Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de julio de 2016, sobre una nueva estrategia innovadora y orientada al futuro en materia de comercio e inversión (2015/2105(INI))
El Parlamento Europeo,
— Vista su Resolución, de 26 de noviembre de 2015, sobre la situación actual de la Agenda de Desarrollo de Doha antes de la 10.ª Conferencia Ministerial de la OMC(1),
– Vistas sus recomendaciones a la Comisión, relativas a las negociaciones de la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (ATCI) y el Acuerdo sobre el Comercio de Servicios (ACS), de 8 de julio de 2015(2) y 3 de febrero de 2016(3), respectivamente,
— Vista la comunicación de la Comisión titulada «Comercio para todos – Hacia una política de comercio e inversión más responsable» (COM(2015)0497),
– Vista la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada en la Cumbre de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible celebrada en Nueva York en 2015,
— Vista su Resolución, de 7 de julio de 2015, sobre el impacto exterior del comercio de la UE y la política de inversión en las iniciativas público-privadas en países fuera de la UE(4),
— Vista su Resolución, de 9 de junio de 2015, sobre una Estrategia para mejorar la protección y la garantía de respeto de los derechos de propiedad intelectual en los terceros países(5),
– Vista su Resolución, de 29 de abril de 2015, sobre el segundo aniversario del derrumbamiento del edificio Rana Plaza y los progresos del Pacto de Sostenibilidad con Bangladés(6),
— Visto el Informe especial del Tribunal de Cuentas Europeo n.º 2/2014 titulado «¿Se gestionan adecuadamente los acuerdos comerciales preferenciales?»,
— Vistas las Líneas Directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para Empresas Multinacionales y la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),
– Visto el Reglamento sobre la madera aprovechada ilegalmente, la Directiva sobre la información no financiera, la propuesta de Reglamento de la Comisión sobre los minerales de guerra, la cláusula sobre transparencia en las cadenas de suministro de la Ley británica sobre la esclavitud moderna y el proyecto de Ley francés sobre la obligación de diligencia,
— Vista su Resolución, de 27 de septiembre de 2011, sobre una nueva política comercial para Europa en el marco de la Estrategia Europa 2020(7),
— Vista su Resolución, de 17 de febrero de 2011, sobre la Estrategia Europa 2020(8),
— Vista su Resolución, de 25 de noviembre de 2010, sobre la política comercial internacional en el contexto de los imperativos del cambio climático(9),
— Vista su Resolución, de 25 de noviembre de 2010, sobre los derechos humanos y las normas sociales y medioambientales en los acuerdos comerciales internacionales(10),
— Vista su Resolución, de 25 de noviembre de 2010, sobre la responsabilidad social de las empresas en los acuerdos de comercio internacional(11),
– Vistas las Directrices de la Unión para promover y proteger el disfrute de todos los derechos humanos por las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales, aprobadas por el Consejo de Asuntos Exteriores el 24 de junio de 2013,
– Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de los días 7 y 8 de febrero de 2013, sus conclusiones sobre comercio de 21 de noviembre de 2014 y las conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores de 27 de noviembre de 2015;
– Vista la opinión de la Comisión de Comercio Internacional sobre el Informe sobre transparencia, responsabilidad e integridad en las instituciones de la UE,
— Visto el Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio,
— Visto el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea (TUE),
— Vistos los artículos 207, 208 y 218 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),
– Visto el artículo 24, apartado 2, del Reglamento (UE) 2015/478 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2015, sobre el régimen común aplicable a las importaciones,
– Visto el principio de coherencia de las políticas de cooperación para el desarrollo establecido en el TFUE,
— Visto el artículo 52 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Comercio Internacional y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores, la Comisión de Desarrollo, la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, la Comisión de Industria, Investigación y Energía y la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A8-0220/2016),
A. Considerando que el comercio no es un fin en sí mismo, sino un medio para alcanzar la prosperidad y la igualdad, promover oportunidades empresariales, el desarrollo económico, el progreso social y la comprensión cultural, fomentar el empleo y mejorar las condiciones de vida sin aumentar el gasto público;
B. Considerando que la política comercial común ha experimentado un cambio profundo desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa en diciembre de 2009; que el comercio no evoluciona de forma aislada, sino que está vinculado y sujeto a muchas otras políticas, y que las negociaciones sobre acuerdos comerciales y de inversión deben rebasar la mera supresión de aranceles, teniendo en cuenta la complejidad de los desafíos que plantea el mundo de hoy en materia de regulación y convergencia de las normas internacionales;
C. Considerando que no han tenido lugar en la Unión Europea un debate serio sobre los costes de las políticas de libre comercio —como los ajustes en el sector industrial, esto es, cierres de empresas, pérdidas de puestos de trabajo en la fabricación, deslocalización de sectores enteros a terceros países y aumento de las importaciones— ni un análisis general de los costes y los beneficios de las políticas de libre comercio; que la falta de este tipo de debate abierto induce a varias partes interesadas a poner en tela de juicio la lógica y la dirección de la política comercial de la Unión y de las políticas europeas en general, y que un debate abierto impediría esa desafortunada evolución;
D. Considerando que el exceso de capacidades mundiales en sectores clave y el desequilibrio comercial resultante han comenzado a erosionar la confianza de las empresas y las industrias de la Unión Europea en la solidez de la política comercial de la Unión;
E. Considerando que, en una fase de bajo crecimiento económico, la contribución del comercio exterior a la recuperación de la economía europea reviste una importancia capital para conseguir resultados tangibles y cuantificables y contribuir a la creación de puestos de trabajo dignos, a un crecimiento económico sostenible y a la igualdad en Europa y fuera de ella;
F. Considerando que la política comercial de la nueva generación debe responder a las inquietudes de los ciudadanos acerca de la transparencia y la participación, el bienestar y el empleo, a las expectativas de las empresas en una economía global e interconectada, a la lucha contra la pobreza y a la necesidad de garantizar una distribución más equitativa de los beneficios comerciales, teniendo en cuenta las nuevas evoluciones, como el comercio digital y el papel fundamental que desempeñan las pymes;
G. Considerando que las actuales negociaciones comerciales han atraído la atención del público sobre la política comercial de la Unión, y que cada vez son más los ciudadanos interesados en la política comercial que expresan su preocupación por el hecho de que la política comercial común podría socavar las regulaciones y las normas europeas y nacionales;
H. Considerando que la Comisión se ha comprometido sin ambages a que ningún acuerdo comercial pueda dar lugar en ninguna circunstancia a un nivel más bajo de protección reguladora, a que cualquier cambio en el nivel de protección solo pueda ser al alza y a que el derecho de regulación esté siempre protegido;
I. Considerando que la cooperación reguladora en los acuerdos comerciales debe garantizar el nivel más elevado de protección de la salud y la seguridad, en consonancia con el principio de precaución recogido en el artículo 191 del TFUE;
J. Considerando que los ciudadanos, las empresas y las pymes de la Unión están planteando dudas sobre si las grandes asociaciones industriales representan verdaderamente los intereses de los ciudadanos y las empresas europeos y de la Unión Europea en general;
K. Considerando que la transparencia exige que las instituciones de la Unión Europea comprueben que las posiciones presentadas en nombre de las industrias de la Unión reflejan verdaderamente las opiniones de estas;
L. Considerando que es necesario consolidar la política comercial y de inversiones de la Unión no solo garantizando resultados positivos en cuanto a la creación de empleo y de riqueza para los ciudadanos y las empresas, sino también reforzando los derechos ambientales y sociales y garantizando el máximo nivel de transparencia, compromiso y responsabilidad, manteniendo un diálogo permanente con las empresas, los consumidores, los interlocutores sociales y todas las demás partes interesadas pertinentes, así como con las entidades regionales y locales, y estableciendo directrices claras en las negociaciones;
M. Considerando que las normas de origen determinan el verdadero alcance de la liberalización comercial, ya que establecen los productos que se benefician realmente de los acuerdos de libre comercio, pero que con frecuencia se omiten en los debates públicos de política comercial y hasta ahora no han sido objeto de análisis por parte del Parlamento;
N. Considerando que, en la elaboración de su política comercial y en las negociaciones comerciales, la Unión debe tener en cuenta la sensibilidad de determinados sectores en términos de apertura del mercado, y en particular del sector agrícola;
