Índice 
 Anterior 
 Siguiente 
 Texto íntegro 
Procedimiento : 2013/2873(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclos relativos a los documentos :

Textos presentados :

RC-B7-0444/2013

Debates :

PV 10/10/2013 - 15.2
CRE 10/10/2013 - 15.2

Votaciones :

PV 10/10/2013 - 16.2

Textos aprobados :

P7_TA(2013)0423

Textos aprobados
PDF 134kWORD 29k
Jueves 10 de octubre de 2013 - Estrasburgo
Enfrentamientos en Sudán y posterior censura en los medios de comunicación
P7_TA(2013)0423RC-B7-0444/2013

Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de octubre de 2013, sobre los enfrentamientos en Sudán y la posterior censura en los medios de comunicación (2013/2873(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre Sudán y Sudán del Sur,

–  Vista la declaración, de 30 de septiembre de 2013, del portavoz de la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre la violencia en las actuales protestas en Sudán,

–  Vista la declaración, de 27 de septiembre de 2013, del portavoz de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, instando a la calma mientras se incrementa en Sudán la cifra de muertos en las protestas por el combustible,

–  Visto el informe del experto independiente del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en Sudán, de 18 de septiembre de 2013,

–  Vista la declaración, de 6 septiembre 2013, del portavoz de la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre la cumbre entre los Presidentes de Sudán y Sudán del Sur en Jartum (Sudán),

–  Visto el acuerdo alcanzado por el Gobierno de Sudán, la Unión Africana y el Mecanismo Tripartito de Coordinación de las Naciones Unidas en su reunión sobre la UNAMID celebrada el 28 de septiembre de 2013,

–  Vista la hoja de ruta para Sudán y Sudán del Sur establecida en el comunicado emitido por el Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana el 24 de abril de 2012, respaldada plenamente por la UE,

–  Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,

–  Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966,

–  Vistos los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley,

–  Vistos los Principios de Johannesburgo de las Naciones Unidas sobre la Seguridad Nacional, la Libertad de Expresión y el Acceso a la Información, UN Doc. E/CN.4/1996/39 (1996),

–  Visto el Acuerdo General de Paz para Sudán de 2005,

–  Vista la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos,

–  Visto el Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú (Benín) el 23 de junio de 2000 y revisado sucesivamente en 2005 y en 2010,

–  Vista su Resolución, de 11 de diciembre de 2012, sobre una estrategia de libertad digital en la política exterior de la UE(1),

–  Vista su Resolución, de 13 de junio de 2013, sobre la libertad de prensa y de los medios de comunicación en el mundo(2),

–  Vistos el artículo 122, apartado 5, y el artículo 110, apartado 4, de su Reglamento,

A.  Considerando que Sudán sufre una ola creciente de protestas populares y que su situación política es frágil;

B.  Considerando que el 23 de septiembre de 2013 estallaron manifestaciones y protestas en todo el país tras el anuncio por el Presidente Omar Al-Bashir de recortes en las subvenciones del combustible en un intento de reformar la economía, lo que provocó un brusco aumento en un 75 % del precio de la gasolina y el gas;

C.  Considerando que durante las protestas miles de manifestantes tomaron las calles de las ciudades en todo el país, entre ellas, Wad Madani, Jartum, Omdurman, Port Sudan, Atbara, Gedarif, Nyala, Kosti, y Sinnar, ya que las medidas de austeridad introducidas por el Gobierno, junto a la virtual duplicación de los precios de los combustibles, tienen un mayor impacto en los pobres;

D.  Considerando que, desde que Sudán del Sur obtuvo la independencia hace dos años, quedándose aproximadamente con el 75 % de la producción de petróleo del país anteriormente unido, la situación económica de Sudán sigue siendo muy difícil y está severamente marcada por una inflación creciente, una divisa débil y una gran escasez de dólares para pagar las importaciones;

E.  Considerando que la falta de acuerdo en los convenios económicos transitorios entre Sudán y Sudán del Sur, incluida la utilización del petróleo, ha sido esgrimida como amenaza por ambas partes, contribuyendo así de manera importante a la actual crisis; que la desconfianza entre los dos países vecinos acerca de la división de la deuda nacional y el importe que el Sudán sin litoral debe abonar para transportar su petróleo a través de Sudán constituyen algunas de las cuestiones pendientes;

