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Procedimiento : 2013/2178(INI)
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Ciclo relativo al documento : A7-0121/2014

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A7-0121/2014

Debates :

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PV 26/02/2014 - 7.2
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Textos aprobados :

P7_TA(2014)0133

Textos aprobados
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Miércoles 26 de febrero de 2014 - Estrasburgo
Optimización del desarrollo del potencial de las regiones ultraperiféricas
P7_TA(2014)0133A7-0121/2014

Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de febrero de 2014, sobre la optimización del desarrollo del potencial de las regiones ultraperiféricas mediante la creación de sinergias entre los Fondos estructurales y los demás programas de la Unión Europea (2013/2178(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vistos los artículos 349 y 355, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), en los que se reconoce un estatuto particular para las regiones ultraperiféricas (RUP) y se prevé la adopción de «medidas específicas» que permitan la plena aplicación de los Tratados y de las políticas comunes,

–  Visto el artículo 107, apartado 3, letra a), del TFUE relativo al régimen de ayudas otorgadas por los Estados a estas regiones,

–  Vistos los artículos 174 y siguientes del TFUE por los que se establece el objetivo de cohesión económica, social y territorial y se definen los instrumentos financieros de finalidad estructural para alcanzarlo,

–  Vista la totalidad de las comunicaciones de la Comisión Europea sobre las regiones ultraperiféricas y, en particular, la Comunicación, de 17 de octubre de 2008, titulada «Las regiones ultraperiféricas: una ventaja para Europa» (COM(2008)0642),

–  Vista la totalidad de sus resoluciones sobre las regiones ultraperiféricas y, en particular, su Resolución, de 20 de mayo de 2008, sobre la estrategia para las regiones ultraperiféricas: balance y perspectivas(1),

–  Visto el documento de trabajo de la Comisión titulado «Regiones 2020: una evaluación de los retos futuros para las regiones de la Unión» (SEC(2008)2868),

–  Vistos el Mensaje de la isla de la Reunión, de 7 de julio de 2008, de la conferencia celebrada sobre el tema «La Unión Europea y sus entidades de Ultramar: Estrategias para combatir el cambio climático y la pérdida de biodiversidad», y las conclusiones del Consejo de la Unión Europea del 25 de junio de 2009 sobre la evaluación intermedia de la aplicación del Plan de Acción Comunitario para la Biodiversidad y Hacia una Estrategia de la UE sobre especies exóticas invasoras,

–  Visto el Memorando conjunto de las regiones ultraperiféricas, de 14 de octubre de 2009, titulado «Las RUP en el horizonte 2020»,

–  Vista la Plataforma común, de 6 de julio de 2010, dirigida al Presidente de la Comisión Europea, José Manuel Durão Barroso, por la Conferencia de Diputados europeos de las regiones ultraperiféricas en el Parlamento Europeo,

–  Visto el Memorando conjunto de España, Francia, Portugal y de las regiones ultraperiféricas, de 7 de mayo de 2010, titulado «Una visión renovada de la estrategia europea hacia la ultraperiferia»,

–  Vista la Contribución conjunta de las regiones ultraperiféricas, de 28 de enero de 2011, sobre el Quinto Informe sobre la cohesión económica, social y territorial,

–  Visto el Informe titulado «Las regiones ultraperiféricas en el mercado único: la proyección de la UE en el mundo», de 12 de octubre de 2011, presentado a Michel Barnier, miembro de la Comisión Europea, por Pedro Solbes Mira,

–  Vista su Resolución, de 18 de abril de 2012, sobre el papel de la política de cohesión en las regiones ultraperiféricas de la Unión Europea en el contexto de Europa 2020(2),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de junio de 2012, titulada «Las regiones ultraperiféricas de la Unión Europea: hacia una asociación en pos de un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2012)0287),

–  Visto el informe dirigido por el diputado Serge Letchimy y destinado al Primer Ministro de la República Francesa titulado «L'article 349 du Traité sur le fonctionnement de l'Union européenne: contribution à l'application du cadre dérogatoire au service d'un projet global de développement des régions ultrapériphériques» (El artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: contribución a la aplicación del marco de excepciones con miras a un proyecto global de desarrollo de las regiones ultraperiféricas),

–  Vista la totalidad de las contribuciones conjuntas y de los documentos técnicos y políticos de la Conferencia de Presidentes de las Regiones Ultraperiféricas de la Unión Europea y, en particular, la declaración final de la XIX Conferencia de Presidentes de las Regiones Ultraperiféricas de la Unión Europea, de los días 17 y 18 de octubre de 2013,

–  Visto el artículo 48 de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Desarrollo Regional (A7-0121/2014),

A.  Considerando que las bazas, los recursos y el potencial de las regiones ultraperiféricas, que la Comisión Europea ha reconocido en su estrategia de 2008 y en su comunicación de 2012, abarcan ámbitos clave para la Unión Europea en lo que respecta a la investigación, la innovación y el crecimiento, y que los fondos y programas europeos los apoyan y financian en grado insuficiente;

