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Procedimiento : 2011/2271(INI)
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Ciclo relativo al documento : A7-0014/2012

Textos presentados :

A7-0014/2012

Debates :

PV 02/02/2012 - 10
CRE 02/02/2012 - 10

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PV 02/02/2012 - 12.14
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P7_TA(2012)0030

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Jueves 2 de febrero de 2012 - Bruselas
Informe anual sobre la fiscalidad
P7_TA(2012)0030A7-0014/2012

Resolución del Parlamento Europeo, de 2 de febrero de 2012, sobre el informe anual sobre la fiscalidad (2011/2271(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Comunicación de la Comisión Europea «La doble imposición en el mercado único» (COM(2011)0712) y la propuesta (refundición) de Directiva del Consejo relativa a los pagos de intereses y cánones (COM(2011)0714),

–  Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Eliminar las barreras fiscales transfronterizas en beneficio de los ciudadanos de la UE» (COM(2010)0769),

–  Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña la Comunicación de la Comisión titulada «Eliminar las barreras fiscales transfronterizas en beneficio de los ciudadanos de la UE» (SEC(2010)1576),

–  Visto el documento de la Comisión sobre las respuestas recibidas en el curso de la consulta de la Comisión sobre los convenios relativos a la doble imposición y el mercado interior: ejemplo reales de casos de doble imposición(1),

–  Vista la Comunicación de la Comisión que concluye el primer Semestre Europeo de coordinación de las políticas económicas: Orientación de las políticas nacionales en 2011-2012 (COM(2011)0400),

–  Vista la carta conjunta, de 17 de agosto de 2011, dirigida por Nicolas Sarkozy, Presidente de la República Francesa, y Angela Merkel, Canciller de Alemania, a Herman Van Rompuy, Presidente del Consejo Europeo,

–  Visto el documento de la OCDE titulado «Corporate Loss Utilisation through Aggressive Tax Planning», 2011(2),

–  Visto el informe «How effective and legitimate is the European Semester? Increasing the role of the European Parliament»(3),

–  Visto el documento de la Comisión titulado «Tendencias fiscales en la UE» (edición de 2011)(4),

–  Visto el documento «Consumption Tax Trends 2010» de la OCDE(5),

–  Visto el Informe Monti sobre una nueva estrategia para el mercado único (2010),

–  Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión sobre el impacto económico de la Recomendación de la Comisión sobre los procedimientos de reducción de la retención a cuenta y las propuestas del Grupo FISCO (SEC(2009)1371),

–  Vista la Recomendación de la Comisión 2009/784/CE sobre los procedimientos de reducción de la retención a cuenta,

–  Visto el informe de Alain Lamassoure «Le citoyen et l'application du droit communautaire» de 8 de junio de 2008(6),

–  Vista su Resolución, de 2 de septiembre de 2008, sobre una estrategia coordinada de mejora de la lucha contra el fraude fiscal(7),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de diciembre de 2007, titulada «Aplicación de medidas contra las prácticas abusivas en el ámbito de la fiscalidad directa –dentro de la UE y en relación con terceros países» (COM(2007)0785),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 31 de mayo de 2006, relativa a la necesidad de elaborar una estrategia coordinada de mejora de la lucha contra el fraude fiscal (COM(2006)0254),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2006, titulada «Imposición de salida y necesidad de coordinación de las políticas tributarias de los Estados miembros» (COM(2006)0825),

–  Visto el informe de los consultores de Eures Channel «Report on the obstacles to mobility of EU citizens in cross-border regions» (2002)(8),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 23 de mayo de 2001, titulada «Política fiscal en la Unión Europea - Prioridades para los próximos años» (COM(2001)0260),

–  Vista la propuesta de resolución B7-0531/2011, presentada, conforme al artículo 120 del Reglamento, por Cristina Muscardini y otros diputados,

–  Visto el artículo 48 de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A7-0014/2012),

A.  Considerando que el mercado interior de la UE, con su libre circulación de personas, servicios, bienes y capital, no está funcionado plenamente y siguen existiendo ámbitos que han de mejorar;

B.  Considerando que los ciudadanos de la UE y las empresas que trabajan y operan de forma transfronteriza se encuentran con obstáculos fiscales que están levantando importantes barreras al crecimiento y al empleo en el mercado interior de la UE, y que estas barreras deben suprimirse a fin de lograr una Europa más competitiva que cree crecimiento y empleo;