F.  Considerando que, según las informaciones disponibles, al menos 800 activistas, incluidos miembros de los partidos de la oposición y periodistas, han sido detenidos en el transcurso de manifestaciones en las que supuestamente murieron hasta 100 personas a manos de las fuerzas de seguridad, una cifra que dio lugar a que la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos pidiese la máxima contención a los agentes del orden; que, según las informaciones disponibles, la mayoría de los muertos tenían edades comprendidas entre los 15 y los 25 años, pero que también murieron por disparos de la policía niños de entre 10 y 12 años;

G.  Considerando que el Ministro de Educación ha afirmado que las escuelas permanecerán cerradas hasta el 20 de octubre de 2013;

H.  Considerando que la violenta represión por parte del Gobierno de Sudán incluye el uso de munición real contra los manifestantes pacíficos y las detenciones en masa; que un número de activistas, miembros de los partidos de la oposición y líderes de la sociedad civil, incluidos profesores y estudiantes, fueron detenidos en sus casas o mantenidos incomunicados, y sus hogares, registrados por agentes de los servicios nacionales de seguridad e inteligencia; que se han celebrado juicios sumarios, tales como el que se produjo tras la detención de Majdi Saleem, un conocido defensor de los derechos humanos, y que desde finales de septiembre se ha establecido la censura en los medios impresos y el cierre de Internet;

I.  Considerando que, en cuanto al respeto a la libertad de información, Sudán figura entre los países peor valorados del mundo; que el 25 de septiembre de 2013 los servicios nacionales de seguridad e inteligencia empeoraron aún más su posición al prohibir a los editores de los principales periódicos la publicación de cualquier información sobre las protestas que no procediera de fuentes gubernamentales;

J.  Considerando que se han cometido numerosas violaciones de la libertad de prensa, como el corte del acceso a Internet, la incautación de periódicos, el acoso a periodistas y la censura de sitios web de noticias; que las oficinas de los canales de televisión Al-Arabiya y Sky News Arabic Service han sido cerradas; que el 19 de septiembre de 2013 se prohibió la publicación de diarios como Al-Sudani, Al-Meghar, Al Gareeda, Almash’had Alaan, Al-Siyasi y el progubernamental Al-Intibaha, y que se incautaron las ediciones de tres periódicos, incluido Al-Intibaha, tan pronto como fueron impresas;

K.  Considerando que el acceso no censurado a Internet, los teléfonos móviles y las TIC tienen un efecto positivo para los derechos humanos y las libertades fundamentales, al ampliar el ámbito de la libertad de expresión, el acceso a la información y la libertad de reunión en todo el mundo; que la recopilación digital y la difusión de pruebas de violaciones de los derechos humanos pueden contribuir a la lucha contra la impunidad en todo el mundo;

L.  Considerando que el acceso a Internet es un derecho fundamental, igual que otros derechos humanos básicos, reconocido por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y que debe mantenerse y protegerse como todos los demás derechos humanos;

M.  Considerando que las autoridades reguladoras nacionales han creado una unidad especial para aplicar y supervisar filtros y que las autoridades sudanesas reconocen abiertamente que filtran los contenidos contrarios a la moral y la ética públicas o que representen una amenaza para el orden;

N.  Considerando que, el 25 de septiembre de 2013, las autoridades cortaron el acceso a Internet en todo el país durante más de 24 horas en un apagón de dimensiones desconocidas desde las insurrecciones de 2011 en Egipto; que en junio de 2012 Internet sufrió una drástica ralentización durante una serie de protestas;

O.  Considerando que, en el informe publicado por Freedom House el 3 de octubre de 2013 titulado «Informes sobre la libertad de prensa 2013», se califica a Sudán como «no libre» y se le sitúa en la posición 63 entre 100 países; que Sudán se encuentra en la posición 170 entre 179 países en el índice de libertad de prensa 2013 de Reporteros Sin Fronteras; que Reporteros Sin Fronteras ha condenado las medidas adoptadas por el Gobierno;

