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Procedimiento : 2012/2302(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0248/2013

Textos presentados :

A7-0248/2013

Debates :

PV 12/09/2013 - 11
CRE 12/09/2013 - 11

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PV 12/09/2013 - 13.1
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Textos aprobados :

P7_TA(2013)0368

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Jueves 12 de septiembre de 2013 - Estrasburgo
Fomento de los sectores europeos de la cultura y la creación como fuentes de crecimiento económico y empleo
P7_TA(2013)0368A7-0248/2013

Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de septiembre de 2013, sobre el fomento de los sectores europeos de la cultura y la creación como fuentes de crecimiento económico y empleo (2012/2302(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 167 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vista la Convención de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) de 20 de octubre de 2005 sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales (en lo sucesivo, «Convención de la UNESCO sobre la diversidad cultural»),

–  Vista la Decisión del Consejo nº 2006/515/CE, de 18 de mayo de 2006, relativa a la celebración de la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales(1),

–  Vistas las conclusiones del Consejo de los días 13 y 14 de noviembre de 2006 y 24 y 25 de mayo de 2007(2), en particular, en lo que se refiere a la contribución de los sectores cultural y creativo a la consecución de los objetivos de Lisboa, así como la Resolución del Consejo, de 16 de noviembre de 2007, relativa a una Agenda Europea para la Cultura(3),

–  Vista la Decisión n° 1855/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por la que se establece el programa Cultura (2007-2013)(4),

–  Vista la Decisión 1718/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de noviembre de 2006, relativa a la aplicación de un programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007)(5),

–  Vista su Resolución, de 10 de abril de 2008, sobre una Agenda Europea para la Cultura en un Mundo en vías de Globalización(6),

–  Vista su Resolución, de 7 de junio de 2007, sobre el estatuto social de los artistas(7),

–  Vista su Resolución, de 10 de abril de 2008, sobre las industrias culturales en Europa(8),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 12 de mayo de 2009, sobre la cultura como catalizador de la creatividad y la innovación(9),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 19 de octubre de 2009, titulada «Los derechos de autor en la economía del conocimiento» (COM(2009)0532),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de marzo de 2010, titulada «Europa 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2010)2020),

–  Véase el Libro Verde de la Comisión, de 27 de abril de 2010, titulado «Liberar el potencial de las industrias culturales y creativas» (COM(2010)0183),

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 30 de junio de 2010, titulada «Europa, primer destino turístico del mundo: un nuevo marco político para el turismo europeo» (COM(2010)0352),

–  Vista su Resolución, de 12 de mayo de 2011, sobre las dimensiones culturales de las acciones exteriores de la UE(10),

–  Vista su Resolución, de 12 de mayo de 2011, sobre «Liberar el potencial de las industrias culturales y creativas»(11),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo de 10 de diciembre de 2012 sobre «Una industria europea más fuerte para el crecimiento y la recuperación económica - Actualización de la Comunicación sobre política industrial»(12),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de diciembre de 2012, sobre el contenido en el mercado único digital (COM(2012)0789),

–  Visto el documento de trabajo de la Comisión, de 26 de septiembre de 2012, titulado «Competitiveness of the European high-end industries» (La competitividad de la industria europea de gama alta) (SWD(2012)0286),

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 26 de septiembre de 2012, titulada «Promover los sectores de la cultura y la creación para el crecimiento y el empleo en la UE» (COM(2012)0537),

–  Visto el dictamen del Comité de las Regiones de 30 de mayo de 2013(13),

–  Visto el artículo 48 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Transportes y Turismo, y la opinión de la Comisión de Desarrollo Regional (A7-0248/2013),

A.  Considerando que los sectores de la cultura y la creación (SCC), al favorecer la difusión de la innovación en otros sectores, desempeñan un papel importante en el desarrollo económico y social de la Unión (en el primer caso, teniendo particularmente en cuenta las PYME) y entran de lleno en la estrategia Europa 2020 para una economía inteligente, sostenible e integradora;

B.  Considerando que los SCC contribuyen significativamente a la promoción de la cohesión social, la creatividad y la diversidad lingüística y cultural de la Unión;

C.  Considerando que en estos años de crisis económica, el sector cultural es el que menos se ha resentido, demostrando ser un ámbito estratégico para el desarrollo de la sociedad;

D.  Considerando que los SCC deben reconocerse tanto por su valor cultural intrínseco como por su importante contribución al bienestar de los ciudadanos, a la integración y la cohesión sociales y a la economía de la UE en términos de crecimiento y de empleo, así como por su repercusión en el sector del turismo;

