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Procedimiento : 2011/2073(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0444/2011

Textos presentados :

A7-0444/2011

Debates :

PV 02/02/2012 - 11
CRE 02/02/2012 - 11

Votaciones :

PV 02/02/2012 - 12.4
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Textos aprobados :

P7_TA(2012)0020

Textos aprobados
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Jueves 2 de febrero de 2012 - Bruselas
Control presupuestario de la ayuda humanitaria de la UE
P7_TA(2012)0020A7-0444/2011

Resolución del Parlamento Europeo, de 2 de febrero de 2012, sobre el control presupuestario de la ayuda humanitaria de la UE administrada por ECHO (2011/2073(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 214 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que trata de la ayuda humanitaria,

–  Vistos el Reglamento financiero(1) y sus normas de desarrollo(2),

–  Visto el Reglamento (CE) n° 1257/96 del Consejo, de 20 de junio de 1996, sobre la ayuda humanitaria(3),

–  Vistas sus anteriores resoluciones de 27 de septiembre de 2011 sobre «Una mejor reacción europea en caso de catástrofe: el papel de la protección civil y de la ayuda humanitaria»(4), de 19 de enero de 2011 sobre la situación en Haití un año después del terremoto: ayuda humanitaria y reconstrucción(5), de 10 de febrero de 2010 sobre el terremoto de Haití(6), de 29 de noviembre de 2007 sobre la proclamación de un Consenso Europeo en materia de Ayuda Humanitaria, y de 18 de enero de 2011 sobre la aplicación del Consenso europeo sobre la ayuda humanitaria: balance intermedio de su plan de acción y perspectivas de futuro(7),

–  Vistas sus resoluciones de 5 de mayo de 2010, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2008(8), y de 10 de mayo de 2011, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2009(9),

–  Vistos los Informes anuales del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativos al ejercicio 2008(10) y al ejercicio 2009(11), acompañados de las respuestas de las instituciones,

–  Vistos los Informes Especiales del Tribunal de Cuentas nº 3/2006 sobre la respuesta de ayuda humanitaria de la Comisión Europea al tsunami, nº 6/2008 sobre la ayuda a la rehabilitación aportada por la Comisión Europea a raíz del tsunami y del huracán Mitch, nº 15/2009 sobre la ayuda comunitaria suministrada a través de organizaciones de Naciones Unidas: toma de decisiones y seguimiento, y nº 3/2011 sobre la eficiencia y la eficacia de las contribuciones de la UE canalizadas a través de las organizaciones de las Naciones Unidas en países afectados por conflictos,

–  Vistos los informes anuales y los informes anuales de actividades para los ejercicios 2009 y 2010 de la Dirección General de Ayuda Humanitaria y de Protección Civil (DG ECHO), y sus anexos,

–  Vistos el Informe anual sobre la Política de Ayuda Humanitaria y su aplicación en 2009 (COM(2010)0138) y el documento de trabajo de la Comisión que lo acompaña (SEC(2011)0398),

–  Vistos el Informe anual sobre las políticas de protección civil y ayuda humanitaria de la Unión Europea y su ejecución en 2010 (COM(2011)0343) y el documento de trabajo de la Comisión que lo acompaña (SEC(2011)0709),

–  Visto el Acuerdo Marco Financiero y Administrativo (FAFA) celebrado entre la Comisión Europea y las Naciones Unidas,

–  Visto el Convenio marco de asociación celebrado entre la Comisión y las organizaciones humanitarias,

–  Visto el artículo 48 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Control Presupuestario y la opinión de la Comisión de Desarrollo (A7-0444/2011),

A.  Considerando que el número, la frecuencia, las dimensiones y la gravedad de las catástrofes humanitarias han aumentado de forma dramática y afectan a más partes del mundo;

B.  Considerando que el papel de liderazgo de la UE a nivel mundial como agente humanitario y el aumento del número y la frecuencia de las intervenciones dentro y fuera de la UE, en conjunción con las actuales restricciones presupuestarias, ponen de manifiesto la importancia de una buena gestión financiera basada en los principios de economía, eficiencia y eficacia;