C.  Considerando que el coste administrativo de los sistemas fiscales para las medianas empresas es una carga innecesariamente pesada y elevada en algunos Estados miembros;

D.  Considerando que la actual crisis económica y financiera ha ocasionado un aumento significativo de la deuda pública en Europa; Considerando que el endeudamiento público excesivo en los Estados miembros ha desencadenado la actual crisis financiera; que, en este contexto, los estabilizadores automáticos del Estado del bienestar siguen siendo más importantes que nunca para garantizar el crecimiento y la cohesión social;

E.  Considerando que la imposición fiscal efectiva tiene una importancia fundamental para las autoridades públicas, especialmente en Europa, a fin de cumplir sus tareas y obligaciones y satisfacer las expectativas de los ciudadanos; que los Estados con elevados déficits se enfrentan actualmente a la necesidad de aplicar medidas para incrementar sus impuestos, y que estas medidas no deberían lastrar el crecimiento;

F.  Considerando que para asegurar la credibilidad fiscal, es necesaria una sólida consolidación fiscal, junto con un reparto más justo y específico de la carga fiscal, y que la reducción de la deuda requiere restricciones del gasto y subidas de impuestos, al tiempo que ha de darse prioridad a los cambios fiscales orientados a impulsar el crecimiento; que esto sentará las bases para un crecimiento a largo plazo;

Consideraciones generales
Impedir la doble no imposición, el fraude fiscal y los paraísos fiscales, e incrementar la transparencia fiscal

1.  Recuerda que los impuestos sirven sobre todo para financiar servicios públicos como la educación, la sanidad, el transporte público y las infraestructuras públicas, proteger los bienes públicos, incentivando por ejemplo la producción y el consumo de productos ecológicos, y reducir las desigualdades sociales, garantizando una distribución global más equitativa de los ingresos y la riqueza;

2.  Observa que la fiscalidad sigue siendo una cuestión de soberanía nacional, y en algunos casos local, y que, por lo tanto, han de respetarse las diferentes estructuras de los sistemas fiscales de los Estados miembros; observa que para transferir la toma de decisiones sobre las políticas fiscales del nivel nacional al nivel de la UE sería necesario modificar el Tratado; observa, por consiguiente, que un incremento del control de los procedimientos presupuestarios por la Comisión Europea debería comportar un mayor control democrático por parte del Parlamento Europeo;

3.  Observa que la mejora del mercado único y posiblemente una cierta armonización fiscal podrían ser factores clave para fomentar el crecimiento y la creación de empleo; observa que el objetivo de las políticas fiscales debe ser fomentar la competitividad europea y reducir los costes para las empresas europeas, en concreto para las pequeñas y medianas empresas (PYME);

4.  Observa una falta de coordinación de las políticas fiscales en la UE que puede imponer costes y cargas administrativas significativos a los ciudadanos y empresas de la UE que desarrollan actividades transfronterizas;

5.  Pide a los Estados miembros que adopten un enfoque fiscal más favorable al crecimiento mejorando el régimen fiscal y opten por unos impuestos menos distorsionadores, salvaguardando al mismo tiempo el objetivo del mercado social;

6.  Recalca que todos pueden extraer lecciones fructíferas de los ejemplos de los Estados miembros con un sólido historial en imposición y recaudación de impuestos;

7.  Subraya la necesidad de simplificar los regímenes del IVA a fin de eliminar la doble imposición y la burocracia para las empresas;

8.  Subraya que un bajo nivel de imposición es esencial, no solo para el bienestar social de las familias y los hogares, sino también para la competitividad y los nuevos puestos de trabajo; recalca la necesidad de un gasto público controlado y eficaz y unas finanzas públicas estables;

9.  Hace hincapié en que las propuestas de la Comisión en relación con la imposición han de contribuir a la competitividad europea eliminando las distorsiones de la competencia que surgen debido a los diferentes sistemas fiscales en vigor; asimismo recalca que las propuestas de la Comisión no deben contribuir a incrementar la carga fiscal;

10.  Observa que los Estados miembros que arrojan déficits elevados o que han experimentado el peor descenso del crecimiento del PIB tendrán que explorar a fondo las raíces de sus déficits e incrementar sus ingresos fiscales mediante impuestos efectivos y equitativos, llevar a acabo unas reducciones eficaces del gasto, luchar contra el fraude fiscal e incrementar el ahorro público; destaca que las reformas fiscales han de priorizar el colmado de lagunas y la ampliación de la base impositiva, sin menoscabar la capacidad de los Estados miembros para recaudar ingresos;

