Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de enero de 2013, sobre el papel de la política de cohesión de la UE y sus actores en la aplicación de la nueva política energética europea (2012/2099(INI))
El Parlamento Europeo,
– Visto el artículo 194 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de noviembre de 2010, titulada «Energía 2010 – Estrategia para una energía competitiva, sostenible y segura» (COM(2010)0639),
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 15 de diciembre de 2011, titulada «Hoja de Ruta de la Energía para 2050» (COM(2011)0885),
– Vista la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la eficiencia energética y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE (COM(2011)0370),
– Visto el artículo 48 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Desarrollo Regional y la opinión de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A7-0437/2012),
A. Considerando que los objetivos comunes de la política energética europea son la seguridad del abastecimiento, la sostenibilidad y la competitividad;
B. Considerando que la política energética europea también debe garantizar la seguridad de los recursos energéticos, la diversificación de los aprovisionamientos y unos precios asequibles para los usuarios finales;
C. Considerando que el objetivo primordial de la política de cohesión de la UE es la cohesión económica, social y territorial de las regiones de Europa mediante la inversión en crecimiento y empleo;
D. Considerando que la inversión con cargo a la política de cohesión en el ámbito de la energía debe contribuir a la realización de los objetivos de ambas políticas;
E. Considerando que estas políticas deben promover el crecimiento y la creación local de empleo en todas las regiones, a la vez que garantizan fuentes de energía sostenibles y garantizan la seguridad del suministro energético en toda la UE;
F. Considerando que los mercados energéticos de la Unión Europea sobrepasan cada vez más las fronteras nacionales y que esta tendencia se acentuará considerablemente en el próximo período;
G. Considerando que, con arreglo a la propuesta original de la Comisión, al menos el 80 % de los recursos del FEDER en las regiones más desarrolladas y el 50 % en las menos desarrolladas debe destinarse a una «economía baja en emisiones de carbono»;
H. Considerando que, en este ámbito, se debe asignar un mínimo de un 20 % y un 6 % respectivamente a la eficiencia energética y a las energías renovables, lo que representa una financiación significativa;
I. Considerando que el precio de la energía se ha incrementado considerablemente en los últimos años y que ha alcanzado máximos históricos, poniendo en grandes dificultades a la industria europea;
J. Considerando que la cantidad mínima para un proyecto subvencionable ELENA es de 50 millones de euros y que, para el programa «Energía Inteligente», el mínimo supera los 6 millones de euros, una cantidad superior al coste de muchos proyectos en las comunidades pequeñas y rurales;
K. Considerando que la Hoja de Ruta de la Energía para 2050 considera que las energías renovables desempeñan un papel fundamental en la futura política energética;
Enfoque general
1. Acoge con satisfacción el enfoque general de vincular la política de cohesión a los objetivos y las iniciativas emblemáticas de Europa 2020, con el fin de avanzar hacia un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo y apoyar el cambio hacia una economía baja en emisiones de carbono y económicamente eficiente en todos los sectores; recuerda, además, la importancia de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión para alcanzar estos objetivos a corto y largo plazo, de acuerdo con el espíritu de solidaridad entre Estados miembros consagrado en el Tratado de Lisboa, así como para luchar contra la pobreza energética en las regiones menos desarrolladas de la UE y en los hogares más vulnerables;
2. Destaca, dado que la crisis ha tenido como efecto negativo un aumento de las disparidades locales y regionales de Europa, la necesidad de que la UE apoye la cohesión económica, social y territorial;
3. Considera que los proyectos energéticos europeos podrían contribuir al desarrollo regional y a reforzar la cooperación transfronteriza, ayudando a las regiones a aumentar su capacidad para gestionar los recursos energéticos; considera que la inversión en fuentes de energía de bajas emisiones y renovables y eficiencia energética puede traducirse en un apoyo al crecimiento y el empleo regional;