C.  Considerando que las enormes catástrofes de Haití y Pakistán han demostrado una vez más que es necesario mejorar en términos de eficacia, celeridad y coordinación los instrumentos de que dispone la UE para responder a las catástrofes;

Eficiencia y eficacia del sistema de control, seguimiento y supervisión de ECHO

1.  Toma nota de la determinación de la DG ECHO y de las medidas adoptadas para mejorar la eficiencia y la eficacia de la ayuda humanitaria de la UE;

2.  Recuerda la opinión manifestada en los informes anuales del Tribunal de Cuentas Europeo, que valoran como eficaces en términos generales los controles previos generales, los sistemas de control y supervisión, la actividad de auditoría ex post y las funciones internas de auditoría de la DG ECHO; subraya, sin embargo, que en todos estos aspectos es posible mejorar;

Socios del Convenio marco de asociación (CMA): ONG

3.  Toma nota de que las relaciones entre ECHO y las ONG asociadas se rigen por el CMA, mientras que el método de ejecución presupuestaria que se aplica es la gestión directa centralizada;

4.  Acoge favorablemente las mejoras en la flexibilidad y la eficiencia que aporta el CMA 2008 en relación con el CMA 2005, como, por ejemplo, un enfoque más orientado hacia los resultados, la introducción de los mecanismos de control A- y P-, o la mayor simplificación y la menor ambigüedad que se consiguen gracias a la introducción de directrices; pide a la Comisión que continúe refinando las medidas para mejorar la eficacia de la cooperación con los socios del CMA en el periodo posterior al CMA 2012; subraya que la mejora de la eficacia de la cooperación y la reducción del exceso de cargas administrativas de los socios del CMA son importantes, y al mismo tiempo asegurarían un alto nivel de responsabilidad y transparencia;

5.  Pide a la Comisión que mejore los métodos y las prácticas de evaluación para determinar si un posible socio reúne o no los requisitos para el CMA; recuerda que la experiencia anterior a la firma del CMA 2008 indica que la evaluación inicial a favor de los socios sujetos al mecanismo de control P-, basada en la fiabilidad de sus sistemas internos de control y su solidez financiera, resultó ser demasiado optimista; observa que, una vez que los socios sujetos al mecanismo de control P- han obtenido este estatuto sobre la base de una evaluación inicial, sus sistemas internos de control son objeto de auditorías menos frecuentes, se les permite utilizar sus propios procedimientos de contratación pública y no se aplican a sus actividades limitaciones contractuales de financiación; recuerda que como consecuencia de la evaluación para el CMA 2008, hubo que rebajar la calificación de muchos de ellos a socios A-, es decir, sujetos al mecanismo de control A-;

6.  Pide a la Comisión que garantice que los socios resuelven oportunamente las deficiencias detectadas en las auditorías periódicas, y que en caso contrario tome las medidas necesarias; recuerda que los auditores externos deben continuar trabajando para mejorar la calidad de sus recomendaciones a los socios, teniendo en cuenta sus estructuras específicas, para asegurar la aceptación y la viabilidad de estas recomendaciones; subraya la necesidad de seguir mejorando la documentación relativa a la evaluación de las propuestas de acciones de ayuda humanitaria con miras a su simplificación y normalización y para permitir una comparación global;

7.  Opina que, gracias a los mecanismos existentes de auditoría y control existe una mayor capacidad de rendir cuentas en la evaluación de la eficiencia y la eficacia de los socios del CMA que en el caso de los socios de las Naciones Unidas; señala, no obstante, que no se puede comparar una organización internacional como las Naciones Unidas con los socios del CMA;

Organizaciones internacionales, Naciones Unidas

8.  Señala que las relaciones entre ECHO y los socios de las Naciones Unidas se rigen por el Acuerdo Marco Financiero y Administrativo (FAFA), mientras que las relaciones con la familia de la Cruz Roja y la Organización Internacional para las Migraciones se rigen por el CMA para las organizaciones internacionales; recuerda que en ambos casos, el método de ejecución presupuestaria aplicado ha sido la gestión conjunta;