E.  Considerando que la producción cultural y creativa europea tiene importantes consecuencias económicas en numerosos sectores, como el turismo, el comercio minorista, las tecnologías digitales, etc.;

F.  Considerando que los SCC engloban actividades creativas y servicios de una gran diversidad, con peculiaridades propias en términos de modelos de financiación y desarrollo; que, por consiguiente, es importante tener en cuenta esa diversidad al elaborar estrategias de apoyo o cooperación, en especial, a escala internacional;

G.  Considerando que los festivales que se celebran en Europa constituyen una oportunidad para la promoción la producción cultural europea y la creación de valor cultural, social, económico y turístico a nivel territorial;

H.  Considerando que los sectores de la cultura y la creación están constituidos en su mayor parte por pequeñas y medianas empresas que son la base de la economía de la Unión Europea;

I.  Considerando que la Comisión Europea reconoció en su documento de trabajo de 26 de septiembre de 2012(14) la importancia del sector económico cultural y creativo de gama alta (moda, joyas, relojes, perfumería y cosmética, accesorios, marroquinería, mobiliario y elementos de decoración, equipos domésticos, gastronomía, vinos y bebidas espirituosas, automóviles, embarcaciones, hoteles y actividades de ocio, comercio minorista y casas de subastas, y el sector editorial), y considerando que las empresas de gama alta pueden servir de motor para todos los SCC;

J.  Considerando que la consolidación del estatuto de los trabajadores de los SCC contribuye a la estructuración, la viabilidad y la credibilidad de la actividad económica, así como a la consolidación del empleo;

K.  Considerando que la movilidad es una característica importante de los SCC, pero que esta tropieza con numerosos obstáculos que varían dependiendo de los países y regiones y que son consecuencia, en particular, de las dificultades para obtener visados, de la falta de un estatuto de los artistas y de las condiciones específicas y variadas de la producción artística;

L.  Considerando que el actual proyecto piloto sobre «Economía de la diversidad cultural» debería aportar una descripción de los retos y soluciones para los SCC;

M.  Considerando que es necesario velar por la educación artística y cultural de los ciudadanos de la Unión desde la infancia para que desarrollen su propia comprensión de las artes y la cultura, hagan oír su voz y potencien su sensibilización con respecto a la gran diversidad de culturas presentes en Europa, fomentando de este modo su propia creatividad y expresión, así como la diversidad cultural;

N.  Considerando la necesidad de reforzar la cooperación entre los organismos de formación y las empresas de los SCC con objeto de tener en cuenta la evolución del empleo y las necesidades de competencias concretas, fomentando el intercambio de información y la creación de capacidades mixtas;

O.  Considerando que la diversidad y la riqueza de los sectores de la cultura y la creación en Europa son manifiestamente más elevadas que en otras zonas del mundo y que deben aprovecharse para potenciar el crecimiento;

P.  Considerando que la transición a la era digital es una oportunidad para los SCC, al surgir nuevas necesidades y servicios que conllevan el desarrollo de nuevos modelos económicos;

Q.  Considerando que el desarrollo de nuevos modelos económicos de acceso a las obras culturales en línea está en plena expansión y debe ser estimulado con un marco jurídico estable que promueva la inversión en los SCC;

R.  Considerando que es esencial garantizar a los SCC el acceso a modos de financiación estables y adaptados a sus necesidades para garantizar su desarrollo futuro;

S.  Considerando que los SCC son un componente importante de las estrategias de desarrollo territorial a escala local y regional para alcanzar objetivos de cohesión social y crecimiento económico;

Las condiciones necesarias para el desarrollo de los sectores de la cultura y la creación

1.  Recuerda que los SCC logran buenos resultados económicos, son importantes agentes de cohesión social, siguen creando puestos de trabajo, sobre todo entre los jóvenes, y liberan un alto potencial de innovación a pesar de las dificultades que afrontan actualmente las economías en relación con las exigencias de disciplina presupuestaria de la Unión;

2.  Insiste en la necesidad de disponer de estadísticas recientes y fiables sobre los SCC, especialmente con respecto a su situación real, sus características específicas, en particular en términos de régimen jurídico, y su potencial en términos de generación de empleo y crecimiento y de sus repercusiones en otros sectores, para poder decidir en consecuencia las acciones políticas más pertinentes para garantizar una promoción eficaz de estos sectores; recomienda la creación de un observatorio o una base de datos sobre los SCC;

