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Procedimiento : 2013/2740(RSP)
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Ciclo relativo al documento : B7-0494/2013

Textos presentados :

B7-0494/2013

Debates :

PV 19/11/2013 - 16
CRE 19/11/2013 - 16

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PV 21/11/2013 - 8.12
CRE 21/11/2013 - 8.12
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P7_TA(2013)0511

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Jueves 21 de noviembre de 2013 - Estrasburgo
Situación del Programa de Doha para el Desarrollo
P7_TA(2013)0511B7-0494/2013

Resolución del Parlamento Europeo, de 21 de noviembre de 2013, sobre la situación del Programa de Doha para el Desarrollo y los preparativos para la novena Conferencia Ministerial de la OMC (2013/2740(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Declaración Ministerial de Doha de la Organización Mundial de Comercio (OMC) de 14 de noviembre de 2001,

–  Vista la Declaración Ministerial de Hong Kong de la OMC, de 18 de diciembre de 2005,

–  Vista su Resolución, de 4 de abril de 2006, sobre la evaluación de la Ronda de Doha tras la Conferencia Ministerial de la OMC en Hong Kong(1),

–  Vista su Resolución, de 24 de abril de 2008, sobre la reforma de la Organización Mundial del Comercio(2),

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre el Programa de Doha para el Desarrollo, en particular sus Resoluciones de 9 de octubre de 2008(3), de 16 de diciembre de 2009(4) y de 14 de septiembre de 2011(5),

–  Vista la Declaración aprobada el 29 de mayo de 2013 en la vigesimoctava sesión del Comité Directivo de la Conferencia Parlamentaria sobre la OMC,

–  Vistas las declaraciones realizadas en las reuniones informales del Comité de Negociaciones Comerciales de los días 11 de abril y 3 de junio de 2013, y en su reunión formal del 22 de julio de 2013,

–  Vistos los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas,

–  Visto el cuarto Examen Global de la Ayuda para el Comercio, llevado a cabo del 8 al 10 de julio de 2013,

–  Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Considerando que la Ronda de Doha se inició en 2001 con los objetivos de crear nuevas oportunidades comerciales, reforzar las normas multilaterales en materia de comercio y corregir los actuales desequilibrios del sistema comercial situando los intereses y necesidades de los países en desarrollo y, en particular, de los países menos avanzados (PMA) en el centro de las negociaciones; que dichos objetivos se derivan de la convicción de que un sistema multilateral basado en unas normas más justas y equitativas puede contribuir a un comercio libre y justo al servicio del desarrollo económico de todos los continentes, así como a la reducción de la pobreza;

B.  Considerando que la UE ha defendido sistemáticamente un enfoque firmemente multilateral del comercio, basado en normas reconociendo a la vez que los enfoques complementarios, como los acuerdos bilaterales, regionales y multilaterales, también pueden fomentar la apertura del comercio, especialmente al desbloquear la liberalización y mejorar las normas y disciplinas en ámbitos políticos abordados con menor intensidad en la OMC, así como respaldar el sistema multilateral, siempre que dichos acuerdos sean conformes con la OMC;

C.  Considerando que la OMC y las normas consagradas en los acuerdos de la OMC han sido decisivas para evitar un proteccionismo pleno y generalizado como respuesta a la crisis financiera y económica más grave desde los años treinta;

D.  Considerando que el comercio multilateral abierto y justo se está viendo más limitado por diversas barreras no arancelarias que por barreras arancelarias, que se están eliminando notablemente a medida que avanza la globalización;

E.  Considerando que la reunión ministerial de la OMC para concluir la Ronda de Doha se estancó a finales de julio de 2008;

F.  Considerando que, en los últimos años, se han observado varios intentos e iniciativas para dar al Programa de Doha para el Desarrollo el ímpetu que tanto necesita;

G.  Considerando que la novena Conferencia Ministerial de la OMC se celebrará en Indonesia del 3 al 6 de diciembre de 2013;

1.  Reitera su pleno compromiso con el perdurable valor del multilateralismo, pero sostiene que es necesaria una reforma estructural de la OMC para garantizar mejor un sistema de comercio basado en normas compartidas, abierto, justo y no discriminatorio, que tenga en cuenta en mayor medida el papel de las PYME y sus intereses;

2.  Hace hincapié en la importancia general de conseguir un resultado ambicioso y equilibrado en la novena Conferencia Ministerial que sea aceptable por todos los miembros de la OMC y que contribuya a establecer la base para futuras negociaciones multilaterales;