9.  Señala que los términos y la ejecución del control y el seguimiento de los fondos de la UE en régimen de gestión conjunta han dado prueba de graves deficiencias; insta a la Comisión a que acuerde, en particular con las agencias de las Naciones Unidas, las medidas necesarias para poder confiar en el trabajo de auditoría realizado por los órganos de las Naciones Unidas y reforzar y mejorar la seguridad que aportan las actuales comprobaciones, incluidas las verificaciones;

10.  Recuerda que la actual revisión del Reglamento financiero propone que los fondos de la UE que se canalicen a través de las Naciones Unidas y las organizaciones internacionales se gestionen de acuerdo con las normas de la gestión indirecta;

11.  Subraya que los requisitos de control para la gestión indirecta de los fondos de la UE deben ser tan rigurosos como los de la gestión compartida; insiste en que se establezca el mismo nivel de rendición de cuentas para la gestión indirecta de fondos de la UE por parte de socios de ECHO que el contemplado en el artículo 57, apartado 5, de la propuesta de la Comisión para el Reglamento financiero; destaca que el acceso a los informes de auditoría de los socios de ECHO es esencial para verificar la buena gestión financiera de las acciones financiadas a partir del presupuesto de la UE;

12.  Insiste en que la autoridad de aprobación de la gestión disponga oportunamente de los resultados de las auditorías, sin perjuicio de los poderes y competencias del Tribunal de Cuentas y de OLAF;

13.  Lamenta el carácter general de los informes de las Naciones Unidas, que no contienen suficiente información sobre los resultados; señala, no obstante, que, debido al principio de auditoría única de las Naciones Unidas y a que el alcance de la competencia de control de la Comisión se limita a las verificaciones y la supervisión, los informes de las Naciones Unidas son una fuente esencial de información con vistas a asegurar la responsabilidad y la transparencia;

14.  Pide a la Comisión que se cerciore de que los informes de las Naciones Unidas contengan suficiente información sobre los resultados, es decir, el rendimiento y los resultados de los proyectos en el periodo sobre el que se informa; subraya que unos indicadores cuantificables de rendimiento y de impacto deben formar parte integrante de los criterios de presentación de informes; lamenta que más del 70 % de las respuestas de ECHO a los cuestionarios del Tribunal de Cuentas para su Informe Especial 15/2009 revelen que los informes de las Naciones Unidas se presentaron con retraso, y pide a la Comisión que le informe de la situación actual a este respecto;

15.  Señala que existen diferencias entre la Comisión y los firmantes del Acuerdo Marco Financiero y Administrativo (FAFA) en cuanto a la interpretación de la cláusula de verificación del Acuerdo, en particular sobre la cuestión de la realización de controles; celebra la adopción en julio de 2009 de términos de referencia normalizados para las verificaciones, como un medio para facilitar más orientación y clarificación sobre el funcionamiento de la cláusula de verificación; recuerda que, de acuerdo con los más recientes resultados del Sector de Auditoría Externa de ECHO y del Tribunal de Cuentas Europeo en el marco del ejercicio anual de la DAS, podría aportarse mayor claridad en los términos de referencia y la cláusula de verificación acordados;

16.  Observa que el Servicio de Auditoría Externa apenas se ha beneficiado del aumento de personal en la sede de la DG ECHO en 2010 (que pasó de 247 a 289 personas);

17.  Lamenta las dificultades que ha encontrado el Tribunal de Cuentas Europeo para tener acceso a la información sobre las acciones realizadas por socios de las Naciones Unidas; recuerda que la cláusula de verificación del Acuerdo Marco Financiero y Administrativo (FAFA) prevé que la UE (y por tanto, el Tribunal de Cuentas Europeo) puedan realizar controles financieros sobre el terreno, y que las Naciones Unidas deben facilitar toda la información financiera relevante; subraya que las Naciones Unidas deben facilitar al Tribunal de Cuentas Europeo el acceso a la información necesario, en cumplimiento de la cláusula de verificación del Acuerdo Marco Financiero y Administrativo (FAFA);