11.  Cree que el federalismo fiscal puede ser una buena herramienta para lograr la responsabilidad en la gestión fiscal a escala regional y de este modo implica una mayor eficiencia económica;

12.  Toma nota de las recientes iniciativas de la Comisión en el ámbito de la imposición, como una base consolidada común para el impuesto de sociedades, un impuesto sobre las transacciones financieras, en el ámbito del futuro régimen de la UE para el IVA y en el ámbito de la energía;

13.  Aplaude la introducción del Semestre Europeo como un posible generador de ingresos para los Estados miembros mediante el intercambio de mejores prácticas para una senda presupuestaria más coordinada y sostenible;

14.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que cooperen más en sus respectivas políticas fiscales contra la doble imposición, el fraude fiscal y la evasión fiscal con objeto de aumentar la transparencia y reducir las lagunas legales y la inseguridad en beneficio de las empresas y los ciudadanos respecto de la recaudación de impuestos, especialmente en lo que respecta a sus respectivos procedimientos administrativos para la presentación de declaraciones de impuestos; opina por ello que la Comisión, junto con el Consejo, ha de desarrollar una enérgica iniciativa común sobre las jurisdicciones en materia de secreto, lo que sería una solución mucho mejor que los meros acuerdos bilaterales entre Estados miembros individuales y dichas jurisdicciones;

15.  Afirma que los Estados miembros deben intentar reducir los costes de cumplimiento de las obligaciones fiscales para las PYME, en la medida de lo posible, agilizando los procedimientos y reduciendo los costes burocráticos; observa que los Estados miembros tienen diferentes bases del impuesto de sociedades, lo cual en la práctica puede ser una barrera comercial transfronteriza para el crecimiento y el empleo; apoya la propuesta de la Comisión de introducir en la UE una base común consolidada a escala de la UE para el impuesto de sociedades, BICCIS;

16.  Recalca que la BICCIS mejorará el crecimiento y generará más puestos de trabajo en Europa reduciendo los costes administrativos y reducirá la burocracia para las empresas, en particular para las pequeñas empresas que operan en varios países de la UE;

17.  Insta a los Estados miembros a que adopten resueltamente las actuales propuestas, y a la Comisión a que presente propuestas en línea con las del Parlamento Europeo sobre la imposición del ahorro, impuestos verdes y de consumo, la prevención de la evasión fiscal, buena gobernanza y la doble imposición;

18.  Constata que la actual crisis económica y financiera ha provocado un aumento importante de la deuda pública en Europa, y que la reducción de esta enorme deuda pública exige tanto moderación del gasto como aumentos de impuestos;

19.  Señala que los Estados miembros que han sufrido el peor descenso del crecimiento del PIB han sido los que tuvieron que incrementar más sus impuestos, mientras que, en general, los Estados miembros que pudieron reducir los impuestos fueron los que consiguieron limitar la contracción del PIB a menos del 4 %(9);

20.  Pide a los Estados miembros que adopten unos sistemas fiscales más favorables al crecimiento mejorando el régimen fiscal y optando por unos impuestos menos distorsionadores, salvaguardando al mismo tiempo el objetivo de equidad social; 5 quinquies.

21.  Llega a la conclusión de que la coordinación de las políticas fiscales debe constituir un componente importante de una estrategia de consolidación fiscal a escala de la UE y mejorar la eficacia de las nuevas políticas fiscales de los Estados miembros;

Eliminar las barreras fiscales transfronterizas en beneficio de los ciudadanos de la UE

22.  Observa que la eliminación de los obstáculos fiscales puede contribuir de forma importante a aumentar las posibilidades y la confianza de los ciudadanos por lo que respecta a trabajar, jubilarse, comprar y, junto con las empresas, invertir en la UE;

23.  Acoge con satisfacción el hecho de que en la Comunicación de la Comisión sobre la eliminación de las barreras fiscales transfronterizas en beneficio de los ciudadanos de la UE se enumeran las quejas más importantes de los ciudadanos de la UE sobre los obstáculos fiscales transfronterizos, y espera con interés la propuesta de la Comisión en este ámbito;

