Resolución del Parlamento Europeo, de 6 de julio de 2016, sobre la preparación de la revisión postelectoral del MFP 2014-2020: recomendaciones del Parlamento previas a la propuesta de la Comisión (2015/2353(INI))
El Parlamento Europeo,
– Vistos los artículos 311, 312 y 323 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020(1), y en particular su artículo 2,
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 2015/623 del Consejo, de 21 de abril de 2015, por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020(2),
– Vista la Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea(3),
– Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera(4),
– Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo(5),
– Vista su Resolución, de 15 de abril de 2014, relativa a las negociaciones sobre el marco financiero plurianual 2014-2020: conclusiones que cabe extraer y reflexiones para el futuro(6),
– Vista su Resolución, de 12 de diciembre de 2013, sobre las relaciones del Parlamento Europeo con las instituciones que representan a los gobiernos nacionales(7),
– Vista su Resolución, de 19 de noviembre de 2013, sobre el proyecto de Reglamento del Consejo por el que se establece el Marco Financiero Plurianual para el período 2014-2020(8) y su Decisión de la misma fecha sobre la celebración de un Acuerdo interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera(9),
– Vista su Resolución, de 3 de julio de 2013, sobre el acuerdo político sobre el Marco Financiero Plurianual 2014-2020(10),
– Vista su Resolución, de 13 de marzo de 2013 sobre el Marco Financiero Plurianual(11),
– Vista su Resolución, de 23 de octubre de 2012, para facilitar un desenlace positivo del procedimiento de aprobación del Marco Financiero Plurianual para el período 2014-2020(12),
– Vista su Resolución, de 8 de junio de 2011, sobre invertir en el futuro: un nuevo marco financiero plurianual para una Europa competitiva, sostenible e integradora(13),
– Vista la declaración interinstitucional conjunta sobre la integración de la perspectiva de género anexa al MFP,
– Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 15 de junio de 2016, sobre la revisión intermedia del marco financiero plurianual,
– Visto el artículo 52 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Presupuestos y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores, de la Comisión de Desarrollo, de la Comisión de Comercio Internacional, de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, de la Comisión de Industria, Investigación y Energía, de la Comisión de Transportes y Turismo, de la Comisión de Desarrollo Regional, de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural, de la Comisión de Cultura y Educación, de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, de la Comisión de Asuntos Constitucionales y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A8-0224/2016),
A. Considerando que el actual marco financiero plurianual (MFP) se aprobó por primera vez con arreglo a las nuevas disposiciones del Tratado de Lisboa según las cuales el Consejo adopta por unanimidad, con arreglo a un procedimiento legislativo especial, un reglamento que fija el marco financiero plurianual, previa aprobación del Parlamento Europeo;
B. Considerando que el actual MFP, que se acordó en 2013, refleja las prioridades de la Unión en el momento de su adopción; que la Unión, en los próximos años, seguirá afrontando desafíos que no estaban previstos cuando se aprobó el MFP; que las prioridades de financiación de la Unión se han multiplicado, mientras que el MFP ha permanecido inalterado;
C. Considerando que el Parlamento solicitó una cláusula de revisión postelectoral para garantizar la legitimidad democrática del nuevo MFP y dar la oportunidad a la nueva Comisión y al Parlamento recién elegido de reconfirmar y reevaluar las prioridades políticas y presupuestarias de la Unión mediante un reajuste del MFP;
D. Considerando que el acuerdo sobre el marco financiero plurianual 2014-2020 fue el resultado de un largo y laborioso proceso de negociaciones que se desarrolló en un contexto social, económico y financiero muy difícil; que, por tal motivo, el nivel global del MFP se redujo de hecho en comparación con el anterior período de programación;
E. Considerando que, frente a la imposibilidad política de cambiar los importes globales del MFP decididos por el Consejo Europeo, el Parlamento negoció con éxito la inclusión en el Reglamento del MFP de un artículo específico relativo a la obligación de realizar un examen/revisión global de este, a la creación de nuevas y mejores disposiciones en materia de flexibilidad y al establecimiento de un grupo de alto nivel sobre recursos propios;
