1. Decisión del Parlamento Europeo, de 28 de abril de 2016, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2014, sección VI – Comité Económico y Social Europeo (2015/2159(DEC))
El Parlamento Europeo,
– Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2014(1),
– Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea relativas al ejercicio 2014 (COM(2015)0377 – C8-0204/2015)(2),
– Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativo al ejercicio 2014, acompañado de las respuestas de las instituciones(3),
– Vista la declaración(4) sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2014 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Vistos el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo(5), y en particular sus artículos 55, 99, 164, 165 y 166,
– Vistos el artículo 94 y el anexo V de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A8-0111/2016),
1. Aprueba la gestión del secretario general del Comité Económico y Social Europeo en la ejecución del presupuesto del Comité Económico y Social Europeo para el ejercicio 2014;
2. Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;
3. Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de ella al Comité Económico y Social Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, así como al Defensor del Pueblo Europeo, al Supervisor Europeo de Protección de Datos y al Servicio Europeo de Acción Exterior, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).
2. Resolución del Parlamento Europeo, de 28 de abril de 2016, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2014, sección VI – Comité Económico y Social Europeo (2015/2159(DEC))
El Parlamento Europeo,
– Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2014, sección VI – Comité Económico y Social Europeo,
– Vista la decisión del Defensor del Pueblo Europeo, de 18 de noviembre de 2015, por la que se cierra su investigación de la reclamación 1770/2013/JF contra el Comité Económico y Social Europeo,
– Vistos el artículo 94 y el anexo V de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A8-0111/2016),
1. Celebra que, basándose en su trabajo de auditoría, el Tribunal de Cuentas haya llegado a la conclusión de que los pagos del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 correspondientes a los gastos administrativos y otros gastos de las instituciones y órganos están exentos de errores materiales;
2. Toma nota con preocupación de que, en su Informe Anual 2014, el Tribunal de Cuentas constató insuficiencias en el Comité Económico y Social Europeo (CESE) en cuatro de los quince procedimientos de contratación pública examinados;
3. Celebra que el CESE, como respuesta a las observaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas, haya puesto en marcha un servicio de apoyo específico a fin de asistir a las direcciones, excepto a la responsable de logística por disponer ya de tal servicio, en todo lo relativo a la contratación pública; confía en que ese servicio sea plenamente operativo en la segunda mitad de 2016;
4. Toma nota de que en 2014 el presupuesto del CESE ascendió a 128 559 380 EUR (130 104 400 EUR en 2013), lo que supone una disminución del 1,19 % con respecto al presupuesto anual para 2013, con un porcentaje de ejecución del 95,6 %; señala el aumento del porcentaje de ejecución registrado en 2014, pero lamenta que aún no se haya alcanzado el 96,8 % de 2012;
5. Subraya que el presupuesto del CESE es puramente administrativo, y que una gran parte se utiliza para los gastos relativos a las personas que trabajan en la institución, mientras que la parte restante se destina a edificios, mobiliario, material y diversos gastos de funcionamiento;
6. Toma nota de las observaciones que figuran en anexo al informe anual de actividades del CESE en respuesta a la Resolución del Parlamento, de 29 de abril de 2015, sobre la aprobación de la gestión para el ejercicio 2013(1);
7. Señala que en 2014 se elaboraron menos informes y dictámenes en el CESE y se celebraron menos reuniones dedicadas al trabajo legislativo; manifiesta su sorpresa, no obstante, ante el aumento del número de dictámenes jurídicos emitidos por la Unidad de Asuntos Jurídicos en ese periodo; pide que se le informe de las razones de ese aumento;
8. Observa que el 5 de febrero de 2014 se firmó un Acuerdo de Cooperación entre el CESE y el Parlamento, acompañado por dos anexos sobre cooperación administrativa y repercusiones presupuestarias junto con un acuerdo paralelo entre el Parlamento y el Comité de las Regiones, con objeto de impulsar la cooperación política y administrativa;
