Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de junio de 2012, sobre Cooperar en materia de política energética con socios más allá de nuestras fronteras: una estrategia para un suministro energético seguro, sostenible y competitivo (2012/2029(INI))
El Parlamento Europeo,
– Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre la seguridad del abastecimiento energético y la cooperación internacional: «La política energética de la UE: establecer asociaciones más allá de nuestras fronteras» (COM(2011)0539),
– Vista la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un mecanismo de intercambio de información con respecto a los acuerdos intergubernamentales entre los Estados miembros y terceros países en el sector de la energía (COM (2011)0540),
– Vistas las conclusiones del Consejo de 24 de noviembre de 2011 sobre la seguridad del abastecimiento energético y la cooperación internacional: «La política energética de la UE: establecer asociaciones más allá de nuestras fronteras»,
– Vista su resolución de 25 de noviembre de 2010 sobre una nueva estrategia energética para Europa 2011-2020(1),
– Visto el artículo 48 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores y de la Comisión de Comercio Internacional (A7-0168/2012),
A. Considerando que los actuales desafíos energéticos mundiales y la persecución de los ambiciosos objetivos de la UE en los ámbitos de la energía y del cambio climático exigen de la Unión Europea una acción común, eficaz y equitativa en la escena internacional, en particular reforzando la dimensión exterior de su política de energía y adoptando una posición unificada con miras a aumentar la diversificación de las fuentes y rutas de energía, aumentar la seguridad de los suministros y apoyar la producción y el consumo sostenibles;
B. Considerando que, con las tendencias actuales, se prevé que la población mundial alcance los 9 000 millones para 2050, la demanda de energía mundial se incrementará en un 40 % para 2030, principalmente en los países no pertenecientes a la OCDE, y se intensificará la competencia mundial por los recursos de combustible fósil procedentes de las economías emergentes;
C. Considerando que es probable que durante la próxima década aumente la dependencia de la UE de las importaciones de energía debido a la disminución de recursos de combustible fósil, a pesar de la creciente aportación de las energías renovables, la eficiencia energética y la investigación sobre tecnologías energéticas;
D. Considerando que la eficiencia energética es un factor clave para reducir la dependencia de la UE respecto de la energía exterior y aumentar su independencia geopolítica y su seguridad energética, ya que la UE gasta más de 400 000 millones de euros al año en importaciones de energía; considerando que el logro del objetivo mínimo del 20 % de ahorro energético no solo mejorará nuestra seguridad energética, sino que también reducirá, en 50 000 millones de euros al año, por lo menos, la transferencia de riqueza de las economías de la UE a los países productores de energía;
E. Considerando que es importante para la UE dar prioridad a la seguridad y el desarrollo de fuentes internas de combustible fósil, en especial las enormes reservas recientemente descubiertas en el Mar Mediterráneo, que reducirían la dependencia europea de las importaciones de energía; considerando que existen importantes posibilidades de desarrollo y explotación conjuntos de las fuentes de energía fósil con los países vecinos de la UE;
F. Considerando que actualmente la UE, como economía y sociedad digitales, depende más que nunca, y en mucho mayor grado, de un abastecimiento constante y fiable de electricidad;
G. Considerando que la UE ya es un importador principal de combustibles fósiles, que cada vez depende en mayor grado de las importaciones y que cada vez es más vulnerable frente a los proveedores exteriores y los países de tránsito; considerando que, por otra parte, ello da a la UE una fuerza considerable como comprador principal en los mercados mundiales de energía;
H. Considerando que el aumento de la población y el incremento del nivel de vida podrían disparar la demanda mundial de energía hasta un 40 % de aquí a 2030; considerando que el elevado y creciente grado de dependencia de la UE respecto de las importaciones exige la adopción de políticas que reflejen y aborden estas posibles evoluciones;
I. Considerando que una política energética exterior común, basada en la solidaridad, la diversificación y la cooperación estratégica incluso con los principales países consumidores de energía, así como en el fomento de las fuentes de energía renovables autóctonas, crearía sinergias que ayudarían a garantizar la seguridad del suministro para la Unión Europea y mejorarían la capacidad de la UE para la acción en política exterior y su credibilidad como actor mundial en la esfera del cambio climático, entre otras;
J. Considerando que las empresas de terceros países se benefician de la apertura del mercado de la energía de la UE, pero que las prácticas comerciales nada transparentes de dichas empresas y sus operaciones de adquisición hostil representan una amenaza que exige la aplicación estricta de las reglas de competencia de la UE y de otra legislación pertinente para garantizar el adecuado funcionamiento del mercado interior, con suministros diversificados de energía, y prevenir futuras quiebras y crisis de suministros de crudo y de gas;
K. Considerando que los Estados miembros están cada vez más interconectados y, por tanto, los esfuerzos por garantizar la seguridad del suministro exclusivamente a nivel nacional han demostrado ser insuficientes y no aseguran los intereses a largo plazo de todos los Estados miembros;
L. Considerando que, si bien la UE ha reconocido en gran medida la necesidad de desarrollo de la infraestructura energética, sigue faltando la inversión necesaria;
M. Considerando que solo un mercado energético europeo plenamente integrado que funcione según el principio de solidaridad puede hacer frente de forma suficiente a los retos de seguridad del abastecimiento energético que se derivan de las diferencias en la composición y la cuota de las importaciones de energía de los distintos Estados miembros;
N. Considerando que garantizar la consistencia y la coherencia en las relaciones energéticas exteriores con los principales países productores, de tránsito y consumidores es de crucial importancia, la coordinación estratégica y política entre los Estados miembros en las negociaciones con potentes proveedores de energía en terceros países es fundamental;
O. Considerando que las relaciones en la esfera de la energía requieren previsibilidad, estabilidad e inversión a largo plazo;
P. Considerando que el reto de la seguridad energética es paliar la incertidumbre que da lugar a tensiones entre países y reducir las deficiencias del mercado que suponen un menoscabo de los beneficios del comercio, tanto para los proveedores como para los consumidores;
Q. Considerando que se calcula que, de la media estimada, en la región ártica se encuentra un tercio del gas y el 13 % del petróleo del mundo aún no descubiertos;
Mercado interior de la energía: mejor coordinación al nivel de la UE
1. Subraya la necesidad de garantizar el pleno desarrollo de la infraestructura energética dentro de la Unión; subraya asimismo la necesidad de una coordinación más estrecha entre las políticas de los Estados miembros y de acción conjunta y solidaridad en el ámbito de la política exterior de la energía y en el de la seguridad energética, reconociendo la importancia de la transparencia y del pleno establecimiento del mercado interior de la energía, en consonancia con los objetivos a largo plazo de la Unión en materia de energía y de la lucha contra el cambio climático;
