Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 9 de junio de 2016, sobre el proyecto de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al traspaso al Tribunal General de la Unión Europea de la competencia para resolver, en primera instancia, los litigios entre la Unión y sus agentes (N8-0110/2015 – C8-0367/2015 – 2015/0906(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)
El Parlamento Europeo,
– Vista la petición del Tribunal de Justicia presentada al Parlamento Europeo y al Consejo (N8-0110/2015),
– Vistos el artículo 19, apartado 2, párrafo segundo, del Tratado de la Unión Europea, los artículos 256, apartado 1, 257, párrafos primero y segundo, y 281, párrafo segundo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 106 bis, apartado 1, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, conforme a los cuales se le ha presentado el proyecto de acto (C8-0367/2015),
– Vista la opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos sobre el fundamento jurídico propuesto,
– Vistos el artículo 294, apartados 3 y 15, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y los artículos 256, apartado 1, 257, párrafos primero y segundo, y 281, párrafo segundo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 106 bis, apartado 1, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 2015/2422 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, por el que se modifica el Protocolo n.º 3 sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea(1), y en particular su considerando 9,
– Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 18 de mayo de 2016, de aprobar la Posición del Parlamento, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Vistos los artículos 59 y 39 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos y la opinión de la Comisión de Asuntos Constitucionales (A8-0167/2016),
1. Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;
2. Recuerda la importancia del equilibrio de género entre los jueces del Tribunal de Justicia de la Unión Europea;
3. Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo, al Tribunal de Justicia y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.
Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 9 de junio de 2016 con vistas a la adopción del Reglamento (UE, Euratom) 2016/... del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la transferencia al Tribunal General de la competencia para conocer, en primera instancia, de los litigios entre la Unión Europea y sus agentes
(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo sobre este texto, el tenor de la posición del Parlamento coincide con el acto legislativo final, el Reglamento (UE, Euratom) 2016/1192.)