Decisión del Parlamento Europeo, de 18 de enero de 2012, sobre la composición numérica de las comisiones permanentes
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de la Conferencia de Presidentes,
– Vistas sus Decisiones, de 15 de julio de 2009(1) y 14 de diciembre de 2011(2), sobre la composición numérica de las comisiones permanentes,
– Visto el artículo 183 de su Reglamento,
1. Decide modificar el número de miembros de las comisiones parlamentarias como sigue:
Comisión de Asuntos Exteriores: 76 miembros
Comisión de Desarrollo: 30 miembros
Comisión de Comercio Internacional: 31 miembros
Comisión de Presupuestos: 43 miembros
Comisión de Control Presupuestario: 30 miembros
Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios: 48 miembros
Comisión de Empleo y Asuntos Sociales: 49 miembros
Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria: 69 miembros
Comisión de Industria, Investigación y Energía: 61 miembros
Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor: 41 miembros
Comisión de Transportes y Turismo: 47 miembros
Comisión de Desarrollo Regional: 50 miembros
Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural: 44 miembros
Comisión de Pesca: 25 miembros
Comisión de Cultura y Educación: 31 miembros
Comisión de Asuntos Jurídicos: 25 miembros
Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior: 60 miembros
Comisión de Asuntos Constitucionales: 24 miembros
Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género: 35 miembros
Comisión de Peticiones: 35 miembros
y modificar el número de miembros de las subcomisiones parlamentarias como sigue:
Subcomisión de Derechos Humanos: 31 miembros
Subcomisión de Seguridad y Defensa: 31 miembros;
2.
Decide, en relación con la decisión de la Conferencia de Presidentes, de 9 de julio de 2009, relativa a la composición de las mesas de comisión, que estas puedan tener hasta cuatro vicepresidentes;
3.
Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión, para información, al Consejo y a la Comisión.