2. Considera que la política energética debe ser una parte integrante y prominente de la política exterior común y debería elaborarse y aplicarse en sinergia con otras políticas que tienen una dimensión exterior;
3. Hace hincapié en que, teniendo en cuenta la situación ecónómica actual y el objetivo de lograr un mercado comunitario de la energía verdaderamente único, la UE debe otorgar prioridad a las inversiones en infraestructura energética que hagan posible un aumento gradual de las capacidades a costes de inversión marginales que, a su vez, permitan que el mercado único se beneficie de un uso optimizado de las infraestructuras de energía, fomentando y garantizando al mismo tiempo la seguridad del suministro, la competitividad y la sostenibilidad con mayor eficiencia de costes;
4. Recuerda la petición del Parlamento de elaborar planes para crear una Comunidad Europea de la Energía con una estrecha cooperación en relación con las redes energéticas y la financiación europea de nuevas tecnologías energéticas, a fin de superar la fragmentación de la política energética europea y conferir a la Unión una potente voz internacional en sus relaciones en materia de energía;
5. Insta a la Comisión a presentar una propuesta de creación de un Observatorio de la Energía con el objetivo de elaborar una mejor información sobre los mercados de importación de energía y un análisis más sistemático de los mercados de exportación;
6. Considera que un mercado interior europeo de la energía que funcione plenamente y que esté interconectado e integrado puede aumentar de forma muy considerable la seguridad del abastecimiento incluso a corto plazo, y que es un elemento esencial para el éxito de una futura política exterior europea en el ámbito de la energía; considera asimismo que el marco reglamentario europeo en materia de energía es un elemento clave en el proceso de creación de un mercado interior de la energía y que debería promoverse en los países socios mediante la sensibilización sobre sus fines, ventajas y beneficios; señala que el objetivo general es garantizar que la política energética exterior de la UE y los acuerdos bilaterales de los Estados miembros cumplan plenamente la legislación comunitaria;
7. Subraya que la Comisión y el SEAE deben asegurar que todos los acuerdos multilaterales y bilaterales, en particular los acuerdos de asociación y cooperación, cumplan plenamente las normas del mercado interior de la UE; subraya que estos acuerdos deben garantizar la reciprocidad, la igualdad de condiciones y la transparencia, con el fin de ofrecer un entorno jurídico seguro a los inversores de la UE en los países suministradores de energía y de tránsito;
8. Pide a la UE y a los Estados miembros que velen por establecer un mercado interior de la energía interconectado que pueda resistir las presiones externas y los intentos de utilizar el abastecimiento y los precios de la energía como instrumento para ejercer presión sobre la política exterior; destaca por ello la necesidad de aumentar los recursos destinados a proyectos para interconectar los mercados energéticos de la UE y completar las redes europeas de infraestructuras de gas y electricidad antes de que finalice 2015, en particular el plan de interconexión del Báltico, que figura en el Tercer Paquete Energético de la UE;
9. Hace hincapié en que para el adecuado funcionamiento del mercado interior se requiere que la energía importada en la Unión se rija plenamente, una vez en territorio de la UE, por las reglas del mercado interior de la energía; insiste, por lo tanto, en que la UE debe perseguir el objetivo de la convergencia reglamentaria con los países vecinos que deseen adoptar las reglas de su mercado interior de la energía; destaca la importancia y el papel de la Comunidad de la Energía a este respecto;
10. Pide a la Comisión que apoye el establecimiento de un sistema general de la UE de indexación del gas basado en su precio de mercado, de forma que permita a todas las empresas comercializadoras de gas de la Unión negociar con proveedores externos de gas de una manera más justa y previsible, independientemente de los precios del petróleo y para fomentar aún más la competencia en el mercado interior de gas de la UE;
11. Insiste en que la fuerza resultante de la integración del mercado energético interior y de la infraestructura debería explotarse a fondo mediante la combinación de los medios, los conocimientos y las capacidades de los Estados miembros y de la UE; pide, por lo tanto, mayor transparencia y más participación de la UE en las negociaciones de los acuerdos entre los Estados miembros y terceros países, ya que estos acuerdos también podrían repercutir en el funcionamiento del mercado energético interior de la UE; apoya a la Comisión en sus intentos por lograr una mayor transparencia e intercambio de información entre los Estados miembros y pide un mayor uso de las medidas de competencia vigentes para garantizar que no se eluda la legislación comunitaria;
12. Destaca las responsabilidades adicionales del Parlamento Europeo en el ámbito de la energía, previstas en el artículo 194 del TFUE, e insiste en que se le implique debidamente en todos los procesos de información y de consulta relativos a la política energética exterior; subraya, a este respecto, que se debe incluir al Parlamento en el intercambio de datos sobre acciones, programas y proyectos colectivos realizados por la UE, sus instituciones financieras u otras entidades comunitarias;
13. Acoge con satisfacción la adhesión de la República de Moldavia y de Ucrania a la Comunidad de la Energía, así como la admisión en calidad de observadoras de Armenia y Georgia, que contribuirá a mejorar la cooperación regional en materia de energía a través de un marco regulador mejorado para las futuras asociaciones entre la UE y estos países socios;
14. Reitera el llamamiento hecho por el Parlamento para que los proyectos energéticos internacionales se rijan por acuerdos intergubernamentales transparentes al nivel de los Estados miembros o de la Unión; subraya que basar los proyectos energéticos únicamente en acuerdos comerciales supone un riesgo para la protección de los inversores y la plena observancia de las normas relativas al mercado interior;
15. Insta a una mayor sinergia entre las políticas comerciales y energéticas de la Unión, de conformidad con los documentos estratégicos relativos a la cooperación en materia de política energética con socios más allá de la UE, incluyendo la estrategia «Energía 2020» y la comunicación de la Comisión sobre la seguridad del abastecimiento energético y la cooperación energética internacional;
16. Subraya que el fortalecimiento de la dimensión exterior de la política energética de la UE es clave tanto para reforzar la seguridad energética de la UE como para las relaciones comerciales de la UE con terceros países, hace hincapié en la necesidad de construir marcos sólidos de colaboración en materia energética y de materias primas con nuestros socios comerciales estratégicos, que se ajusten plenamente a las normas del mercado interior de la energía;
17. Considera que una mejor coordinación entre los propios Estados miembros y entre los Estados miembros y la Comisión debe permitir que los Estados miembros se beneficien plenamente del peso político y económico de la Unión; acoge con satisfacción, en este contexto, la propuesta de la Comisión de una decisión que establezca un mecanismo de intercambio de información con respecto a los acuerdos intergubernamentales entre los Estados miembros y terceros países en el sector de la energía; destaca el valor añadido de un dictamen de la Comisión y de su asistencia durante el proceso de negociación con el fin de garantizar que las actividades generadoras de ingresos son compatibles con la legislación sobre el mercado interior de la energía, en consonancia con los objetivos a largo plazo de la UE en materia de energía y lucha contra el cambio climático;