O. Considerando que estaba previsto que en 2050 la UE-28 representase solo el 15 % del PIB mundial, frente al 23,7 % en 2013, y que desde 2015 el 90 % del crecimiento económico mundial se genera fuera de la Unión, al tiempo que la tasa de crecimiento de las economías emergentes se ralentiza considerablemente;
P. Considerando que la Unión es actualmente el mayor bloque comercial del mundo, que controla un tercio del comercio mundial, y que se prevé que en 2020 esta cifra se reduzca a alrededor del 26 %;
Q. Considerando que otras variables como los cambios demográficos tendrán también un impacto negativo en la posición de la Unión Europea en la escena del comercio mundial, y que se espera que el porcentaje de la Unión en la población mundial disminuya del 7,1 % en 2013 al 5,3 % en 2060;
R. Considerando que los futuros acuerdos y negociaciones comerciales deben tener en cuenta y ser coherentes con las posiciones expresadas en las resoluciones del Parlamento sobre la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (ATCI) y el Acuerdo sobre el Comercio de Servicios (ACS);
S. Considerando que el centro de la generación de riqueza se está desplazando claramente hacia oriente, a la región de Asia y el Pacífico; que China ya ha adelantado a Japón y probablemente superará a los Estados Unidos para convertirse en la principal economía mundial en 2025, y que este indicador refleja que las economías emergentes y los países en desarrollo están ganando terreno al grupo de países industrializados y están alcanzando la condición de economías avanzadas;
T. Considerando que se ha calculado que los flujos transfronterizos de capitales, productos, servicios y datos añadieron 7,8 billones de dólares a la economía mundial en 2014, y que solo el valor añadido de los flujos de datos representa 2,8 billones de dólares de dicho total, superior a los 2,7 billones de dólares estimados para el comercio de mercancías;
Adaptarse más rápidamente a los rápidos cambios de las tendencias comerciales mundiales
1. Acoge favorablemente la nueva estrategia de la Comisión titulada «Comercio para todos – Hacia una política de comercio e inversión más responsable», y en particular la nueva atención que se presta a factores como la gestión responsable de las cadenas de suministro, el comercio de productos y servicios digitales, el comercio justo y ético y los costes sociales de la liberalización del comercio; cree firmemente que toda futura política comercial debe luchar contra todas las formas de proteccionismo, especialmente en lo que se refiere a la reducción de los obstáculos no arancelarias innecesarios al comercio, y garantizar el acceso a los nuevos mercados, en particular para las pymes; recuerda que la liberalización del comercio debe llevarse a cabo de forma adecuada para garantizar un desarrollo sostenible; lamenta el retraso de la Comisión en la presentación de una nueva estrategia, dado que el Parlamento solicitó la presentación de una estrategia revisada a medio y largo plazo antes del verano de 2012;
2. Cree firmemente que, si bien los servicios representan más del 70 % del PIB de la Unión y aportarán el 90 % de los futuros empleos, la industria manufacturera de la Unión reviste una importancia fundamental para la reindustrialización de Europa, y que, por consiguiente, la estrategia debería centrarse en mayor medida en la función que incumbe a este sector en la política comercial común; insta a la Comisión a que colabore con nuestros socios comerciales a fin de garantizar que sus mercados sean más abiertos a las empresas de la Unión, en particular en los sectores del transporte, las telecomunicaciones y la contratación pública, cuando sus empresas siguen beneficiándose de un amplio acceso al mercado interior de la Unión;
3. Reconoce que la política comercial de la Unión reviste la máxima importancia geopolítica y económica para que Europa contribuya a configurar la globalización, refuerce las normas internacionales y mejore el acceso a los mercados extranjeros; constata que, si no actuamos ahora, otros establecerán las normas internacionales; destaca que, teniendo en cuenta que la Unión es la primera economía del mundo, el comercio sostenible y responsable es su instrumento político más importante para respaldar los intereses, las inversiones y las empresas europeos y promover los valores europeos en el extranjero, al tiempo que fomenta el crecimiento económico y las inversiones y genera empleo en la propia Unión; apoya el objetivo de la Comisión de mejorar las sinergias entre las políticas comerciales y del mercado interior, y recomienda que estas políticas otorguen prioridad a las medidas dirigidas a la creación de empleo;
4. Celebra el compromiso de la Comisión en el sentido de que ningún acuerdo comercial podrá socavar los logros de las normas de protección de los consumidores europeos, incluso en el contexto de la revolución digital; destaca que el Parlamento seguirá vigilando atentamente que las negociaciones en curso respeten este compromiso;
5. Destaca la relación existente entre el mercado único y la política comercial de la Unión, que deberían ser plenamente compatibles entre sí y con las políticas y valores más generales de la Unión; considera que un comercio mundial libre, responsable y abierto, basado en normas universales estrictas, transparentes y efectivas, es un elemento indispensable para que el mercado único alcance su máximo potencial, de forma que funcione, se desarrolle y trabaje en beneficio mutuo de los ciudadanos, los consumidores y las empresas, en particular las pymes; recuerda que la apertura del comercio comporta una mayor productividad, contribuye a aumentar la competitividad exterior y sostiene ya a casi uno de cada siete puestos de trabajo en el mercado interior, además de aportar beneficios significativos a los consumidores;
6. Insta a la Comisión a que actualice periódicamente su estrategia de comercio e inversión y a que, a partir de 2017, presente cada dos años al Parlamento un informe público detallado de ejecución que garantice el cumplimiento de sus promesas; pide a la Comisión que detalle en dichos informes el estado de las negociaciones comerciales en curso y los progresos alcanzados en la aplicación de los acuerdos comerciales vigentes;
7. Insta a la Comisión a que agilice sus procedimientos con el fin de que los acuerdos comerciales negociados puedan remitirse al Parlamento en un plazo más breve, de manera que puedan aplicarse de forma provisional o entrar en vigor con mayor rapidez;
Una política comercial transparente y una mayor participación de los ciudadanos
8. Acoge con satisfacción el aumento de la transparencia y la apertura de la Comisión en todas las fases de las negociaciones comerciales, y respalda la iniciativa de transparencia de la ATCI; reconoce que, después de varias peticiones del Parlamento, la Comisión ha mejorado la transparencia de las negociaciones, facilitando a todos los diputados al Parlamento Europeo y a los Parlamentos nacionales el acceso a los documentos de negociación clasificados y ofreciendo más información a las partes interesadas; recuerda que el acceso ampliado a la información clasificada por los diputados al Parlamento en las negociaciones de la ATCI ha reforzado el control parlamentario, permitiendo así al Parlamento asumir todavía en mejores condiciones la responsabilidad que le incumbe en la política comercial común; pide, por consiguiente, que se refuerce la iniciativa de la Comisión sobre la transparencia con el fin de ampliar sus principales elementos y la posibilidad de un control público a todas las negociaciones comerciales, actuales y futuras, y que se lleven a cabo consultas con los países socios dirigidas a fomentar las normas más elevadas de transparencia, asegurándose de que se trata de un proceso recíproco que no compromete la posición negociadora de la Unión y buscando acuerdos sobre el grado de transparencia que se persigue en los contactos exploratorios con los eventuales socios de negociación; destaca que una verdadera transparencia puede reforzar el apoyo mundial a un sistema comercial regulado;
9. Pide al Consejo que publique sin demora todos los mandatos de negociación ya adoptados y futuros;
10. Pide a la Comisión que garantice una participación sólida y equilibrada de la sociedad civil y los interlocutores sociales, en particular mediante consultas públicas y en línea y campañas de comunicación apropiadas, con el fin de mejorar el contenido de la política comercial de la Unión y orientarlo a la defensa de los derechos de los ciudadanos, reforzando de este modo su legitimidad;
11. Destaca que, en el contexto del actual debate sobre el alcance de las negociaciones comerciales, la cooperación en el ámbito regulador debe preservar la principal función del sistema de regulación, que no es otro que perseguir el interés público; subraya que una cooperación reforzada entre los reguladores debería facilitar el comercio y la inversión mediante la definición de los obstáculos técnicos al comercio innecesarios y las cargas y formalidades administrativas duplicadas o redundantes, que afectan de forma desproporciona a las pymes, sin poner por ello en peligro los procedimientos técnicos vinculados a las normas y regulaciones fundamentales, manteniendo las normas europeas en materia de salud, seguridad, protección de los consumidores, trabajo, legislación social y ambiental y diversidad cultural y respetando plenamente la autonomía reguladora de las entidades nacionales, regionales y locales; recuerda que los mecanismos correspondientes deben basarse en la mejora del intercambio de información y en procedimientos mejorados de adopción de normas técnicas internacionales y conducir a una mayor convergencia, sin dificultar ni retrasar en ningún caso los procedimientos de toma de decisiones democráticamente legítimos de cualquier socio comercial; alienta el uso y la elaboración de nuevas normas técnicas internacionales basadas en evaluaciones de impacto, así como todos los esfuerzos dirigidos a asegurar la plena participación de nuestros socios comerciales en los organismos internacionales de normalización; no considera, sin embargo, que la falta de una norma internacional común deba impedir el reconocimiento mutuo de las equivalencias, cuando proceda, o los esfuerzos dirigidos a elaborar normas técnicas transatlánticas comunes;