B.  Considerando que las regiones ultraperiféricas están integradas por un conjunto de archipiélagos e islas y una región enclavada en el bosque amazónico que se caracterizan por dificultades específicas comunes que las diferencian de otras situaciones geográficas particulares de la Unión (regiones insulares, de montaña y con baja densidad de población);

C.  Considerando que, por lo que respecta a los objetivos que la Unión se ha fijado para poner en práctica la Estrategia Europa 2020 para el crecimiento, la Estrategia Horizonte 2020, la Estrategia Energía 2020, los programas LIFE+ y Natura 2000, y las redes transeuropeas de telecomunicaciones, transportes y energía, las regiones ultraperiféricas son regiones de excelencia y pueden contribuir significativamente a la asunción de estos retos;

D.  Considerando que, por ello, es importante fomentar las inversiones a largo plazo y promover la fuerza innovadora de las regiones ultraperiféricas para reforzar de manera duradera su desarrollo económico y social, y aumentar las probabilidades de éxito de las diferentes estrategias de la Unión;

E.  Considerando que, para aplicar estas estrategias, los Fondos Estructurales y el Fondo Europeo de Inversión para las regiones ultraperiféricas deben ajustarse o completarse para que estas puedan participar, con arreglo a su potencial y como pretenden, en los grandes desafíos de la Unión Europea;

F.  Considerando que el actual contexto de crisis económica y social ha tenido consecuencias especialmente graves en las regiones ultraperiféricas de la Unión Europea, en particular en términos de competitividad y empleo, y que tanto la necesidad de crecimiento económico como el problema del desempleo exigen respuestas urgentes y adecuadas en el próximo período de financiación y programación;

G.  Considerando que el artículo 349 también debe utilizarse como fundamento jurídico para permitir a las regiones ultraperiféricas encontrar, mediante medidas específicas, el lugar que debería corresponderles en los programas de la Unión que pueden desarrollar concretamente el potencial que se les reconoce;

H.  Considerando que las regiones ultraperiféricas pueden convertirse en territorios piloto y territorios de excelencia en beneficio del conjunto de la Unión en ámbitos tales como la biodiversidad, el medio ambiente, la adaptación a los cambios climáticos y su mitigación, la gestión y la observación de los fenómenos climáticos extremos, la investigación, la innovación, el espacio, el sector aeroespacial, los océanos, el «crecimiento azul», el ordenamiento del espacio marítimo y la gobernanza marítima, la sismología, la vulcanología, las nuevas enfermedades, las energías renovables, los transportes, las telecomunicaciones, la capacidad de intervención humanitaria de urgencia en terceros países y la cultura;

I.  Considerando que las regiones ultraperiféricas están situadas en las cuencas marítimas del Caribe, del océano Índico y del océano Atlántico, que confieren a la Unión Europea el estatuto de potencia marítima mundial, que su posición geoestratégica contribuye a la dimensión mundial de la Unión, y que se caracterizan por contar con recursos naturales, marinos y pesqueros excepcionales que representan más del 50 % de la biodiversidad mundial;

J.  Considerando que las regiones ultraperiféricas constituyen una realidad única y un conjunto común tanto dentro de la Unión Europea como fuera de esta que la Comisión Europea debe fomentar y apoyar, concretamente mediante la aplicación de políticas comunes;

K.  Considerando que la optimización del potencial de las regiones ultraperiféricas requiere que se establezcan las máximas sinergias entre todos los instrumentos, fondos y programas de la Unión;

Nuevas perspectivas para las regiones ultraperiféricas

1.  Está convencido de que el potencial, las bazas, los recursos y la experiencia de las regiones ultraperiféricas constituyen una ventaja adicional para la Unión y para los Estados miembros a la hora de asumir los desafíos a que se enfrentan en lo que respecta a la globalización, la capacidad de innovación, el crecimiento, la cohesión social, las presiones demográficas, los cambios climáticos, la prevención de riesgos importantes de catástrofe natural, la energía, la gestión sostenible de los recursos naturales y la preservación de la biodiversidad;

2.  Está convencido de que la mejora del acceso de las regiones ultraperiféricas a los diferentes programas y fondos de la Unión beneficiará, a corto y a largo plazo, al conjunto de la Unión; lamenta la orientación preconizada a escala europea de recurrir de forma exclusiva a la política de cohesión para financiar la práctica totalidad de los proyectos de desarrollo de las regiones ultraperiféricas;

3.  Apoya a la Comisión Europea en su voluntad de aplicar políticas que refuercen la autonomía, la consolidación económica y la creación de empleos sostenibles en las regiones ultraperiféricas, sacando provecho de sus bazas y de medidas prácticas e innovadoras basadas en el artículo 349 del TFUE y de los instrumentos específicos, en particular en los ámbitos de la energía, los transportes y las TIC, para cada uno de los fondos y programas, con objetivos que puedan valorizar las bazas de las regiones ultraperiféricas con miras a un desarrollo sostenible;