Marco jurídico y ámbito de aplicación del examen/revisión intermedio
1. Recuerda que, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento del MFP, la Comisión presentará un examen obligatorio del funcionamiento del marco financiero plurianual antes de finales de 2016, teniendo plenamente en cuenta la situación económica existente en ese momento, así como las proyecciones macroeconómicas más recientes, y que este examen irá acompañado, si procede, de una propuesta legislativa con miras a la revisión del Reglamento del MFP;
2. Considera, a este respecto, que el examen tiene por objeto valorar y evaluar el funcionamiento del MFP en relación con su aplicación, con las nuevas condiciones económicas y con otras evoluciones, y que, como tal, podría mantener el statu quo legislativo, mientras que la revisión implica una modificación del Reglamento del MFP, que también incluye (además de las disposiciones legislativas) los límites máximos del MFP, a reserva de lo dispuesto en el artículo 312 del TFUE y de las limitaciones impuestas a dicha revisión por la última frase del artículo 2 del Reglamento del MFP; recuerda que dicho artículo establece que no podrán reducirse en una revisión los marcos nacionales ya asignados; hace hincapié en que no se fijaron otras limitaciones para la revisión del MFP, con lo que es posible revisar al alza los límites máximos del MFP; destaca, en este contexto, que el artículo 323 del TFUE dispone que la Unión ha de disponer de los medios financieros que le permitan cumplir sus obligaciones jurídicas frente a terceros;
3. Recuerda que, de conformidad con el artículo 311 del TFUE, la Unión ha de dotarse de los medios necesarios para alcanzar sus objetivos y para llevar a cabo sus políticas; considera, por tanto, que si el examen permite concluir que los actuales límites máximos son demasiado bajos, será necesario aumentarlos en virtud del Derecho primario;
4. Hace hincapié en que el artículo 17 del Reglamento del MFP establece la posibilidad de revisar el MFP en caso de circunstancias imprevistas; señala la magnitud de las crisis que han afectado a la Unión desde la adopción del actual MFP en 2013;
5. Destaca que la presente resolución tiene por objeto analizar los aspectos puramente presupuestarios del funcionamiento del marco financiero plurianual, y que no afectará a las bases jurídicas de la legislación sectorial; señala, no obstante, que muchas de las políticas y programas de la Unión prevén sus propios requisitos en materia de exámenes y revisiones, programados en su mayoría para 2017;
I.Examen del MFP: evaluación de los primeros años
6. Considera que un examen del MFP en 2016 debe tener en cuenta toda una serie de crisis graves y nuevas iniciativas políticas, con sus respectivas consecuencias presupuestarias, que no se anticiparon en el momento de la adopción del MFP; destaca, en particular, la crisis migratoria y de refugiados, las situaciones de emergencia en el exterior, las cuestiones de seguridad interior, la crisis agrícola, la financiación del Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE), la crisis de pagos en el presupuesto de la Unión, el persistente y alto nivel de desempleo, especialmente entre los jóvenes, así como la pobreza y la exclusión social; por otro lado, destaca el reciente acuerdo internacional sobre el cambio climático y la presión creciente sobre la política de desarrollo; observa que, para financiar las nuevas necesidades urgentes, se consideró necesario recurrir por primera vez a los mecanismos de flexibilidad del MFP y a los instrumentos especiales, pues los límites máximos del MFP se revelaron insuficientes en algunas rúbricas; considera que, a lo largo de los dos últimos años, se han forzado los límites del MFP;
7. Hace hincapié en que el presupuesto de la Unión debe ajustarse a sus prioridades políticas y estratégicas, y ha de garantizar un equilibrio entre las prioridades a largo plazo y los nuevos retos; destaca, en este sentido, el importante papel que debe desempeñar el presupuesto de la Unión para lograr los objetivos acordados de manera conjunta de la Estrategia Europa 2020, que constituye la principal orientación y prioridad global; cree, por tanto, que la revisión del MFP debe incluir un análisis cualitativo sobre si se han alcanzado, y en qué medida, los objetivos establecidos en esta estrategia; insiste en que esta evaluación debe ir acompañada de una previsión sobre si los recursos financieros asignados en apoyo de esta estrategia para los años restantes del actual MFP serán suficientes para su correcta ejecución;
