Resolución del Parlamento Europeo, de 8 de octubre de 2015, sobre la situación en Tailandia (2015/2875(RSP))
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre Tailandia, en particular las de 20 de mayo de 2010(1), 6 de febrero de 2014(2) y 21 de mayo de 2015(3),
– Vista la declaración, de 2 de abril de 2015, del portavoz de la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Federica Mogherini, sobre la situación en Tailandia,
– Vistas las declaraciones de la delegación de la Unión Europea en Tailandia, de común acuerdo con los Jefes de Misión de la UE en el país, de los días 14 de noviembre de 2014, 30 de junio de 2015 y 24 de septiembre de 2015,
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 23 de junio de 2014, sobre Tailandia,
– Vista la respuesta, de 15 de mayo de 2013, de la entonces Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Catherine Ashton, en nombre de la Comisión, sobre la situación de Andy Hall,
– Visto el comunicado de prensa, de 1 de abril de 2015, del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión,
– Visto el examen periódico universal de Tailandia ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y sus recomendaciones, de 5 de octubre de 2011,
– Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,
– Vista la Declaración de las Naciones Unidas sobre los defensores de los derechos humanos, de 1998,
– Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) de 1966, del que Tailandia es Estado Parte,
– Vista la Convención de las Naciones Unidas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, de 1984,
– Vista la Declaración de los Derechos Humanos de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental (ASEAN),
– Vistos el artículo 135, apartado 5, y el artículo 123, apartado 4, de su Reglamento,
A. Considerando que, el 20 de mayo de 2014, los militares derrocaron al Gobierno de Tailandia e impusieron la ley marcial en todo el país, forzando la disolución del provisional Centro para la Administración de Paz y Orden;
B. Considerando que las fuerzas militares formaron el Consejo Nacional para la Paz y el Orden (CNPO), cuyo líder, el general Prayuth Chan-ocha, ejercerá todos los poderes y una autoridad ilimitada para dictar órdenes y dirigir una reforma constitucional;
C. Considerando que organismos constitucionales clave creados por el CNPO están controlados por personal militar, y que los miembros de este Consejo gozan de inmunidad total ante cualquier infracción, responsabilidad u obligación mientras estén empleados, en virtud de las secciones 44 y 47 de la Constitución provisional;
D. Considerando que, el 29 de agosto de 2015, la Comisión Constituyente ultimó la redacción de una nueva Constitución, que fue rechazada por el Consejo Nacional de Reforma el 6 de septiembre de 2015; que una nueva Comisión Constituyente debe volver a redactar la Constitución en un plazo de 180 días, y que un nuevo rechazo podría prolongar el gobierno militar del país;
E. Considerando que el CNPO, en virtud de la sección 44 de la Constitución provisional, acusa a los principales sitios web que se ocupan de la situación política y de derechos humanos en Tailandia de amenazar la seguridad nacional, y que se aplica una estricta censura a los canales de televisión y a las emisoras de radio comunitarias asociadas con todas las facciones políticas nacionales;
F. Considerando que la reciente aprobación de la ley de reunión pública, que entró en vigor el 14 de agosto de 2015, limita gravemente la libertad de reunión e impone graves penas, que pueden llegar a los diez años de reclusión, por delitos tales como la perturbación de los servicios públicos;
G. Considerando que los miembros del ejército han sido designados «oficiales para el mantenimiento de la paz y el orden» a fin de proceder a detenciones arbitrarias y a investigaciones y búsquedas sin una orden;
H. Considerando que varios participantes en manifestaciones pacíficas han sido acusados en repetidas ocasiones de sedición y de contravenir la ley, y que fueron detenidos catorce activistas del Movimiento Nueva Democracia (MND);
I. Considerando que se sigue aplicando la pena de muerte en Tailandia y que la nueva legislación ha ampliado los supuestos en los que es posible dictarla;
J. Considerando que, desde el golpe de estado, se ha producido un importante aumento de las detenciones en virtud de la ley de «lesa majestad»;
K. Considerando que se denegó a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) el acceso a las personas víctimas de tortura o malos tratos en situación de detención permanente sin cargos ni juicio y bajo la autoridad de tribunales militares;
