Resolución del Parlamento Europeo, de 6 de julio de 2016, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2016 de la Unión Europea para el ejercicio 2016: consignación del excedente del ejercicio financiero 2015 (09586/2016 – C8-0225/2016 – 2016/2051(BUD))
El Parlamento Europeo,
– Visto el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo(1), y en particular su artículo 41,
– Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2016, aprobado definitivamente el 25 de noviembre de 2015(2),
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020(3),
– Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera(4),
– Vista la Decisión 2007/436/CE, Euratom del Consejo, de 7 de junio de 2007, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas(5),
– Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2016 aprobado por la Comisión el 15 de abril de 2016 (COM(2016)0227),
– Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2016 aprobada por el Consejo el 17 de junio de 2016 y transmitida al Parlamento Europeo el mismo día (09586/2016 – C8-0225/2016),
– Vistos los artículos 88 y 91 de su Reglamento,
– Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A8-0212/2016),
A. Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2016 tiene por objeto consignar en el presupuesto para el ejercicio 2016 el excedente del ejercicio 2015, que asciende a 1 349 millones de euros;
B. Considerando que los componentes principales de ese excedente son un resultado positivo de 980 millones de euros de ingresos, unos gastos que se sitúan en 187 millones de euros por debajo de lo previsto y un diferencial de tipo de cambio de 182 millones de euros;
C. Considerando que, en el lado de los ingresos, los dos componentes principales son los intereses de demora y multas (180 millones de euros) y un resultado positivo de recursos propios (1 071 millones de euros), de los cuales se deduce un resultado negativo en excedentes, saldos y ajustes (-537 millones de euros);
D. Considerando que, en el lado de los gastos, la infraejecución de la sección III es relativamente baja, con 78 millones de euros en prórrogas para 2015 y 14 millones de euros para 2014, y que ascendió a 94 millones de euros en el caso de las demás instituciones;
E. Considerando que la elevada tasa de ejecución de la sección III acentúa la presión sobre los créditos de pago, que sigue representando un desafío importante en 2015, y que se prevé que reaparecerá en los últimos años del actual marco financiero plurianual (MFP);
1. Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2016 presentado por la Comisión que se destina únicamente a la consignación presupuestaria del excedente de 2015, por un importe de 1 349 millones de euros, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento Financiero, y de la posición del Consejo respecto del proyecto de presupuesto rectificativo;
2. Observa que la adopción del proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2016 reducirá en 1 349 millones de euros el porcentaje de las contribuciones de la RNB de los Estados miembros al presupuesto de la Unión en 2016; insta una vez más a los Estados miembros a que aprovechen la oportunidad de una reversión como esta para cumplir sus compromisos en relación con la crisis de los refugiados y que igualen la contribución de la Unión a los dos fondos fiduciarios específicos de la Unión; señala con preocupación que, hasta la primavera de 2016, los Estados miembros solo contribuyeron con 82 millones de euros al Fondo Fiduciario para África y con 69 millones de euros al Fondo Fiduciario Madad de respuesta a la crisis siria, mientras que las contribuciones de la Unión ascienden a 1 800 millones de euros y a más de 500 millones de euros, respectivamente;
3. Insiste en que, en lugar de ajustar la contribución basada en la RNB, el presupuesto de la Unión debería poder reutilizar los excedentes procedentes de la infraejecución de créditos o de las multas impuestas a empresas por incumplir la legislación de la Unión en materia de competencia con el fin de hacer frente a sus necesidades financieras, en particular en el contexto de la falta de créditos de pago; confía en que este asunto se resuelva como parte de la revisión del MFP;
4. Aprueba la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 2/2016;
5. Encarga a su Presidente que declare que el presupuesto rectificativo n.° 2/2016 ha quedado definitivamente aprobado y disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;
6. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, así como a los Parlamentos nacionales.