3.  Pide a la Comisión que continúe desarrollando estudios y recopilando datos sobre el papel económico y social de los SCC, especialmente como componente fundamental de diversos sectores económicos;

4.  Lamenta que las medidas propuestas por la Comisión en su Comunicación sobre los SCC(15) solo tengan un horizonte y un alcance limitados; subraya la necesidad de considerar las perspectivas de estos sectores a largo plazo y de trazar un programa de medidas estructuradas y concretas con el fin de alinearse con la Estrategia Europa 2020; recuerda que es indispensable que la Unión, los Estados miembros y las entidades locales apoyen la creación cultural;

5.  Pide a la Comisión que convoque, partiendo de la plataforma sobre el potencial de los sectores cultural y creativo, un foro amplio que reúna a los agentes de estos sectores con objeto de proponer soluciones concretas y así asumir un papel activo en la elaboración de un programa político estructurado a medio y largo plazo;

6.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que insistan en el papel crucial desempeñado por los SCC en la innovación, con vistas a crear vínculos intersectoriales, producir efectos de aglomeración y agrupación y brindar nuevas oportunidades para la inversión y el empleo;

7.  Considera que es necesario apoyar la investigación orientada a la innovación a fin de expandirse a nuevos mercados gracias a una oferta de productos innovadores y creativos;

8.  Considera imprescindible apoyar y fomentar el establecimiento de sinergias con otros sectores para contribuir al crecimiento económico; destaca, en este sentido, el papel que desempeña el turismo cultural a través del conocimiento del patrimonio histórico y la asistencia a manifestaciones artísticas como festivales y otros eventos, y también los viajes relacionados con el aprendizaje de idiomas como fuente de riqueza;

9.  Hace hincapié en la heterogeneidad de los ecosistemas culturales y creativos, e insiste en la necesidad de subsanarla fomentando una identidad común mediante el estímulo de las coproducciones y la creación de espacios para el intercambio y diálogo común entre los distintos agentes de los SCC, a fin de crear nuevas articulaciones entre los agentes y hacer posible la transferencia de competencias y conocimientos con las demás ramas de la economía; destaca el hecho de que estas iniciativas deben permitir poner de manifiesto sus intereses comunes sin dejar de tener en cuenta su diversidad cultural, que debe reconocerse por su riqueza, inspiración y potencial de desarrollo que, en conjunto, ayudan a fomentar una identidad común europea;

10.  Subraya la importancia de favorecer el conocimiento mutuo y las transferencias de competencias y conocimientos indispensables para la colaboración entre empresas creativas mediante los polos de competitividad, las iniciativas de excelencia y la conexión en red, y crear así una cultura común de los SCC que estimule a los distintos sectores a cooperar para afrontar con mayor eficacia los nuevos retos económicos y sociales;

11.  Alienta a desarrollar las raíces locales y el intercambio de competencias entre sectores mediante la creación de plataformas empresariales, y a optimizar los intercambios con objeto de atraer inversores para que las diversas empresas culturales y creativas (microempresas, PYME, ONG e instituciones culturales) puedan seguir fomentando el crecimiento y creando puestos de trabajo;

12.  Señala que la mayor parte de empresas de los SCC son pequeñas y medianas empresas, por lo que subraya que son estas las que merecen en este contexto una ayuda especial;

13.  Insta a que se apoye y reconozca a escala de la Unión y de los Estados miembros la visibilidad de los SCC que conforman la «excepción cultural» de Europa.

14.  Resalta la heterogeneidad de las normativas relativas a los SCC y preconiza medidas de armonización de los reglamentos y las prácticas en la Unión;

Las condiciones laborales de los profesionales de los sectores de la cultura y la creación

15.  Reitera que es esencial garantizar un estatuto social a los profesionales de los SCC para que puedan beneficiarse de unas condiciones de trabajo satisfactorias y de medidas adecuadas en materia de régimen fiscal, derecho al trabajo, protección social y derechos de autor, a fin de mejorar su movilidad en el territorio europeo;

16.  Pide que se estudien medidas para una justa financiación y retribución de los artistas autónomos; insiste además en la necesidad de mejorar la coordinación entre los distintos sistemas de seguridad social europeos específicos para ellos dada su gran movilidad;

17.  Pide a los Estados miembros que adapten los sistemas de seguridad social a los sectores laborales creativos, especialmente en el ámbito digital, teniendo debidamente en cuenta que las personas que se dedican a profesiones creativas a menudo deben fluctuar entre el empleo por cuenta ajena y por cuenta propia, o incluso ejercer ambos tipos de empleo al mismo tiempo;