12. Con el fin de garantizar la transparencia y proteger los intereses comerciales de la Unión Europea, pide a la Comisión que, en el proceso de consultas al sector industrial sobre las iniciativas comerciales, vele por que las asociaciones de la Unión representen realmente los intereses comerciales europeos y reflejen los auténticos intereses de las industrias nacionales; destaca que, en la medida de lo posible, se publiquen los documentos de las instituciones de la Unión, dado que la transparencia es fundamental para conseguir el apoyo de los ciudadanos a la política comercial común; pide a la Comisión que aplique las recomendaciones formuladas por el Defensor del Pueblo Europeo en julio de 2015 por lo que refiere especialmente al acceso a los documentos relativos a todas las negociaciones;
Una mayor coherencia entre los objetivos comerciales de la Unión y otros aspectos de su política exterior en el ámbito del comercio para el desarrollo
13. Recuerda que la política comercial común debe llevarse a cabo en el marco de los principios y los objetivos de la acción exterior de la Unión establecidos en el artículo 21 del TUE y en el artículo 208 del TFUE, y que debería promover los valores que defiende la Unión en virtud del artículo 2 del TUE; recuerda que deben garantizarse la coherencia entre las políticas internas y externas con una dimensión exterior; destaca que la Unión tiene la obligación jurídica de respetar los derechos humanos, y que debe fomentar el desarrollo económico, social y ambiental sostenible de aquellos países que son sus socios comerciales; opina que la Unión tiene la responsabilidad de hacer todos los esfuerzos necesarios para prever, prevenir y abordar cualquier impacto negativo causado por la política comercial común, llevando a cabo con carácter periódico evaluaciones de impacto ex ante y ex post sobre los derechos humanos y la sostenibilidad y revisando en consecuencia los acuerdos comerciales en la medida en que proceda; recuerda que solo el comercio justo y correctamente regulado, en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), podría reducir las desigualdades y promover el desarrollo; recuerda que entre los ODS figuran algunos relacionados con el comercio en una serie de ámbitos de actuación política, siendo uno de los objetivos más concretos el destinado a aumentar las exportaciones procedentes de países en desarrollo, con miras a doblar la cuota de los países menos desarrollados en las exportaciones mundiales para el año 2020;
14. Celebra el importante descenso, desde 1990, del número de personas que viven en la pobreza absoluta, de acuerdo con la definición del Banco Mundial; señala, no obstante, que es preciso redoblar los esfuerzos dirigidos a catalizar las inversiones públicas y privadas en los países menos desarrollados para ofrecerles los marcos institucionales y de infraestructuras que les permitan aprovechar mejor las ventajas que brinda el comercio, ayudándolos a diversificar sus economías y a integrarse en las cadenas de valor mundiales, lo que les permitirá especializarse en productos de mayor valor añadido;
15. Toma nota de los anuncios de la Comisión en el sentido de reforzar el desarrollo sostenible y promover los derechos humanos, las normas laborales y sociales y la sostenibilidad ambiental en el mundo por medio de sus acuerdos comerciales y de inversión, si bien pide que se desplieguen esfuerzos decididos para aplicar y ejecutar plenamente los capítulos correspondientes en la práctica; comparte la opinión de la Comisión en el sentido de que la Unión tiene una responsabilidad especial con respecto a los efectos de sus políticas comerciales en los países en desarrollo y, en particular, en los países menos desarrollados;
16. Considera que la migración es uno de los principales retos a los que se enfrenta la Unión Europea en el siglo XXI; destaca que garantizar la coherencia política de la Unión en el ámbito del comercio y la inversión es fundamental para abordar las causas de los movimientos migratorios; lamenta que esta circunstancia no se haya reflejado adecuadamente en la estrategia «Comercio para todos»;
17. Considera que, en particular para los países socios que sufren una crisis económica, el objetivo de las zonas de libre comercio de alcance amplio y profundo debe dirigirse ante todo a aportar mejoras tangibles y duraderas a las condiciones de vida de los ciudadanos ordinarios;
18. Destaca que las disposiciones sobre los derechos humanos y las normas sociales y ambientales, así como los compromisos sobre los derechos laborales basados en las convenciones fundamentales de la OIT y los principios de responsabilidad social de las empresas, incluidos los principios de la OCDE para las empresas multinacionales y los principios de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, deberían tener un carácter vinculante y constituir una parte sustancial de los acuerdos comerciales de la Unión por medio de compromisos obligatorios; pide a la Comisión que incluya capítulos sobre desarrollo sostenible en todos los acuerdos comerciales y de inversión de la Unión; considera que, con el fin de que estas disposiciones sobre desarrollo sostenible adquieran un carácter vinculante, es necesario implantar un «enfoque en tres etapas», con una consulta de las administraciones públicas, los grupos consultivos nacionales y los grupos de expertos, contando con la participación de la OIT y de forma que se utilice como último recurso la cláusula general del acuerdo sobre resolución de litigios y se contemple la posibilidad de imponer sanciones financieras; señala que las normas laborales y ambientales no se limitan a los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible, sino que deben ser eficaces en todos los ámbitos de los acuerdos comerciales;
19. Destaca la importancia que reviste introducir mecanismos de salvaguardia eficaces en los acuerdos comerciales; pide, al mismo tiempo, que se incluya un mecanismo de aplicación eficaz de los derechos laborales y ambientales a los que no se aplica la cláusula sobre derechos humanos; pide a la Comisión que establezca un proceso estructurado y despolitizado por el que se inicien consultas con un socio, de conformidad con criterios claros, por sospechas de vulneración de las obligaciones establecidas en los capítulos sobre comercio y desarrollo sostenible;
20. Destaca la participación de la sociedad civil en los acuerdos de libre comercio y la posibilidad de utilizar medios de comunicación más avanzados para facilitar la participación de la sociedad civil;
21. Reitera la importancia de respetar las normas europeas e internacionales sobre el comercio de armas, en particular el Tratado sobre el Comercio de Armas de las Naciones Unidas y el Código de Conducta de la Unión Europea en materia de exportación de armas; destaca que la política comercial de la Unión es un instrumento de diplomacia económica que también podría contribuir a resolver las causas profundas del terrorismo; destaca que una legislación eficaz en materia de control de las exportaciones constituye también un aspecto clave de la política comercial de la Unión; pide, en este sentido, a la Comisión que actualice la legislación de la Unión en materia de control de las exportaciones de doble uso, con miras a perseguir los objetivos estratégicos y los valores universales de la Unión;
22. Recuerda que la OIT estima que 865 millones de mujeres en todo el mundo podrían contribuir en mayor medida al crecimiento económico si contaran con un mayor apoyo; señala que las empresas propiedad de mujeres representan una palanca infrautilizada para impulsar la competitividad, promover la actividad empresarial y apoyar el crecimiento; constata que la política comercial puede tener repercusiones varias en materia de género en los diferentes sectores de la economía, al tiempo que señala la necesidad de disponer de datos más detallados sobre la relación entre género y comercio; toma nota de que la Comisión no aborda la dimensión de género de los acuerdos comerciales en su comunicación titulada «Comercio para todos»; pide a la Comisión que intensifique sus esfuerzos dirigidos a utilizar las negociaciones comerciales como un instrumento para promover la igualdad de género en todo el mundo y garantizar que tanto las mujeres como los hombres puedan disfrutar de los beneficios de la liberalización del comercio y estar protegidos frente a sus efectos negativos; considera que la Comisión debería garantizar, a tal fin, que todos los futuros acuerdos comerciales incluyen de forma transversal la perspectiva de género, y que debería hacer un seguimiento de las repercusiones en materia de género de los acuerdos comerciales en vigor;
23. Celebra el anuncio de la Comisión de llevar a cabo una revisión intermedia del sistema de preferencias generalizadas (SPG), evaluando en particular la posibilidad de ampliar las preferencias a los servicios prestados en el marco del sistema; destaca, al mismo tiempo, que el SPG, así como el dispositivo «Todo menos armas» y el SPG+, son instrumentos que permiten defender valores fundamentales que deben aplicarse y supervisarse de forma efectiva;
Unas cadenas mundiales de valor transparentes que respeten los valores y las normas fundamentales en todo el mundo
