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Procedimiento : 2013/2980(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclos relativos a los documentos :

Textos presentados :

RC-B7-0561/2013

Debates :

PV 12/12/2013 - 17.1
CRE 12/12/2013 - 17.1

Votaciones :

PV 12/12/2013 - 18.1

Textos aprobados :

P7_TA(2013)0602

Textos aprobados
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Jueves 12 de diciembre de 2013 - Estrasburgo
Situación en la República Centroafricana
P7_TA(2013)0602RC-B7-0561/2013

Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de diciembre de 2013, sobre la situación en la República Centroafricana (2013/2980(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus Resoluciones, de 17 de enero de 2013(1) y 12 de septiembre de 2013(2), sobre la situación en la República Centroafricana,

–  Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 2088 (2013) de 24 de enero de 2013, 2121 (2013) de 10 de octubre de 2013 y 2127 (2013) de 5 de diciembre de 2013,

–  Vistos el informe del Secretario General de las Naciones Unidas de 15 de noviembre de 2013 y el informe del Sr. Abou Moussa, Representante del Secretario General y Jefe de la Oficina Regional de las Naciones Unidas para África Central,

–  Visto el llamamiento realizado a la comunidad internacional desde la tribuna de las Naciones Unidas por el Primer Ministro centroafricano, Nicolas Tiangaye,

–  Vista la carta de las autoridades centroafricanas, de 20 de noviembre de 2013, en la que solicitan el apoyo de tropas francesas para la MISCA;

–  Vista la información ofrecida por Jan Eliasson, Vicesecretario General de las Naciones Unidas, ante el Consejo de Seguridad el 25 de noviembre de 2013 sobre la situación en la República Centroafricana,

–  Vistas las declaraciones de la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 21 de diciembre de 2012, 1 y 11 de enero de 2013, 25 de marzo de 2013, 21 de abril de 2013, 27 de agosto de 2013 y 5 de diciembre de 2013, sobre la República Centroafricana,

–  Vistas las declaraciones de la Comisaria europea de Ayuda Humanitaria y Protección Civil, de 21 de diciembre de 2012, sobre el nuevo brote del conflicto en la República Centroafricana y, de 10 de septiembre de 2013, sobre el agravamiento de la crisis en la República Centroafricana,

–  Visto el Acuerdo revisado de Cotonú,

–  Visto el establecimiento, en mayo de 2013, de un Grupo de Contacto Internacional sobre la República Centroafricana para coordinar la acción regional, continental e internacional a fin de encontrar una solución duradera a los problemas recurrentes del país,

–  Vista la reunión del Grupo de Contacto Internacional celebrada el 3 de mayo de 2013 en Brazzaville (República del Congo), que validó la hoja de ruta para la transición y estableció un Fondo Especial para asistir a la República Centroafricana,

–  Vista la declaración adoptada por el Grupo de Contacto Internacional sobre la República Centroafricana en su tercera reunión celebrada en Bangui el 8 de noviembre de 2013,

–  Visto el Estatuto de Roma de 1988 de la Corte Penal Internacional (CPI), ratificado por la República Centroafricana en 2001,

–  Visto el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, que ha sido firmado por la República Centroafricana,

–  Visto el comunicado de prensa emitido el 13 de noviembre de 2013 por el Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana sobre la situación en la República Centroafricana,

–  Vista la aprobación de un nuevo concepto de operaciones por el Consejo de Paz y Seguridad de la UA el 10 de octubre de 2013,

–  Visto el comunicado del Consejo de Paz y Seguridad de la UA, de 13 de noviembre de 2013, en que se congratula del previsto refuerzo del contingente francés para ofrecer más apoyo a la MISCA,

–  Vista la Resolución de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE, de 19 de junio de 2013, sobre la República Centroafricana,

–  Vista la declaración, de 27 de noviembre de 2013, de los copresidentes de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE en Addis Abeba,

–  Vistas las conclusiones, de 21 de octubre de 2013, del Consejo de la UE sobre la República Centroafricana,

–  Vistos el artículo 122, apartado 5, y el artículo 110, apartado 4, de su Reglamento,