18. Subraya que la creación de un mecanismo de intercambio de información para los acuerdos intergubernamentales entre los Estados miembros de la UE y terceros países sobre política energética aumentaría en gran medida la transparencia, coordinación y eficiencia de esta política en el conjunto de la UE;
19. Pide una coordinación más estrecha entre el Consejo, la Comisión y el Servicio Europeo de Acción Exterior a fin de que puedan hablar y actuar conjuntamente sobre temas concernientes a la política exterior común en materia de energía; recalca la necesidad de crear un responsable de la política energética dentro del SEAE, así como la necesidad de que las delegaciones de la UE participen en la diplomacia en materia de energía sobre el terreno;
20. Apoya la utilización de instrumentos como el Mecanismo de Alerta Temprana en las relaciones con los proveedores de energía y países de tránsito; está convencido de que se requiere una mayor promoción de la idea de la compra en común de materias primas energéticas por parte de los Estados miembros en el contexto de la creciente competencia por los recursos y los monopolios de productores existentes;
21. Pide a los Estados miembros y a la Comisión que identifiquen los obstáculos al comercio y la inversión en el sector de la energía en sus relaciones con países terceros, y que adopten medidas, en su caso, para eliminarlos tanto de forma bilateral como a través de la Organización Mundial del Comercio;
22. Apoya la propuesta del Consejo de analizar el funcionamiento del Tratado de la Comunidad de la Energía, así como el establecimiento de un plan de acción que permita la rápida modernización de los sectores de la energía; pide que se haga mayor hincapié en la aplicación de reformas y tecnologías, como las redes inteligentes, para fomentar la integración de las energías renovables e incrementar la eficiencia energética; por consiguiente, apoya la idea de dar nuevo impulso al Tratado sobre la Carta de la Energía y propone la introducción de asociaciones estratégicas a tal fin; reitera que debe desarrollarse la dimensión social del Tratado para abordar de manera eficaz problemas como la pobreza energética y la corrupción;
23. Insta a la Comisión a subrayar la importancia de la Conferencia sobre la Carta de la Energía y la necesidad de apoyarla de manera que se aproveche mejor el potencial de la carta de la energía en aquellos ámbitos principales, como son el comercio, el tránsito, la inversión y la resolución de conflictos, incluyendo también la extensión del Tratado sobre la Carta de la Energía a países que todavía no la han firmado o ratificado;
24. Considera que cada Estado miembro debe publicar y enviar a Eurostat el precio medio de sus importaciones bilaterales de gas natural, al menos trimestralmente, con un plazo de demora de no más de dos trimestres;
25. Considera que la aplicación de una política energética exterior de la UE que resulte consistente y coherente precisa la coordinación regular entre Estados miembros y la Comisión; insta a la Comisión a realizar intercambios frecuentes con los Estados miembros, en especial a través del Grupo estratégico para la cooperación internacional en materia de energía propuesto, sobre las prioridades y actividades de la UE y en la esfera de la estrategia energética exterior de los Estados miembros,a nivel político y de expertos; pide la participación, como expertos, de autoridades reguladoras de la energía independientes en el Grupo estratégico para la cooperación internacional en materia de energía, dada su experiencia y conocimiento profundo del funcionamiento de los mercados transfronterizos de electricidad y gas;
26. Considera que las medidas propuestas por la Comisión pueden hacerse más eficaces si se les otorga prioridad, se establecen calendarios y planes de acción y se ofrecen indicaciones acerca de los progresos hechos y de los plazos;
27. Considera que para la política energética exterior de la UE es esencial garantizar la coherencia entre los objetivos horizontales proclamados en el Tratado de Lisboa; pide que se informe oportunamente al Parlamento acerca de los proyectos prioritarios de la UE;
28. Pide a los Estados miembros que no celebren con terceros países contratos de suministro de energía o de tecnología relacionada con la energía que perjudiquen los intereses de otro Estado miembro de la Unión;
29. Opina que se deberían celebrar debates periódicos acerca de los retos que afronta la política energética exterior de la UE durante las reuniones formales e informales de los ministros de Energía en el Consejo, con la participación de la Alta Representante, el Comisario responsable de Energía y sus servicios correspondientes; dichas reuniones deberían utilizarse para coordinar una posición europea común y coherente en la preparación de reuniones de alto nivel en organizaciones internacionales como la AIE, las Naciones Unidas, IRENA, IPEEC y OIEA, donde es importante que la UE desempeñe un papel más activo y de mayor influencia; considera que el Parlamento debería ser informado y consultado con regularidad acerca de todos los asuntos de importancia;
30. Considera que cuando un proyecto de infraestructura de importancia estratégica afecte a la seguridad del abastecimiento energético de la UE en su conjunto el Consejo debería examinar la posibilidad de otorgar a la Comisión un mandato de negociación y que también se debería considerar la posibilidad de otorgar dicho mandato en el caso de otros acuerdos intergubernamentales que se estime repercutan de forma significativa en los objetivos a largo plazo de la política energética de la UE, en particular en el de su independencia energética; pide, en este sentido, que se mantengan vínculos adecuados de consulta y comunicación en el Parlamento;
31. Insta a la Comisión a desarrollar un instrumento de intercambio de información para recoger y ofrecer datos relevantes sobre los programas y proyectos de las instituciones administrativas y financieras de los Estados miembros y la UE en terceros países; insta a los Estados miembros a proporcionar los datos pertinentes a la Comisión en este sentido;
32. Insta a la Comisión a supervisar los mercados energéticos mundiales y a cooperar a este respecto con los Estados miembros y organizaciones internacionales como la Agencia Internacional de la Energía (AIE); pide a la Comisión que antes de finales de 2012 presente un instrumento jurídico adecuado a este propósito;
33. Subraya, habida cuenta de la gran dependencia de la Unión de las importaciones energéticas, que una mayor diversificación de las fuentes de suministro, incluidas las nuevas fuentes de energía, y de las rutas de tránsito, así como el desarrollo en la UE de fuentes de energía renovables constituyen elementos urgentes y esenciales de soporte de la política de seguridad exterior de la Unión, de la función estratégica de esta política y de su independencia, coherencia, credibilidad y eficacia;
34. Pide que se elabore una estrategia política coordinada y uniforme de la UE para los nuevos proveedores de energía que preste especial atención a la mejora de las condiciones de competencia en la UE a fin de ofrecer oportunidades para que los nuevos proveedores entren en el mercado comunitario;