24. Reconoce que la internacionalización del sistema de producción mundial ha contribuido a crear nuevas oportunidades de desarrollo económico y a abrir una vía basada en el empleo para que cientos de millones de personas puedan salir de la pobreza; recuerda que, de conformidad con la OIT, aproximadamente 780 millones de mujeres y hombres activos no ganan lo suficiente para salir de la pobreza; destaca que la expansión de las cadenas mundiales de valor ha creado oportunidades de empleo, si bien la aplicación deficiente de la legislación laboral en vigor y las normas sobre la seguridad en el trabajo en los países proveedores, que fueron introducidas para proteger a los trabajadores frente a los horarios de trabajo exhaustivos y las condiciones laborales inaceptables, sigue siendo un problema acuciante; señala que las cadenas mundiales de valor también han incitado a algunas empresas proveedoras a hacer caso omiso de la legislación laboral, a deslocalizar sus actividades económicas fuera de la Unión Europea, a contratar a trabajadores en condiciones inseguras e inaceptables, a exigir un horario de trabajo exhaustivo y a privar a los trabajadores de sus derechos fundamentales; recuerda que estas prácticas crean una competencia desleal para los proveedores que sí cumplen la legislación laboral y las normas laborales y ambientales internacionales y para los gobiernos que deseen mejorar los salarios y los niveles de vida; pide a la Comisión que estudie el impacto de la expansión de las cadenas mundiales de valor y presente propuestas concretas dirigidas a mejorar las condiciones en el seno de las mismas en estrecha colaboración con la OIT y la OCDE; destaca que la Unión debe continuar su proceso de integración en las cadenas mundiales respetando dos principios básicos: por una parte, salvaguardar el modelo social y normativo europeo, y, por otra, garantizar y generar un crecimiento económico sostenible y equitativo, así como empleo digno en la Unión y para sus socios; reconoce que la globalización de las cadenas de valor aumenta el contenido de los elementos importados, tanto en la producción interna como en las exportaciones, lo cual redunda en un aumento sustancial del coste de las medidas proteccionistas;
25. Considera que la política comercial debe contribuir a garantizar un proceso transparente de producción a lo largo de la cadena de valor, así como el respeto de las normas ambientales, sociales y de seguridad; pide a la Comisión que promueva iniciativas sobre las normas de diligencia debida para las cadenas de suministro ; acoge con satisfacción el deseo de la Comisión de colaborar estrechamente con la OIT y la OCDE a fin de desarrollar un enfoque mundial para mejorar las condiciones laborales, en particular en el sector de la confección; destaca la importancia de definir y evaluar las nuevas oportunidades sectoriales o geográficas para la elaboración de iniciativas responsables sobre las cadenas de suministro; espera con interés la próxima comunicación de la Comisión sobre la responsabilidad social de las empresas;
26. Insta a la Comisión a promover el Marco de Políticas de Inversión para el Desarrollo Sostenible de la UNCTAD;
27. Pide que la Ayuda para el Comercio y la asistencia técnica se focalicen en la capacitación de los productores pobres, las microempresas y las pequeñas empresas, las cooperativas y las mujeres, así como la igualdad de género, con el fin de impulsar los beneficios que obtienen del comercio en los mercados locales y regionales;
28. Pide a la Comisión que elabore legislación dirigida a prohibir la importación de productos fabricados mediante cualquier forma de trabajo forzoso o de esclavitud moderna, y que, entretanto, refuerce los controles por motivos éticos de las importaciones y las cadenas de suministro;
29. Destaca que una mejor protección de todo el espectro de los derechos de propiedad intelectual y una ejecución más eficaz son fundamentales para una mayor integración en las cadenas mundiales de valor;
30. Pide a la Comisión que apoye a todos los países en desarrollo en el uso completo y eficaz de las flexibilidades incluidas en el Acuerdo sobre los ADPIC, reconocidas y ratificadas por la Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la salud pública, adoptada el 14 de noviembre de 2001, con miras a garantizar que puedan facilitar el acceso a medicamentos esenciales asequibles en el marco de sus programas nacionales de salud pública; recuerda al Consejo, en este mismo contexto, que debe cumplir sus compromisos contraídos en la Declaración de Doha, asegurándose de que la Comisión garantice explícitamente el acceso a los medicamentos cuando negocie las disposiciones relativas a los productos farmacéuticos en el marco de los futuros acuerdos comerciales bilaterales y regionales con países en desarrollo, o cuando los países en desarrollo inicien el procedimiento de adhesión a la OMC; acoge con satisfacción el apoyo de la Comisión a la solicitud de prórroga presentada por los países menos desarrollados para la propiedad intelectual de los medicamentos, si bien lamenta la última decisión del Consejo ADPIC de la OMC de conceder únicamente una prórroga limitada a 17 años;
31. Celebra la atención que presta la Comisión al comercio justo en su comunicación titulada «Comercio para todos», al tiempo que le pide que conceda prioridad al cumplimiento de sus compromisos con el fin de utilizar la actual estructura de aplicación de los acuerdos de libre comercio para promover el comercio justo, fomentar los regímenes de comercio justo para los pequeños productores de terceros países por medio de las delegaciones de la Unión y desarrollar actividades de sensibilización en la Unión, por ejemplo un premio «Ciudad europea por el comercio justo y ético»;
32. Considera que las nuevas tecnologías e Internet ofrecen nuevos instrumentos para la trazabilidad de los productos en toda la cadena de suministro;
33. Recuerda el papel que desempeñan los servicios bancarios en el desarrollo del comercio y la inversión; pide a la Unión que apoye el fomento del acceso a los servicios bancarios en los países en desarrollo;
34. Acoge con satisfacción la declaración de la Comisión respecto a la modernización de las normas de origen, dado que representan un obstáculo cada vez mayor al comercio en un contexto dominado por las cadenas mundiales de valor; destaca que la modernización de las normas de origen debe ser una prioridad en todos los acuerdos de libre comercio que está negociando la Unión; pide a la Comisión que dedique sus esfuerzos a la flexibilización de las normas de origen, incluida la disminución de los requisitos de valor añadido y la modificación de los códigos del sistema armonizado.
Hacer de la supervisión, la evaluación y el seguimiento de los actuales acuerdos una de las prioridades clave de la política comercial de la Unión
35. Acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión de una asociación reforzada con el Parlamento y las partes interesadas para la aplicación de los acuerdos comerciales; destaca que el Parlamento debe participar y estar plena y oportunamente informado en todas las fases del procedimiento, en particular mediante su consulta sistemática antes de la elaboración de los proyectos de mandato de negociación; señala que la Comisión tiene la obligación de informar al Parlamento acerca de sus actividades relativas a la puesta en práctica, la supervisión y el seguimiento de los acuerdos comerciales y de inversión;
36. Insta a la Comisión a que no solicite la aplicación provisional de los acuerdos comerciales, incluidos los capítulos comerciales de los acuerdos de asociación, antes de que el Parlamento dé su aprobación; recuerda que lo contrario menoscabaría seriamente los derechos del Parlamento y generaría una inseguridad jurídica potencial con respecto a los demás signatarios de los acuerdos y los agentes económicos interesados; recuerda y celebra los compromisos de la comisaria de Comercio en ese sentido, si bien recomienda con firmeza que este entendimiento se formalice en el nuevo acuerdo interinstitucional;
37. Considera que, en el caso de los acuerdos mixtos, la práctica ya comprobada por la que un acuerdo solo se aplica provisionalmente una vez que el Parlamento ha dado su aprobación, mientras se espera la ratificación de los Parlamentos nacionales, representa el mejor equilibrio entre la supervisión democrática y la eficiencia;
38. Insiste en que la supervisión, la evaluación y el seguimiento de los acuerdos vigentes cuenten entre las prioridades más importantes de la política comercial común; pide a la Comisión que reasigne los recursos adecuados para que la Dirección General de Comercio pueda supervisar mejor los acuerdos comerciales que deban aplicarse teniendo debidamente en cuenta un programa de negociaciones cada vez más denso; pide a la Comisión que establezca indicadores específicos que permitan garantizar el seguimiento de la aplicación de los acuerdos comerciales y que presente periódicamente al Parlamento un informe público y detallado de aplicación sobre, por ejemplo, el rendimiento de las industrias de la Unión, el impacto de los acuerdos en los diferentes sectores y las respectivas cuotas de mercado;
