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Procedimiento : 2011/2962(RSP)
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RC-B7-0223/2012

Debates :

Votaciones :

PV 10/05/2012 - 12.56
CRE 10/05/2012 - 12.56

Textos aprobados :

P7_TA(2012)0203

Textos aprobados
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Jueves 10 de mayo de 2012 - Bruselas
Piratería marítima
P7_TA(2012)0203RC-B7-0223/2012

Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de mayo de 2012, sobre la piratería marítima (2011/2962(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vista su Resolución, de 20 de mayo 2008, sobre una Política Marítima Integrada para la Unión Europea(1),

–  Vistas sus resoluciones sobre la piratería marítima, en especial la Resolución de 23 de octubre de 2008 sobre los actos de piratería en el mar(2) y la Resolución de 26 de noviembre de 2009 sobre una solución política al problema de la piratería frente a las costas de Somalia(3),

–  Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM), de 10 de diciembre de 1982,

–  Vista la Convención de 1988 de las Naciones Unidas para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima,

–  Vistas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la situación en Somalia, en particular la Resolución 2036(2012), de 22 de febrero de 2012,

–  Vista la Acción Común 2008/749/PESC del Consejo, de 19 de septiembre de 2008, relativa a la acción de coordinación militar de la Unión Europea en apoyo a la Resolución nº 1816(2008) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (EU NAVCO),

–  Vista la Acción Común 2008/851/PESC, de 10 de noviembre de 2008, sobre una operación militar de la Unión Europea para contribuir a la disuasión, prevención y represión de los actos de piratería y robo a mano armada frente a las costas de Somalia (EU NAVFOR- Atalanta), y la Decisión 2010/766/PESC del Consejo que modifica la Acción Común 2008/851/PESC,

–  Vista la Decisión del Consejo, de 23 de marzo de 2012, de prolongar el mandato de la EU NAVFOR-Atalanta hasta diciembre de 2014 y de ampliar el área de operación de las fuerzas,

–  Vista la Decisión 2010/96/PESC del Consejo, de 15 de febrero de 2010, y la Decisión 2010/197/PESC del Consejo, de 31 de marzo de 2010, relativa al inicio de la misión militar de la Unión Europea para contribuir a la formación de las fuerzas de seguridad somalíes (EUTM Somalia),

–  Visto el concepto de gestión de crisis acordado por el Consejo de Asuntos Exteriores de 16 de diciembre de 2011 para la misión de creación de capacidades marítimas regionales (RMCB) del Consejo, una misión civil de la PCSD con apoyo técnico militar que está en preparación,

–  Visto el marco estratégico para el Cuerno de África que orientará el compromiso de la UE en la región, adoptado por el Consejo el 14 de noviembre de 2011,

–  Visto el acuerdo para el reparto del poder que se firmó el 9 de junio de 2008 en Yibuti dirigido a iniciar una reconciliación nacional de amplia base y a crear una alianza política fuerte e integradora, capaz de garantizar la paz, la reconciliación del país y el restablecimiento de una autoridad central del Estado,

–  Vistas las Conclusiones de la Conferencia de Londres sobre Somalia, de 23 de febrero de 2012,

–  Visto el artículo 110, apartados 2 y 4, de su Reglamento,

A.  Considerando que el transporte marítimo ha sido uno de los catalizadores clave del crecimiento económico y de la prosperidad europeos a lo largo de su historia, y que más del 80 % del comercio mundial se lleva a cabo por mar; que la piratería constituye una amenaza para la seguridad internacional y la estabilidad regional y que, por consiguiente, la UE tiene un interés genuino en contribuir a la seguridad marítima internacional y luchar contra la piratería y sus causas, como una acción prioritaria de la UE;

B.  Considerando que la piratería debe ser considerada como un delito internacional; Considerando que la piratería y el robo a mano armada en el mar requieren una respuesta coordinada en el marco jurídico general proporcionado por la UNCLOS; considerando que el artículo 100 de la Convención establece que todos los Estados tienen el deber de cooperar para la represión de la piratería;

