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Procedimiento : 2013/2826(RSP)
Ciclo de vida en sesión
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Textos presentados :

RC-B7-0389/2013

Debates :

Votaciones :

PV 12/09/2013 - 13.16
CRE 12/09/2013 - 13.16

Textos aprobados :

P7_TA(2013)0383

Textos aprobados
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Jueves 12 de septiembre de 2013 - Estrasburgo
Presión ejercida por Rusia sobre los países de la Asociación Oriental (en el marco de la próxima cumbre de la Asociación Oriental en Vilna)
P7_TA(2013)0383RC-B7-0389/2013

Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de septiembre de 2013, sobre la presión ejercida por Rusia sobre los países de la Asociación Oriental (en el marco de la próxima cumbre de la Asociación Oriental en Vilna) (2013/2826(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Cumbre de la Asociación Oriental que se celebrará en Vilna en noviembre de 2013,

–  Visto el hecho de que Ucrania, Armenia, Georgia y Moldavia se disponen a firmar o rubricar, según los casos, acuerdos de asociación con la Unión Europea; visto, en particular, el carácter nuevo y enjundioso de la asociación prevista, que ofrece una amplia y profunda relación con los socios europeos y que, por consiguiente, rebasa el ámbito de las meras ventajas económicas y abre la vía de unas sólidas relaciones políticas y sociales,

–  Recordando que el Memorando de Budapest de 1994 sobre el desarme nuclear ucraniano ofrece a Ucrania garantías contra el uso o la amenaza de la fuerza y prevé la concesión de asistencia a Ucrania cuando se intente ejercer presión sobre este país mediante coerción económica;

–  Visto el artículo 110, apartados 2 y 4, de su Reglamento,

A.  Considerando que el compromiso continuo en el marco de la Asociación Oriental ha aportado a los países adherentes un amplio programa para emprender reformas en beneficio de sus ciudadanos, mientras que los acuerdos de asociación y los acuerdos de libre comercio de alcance amplio y profundo (ALCAAP) entre la UE y los países de la Asociación Oriental dan testimonio de la voluntad y la capacidad de reforzar y poner en práctica con éxito la cooperación entre las partes en muchos ámbitos;

B.  Considerando que las presiones rusas de que han sido objeto muy recientemente los países de la Asociación Oriental que siguen la senda de los acuerdos de asociación (que incluyen sanciones selectivas contra las exportaciones ucranianas, la prohibición de las exportaciones del sector vinícola de Moldavia, nuevos obstáculos al avance de la resolución del conflicto del Transdniéster y amenazas a la seguridad en relación con Armenia), destinadas a forzar a los países de la Asociación Oriental a no firmar ni rubricar los acuerdos de asociación o los ALCAAP y en su lugar incorporarse a la Unión Aduanera liderada por Rusia, que este país pretende transformar en una Unión Euroasiática, colocan a estos países en una situación delicada debido a sus condicionantes geopolíticos y que ello no debería ser así;

C.  Considerando que el tipo de presión ejercida sobre los países de la Asociación Oriental, que va desde los aspectos políticos y económicos actuales hasta el anuncio de restricciones económicas en el futuro, es señal de la intención de Rusia de seguir juzgando que la región de la Asociación Oriental pertenece a su esfera de influencia exclusiva y de oponerse a la perspectiva de una integración más estrecha de estos países con la Unión Europea mediante acuerdos de asociación, un planteamiento que va contra los principios de soberanía nacional, confianza mutua y buenas relaciones de vecindad;

D.  Considerando que los países de la Asociación Oriental tienen el derecho y la libertad soberanos y plenos de construir relaciones en pie de igualdad con los socios de su elección, en la línea de los Acuerdos de Helsinki;

E.  Considerando que ahora conviene prestar más atención que nunca a la alarmante presión ejercida sobre la vecindad europea de la UE y el proyecto mismo de Asociación Oriental, al que se opone y cuestiona Rusia;

F.  Considerando que un acuerdo de asociación con la UE implica reformas políticas y jurídicas conducentes al fortalecimiento del Estado de Derecho, la reducción de la corrupción y un mayor respeto por los derechos humanos; que ingresar en la Unión Aduanera, por el contrario, no implica cumplir normas y condiciones basadas en valores y no puede considerarse como incentivo para llevar a cabo reformas internas;

G.  Considerando que los conflictos enquistados se utilizan repetidamente para debilitar o socavar la plena soberanía de los países de la Asociación Oriental, en función de los intereses geopolíticos y económicos de Rusia;

1.  Recuerda que los principios de igualdad y respeto de los derechos inherentes a la soberanía, no injerencia en los asuntos internos, buena cooperación entre Estados y cumplimiento de buena fe de las obligaciones en virtud del Derecho internacional, según se consensuaron en los acuerdos de Helsinki, son elementos fundamentales que rigen las relaciones internacionales entre Estados independientes y que, como tales, conviene respetar fielmente;