39. Insta a la Comisión a que mejore la calidad y la precisión de las evaluaciones ex ante y ex post tomando como base la metodología revisada; destaca la necesidad de presentar siempre una evaluación de impacto detallada y exhaustiva sobre la sostenibilidad de las iniciativas de política comercial, en particular a la luz de la reciente recomendación del Defensor del Pueblo en relación con la reclamación 1409/201/JN sobre el acuerdo de libre comercio entre la Unión Europea y Vietnam; destaca que las evaluaciones deberían incluir como mínimo: los sectores económicos sensibles; los derechos humanos, sociales y ambientales, y la agricultura y las producciones locales en las regiones ultraperiféricas; expresa su preocupación por la falta de evaluaciones intermedias y ex post y por la calidad deficiente de las que se llevan a cabo, como puso de manifiesto el Informe Especial del Tribunal de Cuentas Europeo n.º 2/2014; insiste en la necesidad de realizar evaluaciones intermedias y ex post de mayor calidad con respecto a todos los acuerdos comerciales, de forma que los responsables políticos, las partes interesadas y los contribuyentes europeos puedan evaluar si los acuerdos comerciales han alcanzado los resultados esperados; pide a la Comisión que suministre datos sobre el impacto de los acuerdos comerciales celebrados prestando especial atención a las pymes, a la creación de puestos de trabajo dignos, a los derechos humanos y al medio ambiente, también en los países socios, y que proponga la adopción de medidas suplementarias que garanticen que los países menos desarrollados se beneficien de nuestra políticas comerciales;
40. Pide a la Comisión que presente un informe al Parlamento sobre la doble indicación de precios y otras prácticas de distorsión de precios realizadas por los principales socios comerciales de la Unión, prestando una atención particular a los recursos energéticos, en el que se indique el impacto económico de tales prácticas en la economía de la Unión y las medidas adoptadas por la Comisión a nivel bilateral, multilateral y de la OMC para erradicar dichas prácticas; insta a la Comisión a que haga todo lo posible para acabar con la doble indicación de precios y otras prácticas de distorsión de precios en sus relaciones comerciales con todos sus socios comerciales;
Fomentar el comercio mundial desde un enfoque multilateral en el seno de la OMC
41. Subraya que el régimen multilateral de comercio consagrado en la OMC sigue siendo la mejor opción para garantizar un sistema abierto, justo y reglamentado que tenga en cuenta los distintos intereses de sus miembros y los equilibre; reitera que el Parlamento es un firme defensor de la agenda multilateral; acoge con satisfacción la conclusión de las negociaciones en torno al acuerdo sobre facilitación del comercio, que contribuirá a simplificar y modernizar los procedimientos aduaneros de muchos países, lo que, a su vez, facilitará la integración de los países en desarrollo en el régimen de comercio mundial; pide una aplicación rápida y correcta del acuerdo por todas las partes;
42. Observa que en la Décima Conferencia Ministerial de la OMC, celebrada en Nairobi en 2015, se consiguieron mejoras limitadas; toma nota de las diferencias existentes entre los miembros de la OMC sobre la manera de proceder con respecto a la Ronda de Doha, también sobre la necesidad de explorar nuevas vías para resolver las cuestiones pendientes, respetando los diferentes intereses en el seno de los países en desarrollo y entre los PMA y reconociendo al mismo tiempo una mayor responsabilidad para las economías emergentes con vistas a la conclusión de la Ronda de Doha; acoge con satisfacción el compromiso de la Unión de destinar 400 millones de euros de financiación durante cinco años a apoyar a los países en desarrollo, especialmente PMA, en sus esfuerzos por aplicar el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio; observa el interés de algunos miembros de la OMC por comenzar a abordar nuevos ámbitos de negociación como, por ejemplo, la inversión, las empresas estatales o la competencia y el comercio digital; considera que el resultado de la Conferencia Ministerial de Nairobi brinda la oportunidad de dar un nuevo impulso a la función negociadora de la OMC; insta a la Comisión a que tome la iniciativa de reformar y reforzar la OMC, a fin de garantizar una mayor integración, eficacia, transparencia y rendición de cuentas, también por medio de una mayor coordinación con la OIT y otras agencias de las Naciones Unidas relacionadas con el medio ambiente y los derechos humanos; recuerda el papel crucial que desempeña la Ayuda para el Comercio en la creación de capacidades en el ámbito comercial y en la asistencia técnica a los países en desarrollo y a los países menos avanzados; pide a la Unión y a los Estados miembros, en este sentido, que se comprometan a aumentar la Ayuda para el Comercio, permitiendo a los países en desarrollo beneficiarse en mayor medida del valor añadido de las cadenas de valor mundiales; pide a la Comisión que aborde la cuestión del comercio ético y justo en la próxima revisión de su estrategia de Ayuda para el Comercio;
43. Considera que las negociaciones multilaterales en el seno de la OMC (como el Acuerdo sobre Tecnología de la Información (ATI), el Acuerdo sobre Bienes Ambientales (ABA) y el Acuerdo sobre el Comercio de Servicios (ACS)) representan una oportunidad de revitalizar los avances a escala de la OMC, pero solo manteniendo una puerta abierta para que los miembros de la OMC que estén interesados puedan sumarse; cree firmemente que, cuando sea posible, estos acuerdos deben ser lo suficientemente ambiciosos para aplicarse sobre la base de la cláusula de nación más favorecida entre todos los miembros de la OMC y deben servir de base sobre la que construir futuros acuerdos multilaterales; insiste en que la política comercial debería utilizarse también como un instrumento para mejorar la competitividad de los productos que no dañan al medio ambiente, tanto en cuanto a su utilización como a sus métodos de producción; subraya la importancia de multilateralizar los productos ecológicos y de estudiar si los acuerdos comerciales podrían otorgar preferencia a los productos realmente ecológicos; subraya que el ACS podría representar una oportunidad de revitalizar los avances en materia de comercio de servicios a escala de la OMC;
44. Pide una dimensión parlamentaria de la OMC fuerte y efectiva, con el fin de incrementar la transparencia de la organización y de fortalecer y garantizar la legitimidad democrática del comercio mundial; insta a la OMC a que haga pleno uso de la Conferencia Parlamentaria sobre la OMC, garantizando que los diputados tengan acceso a toda la información que necesiten para ejercer su función de supervisión eficazmente y hacer una contribución significativa a las políticas comerciales;
Decidir según sus propios intereses qué acuerdos de libre comercio negociar en el futuro
45. Pide a la Comisión que se centre en la conclusión de las negociaciones comerciales en curso, de forma equilibrada y con un espíritu de reciprocidad y de beneficio mutuo, y que evalúe el posible impacto acumulado, en particular para los productos sensibles afectados por los contingentes o por las liberalizaciones en el marco de las negociaciones en curso y de los acuerdos comerciales ya celebrados; pide que se evalúen y se comuniquen mejor los impactos reales y potenciales de los acuerdos comerciales celebrados a fin de encontrar un equilibrio adecuado entre la protección de los sectores agrícolas sensibles y la promoción de los intereses ofensivos de la Unión como uno de los mayores exportadores de productos agroalimentarios, esto es, previendo períodos transitorios adecuados y contingentes para los productos más sensibles y, en algunos casos, la exclusión de los mismos; recuerda a la Comisión que debe llevar a cabo ejercicios exploratorios y evaluaciones de impacto ex ante imparciales y sin prejuicios, teniendo en cuenta los intereses de la Unión, antes de elaborar mandatos de negociación;
46. Cree que es esencial, ante todo, garantizar que las negociaciones comerciales concluidas con éxito se ratifiquen lo más rápidamente posible; pide, en especial, que se concluyan los acuerdos con Canadá y Singapur para asegurar la apertura de dos grandes mercados que serán vitales para los futuros intereses de las empresas de la Unión; pide que tenga lugar un debate informado en Europa como parte de las negociaciones políticas ;
47. Subraya la gran importancia que tiene perseguir intereses sensibles y ofensivos en todas las negociaciones comerciales de la Unión, como fomentar las inversiones, suprimir los obstáculos no arancelarios al comercio innecesarios, reconocer y proteger las indicaciones geográficas y los derechos laborales, mejorar el acceso a la contratación pública (especialmente en el contexto de las actuales negociaciones sobre la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (ATCI) y el acuerdo de libre comercio UE-Japón), garantizar unos empleos dignos y de calidad, integrar a las pymes en las cadenas de valor mundiales, excluir los servicios públicos y los servicios audiovisuales y garantizar jurídicamente el derecho de regulación a la hora de negociar acuerdos de libre comercio como parte de paquetes ambiciosos, equilibrados e integrales;
48. Insiste en que las negociaciones comerciales sigan una estrategia regional adaptada y en que se garantice una coherencia total con la integración regional, en particular en Asia, África y América Latina, que han sido identificadas por la Comisión como regiones que, sin menoscabar el papel clave de la relación entre la Unión y los Estados Unidos como asociación estratégica, son esenciales para los intereses económicos europeos; pide a la Comisión que abra inmediatamente negociaciones sobre un acuerdo de inversión con Taiwán; recuerda que la Unión y América Latina son aliados naturales, con una población total de mil millones de personas que genera una cuarta parte del PIB mundial; destaca que el potencial de esta asociación no se ha aprovechado lo suficiente; acoge con satisfacción el hecho de que la nueva estrategia de comercio e inversión de la Comisión se centre fundamentalmente en América Latina; pide a la Comisión que aproveche el impulso actual en las negociaciones comerciales de Mercosur para alcanzar un acuerdo integral, equilibrado y ambicioso; muestra su apoyo a la modernización de los acuerdos con México y Chile; solicita que se dé un mayor impulso a la negociación de acuerdos de libre comercio con Australia y Nueva Zelanda, y recuerda la importancia de emprender relaciones comerciales con la India, dado el enorme potencial de este mercado; insta a la Comisión a que revitalice las negociaciones con Malasia e inicie negociaciones con Indonesia lo antes posible, tras la conclusión de las negociaciones preparatorias sobre una asociación económica general;
