Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 15 de abril de 2014, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 577/98 del Consejo, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad (COM(2013)0155 – C7-0086/2013 – 2013/0084(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)
El Parlamento Europeo,
– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2013)0155),
– Visto el artículo 294, apartado 2, y el artículo 338, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta al Parlamento (C7-0086/2013),
– Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 7 de marzo de 2014, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el artículo 55 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y la opinión de la Comisión de Presupuestos (A7-0344/2013),
1. Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;
2. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;
3. Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.
Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 15 de abril de 2014 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) n° …/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 577/98 del Consejo, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, el Reglamento (UE) n° 545/2014.)