Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 10 de octubre de 2013, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativo a la celebración de un Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de Jordania, por otra, relativo a un Acuerdo marco entre la Unión Europea y el Reino Hachemí de Jordania sobre los principios generales de la participación del Reino Hachemí de Jordania en los programas de la Unión (12138/2012 – C7-0008/2013 – 2012/0108(NLE))
(Aprobación)
El Parlamento Europeo,
– Visto el proyecto de Decisión del Consejo (12138/2012),
– Visto el proyecto de Protocolo del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino Hachemí de Jordania, por otra, relativo a un Acuerdo marco entre la Unión Europea y el Reino Hachemí de Jordania sobre los principios generales de la participación del Reino Hachemí de Jordania en los programas de la Unión (12135/2012),
– Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 217, en relación con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), así como con el artículo 218, apartado 8, primer párrafo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C7-0008/2013),
– Vistos el artículo 81 y el artículo 90, apartado 7, de su Reglamento,
– Vista la recomendación de la Comisión de Asuntos Exteriores (A7-0305/2013),
1. Aprueba la celebración del protocolo;
2. Destaca la importancia de seguir promoviendo una estrecha cooperación y un diálogo profundo con el Reino Hachemí de Jordania en el marco de la Política Europea de Vecindad así como de favorecer el diálogo político y económico entre la Unión y Jordania;
3. Recuerda que, según los cálculos de las autoridades jordanas, más de 500 000 refugiados procedentes de Siria han buscado refugio en Jordania y que la crisis siria está teniendo un grave impacto en la economía y en el presupuesto de Jordania debido a los recursos económicos necesarios para proporcionar ayuda humanitaria a los refugiados; lamenta, no obstante, que, desde agosto de 2012, la frontera jordana está cerrada para los refugiados palestinos procedentes de Siria;
4. Destaca, por lo tanto, la importancia de prestar una ayuda financiera, técnica y humanitaria adecuada a Jordania;
5. Valora muy positivamente el compromiso demostrado por S.M. el Rey Abdalá II de Jordania a la hora de promover un amplio proceso de reformas en beneficio de Jordania y sus ciudadanos; hace hincapié en la importancia de alcanzar resultados sostenibles mediante estas reformas, especialmente por lo que respecta a la justicia social;
6. Acoge con satisfacción y respalda, además, el papel proactivo y constructivo ejercido por Jordania, como mediador, en los esfuerzos destinadas a buscar soluciones duraderas a diversos conflictos de Oriente Próximo;
7. Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento, al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros y al Reino Hachemí de Jordania.