18.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que permitan a las personas que se dedican a la creación acceder en condiciones asequibles a un seguro médico y a un seguro de desempleo (voluntario), así como a un seguro de jubilación profesional o privado para autónomos;

19.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan normas mínimas en materia social y convenios colectivos en los SCC, entre otras formas, fomentando el respeto por dichas normas en las subvenciones públicas;

Educación y formación

20.  Hace hincapié en la necesidad de que los Estados miembros mejoren sus sistemas de formación, de aprendizaje y de cualificación, de forma que los estudiantes de disciplinas culturales y artísticas puedan adquirir una formación completa y adaptada a las necesidades del mundo profesional actual, a fin de acercar el mundo empresarial y el de la enseñanza, y de velar por la aplicación eficaz en todos los Estados miembros; considera que ha de prestarse suficiente atención, en los cursos de formación del ámbito de la informática, a las posibilidades dentro del sector de los contenidos en línea (por ejemplo, los juegos);

21.  Considera que, como parte de la formación en disciplinas culturales, artísticas y creativas, también es necesario transmitir aquellas competencias que supongan una condición indispensable para la creación de una empresa en los SCC;

22.  Considera fundamental reforzar el atractivo y la imagen de las formaciones manuales, artísticas y culturales entre los estudiantes, los padres de alumnos y las instituciones, y aportar datos reales sobre las salidas y la creación de riqueza, en particular mediante la creación de un observatorio o una base de datos;

23.  Destaca la importancia de potenciar y preservar los oficios artesanales ligados a los diferentes SCC;

24.  Pide a la Comisión Europea que reconozca la especificidad de los oficios de excelencia, que constituyen auténticos viveros de empleo para Europa y descansan en los cuatro criterios comunes a todos los SCC de gama alta: la innovación y la creatividad; la excelencia y la estética; el buen hacer y la tecnología; y el aprendizaje permanente y el fomento de los conocimientos;

25.  Considera que es necesario reforzar los vínculos entre el sistema educativo (incluidas las universidades, respetando su independencia), los centros de investigación, los organismos de formación y las empresas de los SCC (incluidas las PYME), a fin de mejorar la competitividad de estos sectores generadores de empleo, crear más sinergias intersectoriales e interdisciplinarias integradoras, en particular, mediante la creación de una plataforma de intercambios, de alianzas para el conocimiento y para las competencias sectoriales y de asociaciones, reflexionar y actuar en términos de éxito colectivo, seguir incrementando el valor del capital humano de la Unión, garantizar un mejor conocimiento entre los agentes, identificar las competencias clave, comprender mejor la evolución de los oficios y los saberes, y fomentar el espíritu emprendedor;

26.  Alienta a la Comisión a que forje alianzas para el conocimiento entre la enseñanza superior y las empresas en el ámbito de los SCC;

27.  Alienta a la Comisión a que forje alianzas para las competencias sectoriales entre la educación y la formación profesionales y las empresas en el ámbito de los SCC;

28.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a avanzar hacia el reconocimiento mutuo de las especialidades, las cualificaciones profesionales y los títulos correspondientes a los estudios culturales y artísticos;

29.  Recuerda la importancia de apoyar el acceso a la alfabetización cultural y mediática y la educación desde una edad temprana y durante toda la vida con el fin de fomentar la creatividad y el desarrollo del talento y transmitir el interés por la cultura;

30.  Señala la necesidad urgente de fomentar la creatividad de los jóvenes creadores y la participación social en la creación de la cultura;

31.  Considera que la educación artística y cultural es necesaria para la igualdad de oportunidades, para la democratización de la cultura y para la cohesión social, como medio de expresión individual y colectiva, de diálogo y de comprensión mutua; destaca, no obstante, que permite a los alumnos crearse una cultura, desarrollando su práctica artística, conociendo artistas y obras y visitando espacios culturales;

32.  Pide a la Comisión y al Consejo que estudien la creación de un repertorio europeo de conocimientos especializados para su preservación y promoción; pide a los Estados miembros y a los agentes de los SCC que conciban cursos de formación sobre esos conocimientos especializados;

Financiación de los sectores de la cultura y la creación

33.  Considera que es esencial permitir y garantizar sistemas de financiación adecuados y aportar instrumentos eficaces de ejecución para los SCC, en particular, para las PYME; insiste en la necesidad de proseguir e intensificar las políticas públicas de apoyo a los SCC y hacer posible así el mantenimiento de una creación independiente y de calidad; pide a la Comisión y al Consejo que se doten de medios de evaluación de las producciones intangibles, en particular, mediante un observatorio o una base de datos, y que reflexionen sobre la constitución de un banco de inversión cultural;