35. Pide mayores sinergias entre la política comercial y la política energética de la UE de acuerdo con la estrategia Europa 2020; subraya la necesidad de promover estructuras de gobernanza a nivel mundial para las materias primas a fin de reducir las tensiones internacionales en este ámbito y elogia a este respecto el ejemplo del Foro Internacional de la Energía (FIE); considera que la conclusión de contratos de suministro de energía y materias primas a largo plazo y a precios equitativos con nuestros socios comerciales estratégicos constituye una de las máximas prioridades; insta por ello a la UE a que adopte una estrategia coherente en materia de celebración de contratos de abastecimiento de energía con estos socios;
Diversificación: mayor seguridad del suministro europeo de energía
36. Hace hincapié en que el Tratado UE exige la solidaridad entre los Estados miembros, algo que debería formar parte de la labor diaria y de la gestión de crisis de la política energética interior y exterior; pude a la Comisión que ofrezca una definición clara del concepto de solidaridad energética, para garantizar que todos los Estados miembros puedan respetarla;
37. Señala que la creciente dependencia de la UE de los combustibles fósiles socavará su influencia política y puede tener importantes consecuencias para la independencia de su toma de decisiones en otros ámbitos políticos, y que solamente la transición completa hacia un abastecimiento energético respetuoso con el medio ambiente y la eficiencia energética, conjugada con la interconexión, la interdependencia y la solidaridad entre los Estados miembros, pueden contrarrestar esta situación desfavorable;
38. Subraya que la política energética común de la UE y sus objetivos estratégicos deberían reflejarse correctamente en sus relaciones exteriores, en la política regional y en la Política Europea de Vecindad;
39. Pide a la Comisión que también apoye la investigación y el desarrollo en el ámbito de los recursos de combustible propios, y que fomente el establecimiento de suministros de combustibles de proveedores, fuentes y vías de transmisición diversificados a las distintas regiones de la UE, con miras a garantizar un mínimo de dos fuentes de suministro para cada región, en consonancia con la Comunicación de la Comisión sobre las prioridades de la infraestructura energética a partir de 2020 – Esquema para una red de energía europea integrada (COM(2010)0677);
40. Subraya que la política energética exterior de la UE debería contribuir a garantizar una energía segura, sostenible y asequible, coherente con los objetivos generales de su política energética de competitividad, seguridad del suministro y sostenibilidad, así como con sus objetivos en materia de energía y clima para 2050;
41. Hace hincapié en que deben acelerarse las medidas encaminadas a diversificar los proveedores, las rutas y las fuentes de suministro de energía a la UE, tomando en consideración la prioridad de las infraestructuras de corredores de transporte de energía, en particular las que tienen por objetivo crear un auténtico mercado competitivo para el gas, crear nuevos corredores de tránsito (el Corredor Meridional y el de la cuenca del Mediterráneo) y crear una verdadera competencia entre las fuentes de abastecimiento de gas aumentando la proporción de GNL de la UE, además de alcanzar a nuevos proveedores lejanos (Australia, Canadá, Estados Unidos, América Latina, Àfrica subsahariana, Asia central, etc.);
42. Subraya asimismo la importancia de mejorar la interconexión de las redes de energía y completar los anillos euromediterráneo y euroatlántico de infraestructuras de electricidad y de gas y el plan de interconexión del mercado báltico de la energía, modernizando y al mismo tiempo aumentando las prestaciones del actual parque de centrales e infraestructuras de electricidad y de gas (interconexiones, redes, gaesoductos, redes de transmisión, instalaciones de almacenamiento y terminales de GNL); señala que estas medidas deberían garantizar que ningún Estado miembro siguiera siendo una isla de energía y que la energía pudiese fluir libremente por toda la UE; en este sentido, acoge con satisfacción la propuesta del Mecanismo «Conectar Europa»;
43. Pide a la Comisión que apoye la inclusión de la denominada «cláusula de seguridad energética» en los acuerdos comerciales, de asociación y de asociación y cooperación con países productores y de tránsito, la cual establecería un código de conducta e indicaría explícitamente las medidas que deben tomarse en caso de un cambio unilateral de condiciones por parte de una de las partes;
44. Acoge favorablemente la Comunicación de la Comisión sobre la seguridad del abastecimiento energético y la cooperación internacional titulada «La política energética de la UE: establecer asociaciones más allá de nuestras fronteras» (COM(2011)0539); opina, no obstante que se necesitan nuevos instrumentos basados en la solidaridad entre Estados miembros de la UE que doten a la UE de la capacidad para proteger sus intereses en materia de seguridad energética y al negociar con sus socios externos, sobre todo en situaciones de crisis;
45. Pide a la Comisión que establezca un conjunto completo de prioridades a corto, medio y largo plazo para la política energética en el marco de las relaciones con nuestros vecinos con el fin de crear un espacio jurídico común basado en los principios y normas del mercado interior relacionados con el acervo; subraya la importancia de ampliar aún más la Comunidad Europea de la Energía y de establecer mecanismos legales de control para hacer frente a las deficiencias en la aplicación del acervo;
46. Apoya el diálogo político y económico con los países vecinos de la UE sobre la explotación de nuevas fuentes de energía;
47. Pide que se apliquen los mecanismos existentes y se creen nuevos mecanismos en el marco de la Política Europea de Vecindad y la Sinergia del Mar Negro, a fin de reforzar la cooperación con vistas a lograr una mayor transparencia y estabilidad del abastecimiento y el tránsito;
48. Está a favor de un diálogo político con Noruega y Rusia sobre la exploración de nuevas fuentes de energía en el Mar de Barents, sobre la base de la condición previa de la protección del entorno vulnerable de la región del Ártico, y de la cooperación con Noruega para la importación de energía hidroeléctrica a través de cables submarinos de larga distancia; pide que se agilice la formulación de la estrategia de la UE para la región del Ártico;
49. Considera que el diálogo sobre política exterior es fundamental para disociar el crecimiento económico mundial del uso de recursos energéticos e impulsar unos mercados energéticos más previsibles, además de ser beneficioso para las relaciones políticas; subraya la importancia del diálogo con economías emergentes, como China, India, Brasil, Indonesia y Sudáfrica, además de otros países consumidores clave, como Estados Unidos y Japón;
50. Opina que la UE debería promover el desarrollo y la intensificación de su cooperación en materia de política energética con países terceros que comparten los mismos valores y están dispuestos a realizar reformas democráticas y a promover los valores en los que se basa la UE;
51. Acoge con satisfacción las recomendaciones de la Comisión sobre el refuerzo de la cooperación política con los vecinos orientales y considera esencial que la adhesión de Turquía al Tratado de la Comunidad de la Energía y la apertura del capítulo energético en las negociaciones de adhesión a la UE se traten con la máxima urgencia; celebra, asimismo, la iniciativa de un diálogo tripartito (UE-Ucrania-Rusia) e insiste en la necesidad de garantizar una cooperación política y administrativa exhaustiva con ambos socios;