A.Principales acontecimientos y retos
Crisis migratoria y de refugiados
8. Destaca que los conflictos en Siria, Oriente Próximo y algunas regiones de África han tenido consecuencias humanitarias y migratorias de una magnitud sin precedentes; recuerda que la Unión se ha visto directamente afectada, con más de un millón de refugiados que llegaron a Europa solo en 2015 y más llegadas previstas para los próximos años; recuerda que esta crisis motivó una importante respuesta financiera por parte de la Unión y, por tanto, ha tenido un impacto significativo sobre su presupuesto, especialmente en las rúbricas 3 (Seguridad y ciudadanía) y 4 (Europa global);
9. Recuerda que, en el transcurso de 2015, las medidas adicionales que se aprobaron en consonancia con la Agenda Europea de Migración tuvieron una repercusión presupuestaria inmediata, como se refleja en particular en los presupuestos rectificativos n.º 5 y n.º 7 de 2015; señala asimismo que se aprobó la utilización de un importe adicional de 1 506 millones EUR del presupuesto 2016 de la Unión movilizando el Instrumento de Flexibilidad para dotar de recursos adicionales a las medidas relacionadas con la migración y los refugiados de la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía), como el refuerzo del Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI) y el Fondo de Seguridad Interior (FSI), así como a las tres agencias que trabajan sobre cuestiones de migración: Frontex, la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) y Europol;
10. Toma nota de que las citadas decisiones presupuestarias han agotado completamente el escaso margen disponible en esta rúbrica y han llevado a una revisión de facto de los límites máximos de la rúbrica 3; advierte, por otra parte, de que se espera que las nuevas propuestas de la Comisión tengan un impacto en el presupuesto de la Unión, especialmente la propuesta para la refundición del Reglamento de Dublín III, con un impacto presupuestario total de 1 829 millones EUR para lo que resta del periodo del MFP, la propuesta para la creación de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas, con un presupuesto global de 1 212 millones EUR para el resto del periodo del MFP, y el nuevo mecanismo de ayuda de emergencia, con un impacto estimado de un mínimo de 700 millones EUR en el periodo comprendido entre 2016 y 2018; hace hincapié en que la situación es tan crítica que los créditos autorizados para el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI) en noviembre de 2015 tuvieron que reducirse en marzo de 2016 para poder financiar necesidades aún más acuciantes, como la de prestar ayuda humanitaria en el seno de la Unión con la ayuda del nuevo mecanismo de ayuda de emergencia anteriormente mencionado;
11. Cree que la solución a la crisis migratoria y de refugiados en Europa requiere un enfoque europeo, basado en la solidaridad y en el reparto justo de cargas; destaca, en este contexto, que el presupuesto de la Unión debe ayudar a que los Estados miembros reduzcan la carga de los costes vinculados a la acogida de los refugiados, ya que ello aliviará la presión sobre los presupuestos de aquellos Estados miembros que se enfrentan a una entrada particularmente elevada de refugiados; hace hincapié en que este enfoque creará sinergias y que, además, es eficiente y eficaz con respecto a los costes para todos los Estados miembros;
12. Subraya que se han desplegado medios presupuestarios significativos aunque insuficientes para atajar de raíz las causas de la crisis migratoria y de refugiados, reforzando programas específicos de la Unión en la rúbrica 4; recuerda las medidas adoptadas, como las reasignaciones de 170 millones EUR para actuaciones en relación con la migración y los refugiados en el transcurso de 2015, así como la aprobación en 2016 de un importe adicional de 130 millones EUR en la rúbrica 4 para actividades relacionadas con la migración y los refugiados, además de la redistribución de 430 millones EUR en el marco del Instrumento de Ayuda de Preadhesión, el Instrumento de Cooperación al Desarrollo y el Instrumento Europeo de Vecindad; recuerda, además, que, para abordar