34.  A este respecto, destaca asimismo nuevas posibilidades, como la financiación colectiva (crowdfunding) y las inversiones colectivas (crowd investment);

35.  Insta a los Estados miembros a que tengan en cuenta un apoyo y una financiación adecuados para los SCC en sus políticas económicas y sociales;

36.  Resalta la necesidad de mantener, también en períodos de crisis económica, la financiación europea a los SCC; pide expresamente al Parlamento que defienda un presupuesto de cultura ambicioso e importante; pide, a este respecto, al Consejo que no reduzca el presupuesto propuesto por la Comisión para el programa Europa Creativa;

37.  Recuerda la importancia de desarrollar servicios de consulta y asesoramiento en materia de financiación y gestión de empresas, para que las PYME y las microempresas puedan dominar las herramientas necesarias para una buena gestión empresarial y mejorar así la creación, la producción, la promoción y la distribución de bienes y servicios culturales;

38.  Aboga por que los Estados miembros y los profesionales correspondientes desarrollen las competencias de ingeniería de proyectos de los agentes de los sectores de la cultura y la creación mediante la formación de los profesionales o la implantación de estructuras competentes para facilitar el diseño de los planes de financiación;

39.  Acoge con satisfacción los instrumentos de crédito propuestos previstos en los programas Europa Creativa, COSME y Horizonte 2020, dado que dichos instrumentos ofrecen a los SCC oportunidades de financiación más diversificadas;

40.  Hace hincapié en la importancia de fomentar el conocimiento, dentro de las instituciones financieras, de las características específicas de los SCC a fin de mejorar el acceso de dichos sectores a las fuentes de financiación privadas;

41.  Solicita al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros que adopten las medidas necesarias y recomienden formas mixtas de financiación, como la colaboración público-privada, que estén sujetas a los criterios de transparencia y que no afecten a la necesaria financiación pública, desarrollen los sistemas de garantía de préstamo para las pequeñas estructuras y estudien formas alternativas de financiación, como la financiación colectiva;

42.  Insta a los Estados miembros a buscar medidas alternativas de financiación para los SCC, especialmente en tiempos de crisis; en este sentido, considera que el mecenazgo podría ser una alternativa válida;

43.  Considera que, para apoyar la creación en el sector audiovisual es indispensable la participación de los servicios audiovisuales en la financiación de las obras audiovisuales europeas, y que dicha participación debería reforzarse con una transposición precisa y cuantificada de la Directiva sobre los servicios de comunicación audiovisual(16);

44.  Insta al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros a que establezcan un marco normativo favorable, en particular, mediante la creación de un entorno empresarial propicio para las PYME dentro de los SCC, reduciendo sus cargas administrativas y normativas;

45.  Insta al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros a que avancen en la senda de la armonización fiscal y pongan remedio, en particular, a las disparidades fiscales existentes entre Estados miembros por lo que respecta a los productos culturales;

46.  Recuerda que en estos sectores hay una gran cantidad de pequeñas y medianas empresas y considera necesario que se establezca una fiscalidad adecuada a ellas para potenciar su crecimiento y evitar su desaparición;

47.  Recuerda que los Fondos Estructurales ofrecen oportunidades significativas en términos de financiación para la cultura, la creación y la innovación en la Unión, dado que las inversiones basadas en la cultura pueden recibir financiación con arreglo a los tres objetivos de la política de cohesión, a saber, la convergencia, la competitividad regional y el empleo;

48.  Lamenta que algunos Estados miembros hayan propuesto que en el próximo marco financiero plurianual se recorten 8 200 millones de euros de los fondos para el mecanismo «Conectar Europa», lo cual tendría un efecto negativo en la promoción del despliegue de la infraestructura de banda ancha y, en consecuencia, en el desarrollo de los modelos empresariales en línea en los SCC;

49.  Pide, por consiguiente, a los Estados miembros y a la Comisión que utilicen los instrumentos y programas existentes y futuros, como MEDIA o el mecanismo de garantía previsto en el marco del programa Europa Creativa, y que faciliten, a través de medidas concretas, el acceso de los actores de los SCC a la financiación a través de estos instrumentos, con especial atención al aprovechamiento máximo de la digitalización de las plataformas a fin de simplificar los procesos de presentación, evaluación y gestión y de reducir al mínimo la carga administrativa;

