganos del mismo disfrutando plenamente de sus derechos;
1. Decide modificar el número de miembros de las delegaciones interparlamentarias de la siguiente manera:
Delegación para las Relaciones con la Península Arábiga (18 miembros)
Delegación para las Relaciones con la India (28 miembros)
Delegación para las Relaciones con la Península de Corea (17 miembros)
Delegación para las Relaciones con Sudáfrica (17 miembros)
2.
Encarga a su Presidente que, a título informativo, transmita la presente Decisión al Consejo y a la Comisión.