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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2011/0361(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0221/2012

Textos presentados :

A7-0221/2012

Debates :

PV 15/01/2013 - 15
CRE 15/01/2013 - 15

Votaciones :

PV 16/01/2013 - 8.5
CRE 16/01/2013 - 8.5
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P7_TA(2013)0012

Textos aprobados
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Miércoles 16 de enero de 2013 - Estrasburgo
Agencias de calificación crediticia ***I
P7_TA(2013)0012A7-0221/2012
Resolución
 Texto

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 16 de enero de 2013, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 1060/2009 sobre las agencias de calificación crediticia (COM(2011)0747 – C7-0420/2011 – 2011/0361(COD))

(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2011)0747),

–  Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7-0420/2011),

–  Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el dictamen motivado presentado por el Riksdag (Parlamento sueco), de conformidad con lo dispuesto en el Protocolo (n° 2) sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, en el que se afirma que el proyecto de acto legislativo no respeta el principio de subsidiariedad,

–  Visto el dictamen del Banco Central Europeo, de 2 de abril de 2012(1),

–  Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 29 de marzo de 2012(2),

–  Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 5 de diciembre de 2012, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 55 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y la opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A7-0221/2012),

1.  Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;

2.  Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

(1) DO C 167 de 13.6.2012, p. 2.
(2) DO C 181 de 21.6.2012, p. 68.


Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 16 de enero de 2013 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) n° …/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 1060/2009 sobre las agencias de calificación crediticia
P7_TC1-COD(2011)0361

(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, EL Reglamento (UE) n° 462/2013.)

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