49. Subraya que, en el contexto de los retos actuales, es preciso prestar una atención especial al marco posterior a Cotonú, haciendo hincapié en su relación con las cláusulas sobre derechos humanos en los acuerdos de asociación económica, y al apoyo a la creación de una zona continental de libre comercio en África, como motor de la estabilidad, la integración regional, el crecimiento local, el empleo y la innovación; recuerda la necesidad de que la Unión garantice la estabilidad en su vecindad oriental y mediterránea, y pide una mayor integración económica y comercial, alcanzando, a este respecto, una aplicación plena, rápida y adecuada de los acuerdos de asociación y de libre comercio de alcance amplio y profundo con Ucrania, Georgia y la República de Moldavia, y progresos concretos con Túnez, Marruecos y Jordania;
50. Pide a la Comisión que implique plenamente a las empresas nacionales en todas las fases de las negociaciones comerciales, iniciando también consultas con asociaciones nacionales en paralelo a las consultas con las asociaciones centrales de la Unión, y que adjunte al texto de los acuerdos comerciales negociados una lista en la que se indiquen claramente el resultado de las negociaciones para los diferentes sectores y las razones de las decisiones tomadas por la Comisión;
Oposición a la concesión del estatuto de economía de mercado (EEM) a China y necesidad de unos instrumentos de defensa comercial (IDC) eficaces
51. Hace hincapié en que una mayor liberalización del comercio, que puede conducir a prácticas comerciales desleales y a la competencia entre países sobre todo tipo de obstáculos no arancelarios que incluyen derechos laborales y normas medioambientales y de sanidad pública, obliga a la Unión a pertrecharse con mayor eficacia contra las prácticas comerciales desleales y a garantizar la igualdad de condiciones; subraya que los IDC deben seguir siendo un componente indispensable de la estrategia comercial de la Unión y permiten mejorar la competitividad restableciendo las condiciones de competencia leal siempre que resulte necesario; recuerda que la actual legislación de defensa comercial de la Unión data de 1995; hace hincapié en que el sistema de defensa comercial de la Unión debe modernizarse con urgencia sin debilitarse; destaca que la legislación de defensa comercial de la Unión debe ser más eficaz y más accesible para las pymes y adaptarse a los retos y a las pautas comerciales actuales, que las investigaciones deben acortarse y la transparencia y previsibilidad, mejorarse; lamenta que la propuesta de modernización de los IDC esté bloqueada en el Consejo, que no ha sido capaz de avanzar en esta legislación fundamental; lamenta que la Comisión no haga referencia en ningún momento a la modernización de los IDC en su comunicación «Comercio para todos»; pide al Consejo que desbloquee urgentemente la situación en materia de modernización de los IDC sobre la base de la posición del Parlamento Europeo, especialmente porque ahora China insiste firmemente en obtener el estatuto de economía de mercado;
52. Reitera la importancia de la asociación de la Unión con China, en la que el comercio libre y justo y la inversión desempeñan un papel central; manifiesta su convencimiento de que, mientras China no cumpla los cinco criterios que la Unión exige para considerarla economía de mercado, la Unión debe aplicar una metodología no estándar en sus investigaciones antidumping y antisubvención sobre las importaciones chinas en cuanto a la fijación de una comparabilidad de precios, de acuerdo y dando plena validez a aquellas partes de la sección 15 del Protocolo de Adhesión de China que dejan margen para aplicar un método no estándar; pide a la Comisión que presente una propuesta con arreglo a este principio, y recuerda la necesidad de que se coordine adecuadamente con otros socios de la OMC sobre este asunto;
53. Insta a la Comisión a que no tome ninguna medida a este respecto sin haber realizado previamente una evaluación de impacto global y en profundidad que aborde todas las posibles repercusiones y consecuencias para el empleo y el crecimiento sostenible en todos los sectores de la Unión, así como las posibles repercusiones y consecuencias para el medio ambiente;
Una mayor coherencia entre las políticas comercial e industrial de la Unión y una mejor protección de los derechos de propiedad intelectual
54. Considera que debe hacerse más para abordar las necesidades de las industrias europeas de forma global, y que la industria manufacturera de la Unión se ve demasiado a menudo descuidada en favor del sector de los servicios; hace hincapié en que la política comercial debe garantizar unas condiciones de competencia equitativas para la industria europea, facilitar el acceso a mercados nuevos y emergentes y facilitar una convergencia al alza en materia de normas reduciendo al mismo tiempo la doble certificación; pide a la Comisión que garantice la coherencia entre las políticas comercial e industrial de la Unión y que promueva el desarrollo y la competitividad de la industria europea, con referencia especial a la estrategia de reindustrialización;
55. Destaca la importancia de la función que cumplen las normas de origen a la hora de determinar qué industrias se benefician o salen perjudicadas por los acuerdos de libre comercio de la Unión; pide a la Comisión Europea, reconociendo que las normas de origen no han sido analizadas por completo, hasta ahora, por el Parlamento Europeo, que elabore un informe en el que se identifiquen las modificaciones que la Comisión Europea ha adoptado en los diez últimos años, a nivel de códigos de Nomenclatura Aduanera de cuatro dígitos, en su posición de negociación por defecto sobre normas de origen de los acuerdos de libre comercio, explicando los motivos para cada modificación realizada;
56. Opina que la falta de aplicación efectiva de los derechos de propiedad intelectual pone en peligro la supervivencia de sectores enteros de la industria europea; hace hincapié en que la falsificación conlleva la pérdida de puestos de trabajo y compromete la innovación; reitera que la protección adecuada y la aplicación efectiva de los derechos de propiedad intelectual son la piedra angular de una economía global; acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión de reforzar la protección y aplicación efectivas de los derechos de propiedad intelectual e industrial en los acuerdos de libre comercio, y en la OMC, y de trabajar con los socios para luchar contra el fraude; apoya a la Comisión en su objetivo de proteger todo el espectro de los derechos de propiedad intelectual, que incluye las patentes, las marcas registradas, los derechos de autor, los dibujos y modelos, las indicaciones geográficas, las marcas de origen y los productos farmacéuticos;
La apertura de nuevas oportunidades de mercado para los proveedores de servicios de la Unión y el reconocimiento de las cualificaciones profesionales como un elemento esencial de la estrategia comercial de la Unión
57. Recuerda que la Unión desempeña un papel de primer orden en el sector servicios; hace hincapié en que la apertura de nuevas oportunidades de mercado debe ser un elemento esencial de la estrategia comercial internacional de la Unión; subraya que la inclusión de los servicios en los acuerdos comerciales es de la máxima importancia porque abre oportunidades a las empresas europeas y a los trabajadores europeos, además de excluir, de acuerdo con los artículos 14 y 106 del TFUE y el Protocolo 26, actuales y futuros servicios de interés general y servicios de interés económico general del ámbito de aplicación de cualquier acuerdo, independientemente de que cuenten con financiación pública o privada; pide que la Comisión promueva e incluya el reconocimiento de las cualificaciones profesionales en los acuerdos comerciales, lo que abrirá nuevas oportunidades a las empresas europeas y a los trabajadores europeos; pide expresamente que se considere la incorporación de determinados beneficios de la Directiva TIC en los acuerdos de comercio e inversión a cambio de tales reconocimientos;
58. Comparte la opinión de la Comisión de que la circulación temporal de profesionales se ha convertido en un factor esencial para la internacionalización de las actividades de las empresas y sigue siendo un interés ofensivo de la Unión; subraya que debería incluirse un capítulo sobre la movilidad de los trabajadores en todos los acuerdos de comercio e inversión de la Unión; recuerda, no obstante, que los compromisos del modo 4 solo han de aplicarse al movimiento de profesionales altamente cualificados (como los que están en posesión de un título universitario o de un máster equivalente u ocupan un puesto de alta dirección) con un fin específico, durante un período de tiempo limitado y con arreglo a condiciones precisas establecidas por la legislación nacional del país en el que se preste el servicio y por un contrato que respete dicha legislación nacional, de conformidad con el artículo 16 de la Directiva de servicios, garantizando al mismo tiempo que nada impida que la Unión y los Estados miembros mantengan y mejoren su normativa en materia laboral y sus convenios colectivos;