3.  Pide un programa comercial basado en un comercio libre y justo en beneficio de todos, que sitúe el desarrollo en el centro del proceso; hace hincapié en la importancia de que durante las negociaciones se tengan plenamente en cuenta las necesidades y los intereses especiales de los países en desarrollo de renta baja y de los países menos avanzados (PMA); reitera la necesidad imperiosa de velar por que el principio de trato especial y diferenciado (S&D) constituya una parte integrante de todos los niveles de las negociaciones, reflejando así los distintos niveles de desarrollo económico de los miembros de la OMC, con arreglo al párrafo 44 de la Declaración Ministerial de Doha; considera que las disposiciones significativas sobre trato especial y diferenciado deben precisarse más, someterse a revisiones periódicas y ser más específicas;

4.  Opina que la liberalización del comercio es un instrumento importante para garantizar un crecimiento y desarrollo económicos sostenibles, pero que necesita ir acompañada de medidas complementarias adecuadas, especialmente por lo que respecta a intervenciones macro y microeconómicas, como transparencia presupuestaria, políticas fiscales y equidad tributaria, simplificación administrativa, educación y formación, reformas institucionales y políticas sociales, a fin de potenciar al máximo y distribuir mejor los beneficios de las reformas comerciales y contrarrestar eficazmente cualquier efecto negativo;

5.  Destaca que los miembros de la OMC han reconocido que, puesto que todavía hay países que no poseen la capacidad humana, institucional y de infraestructuras suficiente para participar eficazmente en el comercio internacional, el sistema multilateral debe ir acompañado de un aumento de la capacidad comercial, que es un complemento esencial del Programa de Doha para el Desarrollo; opina, asimismo, sin embargo, que la asistencia a los países que desean adherirse a la OMC debe seguir siendo una prioridad;

6.  Destaca en este contexto el importante papel que ha desempeñado la iniciativa de ayuda al comercio; lamenta que, por primera vez desde su lanzamiento en 2005, se redujese el importe de los compromisos en 2011 debido a la crisis financiera, lo que se tradujo en una disminución del apoyo a los grandes proyectos de infraestructura económica con un descenso de los compromisos en los sectores del transporte y la energía; observa que la asistencia técnica en el ámbito del comercio y las iniciativas multilaterales como el trato arancelario preferencial concedido en el marco de la OMC pueden contribuir a compensar esta reducción en los compromisos; pide a los miembros de la OMC, en particular a los países desarrollados y a las economías emergentes, que recurran con más frecuencia a esta posibilidad;

7.  Insiste en la necesidad de renovar el sistema de la OMC teniendo en cuenta las exigencias de las PYME en el comercio internacional, así como la necesidad de normas simplificadas tanto en materia de facilitación del comercio como por lo que respecta a las cortes de arbitraje internacionales, a fin de evitar las dificultades de un contencioso con las autoridades aduaneras o comerciales en algunos países miembros de la OMC;

8.  Llama la atención sobre la cuarta conferencia de revisión de la ayuda para el comercio, celebrada en julio de 2013 en Ginebra, que mostró los beneficios que reciben los países en desarrollo de las cadenas de valor mundial; señala, no obstante, que los participantes identificaron las limitaciones relacionadas con el comercio que impiden a las empresas de los países en desarrollo vincularse a las cadenas de valor o escalar en ellas, por ejemplo una infraestructura inconveniente, unos elevados costes de transporte y expedición, un acceso inadecuado a la financiación del comercio, la incapacidad para atraer inversión extranjera directa, la falta de ventaja comparativa y unos altos costes de entrada en el mercado;

9.  Reconoce la importancia del sector agrícola; opina que la UE debe apoyar medidas destinadas a abordar las verdaderas preocupaciones en materia de seguridad alimentaria de los países en desarrollo; recuerda que, en este sentido, la UE debe garantizar la coherencia entre sus distintas políticas en materia de acción exterior, con arreglo, en particular, a los artículos 205 a 208 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y al artículo 21 del Tratado de la Unión Europea, en especial por lo que respecta a la política de desarrollo y la política comercial común, teniendo en cuenta las necesidades y preocupaciones tanto de sus Estados miembros como de los países en desarrollo;

10.  Pide a los países desarrollados y a las economías emergentes que sigan el ejemplo de la iniciativa «Todo menos armas» de la UE, que ofrece un acceso al mercado 100 % libre de derechos y de contingentes para los PMA, y que garanticen la aplicación de la exención de los servicios en beneficio de los PMA;

