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Procedimiento : 2015/2791(RSP)
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Ciclo relativo al documento : B8-0255/2016

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B8-0255/2016

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PV 25/02/2016 - 7.10
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P8_TA(2016)0061

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Jueves 25 de febrero de 2016 - Bruselas
Apertura de las negociaciones sobre un Acuerdo de Libre Comercio UE-Túnez
P8_TA(2016)0061B8-0255/2016

Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de febrero de 2016, sobre la apertura de negociaciones para un acuerdo de libre comercio entre la Unión Europea y Túnez (2015/2791(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la apertura de negociaciones, el 13 de octubre de 2015, sobre un acuerdo de libre comercio entre la Unión Europea y Túnez,

–  Vistos el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea (TUE) y los artículos 3, 207 y 218 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

–  Vistas las declaraciones realizadas por la Comisaria Cecilia Malmström el 13 de octubre de 2015 en Túnez, con ocasión de la apertura de negociaciones sobre el acuerdo de libre comercio de alcance amplio y profundo (ALCAP) entre la Unión Europea y Túnez,

–  Vista la decisión, de 9 de octubre de 2015, de conceder el Premio Nobel de la Paz al Cuarteto del diálogo nacional tunecino en representación de la sociedad civil tunecina,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo de la Unión Europea del 20 de julio de 2015 sobre Túnez(1),

–  Vista la Recomendación n.° 1/2015 del Consejo de Asociación UE-Túnez, de 17 de marzo de 2015, sobre la ejecución del Plan de Acción UE-Túnez (2013-2017) por el que se aplica la Asociación Privilegiada en el marco de la Política Europea de Vecindad(2),

–  Vista la Decisión n.° 534/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por la que se concede una ayuda macrofinanciera a la República de Túnez(3), así como la puesta a disposición de un primer tramo el 26 de abril de 2015,

–  Vistos los análisis realizados por Ecorys sobre la incidencia del comercio en el desarrollo sostenible, que respaldan las negociaciones en favor de un acuerdo de libre comercio de alcance amplio y profundo entre la Unión Europea y Túnez(4),

–  Vista la evaluación del impacto sobre el desarrollo sostenible (SIA) en la zona de libre comercio euromediterránea (EMFTA), el informe final del proyecto SIA-EMFTA y el proyecto de consulta llevado a cabo en septiembre de 2007 por el Centro de investigación de la evaluación del impacto del Instituto de Políticas y Gestión del Desarrollo de la Universidad de Manchester(5),

–  Visto el Acuerdo euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Túnez, por otra(6),

–  Vista la Comunicación conjunta de la Comisión Europea y de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 18 de noviembre de 2015, titulada «Revisión de la política europea de vecindad»,

–  Vistas sus Resoluciones anteriores sobre la Unión por el Mediterráneo y los países vecinos meridionales, en particular su Resolución, de 10 de mayo de 2012, sobre Comercio para el cambio: estrategia de comercio e inversión de la UE para el Mediterráneo Meridional tras las revoluciones de la «primavera árabe»(7),

–  Vista la propuesta de Resolución de la Comisión de Comercio Internacional,

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Considerando que las relaciones entre la Unión y Túnez son estrechas y muy antiguas, que la Unión Europea es el principal socio comercial de Túnez y que Túnez es el trigésimo cuarto socio de la Unión;

B.  Considerando que el primer acuerdo de cooperación comercial entre ambos socios data de 1969 y que Túnez fue el primer país del Mediterráneo meridional en firmar un acuerdo de asociación con la Unión Europea en 1995;

C.  Considerando que, el 13 de octubre de 2015, la Unión Europea y Túnez entablaron negociaciones para un acuerdo de libre comercio ambicioso sobre la base del mandato aprobado por unanimidad el 14 de diciembre de 2011 por los Estados miembros de la Unión, cuya primera ronda tuvo lugar del 19 al 22 de octubre de 2015;

D.  Considerando que las conversaciones preliminares entre la Unión Europea y Túnez sobre el ALCAP han durado cuatro años y que Túnez ha creado una comisión nacional para definir sus prioridades;