18.  Celebra los resultados positivos de las conversaciones con el Programa Mundial de Alimentos (PMA) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), como consecuencia de las cuales el PMA y UNICEF cambiaron sus normas para que la DG ECHO pudiera tener acceso a sus informes internos de auditoría; pide a la DG ECHO que emprenda sin más dilación negociaciones similares con las demás agencias de las Naciones Unidas, con el fin de asegurar un acceso fácil y sin burocracia a sus informes internos de auditoría; pide a la Comisión que informe cada seis meses a las comisiones competentes del Parlamento sobe los avances en las negociaciones; subraya que la Comisión debe tener acceso a todos los informes internos de auditoría por medios electrónicos, y no solo en los locales de las agencias relevantes de las Naciones Unidas;

19.  Recuerda que en 2010 se iniciaron conversaciones con el PMA para acordar una metodología común, de acuerdo con la cual el PMA realizaría auditorías de los proyectos financiados por la UE; pide a la Comisión que complete este objetivo, y que emprenda negociaciones similares con los demás socios de las Naciones Unidas;

20.  Celebra los esfuerzos que está realizando en la actualidad el Grupo de Trabajo sobre responsabilidad y auditoría de la ayuda vinculada a las catástrofes, creado en el marco de la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) y dirigido por un miembro del Tribunal de Cuentas Europeo; recuerda que sus dos objetivos principales son: i) establecer orientaciones y buenas prácticas con vistas a obtener en último término un sistema integrado único de presentación de informes y ii) establecer orientaciones y buenas prácticas en el ámbito de la auditoría de la ayuda vinculada a las catástrofes;

21.  Opina que es un paso importante para hacer frente a los retos de la transparencia y la rendición de cuentas en la cooperación con las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales; alienta al Grupo de Trabajo a que cumpla su mandato en el plazo previsto;

22.  Señala que, desde que se revelaron los fraudes realizados por parte del Gobierno de Corea del Norte con fondos destinados a la ayuda humanitaria y al desarrollo a finales de 2006, se han multiplicado las críticas sobre la falta de transparencia, responsabilidad, eficiencia y eficacia de la gestión de los fondos por parte de las Naciones Unidas; lamenta que la reforma de las Naciones Unidas en materia de transparencia y responsabilidad siga sin avanzar de forma significativa; subraya que los Estados miembros de la UE deben dar pruebas de más voluntad política, determinación y coherencia para avanzar en la reforma y asegurar una mayor responsabilidad; pide a la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad que dé prioridad a esta cuestión y actúe para facilitar los progresos;

Eficiencia y eficacia de la ejecución de la ayuda humanitaria de la UE gestionada por la DG ECHO

23.  Reconoce las ventajas de la búsqueda de nuevas modalidades de obtención de financiación por la DG ECHO y sus asociados; hace un llamamiento en favor del respeto de la diversidad de los agentes en el marco de la financiación y aplicación de los programas humanitarios europeos -Naciones Unidas, Movimiento Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja, ONG-, teniendo en cuenta que las catástrofes suelen tener un carácter transnacional y requieren reacciones multilaterales y coordinadas; alienta los trabajos que se realizan para reforzar las capacidades de los agentes locales e incrementar la capacidad de evaluación y reacción rápidas sobre el terreno a través de las oficinas de la DG ECHO y de los expertos presentes en el terreno;

24.  Señala que es necesaria una evaluación de las necesidades precisa y coherente, como condición previa esencial para una ejecución eficaz de la ayuda humanitaria; reconoce que, gracias a la evaluación de necesidades a escala mundial (GNA) y a la evaluación de las crisis olvidadas (FCA), la ayuda humanitaria gestionada por ECHO responde al criterio fundamental de basarse estrictamente en las necesidades; insiste en la necesidad de que la Comisión mantenga sus esfuerzos para iniciar un debate sobre el establecimiento de una evaluación de las necesidades mejor coordinada y más coherente; acoge favorablemente el diálogo entre la Comisión y las Naciones Unidas al respecto;