4.  Resalta asimismo la necesidad y la importancia de que las políticas europeas contribuyan, también a través de instrumentos fiscales y aduaneros específicos, al fomento y la diversificación de la base económica de las economías de las regiones ultraperiféricas y a la creación de empleo;

5.  Considera que el artículo 349 del TFUE constituye un fundamento jurídico adecuado para la adopción de medidas específicas para las regiones ultraperiféricas, pero lamenta que se recurra de forma limitada a esta disposición del Tratado, que consagra la posibilidad de otorgar un régimen especial al amparo del estatuto de la ultraperiferia;

6.  Pide a la Comisión que cree un grupo de contacto entre los Comisarios afectados, el grupo de trabajo interservicios que coordina las políticas relativas a las regiones ultraperiféricas y los diputados al Parlamento Europeo originarios de las regiones ultraperiféricas, con el fin de hacer un balance de los programas previstos y/o emprendidos por estas;

7.  Subraya que las regiones ultraperiféricas, al estar alejadas del continente europeo, son los vectores de proyección de una Unión Europea que toma conciencia de su dimensión mundial y de su papel en un mundo en proceso de mutación profunda;

8.  Insiste en que se debe prestar una atención especial a las regiones ultraperiféricas en caso de catástrofe natural, habida cuenta de sus características particulares y de conformidad con el artículo 349 del TFUE, que consagra la posibilidad de adoptar medidas específicas, y recuerda la importancia de coordinar los Fondos Estructurales con el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea;

9.  Pide que la inversión en TIC, transportes, agua y energía a través de servicios de interés económico general constituya una prioridad en estas regiones, y aboga por que se refuerce la coherencia del encuadramiento de las ayudas estatales en las regiones ultraperiféricas con el fin de alcanzar los objetivos de la Estrategia Europa 2020;

10.  Está convencido de la estrecha correlación que existe entre la concienciación respecto de la dimensión mundial que la Unión puede desarrollar y la atención que reciben sus regiones ultraperiféricas; está convencido asimismo de que la Unión y los Estados miembros no tienen suficientemente presente el peso y el alcance de cara al futuro que conllevan sus elecciones estratégicas en materia de inversiones en las regiones ultraperiféricas, y de que esta situación es un indicador de la infrautilización que hace la Unión de su propia dimensión mundial e internacional; considera que, para las regiones ultraperiféricas, es esencial mejorar las sinergias en términos de instrumentos y programas, con objeto de promover la cooperación internacional de estas regiones en el mundo;

11.  Recuerda que, para incentivar la creación de sinergias entre los Fondos Estructurales y los demás programas de la Unión, es esencial adoptar una perspectiva macrorregional y elaborar estrategias para las macrorregiones que incluyen regiones ultraperiféricas, sacando partido de las características y los recursos de estas regiones;

12.  Pide a las autoridades nacionales y regionales que recurran a un enfoque que prevea la utilización de varios fondos y establezcan, siempre que sea posible y de la forma más eficaz posible, puntos de articulación entre los Fondos Estructurales y los instrumentos financieros de los demás programas de la Unión Europea;

13.  Pide a la Comisión que profundice en la estrategia europea para las regiones ultraperiféricas de modo que permita el desarrollo de las bazas de estas regiones y tenga en cuenta sus limitaciones estructurales y permanentes; pide a la Comisión, en este contexto, que dé curso a las propuestas de las regiones ultraperiféricas, recogidas concretamente en sus planes de acción;

Sinergias con el programa Horizonte 2020

14.  Estima que las regiones ultraperiféricas tienen el potencial necesario para estar en la vanguardia de la investigación y la tecnología en los ámbitos cubiertos por los objetivos del programa Horizonte 2020, tales como el espacio, el sector aeroespacial, las biotecnologías, la observación de los riesgos naturales, la investigación marina, la biodiversidad, las energías renovables, la salud, la adaptación a los cambios climáticos y los transportes inteligentes;

15.  Recuerda que uno de los objetivos de la política de cohesión 2014-2020 es el fortalecimiento de la investigación, del desarrollo tecnológico y de la innovación;

16.  Lamenta que, dado que los proyectos de las regiones ultraperiféricas tienen muchas dificultades para cumplir algunos de los requisitos para la obtención de financiación de la UE, estas regiones no se hayan beneficiado suficientemente del Programa Marco de Investigación y Desarrollo durante el periodo 2007-2013 y presenten, por ende, un bajo nivel de participación y de éxito y estén menos presentes en las redes europeas de investigación; pide, por ello, a la Comisión que adopte medidas para apoyar la investigación en las regiones ultraperiféricas y favorecer la obtención de una masa crítica;