Violencia

A.  Considerando que, desde el inicio de los combates en la República Centroafricana a finales de 2012 y desde que los rebeldes Seleka depusieran al anterior Presidente François Bozizé en marzo de 2013, la República Centroafricana se ha sumido en el caos, lo que ha derivado en una grave escasez de alimentos y medicinas;

B.  Considerando que, desde la victoria militar de la coalición Seleka el 24 de marzo de 2013 y su llegada al poder, sus miembros han perpetrado numerosas atrocidades, violaciones, crímenes, actos de violencia física, robos, pillaje y otras violaciones de los derechos humanos, tanto en la capital como en las provincias, sin estar sometidos a ningún tipo de control; que cada vez se recurre en mayor medida a los niños soldado y aumenta la violencia sexual;

C.  Considerando que también cometen abusos otros grupos armados y que algunos de ellos dicen apoyar al expresidente Bozizé;

D.  Considerando que desde el 5 de diciembre de 2013 han muerto 400 personas en Bangui en un período de 72 horas;

E.  Considerando que la guerra se está instrumentalizando como enfrentamiento religioso, según se aprecia en la difícil situación de las comunidades cristianas, y que, a pesar de los esfuerzos comunes de los líderes religiosos por evitar una guerra de confesiones y de la tradicional coexistencia pacífica de religiones y gentes, la situación podría volverse incontrolable si no se aborda adecuadamente;

F.  Considerando el riesgo de contagio en la región, pues también se verían afectados los países vecinos si la República Centroafricana se convirtiera en un santuario de terroristas, narcotraficantes, yihadistas y bandoleros; que las autoridades camerunesas han cerrado temporalmente la frontera con la República Centroafricana después de que los rebeldes Seleka hubieran atacado la ciudad fronteriza de Toktoyo y asesinado a un funcionario de fronteras camerunés;

G.  Considerando que esos actos de violencia son cometidos por grupos equipados con armamento moderno y, en ocasiones, armamento pesado;

H.  Considerando que los conflictos armados son cada vez más autosuficientes para su financiación, pues los grupos rebeldes, las redes delictivas, los mercenarios y las élites depredadoras recurren de día en día en mayor medida a los ingresos por materias primas para sufragar sus actividades bélicas;

I.  Considerando que las autoridades nacionales de transición no logran controlar a los violentos ni cumplir su tarea de proteger a la población;

J.  Considerando que la violencia que sufre la República Centroafricana justifica la urgencia de actuar para prevenir el riesgo de crímenes masivos que supongan una amenaza para la población centroafricana y la estabilidad de la región;

K.  Considerando que la situación en la República Centroafricana podría crear un clima propicio al desarrollo de actividades delictivas transnacionales (extracto de la resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas);

Seguridad

L.  Considerando que, aunque se ha desplegado a 1 300 soldados de la CEEAC (Comunidad Económica de los Estados de África Central) en la República Centroafricana, estos no han logrado impedir que el país se convierta en un territorio sin ley;

M.  Considerando que mediante su Resolución 2127 (2013), aprobada por unanimidad, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha autorizado una mayor intervención militar de las tropas africanas y francesas para restablecer la seguridad y proteger a la población civil en la República Centroafricana, imponiendo un embargo de armas y pidiendo a las Naciones Unidas que se apresten a enviar, en su caso, una misión de mantenimiento de la paz;

N.  Considerando que el 26 de noviembre de 2013 el General Jean-Marie Michel Mokoko (Congo) fue nombrado Representante Especial de la Unión Africana para la República Centroafricana y jefe de las tropas africanas desplegadas en el país (MISCA);

O.  Considerando que la MISCA podrá desplegarse por un período de doce meses, con una cláusula de revisión de seis meses, siendo su cometido proteger a los civiles, restablecer el orden y la seguridad, estabilizar el país y facilitar la prestación de ayuda humanitaria;

P.  Considerando que la instauración de una «operación de mantenimiento de la paz» de las Naciones Unidas, según reclama la Unión Africana y se prevé en la Resolución 2127 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, aseguraría la viabilidad financiera de la misión;

Q.  Considerando que, según señala el Secretario General de las Naciones Unidas, la operación de las Naciones Unidas debería estar integrada por entre 6 000 y 9 000 cascos azules para ser eficaz;

Derechos humanos

R.  Considerando que el colapso del orden público y la seguridad en la República Centroafricana está generando una catástrofe humanitaria y supone asimismo una importante amenaza para la seguridad regional;

