Acceso para consultar el Sistema de Información de Visados (VIS) por las autoridades designadas de los Estados miembros y por Europol, con fines de prevención, detección e investigación de delitos de terrorismo y otros delitos graves *
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 14 de octubre de 2015, sobre el proyecto de Decisión de Ejecución del Consejo por la que se establece la fecha a partir de la cual surtirá efecto la Decisión 2008/633/JAI sobre el acceso para consultar el Sistema de Información de Visados (VIS) por las autoridades designadas de los Estados miembros y por Europol, con fines de prevención, detección e investigación de delitos de terrorismo y otros delitos graves (10506/2015 – C8-0193/2015 – 2015/0807(CNS))
(Procedimiento legislativo especial - consulta)
El Parlamento Europeo,
– Visto el proyecto del Consejo (10506/2015),
– Visto el artículo 39, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea, en su versión modificada por el Tratado de Ámsterdam, y el artículo 9 del Protocolo (nº 36) sobre las disposiciones transitorias, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C8-0193/2015),
– Vista la Decisión 2008/633/JAI del Consejo, de 23 de junio de 2008, sobre el acceso para consultar el Sistema de Información de Visados (VIS) por las autoridades designadas de los Estados miembros y por Europol, con fines de prevención, detección e investigación de delitos de terrorismo y otros delitos graves(1), y en particular su artículo 18, apartado 2,
– Vista su Resolución, de 9 de julio de 2015, sobre la Agenda Europea de Seguridad(2),
– Visto el artículo 59 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0287/2015),
1. Aprueba el proyecto del Consejo;
2. Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;
3. Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente el texto aprobado por el Parlamento;
4. Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.