52. Destaca que la iniciativa encaminada a incrementar la producción interna de energía renovable es esencial para reducir la dependencia de la UE de las importaciones de hidrocarburos; sostiene que es necesario volver a evaluar la estructura de producción y distribución de energía de la UE en consonancia con sus objetivos a largo plazo en los ámbitos de la energía y del clima;
53. Recuerda la considerable contribución del GNL al abastecimiento energético de la UE y pide el fortalecimiento de la cooperación con los principales proveedores y los actuales y futuros consumidores;
54. Hace hincapié en que la diversificación debería significar nuevas fuentes de petróleo, gas y electricidad que no procedan de Rusia para aquellos Estados miembros que dependen demasiado de este único proveedor; destaca que, si bien el gas ruso únicamente supone el 24 % del gas consumido en toda la UE, constituye del 48 % al 100 % en 12 de los 27 Estados miembros y, por lo tanto, tiene consecuencias directas sobre la seguridad energética de la Unión;
55. Opina que con el desarrollo de nuevas tecnologías energéticas poco convencionales (arenas bituminosas y gas de esquisto de Canadá, los Estados Unidos, Australia, Qatar, Brasil y Argentina, la exploración de energía en la región ártica, más explotaciones en Iraq, Venezuela y África) nuevos actores, socios y regiones emergen como posibles proveedores en el futuro, por lo que la UE también debe concentrarse también en aprovechar al máximo esta nueva situación y desarrollar nuevas asociaciones de energía para diversificar sus proveedores;
56. Acoge con satisfacción la importancia de la transición a una economía con bajas emisiones de carbono, subraya la necesidad de conservar su competitividad y carácter innovador, entre otros a través del uso de los instrumentos de política comercial correspondientes; la transición a una economía con bajas emisiones de carbono debe adaptarse al potencial del área geográfica en cuestión, a la especificidad del sistema energético, a la mezcla energética de cada Estado miembro y a su estructura geológica; considera que este enfoque permitirá conservar el máximo nivel de seguridad energética y competitividad económica, al mismo tiempo que permitirá respetar la independencia de cada Estado miembro, tal como se consagra en los Tratados, a fin de determinar las condiciones de uso de sus recursos energéticos, su elección entre las diferentes fuentes de energía y la estructura general de su abastecimiento energético;
57. Reconoce la importancia de las inversiones directas extranjeras de la UE en la construcción y modernización de infraestructuras energéticas en los países en desarrollo; subraya, además, la necesidad de ofrecer una protección jurídica adecuada de estas inversiones, lo que puede servir para ampliar el acervo jurídico de la UE a terceros países (entre otros fortaleciendo y extendiendo el ámbito de aplicación del Tratado de la Comunidad de la Energía);
58. Señala la importancia de una cooperación amplia en la región ártica, en particular entre países de la zona euro-atlántica;
Sostenibilidad: fortalecimiento de la asociación con países proveedores y organizaciones internacionales
59. Considera que la creciente demanda mundial de energía y la elevada concentración de las reservas de combustible fósil en países en gran parte inestables y no democráticos, hace que la UE sea vulnerable y socava profundamente el desarrollo de políticas europeas comunes que sean creíbles, eficaces y coherentes;
60. Considera que las asociaciones en materia de energía de la UE y la participación de la UE en foros mundiales como el G-20 deben ser utilizadas para fomentar asimismo políticas energéticas sostenibles en terceros países, mejorando la transparencia del mercado, reduciendo la volatilidad de los mercados internacionales y contribuyendo a crear un mercado energético mundial menos vulnerable a interrupciones y crisis de abastecimiento;
61. Hace hincapié en la necesidad de ampliar los vínculos entre la red energética europea y los países vecinos (los Balcanes occidentales, los vecinos orientales, los países ribereños del Mar Caspio, el Norte de África y Oriente Próximo) construyendo nuevas interconexiones y fomentando una amplia zona de reglamentación, extendiendo las normas de la UE en materia de medio ambiente y seguridad hasta donde sea posible, a fin de garantizar que todos los tipos de centrales eléctricas próximas a las fronteras de la UE cumplen las normas más elevadas en materia de seguridad nuclear;
62. Destaca la importancia de perseguir proyectos de infraestructura de interés común, tal y como se definen en la «Propuesta de Reglamento relativo a las orientaciones sobre la infraestructura energética transeuropea» de la Comisión y su Comunicación titulada «Las prioridades de la infraestructura energética a partir de 2020»; habida cuenta de la importancia estratégica de estos proyectos, considera fundamental promover de manera sostenible y celebrar sin demora acuerdos con los socios exteriores, así como otorgar a dichos acuerdos la prioridad adecuada, dentro de un sistema de mercado basado en reglas;
63 Insiste en que, en el diálogo energético de la UE con Rusia, en el cual la UE debería hablar con una sola voz, se debería tener en cuenta la situación concreta y dependiente de los Estados miembros de Europa Central y Oriental, puesto que la seguridad de su suministro de energía solo puede garantizarse mediante la interconexión de la infraestructura de toda la UE y la plena aplicación de las normas del mercado energético interior; considera que, en el diálogo, deben tenerse en cuenta cuestiones tan importantes como el acceso a los recursos energéticos, a las redes y a los mercados de exportación de la energía, la protección de las inversiones, la reciprocidad, la prevención de crisis y la cooperación, la igualdad de condiciones y una fijación de precios energéticos equiparables; insiste en que es necesario prestar especial atención a la cuestión del «Druzhba» y en que deben introducirse medidas específicas a escala de la UE para renovar el suministro de petróleo a través del tramo cerrado;
64. Insiste en que, dado que los Estados miembros abordan la conexión y la integración de sus mercados nacionales a través de la inversión en infraestructuras y la aprobación de normas comunes, también deben realizarse esfuerzos para colaborar con Rusia a fin de determinar medidas creativas y mutuamente aceptables encaminadas a reducir las discrepancias entre los dos mercados energéticos;
65. Destaca la importancia de fomentar el diálogo energético con Rusia y de establecer un plan de acción UE-Rusia, tal y como propone el Consejo de Energía; subraya la importancia de cooperar en ámbitos de beneficio mutuo, tales como la investigación común y la transferencia tecnológica, especialmente en eficiencia energética y energías renovables;
66. Pide que se amplíe el Tratado sobre la Carta de la Energía a más países y que los esfuerzos de los participantes en la Conferencia de la Carta de la Energía se dirijan a encontrar una solución negociada que conduzca a la plena aceptación de Rusia de los principios de la Carta y sus Protocolos;
67. Pide que se refuerce la asociación estratégica con Rusia mediante la celebración de un nuevo Acuerdo de Asociación y Cooperación; hace hincapié en que este acuerdo deberá respetar plenamente las normas del mercado interior y los Reglamentos del Tercer Paquete Energético de la UE, así como basarse en el respeto mutuo y la reciprocidad; insiste en que Rusia ya está obligada a cumplir el Tratado de la Carta Europea de la Energía en virtud de su artículo 45; está convencido de que la ratificación de este Tratado por parte de Rusia tendría efectos beneficiosos para ambas partes en las relaciones bilaterales en materia de energía;