P.  Considerando que la mayoría de los activistas confían en la utilización de Internet para comunicarse entre ellos, enviar información de fuera del país y expresar sus opiniones e inquietudes; que los ciudadanos comunicaron que incluso el servicio de SMS quedó interrumpido durante el apagón;

Q.  Considerando que en abril de 2010 Omar al-Bashir fue reelegido Presidente de Sudán, en las primeras elecciones generales multipartidistas celebradas en dicho país desde 1986; que la misión de observación electoral de la UE, que halló muchas irregularidades y deficiencias en el proceso electoral, dijo que la elección no cumplía las normas internacionales;

R.  Considerando que en 2009 y 2010 la Corte Penal International (CPI) emitió dos órdenes de detención contra el Presidente al-Bashir, basadas en la acusación de ser responsable de crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y actos de genocidio, y que, aunque Sudán no es un Estado parte del Estatuto de Roma, en la Resolución 1593 (2005) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas se pide a Sudán que coopere con la CPI, por lo que Sudán debe cumplir la orden de detención de la CPI;

S.  Considerando que, de acuerdo con las estimaciones de las Naciones Unidas, el 50 % de la población de Sudán (que se eleva a 34 millones de personas) es menor de 15 años, y que aproximadamente el 46 % de la población vive por debajo del umbral de la pobreza;

T.  Considerando que el conflicto en las zonas transitorias de Sudán ha afectado a más de 900 000 personas, incluidas más de 220 000 que se han refugiado en Etiopía y Sudán del Sur, y que se estima que desde comienzos de 2013 y debido a las luchas tribales en Darfur han sido desplazadas otras 300 000 personas;

U.  Considerando que entre 2012 y 2013 la UE ha dedicado más de 76 millones de EUR a ayuda humanitaria en Sudán (cifra correspondiente al 20 de agosto de 2013); que Sudán no ha ratificado el Acuerdo de Cotonú revisado en 2005 por lo que no puede recibir ayuda financiera a través del décimo Fondo Europeo de Desarrollo;

1.  Expresa su honda preocupación por el deterioro de la situación política, económica y social de Sudán, marcado por la violencia y la pérdida de vidas humanas durante las protestas que se han extendido recientemente por todo el país;

2.  Condena los asesinatos, la violencia contra los manifestantes, la censura de los medios de comunicación, la intimidación política, el acoso y la detención arbitraria de activistas políticos y defensores de los derechos humanos y de periodistas;

3.  Pide al Gobierno de Sudán que acabe con el acoso y libere inmediatamente a todos los manifestantes pacíficos, activistas políticos, miembros de la oposición, defensores de los derechos humanos, personal médico, blogueros y periodistas detenidos en el ejercicio de sus derechos de libertad de expresión y de reunión; destaca que se debe otorgar a todos los detenidos la oportunidad de un juicio justo con una investigación verosímil, que tienen derecho a un abogado y que se ha de respetar su presunción de inocencia, y que el Gobierno debe facilitar el acceso de los detenidos a asistencia médica y a ver a sus familiares;

4.  Lamenta el uso de munición real contra los manifestantes, lo que derivó en asesinatos, un uso desproporcionado de la fuerza y denuncias de muertes intencionadas de manifestantes causadas por las fuerzas de seguridad; pide al Gobierno sudanés que cese inmediatamente la represión y que ponga fin a la impunidad de los miembros de los servicios nacionales de seguridad e inteligencia; pide la abolición de la draconiana Ley de Seguridad Nacional de 2010;

5.  Pide a las fuerzas de seguridad de Sudán que respeten los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, que establecen las condiciones en que puede utilizarse legalmente la fuerza sin incurrir en violaciones de los derechos humanos, incluido el derecho a la vida;

6.  Pide a las autoridades de Sudán que restablezcan y respeten los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos por el Derecho internacional, incluidas la libertad de expresión, tanto directa como a través de Internet, la libertad de reunión, la libertad religiosa, los derechos de la mujer y la igualdad de género, y que pongan fin de inmediato a todas las restricciones sobre el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación;

7.  Insta al Gobierno sudanés a cesar toda forma de represión contra quienes ejercitan su derecho a la libertad de expresión, tanto directa como a través de Internet, y a proteger a los periodistas; subraya el papel desempeñado por los medios de comunicación a la hora de informar a los ciudadanos y como plataforma para que expresen sus legítimas inquietudes, por lo que condena enérgicamente el apagón del 22 de septiembre de 2013 y las operaciones de intimidación encabezadas por los servicios nacionales de seguridad e inteligencia;