24.  Celebra que la Comisión quiera incrementar sus esfuerzos por garantizar que todos los ciudadanos de la UE tengan acceso a la información y al asesoramiento que necesitan sobre las normas fiscales dentro de la UE;

25.  Observa que los Estados miembros han acordado que habría que mejorar el acceso de los ciudadanos a la información fiscal;

26.  Subraya la importancia de garantizar que los ciudadanos no se encuentren con obstáculos fiscales a la hora de ejercer sus libertades en el Mercado Interior;

27.  Insta a la Comisión a que comparta las buenas prácticas existentes en los Estados miembros de la UE y en otros países de la OCDE sobre información fiscal a los ciudadanos y las empresas, a que elabore instrumentos eficientes para facilitar y fomentar el intercambio de tal información sobre mejores prácticas fiscales, incluida la creación de proyectos piloto, a fin de promover la competitividad europea a largo plazo; destaca también que la Comisión ha de asegurar que Eurostat recoja y verifique estadísticas sobre elusión y evasión fiscal en el conjunto de la UE;

28.  Reconoce que determinados Estados miembros han establecido procedimientos simplificados para las solicitudes de devolución de impuestos con arreglo a sus acuerdos sobre doble imposición, y que algunos Estados miembros han creado sitios Internet, que incluyen información e impresos en diversos idiomas, para los ciudadanos no residentes o los contribuyentes extranjeros;

29.  Pide a los Estados miembros que apoyen los planes de la Comisión para mejorar la coordinación y la cooperación con las administraciones fiscales de los Estados miembros, así como entre éstas, sobre soluciones adecuadas para impedir la doble imposición y otras barreras fiscales transfronterizas;

30.  Observa que la doble imposición representa una barrera para las actividades e inversiones transfronterizas y que se necesitan soluciones coordinadas para superar este problema;

31.  Exhorta a la Comisión a que proponga medios para simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en un contexto transfronterizo;

32.  Acoge con satisfacción la consulta pública de la Comisión relativa a los impuestos sobre los pagos transfronterizos de dividendos a los inversores de cartera y a los inversores particulares en la UE, en la que se aborda la eliminación de las barreras transfronterizas al impuesto de sucesiones, y espera que la Comisión presente en el futuro propuestas al respecto;

33.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que busquen maneras de eliminar cuanto antes las barreras fiscales al trabajo transfronterizo y la movilidad transnacional, para que los objetivos de la estrategia EU2020 - concretamente el crecimiento económico y la creación de empleo - puedan realizarse cuanto antes;

34.  Exhorta a la Comisión a que efectúe un seguimiento más activo de las quejas y a que garantice una mayor transparencia e información a los ciudadanos sobre el resultado y el seguimiento de las quejas relativas a las legislaciones fiscales de los Estados miembros y los casos de infracción en el ámbito fiscal;

35.  Insta a la Comisión a que continúe su trabajo en los servicios de asesoramiento a los ciudadanos «Europe Direct» y «Tu Europa - Asesoramiento» y a que siga desarrollando el portal Internet de «Europe Direct», de modo que los ciudadanos puedan encontrar información de las 27 autoridades fiscales de la UE; recalca la necesidad de ofrecer información en un formato manejable;

36.  Pide a la Comisión que refuerce la cooperación administrativa entre los Estados miembros en el ámbito de la doble imposición, dedicando también más proyectos y recursos del programa Fiscalis sobre la solución de problemas concretos de los contribuyentes;

Eliminar la discriminación y la doble imposición en beneficio de los ciudadanos y las empresas de la UE

37.  Hace hincapié en la importancia de resolver problemas como el de la doble imposición de empresas y particulares, las incompatibilidades entre los diferentes sistemas fiscales y la falta de acceso a información sobre las disposiciones fiscales nacionales;

38.  Destaca que el establecimiento de un entorno fiscal claro, transparente y estable dentro del mercado interior beneficia a las empresas y los ciudadanos, ya que la falta de transparencia en materia de normas fiscales constituye un obstáculo para las actividades e inversiones transfronterizas en la UE;

39.  Hace hincapié en que la doble imposición reduce la competitividad de las empresas afectadas al tiempo que obstaculiza el mercado único en su conjunto;

40.  Acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión sobre «la doble imposición en el mercado único» en aras de una estrategia y soluciones a nivel de la UE para los problemas relacionados con la doble imposición transfronteriza;