S.  Considerando que los asesinatos de civiles, la quema de casas y la destrucción de infraestructura básica han obligado a medio millón de personas a huir de este país de 4,6 millones de habitantes;

T.  Considerando que el 4 de septiembre de 2013 el Fiscal del Tribunal de Bangui pidió que se condenara a diez años de cárcel a los antiguos veinticuatro rebeldes Seleka encausados en el primer juicio celebrado por los abusos cometidos en la República Centroafricana;

U.  Considerando que no se ha encausado a muchos autores de violaciones de los derechos humanos y crímenes de guerra; que así se promueve un clima de impunidad y se favorece la comisión de más desmanes;

Vertiente humanitaria

V.  Considerando que la reciente Evaluación de la Seguridad Alimentaria en Emergencia (ESAE) ha revelado que 484 000 personas podrían encontrarse en una situación de inseguridad alimentaria en el país;

W.  Considerando que, debido a la inseguridad y al inadecuado nivel de financiación para una crisis de tal magnitud, las organizaciones humanitarias solo actúan en los centros urbanos;

X.  Considerando que la inestabilidad ha sacado al 70 % de los niños de las escuelas;

Y.  Considerando que la Unión Europea sigue manteniendo un diálogo político regular con la República Centroafricana y sigue siendo el principal donante del país, habiendo incrementado su ayuda humanitaria de 8 a 20 millones de euros; que esta ayuda de la UE no es suficiente y que otros socios internacionales deben comprometerse asimismo a contribuir;

Desarrollo

Z.  Considerando que la complejidad de la crisis exige una respuesta global y coherente, integrada y multidimensional, y que una mera intervención militar no bastará para resolver los problemas;

AA.  Considerando que es importante aplicar un enfoque amplio y completo que tenga en cuenta la interrelación entre la gobernanza de los recursos naturales de la República Centroafricana, la paz, la seguridad y los asuntos de desarrollo para alcanzar una solución duradera;

AB.  Considerando la necesidad de contar con una importante ayuda económica internacional;

AC.  Considerando la moratoria impuesta sobre la República Centroafricana por el sistema de certificación de Kimberley;

AD.  Considerando que, a pesar de la incierta situación en la República Centroafricana, la UE nunca ha suspendido la cooperación al desarrollo con el país y sigue siendo el principal donante de ayuda humanitaria; que el 5 de diciembre de 2013 la UE ofreció 50 millones EUR para la Misión Internacional de Apoyo a la República Centroafricana con Liderazgo Africano (MISCA), a fin de contribuir a la estabilización del país y la protección de sus gentes, así como para preparar las condiciones que permitan la prestación de ayuda humanitaria y la reforma del sector de la seguridad y la defensa;

Violencia

1.  Condena firmemente las graves violaciones del Derecho humanitario y las violaciones generalizadas del Derecho en materia de derechos humanos, en particular por antiguos miembros de Seleka y grupos armados, en particular los llamados «anti-balaka», que incluyen ejecuciones extrajudiciales, ejecuciones sumarias, desapariciones forzosas, arrestos y detenciones arbitrarios, violencia sexual y por motivos de género, y reclutamiento de niños soldado; expresa su gran preocupación por la nueva dinámica de violencia y represalias que reina en la República Centroafricana, que podría derivar en una situación incontrolable en la que se dieran los crímenes más graves contemplados por el Derecho Internacional, como son los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad; le preocupa igualmente el posible efecto de contagio del conflicto, que podría desestabilizar toda la región;

2.  Reitera su gran preocupación por la situación en la República Centroafricana, que se caracteriza por un colapso absoluto del orden público, la ausencia del Estado de Derecho y la violencia sectaria; condena los brotes de violencia recientes, que han seguido erosionando incluso los servicios más básicos del país y exacerbado una situación humanitaria ya desesperada y que afecta a toda la población;

3.  Se congratula, en este contexto, de la decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de imponer un embargo de armas a la República Centroafricana;

Seguridad

4.  Celebra la aprobación de la Resolución 2127 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de conformidad con el capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas y reclama su pronta aplicación para ahorrar mayor violencia e inseguridad a la población de la República Centroafricana;