C.  Considerando que la piratería en alta mar sigue siendo un problema, aunque el número de ataques realizados con éxito disminuyó significativamente el año pasado, debido principalmente a las actividades de Atalanta y el uso de destacamentos militares y privados de protección de los buques; Considerando que la piratería continúa propagándose rápidamente en el océano Índico, en particular frente a las costas de Somalia y el Cuerno de África, pero también en algunas otras áreas, incluyendo el sudeste asiático y África occidental, y es una amenaza creciente tanto para la vida humana y la seguridad de los marinos y otras personas, así como para el desarrollo y la estabilidad regional, el medio ambiente marino, el comercio mundial, todas las formas de transporte marítimo, incluidos los buques pesqueros, así como para la entrega de ayuda humanitaria;

D.  Considerando que el Consejo decidió prorrogar la operación de lucha contra la piratería de la UE (UE NAVFOR Atalanta) por dos años más, hasta diciembre de 2014 para contribuir a la protección de los buques del Programa Mundial de Alimentos (PMA) que suministran ayuda alimentaria a las personas desplazadas en Somalia, los protección de los envíos e la Unión Africana en Somalia (AMISOM), la disuasión, prevención y represión de los actos de piratería y robo a mano armada frente a las costas de Somalia y la protección del transporte marítimo vulnerable frente a las costas de Somalia en una base de caso por caso; que, asimismo, la operación EU NAVFOR - Atalanta contribuirá también a la supervisión de las actividades pesqueras frente a las costas de Somalia;

E.  Considerando que cada año 10 000 buques europeos atraviesan zonas marítimas peligrosas y que, por consiguiente, además de una amenaza para la vida humana y la seguridad, la piratería constituye también un problema económico, ya que pone en peligro las líneas marítimas comerciales internacionales y tiene un impacto negativo considerable en el comercio internacional;

F.  Considerando que el número de intentos de ataques a los buques es cada vez mayor: en 2011 se informó de que se cometieron 28 asaltos, 470 marinos fueron secuestrados y 15 fueron asesinados, y en la actualidad están retenidos más de siete barcos por los que se pide un rescate y alrededor de 191 marinos son rehenes en Somalia, a menudo en condiciones terribles e inhumanas y por períodos cada vez mayores;

G.  Considerando que los piratas adaptan constantemente su táctica y sus métodos, y que han ampliado su radio de acción gracias a la utilización de grandes buques capturados como «buques nodriza»;

H.  Considerando que la persistente inestabilidad política en Somalia es una de las causas del problema de la piratería y que contribuye a fomentarla, y que ​​la piratería sigue siendo considerada por algunos somalíes como una fuente rentable y viable de ingresos;

I.  Considerando que la lucha contra la piratería no se puede ganar sólo por medios militares, sino que depende principalmente del éxito en el fomento de la paz, el desarrollo y la configuración del Estado en Somalia;

J.  Considerando que la situación militar y de seguridad en Somalia sigue siendo peligrosa e impredecible; que la misión de la Unión Africana AMISOM ha conseguido rechazar el avance de la milicia islamista Al Shabaab y ha desplegado recientemente un contingente de 100 soldados en Baidoa; que recientemente Kenia ha intervenido militarmente en la región central y meridional de Somalia pero no ha conseguido derrotar de forma decisiva a la milicia Al Shabaab; que en febrero de 2012 las Fuerzas de Defensa Nacional de Etiopía intervinieron en las regiones de Hiraan y Bay; que Human Rights Watch ha dado a conocer casos de violaciones de los derechos humanos, torturas, detenciones arbitrarias, ejecuciones sumarias y represalias ilegales contra la población civil perpetradas por las fuerzas etíopes y las milicias leales al Gobierno Federal de Transición, y que la vecina Eritrea ha sido acusada por el Grupo de Vigilancia de las Sanciones de las Naciones Unidas de suministrar armas, formación y apoyo financiero a Al Shabaab, vulnerando así el embargo de armas impuesto por dicha organización;

K.  Considerando que la Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA) dispone de instrumentos y datos que pueden ayudar a la operación EU NAVFOR - Atalanta a mejorar la seguridad de los buques y de los marinos de la zona;