17.  Considera que, por sí solo, el FEDER no podrá permitir a las regiones ultraperiféricas realizar los objetivos de la política de cohesión y de las estrategias Europa 2020 y Horizonte 2020; considera, a este respecto, que la Comisión debería adaptar y garantizar el acceso de las regiones ultraperiféricas al programa Horizonte 2020 mediante la creación de programas específicos que favorezcan la integración de estas regiones en las redes europeas e internacionales de investigación e innovación; recuerda, en este contexto, que, en la sección correspondiente al objetivo específico «Difundir la excelencia y ampliar la participación», el programa Horizonte 2020 resalta la existencia de importantes disparidades, detectadas por el marcador «Unión por la Innovación», entre los resultados en investigación e innovación y las medidas específicas destinadas a difundir la excelencia y ampliar la participación de los Estados miembros y las regiones rezagados en lo tocante a la investigación y la innovación;

18.  Aboga por la valorización y el desarrollo estructural de las universidades de las regiones ultraperiféricas con el fin de contribuir, mediante las sinergias con Horizonte 2020, a la proyección tanto europea como internacional de dichas universidades y de sus centros de investigación, investigadores y estudiantes; recuerda que, en las regiones ultraperiféricas, los programas que fomentan la movilidad de los estudiantes, los profesores y los funcionarios en el contexto universitario están seriamente comprometidos por el aumento de costes derivado del aislamiento y la distancia;

19.  Recuerda que los programas de investigación e innovación deben estar dotados de la flexibilidad necesaria para adaptarse a las nuevas fronteras y a los nuevos desafíos del conocimiento, como en el caso del fondo oceánico profundo, que presentan un gran potencial;

20.  Recuerda el creciente interés económico que suscita la inmensa riqueza de los fondos marinos y el enorme potencial biogenético, mineral y biotecnológico de las regiones ultraperiféricas en estos ámbitos, así como la importancia de tenerlo en cuenta en el marco de la nueva estrategia para las regiones ultraperiféricas, con objeto de garantizar el desarrollo de una economía del conocimiento basada en el mar y la creación de actividades económicas de gran valor añadido en ámbitos como la medicina, la farmacia y la energía, entre otros;

Sinergias con el mercado interior

21.  Pide a la Comisión que se inspire en las diferentes conclusiones del informe Solbes para incrementar el grado de integración y desarrollo de las regiones ultraperiféricas en el mercado interior;

22.  Hace hincapié en que la competencia no se materializa de la misma forma en las regiones ultraperiféricas que en el resto del espacio europeo, dado que en la mayoría de los sectores de servicios de interés económico general de estas regiones no es posible el libre funcionamiento del mercado, al carecer su actividad de atractivo para los inversores privados; destaca que las regiones ultraperiféricas solo pueden ofrecer productos de calidad a precios competitivos si reciben una compensación adecuada del Estado, y que la Comisión debe evaluar urgentemente la prestación de tales servicios en estas regiones con el fin de prever una mayor flexibilidad y una mejor adaptación del marco legislativo vigente de la Unión a dicha realidad;

23.  Pide a la Comisión que haga lo necesario para que se respeten mejor las disposiciones en materia de competencia, con el fin de evitar que en las regiones ultraperiféricas se produzcan situaciones de monopolio y acuerdos ilícitos;

24.  Pide a la Comisión que publique una guía para las pequeñas y medianas empresas en las regiones ultraperiféricas relativa a su contribución al mercado interior, teniendo en cuenta los distintos programas y fondos europeos vigentes en dichas regiones;

25.  Pide a la Comisión que, en la elaboración de las políticas europeas, estudie y tenga en cuenta los sobrecostes y el problema de la carestía de la vida en las regiones ultraperiféricas;

Sinergias con el programa LIFE+ y la Estrategia Energía 2020

26.  Opina que el potencial de las regiones ultraperiféricas en lo que respecta a la gestión, la preservación y la rehabilitación de la biodiversidad, a la adaptación al cambio climático y al desarrollo de las energías renovables puede optimizarse al tiempo que se permite a la Unión alcanzar sus propios objetivos gracias al establecimiento de sinergias y financiaciones complementarias entre la política de cohesión, el programa LIFE+ y la Estrategia Energía 2020;

27.  Observa que el programa LIFE+ para el periodo 2014-2020 tiene por objeto cofinanciar proyectos innovadores en favor de la preservación del medio ambiente y de la lucha contra el cambio climático; subraya la importancia fundamental de obtener sinergias con los objetivos 5 y 6 de la política de cohesión 2014-2020, dado que, a este fin, es indispensable reforzar la participación de las regiones ultraperiféricas en el programa LIFE+;

28.  Lamenta que la acción preparatoria BEST no se haya transformado en un programa real dedicado a las regiones ultraperiféricas y a los países y territorios de ultramar, en contra de la opinión del Parlamento Europeo y de las conclusiones del Consejo del 25 de junio de 2009;

29.  Lamenta que los hábitats y las especies animales y vegetales que se han de proteger en las regiones ultraperiféricas francesas no hayan sido incluidos en el anexo I de la Directiva 92/43/CEE relativa a los hábitats, la fauna y la flora, lo que impide aplicar dicha Directiva en las regiones ultraperiféricas francesas y excluye su participación en las redes y programas Natura 2000;

30.  Pide a la Comisión que elabore un programa Natura 2000 específico para las regiones ultraperiféricas basándose en el artículo 349 del TFUE;