4. Hace hincapié en la necesidad de distinguir entre los objetivos de la política de cohesión, que contribuyen a la Estrategia Europa 2020, por una parte, y los objetivos globales de la política energética de la UE, por otra, que también afectan a los países que pueden beneficiarse del Fondo de Cohesión; hace hincapié en que el Fondo de Cohesión solo puede utilizarse como una fuente adicional de financiación para los proyectos de energía, si el proyecto en cuestión contribuye a los objetivos de la política de cohesión;
5. Considera que las regiones de Europa deben fomentar un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo que tenga en cuenta las especificidades y las condiciones locales, permitiéndoles disponer de la flexibilidad suficiente para centrarse en aquellas fuentes de energía sostenible que resulten más idóneas para las condiciones y los recursos locales y regionales, a fin de alcanzar los objetivos de Europa 2020, y que la UE debe comenzar a medir y ejecutar los objetivos de política energética europea a escala de la UE;
6. Recomienda que se tenga en cuenta el hecho de que los mercados europeos energéticos están organizados en grupos regionales y considera, además, que sería necesario prestar una mayor atención a las especificidades de los mercados nacionales y regionales a fin de asegurar una aplicación adecuada de la legislación;
7. Considera que la Unión Europea debe actuar lo antes posible a fin de asegurar su futuro energético y proteger sus intereses en esta materia y, para ello, es necesario ejercer una presión adicional sobre los representantes locales y regionales para que respeten las directrices establecidas por la UE; considera que al mismo tiempo debe ofrecérseles ayuda financiera sustancial para la elaboración de proyectos;
8. Recalca que los incrementos previstos en los precios de la energía podrían colocar en una situación particularmente desventajosa a los ciudadanos de las regiones menos desarrolladas de la UE; pide, por consiguiente, que se examine tal asunto en el marco de la planificación de la política de cohesión y que los Estados miembros tomen medidas adicionales para reducir los efectos, en especial, sobre los consumidores protegidos;
Desarrollo de capacidades
9. Destaca que los objetivos energéticos y climáticos actuales, así como cualquier futuro objetivo energético a partir de 2020, deben basarse en un reparto justo de cargas entre las regiones europeas y ofrecerles la posibilidad de desarrollo futuro que se necesita;
10. Hace hincapié en que la burocracia y la falta de claridad en los procedimientos dificultan el acceso a los Fondos Estructurales y al Fondo de Cohesión y desaniman a las partes más necesitadas de financiación de solicitarla; apoya, por tanto, la simplificación de las normas y procedimientos, la desburocratización y una mayor flexibilidad en la asignación de dichos fondos tanto a escala de la UE como nacional; considera que esta simplificación contribuirá a asignar eficazmente los fondos, aumentar el índice de absorción, reducir el número de errores y acortar los plazos de pago, y a hacer que las regiones y los Estados miembros más pobres puedan beneficiarse plenamente de los instrumentos financieros a fin de reducir las diferencias regionales e interestatales; opina que ha de encontrarse el equilibrio entre la simplificación y la estabilidad de las normas y los procedimientos;
11. Destaca la importancia de incrementar la capacidad administrativa de los Estados miembros y a escala regional y local, así como entre las partes interesadas, pero sin aumentar la carga administrativa, a fin de hacer un uso pleno y eficaz de la financiación que la política de cohesión asignará a los proyectos energéticos (incluidos los sectores de la eficiencia energética y de la energía renovable) para superar los obstáculos al establecimiento de sinergias reales entre los Fondos Estructurales y otros fondos y apoyar un proceso eficaz de elaboración y ejecución de las políticas; pide a los Estados miembros que redoblen sus esfuerzos para atraer y retener a un personal cualificado para la gestión de los fondos de la UE;
12. Señala, con respecto a los proyectos energéticos a gran escala, los posibles déficits de capacidad de las diferentes autoridades regionales y locales, que podrían dificultar en gran medida su ejecución; considera, por consiguiente, que conviene reforzar las iniciativas Jessica, ELENA y el programa IEE-MLEI, así como revisar antes de 2018, y ajustar según sea necesario y a más tardar, todas las asignaciones de financiación para las concentraciones temáticas de una economía de bajas emisiones en el seno de la política de cohesión a la luz de sus respectivas tasas de absorción dentro del marco de la revisión general prospectiva del MFP;
