Decisión del Parlamento Europeo de no presentar objeciones al Reglamento Delegado de la Comisión, de 13 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 223/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2014, relativo al Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas (C(2014)1627 – 2014/2676(DEA))
El Parlamento Europeo,
– Visto el Reglamento Delegado de la Comisión (C(2014)1627),
– Vista la carta de la Comisión de 13 de marzo de 2014, por la que le solicita que declare que no presentará objeciones al Reglamento Delegado,
– Vista la carta de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales al presidente de la Conferencia de Presidentes de Comisión de 18 de marzo de 2014,
– Visto el artículo 290 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el Reglamento (UE) nº 223/2014(1), en particular su artículo 32, apartados 8 y 9, su artículo 34, apartados 7 y 8, su artículo 55, apartado 4 y su artículo 62, apartado 4,
– Visto el artículo 87 bis, apartado 6, de su Reglamento,
– Visto que no se ha manifestado oposición alguna en el plazo previsto en el artículo 87 bis, apartado 6, tercer y cuarto guiones de su Reglamento, que expiró el 3 de abril de 2014;
A. Considerando que ha destacado en reiteradas ocasiones que es esencial que el Fondo de Ayuda Europea para las personas más desfavorecidas pase a estar operativo sin demora;
1. Declara que no presentará objeciones al Reglamento Delegado;
2. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al Consejo y a la Comisión.