5.  Se congratula del rápido despliegue de las tropas francesas tras la autorización otorgada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y de su objetivo de atajar la violencia, proteger a la población civil y desarmar a los milicianos;

6.  Rinde homenaje a los dos soldados franceses que, actuando junto a las fuerzas africanas, han muerto en acto de servicio defendiendo a la población civil de la República Centroafricana;

7.  Se congratula de los continuos esfuerzos internacionales por restablecer el orden, incluido el refuerzo de la fuerza de paz MICOPAX de la CEEAC y su reconfiguración como fuerza de mantenimiento de la paz de la Misión Internacional de Apoyo a la República Centroafricana (MISCA) bajo la égida de la Unión Africana;

8.  Pide a la comunidad internacional que realice todas las contribuciones financieras, de tropas y de otro tipo necesarias para reforzar la presencia internacional de seguridad, de carácter mayoritariamente africano, y asegurar la ejecución de su mandato; acoge con satisfacción, en este contexto, los 50 millones EUR facilitados por la UE en apoyo de AFISMA-CAR;

9.  Deplora la lentitud con que se está instaurando la operación de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas y que el Consejo de Seguridad necesite tanto tiempo para otorgar un mandato con arreglo al capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas;

10.  Considera necesario, además, hacer frente a las consecuencias de los conflictos, en particular mediante una reforma de las fuerzas armadas y de seguridad, la desmilitarización, la desmovilización y reintegración de los excombatientes, de conformidad con la Resolución 2121 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la repatriación de los refugiados, el regreso a sus hogares de los desplazados internos y la ejecución de programas de desarrollo viables;

11.  Pide al Consejo de la Unión Europea que estudie la posibilidad de facilitar formación y apoyo a la MISCA, al igual que hizo con la AMISON, para mejorar la capacidad de las fuerzas africanas y que estas puedan llevar cabo por sí mismas las tareas de planificación y realización de las operaciones;

12.  Indica que las recientes crisis malí y centroafricana muestran la necesidad de que el continente africano disponga de una capacidad adecuada de seguridad continental; insta, en este sentido, a la UE y a sus Estados miembros a que presten más apoyo a la instauración efectiva de la Capacidad Africana de Reacción Inmediata a las Crisis (CARIC) creada en junio de 2013, pues este es un requisito indispensable para la pronta funcionalidad de la Fuerza Africana de Alerta de la Unión Africana prevista inicialmente para 2010;

13.  Expresa su deseo de que se refuerce la cooperación regional en la lucha contra el «Ejército de Resistencia del Señor»;

Derechos humanos

14.  Destaca que no cabe la impunidad para los autores de violaciones graves de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario; pide que se dé a conocer la autoría de tales desmanes y se identifique, enjuicie y castigue a los responsables con arreglo al Derecho nacional e internacional; señala, a este respecto, que la situación en la República Centroafricana ya se ha comunicado a la CPI y que, de conformidad con su Estatuto, no hay período de prescripción para el genocidio, los crímenes contra la humanidad o los crímenes de guerra, y se felicita de la declaración realizada el 7 de agosto de 2013 por el Fiscal de la CPI;

15.  Reclama la urgente aplicación de medidas para combatir la violencia sexual contra mujeres y niñas, asegurar su protección y poner fin a la impunidad de los autores de tales tropelías;

16.  Celebra, en particular, que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas haya creado una comisión de investigación para examinar las denuncias de violaciones del Derecho internacional humanitario y de los derechos humanos cometidos en la República Centroafricana por todas las partes desde enero de 2013; pide a todas las partes que colaboren con dicha comisión para asegurar el enjuiciamiento de los autores de esos atroces delitos;

17.  Alienta a cooperar plenamente con el Comité de Sanciones creado por la Resolución 2127 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas;

18.  Pide a las autoridades centroafricanas que cumplan las obligaciones que les incumben con arreglo al Estatuto de Roma de la CPI, que su país ha ratificado;

19.  Pide que se respeten los compromisos nacionales e internacionales en lo relativo a la prohibición de reclutar y utilizar niños en las fuerzas armadas o grupos armados;

