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Procedimiento : 2015/2011(BUD)
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Ciclo relativo al documento : A8-0221/2015

Textos presentados :

A8-0221/2015

Debates :

Votaciones :

PV 07/07/2015 - 5.10

Textos aprobados :

P8_TA(2015)0247

Textos aprobados
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Martes 7 de julio de 2015 - Estrasburgo
Proyecto de presupuesto rectificativo nº 1/2015 - Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE)
P8_TA(2015)0247A8-0221/2015

Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de julio de 2015, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo nº 1/2015 de la Unión Europea para el ejercicio 2015, sección III – Comisión, que acompaña a la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas y por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 1291/2013 y (UE) nº 1316/2013 (09876/2015 – C8-0172/2015 – 2015/2011(BUD))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, y en particular su artículo 41(1),

–  Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2015, aprobado definitivamente el 17 de diciembre de 2014(2),

–  Visto el presupuesto rectificativo nº 1/2015, aprobado definitivamente el 28 de abril de 2015(3),

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020(4) («Reglamento MFP»),

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 2015/623 del Consejo, de 21 de abril de 2015, por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020(5),

–  Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera(6),

–  Visto el proyecto de presupuesto rectificativo nº 1/2015 aprobado por la Comisión el 13 de enero de 2015 (COM(2015)0011),

–  Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo nº 1/2015 aprobada por el Consejo el 26 de junio de 2015 y transmitida al Parlamento Europeo el mismo día (09876/2015 – C8-0172/2015),

–  Vista el Reglamento (UE) 2015/1017 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2015, relativo al Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas, al Centro Europeo de Asesoramiento para la Inversión y al Portal Europeo de Proyectos de Inversión, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n° 1291/2013 y (UE) n° 1316/2013 — el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas(7),

–  Vistos los artículos 88 y 91 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Presupuestos y las opiniones de la Comisión de Industria, Investigación y Energía, de la Comisión de Transportes y Turismo y de la Comisión de Desarrollo Regional (A8-0221/2015),

A.  Considerando que el presupuesto rectificativo nº 1/2015 tiene como objetivo introducir en la nomenclatura presupuestaria los cambios necesarios en consonancia con el acuerdo legislativo relativo al Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE), y prever la reasignación necesaria de 1 360 millones EUR en créditos de compromiso y de 10 millones EUR en créditos de pago;

B.  Considerando que para la dotación del Fondo de Garantía en 2015 se reasigna un importe total de 1 350 millones EUR en créditos de compromiso a cargo del Mecanismo «Conectar Europa» (790 millones EUR), Horizonte 2020 (70 millones EUR) e ITER (490 millones EUR);

C.  Considerando que la Comisión tiene previsto compensar la reducción aplicada a ITER con un aumento equivalente a lo largo del periodo 2018-2020;

D.  Considerando que la dotación de 10 millones EUR en créditos de compromiso y de otro tanto en créditos de pago para el Centro Europeo de Asesoramiento para la Inversión procede en su totalidad de una reasignación a partir de ITER (partida presupuestaria 08 04 01 02);

E.  Considerando que todos los créditos de compromiso y de pago adicionales para la ejecución del FEIE están totalmente reasignados, lo que hace que el nivel global de los créditos de compromiso y de pago en el presupuesto 2015 no registre ningún cambio;

1.  Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo nº 1/2015 presentado por la Comisión, así como de la Posición del Consejo al respecto;

2.  Acoge con satisfacción el compromiso de todas las instituciones por encontrar un acuerdo sobre el FEIE con la debida antelación para poder aplicarlo lo antes posible; lamenta, a pesar de que el resultado de las negociaciones es mejor que la propuesta original de la Comisión, su impacto negativo en Horizonte 2020 y en el Mecanismo «Conectar Europa» (MCE);

3.  Reitera el papel del presupuesto de la Unión Europea a la hora de crear valor añadido poniendo en común los recursos y garantizando un elevado grado de sinergia entre los fondos estructurales y de inversión europeos y el FEIE, a la vez que contribuye al efecto multiplicador de las contribuciones de la Unión; apoya la movilización de fuentes adicionales de financiación pública y privada para financiar la inversión en objetivos con una dimensión europea, en particular afrontando los retos transfronterizos en ámbitos como la energía, el medio ambiente y las infraestructuras de transportes;

4.  Acoge con satisfacción el importe de mil millones EUR adicionales, en comparación con la propuesta inicial de la Comisión, que se financiarán mediante el margen global del MFP para compromisos, procedente de márgenes que hayan quedado disponibles en los presupuestos de 2014 y 2015, reduciendo así la reasignación a partir del MCE y de Horizonte 2020; recuerda que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento MFP, los recursos del margen global para compromisos del MFP solo estarán disponibles a partir de 2016;

5.  Lamenta en general, no obstante, la reasignación a partir del MCE y de Horizonte 2020, ya que son programas esenciales para el empleo y el crecimiento en Europa; se propone, por consiguiente, paliar estas reasignaciones en los próximos procedimientos presupuestarios anuales;

6.  Señala que la inversión en investigación y transporte es vital para reforzar el papel y el objetivo del presupuesto de la Unión de estimular el crecimiento, la competitividad y el empleo y avanzar en la consecución de los objetivos de la «Estrategia Europa 2020»; recuerda a este respecto que Horizonte 2020 y el mecanismo «Conectar Europa» (MCE) son programas clave de la rúbrica 1a del presupuesto «Competitividad para el crecimiento y el empleo»;

7.  Afirma su voluntad de aprobar el proyecto de presupuesto rectificativo nº 1/2015 modificado por el Consejo en consonancia con el acuerdo legislativo relativo al FEIE, habida cuenta de su interés por aplicar el FEIE lo antes posible;

8.  Aprueba en consecuencia la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo nº 1/2015;

9.  Encarga a su Presidente que declare que el presupuesto rectificativo nº 2/2015 ha quedado definitivamente aprobado y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

10.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Tribunal de Cuentas y a los Parlamentos nacionales.

(1) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
(2) DO L 69 de 13.3.2015.
(3) DO L 190 de 17.7.2015.
(4) DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.
(5) DO L 103 de 22.4.2015, p. 1.
(6) DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.
(7) DO L 169 de 1.7.2015, p. 1.

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