Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 10 de diciembre de 2013, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a un Mecanismo de Protección Civil de la Unión (COM(2011)0934 – C7-0519/2011 – 2011/0461(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2011)0934),
– Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 196 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7‑0519/2011),
– Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el dictamen del Comité de las Regiones de 19 de julio de 2012(1),
– Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 9 de octubre de 2013, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el artículo 55 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y las opiniones de la Comisión de Desarrollo, la Comisión de Asuntos Exteriores, la Comisión de Presupuestos y la Comisión de Desarrollo Regional (A7-0003/2013),
1. Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;
2. Aprueba la declaración común del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión adjunta a la presente Resolución;
3. Toma nota de la declaración de la Comisión adjunta a la presente Resolución;
4. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;
5. Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.
Posición del Parlamento Europeo aprobada el 10 de diciembre de 2013 con vistas a la adopción de la Decisión n° .../2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a un Mecanismo de Protección Civil de la Unión
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, la Decisión n° 1313/2013/UE.)
ANEXO A LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
Declaración de la Comisión
Sin perjuicio del procedimiento presupuestario anual, la Comisión tiene la intención de presentar al Parlamento Europeo un informe anual sobre la aplicación de la Decisión, con inclusión del desglose presupuestario que se establece en el anexo I, a partir de enero de 2015. Este planteamiento parte de la especificidad de la política de protección civil y no sienta precedente para otros instrumentos financieros.
Declaración del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión
El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión toman nota del planteamiento adoptado en el artículo 19, apartados 4 a 6, y en el anexo I, que responde a las especificidades de la presente Decisión y no sienta precedente para otros instrumentos financieros.