13. Acoge con satisfacción la puesta en marcha de la iniciativa Cooperación de Innovación Europea «Ciudades y Comunidades Inteligentes» y pide a los socios que participan en los procesos de planificación de un desarrollo urbano sostenible que se esfuercen más en promover y aprovechar mejor los beneficios que las iniciativas Jessica y ELENA pueden ofrecer para las inversiones en energía sostenible a escala local, con vistas a ayudar a ciudades y regiones a poner en marcha proyectos de inversión viables en los ámbitos de la eficiencia energética, las fuentes de energía renovables y el transporte urbano sostenible;
14. Resalta la importancia de revisar regularmente la asignación de fondos de cohesión a proyectos de energía para incrementar la tasa de absorción y canalizar los fondos hacia programas que tengan un historial contrastado de absorción, valor añadido y eficacia;
15. Destaca, al tiempo que expresa su apoyo a los nuevos instrumentos financieros (préstamos, garantías de préstamos y capital), que estos deben ser un complemento de las ayudas directas y la cofinanciación de proyectos energéticos y no un sustituto de las mismas;
16. Llama la atención de los Estados miembros y de la Comisión sobre el hecho de que los pueblos, en particular los de pequeñas o medianas dimensiones, y las comunidades rurales, deben ser elegibles para la ayuda directa de financiación de los proyectos de eficiencia energética y modernización inmobiliaria, así como de proyectos transregionales y transfronterizos, pues es probable que no posean la capacidad administrativa necesaria para utilizar plenamente otros instrumentos financieros; propone a la Comisión, en este contexto, la necesidad de elaborar una estrategia sobre la eficiencia energética para las comunidades de dimensiones reducidas;
17. Cree que se deben apoyar las iniciativas que respalden a las capacidades locales y regionales para que se ocupen de los ahorros energéticos, entre otros mediante inversiones del FEDER y el FSE;
18. Pide a la Comisión que establezca un programa de cooperación a escala de la UE basado en la experiencia con el programa de hermanamiento con el fin de mejorar la cooperación entre las regiones con índices de absorción elevados y las regiones con índices de absorción reducidos de fondos de la UE, así como de facilitar la difusión de las mejores prácticas;
Acuerdos de asociación
19. Indica que, con vistas a la ejecución adecuada de los proyectos, conviene consultar a las autoridades regionales y locales sobre los acuerdos de asociación para darles una verdadera oportunidad de influir en sus objetivos, su nivel de gasto y su ejecución; pide, por tanto, que se refuerce este principio de asociación;
20. Apoya, por lo tanto, un enfoque descentralizado de gobernanza en múltiples niveles en relación con la política energética y la eficiencia energética, incluido el Pacto entre Alcaldes y el desarrollo de la iniciativa «Ciudades Inteligentes», así como la promoción de mejores soluciones a escala regional y local mediante campañas de información;
21. Señala que los mecanismos de financiación de la política de cohesión deben asegurar que se tengan plenamente en cuenta las diferentes características sociales y territoriales de las regiones; destaca, al respecto, el papel de las regiones situadas en las fronteras exteriores de la Unión Europea;
22. Considera que, si bien en el Reglamento de Disposiciones Comunes se consagran los principios generales de asignación de créditos y otros objetivos temáticos, esas medidas deben aplicarse con flexibilidad en el seno de los acuerdos de asociación para que los Estados miembros y sus regiones puedan seguir la vía más eficaz para conseguir las metas de Europa 2020 y los objetivos de la política de cohesión;
23. Indica expresamente la necesidad de aplicar criterios amplios de evaluación de los proyectos energéticos presentados para financiación en el ámbito de la política de cohesión; observa, en especial, que las diferentes condiciones geográficas conllevan que no se pueda aplicar una política energética válida para todas las regiones;
Ejecución y sugerencias políticas
24. Toma nota de que, si bien los Estados miembros están modificando sus combinaciones de energía con arreglo a los objetivos climáticos de la UE, muchas regiones dependen aún de los combustibles fósiles; considera, por consiguiente, que debe alentarse a todas estas regiones a que utilicen fuentes de energía compatibles con los objetivos de un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo;
25. Hace hincapié en la necesidad de seleccionar cuidadosamente las fuentes locales de generación de energía, de tal manera que se garantice la mejor integración posible con el paisaje de la región;
26. Considera que son necesarias unas normas coherentes a escala europea junto con un mecanismo que permita a las autoridades acceder a la información de toda la Unión y comprender plenamente la evolución del mercado energético;
