Resolución del Parlamento Europeo, de 17 de diciembre de 2014, sobre la posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo nº 7/2014 de la Unión Europea para el ejercicio 2014, sección III – Comisión (16744/2014 – C8-0292/2014 – 2014/2163(BUD))
El Parlamento Europeo,
– Visto el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo(1), y en particular su artículo 41,
– Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2014, aprobado definitivamente el 20 de noviembre de 2013(2),
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020(3),
– Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera(4),
– Visto el proyecto de presupuesto rectificativo nº 7/2014 aprobado por la Comisión el 17 de octubre de 2014 (COM(2014)0650),
– Vistas las conclusiones conjuntas aprobadas por el Parlamento y el Consejo el 8 de diciembre de 2014;
– Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo nº 7/2014 aprobada por el Consejo el 12 de diciembre de 2014 y transmitida al Parlamento Europeo el mismo día (16744/2014 – C8‑0292/2014),
– Vistos los artículos 88 y 91 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A8-0072/2014),
A. Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo nº 7/2014 se refiere a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (FSUE) por un importe de 79 726 440 EUR en créditos de compromiso y pago en relación con las inundaciones que se produjeron en Serbia y en Croacia en mayo de 2014 y con las inundaciones que se produjeron en Bulgaria en junio de 2014;
B. Considerando que el objeto del proyecto de presupuesto rectificativo nº 7/2014 es introducir formalmente este ajuste presupuestario en el presupuesto 2014;
1. Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo (PPR) nº 7/2014 presentado por la Comisión;
2. Subraya la necesidad urgente de liberar una ayuda financiera a través del FSUE para los países afectados por esta catástrofe natural;
3. Subraya que la insuficiencia de créditos de pago para 2014, que fue el motivo por el que se presentó el PPR n° 3/2014 y la propuesta de la Comisión que lo acompaña para movilizar el margen para imprevistos, excluye a priori la posibilidad de obtener los recursos para el PPR n° 7/2014 mediante reasignación;
4. Apoya las conclusiones conjuntas acordadas por el Parlamento y el Consejo el 8 de diciembre de 2014 con vistas a aprobar los créditos de compromiso adicionales por valor de 80 millones EUR en el presupuesto 2014 y trasladar las correspondientes necesidades de pago al presupuesto 2015;
5. Aprueba la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n° 7/2014;
6. Encarga a su Presidente que declare que el presupuesto rectificativo n° 6/2014 ha quedado definitivamente aprobado y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;
7. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.