E.  Considerando que la profundización de las relaciones comerciales eurotunecinas con la firma de un acuerdo comercial ambicioso debe ofrecer perspectivas de crecimiento y de aproximación para la economía de Túnez y de la Unión Europea; que este acuerdo debe contribuir a la estabilización política y democrática de Túnez;

F.  Considerando que la asociación de comercio se inscribe en el marco más amplio de las relaciones de vecindad entre la Unión Europea y Túnez reguladas en el marco del Acuerdo de Asociación Euromediterránea de 1995, en el que se prevé la creación de una zona de libre comercio, así como disposiciones sobre agricultura y servicios; que, el 17 de marzo de 2015, el Consejo de Asociación UE-Túnez adoptó un nuevo plan de acción por el que se aplica la asociación privilegiada, con el fin de alcanzar un elevado grado de integración económica; que la revisión de la política europea de vecindad debe promover los valores e intereses comunes de la Unión y de Túnez, un desarrollo socioeconómico solidario y la creación de empleo para los jóvenes, además de llevar a la estabilización económica;

G.  Considerando que Túnez, cuna de los acontecimientos que se han dado en llamar «primaveras árabes», es el único país de la región de Oriente Próximo y Medio y del norte de África en el que se ha desarrollado un proceso de transición democrática y política, y constituye por ello un ejemplo para toda la región;

H.  Considerando que la estabilidad política y el desarrollo económico van a la par, y que dicho acuerdo comercial debe tener por objeto ofrecer perspectivas reales a la economía tunecina y a la europea;

I.  Considerando que, paralelamente a estas negociaciones, la Unión Europea debe proseguir e intensificar su apoyo a Túnez y suministrarle una asistencia financiera y técnica pertinente y apropiada a lo largo de las negociaciones, así como en la aplicación de las disposiciones del acuerdo, desarrollando una auténtica asociación en la que se puedan tener en cuenta los intereses de las poblaciones de las dos orillas del Mediterráneo;

J.  Considerando que Túnez y la Unión Europea tienen interés en promover y reforzar los procesos de integración regional «sur-sur» entre Túnez y los Estados vecinos, en particular mediante el Acuerdo de Agadir; que las negociaciones de libre comercio entre la Unión Europea y Túnez deben complementar estos esfuerzos;

K.  Considerando que la transición democrática de Túnez continúa siendo un ejemplo para los demás países de la región; que el 26 de enero de 2014, la Asamblea Nacional Constituyente aprobó la nueva Constitución de Túnez y que esta es ejemplar en materia de protección de los derechos y libertades; que el 21 de diciembre de 2014, Beyi Caid Essebsi fue elegido presidente de la República de Túnez tras unas elecciones libres, pluralistas y transparentes;

L.  Considerando que la sociedad civil tunecina, por su dinamismo y su nivel educativo, está desempeñando un papel esencial en la transición del país hacia la democracia; que es necesario que se la siga involucrando estrechamente en los procesos de deliberación política, incluidas las negociaciones en curso;

M.  Considerando que la concesión del Premio Nobel de la Paz al Cuarteto del diálogo nacional tunecino supone un reconocimiento de los esfuerzos realizados para consolidar la democracia, al tiempo que alienta a seguir por la misma vía; que es imprescindible celebrar un acuerdo ejemplar que permita mitigar las preocupaciones expresadas por la sociedad civil;

Comprobación de la situación económica, política y social de Túnez

1.  Condena enérgicamente los atentados terroristas perpetrados en Túnez en los últimos meses, que han causado un gran número de víctimas; considera que Túnez se enfrenta a una amenaza terrorista muy elevada y recuerda que el atentado del 24 de noviembre de 2015 contra un autobús de la Guardia Presidencial, los ataques terroristas del 26 de junio de 2015 en Susa y el atentado del 18 de marzo del mismo año en el museo del Bardo afectaron gravemente las perspectivas turísticas para el verano de 2015, sabiendo que el turismo y los sectores conexos representan el 15 % del PIB del país; manifiesta su total solidaridad a Túnez y reitera su apoyo a las autoridades tunecinas en su lucha contra el terrorismo, respetando los derechos humanos y el Estado de Derecho;