la dimensión exterior de la crisis migratoria y de refugiados, la Comisión ha elaborado diversas propuestas adicionales que tienen un impacto en el presupuesto de la Unión, por ejemplo en relación con la creación de fondos fiduciarios de la Unión (el Fondo Fiduciario Madad y el Fondo Fiduciario de Emergencia para África, con una incidencia presupuestaria inicial estimada en 570 millones EUR y 405 millones EUR, respectivamente), así como del Mecanismo para Turquía en favor de los refugiados, de los que 1 000 millones EUR se financiarán con cargo al presupuesto de la Unión, sin contar la posible financiación adicional; hace hincapié en que otras acciones previstas por la Comisión, como los compromisos de Londres, o actos como la Cumbre entre la Unión y Turquía del 18 de marzo de 2016, aumentarán la presión sobre el presupuesto de la Unión; subraya que los futuros recursos presupuestarios adicionales deben permitir también la inclusión de los migrantes más vulnerables, en particular las mujeres, los niños y las personas LGBTI; le preocupa, no obstante, que puedan ser necesarias más medidas dada la envergadura de los problemas a los que se enfrenta la Unión;
13. Llega a la conclusión de que la magnitud de la crisis de los refugiados y los migrantes y las repercusiones financieras de las medidas lanzadas por la Comisión para abordar esta cuestión no podían haberse previsto en el momento de la conclusión del MFP 2014-2020; destaca el hecho de que, por falta de recursos suficientes, la Unión se ha visto obligada a crear instrumentos ad hoc y «satélites», financiados conjuntamente con cargo a los Estados miembros, al presupuesto de la Unión y al Fondo Europeo de Desarrollo, es decir, a los fondos fiduciarios de la Unión (el Fondo Fiduciario Madad y el Fondo Fiduciario de Emergencia para África) y el Mecanismo para Turquía en favor de los refugiados; recuerda que la falta de una estrategia presupuestaria general para hacer frente a la crisis migratoria y de los refugiados provocó que el Parlamento quedara al margen en el proceso de decisión sobre el uso de los fondos presupuestarios de la Unión; hace hincapié en que la multiplicación de estos instrumentos crea un problema de control democrático y rendición de cuentas en la Unión que es necesario abordar; lamenta, asimismo, que los Estados miembros estén muy lejos de aportar, todavía, las contribuciones previstas a los fondos fiduciarios, lo que compromete el éxito de los mismos; reitera su llamamiento a los Estados miembros para que cumplan inmediatamente sus compromisos y sus responsabilidades;
Bajo nivel de inversiones
14. Recuerda que la Unión se ha visto aquejada desde el inicio de la crisis económica y financiera mundial por un bajo e insuficiente nivel de inversiones; observa, en particular, que en 2014 el nivel total de inversiones fue un 15 % menor que en 2007, lo que corresponde a una disminución de las inversiones de 430 000 millones EUR; considera que el bajo nivel de inversiones ralentiza la recuperación económica y repercute directamente sobre el crecimiento, el empleo y la competitividad;
15. Destaca que, en respuesta a este problema acuciante, la nueva Comisión propuso en 2014 un nuevo Plan de Inversiones para Europa y la creación del FEIE, con el objetivo de movilizar 315 000 millones EUR para nuevas inversiones en la economía real; reitera su sólido compromiso con el FEIE, que se espera que aporte un potente impulso específico a sectores económicos que propician crecimiento y empleo; observa que una serie de proyectos ya han sido aprobados y se encuentran en fase de ejecución; toma nota de que la garantía de la Unión para el FEIE está cubierta por un fondo de garantía de 8 000 millones EUR constituido en el presupuesto de la Unión;
16. Recuerda que, para garantizar esta financiación adicional, la dotación financiera de dos importantes programas de la Unión —el programa Horizonte 2020 y el Mecanismo «Conectar Europa» (MCE)— se redujo finalmente en 2 200 millones EUR y 2 800 millones EUR respectivamente, mientras que los 3 000 millones EUR restantes están cubiertos por los márgenes no asignados del MFP; subraya que el Parlamento se comprometió durante las negociaciones sobre el FEIE a reducir todo lo posible el impacto negativo sobre estos dos programas, cuya dotación financiera, que no se decidió hasta 2013, sufrió importantes recortes en comparación con la propuesta de la Comisión ya durante las negociaciones del MFP 2014-2020;
