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Procedimiento : 2014/2231(INI)
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Ciclo relativo al documento : A8-0177/2015

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A8-0177/2015

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PV 09/07/2015 - 11
CRE 09/07/2015 - 11

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PV 09/07/2015 - 12.10
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P8_TA(2015)0274

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Jueves 9 de julio de 2015 - Estrasburgo
Evaluación de las actividades de la Dotación Europea para la Democracia (DED)
P8_TA(2015)0274A8-0177/2015

Resolución del Parlamento Europeo, de 9 de julio de 2015, sobre el nuevo planteamiento de la UE con respecto a los derechos humanos y la democracia – evaluación de las actividades de la Dotación Europea para la Democracia (DED) desde de su creación (2014/2231(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vistos los artículos 2, 6, 8 y 21 del Tratado de la Unión Europea,

–  Vista su Recomendación, de 29 de marzo de 2012, destinada al Consejo sobre las modalidades para la posible creación de un Fondo Europeo para la Democracia (FED)(1),

–  Vista su Resolución, de 7 de julio de 2011, sobre las políticas exteriores de la UE en favor de la democratización(2),

–  Vista su Resolución, de 11 de diciembre de 2012, sobre una Estrategia de libertad digital en la política exterior de la UE(3),

–  Visto el Informe anual de la UE sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo (2013), adoptado por el Consejo el 23 de junio de 2014,

–  Vista su Resolución, de 12 de marzo de 2015, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo (2013) y la política de la Unión Europea al respecto(4),

–  Visto el Reglamento (UE) n° 236/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2014, por el que se establecen normas y procedimientos de ejecución comunes de los instrumentos de la Unión para la financiación de la acción exterior(5),

–  Visto el Reglamento (UE) nº 235/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2014, por el que se establece un instrumento financiero para la democracia y los derechos humanos a escala mundial(6),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 18 de mayo de 2009, sobre el tema «Apoyo a la gobernanza democrática – Hacia un marco mejorado de la UE»(7),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 17 de noviembre de 2009, sobre el apoyo a la democracia en el marco de las relaciones exteriores de la Unión Europea(8),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 13 de diciembre de 2010, que contienen el Informe de situación de 2010 y la lista de países piloto propuestos(9),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 20 de junio de 2011, sobre la Política Europea de Vecindad(10),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 1 de diciembre de 2011, sobre la Dotación Europea para la Democracia(11),

–  Vistos las Conclusiones del Consejo, de 25 de junio de 2012, sobre los derechos humanos y la democracia(12) y el Marco Estratégico y el Plan de Acción de la UE sobre Derechos Humanos y Democracia, adoptados asimismo el 25 de junio de 2012 por el Consejo(13),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 31 de enero de 2013, sobre el apoyo de la UE a los cambios sostenibles en las sociedades en transición(14),

–  Visto el Documento conjunto de consulta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y de la Comisión Europea, de 4 de marzo de 2015, titulado «Hacia una nueva Política Europea de Vecindad» (JOIN(2015)0006),

–  Vista la Revisión 2013 del Servicio Europeo de Acción Exterior(15),

–   Vista la Comunicación conjunta de la Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo, de miércoles, 25 de mayo de 2011, titulada «Una nueva respuesta a una vecindad cambiante» (COM(2011)0303),

–  Vista la carta de apoyo a la creación de la DED, de 25 de noviembre de 2011, dirigida al entonces Presidente del Parlamento Europeo, Jerzy Buzek, y a la entonces Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Catherine Ashton,

–  Vista la decisión de la Junta de Gobierno de la Dotación Europea para la Democracia, de 3 de diciembre de 2014, de eliminar las limitaciones geográficas iniciales de la DED,

–  Vistos el artículo 52 y el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A8-0177/2015),

A.  Considerando que el fomento y respaldo de la democracia, el Estado de Derecho y el respeto de la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos y de las libertades fundamentales son algunos de los objetivos esenciales de la política exterior de la UE y están consagrados como tales en el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE;

B.  Considerando que la UE estima que el principio de apropiación de los procesos de consolidación de la democracia es fundamental para fomentar una auténtica cultura democrática;

C.  Considerando que muchos Estados miembros han finalizado satisfactoriamente un proceso de transformación democrática de la sociedad en las últimas décadas y disponen de una amplia experiencia en este ámbito que podría presentar interés para las actividades de la DED, y que esta experiencia puede y debe ser utilizada a nivel político y de expertos para las actividades de la DED;

D.  Considerando que los acontecimientos de la Primavera Árabe y en la vecindad oriental han conducido a una reconfiguración de los instrumentos políticos de la UE destinados al fomento del apoyo a los derechos humanos y la democracia;