L.  Considerando que el problema de la piratería también tiene efectos negativos en toda la región, donde las operaciones de pesca están reguladas por una serie de acuerdos de pesca bilaterales y multilaterales y las operaciones se han convertido en una empresa peligrosa, no sólo para los buques comunitarios que pescan, por ejemplo, en las aguas de las Seychelles sobre la base de un acuerdo de asociación pesquera entre la UE y la República de Seychelles, sino también para los pescadores locales a los que el apoyo de la UE otorga apoyo sectorial, por lo que asume una responsabilidad social;

M.  Considerando que la UE es el principal donante mundial de ayuda para el desarrollo a Somalia, que hasta la fecha ha comprometido 215,4 millones de euros a través del Fondo Europeo de Desarrollo (FED) para el periodo 2008-2013; que el principal objetivo de esta financiación es que las personas pasen de la pobreza a un crecimiento económico autosostenible y facilitar una solución duradera para la estabilidad en el país combatiendo las causas profundas de la piratería mediante la financiación de proyectos para mejorar la gobernanza, el Estado de derecho, la educación, el crecimiento económico y el apoyo a sectores no prioritarios (salud, medio ambiente, agua y saneamiento); considerando que se han concedido 175 millones de euros adicionales para el período 2011-2013 en el marco del FED para que la UE pueda reforzar su compromiso y apoyar nuevas actividades en los ámbitos mencionados; que ninguno de estos objetivos se pueden alcanzar sin instituciones de gobierno eficaces en Somalia;

N.  Considerando que el Cuerno de África, y en particular Somalia, se ha visto afectado por una gran hambruna causada por la sequía que ha provocado una grave crisis humanitaria que afecta a más de 12 millones de personas en la región y a más de 7,5 millones en Somalia; que el hambre no solo ha causado la muerte de muchas personas, especialmente niños, sino que ha provocado también un movimiento de refugiados a gran escala a las vecinas Kenia y Etiopía; que la Comisión Europea incrementó la ayuda humanitaria de nueve millones EUR en 1999 a 46 millones EUR en 2008, si bien dicha ayuda se redujo a solo 35 millones EUR en 2010 y a 30 millones EUR en 2011, y que la Comisión revisó el volumen de la misma a 77 millones EUR solo después de la devastadora sequía del verano de 2011;

O.  Considerando que un enfoque eficaz para la lucha contra la piratería marítima debe incluir una estrategia integral más amplia para sacar a Somalia y a toda la región del Cuerno de África de la pobreza y el fracaso del Estado, ya que al menos una parte de Somalia se beneficia económicamente de los actos de piratería y de los fondos recibidos como rescate;

P.  Considerando que aunque los esfuerzos de la UE para combatir la piratería han conseguido proteger todos los envíos del Programa Mundial de Alimentos y la Misión de la Unión Africana en Somalia (AMISOM), esas misiones necesitan un compromiso permanente para asegurar niveles adecuados de fuerza, y que ​​corren el riesgo de verse debilitadas en el futuro por falta de fuerzas navales;

Q.  Considerando que muchos Estados miembros están desarrollando actualmente sus propias normas en cuanto al despliegue de guardas armados a bordo de los buques mercantes;

1.  Reitera su grave preocupación por la amenaza creciente que la piratería y los robos a mano armada en el mar contra buques internacionales que entregan ayuda a Somalia y contra buques pesqueros, mercantes y de pasajeros de la UE en el océano Índico, en particular cerca de las costas frente a Somalia y el Cuerno de África, constituyen para la seguridad de los marinos y otras personas y para la estabilidad regional;

2.  Pide a la Alta Representante y a los Estados miembros que, con carácter de urgencia, estudien medios para liberar a los 191 marinos actualmente retenidos como rehenes, con objeto de poner fin a su terrible encarcelamiento prolongado a manos de sus captores y hacer posible que puedan regresar a sus hogares y, al mismo tiempo, asegurar la liberación de 7 buques secuestrados;

3.  Acoge con satisfacción la contribución de la ​​operación Atalanta de la EU NAVFOR a la seguridad marítima frente a las costas de Somalia, protegiendo a los buques fletados por el Programa Mundial de Alimentos que transportan ayuda a Somalia y a otros buques vulnerables, y a la disuasión, prevención y represión de los actos de piratería y robo a mano armada frente a las costas de Somalia y a garantizar la efectividad de la respuesta de la UE a la piratería marítima;