11.  Considera que un acuerdo vinculante sobre la facilitación del comercio reportaría beneficios significativos a todos los miembros de la OMC y en particular a los países en desarrollo y a los agentes económicos pertinentes al aumentar la transparencia y la seguridad jurídica y reducir los costes administrativos y la duración de los procedimientos aduaneros, lo que les permitiría a su vez aprovechar plenamente las oportunidades que ofrece la creciente presencia de las cadenas de suministro regionales y mundiales, y permitiría a las PYME beneficiarse de unos mercados más abiertos; señala que debe seguir proporcionándose a los países en desarrollo asistencia técnica y de desarrollo de capacidades para permitirles aumentar su capacidad de producción y poderse beneficiar así de una mayor proporción del valor añadido en las cadenas de valor mundiales;

12.  Recuerda que un estudio reciente sobre el impacto del Programa de Doha para el Desarrollo realizado por la UE indica que, en términos económicos, la facilitación del comercio podría tener el mismo valor que las ganancias derivadas la liberación de los servicios y de los bienes puestas en conjunto; recuerda que, por sí solos, los regímenes aduaneros mejorados cuentan con el potencial de sumar 68 000 millones EUR anuales al PIB mundial y que, para muchos países en desarrollo, la facilitación del comercio sería la principal fuente de ingresos;

13.  Considera que la OMC debe conceder la debida prioridad a los obstáculos al comercio y a las inversiones que afectan a los sectores de servicios, incluidas las TIC y las telecomunicaciones, los servicios profesionales y de negocios, los servicios financieros, el comercio electrónico, la construcción, los minoristas y la distribución; estima que este tipo de medidas no arancelarias, incluidas las regulaciones nacionales, las restricciones a la propiedad y varias medidas anticrisis (incluidas las disposiciones discriminatorias en los procedimientos de contratación pública), revisten una importancia particular, dado el elevado valor comercial añadido de los servicios y la posición de la UE como mayor exportador en este sector;

14.  Acoge, por consiguiente, con satisfacción el inicio de las negociaciones con vistas a un acuerdo plurilateral sobre el comercio de servicios, que responde al objetivo de la octava Conferencia Ministerial de explorar nuevas vías para que los miembros de la OMC liberalicen el comercio de servicios en mayor medida; destaca el compromiso de la UE de promover las acciones en este ámbito y de trabajar en pro de la «multilateralización» del acuerdo sobre el comercio de servicios, velando por que se retomen en él las definiciones, las normas y los principios que constituyen el núcleo del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios; subraya la importancia de garantizar un acuerdo ambicioso, que amplíe la cobertura e intensifique las normas relativas a la liberalización del comercio de servicios al mismo tiempo que protege los objetivos de la política nacional de los miembros de la OMC y su derecho a regular los servicios de interés general y contraer compromisos a escala bilateral y multilateral, y cuyo resultado se integre perfectamente en la arquitectura de la OMC;

15.  Considera que la transferencia de tecnología puede actuar como vector del crecimiento económico y promover el comercio; se congratula de la reanudación de las negociaciones sobre la ampliación del Acuerdo sobre las tecnologías de la información, que aumenta la variedad de productos cubiertos y el número de países participantes; exhorta decididamente a todas las partes implicadas en las negociaciones a que continúen desplegando esfuerzos para alcanzar un acuerdo antes de la novena Conferencia Ministerial;

16.  Acoge con satisfacción la revisión del Acuerdo plurilateral sobre contratación pública de la OMC, acordada en marzo de 2012, y reconoce la importancia de conseguir que la UE ratifique el ACP revisado antes de la novena Conferencia Ministerial con el objetivo de permitir su entrada en vigor antes de 2014; opina que unas normas más claras y estrictas para los procedimientos de adjudicación de contratos fomentarán la transparencia en la contratación pública y, junto con la cobertura ampliada de bienes, servicios y entidades, proporcionarán más oportunidades a los signatarios del Acuerdo; pide a los miembros de la OMC, en particular a los países en desarrollo y a los actuales observadores del Acuerdo sobre contratación pública, que consideren la posibilidad de sumarse al Acuerdo a fin de beneficiarse de las nuevas disposiciones que aumentan la flexibilidad para los países en desarrollo;

17.  Se congratula de la positiva decisión, adoptada en junio de 2013, de prorrogar la exención del acuerdo sobre los ADPIC para los PMA ocho años más, hasta el 1 de julio de 2021, lo que constituye otra manera de velar por que el sistema de comercio mundial no adopte un enfoque único para todos, sino que tenga en cuenta las características específicas de cada país en desarrollo;

18.  Anima a los miembros de la OMC a que apoyen activamente los esfuerzos de la OMC para entablar relaciones de trabajo efectivas y eficaces y una cooperación más profunda con otras organizaciones internacionales cuyas actividades inciden en las negociaciones comerciales a escala internacional, en especial la Organización Internacional del Trabajo, la Organización Mundial de la Salud y las Naciones Unidas y sus agencias y organismos, por ejemplo la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, así como el FMI, el Banco Mundial y la OCDE, con objeto de garantizar el apoyo mutuo y las sinergias entre los aspectos comerciales y los no comerciales; apoya los esfuerzos orientados a la adopción de normas internacionales y a la cooperación en materia reglamentaria;

