Decisión del Parlamento Europeo, de 12 de abril de 2016, sobre el suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Hermann Winkler (2016/2000(IMM))
El Parlamento Europeo,
– Visto el suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Hermann Winkler, transmitido por la Fiscalía de Leipzig, con fecha de 25 de septiembre de 2015, en relación con una investigación preliminar sobre un accidente de tráfico (nº de referencia 600 AR 3037/15), y comunicado al Pleno del 14 de diciembre de 2015,
– Visto que Hermann Winkler renunció a su derecho a ser oído de conformidad con el artículo 9, apartado 5, de su Reglamento,
– Vistos los artículos 8 y 9 del Protocolo n.º 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea, así como el artículo 6, apartado 2, del Acta relativa a la elección de los Diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, de 20 de septiembre de 1976,
– Vistas las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de mayo de 1964, 10 de julio de 1986, 15 y 21 de octubre de 2008, 19 de marzo de 2010, 6 de septiembre de 2011 y 17 de enero de 2013(1),
– Visto el artículo 46 de la Ley Fundamental (Grundgesetz) alemana,
– Vistos el artículo 5, apartado 2, el artículo 6, apartado 1, y el artículo 9 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A8-0062/2016),
A. Considerando que la Fiscalía de Leipzig (Alemania) ha solicitado la suspensión de la inmunidad parlamentaria de Hermann Winkler, diputado al Parlamento Europeo, en relación con la apertura de un procedimiento de investigación relativo a una presunta infracción;
B. Considerando que, según el artículo 9 del Protocolo sobre los privilegios e inmunidades de la Unión Europea, los diputados al Parlamento Europeo gozan, en su propio territorio nacional, de las inmunidades reconocidas a los miembros del Parlamento de su país;
C. Considerando que, de conformidad con el artículo 46, apartado 2, de la Ley Fundamental (Grundgestz) alemana, no se puede exigir a un diputado responsabilidad por una infracción punible sin el consentimiento previo del Parlamento, a no ser que sea detenido en el momento de cometer la infracción o durante el día siguiente;
D. Considerando que el suplicatorio se refiere a una investigación preliminar sobre un grave accidente de tráfico acaecido el 23 de septiembre de 2015 en el que estuvo involucrado Hermann Winkler;
E. Considerando que el procedimiento penal no se refiere a opiniones o votos emitidos en el ejercicio de las funciones de un diputado al Parlamento Europeo a efectos del artículo 8 del Protocolo n.º 7 sobre los privilegios e inmunidades de la Unión Europea;
F. Considerando que, habida cuenta de la información que obra en poder de la comisión, no existen motivos para suponer que detrás del procedimiento penal se esconde la intención de perjudicar la actividad política del diputado (fumus persecutionis);
G. Considerando que, por tanto, la presunta infracción no guarda manifiestamente relación alguna con el cargo de diputado al Parlamento Europeo de Hermann Winkler;
H. Considerando que, por tanto, conviene suspender la inmunidad parlamentaria en el presente caso;
1. Decide suspender la inmunidad parlamentaria de Hermann Winkler;
2. Encarga a su Presidente que transmita inmediatamente la presente Decisión y el informe de la comisión competente a las autoridades alemanas y a Hermann Winkler.
Sentencia del Tribunal de Justicia de 12 de mayo de 1964, Wagner/Fohrmann y Krier, 101/63, ECLI:EU:C:1964:28; sentencia del Tribunal de Justicia de 10 de julio de 1986, Wybot/Faure y otros, 149/85, ECLI:EU:C:1986:310; sentencia del Tribunal General de 15 de octubre de 2008, Mote/Parlamento, T-345/05, ECLI:EU:T:2008:440; sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de octubre de 2008, Marra/De Gregorio y Clemente, C-200/07 y C-201/07, ECLI:EU:C:2008:579; sentencia del Tribunal General de 19 de marzo de 2010, Gollnisch/Parlamento, T-42/06, ECLI:EU:T:2010:102; sentencia del Tribunal de Justicia de 6 de septiembre de 2011, Patriciello, C-163/10, ECLI:EU:C:2011:543; sentencia del Tribunal General de 17 de enero de 2013, Gollnisch/Parlamento, T-346/11 y T-347/11, ECLI:EU:T:2013:23.