L. Considerando que se ha deteriorado la seguridad de la comunidad local y de los activistas de los derechos de propiedad de la tierra desde el golpe de estado;
M. Considerando que Tailandia no ha firmado la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 ni su Protocolo de 1967 y no dispone de un marco formal nacional para el asilo; que las autoridades tailandesas siguen devolviendo refugiados y solicitantes de asilo a países donde es probable que sean objeto de persecución;
N. Considerando que Tailandia está obligada, en virtud de los tratados internacionales de los que es parte, a investigar y perseguir adecuadamente los casos de tortura, fallecimiento de personas encarceladas y otras graves violaciones de los derechos humanos denunciadas;
O. Considerando que se ha desestimado la acusación penal por difamación contra el defensor de los derechos de los trabajadores Andy Hall, ciudadano de la UE, pero que este sigue enfrentándose a acusaciones por delito informático y difamación, y a dos procesos civiles por difamación que podrían comportar una sentencia de siete años de reclusión y una multa de varios millones de dólares tras haber contribuido a un informe de Finnwatch que denunciaba abusos laborales de un mayorista tailandés del sector de la piña, a pesar de que las violaciones de los derechos de los trabajadores cometidas por la compañía quedaran confirmadas por el Ministerio de Trabajo tailandés y por un empleado de la empresa durante una audiencia judicial previa; que la vista de este caso se celebrará el 19 de octubre de 2015;
P. Considerando que, a pesar de que Tailandia ha ratificado el Convenio nº 29 de la OIT, los trabajadores migrantes reciben escasa protección; que el tráfico de trabajadores constituye un grave problema; que la situación es especialmente preocupante en el sector de la pesca;
Q. Considerando que la UE ha congelado las incipientes negociaciones con Tailandia relativas a un acuerdo bilateral de libre comercio, iniciadas en 2013, y que rechaza firmar el Acuerdo de Asociación y Cooperación (AAC), concluido en noviembre de 2013, hasta que el país cuente con un gobierno democrático; que la UE es el tercer socio comercial más importante de Tailandia;
1. Celebra el compromiso firme de la UE con el pueblo tailandés, vinculado a la Unión por fuertes y arraigados lazos políticos, económicos y culturales; hace hincapié en que la UE, como amiga y socia de Tailandia, ha efectuado repetidos llamamientos a la restauración del proceso democrático;
2. Manifiesta, no obstante, su profunda preocupación por el deterioro de la situación de los derechos humanos en el país a raíz del golpe de estado ilegal de mayo de 2014;
3. Insta a las autoridades tailandesas a que pongan fin a las restricciones represivas sobre el derecho a la libertad y el ejercicio pacífico de otros derechos humanos, en especial los relativos a la participación pacífica en actividades políticas;
4. Pide a las autoridades tailandesas que revoquen condenas y sentencias, que retiren los cargos y pongan en libertad a las personas y a los operadores de medios de comunicación condenados o acusados por ejercer de manera pacífica sus derechos a la libertad de expresión y reunión; exhorta al Gobierno a que derogue inmediatamente la sección 44 de la Constitución provisional y las disposiciones conexas que sirven como fundamento a las autoridades tailandesas para reprimir libertades fundamentales y cometer violaciones de los derechos humanos con impunidad;
5. Pide a las autoridades del país que contribuyan a evitar amenazas para la seguridad que afecten al conjunto de la población y a que aborden mejor las preocupaciones de los miembros de la comunidad y de los activistas de los derechos de propiedad sobre la tierra;
6. Pide a las autoridades tailandesas que inicien cuanto antes una transición política del poder de las autoridades militares a las civiles; toma nota del plan claro para unas elecciones libres y justas, y pide que se respete el calendario;
7. Apoya el traspaso de los tribunales militares a los civiles de la competencia sobre personas civiles, el fin de las detenciones arbitrarias en virtud de la ley marcial y las medidas para restringir, en vez de ampliar, las competencias del ejército para detener a civiles;
8. Anima a las autoridades a reconsiderar la ley de «lesa majestad» para evitar que penalice el ejercicio pacífico de la expresión política, y a interrumpir el uso generalizado de esta ley para cuestiones no relacionadas;
9. Pide que se respete y se proteja el derecho a la seguridad, también para los defensores de los derechos humanos, y que todas las violaciones de los derechos de los defensores de los derechos humanos sean objeto de una investigación inmediata, eficaz e independiente;