17. Lamenta que la parte del presupuesto de la Unión dedicada a la investigación y la innovación ha sido a menudo la primera en verse perjudicada por los recortes presupuestarios; observa que los programas de investigación e innovación generan valor añadido para la Unión, y subraya el papel clave de estos programas a la hora de fomentar la competitividad y, por tanto, garantizar el crecimiento en el futuro y la prosperidad a largo plazo de la Unión;
18. Destaca en este contexto que, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento del MFP, en 2014 y 2015 se consignaron por adelantado fondos para Horizonte 2020 (200 millones EUR para el Consejo Europeo de Investigación y las acciones Marie Curie) y COSME (50 millones EUR), con objeto de compensar parcialmente la disminución de los créditos entre 2013 y 2014; toma nota de que esta consignación anticipada no modifica la dotación financiera global de los programas, lo que conduce a un menor número de créditos en la segunda mitad del periodo cubierto por el MFP; destaca, no obstante, que la consignación anticipada de Horizonte 2020 y COSME se absorbió completamente, lo que demuestra el buen funcionamiento de estos programas y su capacidad para absorber aún más;
19. Observa asimismo con gran preocupación que el índice de éxito de Horizonte 2020 ha disminuido a un nivel del 13 % frente al 20-22 % de su predecesor (7.º PM) en el periodo de programación anterior; lamenta que, a raíz de ello, esté recibiendo financiación de la Unión un menor número de proyectos de calidad en el ámbito de la investigación y la innovación; toma nota, asimismo, de que ha sido necesario rechazar muchas solicitudes de gran calidad relativas al MCE por la insuficiencia de los fondos presupuestarios;
Desempleo juvenil
20. Subraya que el nivel del desempleo juvenil sigue siendo dramáticamente elevado y representa uno de los problemas más acuciantes y graves a los que se enfrenta actualmente la Unión; hace hincapié en que 4,4 millones de jóvenes menores de 25 años estaban desempleados en la Unión en febrero de 2016, lo que corresponde a un porcentaje superior al 40 % en varios Estados miembros, y que supera el 60 % en determinadas regiones de la Unión; destaca que la tasa de empleo en la Unión se sitúa muy por debajo del objetivo de Europa 2020; resalta, por tanto, que demasiados jóvenes se encuentran en riesgo de exclusión social y que se deben adoptar más acciones específicas para incluir a los jóvenes que ni estudian, ni trabajan, ni reciben formación («ninis»); señala que el volumen de recursos humanos bien formados y altamente cualificados tiene un efecto positivo en la competitividad de Europa, su capacidad de innovación y su productividad, y destaca, a este respecto, la necesidad de invertir en educación, formación, juventud y cultura; reconoce, además, la importancia de la estrategia de la Unión para la Juventud 2010-2018;
21. Subraya que el presupuesto de la Unión aporta una importante contribución a la lucha contra el desempleo, especialmente a través del Fondo Social Europeo (FSE) y la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ); señala, a indicación de la Comisión, que la designación de las autoridades de ejecución ha supuesto un desafío importante para los flujos financieros del programa; destaca que, pese a los retrasos iniciales en la designación y en la ejecución de la IEJ, las cifras actuales indican una capacidad de absorción completa (lograda en parte mediante un importante incremento en el porcentaje de prefinanciación de este programa); observa que la evaluación de esta iniciativa a cargo de la Comisión finalizará en breve, y confía en que se introduzcan los ajustes necesarios para garantizar el éxito de su aplicación; considera que el programa de apoyo a las reformas estructurales propuesto podría proporcionar una valiosa contribución a la mejora de la capacidad administrativa de los Estados miembros en este contexto; resalta la importancia de una evaluación continua de la ejecución de la IEJ por las partes interesadas pertinentes, incluidas las organizaciones juveniles;