9. Acoge favorablemente la respuesta del CESE a la solicitud incluida por el Parlamento en su Resolución sobre la aprobación de la gestión para el ejercicio 2013 de que se lleve a cabo una evaluación individual del impacto de ese acuerdo de cooperación tanto desde el punto de vista de los recursos humanos, como del gasto, las sinergias, el valor añadido y la calidad de los contenidos;
10. Opina que el acuerdo de cooperación aún es mejorable, especialmente en el ámbito político; considera que el Parlamento, el CESE y el Comité de las Regiones tienen capacidad para impulsar nuevas sinergias que mejoren la productividad en los ámbitos de la cooperación a todos los niveles y pide que se establezcan disposiciones concretas y detalladas de funcionamiento de los servicios compartidos por las tres instituciones; pide que se haga una encuesta de satisfacción a los miembros del CESE sobre los servicios que les presta el Servicio de Estudios del Parlamento Europeo; solicita que se le siga informando del seguimiento del acuerdo de cooperación;
11. Pide que en la evaluación intermedia del acuerdo de cooperación se incluya una valoración detallada por institución de los ahorros y el aumento del gasto presupuestario derivados del acuerdo de cooperación;
12. Toma nota de que el CESE ha puesto en marcha las nuevas normas sobre el reembolso de los gastos de viaje de sus miembros basadas en los costes reales, de conformidad con las solicitudes específicas incluidas por el Parlamento el año pasado en la Resolución sobre la aprobación de la gestión para el ejercicio 2013; celebra que el sistema haya entrado en funcionamiento plenamente en otoño de 2015, al comienzo del actual nuevo mandato del CESE;
13. Observa con preocupación que el reembolso total de los gastos de viaje y las dietas abonados a beneficiarios del CESE ascendió a 17 375 864 EUR; insta a la institución a que elabore una estrategia sistemática para reducir sustancialmente dichos gastos;
14. Toma nota de que, en el marco del acuerdo de cooperación, en 2014 el CESE tiene un balance positivo de 1 560 000 EUR; observa con preocupación que en el marco de dicho acuerdo se han transferido treinta y seis funcionarios del CESE y veinticuatro del Comité de las Regiones pertenecientes a los servicios de traducción y en su mayor parte en edad muy cercana a la jubilación, lo que implica un importante ahorro en los capítulos de personal (salarios y pensiones) del CESE y del Comité de las Regiones a costa de incrementar pesadamente los del Parlamento tanto a corto plazo (salarios) como a largo plazo (pensiones);
15. Lamenta el aumento de los gastos de misión del personal, de 338 366 EUR en 2013 a 387 481 EUR en 2014 (14,5 %);
16. Pide la inclusión de una relación del personal que ocupa puestos directivos, desglosado por nacionalidad, sexo y cargo, en el informe anual de actividades;
17. Acoge positivamente que el CESE y el Comité de las Regiones hayan colaborado estrechamente en la elaboración de las normas sobre la denuncia de irregularidades internas ya que tienen ciertos servicios y personal en común; considera, sin embargo, que el CESE ha precisado demasiado tiempo para aprobar dichas normas; acoge positivamente, no obstante, que las normas se apliquen con carácter retroactivo;
18. Observa la ligera mejora registrada en 2014 en cuanto al porcentaje de puestos directivos ocupado por uno de los sexos (40 %, frente al 39 % en 2013); lamenta, sin embargo, la persistencia de una brecha que no se constata en las demás categorías; insiste en la importancia de establecer unos objetivos a medio plazo que permitan alcanzar el equilibrio necesario, y en que se siga trabajando activamente en ese sentido;
19. Acoge positivamente el lanzamiento por parte del CESE de un curso específico sobre «Ética e integridad» al objeto de mejorar el conocimiento y la sensibilización sobre los derechos y las obligaciones del personal; considera, sin embargo, que dicho curso debe ser obligatorio no solo para el nuevo personal contratado, sino para todo el personal del CESE;
20. Deplora que el CESE no haya cumplido todas las medidas solicitadas por el Parlamento en el apartado 24 de la susodicha Resolución sobre la aprobación de la gestión para el ejercicio 2013; considera que el CESE no hubiera debido ni sustraerse a trasmitir a la Mesa del Parlamento, a los miembros del CESE y a su personal información sobre las dos sentencias del Tribunal contrarias al CESE, ni optar en lugar de ello por mostrar dicha información en otras publicaciones de carácter general; espera que este tipo de omisiones se solucione mediante la elaboración de las nuevas normas sobre los denunciantes de irregularidades y que en consecuencia pueda subsanarse en este caso concreto con carácter retroactivo;
