Índice 
 Anterior 
 Siguiente 
 Texto íntegro 
Procedimiento : 2015/0806(CNS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A8-0302/2015

Textos presentados :

A8-0302/2015

Debates :

Votaciones :

PV 27/10/2015 - 5.6
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P8_TA(2015)0365

Textos aprobados
PDF 242kWORD 61k
Martes 27 de octubre de 2015 - Estrasburgo
Intercambio automatizado de datos dactiloscópicos en Polonia *
P8_TA(2015)0365A8-0302/2015

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 27 de octubre de 2015, sobre el proyecto de Decisión de Ejecución del Consejo relativa al establecimiento del intercambio automatizado de datos dactiloscópicos en Polonia (09989/2015 – C8-0195/2015 – 2015/0806(CNS))

(Consulta)

El Parlamento Europeo,

–  Visto el proyecto del Consejo (09989/2015),

–  Visto el artículo 39, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea, en su versión modificada por el Tratado de Ámsterdam, y el artículo 9 del Protocolo n.° 36 sobre las disposiciones transitorias, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C8-0195/2015),

–  Vista la Decisión 2008/615/JAI del Consejo, de 23 de junio de 2008, sobre la profundización de la cooperación transfronteriza, en particular en materia de lucha contra el terrorismo y la delincuencia transfronteriza(1), y en particular su artículo 33,

–  Vista su Resolución de 10 de octubre de 2013, sobre el refuerzo de la cooperación transfronteriza en materia de aplicación de la ley en la UE: la aplicación de la «Decisión Prüm» y el Modelo Europeo para el Intercambio de Información(2),

–  Vista su Resolución, de 9 de julio de 2015, sobre la Agenda Europea de Seguridad(3),

–  Visto el artículo 59 de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (A8-0302/2015),

1.  Aprueba el proyecto del Consejo;

2.  Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

3.  Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente el texto aprobado por el Parlamento;

4.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

(1) DO L 210 de 6.8.2008, p. 1.
(2) Textos Aprobados, P7_TA(2013)0419.
(3) Textos Aprobados, P8_TA(2015)0269.

Aviso jurídico - Política de privacidad