2.  Reconoce que la economía tunecina se enfrenta a dificultades importantes, que la tasa de crecimiento del PIB fue del 2,3 % en 2014 y que la tasa de desempleo en 2015 se elevó al 15 % de la población activa, que el 28,6 % de los graduados de enseñanza superior están desempleados y que el desempleo entre los jóvenes tunecinos está aumentando;

3.  Observa que entre la Unión Europea y Túnez existe un desequilibrio demográfico y económico evidente que justifica la adopción de una estrategia asimétrica y progresiva en las negociaciones;

4.  Recuerda que Túnez se caracteriza por importantes disparidades regionales entre la capital, Túnez, y las demás regiones del país, con niveles de desarrollo muy diferentes entre la costa y las zonas del centro del país, especialmente por lo que se refiere a las tasas de desempleo y al acceso a la asistencia sanitaria y la educación, y señala que esas diferencias podrían agravarse con el cambio climático;

5.  Recuerda las divergencias que existen en Túnez en cuanto a la tasa de empleo en los sectores a los que afecta el acuerdo comercial que, si no se subsanan, podrían dar lugar a un exceso de mano de obra en el sector agrícola y a la desaparición de otros sectores que son importantes para la diversificación de la economía tunecina, como por ejemplo el sector manufacturero y el minero;

6.  Señala que el proceso de transición democrática de Túnez es el más avanzado en la región y que el país ha optado por un modelo político y de desarrollo económico único entre los países de la orilla sur del Mediterráneo, y pide a la Comisión que tenga plenamente en cuenta este aspecto en las negociaciones; considera que la Unión debe adoptar todas las medidas posibles con vistas a apoyar a Túnez en su transición democrática hacia una sociedad estable y pluralista;

7.  Constata que Túnez adolece de un entorno regional muy inestable, especialmente debido al conflicto en Libia y a brotes de violencia esporádicos en Argelia, países fronterizos en ambos casos;

8.  Observa que Túnez ha acogido a más de 1 800 000 refugiados libios y que dicha cifra equivale al 16 % de la población total de Túnez;

Condiciones para el éxito de un acuerdo comercial entre la Unión Europea y Túnez

9.  Acoge con satisfacción la apertura de negociaciones en otoño de 2015 para la celebración de un acuerdo de libre comercio entre la Unión Europea y Túnez, sobre la base del mandato adoptado en 2011 por el Consejo a raíz de la Primavera árabe; señala que, desde 2011, Túnez ha consolidado su transición democrática con la proclamación de una nueva Constitución, el 26 de enero de 2014, y con las elecciones parlamentarias y presidenciales celebradas el 26 de octubre y el 23 de noviembre de 2014, respectivamente;

10.  Considera que este acuerdo tiene algo más que una mera dimensión comercial y que su objetivo debe ser contribuir a la estabilidad de Túnez, a la consolidación de su democracia y a la reactivación de su economía, influyendo positivamente en los precios al consumo, el empleo, los salarios de los trabajadores cualificados y no cualificados, y la reducción de las desigualdades; solicita que el contenido del acuerdo responda a esos objetivos esenciales antes de su conclusión;

11.  Insta a los negociadores a concluir un acuerdo progresivo y asimétrico, teniendo en cuenta la fuerte disparidad económica entre ambas partes, a demostrar flexibilidad, capacidad de reacción, innovación, transparencia y adaptabilidad, a tener en cuenta que este acuerdo, ventajoso para ambas partes, debe hacerse en primer lugar en beneficio de la economía y de las sociedades tunecina y europea, respetando, evidentemente, las especificidades, las sensibilidades, la cultura y las esferas socioeconómicas locales, sin que conlleve un desvío del comercio intrarregional de Túnez con los demás países del Magreb;

12.  Celebra que el Gobierno tunecino haya presentado un plan quinquenal (2015-2020) de reformas de la economía, destinado a reducir la tasa de desempleo y las disparidades regionales dentro del país, así como a diversificar el tejido económico; considera que el acuerdo de libre comercio debe ser coherente con los objetivos de ese plan;

