Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de febrero de 2012, sobre la contribución de la política pesquera común a la producción de bienes públicos (2011/2899(RSP))
El Parlamento Europeo,
– Visto el Reglamento (CE) nº 2371/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común(1),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020: nuestro seguro de vida y capital natural» (COM(2011)0244),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Río+20: hacia la economía ecológica y la mejora de la gobernanza» (COM(2011)0363),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Europa 2020» (COM(2010)2020),
– Vista la Directiva marco sobre la estrategia marina (Directiva 2008/56/CE)(2),
– Visto el paquete de reformas en relación con la política pesquera común presentado por la Comisión el 13 de julio de 2011,
– Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982,
– Visto el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la FAO, aprobado el 31 de octubre de 1995,
– Visto los artículos 115, apartado 5, y 110, apartado 4, de su Reglamento,
A. Considerando que la pesca es una de las actividades humanas más antiguas y que el pescado constituye un elemento importante e indispensable de la nutrición humana que conviene garantizar y cuya importancia debe ser reconocida y valorada debidamente en la política pesquera común (PPC);
B. Considerando que el sector de la pesca, que incluye tanto la captura de peces silvestres como la acuicultura, comporta actividades que contribuyen a la producción de unos bienes comunes indispensables a través de tres vertientes principales: la pesca, la transformación y la comercialización; que unas poblaciones de peces sanas, unos ecosistemas marinos sanos y la protección de la biodiversidad marina constituyen importantes bienes comunes que es obligatorio preservar;
C. Considerando que la acuicultura, tanto marina como de agua dulce, costera o en alta mar, constituye una parte importante del sector pesquero;
D. Considerando que la pesca artesanal desempeña un papel especialmente importante en la vida económica, social, medioambiental y cultural, que debe ser reconocida y valorada debidamente en la PPC; que las comunidades costeras han sufrido un duro golpe con el declive del sector pesquero en su conjunto, que ha afectado gravemente a los pequeños puertos de pesca de toda la UE;
E. Considerando que la reforma de la PPC debe garantizar la sostenibilidad ambiental, social y económica del sector pesquero, en las diferentes cuencas hidrográficas, también mediante la introducción de un modelo de gestión descentralizada que acerque los centros de decisión a las zonas de actividad y aumente las responsabilidades de las partes interesadas;
F. Considerando que el sector pesquero implica actividades que dependen de ecosistemas que funcionen, en el sentido de que las poblaciones de peces abundantes y los ecosistemas marinos en buenas condiciones ecológicas resultan fundamentales para alcanzar la sostenibilidad a largo plazo de la extracción, la transformación y la comercialización de los productos de la pesca;
G. Considerando que el sector pesquero europeo contribuye al desarrollo social, mediante la creación de empleos, directos e indirectos, y al crecimiento económico en Europa, al proporcionar 6,4 millones de toneladas de pescado al año;
H. Considerando que la multifuncionalidad del sector pesquero se refleja en distintos ámbitos, por ejemplo en sus repercusiones sobre cuestiones socio económicas, históricas, culturales, científicas y ecológicas;
I. Considerando que el impacto de la actividad pesquera afecta principalmente a las zonas costeras e insulares, contribuyendo a su gestión eficaz y a su dinámica social y económica; que ello resulta particularmente importante para sus comunidades, a menudo desfavorecidas como resultado de la escasez de empleo y de la debilidad de las economías locales;
J. Considerando que la PPC reformada debería vincularse estrechamente a otras iniciativas clave de la UE en el ámbito de la política marítima, en especial las que se apuntan en la Comunicación de la Comisión titulada «Una política marítima integrada para la Unión Europea» (COM(2007)0575), en la que se afirma que el sector europeo de la pesca puede promover y mejorar también una amplia gama de estudios científicos que amplían nuestros conocimientos sobre la dinámica oceanográfica, los ecosistemas y la biología de las especies acuáticas involucradas directa o indirectamente en la actividad pesquera;
K. Considerando que un sector pesquero dinámico y bien administrado puede contribuir cada vez más a la sociedad y la economía europeas y, por consiguiente, desempeñar un papel importante en la Estrategia Europa 2020;