22. Se muestra particularmente preocupado por la falta de nuevos créditos de compromiso para la Iniciativa de Empleo Juvenil a partir de 2016, habida cuenta de que toda su dotación inicial se consignó anticipadamente en 2014-2015 (artículo 15 del Reglamento del MFP); destaca que, al respaldar esta consignación anticipada, el Parlamento nunca pretendió que la iniciativa finalizara después de solo dos años de financiación, y que se pusieron en marcha otros mecanismos del MFP, como el margen global para compromisos, con el fin de garantizar su continuidad; recuerda, no obstante, que se ha movilizado el margen global para compromisos únicamente para la financiación del FEIE; toma nota también de la consignación anticipada de los créditos, en virtud del mismo artículo, para Erasmus + (150 millones EUR), otro programa de la Unión que contribuye de manera significativa a la mejora de la empleabilidad de los jóvenes, y que se aplicó plenamente en los dos primeros años de este periodo; recuerda que, según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), una Garantía Juvenil eficiente en el ámbito de la Unión costaría 21 000 millones EUR anuales para los países de la zona del euro;
Seguridad interior
23. Recuerda los recientes atentados terroristas en Francia y Bélgica y el aumento de los niveles de amenaza en otros Estados miembros, que requieren una actuación más coordinada y reforzada, y mejores medios, a escala de la Unión; subraya que la Unión cuenta con el Fondo de Seguridad Interior, un instrumento adecuado, y con una serie de agencias que trabajan en este ámbito, que cada vez sufren más presión; considera que, para responder adecuadamente a esta amenaza, serán necesarias más actuaciones en el nivel europeo y, por consiguiente, una financiación mayor; destaca que una mayor cooperación en este ámbito requiere reforzar el personal de las agencias pertinentes, lo que, además, puede incrementar la presión sobre el presupuesto de la Unión, y recuerda el refuerzo limitado del personal del Centro Europeo de Lucha contra el Terrorismo dentro de Europol, financiado mediante la redistribución a partir del Fondo de Seguridad Interior;
24. Destaca que, habida cuenta de las actuales acciones y propuestas legislativas encaminadas a aumentar la cooperación judicial, cada vez se necesitarán más recursos financieros y humanos también para Eurojust, lo que tendrá repercusiones en el presupuesto de la Unión;
Crisis en el sector agrario
25. Subraya que los límites máximos estrictos para la política agrícola común (PAC) hasta 2020 suponen unos márgenes muy inferiores a los del anterior MFP, mientras que el sector se enfrenta a más desafíos; reitera que esta política resulta fundamental para los ingresos de muchos agricultores, sobre todo en tiempos de crisis, y señala la elevada tasa de absorción anual de casi el 100 %; recuerda las diferentes crisis que los agricultores europeos han tenido que superar desde el inicio del actual MFP, en particular la crisis en los sectores de los lácteos, la carne de porcino, la carne de vacuno y las frutas y verduras, así como los efectos negativos a largo plazo sobre los agricultores europeos de las pérdidas provocadas por el embargo ruso sobre los productos agrícolas; toma nota de la supresión de las cuotas de azúcar en 2017 y su posible repercusión en el sector del azúcar, atendiendo asimismo debidamente a las necesidades particulares de las regiones ultraperiféricas; destaca los efectos para el presupuesto de las medidas de emergencia adoptadas en respuesta a estas crisis, de 500 millones EUR en el presupuesto 2016 y de 300 millones EUR en el de 2015, que se financiaron a partir de los márgenes de la rúbrica 2; destaca que cualquier reducción en este ámbito pondría en peligro la cohesión territorial de la Unión, en especial en lo que respecta a las zonas rurales; expresa, asimismo, su oposición a todo movimiento hacia una renacionalización de la política agrícola, que provocaría distorsiones del mercado y competencia desleal para los agricultores;
Desafíos medioambientales
26. Expresa su preocupación por que no se ha logrado el objetivo de gastar al menos el 20 % del presupuesto de la Unión (en el MFP actual) en medidas relacionadas con el cambio climático, y por que, según la metodología de integración transversal de la Comisión, solo alrededor del 12,7 % del presupuesto anual de la Unión se gasta en favor de esta causa; llama la atención sobre la importante necesidad de financiación para la lucha contra el cambio climático, la protección de la biodiversidad y el uso sostenible de los recursos naturales, que será aún mayor por los efectos del calentamiento global en curso; toma nota, en particular, del Acuerdo de la COP 21 sobre el clima que se alcanzó en la reciente Conferencia de las Partes en la Convención de las Naciones Unidas, celebrada en París en 2015;