27. Considera que la política de cohesión puede desempeñar un papel esencial en la explotación del potencial de innovación, investigación y desarrollo, de modo que los futuros retos en materia energética puedan transformarse en oportunidades que revigoricen el poder económico de la Unión;
28. Respalda la utilización de los fondos de cohesión y de política energética para la ejecución de proyectos transfronterizos con terceros países socios y para conectar las redes nacionales; destaca que las regiones fronterizas deben incorporarse en la mayor medida posible al sistema de la UE para asegurar un desarrollo sostenible a ambos lados de las fronteras; destaca que esa financiación debe condicionarse a la observancia de las normas del mercado de la energía de la UE, incluido el tercer paquete energético;
29. Acoge con agrado la nueva propuesta relativa al Mecanismo «Conectar Europa» como un instrumento adicional y complementario a la política de cohesión para abordar la gran necesidad de inversión destinada a modernizar y ampliar las infraestructuras energéticas de Europa, contribuyendo de este modo a los objetivos de la Estrategia Europa 2020; insta a la Comisión a que maximice la coordinación entre los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión, por una parte, y el Mecanismo «Conectar Europa», por otra;
30. Alienta la aplicación de estrategias transfronterizas eficaces de producción, distribución y utilización de la energía, en el marco del objetivo de «cooperación territorial europea» y del Mecanismo «Conectar Europa». Destaca la importancia de adaptar las normas europeas por las que se rigen los gestores de infraestructuras energéticas al contexto transfronterizo;
31. Considera que los fondos de la política de cohesión deben estar disponibles para ofrecer información a las autoridades locales y regionales, las PYME y los particulares sobre los sistemas nacionales de energías renovables de un modo estructurado; indica que ello es necesario, en particular, en aquellos Estados miembros en que se ha adoptado un sistema de «certificado de origen», que podría favorecer solo a los proyectos energéticos a gran escala;
32. Pide que se aprovechen plenamente las sinergias entre fondos públicos y privados en la financiación de proyectos energéticos;
33. Apoya la revisión de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido para permitir la aplicación de un tipo reducido del IVA a los proyectos regionales, locales y transfronterizos que tengan por objeto mejorar la eficiencia energética y la compra de productos con la más elevada categoría de eficiencia energética con arreglo a la Directiva 2010/30/UE;
34. Considera que la exclusión del FEDER y del Fondo de Cohesión de proyectos para la reducción de gases de efecto invernadero debe limitarse a los dirigidos a las instalaciones que figuran en el Anexo 1 de la Directiva 2003/87/CE con el fin de no producir un efecto desproporcionado en las regiones menos desarrolladas y retrasar su conversión en regiones con bajas emisiones; pide a la Comisión que aclare y defina mejor qué sectores energéticos no serían beneficiarios de financiación con cargo a la política de cohesión y que suprima tal exclusión para los proyectos ubicados en las regiones de convergencia;
35. Indica que las centrales de calefacción urbana y cogeneración se encuentran muy presentes especialmente en Europa central y oriental; cree que la modernización de estas centrales y de su red de distribución y, cuando sea necesario, la creación de nuevas centrales de gran eficiencia, pueden tener un impacto medioambiental positivo y, por lo tanto, la política de cohesión debe procurar su fomento y apoyo;
Eficiencia energética, energías renovables e infraestructura
36. Está de acuerdo en que la eficiencia energética es vital para la consecución de los objetivos energéticos de la UE y debe promoverse sobre todo dentro de la estructura de concentración temática y de los programas operativos; considera que las medidas de la UE deben apoyar la eficiencia energética en las fases de producción, distribución y consumo de energía;
37. Considera que es de vital importancia que se realicen inversiones en eficiencia energética y en el uso de energías renovables, en especial en el sector de la vivienda;
38. Considera que un uso inteligente de los fondos de la Unión para el próximo período de programación 2014-2020 permitirá alcanzar la meta del 20 % en lo relativo a eficiencia energética e implícitamente los objetivos sobre sostenibilidad y competitividad en la Unión Europea; subraya que la disminución del consumo mediante la eficiencia energética es la forma más sostenible de reducir la dependencia de los combustibles fósiles y generará una reducción de aproximadamente el 25 % de las importaciones;