50.  Alienta a las instituciones de la UE a asegurar un nivel ambicioso para el nuevo capítulo de MEDIA en el marco financiero plurianual (2014-2020);

Las oportunidades y los retos de la digitalización, la globalización y el acceso a los mercados internacionales

51.  Considera que las herramientas y plataformas digitales y en línea ofrecen oportunidades sin precedentes para que los SCC desarrollen nuevos modelos empresariales, atraigan nuevos públicos y amplíen sus mercados tanto dentro de la Unión como en terceros países;

52.  Hace hincapié en que la existencia de veintisiete sistemas de gestión de derechos de propiedad intelectual diferentes constituye una carga especialmente pesada para los SCC de Europa, y que el actual sistema fragmentado requiere una reforma a fin de facilitar el acceso a los contenidos e incrementar su circulación (global), de tal forma que los artistas, los creadores, los consumidores, las empresas y el público destinatario puedan beneficiarse de los avances digitales, los nuevos canales de distribución, los nuevos modelos de empresas y otras oportunidades;

53.  Considera que en la era digital, un sistema moderno y equilibrado de protección de los derechos de propiedad intelectual que permita asegurar una remuneración apropiada a todas las categorías de titulares de derechos y garantizar a los consumidores el acceso fácil a diversos contenidos legales y una opción real en materia de diversidad lingüística y cultural es fundamental para la competitividad de los SCC;

54.  Destaca que la protección de los derechos de propiedad intelectual no debería suponer una amenaza a la neutralidad de Internet;

55.  Incide en el crecimiento exponencial de los servicios digitales innovadores de acceso a las obras culturales, e insiste en la necesidad de garantizar un ecosistema estable que aliente la inversión en los SCC, la creación de empleo en Europa y el fomento de modelos económicos innovadores;

56.  Pide, por lo tanto, a la Comisión que elabore un marco normativo en materia de derechos de propiedad intelectual adaptado a las características específicas de los diferentes sectores y que armonice y reforme el marco de derechos de autor a fin de mejorar el acceso a los contenidos y de reforzar la posición y la elección de los creadores, y alienta un mejor reparto de las responsabilidades a lo largo de toda la cadena de valor digital, teniendo debidamente en cuenta la competitividad de los SCC;

57.  Destaca, en este sentido, la importante función desempeñada por las entidades de gestión colectiva en términos de acceso al patrimonio cultural, para garantizar una aplicación efectiva de los derechos de propiedad intelectual y simplificar los trámites a los usuarios;

58.  Recuerda el potencial de los SCC en materia de cooperación internacional y exportación y el interés que reviste para la Unión el favorecer los intercambios entre los profesionales del sector, también con terceros países, y el atraer y desarrollar el talento creativo; recuerda la importante función desempeñada por los sectores de la cultura y la creación en la difusión de la cultura europea, su atractivo y su proyección;

59.  Resalta la necesidad de propiciar un reconocimiento mutuo de un estatuto de los artistas y de estudiar la concesión de facilidades a la movilidad y cómo hacer un uso óptimo de los programas de formación, creación de redes y libre circulación de los profesionales de los SCC y, en particular, los agentes culturales, los artistas y las obras;

60.  Considera indispensable que la Unión y sus Estados miembros mantengan la posibilidad de preservar y desarrollar su política cultural y audiovisual y lo hagan en el contexto de sus leyes, normas y acuerdos vigentes, incluida la Convención de la Unesco sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales; pide, por tanto, que en los acuerdos entre la Unión y terceros países se estipule claramente la exclusión de los servicios de contenidos culturales y audiovisuales, incluidos los servicios en línea; insiste, a este respecto, en la necesidad de excluir los sectores de la cultura y los medios audiovisuales del mandato para el Acuerdo de libre comercio entre la UE y los Estados Unidos, y recuerda que los bienes culturales y creativos no son mercancías como las demás;

61.  Destaca la necesidad de mantener, de conformidad con la Convención de la Unesco de 2005, la posibilidad de que la Unión y sus Estados miembros puedan concebir y desarrollar políticas a favor de la diversidad cultural acordes con la era digital;

62.  Destaca la necesidad de reforzar las políticas de digitalización de obras, a fin de favorecer el máximo acceso a las obras del patrimonio europeo;

63.  Subraya la importancia de una diplomacia cultural y de la necesidad de que la UE actúe como agente global para mejorar la competitividad global de sus SCC;

64.  Pide a la Comisión que proponga a los SCC herramientas adecuadas para hacer posible una exportación a los mercados internacionales en buenas condiciones;