Socios del CMA

25.  Señala el trabajo de calidad de los socios de la DG ECHO gracias a un método de selección eficaz, en particular el Contrato Marco de Asociación, y a la elaboración de normas y prácticas aplicables al sector humanitario; señala asimismo que el control efectivo del uso de los fondos en el marco de auditorías efectuadas sobre los socios por gabinetes privados es esencial y contribuye a la legitimación del sector humanitario; constata, no obstante, que, si se quiere mantener la diversidad de los socios y garantizar el acceso de las pequeñas y medianas ONG a los fondos, hay que resolver la complejidad de los procedimientos administrativos de acceso, las cargas administrativas, muy elevadas para las ONG, y las dificultades ante las auditorías por falta de recursos humanos; aboga por una adaptación de las herramientas utilizadas a las necesidades del sector humanitario y a las necesidades locales, para que la ayuda humanitaria se oriente adecuadamente y se inicie en una etapa temprana la coordinación de las diversas organizaciones de ayuda presentes en el terreno;

26.  Acoge con satisfacción los esfuerzos realizados por la DG ECHO con el fin de promover la utilización de enfoques innovadores como el «cash-based approach», en particular las transferencias incondicionales destinadas a los grupos más vulnerables; constata que estos enfoques, al utilizar los mercados locales, pueden ser más eficientes y no implican necesariamente un riesgo fiduciario más elevado que las ayudas en especie; alienta a la DG ECHO a que siga desarrollando los «cash-based approaches» y a que incite a sus interlocutores a que los utilicen;

27.  Recuerda las conclusiones de los tres ciclos de auditorías de las sedes realizadas por el Sector de Auditoría Externa de la DG ECHO sobre la naturaleza y la solidez de las relaciones financieras entre la DG ECHO y sus socios, de acuerdo con las cuales, los fondos aportados por la Comisión se habían utilizado, en general, con una prudencia razonable y de acuerdo con las normas y reglamentaciones en vigor;

28.  Recuerda que la mayoría de las recomendaciones resultantes de las auditorías de las sedes realizadas por el Sector de Auditoría Externa sobre los socios del CMA se refieren a las normas de contratación de los socios; señala que una de las principales conclusiones de las auditorías de las sedes es que no todos los socios del CMA (sujetos tanto al mecanismo de control A- como P-) cuentan con procedimientos que cumplan plenamente los principios del anexo IV del CMA de 2008; constata que existen problemas para facilitar expedientes completos sobre la contratación y para establecer procedimientos de contratación mejor documentados y más sólidos;

29.  Señala que los socios del CMA deben abordar las siguientes cuestiones: creación de mecanismos internos de control adecuados, mejora de los sistemas de asignación de costes financieros y de su transparencia, mejora de las deficiencias en sus sistemas de contabilidad y del compromiso de su administración con las normas de calidad, creación de un sistema de gestión de riesgos para el conjunto de la organización y mejora de la sensibilización sobre los peligros de fraude y corrupción;

30.  Señala que los socios de ECHO pueden subcontratar a otros socios la ejecución de actividades de apoyo a las acciones humanitarias; lamenta la falta de procedimientos adecuados y de supervisión y gestión adecuada por parte de los socios del CMA sobe sus subcontratistas de ejecución; pide, por tanto, a la Comisión que aborde esta cuestión, teniendo en cuenta los riesgos que puede plantear en los casos de fraude la falta de acceso a los documentos justificativos, y el hecho de que ECHO no cuenta con mecanismos para identificar a los socios subcontratados para misiones de ejecución;

31.  Opina que la implicación efectiva y continua de los beneficiarios en la planificación y la gestión de la ayuda es una de las condiciones previas esenciales para la calidad y la celeridad de la reacción humanitaria, particularmente en el caso de las crisis de larga duración; señala que en muchos casos no existen mecanismos oficiales para que los beneficiarios presenten quejas o aportaciones al socio de que se trate ni normas claras en lo relativo a la protección de los denunciantes de irregularidades; subraya que se trata de una medida importante para mejorar la eficacia y la responsabilidad, así como para prevenir los posibles abusos de los materiales de ayuda; pide a la DG ECHO que establezca sin más dilación este tipo de mecanismos;

32.  Recuerda la recomendación del Sector de Auditoría Externa, de acuerdo con la cual es necesaria una mejora en el control de la distribución y de la fase posterior a la distribución por parte de personal no implicado en el proceso, con el fin de determinar si la evaluación de necesidades ha identificado todos los requisitos, y si estos requisitos se han cumplido; pide a la Comisión que ponga en práctica las lecciones aprendidas de estas actividades de control;