19.  Pide que se examine con detenimiento la cuestión de una mejor integración de las preocupaciones no comerciales en el ámbito de aplicación de las normas de la OMC, con el fin de que los miembros puedan perseguir objetivos políticos legítimos y, al mismo tiempo, preservar el acceso al mercado; subraya, en este contexto, que deben apoyarse firmemente los esfuerzos encaminados a la adopción y aplicación efectiva de normas internacionales en los ámbitos social, laboral, medioambiental y de los derechos humanos, y que debe concederse a los países en desarrollo la ayuda necesaria para que puedan cumplir dichas normas;

20.  Está convencido de que la ausencia de un grado suficiente de diferenciación entre los países en desarrollo, pese a la sensible diversidad de sus niveles de desarrollo económico y de sus necesidades específicas, puede ser un importante obstáculo en la adopción de medidas eficaces en favor de dichos países, conforme al objetivo proclamado durante la Ronda de Doha, e ir en detrimento de los países en desarrollo más necesitados; insta a los países en desarrollo avanzados a que asuman su parte de responsabilidad ya durante la actual ronda y a que aporten contribuciones que guarden relación con su nivel de desarrollo y su competitividad sectorial;

21.  Considera que debería examinarse seriamente la cuestión del establecimiento de categorías o subcategorías, no solo en relación con los países en desarrollo, sino también con todos los miembros de la OMC, sobre la base de criterios objetivos que no estén ligados exclusivamente al producto nacional bruto, con miras a una posible aplicación diferenciada de los acuerdos existentes o en curso de negociación;

22.  Considera esencial concluir la larga Ronda de Doha con su mandato de desarrollo cumplido; insta, por consiguiente, a todos los miembros de la OMC a que estudien todas las posibilidades existentes teniendo presente dicho objetivo final para lograr un resultado equilibrado;

23.  Insiste en que la UE debe seguir desempeñando un papel de liderazgo en la promoción de progresos tangibles en las actuales negociaciones de la OMC con vistas a la conclusión plena de la Ronda de Doha para el Desarrollo en un futuro cercano, así como facilitando la participación absoluta de los PMA en el comercio internacional al servir de puente entre las diversas posturas de los miembros de la OMC;

24.  Hace hincapié en la importancia vital de la OMC en lo que se refiere a la aplicación y ejecución de compromisos vinculantes y la resolución de litigios comerciales;

25.  Considera que los miembros de la OMC deben, no obstante, intensificar sus esfuerzos en otras áreas determinadas por la Declaración Ministerial de Doha, como el comercio de los bienes y servicios medioambientales, que pueden contribuir considerablemente al desarrollo sostenible y a la lucha contra el cambio climático; pide a los miembros de la OMC que tomen nota de la lista de productos medioambientales de la APEC; insta a la UE a que siga impulsando el inicio de un acuerdo de tecnología medioambiental destinado a reducir los aranceles para los productos de tecnología medioambiental, y a que busque una clarificación de la relación jurídica entre las normas de la OMC y los acuerdos medioambientales multilaterales;

26.  Pide a la Comisión y al Consejo que velen por que el Parlamento siga estando estrechamente asociado a la preparación de la novena Conferencia Ministerial que tendrá lugar en Bali del 3 al 6 de diciembre de 2013, por que se le informe con rapidez y por que, si fuera necesario, se le consulte durante la Conferencia Ministerial; pide a la Comisión que siga abogando ante el resto de los miembros de la OMC por el aumento de la importancia de la dimensión parlamentaria de la OMC;

27.  Pide a los miembros de la OMC que garanticen la legitimidad democrática mediante el fortalecimiento de la dimensión parlamentaria de la OMC; destaca, en este contexto, la necesidad de velar por que los parlamentarios dispongan de un mejor acceso a las negociaciones comerciales y participen en la formulación y la aplicación de las decisiones de la OMC, y de que las políticas comerciales estén sometidas a un control adecuado en interés de los ciudadanos; solicita, por consiguiente, que se cree una delegación parlamentaria europea permanente ante la OMC;

28.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y al Director General de la OMC.

(1) DO C 293 E de 2.12.2006, p. 155.
(2) DO C 259 E de 29.10.2009, p. 77.
(3) DO C 9 E de 15.1.10, p. 31.
(4) DO C 286 E de 22.10.2010, p. 1.
(5) DO C 51 E de 22.2.2013, p. 84.

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