E.  Considerando que, en varios de los países en los que opera la DED, el espacio para la acción legítima de la sociedad civil y la financiación exterior de las organizaciones de la sociedad civil están disminuyendo debido al recurso de los regímenes autoritarios a medios cada vez más sofisticados, incluida la legislación, para restringir la labor de las ONG y de los defensores de la democracia, incluidos los beneficiarios de la DED;

F.  Considerando que, a lo largo de los últimos años, varios países de la vecindad de la UE han afrontado un gran número de retos políticos, económicos y de seguridad que han ejercido una enorme presión sobre los esfuerzos de democratización y el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales;

G.  Considerando que es necesario promover la difusión de información objetiva e independiente y afianzar el entorno mediático, y en particular internet y las redes sociales, en los países en los que opera la DED, protegiendo la libertad de los medios de comunicación y la libertad de opinión y luchando contra cualquier forma de censura social y política; que es asimismo necesario apoyar en dichos países los esfuerzos de democratización, entre ellos la consolidación del Estado de Derecho y la lucha contra la corrupción;

H.  Considerando que la creación de la DED, junto con otros programas de la UE como el Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH) y el Instrumento para la Sociedad Civil de la Política Europea de Vecindad (PEV), complementa el enfoque tradicional basado en el Estado con una perspectiva muy necesaria, más equilibrada, a largo plazo y centrada en la sociedad, que hace hincapié en la colaboración directa con los movimientos de base locales y regionales y los agentes políticos democráticos;

I.  Considerando que la evaluación de las repercusiones de las actividades de apoyo a la democracia, como las desarrolladas por la DED, sigue siendo una tarea intrínsecamente difícil, sobre todo debido a la naturaleza no lineal y a largo plazo de la transformación política en los países en cuestión y al carácter frecuentemente confidencial de las actividades;

J.  Considerando que las nuevas tecnologías de la información y las redes sociales se han convertido en importantes instrumentos de la lucha por la democracia y deben ocupar por tanto un lugar destacado en el programa europeo de apoyo a la democracia;

K.  Considerando que, desde el 30 de junio de 2015, la DED ha financiado 186 iniciativas por un importe total superior a 5,2 millones de euros en los países de la vecindad meridional y superior a 5,3 millones de euros en los países de la vecindad oriental y otros;

L.  Considerando que la DED dispone de una forma única de cofinanciación en virtud de la cual la Comisión aporta su presupuesto administrativo, mientras que las actividades sobre el terreno son financiadas por las contribuciones de los Estados miembros y terceros países;

Evaluación general

1.  Acoge con satisfacción los resultados obtenidos por la DED hasta la fecha, habida cuenta de la difícil situación internacional actual, y considera que está cumpliendo su objetivo principal de promocionar y fomentar la democratización y una democracia sólida y duradera en los países en proceso de transición y en las sociedades que luchan por su democratización(16), también «apoyando a los que carecen de apoyo», mediante la lucha contra la corrupción, el fomento del diálogo en la diversidad y la no violencia, el incentivo de la participación social y política, y la protección de los activistas y periodistas que hacen todo lo posible sobre el terreno para garantizar y acelerar la puesta en marcha de un proceso democrático y un mayor acceso a la justicia;

2.  Observa con satisfacción que, pese a su corto periodo de actividad y los limitados fondos de que dispone y pese a las dificultades intrínsecas que conlleva la evaluación de las repercusiones de las acciones de apoyo a la democracia, la DED está cumpliendo las recomendaciones del Parlamento y aportando valor añadido al apoyo a la democracia actual en la UE mediante una financiación rápida, flexible, ascendente y determinada por la demanda, que se concede directamente a los beneficiarios de una forma eficiente desde el punto de vista financiero que complementa otros instrumentos de la UE, gracias a la reducida carga administrativa y a los sencillos trámites establecidos por la Junta de Gobierno de la DED para la gestión de la Dotación;

3.  Opina que, como modalidad de apoyo a la democracia, la DED ha contribuido a reducir los riesgos tanto políticos como personales;

4.  Destaca su apoyo pleno y constante a los diversos esfuerzos de la UE destinados a ayudar a organizaciones de la sociedad civil, movimientos sociales y activistas de todo el mundo; reitera la importancia de evitar la duplicación y de seguir garantizando la complementariedad entre las actividades de la DED y los instrumentos de financiación de la acción exterior de la UE existentes, en particular el IEDDH y el Instrumento Europeo de Vecindad (IEV), dado que todos ellos tienen por objeto promover los principios democráticos y el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales en la vecindad de la UE;