68. Destaca el papel de la Asamblea Parlamentaria Euronest, que contribuirá a lograr los objetivos de la Asociación Oriental y, por tanto, tendrá un efecto positivo sobre las cuestiones relativas a la seguridad energética;
69. Señala que los países del Espacio Económico Europeo ya forman parte del mercado interior de la UE y su cooperación es fundamental para lograr los objetivos energéticos de 2020; acoge con satisfacción las iniciativas actuales destinadas a intensificar la cooperación con Suiza, que deberían intentar conseguir su plena integración en el mercado energético interior de la UE;
70. Cree que la política exterior de la UE en materia de energía debería tener como base y promover los principios de solidaridad, transparencia, subsidiariedad, sostenibilidad, cooperación, reciprocidad, un enfoque del mercado basado en reglas y la coordinación entre la UE, sus Estados miembros y los países socios; estima que es fundamental el respeto de los objetivos horizontales establecidos en el Tratado de Lisboa para afirmar el papel de Europa en el cambiante contexto político regional; pide al Consejo que otorgue a la Comisión un mandato para iniciar negociaciones sobre la transformación de los actuales memorandos de acuerdo en materia de energía con los Estados vecinos en textos jurídicamente vinculantes;
71. Recalca la importancia de desarrollar la asociación energética entre África y la UE, iniciada en 2010;
72. Está convencido de que una gestión más eficaz a escala mundial mejoraría la cooperación con los países productores, de tránsito y consumidores; considera, por tanto, que la UE debería desempeñar un papel destacado en la gestión internacional de la política energética con el fin de promover principios transparentes y no discriminatorios, alcanzar el objetivo de la sostenibilidad, reducir el coste de las transacciones y ofrecer incentivos a los operadores del mercado para que compitan en materia de precios y calidad;
73. Acoge con satisfacción la inclusión del objetivo del acceso universal a la energía para 2030 en la Comunicación titulada «La política energética de la UE: establecer asociaciones más allá de nuestras fronteras», y cree que para los países en desarrollo este objetivo debería centrarse en proporcionar energía asequible, sostenible y descentralizada, en especial para las poblaciones rurales y desfavorecidas; alienta el apoyo de regímenes de pago innovadores con implicación pública y privada, con el objetivo de que el acceso a la energía sea asequible a los usuarios finales;
74. Hace hincapié en que la energía sostenible constituye un motor fundamental para el desarrollo, y reitera su petición de un programa específico de «energía y desarrollo» que se centre en especial en soluciones de energías renovables, eficientes, a pequeña escala y descentralizadas, así como en la promoción del desarrollo de capacidades y la transferencia tecnológica para garantizar la implicación local; observa que pueden ser necesarios regímenes de energías renovables a gran escala para satisfacer de manera sostenible la creciente demanda energética de los centros urbanos y la industria, en especial en los países emergentes; pide que estos regímenes se ajusten siempre a los criterios sociales y medioambientales más estrictos;
75. Pide que se respeten los principales objetivos de desarrollo de la UE, así como la democracia y los derechos humanos, cuando se traten cuestiones energéticas con países en desarrollo, en el contexto de un enfoque estratégico para lograr un suministro energético competitivo, sostenible y seguro, que anteponga los intereses de la población de los países en desarrollo;
76. Hace hincapié en la importancia de la transparencia, la supervisión democrática y la implicación de la sociedad civil en las relaciones con terceros países en materia de energía;
77. Destaca la importancia de seguir incluyendo principios clave del comercio y la inversión, incluidos aquellos que promueven unas condiciones de competencia equitativas con respecto a la inversión en energía sostenible, tanto en los acuerdos bilaterales como en marcos jurídicos multilaterales como el Tratado sobre la Carta de la Energía y la OMC, y de velar por su cumplimiento a través de mecanismos eficaces de resolución de conflictos;
78. Opina que, a la vez que coopera con la explotación y el comercio de productos energéticos, y su tránsito hacia la UE, existe la necesidad de intensificar la cooperación en otras cuestiones importantes relativas a la energía; pide, por lo tanto, que se desarrollen asociaciones estratégicas en materia de energía entre la UE y países terceros clave, tales como los países BRICS, cuyo consumo de energía crece rápidamente, entre otros, en los ámbitos siguientes:
–
cooperación en la investigación de tecnologías hipocarbónicas y en innovación,
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inversión en la producción de energía sostenible,
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seguridad y protección de las tecnologías energéticas,
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puesta en común de datos sobre transferencia de conocimientos técnicos, también en el ámbito de las fuentes de energía limpias y renovables,
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fomento de la eficiencia energética y del ahorro de energía,
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equilibrio de sistemas,
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redes inteligentes,
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almacenamiento de energía,
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investigación sobre la fusión,
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tecnología de carbón limpio y almacenamiento y captura de carbono;
79. Insta a la Comisión a que supervise la aplicación y haga cumplir las normas internacionales más exigentes en materia de seguridad de las centrales nucleares en los países vecinos de la UE, mediante todos los instrumentos y tratados disponibles, como el Convenio sobre la evaluación del impacto en el medio ambiente en un contexto transfronterizo (Convenio de Espoo) y el Convenio sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente (Convenio de Aarhus); pide a los países vecinos de la UE que lleven a cabo exhaustivas pruebas de seguridad, riesgo y resistencia en el ámbito nuclear, y a la Comisión que ofrezca asistencia técnica de la UE para este fin;
80. Insta a la Comisión a que promueva en todas sus relaciones comerciales pertinentes, incluso en el marco de la OMC, la adopción de los principios de la Iniciativa de Transparencia de las Industrias Extractivas y de las normas internacionales sobre gobernanza de los mercados energéticos, incluida la eliminación gradual de las subvenciones con objetivos cuantificados a los combustibles fósiles;
81. Observa que el almacenamiento de electricidad y energías producidas a partir de fuentes renovables y otras aplicaciones energéticas avanzadas necesitan un arsenal de materias primas, incluidos minerales de tierras raras, actualmente difíciles de obtener; considera necesaria una acción coordinada de investigación por parte de la UE y de otros líderes en materia tecnológica, incluidos los Estados Unidos y Japón, para la creación de nuevas materias primas y sustitutos o para reducir el uso de materias primas que suponen nuevas incertidumbres en cuanto a su seguridad de abastecimiento, toxicidad o repercusiones para el medio ambiente;