1. Hace hincapié en que el sector pesquero es un sector importante de la UE que proporciona a los ciudadanos de la Unión unos alimentos de gran calidad y crea un valor añadido tanto económico como social para la Unión Europea; opina, en consecuencia, que la PPC reformada debe garantizar una explotación sostenible de los recursos pesqueros y la conservación y el mantenimiento de las poblaciones de peces a un nivel sano, de tal forma que puedan continuar las actividades pesqueras en sus zonas y comunidades tradicionales a largo plazo;
2. Considera que la sostenibilidad ecológica, económica y social son objetivos importantes de la PPC, y hace hincapié en que la principal prioridad de esta política debe ser el establecimiento de un sector pesquero sostenible que asegure a las generaciones actuales y futuras la continuidad de los beneficios medioambientales, sociales y económicos de la pesca;
3. Destaca que las pesquerías, si se gestionan correctamente, podrían contribuir más a la sociedad europea en términos de seguridad alimentaria, empleo, mantenimiento de comunidades pesqueras dinámicas y de muchas otras maneras; hace hincapié en que la existencia de unas poblaciones de peces sanas, unos ecosistemas marinos sanos y la conservación de la biodiversidad marina constituyen por sí solos unos bienes comunes que solo se dan si se gestionan las poblaciones de peces de forma sostenible y se minimiza el impacto negativo innecesario sobre el medio ambiente;
4. Considera fundamental que los mares, que cubren más de dos terceras partes de la superficie de nuestro planeta, sean reconocidos como un recurso que desarrolla un cometido clave en la generación de otros recursos naturales (por ejemplo, la pesca); considera, asimismo, fundamental desde un punto de vista estratégico que la PPC incorpore medidas claras y precisas que garanticen que puede cumplir su función estratégica desde el punto de vista de los ecosistemas;
5. Destaca que la PPC contribuye a la realización de los objetivos de la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020 y a la intención de la UE de detener la pérdida de biodiversidad y el deterioro de los servicios ecosistémicos antes de 2020 adoptando medidas que aseguren una pesca sostenible, medidas de precaución que pongan fin a la pesca destructiva, asegurando la recuperación de las poblaciones de peces sobreexplotadas y adoptando medidas de protección de especies que no son objetivo de la pesca;
6. Recuerda que se calcula que, desde un punto de vista económico, el sector de la pesca (incluida la acuicultura) genera unos 34 200 millones de euros de ganancias anuales y que, desde un punto de vista social, crea más de 350 000 puestos de trabajo, en la fase anterior o en la fase posterior del proceso productivo, en los sectores de la pesca, la transformación de productos pesqueros y la comercialización de los mismos, en especial en las zonas costeras, periféricas e insulares;
7. Hace hincapié en que el sector pesquero tiene una dimensión multifuncional y en que, más allá de sus tres dominios de actividad tradicionales y su impacto más visible en los planos económico, ambiental y social, también desempeña un importante papel en muchos otros ámbitos, como el medioambiental, el cultural, el recreativo y turístico, el científico, el energético y el educativo; destaca especialmente la importancia, en este sentido, del sector de la pesca artesanal;
8. Pide a la Comisión que tenga debidamente en cuenta que el sector pesquero desempeña un papel importante en los ámbitos siguientes:
i)
cultura: contribuye a la gastronomía, la etnografía, la historia, la literatura, la museología, etc.,
ii)
ocio y turismo: ofrece muchas actividades distintas, tales como viajes por mar en compañía de pescadores locales, observación de cetáceos y aves marinas, buceo ecológico, etc.,
iii)
ciencia: ayuda a los científicos marinos, entre otros, en sus investigaciones,
iv)
energía: fomenta el desarrollo de nuevas tecnologías que pueden utilizarse después en beneficio de la sociedad en su conjunto,
v)
medio ambiente: protege las zonas geográficas biológicamente sensibles, así como las zonas costeras que incluyen puntos de incubación y cría, y también contribuye a la limpieza de los mares,
vi)
educación: fomenta el disfrute de las actividades al aire libre y enseña el respeto por el mar;
9. Hace hincapié en que, gracias a su multifuncionalidad, el sector pesquero proporciona a las comunidades bienes comunes que benefician en general a los ciudadanos de la UE y no solo a los que tienen relación, directa o indirecta, con el sector pesquero, contribución que debe ser reconocida y valorada; observa, además, que un número considerable de ciudadanos de la Unión, en especial los que viven en zonas costeras, se benefician de la multifuncionalidad de las actividades del sector pesquero; considera que la multifuncionalidad del sector pesquero debe tenerse plenamente en cuenta en la financiación de la PPC; subraya que la producción de estos bienes públicos adicionales no debe servir de excusa para retrasar las reformas necesarias de la PPC;