41.  Considera que el Tratado de la UE obliga a los Estados miembros a resolver el problema de la doble imposición, y que deberían hacerlo tal como disponen los artículos 4, apartado 3, y 26 del TFUE en relación con el Mercado Interior;

42.  Concluye que los tratados fiscales bilaterales entre los Estados miembros no solucionan todos los problemas de discriminación y doble imposición de los ciudadanos y las empresas;

43.  Aplaude la idea de la Comisión para constituir un grupo de trabajo sobre los problemas derivados de la doble imposición¸ que incluya a las autoridades fiscales de los Estados miembros y, en su caso, a las asociaciones de consumidores; insta a la Comisión a que refuerce el Grupo de trabajo de la UE sobre la fiscalidad de las empresas, el Foro conjunto de la Unión Europea sobre precios de transferencia en el ámbito de la fiscalidad de las empresas (FCPT), y se relacione con la comunidad empresarial y los defensores de los derechos de los consumidores;

44.  Pide a la Comisión que ponga en marcha un nuevo foro sobre el IVA, similar al Foro conjunto de la Unión Europea sobre precios de transferencia en el ámbito de la fiscalidad de las empresas (FCPT), en el que las empresas puedan plantear cuestiones y conflictos entre los Estados miembros relacionados con el IVA de las empresas;

45.  Pide a los Estados miembros que mejoren los procedimientos que permiten a las pequeñas y medianas empresas reclamar antes el IVA soportado, reduciendo así el periodo de reembolso;

46.  Exhorta a la Comisión a que proponga un mecanismo vinculante de resolución de conflictos, como sugiere el informe Monti, que incluya la doble imposición que padecen particulares y empresas;

47.  Observa que los obstáculos administrativos y la inseguridad jurídica dificultan que los ciudadanos de la UE puedan circular libremente con sus vehículos dentro del mercado interior; insta, por lo tanto, a los Estados miembros a que supriman la doble imposición sobre la matriculación de vehículos;

48.  Exhorta a los Estados miembros a modernizar y actualizar las normas sobre desgravación transfronteriza de las empresas, así como a simplificar y modernizar las disposiciones relativas a la facturación electrónica con miras a crear finalmente un único «modelo de factura electrónica europea»;

Impedir la doble no imposición y el fraude fiscal e incrementar la transparencia fiscal

49.  Observa que la falta de transparencia fiscal y la evasión fiscal constituyen una amenaza para los ingresos de los gobiernos y cuestan miles de millones de euros;

50.  Observa que es necesario hallar el justo equilibrio entre el interés público por combatir las prácticas abusivas, la supresión de restricciones exageradas de la actividad transfronteriza en la UE y una coordinación más eficaz en la aplicación de medidas destinadas a luchar contra las prácticas abusivas en relación con terceros países; lamenta que algunos Estados miembros hayan firmado acuerdos con terceros países que permiten la persistencia de la evasión fiscal y el secreto fiscal;

51.  Pide a los Estados miembros que:

   establezcan e implementen sistemas fiscales eficaces que impidan la erosión indebida de sus bases imponibles debido a la no imposición involuntaria o a prácticas abusivas;
   apliquen medidas para combatir los abusos a acuerdos artificiales destinados a eludir las legislaciones nacionales o las disposiciones comunitarias transpuestas a las legislaciones nacionales;
   sigan compartiendo información sobre sistemas agresivos de planificación fiscal para las pérdidas de las empresas, su detección y estrategias de respuesta, y que evalúen y publiquen la eficacia de las estrategias utilizadas;
   consideren la creación de programas de cumplimiento de las obligaciones de las empresas y la introducción o revisión de iniciativas de divulgación aplicadas a los sistemas agresivos de planificación fiscal;
   concluyan, finalmente, la reforma de la Directiva relativa a la fiscalidad del ahorro para poner en práctica el intercambio automático de información, que ha sido bloqueada durante algún tiempo en el Consejo, a fin de asegurar una imposición fiscal justa y adecuada sobre el ahorro en la UE; destaca que todas las jurisdicciones afectadas han de cooperar administrativamente sin violar los derechos procedimentales del contribuyente y su derecho a la intimidad, ofreciendo un intercambio automático de información ampliado a las empresas y grupos de empresas y no restringido a los individuos;
   notifiquen y hagan públicas las decisiones fiscales por parte de autoridades nacionales para las empresas que realizan operaciones transfronterizas;
   ofrezcan incentivos a las PYME, como exenciones y reducciones fiscales, para alentar el espíritu empresarial, la innovación y la creación de empleo;
   promuevan reformas para limitar las posibilidades de evasión fiscal estableciendo unos mecanismos recaudatorios eficaces que minimicen la relación entre el contribuyente y las autoridades fiscales y maximicen el uso de tecnología moderna y se centren en la gobernanza electrónica a la hora de registrar y supervisar la actividad económica;