Socios de las Naciones Unidas

33.  Recuerda la opinión expuesta por el Tribunal de Cuentas en su Informe Especial 15/2009, en la que indica que los requisitos estratégicos y legales para seleccionar los socios de forma objetiva y transparente no se habían transpuesto de forma suficiente para aplicar criterios prácticos para apoyar la toma de decisiones en el caso de socios de las Naciones Unidas; pide a la Comisión que realice y documente de forma sistemática evaluaciones oficiales en las que compare los mecanismos de entrega de la ayuda de las Naciones Unidas y de otros socios;

34.  Señala que, además de su contribución a los costes indirectos (hasta el 70 % del presupuesto de una actividad), es decir, los costes no directamente relacionados con la ejecución de un proyecto determinado, la Comisión financia una serie de costes directamente relacionados con los proyectos (costes directos) como los costes de apoyo a las oficinas locales, el personal y el transporte directamente vinculados a las actividades; señala que el nivel de apoyo a los costes, como el transporte, el almacenamiento y la manipulación (por ejemplo, en la ayuda alimentaria) varía mucho; reconoce que ello puede deberse a características propias de cada país, dependiendo de las condiciones, pero también señala que puede deberse a la necesidad de racionalizar las operaciones para hacerlas más eficaces en materia de costes; propone que la Comisión evalúe el nivel de los costes de apoyo con referencia a una amplitud normal de parámetros comparativos para cada tipo de proyecto de que se trate, con el fin de determinar si este nivel es razonable;

Otras cuestiones

35.  Subraya que además de los criterios esenciales, como la experiencia y los conocimientos especializados, las actuaciones del pasado, la coordinación, el diálogo y la celeridad, la relación coste-eficacia también debe ser un criterio importante para la selección de socios; celebra que ECHO trabaje actualmente en el desarrollo de un sistema de información sobre costes comparativos («Cost Observed for Results»), basado en unidades de coste comparables; subraya la importancia de utilizar la información obtenida gracias a esta herramienta para analizar la relación coste-eficacia de las propuestas de proyectos;

36.  Destaca que el presupuesto de la DG ECHO se complementa con frecuencia, bien recurriendo a la reserva para ayudas de emergencia, bien mediante transferencias de otras líneas presupuestarias del capítulo de ayuda exterior del FED; opina que estos complementos presupuestarios son un problema estructural; destaca la necesidad de elaborar un presupuesto realista en el que se consignen dotaciones para las catástrofes naturales o las acciones humanitarias sobre la base de la experiencia confirmada en materia de gasto en los ejercicios anteriores;

37.  Subraya que la Unión Europea debe reforzar su capacidad de reacción ante la multiplicación de catástrofes naturales graves; en este sentido, recuerda que el Parlamento Europeo aboga desde hace muchos años por un presupuesto humanitario más realista con el fin de evitar la crónica sub-financiación de las líneas presupuestarias correspondientes y poder garantizar algún margen de maniobra financiera durante la totalidad del ejercicio, así como mantener un equilibrio coherente entre la financiación de acciones destinadas a prevenir desastres humanitarios y acciones para responder rápidamente a las catástrofes, ya sean naturales o provocadas por el hombre;

38.  Se congratula por la reciente comunicación de la Comisión sobre el marco financiero plurianual 2014-2020 que establece un aumento del presupuesto del instrumento de ayuda humanitaria, esto es, 6 400 millones de euros para este período (es decir, una media anual de 915 millones de euros en lugar de los 813 millones de euros para 2007-2013); constata también con satisfacción el aumento de la reserva de ayuda urgente para este mismo período hasta 2 500 millones de euros, así como la propuesta de prorrogar los fondos no utilizados de la reserva al ejercicio siguiente, y pide a la Comisión que estos fondos sigan destinados a las necesidades humanitarias urgentes;

