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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2012/0134(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A8-0233/2015

Textos presentados :

A8-0233/2015

Debates :

PV 08/09/2015 - 15
CRE 08/09/2015 - 15

Votaciones :

PV 09/09/2015 - 8.2
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P8_TA(2015)0298

Textos aprobados
PDF 244kWORD 60k
Miércoles 9 de septiembre de 2015 - Estrasburgo
Acuerdo de colaboración en el sector pesquero con Guinea-Bisáu: posibilidades de pesca y contrapartida financiera (aprobación) ***
P8_TA(2015)0298A8-0233/2015

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 9 de septiembre de 2015, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y la República de Guinea- Bisáu (11667/2012 – C8-0278/2014 – 2012/0134(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

–  Visto el proyecto de Decisión del Consejo (11667/2012),

–  Visto el proyecto de Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo de colaboración en el sector pesquero entre la Comunidad Europea y la República de Guinea-Bissau (11671/2012),

–  Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 43 y con el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), y apartado 7, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C8-0278/2014),

–  Vista su Resolución no legislativa, de 9 de septiembre de 2015(1), sobre el proyecto de Decisión del Consejo,

–  Vistos el artículo 99, apartado 1, párrafos primero y tercero, y apartado 2, así como el artículo 108, apartado 7, de su Reglamento,

–  Vista la recomendación de la Comisión de Pesca y las opiniones de la Comisión de Desarrollo y de la Comisión de Presupuestos (A8-0233/2015),

1.  Concede su aprobación a la celebración del Acuerdo;

2.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y de República de Guinea-Bissau.

(1) Textos Aprobados de esa fecha, P8_TA(2015)0299.

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