82. A fin de promover una producción energética segura y respetuosa con el medio ambiente, apoya el fortalecimiento y la promoción de las medidas y salvaguardas de protección radiológica, las normas de seguridad nuclear, requisitos estrictos para las operaciones de petróleo y gas en alta mar, la seguridad del transporte marítimo de petróleo crudo y los productos petrolíferos y el GNL, así como la cooperación en nuevas tecnologías, en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) y el trabajo en las normas internacionales;
83. Opina que los desafíos planteados por el cambio climático a escala mundial no se pueden mitigar sin la implicación de los grandes emisores, y anima a la Comisión a establecer una estrategia común a fin de lograr una solución global que implique a dichos países; reconoce que los conocimientos acumulados en la UE, basados en nuestra experiencia con el diseño y la aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE), podrían beneficiar a terceros países, e insta a la Comisión a ofrecer asistencia y estímulo a terceros países en el establecimiento y el diseño de su propio RCDE, con vistas a vincular dichos sistemas al de la UE;
84. Insiste en la necesidad de que Europa tenga una perspectiva política a largo plazo que incluya nuevas asociaciones a escala mundial e instrumentos de cooperación bilateral que permitan a la UE desempeñar un papel clave en el establecimiento de la agenda mundial en el ámbito de la energía, encabezando la elaboración de nuevas normas de mercado y los esfuerzos internacionales en materia de investigación e innovación tecnológicas en la esfera de la energía;
85. Hace hincapié en la necesidad de mejorar la cooperación en I+D+i con terceros países con miras a hacer frente a los desafíos mundiales; considera que la UE debería trabajar en estrecha colaboración con importantes exportadores de biocombustibles de terceros países a fin de garantizar que estas opciones alternativas de energía limpia, que pueden contribuir a la diversificación del suministro, puedan ser verdaderamente sostenibles y que pueda evitarse el cambio indirecto del uso de la tierra con consecuencias negativas; destaca que las fuentes externas de biocombustible deben estar sujetas a las mismas normas que las fuentes de la UE, en particular las normas relativas al clima y el medio ambiente; considera que la Unión debe fomentar la adopción de tecnologías de segunda y tercera generación en materia de biocombustibles, tanto interna como externamente;
86. Llama la atención sobre la compleja relación entre la energía y el suministro y la seguridad alimentarios, particularmente con respecto a los biocombustibles, que pueden tener un impacto medioambiental y social negativo en los países en desarrollo; cree que el derecho a los alimentos ha de tener prioridad sobre el objetivo de energías renovables de la UE para los biocombustibles;
87. Observa que la expansión de los agrocombustibles se ha basado de forma abrumadora en la expansión de monocultivos industriales a gran escala, extendiendo prácticas agrícolas que son perjudiciales para el medio ambiente, la biodiversidad, la fertilidad del suelo y la disponibilidad de agua; expresa su preocupación de que, al alentar la concentración de la propiedad de la tierra, la expansión de agrocombustibles pueda tener consecuencias dramáticas en cuanto a violación de derechos de propiedad de la tierra, pérdida de acceso a recursos naturales vitales, deforestación y degradación medioambiental;
88. Expresa su preocupación por la ausencia de criterios de sostenibilidad vinculantes para la producción de biomasa en el marco de la Directiva sobre las energías renovables; considera, en estas circunstancias, que la bioenergía podría repercutir negativamente en la lucha contra el cambio climático y ser un nuevo e importante factor que fomente las apropiaciones de tierras, la inseguridad alimentaria, la deforestación y la degradación forestal en los países en desarrollo; insta, por tanto, a la Comisión a que elabore criterios jurídicamente vinculantes de sostenibilidad destinados a evitar las repercusiones climáticas, ambientales y sociales negativas que se derivan de la producción y el uso de la biomasa con fines energéticos;
89. Pide a la UE que establezca una política para la producción sostenible de biomasa y su uso a efectos energéticos que satisfaga los requisitos de la política en el ámbito del cambio climático y sea además coherente con la política de cooperación al desarrollo de la Unión;
90. Cree que la UE debe garantizar que la energía se convierta en un elemento clave de sus programas de ayuda exterior, ya que el acceso a la energía, esencial para el desarrollo económico, sigue planteando un desafío en los países en desarrollo;
91. Cree que la cooperación en el desarrollo y la utilización de tecnologías energéticas orientadas al futuro debe ser el núcleo de la cooperación de la UE con los socios industrializados y las economías emergentes;
92. Opina que la UE debería situar las cuestiones energéticas en el centro de iniciativas europeas como la Asociación Oriental, la Unión para el Mediterráneo y la Política Europea de Vecindad;
93. Pide a la Comisión que elabore planes de acción conjuntos en materia de energía con todos los principales proveedores de energía y con los países de tránsito de importancia estratégica, y que establezca asociaciones con países que afrontan retos energéticos parecidos y comparten valores similares, en particular con objeto de promover la cooperación tecnológica, industrial y en materia de investigación y fijar normas comunes para las tecnologías de energía renovable, la eficiencia energética, los vehículos eléctricos, las nuevas tecnologías energéticas poco convencionales, la seguridad de la perforación mar adentro, así como la seguridad nuclear y la no proliferación;
94. Con el fin de garantizar el acceso a la energía para todos y en consonancia con los Objetivos de Desarrollo del Milenio, reitera la importancia de aumentar la inversión extranjera directa de la UE en la construcción y modernización de las infraestructuras energéticas y en la eficiencia energética en los países en desarrollo a través de las capacidades de generación de energías renovables y a través del apoyo a la creación de los marcos jurídicos adecuados a fin de ayudarles a diversificar su combinación de energías y mejorar al mismo tiempo la protección de las inversiones europeas en dichos países por los medios jurídicos pertinentes;
95. Pide una acción coordinada con otros líderes tecnológicos (por ejemplo, Estados Unidos y Japón) para abordar retos emergentes, como la escasez de materias primas, incluidos los minerales de tierras raras, que afectan al uso de tecnologías de energías renovables, el almacenamiento de energía y las aplicaciones energéticas avanzadas;
96. Aboga por que los programas de cooperación en materia de energía de la UE con países en desarrollo faciliten la creación de una estructura de mercado y las normas pertinentes a fin de garantizar que los consumidores internos se beneficien de la energía renovable a unos costes adecuados;
97. Considera que las estrictas disposiciones en materia de seguridad nuclear vigentes en la UE deben quedar reflejadas en la estrategia de la UE respecto a países terceros, sobre todo en aquellos países vecinos en los que ya funcionan o se están proyectando centrales nucleares que puedan afectar de forma significativa a la seguridad de la UE;