52.  Pide a la Comisión que:

   determine los ámbitos en los que se pueden mejorar la legislación de la UE y la cooperación administrativa entre los Estados miembros para reducir el fraude fiscal;
   asigne más recursos presupuestarios y personal a la DG TAXUD para elaborar políticas y propuestas de la UE relativas a la doble no imposición y a la evasión y el fraude fiscales;
   aborde la competencia fiscal nociva y la doble no imposición de grandes empresas que reorientan artificialmente los beneficios para minimizar el tipo impositivo efectivo. notifiquen y hagan públicas las decisiones fiscales por parte de autoridades nacionales para las empresas que realizan operaciones transfronterizas;
   aborde de forma más estricta el fraude fiscal mediante el enjuiciamiento penal;

53.  Pide a los Estados miembros que den prioridad a la lucha contra el uso de los paraísos fiscales con fines ilícitos, y pide a la Comisión, en cooperación con el Parlamento Europeo, teniendo en cuenta, como primer paso, la definición de la OCDE y la lista de paraísos fiscales y jurisdicciones con secreto bancario, que elabore una definición y lista de la UE; pide que se acuerde una definición europea única, a la espera de que se acuerde una definición a nivel mundial;

54.  Reconoce que el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información a Efectos Fiscales de la OCDE es el principal foro para la lucha contra la evasión fiscal, y apoya firmemente su labor; observa sus deficiencias como foro de bajos comunes denominadores; reconoce también las iniciativas razonables a escala nacional, de la UE y mundial destinadas a una solución viable para este problema persistente;

55.  Pide a la Comisión que actúe con mayor diligencia contra la evasión y el fraude fiscales;

56.  Insta a los Estados miembros a celebrar acuerdos sobre lucha contra el fraude e intercambio de información fiscal con Andorra, Mónaco y San Marino, así como un nuevo acuerdo con Suiza, y después los actualicen con regularidad;

57.  Concluye que una falta de cooperación y coordinación entre los sistemas fiscales de los Estados miembros provoca la no imposición involuntaria y la evasión, el abuso y el fraude fiscal;

58.  Insta a la Comisión a que analice las repercusiones fiscales de la aplicación del Semestre Europeo y a que publique un informe en el curso de 2012;

59.  Pide que se concedan suficientes recursos presupuestarios y se dote de personal suficiente al Tribunal de Cuentas Europeo y a la OLAF para desarrollar eficientes mecanismos de control y supervisión de los procedimientos presupuestarios a escala de la UE;

60.  Pide a la Comisión que identifique y dé prioridad a las medidas políticas de los programas de estabilidad y convergencia que tienen implicaciones fiscales y de los programas de reforma nacionales de los Estados miembros;

o
o   o

61.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Parlamentos nacionales.

(1)http://ec.europa.eu/taxation_customs/resources/documents/common/consultations/tax/summary_report_consultation_double_tax_conventions_en.pdf
(2) http://www.oecd.org/document/61/0,3746,en_2649_33767_48570813_1_1_1_1,00.html
(3) http://www.bruegel.org/publications/publication-detail/publication/599-how-effective-and-legitimate-is-the-european-semester-increasing-the-role-of-the-european-parliament/
(4)http://ec.europa.eu/taxation_customs/taxation/gen_info/economic_analysis/tax_structures/index_en.htm
(5) http://www.oecd-ilibrary.org/taxation/consumption-tax-trends-2010_ctt-2010-en
(6) http://www.alainlamassoure.eu/liens/817.pdf
(7) DO C 295 E de 4.12.2009, p. 13.
(8) http://www.eureschannel.org/en/dossiers/WEBrapport_obst_E.pdf
(9) Publicación de la Comisión «Tendencias fiscales en la UE» (Edición de 2011).

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