59. Acoge con satisfacción la intención de la Comisión de utilizar la política comercial para abordar nuevas formas de proteccionismo digital y establecer normas para el comercio electrónico y los flujos de datos transfronterizos de conformidad con el Derecho de la Unión en materia de protección de datos y privacidad y protegiendo los derechos fundamentales; considera que queda mucho por hacer para crear un clima favorable para el comercio electrónico y el espíritu emprendedor en la Unión, reduciendo los monopolios y los abusos de las posiciones de monopolio en el mercado de las telecomunicaciones, así como las prácticas de bloqueo geográfico, y adoptando soluciones concretas de reparación; destaca que es de vital importancia garantizar la cooperación en materia de reglamentación, la reducción del fraude en línea, el reconocimiento mutuo y la armonización de las normas en el sector del comercio digital; pide a la Comisión que presente un nuevo modelo para los capítulos relativos al comercio electrónico que exima por completo al marco legislativo vigente y futuro de la Unión en aras de la protección de los datos personales en todas las negociaciones comerciales, con el objetivo de garantizar el intercambio de datos en plena conformidad con las normas de protección de datos del país de origen del interesado; pide una mayor cooperación entre los responsables del cumplimiento de las normas, sobre todo en relación con las prácticas comerciales desleales llevadas a cabo en línea;
La importancia de la economía digital para el futuro del comercio global
60. Señala la creciente importancia de la economía digital, que será cada vez mayor en el futuro, no solo en Europa, sino a nivel mundial, ya que se calcula que el número de internautas asciende a 3 300 millones, lo que representa un 40 % de la población mundial; cree que tendencias como la informática en la nube, los servicios móviles en línea, las redes inteligentes y los medios de comunicación social conducen a una transformación radical del panorama empresarial; subraya que la política comercial de la Unión debe seguir el ritmo de las tendencias tecnológicas y digitales;
61. Solicita a la Comisión que, junto a los socios de la OMC, no solo cree un grupo de trabajo sobre el comercio digital en la OMC, que deberá examinar al detalle la idoneidad del actual marco para el comercio electrónico, analizando recomendaciones específicas, aclaraciones y ajustes, sino también un nuevo marco sobre facilitación del comercio de servicios, sobre la base de las mejores prácticas resultantes de la aplicación del acuerdo sobre facilitación del comercio;
Apoyo a la Comisión en su lucha contra la corrupción
62. Es consciente de que la inclusión de disposiciones sobre servicios financieros en los acuerdos comerciales ha suscitado preocupación por sus posibles efectos negativos en términos de blanqueo de capitales, evasión fiscal y elusión fiscal; insta a la Comisión a que luche contra la corrupción como un importante obstáculo no arancelario tanto en países desarrollados como en países en desarrollo; insiste en que los acuerdos comerciales y de inversión ofrecen una buena oportunidad para aumentar la cooperación en materia de lucha contra la corrupción, el blanqueo de dinero, el fraude y la evasión fiscales; considera que, para respaldar una mayor liberalización de los servicios financieros, deben incluirse en los acuerdos internacionales apropiados compromisos basados en las normas internacionales, la obligación de elaborar informes por países y el intercambio automático de información;
63. Considera que la conexión entre los acuerdos comerciales y de inversión y los tratados sobre doble imposición no se ha explorado suficientemente, y pide a la Comisión que estudie en profundidad cualquier efecto que tales instrumentos puedan producirse entre sí y sobre la coherencia política global en materia de lucha contra la evasión fiscal;
Una política comercial con perspectiva de futuro que tenga en cuenta las necesidades concretas de las pymes
64. Insiste en que una política comercial con perspectiva de futuro debe prestar mayor atención a las necesidades específicas de las pymes y las microempresas y garantizar que puedan beneficiarse plenamente de los acuerdos de comercio e inversión; recuerda que solo una pequeña proporción de las pymes europeas es capaz de reconocer y aprovechar las oportunidades que ofrecen la globalización y la liberalización comercial; observa que solo el 13 % de las pymes europeas tienen actividad internacional fuera de la Unión, pero representan un tercio de las exportaciones de la Unión; apoya las iniciativas dirigidas a facilitar la internacionalización de las pymes europeas, por lo que insiste en los beneficios de incluir también un capítulo sobre las pymes en todos los futuros acuerdos de libre comercio; opina que deben explorarse nuevas y mejores formas de ayudar a las pymes a vender sus bienes y servicios en el exterior; destaca que las pymes necesitan ayuda más adaptada, empezando por los Estados miembros, un acceso más fácil a información comprensible sobre medidas comerciales en línea, y guías específicas y claras sobre las oportunidades y los beneficios que presenta cada acuerdo comercial celebrado por la Unión en el pasado o que se celebre en el futuro;
65. Pide a la Comisión que aborde las necesidades de las pymes de forma horizontal en todos los capítulos de los acuerdos comerciales, incluso, entre otros, mediante la creación de «ventanillas únicas» en línea para las pymes donde puedan obtener información sobre la regulación pertinente, algo que cobra una importancia especial para los proveedores de servicios transfronterizos en términos de licencias y otros requisitos administrativos; señala, además, que, cuando proceda, estas herramientas deben cubrir también nuevas oportunidades de acceso al mercado para las pymes, en especial para ofertas de bajo valor; destaca la necesidad de reducir los costes comerciales para las pymes mediante la modernización de los procedimientos aduaneros, la reducción de los obstáculos no arancelarios y las cargas regulatorias innecesarios y la simplificación de las normas de origen; considera que las pymes deben cumplir la función de ayudar a la Comisión a dar forma a estos instrumentos para garantizar que los acuerdos comerciales se ajusten a sus necesidades; insta a la Comisión a que mantenga un diálogo cercano con los representantes de las pymes en todas las fases de las negociaciones comerciales;
66. Hace hincapié en que es fundamental que las pymes puedan acceder más rápidamente a los procedimientos antidumping para protegerlas contra las prácticas comerciales desleales; subraya la necesidad de una reforma del marco multilateral de la OMC con el fin de implicar más a las pymes y garantizar una resolución más rápida de los litigios;
67. Pide a la Comisión que evalúe y mejore los instrumentos existentes en lo que se refiere a la subsidiariedad, la no duplicación y la complementariedad en relación con los programas de los Estados miembros respectivos, así como el valor añadido europeo, antes de desarrollar otras acciones independientes de apoyo a la internacionalización de las pymes; hace hincapié en que la Comisión debe presentar al Parlamento una evaluación independiente de todos los programas existentes;
Inversión
68. Destaca la importancia de las inversiones entrantes y salientes para la economía de la Unión y la necesidad de ofrecer una protección a las empresas de la Unión cuando invierten en terceros mercados; reconoce, en este contexto, los esfuerzos de la Comisión con respecto al nuevo Sistema de Tribunales de Inversiones; subraya la necesidad de proseguir el debate con las partes interesadas y el Parlamento sobre un Sistema de Tribunales de Inversiones; subraya que el sistema debe ser conforme con el ordenamiento jurídico de la Unión, la competencia de los tribunales de la Unión en particular y, más concretamente, las normas de competencia de la Unión; comparte la ambición de establecer a medio plazo una solución multilateral para los litigios en materia de inversión; lamenta que la propuesta relativa a un Sistema de Tribunales de Inversiones no incluya una disposición sobre las obligaciones de los inversores;
69. Pide a la Unión y a sus Estados miembros que sigan las recomendaciones del Marco de Políticas de Inversión para el Desarrollo Sostenible de la UNCTAD para estimular inversiones que rindan cuentas mejor y sean más responsables y transparentes;
70. Constata la necesidad, planteada en el texto de la Comisión titulado «Un Plan de Inversiones para Europa», de impulsar las inversiones en la Unión, y considera que las estrategias comerciales son un mecanismo fundamental para la consecución de este objetivo; señala que el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas no cuenta con una dimensión exterior; pide que la Comisión solo estudie la creación de esta rama exterior tras un profundo análisis del funcionamiento del Fondo y un examen de su utilidad, dada la existencia de préstamos por parte del Banco Europeo de Inversiones y el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, y la acción del Fondo Europeo de Desarrollo; hace hincapié en que estos fondos deben contribuir al desarrollo sostenible y a crear puestos de trabajo dignos, así como a luchar contra la pobreza y las causas profundas de la migración;
71. Recuerda la necesidad de aumentar la transparencia y la rendición de cuentas de las organizaciones de financiación del desarrollo y de las asociaciones público-privadas a fin de llevar a cabo un control y seguimiento eficaces de los flujos de dinero, de la sostenibilidad de la deuda y del valor añadido para el desarrollo sostenible de sus proyectos;
Comercio y agricultura.