4.  Acoge favorablemente la Decisión del Consejo de 23 de marzo de 2012 de prolongar el mandato de la EU NAVFOR - Atalanta hasta diciembre de 2014 y de ampliar el área de operación de las fuerzas,

5.  Lamenta que el número de buques que los Estados miembros han facilitado a la Operación EU NAVFOR - Atalanta haya disminuido de 8 a solo 2-3 a principios de 2012 y, por lo tanto, pide a los Estados miembros que proporcionen más fuerzas navales que permitan el éxito de la operación Atalanta;

6.  Pide una mayor coordinación en el marco del mecanismo SHADE entre la UE, la OTAN y las tres principales misiones de lucha contra la piratería naval en la región (EU NAVFOR, CTF150/151 y TF508 en el marco de la operación Ocean Shield de la OTAN) y las diversas fuerzas navales internacionales, a fin de evitar la duplicación innecesaria, ya que ambas organizaciones, la UE y la OTAN, sobre la base de su respectiva autonomía en la toma de decisiones, operan en la misma zona, tienen los mismos intereses y comprenden en gran parte las mismas naciones europeas;

7.  Insta encarecidamente a la Vicepresidenta y Alta Representante a que intensifique la coordinación y la cooperación entre todos los agentes internacionales presentes en Somalia y en el Cuerno de África, a saber, la UE, la OTAN, los EE.UU., las Naciones Unidas y los países pertinentes, como medio de lograr un enfoque global, real y decidido para combatir la piratería y, lo que es más importante, sus causas profundas y sus consecuencias a todos los niveles;

8.  Destaca asimismo la necesidad de mejorar la coordinación estratégica entre EU NAVFOR - Atalanta, EUTM Somalia y otras acciones de la PCSD (por ejemplo, la RMCB cuando esté desplegada) en la región del Cuerno de África; celebra, a este respecto, la decisión del Consejo, de 23 de marzo de 2012, de activar el Centro de Operaciones de la UE en apoyo de las misiones de la política común de seguridad y defensa (PCSD) en el Cuerno de África; pide en este contexto una revisión de las estructuras de mando existentes de la UE NAVFOR - Atalanta y de EUTM Somalia;

9.  Acoge con beneplácito la Conferencia de Londres sobre Somalia el 23 de febrero de 2012, que mostró la determinación de la comunidad internacional para erradicar la piratería, y hace un llamamiento al desarrollo de una mayor capacidad judicial para perseguir y detener a los responsables de la piratería

10.  Destaca que más piratería con impunidad es un obstáculo para la disuasión; deplora que, a pesar de los acuerdos de transferencia de la UE con terceros países (Kenia, Seychelles, República de Mauricio), de los acuerdos bilaterales de repatriación de los piratas condenados entre Seychelles y las regiones somalíes de Puntlandia y Somaliland, y de los diversos marcos jurídicos internacionales, muchos piratas y otros delincuentes todavía no han sido detenidos o, si lo fueron, se les puso en libertad por falta de pruebas jurídicas sólidas o de voluntad política de procesarlos; observa también que algunos Estados miembros de la UE tienen salvaguardias de derecho penal insuficientes contra la piratería en alta mar;

11.  Pide, a este respecto, medidas inmediatas y eficaces para enjuiciar y castigar a los sospechosos de actos de piratería, e insta a los terceros países y a los Estados miembros que aún no lo hayan hecho a que transpongan en su legislación nacional todas las disposiciones establecidas en virtud del Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar y del Convenio contra la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima, a fin de combatir la impunidad de los piratas, y pide al Consejo y a la Comisión que sigan examinando las opciones de juicio en los países de la región y trabajen en la creación de tribunales especializados para luchar contra la piratería en Somalia y en otros Estados de la región como solución judicial sostenible para juzgar a los piratas en Somalia;

