Declaración del Parlamento Europeo, de 19 de enero de 2012, sobre las medidas de control de la proliferación de algas
El Parlamento Europeo,
– Visto el artículo 191 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que establece que la política de la Unión en el ámbito del medio ambiente ha de contribuir a la conservación, protección y mejora de la calidad del medio ambiente y a la protección de la salud de las personas;
– Vista la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas;
– Visto el artículo 123 de su Reglamento;
A. Considerando que en todos los litorales europeos (Canal de la Mancha, Atlántico, Mar del Norte, Mar Báltico y Mediterráneo) se conocen fenómenos de proliferación de algas en relación con la eutrofización del agua en costas y estuarios;
B. Teniendo en cuenta que el problema perjudica gravemente al buen estado ecológico de las aguas, a la salud pública y al dinamismo económico de las zonas afectadas;
C. Considerando que es oportuno buscar una solución a escala europea para este problema, que no se detiene en las fronteras de los Estados;
1. Pide a la Comisión que elabore, en el marco de la Directiva 2000/60/CE, un plan de actuación europeo contra la proliferación excesiva de algas, basado en el intercambio de buenas prácticas y la cooperación entre las partes afectadas;
2. Encarga a su Presidente que transmita la presente Declaración, acompañada del nombre de los firmantes(1), al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.