31.  Pide a la Comisión que, basándose en los buenos ejemplos y resultados obtenidos por algunas regiones periféricas en el ámbito de las energías renovables, incentive medidas dirigidas a alcanzar la autonomía energética y los objetivos de la Estrategia Energía 2020, y le recuerda su propuesta de crear un programa específico en el ámbito de la energía para reducir el coste del alejamiento, de las infraestructuras y de los servicios prestados en las regiones ultraperiféricas, a fin de alentar las políticas en materia de energías renovables sobre la base de los programas POSEI, consiguiendo el mejor nivel posible de sinergias con otros ejes de acción de la UE;

32.  Pone de relieve la necesidad de fomentar el aprovechamiento del potencial existente en materia de energías renovables en las islas, en las que la dependencia de las energías fósiles se ve agravada por la distancia y el aislamiento geográfico; opina, por ello, que sería recomendable tener en cuenta la necesidad de incluir en la política energética europea instrumentos que permitan responder debidamente a los problemas que plantean los sistemas energéticos aislados;

Sinergias con los programas europeos para la juventud

33.  Subraya que los objetivos 8, 9 y 10 de la nueva política de cohesión son el empleo, la inclusión social, la lucha contra la pobreza, la educación, la formación y la formación profesional;

34.  Destaca que las regiones ultraperiféricas figuran entre las regiones europeas que padecen las tasas de desempleo más elevadas, particularmente entre los jóvenes; hace hincapié, no obstante, en la dificultad que implica ejecutar los fondos asignados al programa Garantía Juvenil por medio de la cofinanciación; lamenta, además, la ausencia de disposiciones específicas para las regiones ultraperiféricas en los programas para el empleo y la innovación social, y recuerda que estas regiones han tenido dificultades para beneficiarse de las posibilidades que ofrece el programa Progress; pide que se desarrolle el eje social mediante la aplicación de un plan piloto urgente de lucha contra el desempleo en las regiones ultraperiféricas; pide que se instauren equipos de acción especiales para el empleo juvenil en el seno de la Comisión con objeto de aplicar el programa Garantía Juvenil y movilizar del FSE y la Iniciativa sobre Empleo Juvenil;

35.  Pide al BEI que integre las regiones ultraperiféricas en su iniciativa «Trabajo para los jóvenes» y en su programa «Inversión en la capacitación»;

36.  Manifiesta su inquietud por la importante fuga de competencias a que deben hacer frente las regiones ultraperiféricas debido a las elevadas tasas de desempleo y a la insuficiencia de las formaciones propuestas, habida cuenta de que contar con una mano de obra formada y cualificada es indispensable para generar un crecimiento sostenible, especialmente en áreas tradicionales o específicas de estas regiones, pero también para estimular el desarrollo de nuevas actividades a fin de afrontar la competencia escala mundial;

37.  Observa que el objetivo del nuevo programa Erasmus es el desarrollo de una sociedad del conocimiento; subraya que la realización de este objetivo es indispensable para la aplicación de la Estrategia Europa 2020, con arreglo a la cual el conocimiento es el motor principal de la economía europea; hace valer, por ello, la necesidad de crear más sinergias entre el programa Erasmus y el FSE en la regiones ultraperiféricas, de manera que se dinamicen los recursos humanos y los conocimientos especializados locales, que son unos motores de crecimiento sólidos;

38.  Apoya el desarrollo de las capacidades universitarias de las regiones ultraperiféricas y de nuevas ramas de excelencia para reforzar el atractivo y la proyección de las universidades de las regiones ultraperiféricas en Europa; apoya asimismo el desarrollo de las colaboraciones interuniversitarias, gracias también a su ampliación a las universidades de los terceros países con los que la regiones ultraperiféricas mantengan relaciones privilegiadas; pide que los programas Erasmus+ y EURES asuman los sobrecostes de transporte relacionados con las limitaciones que impone el alejamiento, de forma que los estudiantes de las regiones ultraperiféricas puedan aprovechar los programas europeos de intercambio y formación y que las universidades de estas regiones puedan intentar beneficiarse más del programa Erasmus Mundus entre los Estados miembros y el resto del mundo;

Sinergias con las redes transeuropeas (transportes, telecomunicaciones, energía)

39.  Retoma el informe Teixeira sobre el papel de la política de cohesión en las regiones ultraperiféricas de la Unión Europea en el contexto de Europa 2020 (2011/2195(INI)), en el que se insta a la Comisión a que cree un programa específico para energía, transportes y tecnologías de la información y comunicación, sobre la base de los regímenes POSEI, y, en particular, un marco específico para la ayuda al transporte en las RUP, especialmente para el transporte en común y para el desarrollo del transporte marítimo entre las islas;

40.  Subraya la necesidad de desarrollar en las regiones ultraperiféricas sinergias entre las redes transeuropeas, el mecanismo «Conectar Europa», los programas Civitas y Horizonte 2020, y las inversiones del FEDER y del Fondo de Cohesión en el ámbito de los transportes, las telecomunicaciones y la energía;