5.  Acoge con satisfacción el compromiso constante de la DED a favor de la libertad de expresión y de asociación, la libertad de los medios de comunicación, la consolidación y el refuerzo del Estado de Derecho, la lucha contra la corrupción, y el pluralismo social y político, con el fin de apoyar el desarrollo de regímenes democráticos tanto en la vecindad oriental de la UE como en su vecindad meridional;

6.  Estima que las iniciativas adoptadas por la DED han demostrado su capacidad única para tender puentes y colmar lagunas en aquellos casos en los que era imposible obtener financiación de los Estados miembros de la UE o de países terceros;

7.  Pide a la UE y a sus Estados miembros que elaboren un planteamiento holístico para respaldar el proceso de transición política y democratización en terceros países, que abarque el respeto de los derechos humanos, el fomento de la justicia, la transparencia, la rendición de cuentas, la reconciliación y el Estado de Derecho, así como el refuerzo de las instituciones democráticas, incluidos los órganos legislativos;

Financiación

8.  Pide a los miembros fundadores de la DED, y especialmente a todos los Estados miembros y a la Comisión, que contribuyan o aumenten sus contribuciones a la DED, en consonancia con los compromisos que han asumido;

9.  Recuerda que, a 26 de abril de 2015, habían prometido donaciones y contribuido a la DED los siguientes países: Alemania, Bélgica, Bulgaria, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, España, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Países Bajos, Polonia, Rumanía, Suecia y Suiza, mientras que los doce Estados miembros restantes aún no lo habían hecho;

10.  Destaca que para poder respaldar y mejorar la eficacia de la DED es crucial garantizar una financiación a largo plazo suficiente, estable, transparente y previsible;

11.  Pide a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y al comisario de Política Europea de Vecindad y Negociaciones de Ampliación que examinen el valor añadido de la DED durante la revisión recién iniciada de la PEV y reflexionen sobre la manera de aportar una financiación duradera a la DED;

12.  Pide a Bélgica que, al menos, examine la posibilidad de devolver una parte o la totalidad de los ingresos fiscales procedentes de la DED y sus empleados en forma de financiación para proyectos de la Dotación; recuerda que la DED funciona como fundación privada de Derecho belga;

13.  Acoge favorablemente las contribuciones financieras de los Estados miembros del norte y centro de Europa, así como de algunos de los meridionales; pide a los Estados miembros meridionales restantes, algunos de los cuales mantienen estrechos lazos históricos, económicos o culturales con la vecindad meridional, que hagan un esfuerzo especial por contribuir a la DED, ya sea mediante la financiación o con el envío de personal en comisión de servicios;

14.  Acoge favorablemente las contribuciones financieras aportadas a la DED por socios de la UE como Suiza y Canadá; alienta a otros Estados, y especialmente a los países de la Asociación Europea de Libre Comercio, a que apoyen la Dotación;

15.  Pide a todos los donantes de la DED que garanticen la plena autonomía de su Comité Ejecutivo en lo tocante a la selección de los beneficiarios sobre la base del plan de trabajo aprobado por la Junta de Gobierno, y pide que se ponga término a la asignación de fondos a países o proyectos específicos;

Capacidad en materia de recursos humanos

16.  Solicita un refuerzo de la capacidad de la secretaría de la DED que se traduzca en unos recursos humanos suficientes que le permitan asumir sus nuevas tareas;

17.  Anima a los Estados miembros a que hagan realidad el interés manifestado por enviar expertos nacionales en comisión de servicios a la secretaría de la DED;

Ampliación del ámbito geográfico de la DED y equilibrio Este-Sur

18.  Celebra la supresión de las limitaciones geográficas iniciales de la DED, aprobada en la reunión de la Junta de Gobierno del 3 de diciembre de 2014;

19.  Felicita a la DED por haber mantenido el equilibrio geográfico entre la vecindad oriental y la vecindad meridional en la financiación de sus proyectos;

Subvenciones y beneficiarios

20.  Considera esencial garantizar una financiación sostenible para los beneficiarios de la DED a largo plazo reforzando los vínculos de complementariedad con otros donantes bilaterales y con los instrumentos para la financiación de la acción exterior europea, en concreto el IEDDH, que, cuando proceda, podrían hacerse cargo del apoyo financiero a medio plazo de los beneficiarios «maduros» de la DED, y, a este fin;

   a) pide a la DED y a la Comisión que creen un grupo de contacto con el fin de averiguar cuáles son las mejores formas de que los beneficiarios de la DED pasen a recibir el apoyo financiero del IEDDH; y
   b) pide a la Comisión Europea y al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) que presenten propuestas específicas sobre mecanismos para la programación de la interfaz y la cooperación con la DED, a fin de garantizar la coherencia y la sostenibilidad a más largo plazo;