65.  Pide que a través del Servicio Europeo de Acción Exterior se promocionen los SCC;

66.  Señala que la cultura tiene efectos indirectos en los demás sectores económicos; alienta, por tanto, a los SCC a que intensifiquen su colaboración con otros sectores, como las TIC y el turismo, a fin de hacer frente a los retos de la era digital, la globalización y el acceso a los mercados internacionales;

Desarrollo local y regional

67.  Hace hincapié en la importancia de las políticas territoriales de cultura y de creación, y, por lo tanto, en el papel central que desempeñan las autoridades locales, regionales y macrorregionales en la promoción y el apoyo a los SCC, tomando también en consideración la promoción de la cultura popular, a través de instrumentos adecuados y medios de financiación adaptados; acoge con satisfacción las iniciativas de las administraciones de desarrollar estructuras regionales de apoyo a las empresas del sector de la creación, también mediante proyectos con financiación europea;

68.  Destaca que los sectores de la cultura y la creación deben pasar a formar parte de las estrategias socioeconómicas nacionales y de la UE; recalca la necesidad de una mayor coordinación de diversas políticas, entre ellas las dedicadas a la industria, la educación y la innovación; el turismo; y el desarrollo regional, urbano y local y la ordenación territorial; alienta asimismo a las autoridades regionales y locales a que, en consonancia con el principio de subsidiariedad, incluyan los SCC en sus estrategias económicas a medio y largo plazo;

69.  Destaca la naturaleza intersectorial de los sectores de la cultura y la creación como una herramienta de comunicación atractiva y su importancia global no solo para la economía mundial sino también para el crecimiento sostenible, inteligente e integrador, la innovación, el emprendimiento, la cohesión social y el desarrollo social; hace hincapié en que encierran un valioso potencial local y regional de crecimiento al ofrecer nuevas oportunidades de mercado a los empresarios de los sectores de la cultura y la creación y, por consiguiente, empleo cultural;

70.  Expresa su convicción de que las diferentes competencias cubiertas por esos sectores, así como la interacción entre los creadores y las tecnologías, tienen con frecuencia raíces locales y que deben apoyarse mediante el establecimiento de plataformas, redes, conglomerados, incubadores empresariales y colaboraciones locales y regionales que fomenten las sinergias, ayuden a encontrar mecanismos para financiar la creatividad y la innovación y apoyen la gestión de las vacantes de empleo y las oportunidades de financiación;

71.  Recuerda la influencia de la cultura en la revitalización económica y social de las ciudades; insta a la Comisión Europea a que apoye el aprendizaje en equipo en las administraciones municipales, con el fin de favorecer un intercambio de buenas prácticas entre los responsables políticos locales;

72.  Considera que la modernización de las infraestructuras culturales puede contribuir a una revitalización urbana, con implicaciones sociales y económicas;

73.  Insta al aprovechamiento del potencial económico oculto en los sectores creativos, a fin de mejorar la calidad de vida de las ciudades y las regiones;

74.  Alienta las dinámicas territoriales a favor de una gobernanza local y regional de la cultura en la que participen todos los agentes (artistas, autoridades locales, representantes profesionales, etc.);

75.  Señala que los sectores de la cultura y la creación, como fuente de potencial en términos de más y mejores puestos de trabajo en las regiones, pueden contribuir a la integración social y territorial; teme que estos aspectos de los sectores de la cultura y la creación no se hayan analizado y apoyado lo suficiente; hace hincapié en que la recopilación de datos estadísticos en estos sectores es insatisfactoria en todos los niveles, en particular en los niveles local y regional; recalca que es preciso analizar las repercusiones de las TIC en los sectores de la cultura y la creación a fin de que estos se adapten al nuevo entorno tecnológico y se vinculen a desarrollos tecnológicos;

76.  Subraya que los SCC son una palanca importante para el crecimiento y el desarrollo a nivel local, regional y transfronterizo (entre Estados miembros), en particular, a través de la promoción del patrimonio, el turismo y los polos de excelencia, mediante el fomento de la capacidad de atracción de los territorios, prestando especial atención a aquellas regiones con elevado patrimonio cultural, la reestructuración del tejido socioeconómico, el surgimiento de nuevas actividades y la creación de empleo estable y sostenible; señala que esto sucede sobre todo en el ámbito del turismo, dado que las ciudades y regiones con un sector cultural sólido resultan especialmente atractivas para los viajeros;

77.  Destaca la importancia de los programas educativos en el estímulo de la creatividad desde la primera infancia y en la promoción de la educación artística y cultural fomentando el interés por el trabajo y los productos del sector creativo en los programas de la enseñanza primaria y secundaria; subraya que, dado que las autoridades locales y regionales son a menudo responsables de la educación preescolar y primaria, deben desempeñar un papel educativo y cultural importante en este proceso de abordar la cultura y la creatividad como una parte integral del desarrollo regional y urbano; hace hincapié en la importancia de la formación informal de adultos para el desarrollo de destrezas que les permitan adaptarse a un mercado laboral en continuo cambio.