8.  Pide al Gobierno de Sudán que permita a su pueblo el acceso libre a Internet en todo momento; subraya que el acceso a Internet es un derecho fundamental, reconocido por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y que debe mantenerse y protegerse como todos los demás derechos humanos;

9.  Pide al Gobierno de Sudán que siga ejecutando las reformas políticas necesarias para dar solución a la mala gestión económica crónica del país, la pobreza, los crecientes niveles de corrupción y la inseguridad en el oeste y en el sur, y recomienda que las autoridades de dicho país y todos sus socios regionales e internacionales apliquen programas destinados a la juventud para fomentar la educación, la formación y el empleo;

10.  Pide a las autoridades sudanesas que se comprometan en un verdadero proceso de diálogo nacional global con la oposición, especialmente en Darfur; insta enérgicamente a los Gobiernos de Sudán y de Sudán del Sur a que alcancen un acuerdo sobre los convenios económicos transitorios pendientes entre los dos países, incluido el relativo a la utilización del petróleo, que ha contribuido a los actuales disturbios en Sudán;

11.  Recuerda que las conclusiones de junio de 2008 del Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores, en las que se recoge la continua falta de cooperación del Gobierno de Sudán con la CPI, y señala que el Gobierno de Sudán tiene la obligación y la capacidad de cooperar, y que debe respetarse toda orden de detención emitida por la CPI; insta a Omar al-Bashir a respetar el Derecho internacional y a comparecer ante la CPI por crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio;

12.  Pide al Gobierno sudanés que revise su Ley de Seguridad Nacional, que permite la detención de sospechosos durante cuatro meses y medio sin ningún tipo de supervisión judicial, y también que reforme su sistema judicial de conformidad con las normas internacionales en materia de derechos humanos;

13.  Solicita al Gobierno sudanés que revoque la pena de muerte, que sigue vigente, y que conmute las condenas a muerte por penas alternativas apropiadas;

14.  Pide a las autoridades, a pesar de felicitarse por su decisión de crear una comisión de investigación para juzgar a los responsables de los asesinatos, que lleven a cabo una investigación independiente y exhaustiva de todos los supuestos asesinatos;

15.  Solicita que la Unión Africana, en estrecha colaboración con los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, envíe una comisión de investigación con carácter de urgencia para estudiar las denuncias de un uso excesivo, intencionado y letal de la fuerza por parte de las autoridades sudanesas, y las circunstancias que provocaron la muerte de manifestantes, incluidos defensores de los derechos humanos;

16.  Pide a la Comisión que, con carácter de urgencia, establezca restricciones legales a las exportaciones de tecnologías de vigilancia a gran escala de la UE a países en los que probablemente se vayan a utilizar para violar las libertades digitales y otros derechos humanos;

17.  Lamenta la decisión de la Alta Representante de la UE de finalizar el mandato del Representante Especial de la Unión Europea en la República de Sudán y en la República de Sudán del Sur, dados los graves disturbios políticos en Sudán y los conflictos armados durante los que las fuerzas sudanesas y milicias apoyadas por el Gobierno siguen cometiendo crímenes de guerra impunemente; considera que, sin el nombramiento de un Representante Especial de la Unión Europea en la República de Sudán y en la República de Sudán del Sur, la UE se quedará al margen de los esfuerzos y las negociaciones internacionales, especialmente si se observa que tanto los Estados Unidos como Rusia y China sí cuentan con enviados especiales en Sudán; solicita, por tanto, a la Alta Representante que anule esta decisión y prolongue el mandato del Representante Especial de la Unión Europea en la República de Sudán y en la República de Sudán del Sur;

18.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Gobierno de Sudán, a la Unión Africana, al Secretario General de las Naciones Unidas, a los Copresidentes de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE y al Parlamento Panafricano (PAP).

(1) Textos Aprobados, P7_TA(2012)0470.
(2) Textos Aprobados, P7_TA(2013)0274.

Aviso jurídico - Política de privacidad