13.  Recuerda que se trata de la primera negociación comercial de esta magnitud para Túnez y que, por este motivo, es importante que la apertura de los sectores económicos tunecinos sea progresiva, gradual y asimétrica, y prevea períodos de transición para los sectores sensibles, excluyendo además de las negociaciones determinados productos que las partes consideren sensibles;

14.  Considera esencial que Túnez reciba por parte de la Unión Europea una ayuda sustancial en el plano financiero, técnico y de asistencia a la negociación comercial, para aplicar adecuadamente las distintas disposiciones del acuerdo de libre comercio; solicita que la ayuda financiera se conceda de modo transparente y que sus destinatarios se beneficien realmente de la misma;

15.  Acoge con satisfacción el apoyo prestado por el Banco Europeo de Inversiones a numerosos proyectos en Túnez; destaca que este apoyo contribuye a la diversificación económica de Túnez y a la creación de empleo, en particular para los jóvenes;

16.  Acoge con satisfacción el hecho de que la Unión Europea haya hecho de Túnez uno de los países prioritarios de su política de vecindad con los países del sur del Mediterráneo y haya concedido un préstamo de 300 millones de euros en ayuda macrofinanciera a Túnez para la aplicación de reformas económicas;

17.  Pide, no obstante, a la Unión Europea, así como a sus Estados miembros, al BEI y al BERD, que sigan estando al lado del pueblo tunecino e intensifiquen sus programas de ayudas y asistencia, también con la aplicación de medidas comerciales autónomas excepcionales, con objeto de acompañar a Túnez en la consolidación de su proceso democrático; celebra que algunos Estados miembros hayan creado «asociaciones para la transformación» de Túnez; insta a la Unión Europea a que lleve adelante su programa de reducción de las desigualdades regionales en lo tocante al acceso a la atención sanitaria básica en Túnez;

18.  Pide a la Unión Europea que tenga en cuenta la situación específica de Túnez en estas negociaciones, particularmente a la luz de la frágil transición democrática y la diferencia de desarrollo económico entre la Unión y Túnez, sin olvidar nunca que las mejores soluciones son las que redundan en beneficio de ambos socios;

19.  Pide a la Comisión que vele por que estas negociaciones produzcan rápidamente beneficios concretos para las economías de la Unión Europea y de Túnez en sectores clave, así como para todos los agentes afectados, en particular las pymes y las microempresas;

20.  Hace hincapié en que este acuerdo debe contribuir al desarrollo y a la diversificación de la economía tunecina, centrada hoy en día principalmente en la agricultura, así como a la disminución de los desequilibrios regionales, y en que debe traer aparejados beneficios concretos para el conjunto de los tunecinos y los europeos;

21.  Se congratula del hecho de que Túnez haya llevado a cabo importantes reformas sociales y económicas; insiste en que esas reformas sigan su curso, incluso durante las negociaciones, para que el país pueda sacar realmente partido del acuerdo;

22.  Considera que el acuerdo debe contribuir a la profundización de la cooperación económica entre la Unión Europea y Túnez, ya bastante avanzada gracias a la supresión de los aranceles aplicados a los productos industriales en virtud del Acuerdo de Asociación; propone, por tanto, la nueva denominación «asociación económica entre la Unión Europea y Túnez»;

23.  Alienta encarecidamente a la Comisión y al Gobierno de Túnez a implantar un proceso claro y preciso de participación de las sociedades civiles tunecina y europea a lo largo de las negociaciones, y a ser innovadores; a tal efecto, se congratula del papel de la sociedad civil tunecina en el primer ciclo de las negociaciones y solicita que las consultas sean abiertas, transparentes y que tengan en mayor consideración la diversidad de los agentes de la sociedad civil tunecina, basándose en las mejores prácticas como las que se han establecido en el marco de negociaciones similares;

24.  Acoge favorablemente, en este sentido, la creación por el Ministerio de Comercio y Artesanía de un sitio internet dedicado a la comunicación sobre el ALCAP al público, así como el deseo de los negociadores de publicar el texto final en una versión trilingüe; considera que también se podría involucrar a la sociedad civil tunecina en las negociaciones a través de un comité de supervisión de los análisis de impacto;