21.  Pide a la DED que siga implicándose activamente en aquellos países en los que existen importantes obstáculos para que la sociedad civil acceda al apoyo exterior, o en los que la financiación estatal es discriminatoria y solo se concede a determinadas organizaciones y sociedades civiles; respalda los esfuerzos de la DED por estudiar formas innovadoras de apoyar a los agentes del cambio en entornos políticos especialmente difíciles;

22.  Insta encarecidamente a la Junta de Gobierno de la DED a que siga apoyando a los activistas políticos democráticos y aportando financiación para procesos políticos integradores; opina que la DED debería apoyar y participar en la creación y consolidación de partidos políticos claramente comprometidos con los principios democráticos, en colaboración, siempre que sea posible, con las fundaciones políticas existentes;

23.  Acoge con satisfacción las Directrices de la DED para el seguimiento y la evaluación; subraya, no obstante, que esas directrices de ejecución deben ser proporcionales a las dimensiones y la capacidad de la DED en materia de recursos humanos;

24.  Alienta a la DED a que continúe adaptándose a las nuevas tecnologías mediante la integración del apoyo tecnológico en sus subvenciones;

25.  Acoge favorablemente la concesión de subvenciones de la DED a miembros activos de la sociedad ucraniana, pues constituye un buen ejemplo de un apoyo rápido a activistas políticos y civiles que posteriormente se convierten en representantes elegidos democráticamente; celebra el apoyo que la DED brinda a todos los activistas que luchan por la democracia en la vecindad de la UE, destinado a respaldar el desarrollo de regímenes democráticos consolidados;

26.  Acoge favorablemente la concesión de subvenciones de la DED a diversos activistas en algunos países vecinos del Sur, dado que ello demuestra el valor añadido del trabajo de la DED en pro de la democracia en entornos especialmente hostiles;

27.  Anima encarecidamente a la DED a que se centre en mayor medida en los grupos que sufren exclusión social o marginación política, apoyando, en particular, los movimientos femeninos que luchan por los derechos de la mujer y una mayor participación de las mujeres en la vida pública, así como a las minorías étnicas y lingüísticas, a los activistas de los derechos humanos del colectivo LGBTI, a las minorías religiosas perseguidas y a los activistas de la sociedad civil vinculados a comunidades religiosas, así como los movimientos de base, los movimientos políticos vulnerables o emergentes, los sindicatos, a los blogueros y a los nuevos activistas de los medios de comunicación;

28.  Pide a la DED que desarrolle, en su caso y cuando proceda, la cooperación con los grupos de activistas de la sociedad civil vinculados a comunidades religiosas, incluidas las minorías religiosas perseguidas; recuerda que la iglesia desempeñó un papel primordial en la oposición a los regímenes comunistas y en los procesos de transformación democrática en Europa Central y Oriental;

29.   Anima a la DED a que refuerce su apoyo a los jóvenes dirigentes emergentes y a los nuevos representantes electos de las mujeres, los jóvenes o las minorías en los países en proceso de transición política;

30.  Pide a los Estados miembros que sigan prestando ayuda financiera a la sociedad civil y los medios de comunicación rusos a través de la DED; señala que hechos recientes como las restricciones impuestas a las organizaciones de la sociedad civil, la represión de la oposición política y las agresivas campañas selectivas de desinformación de los medios de comunicación controlados por el Estado parecen tener el propósito de crear deliberadamente el caldo de cultivo propicio para un clima político sumamente nacionalista caracterizado por la retórica antidemocrática, la represión y la incitación al odio;

Cooperación entre el Parlamento y la DED

31.  Acoge favorablemente la presentación del primer informe anual de la DED ante la Comisión de Asuntos Exteriores, de conformidad con el artículo 8, apartado 4, de los Estatutos de la DED; destaca la importancia de que esta presentación se haga una vez al año, e insiste en que supone una excelente oportunidad para hacer balance y desarrollar nuevas sinergias;

32.  Pide que se establezcan vínculos efectivos entre la DED, el Grupo de Apoyo a la Democracia y Coordinación Electoral y las comisiones parlamentarias y delegaciones permanentes pertinentes; alienta a los diputados a que respalden la DED y pongan de relieve su trabajo en las intervenciones pertinentes y durante las visitas de delegaciones del Parlamento Europeo a terceros países, incluidas las reuniones con los beneficiarios;