Vertiente humanitaria

20.  Celebra el establecimiento de un puente aéreo humanitario por la UE a través de ECHO – su servicio de transporte aéreo humanitario – el 9 de diciembre para apuntalar los esfuerzos internacionales de estabilización de la República Centroafricana, velando por que la ayuda llegue a aquellos que más la necesitan; se congratula de los esfuerzos del Servicio Exterior y de la Comisaria de Ayuda Humanitaria por reaccionar rápidamente ante la situación;

21.  Insta a la comunidad internacional a que mantenga a la República Centroafricana como prioridad en su agenda y apoye a este frágil país; destaca, en este contexto, que la comunidad humanitaria debe mantener asimismo su compromiso con la República Centroafricana, a pesar de la actual situación política y de seguridad, y asignar recursos adecuados para responder a la crisis médica y humanitaria que atraviesa el país; expresa su preocupación por el restringido acceso humanitario y condena los ataques contra los trabajadores humanitarios; pide a todas las partes del conflicto, en particular a Seleka, que permitan el acceso seguro y sin trabas de las organizaciones humanitarias y de ayuda;

22.  Celebra que la UE haya redoblado su apoyo para atajar la crisis humanitaria en la República Centroafricana y pide a la UE y a sus Estados miembros, en cuanto donantes principales del país, que mejoren su coordinación con los demás donantes y las instituciones internacionales, a fin de cubrir de manera adecuada las apremiantes necesidades humanitarias y aliviar el sufrimiento de la población de la República Centroafricana;

Desarrollo

23.  Pide al Grupo de Contacto Internacional sobre la República Centroafricana que ofrezca al país el apoyo financiero necesario para generar un desarrollo económico viable, restablecer una administración y unos servicios públicos operativos e instaurar instituciones democráticas que puedan proteger a los ciudadanos;

24.  Reitera que una solución política integral, que incluya una distribución justa de los ingresos entre todas las partidas del presupuesto estatal, es esencial para encontrar soluciones a la crisis y allanar el camino hacia el desarrollo sostenible de la región;

25.  Condena la explotación ilegal de los recursos naturales en la República Centroafricana;

26.  Considera que la transparencia y el control público en el sector de la minería son esenciales para una gestión eficiente de las minas y para divulgar las actividades y los ingresos de las empresas extractivas y de exportación;

27.  Reclama la adopción de medidas, con ayuda de la comunidad internacional, para redoblar los esfuerzos de resolución de la crisis política e instaurar un sistema judicial y una infraestructura administrativa, concediendo prioridad al restablecimiento de los servicios básicos en el ámbito de la justicia, la sanidad y la educación; pide que se asegure y promueva el derecho a la educación e insta al Gobierno a redoblar sus esfuerzos de aplicación del Plan de Acción «Enseñanza para Todos»;

28.  Condena la destrucción del patrimonio natural, en particular la caza y pesca furtivas (resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas);

Proceso político

29.  Reafirma su apoyo a la soberanía, la unidad y la integridad territorial de la República Centroafricana;

30.  Pide a las autoridades de la República Centroafricana que apliquen los acuerdos sobre la transición política sin demora para que puedan celebrarse elecciones y restablecerse el orden constitucional antes de febrero de 2015;

31.  Reitera su apoyo al Primer Ministro Nicolas Tiangaye, que cuenta con el sostén de la comunidad internacional;

32.  Reclama la restauración de la función pública en la República Centroafricana para organizar unas elecciones creíbles y aceptables que permitan llevar la democracia al país; observa que, a pesar de los desvelos del Primer Ministro Tiangaye, las estructuras y el control públicos se han deteriorado de tal manera que apenas quedan vestigios de ellos; alienta la participación de la sociedad civil en los debates sobre el futuro de la República Centroafricana;

33.  Insiste en que las autoridades de transición aseguren la plena participación de las mujeres en todas las fases del proceso (resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas);

34.  Se felicita de que las Naciones Unidas se hayan comprometido a seguir de cerca la gestión de la transición;

o
o   o

35.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión a la VP/AR Catherine Ashton, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, al Secretario General de las Naciones Unidas, a las instituciones de la Unión Africana, a la CEEAC, a la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE, a los Estados miembros de la UE y al Consejo Nacional de Transición de la República Centroafricana.

(1) Textos Aprobados, P7_TA(2013)0033.
(2) Textos Aprobados, P7_TA(2013)0389.

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