39. Subraya la importancia de la política de cohesión, y de los recursos financieros asignados a ella, para el pleno desarrollo de la infraestructura de almacenamiento y distribución de energía y de las redes (haciendo referencia especialmente a las redes y a la distribución inteligentes) entre los Estados miembros y todas las regiones de la UE, en particular las regiones ultraperiféricas, para la realización y el funcionamiento del mercado interior de la energía, para la prestación de un suministro de energía asequible, seguro y sostenible y para alcanzar el objetivo de convergencia entre las regiones de la UE, teniendo en cuenta las necesidades de los ciudadanos europeos en cada Estado miembro; subraya que ninguna región de los Estados miembros debe quedar aislada de las redes europeas de gas y electricidad después de 2015 o carecer de una conexión adecuada a las redes de energía;
40. Destaca la necesidad de desarrollar un sistema energético integrado e interconectado, así como redes inteligentes locales y regionales de transporte y distribución de gas y electricidad e instalaciones de almacenamiento; considera que la concentración temática de la energía debe apoyar la creación y renovación de las redes para las fuentes de energía renovables, esto es, la producción sostenible de biogás;
41. Observa que la política de cohesión debe contribuir a un equilibrio de flujos energéticos a través de las fronteras de los Estados miembros con el fin de evitar posibles amenazas de cortes bruscos de la energía eléctrica (por medio, por ejemplo, de transformadores);
42. Señala la necesidad de la eficiencia energética y el desarrollo de las energías renovables en las zonas rurales; destaca el creciente potencial de ahorro energético en los hogares rurales, que podría requerir mecanismos innovadores de financiación porque estas comunidades no disponen de las instituciones financieras necesarias con la capacidad para respaldar proyectos de este tipo; apoya las medidas que facilitan el acceso a las nuevas tecnologías en las zonas rurales, en particular en materia de microgeneración;
43. Pide a la Comisión que garantice que la política energética sea «a prueba del entorno rural», afrontando de un modo más global y coordinado los retos y las oportunidades a los que se enfrentan las zonas rurales en cuanto al uso y a la producción de energía;
44. Hace hincapié en que existe todavía un potencial de eficiencia energética sin explotar en los sectores de la construcción y del transporte, donde las inversiones en aislamiento de edificios y la eficiencia energética del transporte público representan una oportunidad para aumentar el empleo en los respectivos sectores; considera que es necesario fijar objetivos plurianuales en esta materia;
45. Toma nota de las diferencias en la utilización sostenible de los recursos en los distintos Estados miembros; insiste en la economía de escala, posible gracias a la cooperación transfronteriza en materia de utilización sostenible de los recursos y de eficiencia energética; considera que conviene reforzar las medidas de apoyo a la utilización eficiente de los recursos y al reciclaje de materiales; subraya el riesgo de las fugas de carbono y su impacto en el desarrollo regional y la cohesión social y, por tanto, cree que se debe crear un equilibrio entre la ejecución de nuestros objetivos climáticos y la seguridad energética de las regiones de Europa, necesario para un crecimiento sostenible y competitivo;
46. Subraya el importante beneficio derivado de usar los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión en la realización de redes de comunicación e información necesarias para desarrollar una red europea de energía segura, sólida e inteligente;
Competitividad, empleo y lucha contra la pobreza energética
47. Subraya que las inversiones en infraestructura energética y la eficiencia energética en la construcción y el transporte tienen un impacto directo sobre la creación de nuevos empleos;
48. Insta al intercambio de buenas prácticas a escala de la UE a fin de supervisar el impacto de las políticas energéticas adoptadas ante la aparición del fenómeno de la pobreza energética;
49. Subraya la necesidad de abordar la fragmentación del mercado de la energía de la UE eliminando las barreras y los obstáculos en los marcos legislativos pertinentes, así como en el sistema de acceso a los fondos públicos y privados para el desarrollo y la ejecución de proyectos;
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50. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y al Comité de las Regiones.