25.  Insta al Consejo a que publique el mandato de negociación aprobado por los Estados miembros, por unanimidad, el 14 de diciembre de 2011;

26.  Espera que se establezca un diálogo periódico durante las negociaciones entre diputados tunecinos y europeos; celebra, a tal respecto, la creación de la Comisión Parlamentaria Mixta UE-Túnez, que desempeñará un papel central que permitirá a los diputados europeos y tunecinos reunirse regularmente y hacer un seguimiento eficaz de las negociaciones sobre el acuerdo de libre comercio;

27.  Confía en que este diálogo permita evaluar mejor las expectativas y las preocupaciones de ambas partes, y mejore así las condiciones del acuerdo;

28.  Recuerda que la Unión por el Mediterráneo apoya el desarrollo de proyectos concretos en la región y, en este contexto, puede aportar su pericia durante las negociaciones del acuerdo;

29.  Pide que se lleven a cabo, por ambas partes, incluido el Parlamento Europeo, con la participación de expertos tunecinos, estudios de impacto y evaluaciones sectoriales, rigurosas y transparentes sobre los efectos del acuerdo en distintos ámbitos, en particular los servicios, la contratación pública, la competitividad de las pymes, el empleo, la agricultura, el medio ambiente o cualquier otro sector prioritario; toma nota de que Túnez ha manifestado su deseo de incluir desde un principio a expertos tunecinos para velar por la credibilidad de las cifras relativas a la evaluación del impacto en el propio Túnez;

30.  Pide que esos estudios de impacto y evaluaciones sectoriales sean financiados por la Unión Europea y que, con arreglo a las solicitudes de varias organizaciones de la sociedad civil tunecina, vayan precedidos, en su caso, de una evaluación ex post del impacto socioeconómico del Acuerdo de Asociación de 1995;

31.  Insta a la Comisión a que determine, cuanto antes, la naturaleza mixta o exclusiva del acuerdo, y le pide que involucre, desde el inicio de las conversaciones, a los Parlamentos nacionales de los Estados miembros en el debate;

32.  Destaca que las condiciones medioambientales en la cuenca mediterránea, en particular la escasez de agua, que perjudica la actividad agrícola, deben ser tenidas en cuenta en las negociaciones y que es necesario promover un modelo económico sostenible a nivel medioambiental y en la gestión de los recursos naturales;

33.  Subraya que las negociaciones comerciales con Túnez forman parte del marco más amplio de las relaciones comerciales euromediterráneas; insiste en la necesidad de que se celebre próximamente la Décima Conferencia de Ministros de Comercio de la Unión por el Mediterráneo, aplazada sine die desde 2013, con el fin de examinar de nuevo los retos comerciales de la región y las prioridades de trabajo que se han de establecer para los próximos años;

Visión sectorial de la negociación

34.  Pide que el acuerdo conceda la debida importancia al sector de los servicios, que ofrece un gran potencial de crecimiento para la economía tunecina y debería atraer inversiones estratégicas; considera que, teniendo en cuenta que se trata de la primera negociación comercial de esta magnitud para Túnez, en el capítulo sobre los servicios deben enumerarse explícitamente los sectores en los que las partes desean asumir compromisos en lo tocante al acceso al mercado y el trato nacional;

35.  Recuerda que el sector público reviste una importancia fundamental para Túnez y concentra la mayor parte del empleo cualificado del país;

36.  Recuerda que Túnez cuenta con numerosas empresas emergentes, microempresas y pymes sumamente dinámicas en el ámbito de la alta tecnología, y pide que el acuerdo favorezca su capacidad de desarrollo e internacionalización; toma nota de la petición de Túnez de que se incluyan en el acuerdo disposiciones ambiciosas y equilibradas en materia de comercio electrónico;

37.  Pide a ambas partes que incentiven, también mediante iniciativas conjuntas, el crecimiento de la tasa de empleo, ya que se trata de un requisito indispensable para la reactivación económica y la estabilidad política de Túnez;

38.  Considera que el acuerdo debe beneficiar a los pequeños productores y pequeños empresarios en Túnez, que son imprescindibles para el tejido económico del país; aboga por que se mantenga un diálogo regular entre empresarios, organizaciones profesionales y organismos de formación que permitirá, en particular, promover las buenas prácticas y comprender mejor las dificultades y expectativas de cada parte;

39.  Considera que a la hora de negociar un capítulo sobre la competencia se debe actuar con precaución, progresividad y flexibilidad, habida cuenta de que las ayudas estatales son estratégicas para el desarrollo económico de Túnez;

40.  Recuerda la importancia que reviste la creación de cámaras de comercio bilateral que constituyan foros permanentes que permitan a los distintos agentes crear asociaciones entre ellos y desarrollar sus actividades económicas y comerciales;

41.  Pide a la Comisión que facilite la concesión de visados de corta duración para el desempeño de servicios de tipo «Move IV», que exigen el desplazamiento de personas por un período limitado y en unas condiciones concretas definidas en el contrato y en la legislación nacional; subraya que ninguna disposición del acuerdo debe impedir que la Unión Europea y sus Estados miembros puedan aplicar medidas para regular la entrada de personas físicas en su territorio o su estancia temporal, incluidas las medidas necesarias para garantizar el flujo ordenado de las personas físicas a través de sus fronteras, como el establecimiento de condiciones de admisión;

42.  Expresa su deseo de que este acuerdo contribuya a crear y preservar en Túnez un clima favorable e incentivador para las inversiones a largo plazo en sectores económicos clave, dinámicos y de gran valor añadido como el turismo, la energía, incluidas las fuentes de energía renovables, los servicios de alta tecnología, la economía digital y el intercambio de datos; pide a la Comisión que incluya un capítulo sobre las inversiones con el fin de facilitar las inversiones extranjeras directas entre la Unión Europea y Túnez y que acelere la instauración del mecanismo euromediterráneo de facilitación de las inversiones y los intercambios comerciales, que permitirá recopilar información y datos pertinentes, reforzará las asociaciones comerciales y beneficiará especialmente a Túnez;

43.  Considera que el acuerdo debería incluir disposiciones sobre los contratos públicos, pero que al mismo tiempo se debe negociar con precaución el grado de apertura del mercado por parte tanto europea como tunecina y tener en cuenta la estructura y las condiciones específicas de la economía tunecina;

44.  Considera que la Unión Europea y Túnez se beneficiarán de un mejor acceso recíproco a sus mercados agrícolas y que el acuerdo debe contribuir a reducir los aranceles, eliminar los obstáculos no arancelarios y mejorar los procedimientos de exportación;

45.  Observa que Túnez se ha centrado en el desarrollo de la agricultura ecológica y que, mediante este acuerdo, los productos tunecinos resultantes de este tipo de agricultura deben tener la posibilidad de acceder a nuevos mercados;

46.  Expresa su deseo de que las negociaciones no perjudiquen a la economía de ninguna de las dos partes; pide a la Unión y a Túnez que tengan en cuenta que existen varios sectores agrícolas sensibles en ambas orillas del Mediterráneo, para los que será necesario acordar durante el proceso de negociación listas completas que prevean periodos de transición y cuotas adecuadas, y, en su caso, su exclusión de las negociaciones;

47.  Alienta a la Comisión a negociar la instauración de normas estrictas y de un alto nivel de calidad en materia sanitaria y fitosanitaria, así como a resolver los problemas veterinarios y de control de carnes, frutas y hortalizas que subsisten en Túnez; pide a la Comisión que prevea disposiciones específicas en materia de asistencia técnica que ayuden a los productores tunecinos a respetar las normas más estrictas de la Unión Europea en materia sanitaria y fitosanitaria;

48.  Considera que el acuerdo debe contribuir a definir normas de gran calidad en materia de desarrollo sostenible, especialmente por lo que se refiere a las normas sociales;

49.  Espera que el Gobierno tunecino y las instituciones europeas establezcan disposiciones adecuadas para determinar con precisión el origen, la procedencia y las trazabilidad de los productos tunecinos, así como para garantizar una mayor transparencia para los productores, los intermediarios y los consumidores;

50.  Espera que el acuerdo incluya un capítulo ambicioso sobre los sectores relacionados con los derechos de propiedad intelectual, en particular el reconocimiento y una mayor protección de las indicaciones geográficas, que garantice el pleno reconocimiento de las indicaciones geográficas de la Unión Europea y de Túnez, la trazabilidad de los productos en cuestión y la protección de las técnicas de los fabricantes;

51.  Pide a la Comisión que amplíe la protección de las indicaciones geográficas a los productos no agrícolas, especialmente en el marco de este acuerdo, dado que Túnez los reconoce por su parte;

52.  Espera que el acuerdo permita a la industria tunecina modernizarse y reforzar su competencia, con el fin de abarcar sectores más amplios de las cadenas de suministro de productos manufacturados y, de este modo, recurrir a un nivel superior de cualificación y contratar a escala local a personal mejor cualificado;

53.  Insta a la Comisión a que incluya en el acuerdo un capítulo ambicioso sobre la energía y las materias primas que permita reforzar la investigación y la cooperación en los sectores de la electricidad, el gas, la energía eólica y solar y otras fuentes de energía renovables;

54.  Espera que con ocasión de este acuerdo se refuerce la cooperación científica entre las universidades, los centros de investigación y los organismos de formación de Europa y Túnez en los ámbitos de la investigación, la innovación, el desarrollo de nuevas tecnologías y, en términos más generales, la cultura y la educación, y que estas iniciativas sirvan también para ayudar al mercado laboral tunecino;

55.  Celebra que se haya incluido a Túnez en el programa europeo de investigación «Horizonte 2020», e insta a la Comisión y al Gobierno de Túnez a que incluyan en el acuerdo un capítulo ambicioso sobre desarrollo sostenible que fomente normas sociales y laborales estrictas, de conformidad con las disposiciones de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y con las normas ambientales contempladas en los acuerdos multilaterales al respecto;

56.  Recuerda que Túnez ha ratificado todos los convenios de la OIT pero que, según un órgano de control independiente, debe intensificar sus esfuerzos por promover unas normas laborales estrictas; espera que el ALCAP ayude a Túnez a desarrollar normas sociales y laborales más protectoras, especialmente en lo tocante al respeto de los derechos sindicales; confía en que, en la situación de transición democrática y amenaza terrorista que se vive en Túnez, el ALCAP fomente el refuerzo del Estado de Derecho y las libertades fundamentales, concretamente la libertad de asociación, de expresión y de información;

57.  Pide a la Comisión que incluya en el texto del acuerdo la cláusula sobre los derechos humanos, en virtud de la cual la UE puede suspender unilateralmente la aplicación del acuerdo si una de las partes contratantes comete una violación de los derechos humanos;

58.  Pide a las partes que examinen la posibilidad de introducir una cláusula de buena gobernanza fiscal, basada en la labor de la Plataforma sobre la Buena Gobernanza Fiscal de la Comisión Europea, con objeto de evitar que se den situaciones de doble no imposición;

59.  Acoge con satisfacción el interés compartido por ahondar en la Asociación de Movilidad establecida el 3 de marzo de 2014, y espera que se concluyan un acuerdo de facilitación de visados y un acuerdo de readmisión;

60.  Pide a las instituciones europeas que adopten medidas de compensación adecuadas en caso de perjuicios reales o posibles para uno o varios de los sectores comerciales afectados por el acuerdo;

o
o   o

61.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

(1) Conclusiones del Consejo de la Unión Europea, RELEX 626, 11076/15 de 20.7.2015.
(2) DO L 151 de 18.6.2015, p. 25.
(3) DO L 151 de 21.5.2014, p. 9.
(4) http://www.trade-sia.com/tunisia/the-study/?lang=fr.
(5) http://www.sia-trade.org/emfta.
(6) DO L 97 de 30.3.1998, p. 2.
(7) DO C 261 E de 10.9.2013, p. 21.

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