72. Destaca que los altos estándares europeos en materia de medio ambiente, seguridad alimentaria, bienestar animal y condiciones sociales tienen una gran importancia para los ciudadanos de la Unión, en particular en términos de moral pública y de posibilidades de elección con conocimiento de causa por parte de los consumidores; opina que los acuerdos comerciales deberían favorecer una competencia leal para garantizar que los agricultores de la Unión puedan sacar el máximo provecho de las concesiones arancelarias y no resulten perjudicados económicamente en comparación con los de terceros países; subraya la necesidad de garantizar la protección de las normas de la Unión sobre seguridad alimentaria y bienestar animal manteniendo el principio de reciprocidad, una agricultura sostenible y un elevado grado de trazabilidad y etiquetado de los productos y garantizando que todas las importaciones cumplen la legislación aplicable de la Unión; observa la gran diferencia existente en las normas en materia de bienestar animal a escala internacional; subraya, a este respecto, la necesidad de regular la exportación de animales de granja vivos, de conformidad con la legislación de la Unión vigente y con las normas de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE);
73. Considera de vital importancia, en el contexto de la crisis agrícola actual, la apertura de nuevos mercados para la producción agrícola de la Unión, por ejemplo para los productos lácteos, la carne y las frutas y verduras; destaca la necesidad de identificar nuevos mercados de salida con una capacidad adquisitiva elevada;
74. Considera necesario aumentar el valor añadido de la agricultura y llevar a cabo campañas de promoción con miras a abrir nuevos mercados; destaca por encima de todo que es indispensable reforzar los regímenes de calidad a escala de la Unión, pues garantizan la mejor imagen de marca de los productos de la Unión en el mercado mundial, beneficiando indirectamente al conjunto de la agricultura europea;
75. Destaca la necesidad de controles más estrictos de las importaciones en las fronteras y de que la Oficina Alimentaria y Veterinaria practique inspecciones más rigurosas de las condiciones de producción y comercialización en los países que exportan a la Unión, a fin de garantizar el cumplimiento de sus normas;
76. Destaca la importancia de realizar progresos en materia de barreras sanitarias y fitosanitarias y demás barreras no arancelarias al comercio de productos agrícolas en todas las negociaciones sobre libre comercio, en especial en relación con las líneas rojas trazadas por la Unión que puedan tener consecuencias para la salud del consumidor;
77. Reitera la importancia de las indicaciones geográficas para la promoción de los productos agroalimentarios europeos tradicionales, protegiéndolos de las perjudiciales prácticas de parasitismo, garantizando el respeto de los derechos de los consumidores y que estos puedan elegir conscientemente, así como protegiendo a los agricultores y productores rurales, y especialmente a las pymes; señala que la protección y el reconocimiento de las indicaciones geográficas en los países terceros tienen un gran valor potencial para todo el sector agroalimentario de la Unión, y considera que todos los acuerdos comerciales deben incluir medidas de protección y acciones para combatir la falsificación;
Mejor acceso a los contratos públicos para los operadores económicos europeos
78. Pide que se eliminen los desequilibrios que existen en el grado de apertura de los mercados de contratación pública entre la Unión y otros socios comerciales; insta a la Comisión a que vaya más allá en la búsqueda de una apertura ambiciosa y recíproca de los mercados internacionales de contratación pública, al tiempo que se garantiza la exclusión de los servicios de interés económico general y se asegura que los Estados conservan la libertad de adoptar normas sociales y medioambientales, como los criterios de la oferta económicamente más ventajosa, para sus procedimientos de contratación pública; subraya que los operadores económicos europeos, tanto las grandes empresas como las pymes, necesitan un mejor acceso a la contratación pública en terceros países a través de instrumentos como la «Small Business Act» y de la eliminación del actual nivel de asimetría; recuerda, a este respecto, que la Unión es uno de los mercados más abiertos a las contrataciones públicas de entre todos los miembros de la OMC;
79. Toma nota de la propuesta modificada de la Comisión de un Reglamento sobre el acceso de los productos y servicios de terceros países al mercado interior de la Unión en el ámbito de la contratación pública, que constituye una importante herramienta para garantizar la igualdad de condiciones en el acceso a los mercados de terceros países, y lamenta profundamente que los gobiernos de los Estados miembros hayan mantenido la propuesta original; pide a la Comisión que se alcance una reciprocidad positiva en el acceso a los mercados de contratación pública con los principales socios comerciales;
Igualdad de acceso a los recursos para una competencia leal en el mercado mundial
80. Hace hincapié en que los recursos naturales son limitados y deben utilizarse de forma sostenible desde el punto de vista económico y medioambiental, priorizando el reciclaje; reconoce la gran dependencia de los países en desarrollo y especialmente de los PMA con respecto a los recursos naturales; recuerda que la política comercial europea debe mantener una estrategia coherente, sostenible, global y transversal en lo que se refiere a las materias primas, como ya señaló el Parlamento en su Resolución sobre una nueva política comercial para Europa en el marco de la Estrategia Europa 2020;
81. Destaca la necesidad de avanzar hacia una economía hipocarbónica, por lo que anima a la Comisión a aumentar la cooperación en las actividades de investigación, desarrollo e innovación encaminadas a promover la diversificación de los proveedores, las rutas y las fuentes de energía, buscar nuevos socios comerciales en el sector de la energía y fomentar la competencia, reduciendo los precios en favor de los consumidores de energía; destaca que el desarrollo de las energías renovables y la promoción de la eficiencia energética son cruciales para aumentar la seguridad energética y reducir la dependencia de las importaciones; subraya la importancia de incluir ambas disposiciones en los acuerdos de libre comercio a fin de crear asociaciones energéticas sostenibles y reforzar la cooperación tecnológica, especialmente en el ámbito de las energías renovables, de la eficiencia energética y de las garantías, y de evitar fugas de carbono para cumplir los objetivos establecidos en la COP21;
La lucha contra el comercio ilegal de especies silvestres y sus productos
82. Muestra su profunda preocupación por el reciente aumento de la delincuencia contra las especies silvestres y del comercio ilegal que la acompaña, que no solo tiene un efecto devastador sobre la biodiversidad y el número de especies, sino que también representa un peligro claro y presente para la subsistencia y las economías locales, principalmente en los países en desarrollo; acoge con satisfacción el compromiso de la Unión de erradicar el comercio ilegal de especies silvestres como parte de su respuesta a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, y en concreto al Objetivo de Desarrollo Sostenible 15, que señala la necesidad de garantizar el fin de la caza furtiva y el tráfico de especies protegidas de flora y fauna, y de abordar tanto la demanda como la oferta de productos ilegales de flora y fauna silvestres; espera, en este sentido, que la Comisión, tras un periodo de reflexión que incluya al Parlamento Europeo y a los Estados miembros, considere la mejor forma de incluir disposiciones sobre el comercio ilegal de especies silvestres en todos los futuros acuerdos comerciales de la Unión;
Mejor cooperación aduanera y lucha contra el comercio ilícito en las fronteras de la Unión
83. Destaca que unos procedimientos aduaneros mejor armonizados y más eficaces en Europa y otras partes del mundo contribuyen a facilitar el comercio y a cumplir los correspondientes requisitos de facilitación del comercio, a prevenir las falsificaciones y que entren en el mercado único mercancías falsificadas e ilegales, que debilitan gravemente el crecimiento económico de la Unión y dejan muy desprotegidos a los consumidores de la Unión; acoge con satisfacción la intención de la Comisión de mejorar la cooperación entre las autoridades aduaneras; pide una vez más a la Comisión y a los Estados miembros que establezcan un servicio aduanero unificado de la Unión para aplicar con mayor eficacia las normas y los procedimientos aduaneros en todo el espacio aduanero de la Unión;
84. Destaca que, cuando negocie acuerdos comerciales, la Comisión debe intentar persuadir a sus socios comerciales de adoptar ventanillas únicas para los procedimientos aduaneros y fronterizos, acompañadas, en caso necesario, de ayudas al comercio para la creación de capacidades, según proceda;
85. Hace hincapié en que se requiere una comunicación adecuada y una coordinación sólida para asegurar que la eliminación de aranceles se acompañe de las medidas técnicas, institucionales y políticas adecuadas que garanticen una seguridad comercial continuada;
86. Pide a la Comisión que estudie los indicadores clave de rendimiento para evaluar el rendimiento de la administración aduanera en la Unión y fuera de ella; lamenta que, en la actualidad, se disponga de muy pocos datos públicos; señala que sería interesante comprender cómo funcionan en el día a día las aduanas y otras agencias fronterizas, en el seno de la Unión y con otros socios comerciales, para poner en común las mejores prácticas y coordinar los intereses específicos de facilitación del comercio en el marco de las instituciones europeas, reflejando las disposiciones del artículo 13 del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC;
87. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que inicien un debate abierto sobre la posibilidad de trasladar las autoridades aduaneras del nivel nacional al nivel de la Unión;
Aportar beneficios tangibles a los consumidores
88. Reconoce que los acuerdos comerciales tienen el potencial de beneficiar en gran medida a los consumidores, principalmente debido al aumento de la competencia, la reducción de precios, el aumento de la posibilidad de elección y el impulso a la innovación; pide a la Comisión que, para explotar este potencial, apueste firmemente en todas las negociaciones por la limitación de las prácticas de bloqueo geográfico, la reducción de las tasas de itinerancia internacional y el refuerzo de los derechos de los pasajeros;
89. Pide medidas para apoyar a los consumidores en el comercio transfronterizo de bienes y servicios con terceros países, por ejemplo mediante puntos de contacto en línea que proporcionen información o ayuden en casos de litigio;
90. Insiste en que debe facilitarse a los consumidores información correcta sobre las características de los productos objeto de intercambios comerciales;
Comercio para todos: las políticas de apertura del comercio y las inversiones necesitan de unas políticas de acompañamiento para aprovechar al máximo los beneficios y reducir al mínimo las pérdidas
91. Comparte la opinión de la OCDE de que las políticas de apertura del comercio e inversión necesitan una serie de políticas de acompañamiento efectivas para aprovechar al máximo los beneficios y reducir al mínimo las pérdidas ocasionadas por la liberalización comercial a las poblaciones y las economías de la Unión y de los terceros países; insta a los Estados miembros y a la Comisión a hacer mucho más para complementar la apertura comercial mediante una serie de políticas de apoyo que garanticen un desarrollo sostenible, por ejemplo, en materia de servicios públicos y de inversiones, educación y sanidad, políticas activas del mercado de trabajo, investigación y desarrollo, desarrollo de infraestructuras y normas adecuadas que garanticen el cumplimiento de los derechos sociales y medioambientales;
92. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que realicen análisis detallados ex ante y ex post sector por sector y evaluaciones de impacto regional para los acuerdos comerciales y expedientes legislativos pertinentes, anticipando los efectos negativos que pueden producirse en el mercado laboral de la Unión y encontrando formas más elaboradas de introducir medidas de mitigación que permitan volver a desarrollar industrias y regiones en declive, con vistas a alcanzar una distribución comercial más justa y a garantizar unas ganancias comerciales más amplias; señala, a este respecto, que los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, y en particular el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo Social Europeo, pueden desempeñar un papel destacado; señala que el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización también podría ser un instrumento importante, si se reforma y se modela de manera que esté financiado adecuadamente para proporcionar ayuda a las empresas y productores de la Unión que se vean afectados negativamente por sanciones comerciales hacia terceros países, y proporcionar ayuda a los empleados de pymes afectadas directamente por la globalización;
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93. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como al Comité Económico y Social Europeo, al Comité de las Regiones, a la UNCTAD y a la OMC.