41.  Recuerda que la accesibilidad desempeña un papel primordial en el desarrollo de las regiones ultraperiféricas e impone con frecuencia la existencia en estas regiones de una compleja red interna y externa de servicios de transporte marítimo y aéreo, lo que dificulta las condiciones de movilidad y accesibilidad de las RUP, que no cuentan con alternativas a la circulación aérea o marítima y que además se ven afectadas por el aumento del precio de los transportes, que ya de por sí tiene repercusiones negativas en términos económicos y sociales;

42.  Acoge positivamente la voluntad de la Comisión de integrar las regiones ultraperiféricas en las redes transeuropeas, pero lamenta que se haya excluido a la mayoría de ellas de los corredores prioritarios y, por consiguiente, de la financiación con cargo al Instrumento de Interconexión para Europa; pide a la Comisión que revise esta exclusión en el marco de su estrategia para la ultraperiferia y garantice la inversión en transportes en las regiones ultraperiféricas con el fin de hacer frente al aislamiento y la insularidad; pide a la Comisión que establezca un marco sectorial específico para las regiones ultraperiféricas con objeto de favorecer la accesibilidad y la conexión de estas regiones con el continente europeo;

43.  Lamenta que, pese a ello, los proyectos de autopistas del mar no hayan avanzado en mayor grado debido a la prioridad concedida a los enlaces de corto recorrido que excluyen de manera discriminatoria a las regiones ultraperiféricas; pide a la Comisión que revise esta exclusión en el marco de su estrategia para la ultraperiferia;

44.  Destaca la necesidad de revisar el encuadramiento de las ayudas estatales al transporte marítimo, a fin de permitir la concesión de ayudas públicas a los enlaces entre las regiones ultraperiféricas y terceros países;

45.  Insiste en la necesidad de adecuar la clasificación de los aeropuertos regionales, que, en las regiones ultraperiféricas, no puede contemplar solo los aspectos relacionados con el flujo de pasajeros y la rentabilidad;

46.  Opina que, habida cuenta del lugar que ocupa la economía digital, el problema de la brecha digital entre las regiones ultraperiféricas y Europa es un freno para el desarrollo y la competitividad de aquellas; observa que, con el retraso en el despliegue y la modernización de las TIC en las regiones ultraperiféricas, al alejamiento geográfico se añade el retraso digital; propone que se intensifique el desarrollo de las TIC a través de la extensión y modernización de las redes, el despliegue de sinergias con el FEDER y un acceso más fácil a la financiación del BEI para estos proyectos, e insiste además en la necesidad de conceder a estas regiones un acceso prioritario a los programas GMES y Galileo;

Sinergias con la política marítima de la Unión (PPC, FEMP)

47.  Recuerda que las regiones ultraperiféricas contribuyen a conferir a la Unión Europea un estatuto de potencia marítima mundial;

48.  Pide a la Comisión que tenga más en cuenta su dimensión marítima mundial y lo que representan el mar, los océanos y el «crecimiento azul» para el conjunto de la Unión, así como la posición estratégica que ocupan sus regiones ultraperiféricas y el papel que estas pueden desempeñar en la explotación sostenible de los mares, los océanos y las zonas costeras, en la gobernanza marítima mundial y en el desarrollo de una economía del conocimiento basada en el mar;

49.  Constata la falta de sinergias entre la política de cohesión y una PPC que todavía no tiene suficientemente en cuenta las realidades de estas regiones; insiste en la importancia de mantener un programa POSEI Pesca y propone el desarrollo de la investigación y la innovación en la economía del mar como factores potenciales de crecimiento;

50.  Subraya que las regiones ultraperiféricas dependen de los recursos marítimos de sus ZEE, muy frágiles desde los puntos de vista biológico y ecológico, lo que justifica una protección adecuada y eficaz de las zonas sensibles en términos biogeográficos, en particular reservando el acceso a las mismas exclusivamente a las flotas locales que faenan con artes de pesca respetuosas del medio ambiente; destaca que es necesario garantizar la explotación equilibrada y sostenible de los recursos en estas zonas sin interrumpir la actividad pesquera; pide que, en el futuro, los acuerdos de pesca de la Unión también se negocien con la participación de los agentes de las regiones ultraperiféricas y se conciban en aras del interés a largo plazo de las poblaciones locales, y que en los análisis de impacto se incluya sistemáticamente un capítulo sobre las regiones ultraperiféricas;

51.  Lamenta que el programa POSEI Pesca, que instituye un régimen de compensación de los costes adicionales de la comercialización de los productos pesqueros de las regiones ultraperiféricas que genera la situación de estas regiones, se haya integrado recientemente en el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), dejando de constituir así un reglamento autónomo destinado específica y exclusivamente a estas regiones, lo que reduce la importancia de la discriminación positiva reconocida como un derecho de las regiones ultraperiféricas en virtud del artículo 349 del TFUE;