10. Toma nota de la designación, por parte del Gobierno tailandés, de un nuevo comité encargado de la redacción de una nueva constitución en el menor plazo posible; aboga por una constitución basada en principios democráticos tales como la igualdad, la libertad, la justa representación, la transparencia, la rendición de cuentas, los derechos humanos, el Estado de Derecho y el acceso público a los recursos;
11. Pide al Gobierno tailandés que cumpla sus obligaciones constitucionales e internacionales en relación con la independencia del sistema judicial, el derecho a la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica, y el pluralismo político, en especial a la luz de su legislación «antidifamación», cada vez más estricta;
12. Toma nota de las medidas adoptadas por el Gobierno tailandés con objeto de cumplir las normas mínimas para la eliminación de la trata de seres humanos y poner fin a una esclavitud moderna endémica en la cadena de suministro de su industria pesquera; anima al Gobierno a aplicar estas medidas con carácter urgente y a redoblar sus esfuerzos;
13. Pide a Tailandia que firme y ratifique la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 o su Protocolo de 1967;
14. Insta a Tailandia a que adopte medidas concretas para la abolición de la pena de muerte;
15. Acoge con gran satisfacción la aprobación de la ley tailandesa sobre igualdad de género, que esboza un futuro más integrador en cuanto al tratamiento de las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgénero (LGBT) por parte de la ley;
16. Celebra la decisión de desestimar la querella por difamación contra Andy Hall, así como su posterior liberación; pide asimismo el sobreseimiento de las causas por delito informático y difamación iniciadas en su contra ante el Tribunal Penal de Bangkok Sur, puesto que sus actos como defensor de los derechos humanos pretendían revelar casos de tráfico de seres humanos y mejorar la situación jurídica de los trabajadores migrantes en Tailandia, lo que confirma su derecho a llevar a cabo su labor de investigación y defensa sin temor a represalias; manifiesta su preocupación, en relación con los procesos civiles por difamación, por que estos no sean completamente imparciales, pues existen denuncias de relaciones de propiedad entre la empresa denunciante y políticos tailandeses de alto rango; pide a la delegación de la UE que siga de cerca la situación jurídica de Andy Hall y esté presente en el proceso;
17. Celebra que el tribunal provincial de Phuket absolviera, el 1 de septiembre de 2015, a los periodistas Chutima «Oi» Sidasathian y Alan Morison;
18. Insta a la comunidad internacional, y a la UE en particular, a que pongan todo su empeño en combatir el tráfico de seres humanos, el trabajo en régimen de esclavitud y la migración forzosa defendiendo la colaboración internacional para supervisar y prevenir las violaciones de los derechos humanos por cuestiones laborales;
19. Anima a la UE y al Gobierno tailandés a que emprendan un diálogo constructivo sobre asuntos relativos a la protección de los derechos humanos y a los procesos de democratización en Tailandia y en la región; reitera su apoyo al proceso de democratización en Tailandia;
20. Apoya la presión económica y política ejercida por la Comisión y el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) a fin de garantizar que Tailandia recupere la democracia; recuerda al Gobierno del país que, en este contexto, no debe esperar ningún avance en el acuerdo bilateral de libre comercio ni en el AAC entre la UE y Tailandia mientras la junta militar se mantenga en el poder;
21. Celebra la nueva función de Tailandia como país coordinador de las relaciones entre la ASEAN y la UE para el periodo 2015-2018; pone de relieve los beneficios mutuos que tanto la ASEAN como la UE obtendrán de esta cooperación;
22. Pide al SEAE y a la Delegación de la UE, así como a las delegaciones de los Estados miembros, que utilicen todos los instrumentos disponibles para garantizar el respeto de los derechos humanos y el Estado de Derecho en Tailandia, en especial continuando la labor de observación de las investigaciones y las audiencias judiciales de los líderes de la oposición;
23. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a la Comisión, al Gobierno y al Parlamento de Tailandia, a los Parlamentos y los Gobiernos de los Estados miembros, al Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y a los Gobiernos de los Estados miembros de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental.