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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2015/0296(CNS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A8-0063/2016

Textos presentados :

A8-0063/2016

Debates :

Votaciones :

PV 12/04/2016 - 5.4
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P8_TA(2016)0097

Textos aprobados
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Martes 12 de abril de 2016 - Estrasburgo
Tipo normal mínimo del IVA *
P8_TA(2016)0097A8-0063/2016

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 12 de abril de 2016, sobre la propuesta de Directiva del Consejo por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que se refiere a la duración de la obligación de respetar un tipo normal mínimo (COM(2015)0646 – C8-0009/2016 – 2015/0296(CNS))

(Procedimiento legislativo especial - consulta)

El Parlamento Europeo,

–  Vista la propuesta de la Comisión al Consejo (COM(2015)0646),

–  Visto el artículo 113 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C8-0009/2016),

–  Visto el artículo 59 de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A8-0063/2016),

1.  Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.  Lamenta que la Comisión haya publicado tan tarde su propuesta, ya que debido a ello el tipo normal mínimo del IVA tendrá que aplicarse con carácter retroactivo;

3.  Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el artículo 293, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

4.  Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

5.  Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión;

6.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

Texto de la Comisión   Enmienda
Enmienda 1
Propuesta de Directiva
Artículo 1 – punto 1
Directiva 2006/112/CE
Artículo 97
Desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2017, el tipo normal no podrá ser inferior al 15 %.
Desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2018, el tipo normal no podrá ser inferior al 15%.
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