52.  Lamenta que en la nueva PPC no se hayan autorizado las ayudas para la renovación de las flotas en algunas regiones ultraperiféricas debido a su situación;

Sinergias con la política agrícola común

53.  Observa que la agricultura es un sector dinámico que proporciona empleo y participa en el desarrollo de actividades con un elevado valor añadido; recuerda, sin embargo, las particularidades de la agricultura en las regiones ultraperiféricas que afectan considerablemente a esta actividad, en particular el reducido tamaño de las explotaciones o los límites del mercado; recuerda que el tercer objetivo de la nueva política de cohesión es el fortalecimiento de las PYME en el sector agrícola;

54.  Destaca que la agricultura en las regiones ultraperiféricas hace frente a diferentes retos en materia de diversificación y competitividad, así como a nuevos desafíos relacionados particularmente con la globalización, la liberalización de los mercados, la seguridad alimentaria y el desarrollo sostenible;

55.  Destaca la necesidad de conservar el programa POSEI, que ha demostrado su utilidad y su idoneidad para las realidades de las regiones ultraperiféricas pero adolece de una falta de financiación crónica que urge resolver; hace hincapié en la necesidad de dotar al programa POSEI de los medios necesarios para ayudar a los productores de las regiones ultraperiféricas a superar los efectos de las liberalizaciones previstas en varios sectores, vinculadas a las políticas europeas y a la celebración de acuerdos internacionales, como en los sectores de la leche, el azúcar, el ron, la carne y el plátano; destaca asimismo la importancia económica, social y medioambiental de todas las producciones agrícolas de estas regiones; defiende el mantenimiento del régimen POSEI en un marco propio y autónomo;

56.  Anima a que se establezcan sinergias entre la política de cohesión y el FEADER para garantizar la gestión sostenible de los recursos hídricos mediante la modernización, la ampliación de las redes de irrigación, la ordenación del territorio, la formación y el aprovechamiento turístico de la agricultura sostenible y de las comunidades rurales;

57.  Pide a la Comisión que dinamice la producción agrícola endógena y la comercialización dentro de circuitos cortos, es decir, una producción local de calidad que sustituya a las importaciones;

58.  Apoya la creación de DOP, DOC y marcas locales en las regiones ultraperiféricas, y solicita una política de promoción adecuada a las necesidades de las regiones ultraperiféricas y de defensa de las IGP;

Sinergias con la política exterior de la Unión

59.  Lamenta que siga sin existir una correlación entre los fondos europeos, FED, FEDER y otros, en particular en los proyectos de cooperación transfronteriza, pese a ser esencial para cumplir los objetivos que persiguen dichos fondos; recuerda, en este sentido, la necesidad de garantizar la compatibilidad entre las modalidades de programación del FED y del FEDER;

60.  Pide a la Comisión que inicie una concertación entre los Estados miembros de la Unión, las regiones ultraperiféricas, los países y territorios de ultramar y los países ACP para reforzar el diálogo y favorecer la integración de las regiones ultraperiféricas en sus entornos geográficos; subraya, a este respecto, la función central que deberían desempeñar en mayor medida las delegaciones de la Unión con vistas a facilitar el diálogo entre los distintos agentes de la programación en las regiones ultraperiféricas, los países y territorios de ultramar y los países ACP;

61.  Pide a la Comisión que tome mejor en consideración la posición geoestratégica inherente a las regiones ultraperiféricas debido a su proximidad geográfica con varios continentes;

62.  Pide a la Comisión que ultime el plan de acción para la gran vecindad en el que trabaja desde 1999 y localice los obstáculos y soluciones que facilitan la integración regional de las regiones ultraperiféricas en sus entornos geográficos; recuerda, en este contexto, las privilegiadas relaciones histórico-culturales de cada región ultraperiférica con algunos terceros países, así como el potencial desarrollo de relaciones económicas, comerciales y de cooperación con varias zonas del planeta;

63.  Solicita a la Comisión que tenga mejor en cuenta el impacto que tienen en las economías de las regiones ultraperiféricas los acuerdos celebrados con los terceros países, exigiendo que se elabore siempre un estudio de impacto previo sobre la protección de los productos considerados «sensibles», en su caso, y sobre una justa compensación de los perjuicios ocasionados a sectores específicos; solicita asimismo la creación de un mecanismo de consulta a las autoridades regionales de estas regiones; recomienda a la Comisión que, en el caso de los acuerdos internacionales que se están aplicando, prevea estudios periódicos que permitan evaluar y tener en cuenta la vulnerabilidad de los mercados en las regiones ultraperiféricas;

64.  Lamenta que en los acuerdos celebrados con los países de Latinoamérica y los países ACP no se hayan tenido en cuenta los intereses de las regiones ultraperiféricas y que tampoco se haya realizado ningún estudio de impacto antes de negociarlos;

65.  Pide a la Comisión que, en los acuerdos comerciales con los países ACP vecinos de las regiones ultraperiféricas, negocie sistemáticamente un componente específico con miras a la creación de un mercado regiones ultraperiféricas-ACP destinado a integrar mejor a aquellas en su entorno geográfico;