78.  Pone de relieve que la financiación disponible en virtud del marco financiero plurianual, en concreto, a través del FSE y el FEDER, debe emplearse para contribuir a reforzar los sectores de la cultura y la creación, así como la capacidad administrativa e institucional a nivel local, regional y nacional para colaborar con ellos, potenciando así los beneficios económicos, sociales, educativos y culturales de esos sectores; indica que en las regiones ultraperiféricas el establecimiento y desarrollo de las industrias de la cultura y la creación resultan más complejos;

79.  Considera, a este respecto, que las condiciones de territorialización exigidas para determinadas ayudas nacionales o regionales al cine participan de este vínculo entre cultura y territorio y deben poder mantenerse de acuerdo con los criterios previstos en la Comunicación relativa a las obras cinematográficas(17) de 2001;

80.  Considera que los SCC están siendo objeto de cambios enérgicos y posibilitan la creación de agrupaciones que se erijan en el motor del progreso y del desarrollo de ciudades y regiones;

81.  Señala el hecho de que los sectores de la cultura y la creación contribuyen a conservar y mejorar el inmenso patrimonio cultural, histórico y arquitectónico de Europa; subraya la importancia del patrimonio cultural mueble, es decir, los artefactos como producto de la creatividad humana desde la antigüedad hasta nuestros días; destaca que los SCC son importantes para el desarrollo del sector turístico europeo y revisten un gran interés para el turismo procedente de dentro y fuera de las fronteras de la UE; considera que, habida cuenta de este valor añadido, los SCC deben disponer de una asignación considerable en el futuro presupuesto de la UE, así como en los documentos nacionales y regionales de programación para el período 2014-2020, ya que llevan aparejadas grandes oportunidades económicas;

82.  Hace hincapié en la necesidad de conservar el patrimonio nacional y promocionar el contenido cultural de una región determinada en el país y en el extranjero;

83.  Considera que las personas, los productos y los servicios creativos, en cuanto parte de la diversidad cultural de la UE, deben constituir la base de un mercado interior europeo sólido y de unas regiones bien desarrolladas, así como de las economías locales, donde pueden contribuir a la emergencia de nuevas actividades económicas y nuevos empleos; pide un mejor aprovechamiento de los sectores de la cultura y la creación para atraer nuevas inversiones y talentos diversos a Europa; destaca que los emprendedores de los SCC no disponen de acceso fácil a la financiación; pide a los Estados miembros que adopten medidas sociales y presupuestarias adecuadas para apoyar la economía creativa y nuevos modelos de negocio adaptados al mercado europeo para los sectores cultural y creativo que permitan la movilidad de los artistas y los trabajadores de estos sectores y los ayuden asimismo a salvar los obstáculos que suponen los distintos sistemas sociales o fiscales y las barreras lingüísticas, promoviendo así un mejor entendimiento entre los países y las culturas;

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84.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros.

(1) DO L 201 de 25.7.2006, p. 15.
(2) DO C 311 de 21.12.2007, p. 7.
(3) DO C 287 de 29.11.2007, p. 1.
(4) DO L 372 de 27.12.2006, p. 1.
(5) DO L 327 de 24.11.2006, p. 12.
(6) DO C 247 E, de 15.10.2009, p. 32.
(7) DO C 125 E, de 22.5.2008, p. 223.
(8) DO C 247 E, de 15.10.2009, p. 25.
(9) Doc.8749/1/09 REV 1 y 8749/1/09 REV 1 COR 1.
(10) DO C 377 E, de 7.12.2012, p. 135.
(11) DO C 377 E, de 7.12.2012, p. 142.
(12) Doc.17566/12.
(13) CDR 2391/2012.
(14) SWD(2012)286.
(15) COM(2012)0537.
(16) DO L 95 de 15.4.2010, p. 1. Versión corregida publicada en el DO L 263 de 6.10.2010, p. 15.
(17) DO C 43 de 16.2.2002, p. 6.

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