Índice 
 Anterior 
 Siguiente 
 Texto íntegro 
Procedimiento : 2011/2945(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclos relativos a los documentos :

Textos presentados :

RC-B7-0701/2011

Debates :

PV 15/12/2011 - 13.1
CRE 15/12/2011 - 13.1

Votaciones :

PV 15/12/2011 - 14.1

Textos aprobados :

P7_TA(2011)0590

Textos aprobados
PDF 121kWORD 38k
Jueves 15 de diciembre de 2011 - Estrasburgo
Azerbaiyán, en particular el caso de Rafig Tagi
P7_TA(2011)0590RC-B7-0701/2011

Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de diciembre de 2011, sobre Azerbaiyán, y en particular el caso de Rafig Tagi

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre Azerbaiyán, y en particular las relacionadas con los derechos humanos,

–  Vistas las conclusiones de la segunda Cumbre de la Asociación Oriental, que se celebró los días 29 y 30 de septiembre de 2011,

–  Visto el Acuerdo de colaboración y cooperación entre la Comunidad Europea y Azerbaiyán, que entró en vigor en 1999,

–  Vista la declaración del portavoz de la Alta Representante de la UE, Catherine Ashton, de 12 de octubre de 2011,

–  Vistas las conclusiones de la 12ª reunión del Consejo de Cooperación UE-Azerbaiyán, celebrada en Bruselas el 25 de noviembre de 2011,

–  Visto el artículo 122, apartado 5, de su Reglamento,

A.  Considerando que Rafig Tagi, destacado escritor y periodista azerbaiyano, falleció en Bakú el 23 de noviembre de 2011 víctima de las heridas que había sufrido durante un brutal ataque con arma blanca cuatro días antes;

B.  Considerando que el Gobierno de Azerbaiyán lanzó una investigación penal sobre el ataque;

C.  Considerando que, según parece, Rafig Tagi había recibido amenazas de muerte en las semanas previas al ataque, supuestamente en represalia por un artículo, entre otros, publicado en el sitio web Radio Azadlyq (Libertad) el 10 de noviembre de 2011, en el que criticaba al actual Gobierno iraní;

D.  Considerando que Rafig Tagi cumplió una pena de prisión tras ser declarado culpable en mayo de 2007 de un delito de incitación al odio religioso, a raíz de un artículo que había escrito en el periódico Sanat, en el que sostenía que los valores islámicos estaban impidiendo la integración de Azerbaiyán en las estructuras europeas y atrofiando su progreso democrático;

E.  Considerando que un prominente clérigo iraní, el gran ayatolá Fazel Lankarani, dictó la fatwa en la que se reclamaba la muerte de Rafig Tagi tras la publicación por este del mencionado artículo; considerando asimismo que la fatwa también reclamaba la muerte de Samir Sadagatoglu, editor del periódico Sanat;

F.  Considerando que las autoridades iraníes nunca condenaron esta fatwa, que parece ser una incitación al asesinato, ni tampoco han aclarado que cualquier sospechoso de incitar, planificar, ejecutar o colaborar en los ataques contra Rafig Tagi o Samir Sadagatoglu debe ser llevado ante la justicia;

G.  Considerando que el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del que Irán es parte, expresó recientemente su preocupación por el artículo 226 del Código Penal iraní, que establece que «un asesinato dará lugar a represalias siempre que la persona asesinada no fuere reo de muerte con arreglo a la ley islámica», y que las fatwas se utilizan para justificar el hecho de que una persona es «reo de muerte»;

H.  Considerando que las autoridades azerbaiyanas nunca condenaron claramente la fatwa ni las amenazas públicas de muerte que Rafig Tagi recibió durante su juicio por «difamación de la religión» en 2007; que incluso su muerte no ha tenido más que una cobertura mínima en la televisión controlada por el Estado, y que las autoridades siguen sin condenar públicamente su asesinato;

I.  Considerando que las autoridades azerbaiyanas poseen un pobre historial de investigación de los ataques contra periodistas, lo que contribuye significativamente al clima de temor e impunidad que se ha ido propagando a través de los medios de comunicación en los últimos años;

J.  Considerando que Azerbaiyán participa activamente en la Política Europea de Vecindad y en la Asociación Oriental, es miembro fundador de Euronest, y se ha comprometido a respetar la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho, que son valores fundamentales de esas iniciativas;