10. Insta a la Comisión a que asista a los pequeños puertos pesqueros que se han visto gravemente afectados por una disminución de los desembarques a causa de la pesca excesiva;
11. Subraya que el sector pesquero (que incluye tanto la pesca sostenible de peces silvestres como la acuicultura) constituye uno de los pilares más importantes de la seguridad alimentaria de la Unión Europea y que, por tanto, conviene garantizar su carácter sostenible y su estabilidad mediante la reforma de la PPC, de tal modo que esta pueda suministrar en el futuro unos productos de suficiente calidad y en tal cantidad que pueda satisfacer la demanda de más de 500 millones de ciudadanos de la UE;
12. Destaca el potencial de la acuicultura marina y de agua dulce como complemento de la pesca a la hora de efectuar una contribución importante a la seguridad alimentaria en la UE; hace hincapié en que es necesaria una política específica para garantizar la sostenibilidad medioambiental del sector de la acuicultura; pide a la Comisión que establezca unos criterios generales de calidad en relación con la acuicultura, que deben garantizarse en todo el territorio de la UE y que tengan en cuenta el impacto ecológico y social de la acuicultura; pide además a la Comisión que garantice que la producción de los productos acuícolas importados se ha desarrollado con arreglo a las normas de calidad y sostenibilidad pertinentes de la UE, es decir, las normas medioambientales o de bienestar animal;
13. Toma nota de que no se ha tratado la pesca recreativa en el conjunto de propuestas de la Comisión presentadas el 13 de julio de 2011; hace hincapié en que debería abordarse por separado, como parte del proceso de reforma de la PPC;
14. Subraya que una mayor diversificación de las actividades vinculadas directa o indirectamente con la pesca podría ayudar a ralentizar el éxodo de trabajadores del sector, mantener vivas las costumbres y tradiciones de las distintas regiones, y detener la despoblación de algunas zonas costeras;
15. Destaca que la gestión de la pesca se apoya cada vez más en datos científicos, lo que estimula la investigación aplicada en este ámbito, promoviendo el conocimiento y fomentando el desarrollo y la innovación tecnológicos, en consonancia con la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente;
16. Subraya que el sector pesquero depende plenamente de la salud de las poblaciones y del equilibrio del ecosistema, por lo que la reforma de la PPC debe volver a centrarse en este aspecto como el guardián y el gestor de los recursos marinos con vistas a crear una economía más eficiente, más ecológica y más competitiva, en consonancia con la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente;
17. Destaca que la actividad pesquera, si se consideran todas sus dimensiones (incluida la acuicultura sostenible), sus repercusiones directas e indirectas y la producción de bienes comunes que esta genera, garantiza la cohesión social y territorial, promueve la formación profesional y el dinamismo social y económico, en consonancia con la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento integrador;
18. Hace hincapié en que el sector pesquero, por sí solo y a través de la política marítima integrada, debe contribuir a la realización de los objetivos «Río+20» de una economía abierta, y también a la creación de puestos de trabajo y la erradicación de la pobreza;
19. Afirma que las actividades pesqueras desempeñan un papel importante en el contexto más amplio de la política marítima integrada y representan un elemento clave de las políticas de ordenación del espacio marítimo, así como en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca;
20. Pide a la Comisión que reconozca la dimensión multifuncional del sector pesquero y el valor de su producción de una amplia gama de bienes comunes;
21. Pide a la Comisión que, en sus propuestas y decisiones políticas futuras, garantice que la PPC contribuya a objetivos globales como la Estrategia Europa 2020; opina que este proceso crucial de reforma de la PPC debe reconocer que la PPC es una fuente de desarrollo en el contexto del proyecto de crecimiento europeo y debe crear las condiciones que le permitirán desplegar todo su potencial; pide a la Comisión que tenga en cuenta las peculiaridades de la pesca y las regiones costeras a la hora de desarrollar y aplicar estas políticas;
22. Pide a la Comisión que integre dentro de la PPC reformada el concepto de «condicionalidad», que ya se utiliza en la política agrícola común, con objeto de asegurar una discriminación positiva a favor de las prácticas de pesca respetuosas con el medio ambiente, por ejemplo mediante un mejor acceso a los fondos;
23. Pide a la Comisión que, a fin de fomentar el desarrollo de actividades paralelas, encuentre una solución jurídica que permita a los pescadores desarrollar otras fuentes de ingresos dentro de la amplia gama de «actividades relacionadas con la pesca» sin verse penalizados económicamente;
24. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.