12.  Toma nota de las recomendaciones formuladas por el Secretario General al Consejo de Seguridad para facilitar la detención y el enjuiciamiento de los presuntos piratas: subraya también la necesidad de garantizar juicios justos y eficientes por parte de los tribunales locales, así como un encarcelamiento humano y seguro en los centros regionales;

13.  Insta a los Estados miembros a que, en colaboración con Europol e Interpol, investiguen y rastreen los flujos de dinero y confisquen el dinero pagado como rescate a los piratas, pues existen indicios de que ese dinero se envía a cuentas bancarias en todo el mundo, incluyendo a bancos de Europa, y les insta además a que detecten y desmantelen las redes delictivas organizadas que recogen los beneficios de tales actos; pide al Consejo que facilite una mayor cooperación entre la EU NAVFOR y Europol e Interpol;

14.  Anima a la EU NAVFOR, a la OTAN y a la coalición de fuerzas navales a abordar de manera efectiva la creciente utilización de buques mercantes capturados por los piratas como «buques nodriza», lo que constituye un incremento significativo de la capacidad operativa de los piratas y les permite lanzar sus ataques con mayor fuerza, determinación y flexibilidad en todo el Océano Índico;

15.  Subraya que EMSA debe continuar cooperando con EU NAVFOR - Atalanta, cuando convenga, facilitándole, previo consenso del Estado del pabellón, los datos detallados de identificación y seguimiento de largo alcance de los buques (LRIT) y las imágenes vía satélite de los buques con pabellón de la UE que transiten por la zona; para ello, anima a los Estados miembros a que autoricen a la Agencia a facilitar dichos datos e información a la operación EU NAVFOR;

16.  Considera que, dada la proliferación de la piratería, los marinos expuestos a las amenazas vinculadas a la piratería deben ser entrenados a fin de reforzar su autoprotección; hace hincapié en la necesidad de que las compañías navieras se adhieran y apliquen en su totalidad el manual de buenas prácticas «Best Management Practices for protection against Somalia Based Piracy» (BMP4), que ofrece a todas las partes interesadas información suficiente sobre cómo ayudar a los buques a evitar, disuadir o retrasar los ataques de piratas frente a las costas de Somalia; reitera su llamamiento a los buques que operan en la zona para que se registren ante los organismos pertinentes de coordinación de la seguridad marítima y que sigan las recomendaciones de EU NAVFOR - Atalanta; pide a los Estados miembros que garanticen que todos sus buques estén debidamente registrados;

17.  Insta al Consejo y a la Comisión a que, en colaboración con las Naciones Unidas y la Unión Africana, y respondiendo a las repetidas solicitudes del Gobierno Federal de Transición de Somalia (GFT) de asistencia internacional para proteger a los buques de ayuda humanitaria y combatir la piratería frente a sus costas, sigan cooperando y apoyen al GFT de Somalia en la lucha contra la piratería, lleven a los autores ante la justicia y ayuden a Somalia y a la región a reforzar sus capacidades;

18.  Acoge con satisfacción la decisión adoptada por el Consejo de Asuntos Exteriores el 12 de diciembre de 2011 de lanzar la misión de desarrollo de capacidades marítimas regionales EUCAP Nestor, que tendrá por objeto reforzar las capacidades judiciales de los jueces y la policía costera en ocho países de la región del Cuerno de África y el Océano Índico Occidental; pide al Consejo y al SEAE que hagan todo lo posible para que la RMCB se despliegue en la región el próximo verano;

19.  Reconoce que la formación es sólo una parte del aumento de la capacidad marítima y por consiguiente pide a los Estados Miembros que proporcionen asistencia material a la misión y a la región, atendiendo de manera específica a los buques de patrulla marítima;

20.  Apoya firmemente el proceso de paz y reconciliación de Yibuti; pide un enfoque global sobre la situación en Somalia, que asocie la seguridad al desarrollo, al Estado de Derecho y al respeto de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario;

21.  Celebra la decisión de la Comisión de proponer un apoyo financiero adicional de 100 millones de euros en el marco del Fondo de Apoyo a la Paz para África (APF) a la misión de la Unión Africana en Somalia (AMISOM) y pide a los Estados miembros y a la comunidad internacional que colaboren para fomentar la paz y el desarrollo económico y para implantar un régimen democrático estable en Somalia que facilitaría la seguridad y la lucha contra la piratería a largo plazo; acoge con satisfacción el nombramiento de un Representante Especial de la UE para el Cuerno de África;