K.  Considerando que Azerbaiyán ocupará un asiento no permanente en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el período 2012-2013, y que se ha comprometido a defender los valores expresados en la Carta de Derechos Humanos de las Naciones Unidas;

L.  Considerando que Azerbaiyán es miembro del Consejo de Europa y parte en el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), así como en otros tratados internacionales de derechos humanos, entre ellos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;

M.  Considerando que Azerbaiyán se ha comprometido a respetar los derechos humanos como parte de los valores europeos fundamentales en el marco de su participación en el Consejo de Europa, la OSCE, el Plan de Acción de la Política Europea de Vecindad y la Declaración Conjunta sobre la Cumbre de la Asociación Oriental de Praga;

1.  Condena enérgicamente el asesinato de Rafig Tagi y expresa su preocupación por la seguridad de Samir Sadagatoglu; se muestra decepcionado por la incapacidad de las autoridades azerbaiyanas para condenar claramente el asesinato de Rafig Tagi y sensibilizar a la población sobre la investigación de las circunstancias que rodearon su muerte;

2.  Celebra la iniciativa del Gobierno de Azerbaiyán de establecer un grupo de trabajo especial para investigar el asesinato de Rafig Tagi; pide a las autoridades azerbaiyanas que se aseguren de que la investigación sea exhaustiva y eficaz, y que los culpables sean procesados y llevados ante la justicia en un juicio que cumpla las garantías internacionales para un juicio justo;

3.  Invita a las autoridades azerbaiyanas a que hagan todo lo posible para proteger la vida y la seguridad de Samir Sadagatoglu;

4.  Señala a la atención que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece la libertad de opinión y de expresión, incluida la crítica de las religiones y creencias; hace hincapié en que la libertad de expresión, tanto fuera como dentro de la Red, es fundamental para una sociedad libre y democrática, así como para la protección y el fomento de otros derechos, y pide a las autoridades azerbaiyanas que se abstengan de abusar del Derecho penal para reprimir el libre debate sobre cuestiones religiosas;

5.  Reitera que un acceso sin cortapisas a la información y a la comunicación y un acceso libre de censura a Internet (libertad de Internet) constituyen derechos universales y resultan indispensables para derechos humanos como la libertad de expresión y el acceso a la información, así como para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en la vida pública;

6.  Insiste en que las amenazas y la incitación a la violencia contra las personas que expresen puntos de vista considerados «ofensivos» por parte de algunos seguidores de determinadas religiones y creencias son totalmente inaceptables, que los responsables de semejantes amenazas y actos de incitación deben ser procesados, y que la libertad de expresión y la seguridad de los individuos amenazados deben estar plenamente garantizadas;

7.  Insta a las autoridades iraníes a que eliminen el concepto de «reo de muerte» del Código Penal revisado que es actualmente objeto de debate en el Parlamento iraní; expresa su profunda preocupación por el hecho de que la existencia de fatwas en las que se reclama la muerte de una persona pueda ser utilizada ante los tribunales iraníes en defensa de personas acusadas de asesinato, sobre la base de que la víctima era «reo de muerte»; insta a las autoridades iraníes a que garanticen que toda persona sospechosa de incitar, planificar, cometer o asistir en un asesinato, independientemente de que el asesinato se lleve a cabo en Irán o en otro lugar, sea llevada ante la justicia en un juicio que cumpla plenamente las garantías internacionales para un juicio justo;

8.  Pide a las autoridades iraníes que ofrezcan a las autoridades azerbaiyanas toda la cooperación necesaria durante la investigación del asesinato de Rafig Tagi, y garanticen que los clérigos iraníes no reclamen el asesinato de persona alguna, ya sea en Irán o en cualquier otro país;

9.  Invita a las autoridades azerbaiyanas a que demuestren su compromiso auténtico para con los derechos humanos y cumplan con sus obligaciones a tenor del derecho internacional y en el marco de Euronest, la Asociación Oriental o cualquier futuro acuerdo de asociación con la UE, en particular la protección del derecho a la vida y a la libertad de expresión;

10.  Deplora la negativa de las autoridades azerbaiyanas a conceder un visado al relator para los presos políticos de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, y pide al Gobierno de Azerbaiyán que permita que el relator visite el país con el fin de investigar la situación de los presuntos presos políticos;

11.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a los Gobiernos y los Parlamentos de la República de Azerbaiyán y la República Islámica de Irán, así como al SEAE, al Consejo, a la Comisión y al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

Aviso jurídico - Política de privacidad