21. Alberga la esperanza de que, con la aplicación de las nuevas normas sobre denunciantes de irregularidades, el CESE tomará inmediatamente y de manera efectiva las medidas necesarias para que se garantice el reconocimiento, respeto y consideración de dichos denunciantes en aquellos asuntos así reconocidos por el Tribunal General previos a la adopción de dichas normas y le pide también que tome las medidas necesarias para acabar de una vez por todas con los ataques realizados contra los denunciantes de irregularidades desde diversas publicaciones del CESE;
22. Deplora que la defensora del pueblo, en su decisión ya citada de cierre de la investigación de la reclamación 1770/2013/JF contra el CESE, afirme que este solo ha aceptado parcialmente las propuestas que le hizo para solventar el caso de mala administración en el que había incurrido; lamenta que el CESE no reconozca ni mala administración ni error alguno en su decisión de cambiar de puesto al demandante; deplora que el CESE no se avenga en principio a reconocer esos errores, aunque en la práctica haya aceptado algunas de las recomendaciones de la defensora del pueblo para resarcir al demandante de las injusticias cometidas;
23. Toma nota de la información facilitada por el CESE en respuesta a la susodicha Resolución sobre la aprobación de la gestión para el ejercicio 2013 en lo relativo a la utilización de las herramientas de videoconferencia; pide que se le siga informando de los avances logrados a este respecto; considera que la utilización del sistema de videoconferencia y otras tecnologías similares permitirá al CESE reducir significativamente los gastos de desplazamiento y de reunión;
24. Observa que el número de reuniones en que se utilizan equipos de videoconferencia se ha doblado en comparación con 2013; constata que, según el CESE, los equipos de videoconferencia se han utilizado en las reuniones en las que la interpretación no era necesaria; anima al CESE a utilizar la formación lingüística de manera eficaz a fin de garantizar que la interpretación sea menos necesaria y, de esta manera, el trabajo de la institución resulte más efectivo y eficiente;
25. Alienta al CESE a que refuerce su política en materia de información y comunicación, además de su presencia en los medios sociales;
26. Toma nota de los esfuerzos del CESE por mejorar su visibilidad a través de una política de información y comunicación eficaz; muestra su acuerdo con el énfasis puesto en el impulso de la cooperación interinstitucional para mejorar la comunicación y visibilidad, así como en el refuerzo de la presencia de miembros de las instituciones a nivel nacional, y anima el CESE a seguir trabajando en esa dirección; Celebra, en este sentido, todo nuevo esfuerzo encaminado a aumentar el flujo de información y, con ello, lograr una mayor transparencia;
27. Observa con satisfacción la tendencia a la baja del porcentaje de servicios de interpretación solicitados y no utilizados, que pasó de un 5,1 % en 2013 al 4,3 % en 2014; confía en que las condiciones negociadas en el marco del acuerdo de cooperación garanticen mayores reducciones de los costes de interpretación;
28. Considera sorprendente que la externalización de la traducción disminuyera un 1 % en comparación con 2013; confía en que esta tendencia cambie después de la aplicación del acuerdo de cooperación que prevé una mayor externalización de la traducción después de que el personal de traducción haya sido transferido al Parlamento;
29. Toma nota de los resultados logrados por el Comité Interinstitucional de Traducción e Interpretación con el establecimiento de una metodología armonizada que permite comparar directamente los costes de traducción de todas las instituciones; celebra que el CESE facilite datos siguiendo esa metodología;
30. Lamenta que en 2014 tuviera que aplazarse un acto importante; reitera su llamamiento al CESE para que planifique mejor la organización de sus actos internos;
31. Celebra que en el informe anual de actividades se hayan incluido los resultados y consecuencias de los casos cerrados de la Oficina Europa de Lucha contra el Fraude en 2014;
32. Se congratula de la decisión del CESE de adjuntar su política inmobiliaria al informe anual de actividades;
33. Toma nota de la cooperación entre el CESE y la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento, en particular en relación con el ejercicio de aprobación de la gestión.
Resolución del Parlamento Europeo, de 29 de abril de 2015, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2013, sección VI – Comité Económico y Social Europeo (DO L 255 de 30.9.2015, p. 128).