98. Acoge con satisfacción, en este contexto, el reciente compromiso del Consejo Económico Transatlántico y el Consejo de Energía UE-EE.UU. de fomentar la cooperación en la seguridad energética, las normas sobre redes inteligentes, la tecnología de hidrógeno y pilas de combustible, las energías renovables y otras tecnologías energéticas no contaminantes, la eficiencia energética y en otras políticas eficaces para facilitar el comercio e introducir las tecnologías de energía limpia en el mercado; pide que las conclusiones del Consejo de Energía UE-EE.UU. se transmitan de una manera más adecuada a las estructuras de toma de decisiones;
99. Subraya la necesidad de intensificar el diálogo sobre cuestiones energéticas estratégicas de interés mutuo, de promover la cooperación en materia de política energética y de reforzar la colaboración en materia de investigación con los Estados Unidos, en particular en el ámbito de las tecnologías de producción y transporte que hacen un uso eficiente de la energía; pide la creación de una asociación de seguridad energética con los Estados Unidas basada en la actual cooperación en el marco del Consejo de Energía EE.UU.-UE;
100. Recalca la necesidad de que el Consejo Económico Transatlántico fomente la cooperación sobre regímenes de regulación, la investigación de la energía sostenible y la eficiencia energética, la investigación en el ámbito de la fusión y la seguridad nuclear entre otras cuestiones, y pide que se establezca un diálogo periódico sobre energía con Rusia y otros socios para elaborar y aplicar mejor las normas internacionales para la generación, transmisión, tránsito, almacenamiento y procesamiento seguros y eficientes de la energía, así como sobre el comercio bilateral de nuevas tecnologías energéticas y productos tales como los biocombustibles;
101. Pide a la Comisión que aumente su cooperación con la Agencia Internacional de la Energía, que facilita información esencial y datos sobre la planificación en el ámbito de la energía; cree que la UE y todos los Estados miembros que no pertenecen a la AIE deberían adherirse a ella;
102. Acoge con satisfacción la participación de la UE en el proyecto de reactor termonuclear experimental internacional (ITER) y en el Foro Internacional de la IV Generación;
103. Pide a la Unión y a los Estados miembros que cooperen aún más, junto con la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, en materia de seguridad energética y sobre la protección de las infraestructuras energéticas esenciales;
104. Solicita al Consejo y a la Comisión que colaboren con los Estados Unidos y otros aliados en la protección de las infraestructuras energéticas frente a ataques cibernéticos; destaca que, a medida que avanzamos hacia una red «inteligente», este riesgo, que las medidas de seguridad tradicionales no pueden evitar, será todavía más importante en la protección de infraestructuras esenciales;
105. Acoge con satisfacción la «Asociación en materia energética entre la UE y el Mediterráneo Meridional» propuesta; considera que esta asociación debería centrarse en el enorme potencial de la energía renovable (solar) de esta región y considera que debería aplicar las medidas necesarias para ayudar a satisfacer las necesidades energéticas considerables de los países del Mediterráneo Meridional sobre la base de soluciones sostenibles;
106. Reitera que la cooperación exterior en materia de política energética debe contribuir a la promoción, y no al deterioro, de los valores básicos de la Unión, como el respeto de los derechos humanos, la democracia, la buena gobernanza, el Estado de Derecho, el diálogo social, el respeto mutuo, el uso responsable de los recursos naturales, la lucha contra el cambio climático y la protección completa del medio ambiente, y debe promover la paz y ser coherente con las políticas exteriores de la Unión;
107. Pide al Consejo y a la Comisión que elaboren antes de que finalice 2013, en cooperación con el Servicio Europeo de Acción Exterior, una hoja de ruta precisa basada en la Comunicación de la Comisión sobre la seguridad del abastecimiento energético y la cooperación internacional titulada «La política energética de la UE: establecer asociaciones más allá de nuestras fronteras» (COM(2011)0539), que permita formular una política energética exterior eficaz que indique los objetivos, metas y etapas a corto, medio y largo plazo, con un calendario concreto para su aplicación;
108. Destaca la importancia de la región del Mar Negro en términos de diversificación de fuentes y rutas, su potencial en el ámbito de las energías renovables y su posición geoestratégica como pasarela a la zona del Mar Caspio, Oriente Próximo y Asia Central; considera que la Comisión y los Estados miembros deben facilitar ayuda para la cooperación multilateral en materia de energía en los ámbitos de la integración de mercados, los marcos reglamentarios y las infraestructuras; subraya, en este sentido, la importancia capital del Corredor Meridional, del proyecto Nabucco, del gasoducto transcaspiano y de otros proyectos menores;
109. Reconoce la contribución del GMES a la identificación, desde el espacio, de los recursos de energía solar de los que se beneficia la Tierra; solicita a la Comisión que, teniendo en cuenta que el GMES ha constatado que las zonas desérticas reciben en un día energía solar en una cantidad superior a la consumida por toda la humanidad en un año, establezca asociaciones con países que poseen grandes zonas desérticas, especialmente en África, y desarrolle estrategias y tecnologías para aprovechar de modo eficiente este potencial energético, incluida la utilización de los Mecanismos de cooperación y desarrollo previstos en el paquete sobre energía y cambio climático;
110. Pide la inclusión de más países vecinos de la UE como miembros del Tratado de la Comunidad de la Energía (TCE), especialmente los de la Asociación Oriental y las Repúblicas de Asia Central; subraya que la Comisión debe garantizar y hacer que los miembros del TCE apliquen de forma oportuna y rigurosa las normas energéticas de la UE, en particular condicionando la disponibilidad de fondos de la UE al respeto de las obligaciones de dicho Tratado;
111. Cree que el acceso a la energía sostenible es un motor de desarrollo esencial e insta a la UE a que sus actividades de desarrollo se centren en ayudar a los países en desarrollo en la promoción de las políticas energéticas sostenibles, las medidas de reforma, el desarrollo de infraestructuras, las condiciones de inversión favorables y la eficiencia energética;
112. Pide un diálogo especial en materia energética con los países de la región del Mar Caspio, y acoge con satisfacción el trabajo relativo a una corporación para el desarrollo de la región del Mar Caspio; pide a la Comisión que siga trabajando en el refuerzo de las relaciones de la Unión con Azerbaiyán y Turkmenistán;
113. Insiste en que las prioridades de la UE en materia de política energética exterior deben reflejarse de forma adecuada en los instrumentos financieros externos después de 2013;
114. Subraya la importancia de la cooperación dentro de la plataforma de seguridad energética de la Asociación Oriental para poder fomentar la introducción de las normas europeas en la política energética y en las normativas, y para apoyar el desarrollo de la infraestructura y las interconexiones, la eficiencia energética y el uso de fuentes renovables; acoge con satisfacción la iniciativa de la Asociación Europea Oriental para la Eficiencia Energética y el Medio Ambiente (E5P), y confía en que otros países de la Asociación Oriental se sumen pronto a Ucrania para participar en dicha iniciativa;
115. Recuerda las recientes tensiones en el este del Mediterráneo por la existencia de hidrocarburos; pone de relieve que la energía debe utilizarse como medio para fomentar la paz, la cooperación y la estabilidad de la región;
o o o
116. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.