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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2012/0130(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0358/2012

Textos presentados :

A7-0358/2012

Debates :

Votaciones :

PV 20/11/2012 - 6.5
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P7_TA(2012)0416

Textos aprobados
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Martes 20 de noviembre de 2012 - Estrasburgo
Posibilidades de pesca y contrapartida financiera establecida en el Acuerdo CE-Dinamarca/Groenlandia de colaboración en materia de pesca ***
P7_TA(2012)0416A7-0358/2012

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 20 de noviembre de 2012, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera establecida en el Acuerdo de colaboración en materia de pesca entre la Comunidad Europea, por una parte, y el Gobierno de Dinamarca y el Gobierno Autónomo de Groenlandia, por otra (11119/2012 – C7-0299/2012 – 2012/0130(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

–  Visto el proyecto de Decisión del Consejo (11119/2012),

–  Visto el Proyecto de Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera establecida en el Acuerdo de colaboración en materia de pesca entre la Comunidad Europea, por una parte, y el Gobierno de Dinamarca y el Gobierno Autónomo de Groenlandia, por otra (11116/2012),

–  Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 43, apartado 2, así como con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C7-0299/2012),

–  Vistos el artículo 81 y el artículo 90, apartado 7, de su Reglamento,

–  Vistas la recomendación de la Comisión de Pesca y las opiniones de la Comisión de Desarrollo y de la Comisión de Presupuestos (A7-0358/2012),

1.  Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;

2.  Pide a la Comisión que le transmita las conclusiones de las reuniones y los trabajos de la Comisión Mixta prevista en el artículo 10 del Acuerdo de colaboración en materia de pesca; pide que los representantes del Parlamento puedan participar como observadores en las reuniones y trabajos de la Comisión Mixta; pide a la Comisión que presente al Parlamento y al Consejo durante el último año de aplicación del Protocolo y antes del inicio de negociaciones para la renovación del Acuerdo, un informe sobre su aplicación;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y del Gobierno Autónomo de Groenlandia.

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