2.  Lamenta que, a medida que se acerca la cumbre de la Asociación Oriental en Vilna, aumenten los diferentes tipos de presión ejercida sobre los países de la Asociación Oriental que alcanzan la fase final de la negociación y la firma o rúbrica de sus respectivos acuerdos de asociación; considera inaceptable esta presión; considera, además, que la integración progresiva de los países socios con la UE es coherente con sus esfuerzos por mantener unas buenas relaciones de vecindad con Rusia, y pide a este país que se abstenga de adoptar medidas que estén en evidente contradicción con los citados principios de Helsinki; pide a la Federación de Rusia que se abstenga de ejercer más presión sobre los socios de la Asociación Oriental y que respete plenamente su soberanía para realizar sus propias elecciones políticas;

3.  Destaca enérgicamente que la libre elección de los países de la Asociación Oriental, que no tiene incidencias negativas de ningún tipo en el comercio con Rusia, no debe reportarles inconvenientes en materia de medidas comerciales, restricciones de visado, limitaciones a la movilidad de los trabajadores o interferencias en conflictos enquistados; rechaza firmemente el juego de suma cero como paradigma de las relaciones entre la UE y Rusia con los países de la Asociación Oriental;

4.  Está convencido de que proseguir con las reformas políticas y económicas en estos países sobre la base de los valores y las normas de la UE redundaría, en última instancia, en beneficio de Rusia, ya que ello ampliaría la zona de estabilidad, prosperidad y cooperación a lo largo de sus fronteras; recuerda la invitación aún vigente de la UE para que Rusia contribuya a este proceso a través de un compromiso constructivo con los países de la Asociación Oriental;

5.  Pide a la Comisión Europea y al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) que examinen esas cuestiones más allá de su mera dimensión comercial, pues esta no es sino una excusa que enmascara una clara presión política, y que actúen en defensa de los socios de la Unión enviando un claro mensaje de apoyo a los países de la Asociación Oriental en sus aspiraciones y elecciones europeas;

6.  Reitera su firme apoyo a la rúbrica y la firma de acuerdos de asociación en la cumbre de Vilna con aquellos países de la Asociación Oriental que estén preparados y dispuestos a hacerlo, siempre y cuando reúnan los requisitos necesarios; cree que ello dará un nuevo impulso a la integración gradual y reforzará considerablemente las relaciones, respondiendo así a las aspiraciones europeas de estos países; pide, en este sentido, a los países de la Asociación Oriental que prosigan y redoblen sus esfuerzos para concluir sus actuales trabajos en la recta final hacia la cumbre de la Asociación Oriental en Vilna y que no cedan ante la presión de que son objeto;

7.  Destaca la necesidad de que la UE asuma su responsabilidad de actuar y defender, con espíritu de solidaridad, a los países de la Asociación Oriental que se han visto expuestos a la presión creciente y claramente amenazadora de Rusia para disuadirles de cerrar la asociación con la UE, y pide a la Comisión y al Consejo que presenten medidas específicas y eficaces para apoyar a los países socios;

8.  Recuerda que los acuerdos de asociación y los ALCAAP tienen por objeto impulsar la competitividad, los resultados económicos y el rendimiento de los países socios y de la UE, respetando al mismo tiempo la cooperación económica de los países de la Asociación Oriental con Rusia de tal manera que ello resulte beneficioso para todas las partes; señala que los acuerdos de asociación y los ALCAAP, como tales, no socavan las relaciones comerciales que mantienen desde antaño los países de la Asociación Oriental en la región; considera, por el contrario, que no deben considerarse incompatibles con esas relaciones comerciales, y que, sin perjuicio de las obligaciones derivadas de los acuerdos de asociación y de los ALCAAP, toda diferencia comercial debe resolverse con arreglo a las normas y obligaciones previstas por la Organización Mundial del Comercio; afirma, asimismo, que la UE está dispuesta a asistir a los países de la Asociación Oriental en sus esfuerzos de integración apoyando la aplicación provisional de los capítulos pertinentes de los acuerdos de asociación o los ALCAAP tras su firma, descongelando los préstamos y los programas de asistencia suspendidos, en caso de que se cumplan las condiciones necesarias, y continuando con las medidas de facilitación de la obtención de visados y de la posibilidad de viajar sin visado;

9.  Señala que la integración europea exige apoyo popular mayoritario en los países que esperan firmar o rubricar acuerdos de asociación; insta a la Comisión y al SEAE a que redoblen sus esfuerzos, no obstante, para promover la visibilidad de la Asociación Oriental y sus ventajas entre la población de los países socios como manera de consolidar el consenso político en torno a sus opciones europeas; pide que a corto plazo se elabore y ponga en marcha una amplia campaña de información y sensibilización pública en los países socios pertinentes sobre la naturaleza, las ventajas y los requisitos de los acuerdos de asociación;

10.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Estados miembros, a los Gobiernos y a los Parlamentos de los países de la Asociación Oriental y de la Federación de Rusia, a la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa y a la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa.

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