66.  Recuerda el interés que entrañan las regiones ultraperiféricas para la Unión de cara al desarrollo y despliegue de sus capacidades de intervención humanitaria cuando se producen catástrofes naturales; recomienda, por ello, que se cree una fuerza europea de seguridad civil;

Sinergias con los programas de lucha contra la pobreza y la exclusión social

67.  Observa los problemas fundamentales, en particular la exclusión social, a los que se enfrentan las regiones ultraperiféricas; recuerda que el objetivo 9 de la nueva política de cohesión es el fomento de la inclusión social y la lucha contra la pobreza y todos los tipos de discriminación, y que en el FEDER se prevé como objetivo prioritario de las inversiones el apoyo a las poblaciones más necesitadas;

68.  Celebra que se haya adoptado el FEAD, y pide que su aplicación sea particularmente efectiva en las regiones ultraperiféricas;

69.  Señala que algunas regiones ultraperiféricas se enfrentan a una gran necesidad de viviendas debido, en particular, al fuerte incremento demográfico que se registra en algunos de sus territorios; anima a que se establezca un marco de inversiones en viviendas sociales y se adopten disposiciones específicas para que las ayudas que sirvan de apoyo a las inversiones en viviendas sociales no sean consideradas ayudas estatales; observa que algunas regiones ultraperiféricas se enfrentan a un creciente proceso de desertización que conduce a la degradación de las construcciones características de estas localidades, que es importante frenar apoyando la rehabilitación urbana y estimulando actividades económicas adecuadas a dichas localidades, con objeto de contribuir a la permanencia de la población;

Sinergias con el programa COSME y el instrumento de microfinanciación Progress

70.  Observa que algunas regiones ultraperiféricas se encuentran en un entorno con una fuerte competencia industrial debido particularmente al bajo coste de la mano de obra y a la abundancia de materias primas en los países vecinos; recuerda que los objetivos 3 y 8 de la política de cohesión 2014-2020 consisten en el fortalecimiento de la competitividad de las PYME y el fomento del empleo sostenible de alta calidad;

71.  Observa que las MPE y las PYME de las regiones ultraperiféricas, que se crean a un buen ritmo a pesar de la crisis, deben hacer frente a dificultades cada vez mayores para acceder a la financiación, lo que pone en peligro su desarrollo y su perennidad;

72.  Acoge positivamente, a este respecto, los objetivos del futuro programa COSME, destinado a apoyar a las PYME europeas, particularmente en lo que se refiere a las cuestiones de financiación y conquista de nuevos mercados; celebra que se desarrolle el instrumento de microfinanciación Progress; pide a la Comisión que garantice una aplicación eficaz de estos programas en las regiones ultraperiféricas, y celebra la posibilidad de entablar un diálogo con el BEI y el Fondo Europeo de Inversiones sobre una posible contribución a la mejora del acceso de las PYME de las regiones ultraperiféricas a la financiación, con miras a la creación de fondos de inversión de proximidad en cada una de estas regiones y al desarrollo de mercados regionales de capital riesgo;

73.  Subraya la necesidad de adaptar el desarrollo económico de cada región ultraperiférica en función del potencial de la misma; observa, por ejemplo, que la insuficiente capacidad de tratamiento de los residuos entraña un considerable margen de progreso en materia tanto de empleo como de medio ambiente;

74.  Celebra la reciente apertura de la consulta pública denominada «Plan de acción ecológico para las PYME»; pide, por ello, a la Comisión que integre las problemáticas y competencias de las PYME de las regiones ultraperiféricas en la materia en sus futuras conclusiones;

75.  Subraya que el turismo es uno de los principales motores de la economía de las regiones ultraperiféricas; estima por ello que, para favorecer la diversificación y el desarrollo de la oferta de turismo sostenible de las regiones ultraperiféricas, es indispensable desarrollar y modernizar sus parques hoteleros mediante el apoyo conjunto del FEDER y del programa COSME;

76.  Propone que se simplifiquen las políticas en materia de visados no solo para los Estados miembros de la Unión sino también para determinados terceros países, con el fin de facilitar el turismo y favorecer el desarrollo de un turismo con múltiples destinos entre las regiones ultraperiféricas y los países vecinos;

Sinergias con el programa Europa Creativa

77.  Observa que algunas regiones ultraperiféricas se caracterizan por un multiculturalismo fuerte, y que el vivero cultural de las regiones ultraperiféricas también debe poder alimentar el vivero cultural europeo y alimentarse a su vez de él; pide a la Comisión que abra el acceso al programa Europa Creativa para los proyectos originarios de las regiones ultraperiféricas;

78.  Pide a la Comisión que defina una estrategia para el desarrollo y la proyección del patrimonio cultural de las regiones ultraperiféricas inspirándose en el programa Euromed Patrimonio IV;

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79.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

(1) DO C 279 E de 19.11.2009, p. 12.
(2) DO C 258 E de 7.9.2013, p. 1.

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