22.  Manifiesta su preocupación por el continuo deterioro de la situación humanitaria en el Cuerno de África y pide a la comunidad internacional, y especialmente a la UE, que incremente la prestación de asistencia humanitaria a las personas necesitadas a fin de satisfacer las crecientes necesidades humanitarias y evitar que la situación siga empeorando;

23.  Reitera que cualquier estrategia de lucha contra la piratería debe tener en cuenta el hecho de que la piratería sirve intereses económicos ilegales y que los incentivos para que la población somalí deje de depender de la piratería deben tener como objetivo el empleo juvenil y facilitar a la población local los medios de vida alternativos para poder sustentarse adecuadamente;

24.  Acoge con satisfacción el proyecto MARSIC de la UE en el marco del programa sobre rutas marítimas estratégicas del Instrumento de Estabilidad, cuyo objetivo es mejorar la protección y la seguridad marítimas en el Océano Índico occidental y el Golfo de Adén mediante la puesta en común de información y la creación de capacidades, destacando la cooperación regional entre los países de la región; espera que el proyecto se prorrogue después de 2013;

25.  Aplaude las iniciativas contra la piratería de los países del sur y el este de África y de la región del Océano Índico, como el nuevo proyecto MASE contra la piratería, que se ha beneficiado de una subvención de puesta en marcha de 2 millones de euros por parte de la UE; acoge con satisfacción la intención de complementariedad de los proyectos financiados por la Comisión y la misión de la PCSD para la creación de capacidades marítimas regionales;

26.  Reitera que la piratería frente a las costas de Somalia guarda relación con la ausencia de un Estado de Derecho en dicho país y que por consiguiente la comunidad internacional debería proporcionar el apoyo técnico y económico necesario para ayudar al Gobierno Federal de Transición a desarrollar las capacidades para controlar sus aguas territoriales y, respetando el Derecho internacional, su zona económica exclusiva;

27.  Acoge con satisfacción la labor del Grupo de Contacto de las Naciones Unidas sobre la piratería frente a las costas de Somalia, que constituye un foro sin precedentes para mejorar el nivel y la calidad de la cooperación internacional en este ámbito, entre los Estados y con todas las organizaciones internacionales importantes interesadas;

28.  Acoge con satisfacción la estrecha coordinación con la OMI en materia de fomento de la capacidad marítima, así como los trabajos encaminados a la celebración de una Asociación Estratégica UE-OMI para combatir la piratería en todo el Cuerno de África;

29.  Subraya que la presencia a bordo de agentes de seguridad privados armados es una medida que no puede reemplazar a la necesaria solución global a la amenaza de la piratería, que consta de múltiples facetas; toma en consideración que algunos Estados miembros han adoptado legislación a este respecto; pide a los Estados miembros, en este contexto, que apliquen las necesarias medidas de seguridad a bordo cuando sea posible, y pide a la Comisión y al Consejo que se esfuercen por desarrollar un enfoque de la UE relativo al uso de personal armado certificado a bordo, a fin de garantizar la correcta aplicación de las iniciativas de la OMI en este ámbito;

30.  Observa que, de conformidad con el Derecho internacional, en alta mar, en todos los casos, incluyendo las medidas adoptadas en la lucha contra la piratería, se aplicará a los buques interesados y al personal militar empleado a bordo la jurisdicción nacional del Estado del pabellón; que, además, ninguna autoridad salvo las del Estado del pabellón podrá ordenar el arresto o la detención del buque, ni siquiera como medida de investigación;

31.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Estados miembros, a los Secretarios Generales de la Unión Africana, de las Naciones Unidas y de la Autoridad Intergubernamental de Desarrollo (AID), al Presidente del Gobierno Federal de Transición de Somalia y al Parlamento Panafricano.

(1) DO C 279 E de 19.11.2009, p. 30.
(2) DO C 15 E de 21.1.2010, p. 61.
(3) DO C 285 E de 21.10.2010, p. 59.

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