39.  Pide que el presupuesto de la UE apoye acciones destinadas a anticipar las catástrofes, a prepararse con anterioridad, a prevenirlas y a reaccionar más rápidamente, así como medidas para asegurar una mayor flexibilidad al emprender acciones de desarrollo como un medio para salir de las situaciones de crisis; lamenta los escasos progresos concretos en el ámbito de los vínculos entre la ayuda de urgencia, la rehabilitación y el desarrollo, a pesar de la multiplicación de compromisos políticos en los últimos años;

40.  Pide, por tanto, que se pongan a disposición más medios y mejor gestionados para garantizar la continuidad de la ayuda en las fases de transición entre la urgencia y el desarrollo, y que la reflexión se centre en una mayor flexibilidad y complementariedad de los dispositivos financieros existentes, en particular en el marco de los documentos estratégicos por país y por región del FED y del ICD; exhorta a apoyar especialmente a los niños, las mujeres embarazadas y las madres de niños pequeños, proporcionándoles alimentos, ropa, medios de evacuación y transporte y asistencia médica, con el fin de prevenir embarazos no deseados y enfermedades de transmisión sexual, acciones prioritarias para los mecanismos financieros existentes;

41.  Recomienda que la primera prioridad en esta fase transitoria orientada a la rehabilitación entre la ayuda de emergencia y el desarrollo sea la creación de capacidades de las instituciones locales y un alto nivel de participación de las organizaciones no gubernamentales y asociaciones locales en las fases de planificación y ejecución, con el fin de facilitar y fundamentar sólidamente unos programas de desarrollo humano de alta calidad y eficacia;

42.  Considera satisfactoria la visibilidad de las acciones financiadas por ECHO; reconoce la importancia de las medidas para asegurar la visibilidad en términos de responsabilidad y para contribuir a reducir el riesgo de doble financiación; subraya que ello no debe convertirse en una forma de «promoción de marca» para las agencias humanitarias ni resultar en que compitan por alcanzar visibilidad a expensas de responder a las necesidades reales de los beneficiarios;

43.  Considera que el papel cada vez más importante que se concede a los consorcios tiene un efecto potencialmente positivo en términos de aumento de la respuesta humanitaria y de mejora de la coordinación; pide a la Comisión que facilite orientaciones más claras para garantizar la transparencia y asegurar que los consorcios no afecten de forma negativa a la diversidad de la comunidad de ONG, en particular la de las pequeñas y medianas organizaciones;

Necesidad de sostenibilidad, coherencia y complementariedad

44.  Señala la importancia de la vinculación entre la ayuda de emergencia, la rehabilitación y el desarrollo (VARD) para reforzar la relación entre la ayuda de emergencia, la recuperación y el desarrollo y asegurar una transición fluida desde la ayuda humanitaria a la ayuda al desarrollo; destaca que aún queda mucho por hacer para mejorar la coordinación, la eficiencia, la eficacia y la coherencia de la VARD;

45.  Celebra que la DG ECHO promueva la reducción del riesgo de catástrofe (RRC) a través del programa DIPECHO y como parte integrante de las acciones humanitarias;

46.  Pide a la DG ECHO que se concentre más en la sostenibilidad de las acciones humanitarias; insta a la DG ECHO y a otros servicios competentes de la Comisión a que den mayor relieve a la RRC y a la preparación ante las catástrofes, a reforzar la resistencia de la población en posible peligro a través de la construcción de capacidades, la formación y las medidas de sensibilización del público, y a que establezca sistemas de alerta temprana en los países con mayor riesgo y más afectados por las catástrofes, con el fin de capacitarse para que reaccionen de forma adecuada;

47.  Opina que la sensibilidad y el conocimiento de la cultura es un factor clave en la prestación eficaz de ayuda humanitaria; subraya, por ejemplo, que los productos que se entregan en las acciones humanitarias deben ser adecuados y aceptables para la población local;

48.  Pide a la DG ECHO que examine cuidadosamente los posibles efectos negativos de la ayuda humanitaria; señala, por ejemplo, que un exceso de ayuda alimentaria puede desalentar la producción local de alimentos y tener un efecto negativo en los mercados locales, poniendo así en peligro la seguridad alimentaria a largo plazo;