33.  Pide que se refuerce la cooperación entre la DED, sus beneficiarios y la Red del Premio Sájarov;

34.  Pide a la DED que consolide su cooperación con el Foro de Jóvenes Líderes del Parlamento;

Coherencia y coordinación de las políticas

35.  Alienta tanto a los Estados miembros como a las instituciones de la UE a que garanticen una verdadera coherencia interna y externa en lo tocante a la acción en pro de la democracia y reconozcan la función de la DED a este respecto;

36.  Alienta a las delegaciones de la UE y a las misiones diplomáticas de los Estados miembros en los países en los que trabaja la DED a que señalen a esta la existencia de posibles beneficiarios e informen a estos últimos sobre la DED; alienta al personal de la DED a que, a su vez, colabore estrechamente con el personal diplomático pertinente de la UE y de los Estados miembros en lo que se refiere a posibles beneficiarios que no puedan recibir ayuda a través de la Dotación, en el marco del mutuo respeto del carácter confidencial de la información y la seguridad de todas las partes;

37.  Insta a las delegaciones de la UE y a las misiones diplomáticas de los Estados miembros a que cooperen de forma estructurada para facilitar el proceso de solicitud de visados para los beneficiarios de subvenciones de la DED que sean invitados a la Unión Europea;

38.  Acoge con satisfacción los esfuerzos del SEAE y de la Comisión por divulgar información sobre la DED entre su personal, especialmente en las delegaciones de la UE;

39.  Pide que la Junta de Gobierno de la DED celebre una reunión trienal a nivel ministerial para reflexionar sobre la política de la UE en materia de apoyo a la democracia y sobre las futuras prioridades estratégicas de la DED;

Cooperación con otros agentes que apoyan la democracia

40.  Pide a la DED que, de conformidad con sus Estatutos, siga cooperando con organizaciones europeas como el Consejo de Europa, el IDEA (Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral) y la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa;

41.  Pide a la DED que promueva la cooperación con agentes clave y con las organizaciones internacionales, regionales y nacionales que trabajan en el ámbito del apoyo a la democracia, tanto las establecidas en la UE como las que trabajan en los países en los que opera la DED;

42.  Alienta a la DED a que encuentre posibles vías de cooperación con las organizaciones internacionales de la sociedad civil, como el Foro de la Sociedad Civil de la Asociación Oriental y la Fundación Anna Lindh;

Recomendaciones adicionales

43.  Pide a la DED que siga desarrollando nuevos instrumentos y formas innovadores de apoyo a la democracia, en particular para agentes políticos o activistas, y que intercambie buenas prácticas con objeto de adaptarse al clima cada vez más restrictivo que reina en varios países con regímenes autoritarios, con especial atención a las nuevas iniciativas mediáticas y de base surgidas en dichos países; subraya la importancia, en este contexto, de elaborar estrategias específicas por país;

44.  Pide, en nombre de su espíritu democrático, que se garantice que los grupos políticos del Parlamento Europeo estén representados en la composición de la Junta de Gobierno de la DED, con arreglo al sistema d'Hondt;

45.  Acoge con satisfacción la divulgación pública de los logros de la DED hasta la fecha, y considera que un mayor énfasis en la singularidad y el valor añadido de la DED, así como una comunicación regular y amplia al respecto, permitirían aumentar su capacidad de captación de fondos;

o
o   o

46.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Servicio Europeo de Acción Exterior, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros y a la Dotación Europea para la Democracia.

(1) DO C 257 E de 6.9.2013, p. 13.
(2) DO C 33 E de 5.2.2013, p. 165.
(3) Textos Aprobados, P7_TA(2012)0470.
(4) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0076.
(5) DO L 77 de 15.3.2014, p. 95.
(6) DO L 77 de 15.3.2014, p. 85.
(7) http://register.consilium.europa.eu/doc/srv?l=ES&f=ST%209908%202009%20INIT
(8) http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/docs/pressdata/en/gena/111250.pdf
(9) https://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/docs/pressdata/EN/foraff/118433.pdf
(10) http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_Data/docs/pressdata/EN/foraff/122917.pdf.
(11)http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/docs/pressdata/EN/foraff/126505.pdf
(12) http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/docs/pressdata/EN/foraff/131171.pdf
(13) http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/docs/pressdata/EN/foraff/131181.pdf
(14) http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/docs/pressdata/EN/foraff/135130.pdf
(15) http://eeas.europa.eu/library/publications/2013/3/2013_eeas_review_es.pdf
(16) Artículo 2 de los Estatutos de la DED, disponibles en: https://www.democracyendowment.eu/about-eed/

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