49.  Insta a la Comisión a que asegure mayores coherencia y complementariedad entre la ayuda humanitaria y la ayuda al desarrollo, tanto a nivel político como en la práctica;

50.  Considera que la actual grave crisis alimentaria en el Cuerno de África es también la trágica consecuencia de la falta de coherencia y complementariedad entre la ayuda internacional humanitaria y para el desarrollo; señala que, a diferencia de las catástrofes naturales, se trata de una crisis que se ha ido incubando gradualmente hasta alcanzar las proporciones de catástrofe humanitaria; recuerda que, por desgracia, las sequías y la escasez de alimentos han adquirido un carácter crónico en el Cuerno de África; lamenta que, a pesar del peso de la realidad y de la gran envergadura de la ayuda al desarrollo que se ha destinado a la región en las últimas décadas, no haya resultados visibles en términos de refuerzo de la autosuficiencia de los agricultores locales, un factor de garantía de la sostenibilidad;

Haití y Pakistán

51.  Lamenta que 2010 vaya a quedar en el recuerdo como el año de dos grandes catástrofes: el devastador terremoto de Haití, seguido por la epidemia de cólera, y las inundaciones sin precedentes en Pakistán;

52.  Señala que en 2010 ECHO destinó 122 millones de euros a Haití y 150 millones de euros a Pakistán, y que la ayuda humanitaria que ECHO destinó a Pakistán ha sido la mayor intervención realizada en un año;

53.  Reconoce que las dimensiones de las catástrofes y las dificultades inherentes, como las dificultades de acceso físico y las consideraciones de seguridad, han contribuido a la extrema complejidad de las circunstancias; señala que ambas catástrofes han puesto de manifiesto problemas similares;

54.  Señala que la eficacia de la coordinación internacional es una condición necesaria para la eficiencia y a eficacia de la ayuda humanitaria; reconoce el valor añadido y la necesidad de funcionar bajo el paraguas de la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCAH) de las Naciones Unidas durante las operaciones de ayuda humanitaria;

55.  Señala que la Comisión facilita a la OCAH un apoyo importante; lamenta que las experiencias de Haití y Pakistán hayan puesto de manifiesto la actual insuficiencia en la capacidad de coordinación de la OCAH; destaca que la capacidad de la OCAH para desempeñar su papel de coordinación se ha visto entorpecida por la falta de recursos, la inadecuada evaluación de las necesidades y el mal funcionamiento de los instrumentos electrónicos para procesar la información;

56.  Destaca el importante apoyo de la Comisión a las Naciones Unidas en su esfuerzo para desarrollar y establecer el sistema de agrupación («cluster system»); subraya que estas dos catástrofes han revelado que aún queda mucho por hacer para mejorar la eficiencia, la eficacia y la coordinación y para reforzar el empoderamiento y la responsabilidad;

57.  Señala que la Comisión no ha facilitado al ponente del Parlamento los informes finales (descriptivos y financieros) de los socios de ECHO sobre la realización de acciones humanitarias tras las catástrofes de Haití y Pakistán en 2010, con al argumento de que contenían información sensible sobre los socios de ECHO; insiste en que el Parlamento debe tener acceso a esos informes, o al menos a los datos principales sobre la eficiencia y la eficacia en la realización de las acciones, para poder formarse una opinión sobre su buena gestión financiera;

58.  Señala que la Comisión de Control Presupuestario enviará una delegación a Haití habida cuenta de los problemas notificados en relación con la ayuda asignada a Haití;

59.  Pide a la Comisión que plantee las cuestiones relacionadas con las Naciones Unidas a los organismos relevantes de esta organización;

o
o   o

60.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

(1) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(2) DO L 357 de 31.12.2002, p. 1.
(3) DO L 163 de 2.7.1996, p. 1.
(4) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0404.
(5) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0018.
(6) DO C 341 E de 16.12.2010, p. 5.
(7) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0005.
(8) DO L 252 de 25.9.2010, p. 1.
(9) DO L 250 de 27.9.2011, p. 1.
(10) DO C 269 de 10.11.2009, p. 1.
(11) DO C 303 de 9.11.2010, p. 1.

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