Cohesión económica, social y territorial
27. Recuerda que la política de cohesión constituye la principal política de inversión de la Unión destinada a reducir las disparidades económicas, sociales y territoriales entre las regiones de la Unión y, de este modo, mejorar la calidad de vida de los ciudadanos europeos; destaca su importante papel en la aplicación de la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, en particular mediante una clara asignación de recursos para las medidas relacionadas con el clima y para los objetivos sociales, especialmente para luchar contra el aumento de la pobreza, incluida la pobreza infantil, las desigualdades y la exclusión social, y para estimular el empleo; pide a la Comisión que supervise la plena aplicación de dichos objetivos; considera, además, que, aun respetando las dotaciones nacionales ya asignadas, los fondos estructurales pueden proporcionar también una valiosa contribución a los nuevos desafíos, tales como las consecuencias de la crisis de los refugiados;
Presión creciente sobre las políticas de desarrollo y de vecindad
28. Toma nota de la creciente presión ejercida sobre las necesidades globales en materia de ayuda humanitaria y reducción del riesgo de catástrofes derivadas de los efectos de conflictos y guerras; llama la atención sobre el Acuerdo de Adís Abeba, con el que los Jefes de Estado y de Gobierno afirmaron su firme compromiso político de alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible (ODS), y es consciente de la necesidad de realizar gastos en este sentido; recuerda que la Unión ha renovado recientemente su compromiso colectivo de aumentar su ayuda oficial al desarrollo (AOD) hasta el 0,7 % de su RNB, y de destinar al menos el 20 % de su AOD a los servicios sociales básicos, en especial salud y educación; se opone con firmeza a cualquier utilización de la ayuda al desarrollo para objetivos no relacionados con el desarrollo;
29. Recuerda que la situación geopolítica en la vecindad oriental también es frágil; pone de manifiesto el importante papel del presupuesto de la Unión a la hora de contribuir a estabilizar la situación en los países vecinos meridionales y orientales de la Unión, y de hacer frente a estos desafíos apoyando a los países que aplican actualmente acuerdos de asociación, a fin de impulsar reformas y garantizar la profundización de las relaciones entre la Unión y los respectivos países;
Integración de la perspectiva de género
30. Acoge con satisfacción el examen intermedio del MFP como una oportunidad de avanzar de manera significativa hacia una integración más eficaz de la perspectiva de género en el MFP y en la aplicación y seguimiento de la declaración conjunta anexa al MFP a este respecto;
Retrasos en los pagos
31. Recuerda la acumulación de facturas impagadas a lo largo del anterior MFP (2007-2013), que aumentó desde un nivel de 5 millones EUR a finales de 2010 hasta niveles sin precedentes de 11 millones EUR a finales de 2011, 16 millones EUR a finales de 2012 y 23,4 millones EUR a finales de 2013; advierte de que este retraso fue heredado por el actual MFP (2014-2020), alcanzando un máximo nunca visto de 24,7 millones EUR a finales de 2014; subraya que, tras las insistentes peticiones del Parlamento, se ha acordado un plan de pagos con el objetivo de reducir la acumulación de solicitudes de pago pendientes relacionadas con la política de cohesión para el período 2007-2013 a un nivel «normal» de 2 000 millones EUR a finales de 2016; señala que se identificaron al menos 8 200 millones de euros de facturas pendientes de pago a finales de 2015 para el período 2007-2013 en el ámbito de la política de cohesión, cifra que se espera que baje de los 2 000 millones de euros a finales de 2016; señala que esta disminución es solo un alivio temporal, pues se debe únicamente a que se presentaron menos peticiones de pago correspondientes a los programas 2007-2013 y 2014-2020 que los anunciados; lamenta que no se hayan tomado medidas para abordar los «retrasos ocultos» detectados en otras rúbricas; pone de relieve que está previsto que la situación vivida entre 2012 y 2014 se repita a finales del actual MFP si no se adoptan medidas concretas;
32. Lamenta la gravedad de las consecuencias de esta crisis de pagos, que ha afectado a beneficiarios del presupuesto de la Unión como estudiantes, universidades, pymes, investigadores y ONG, así como autoridades locales y regionales, entre otras entidades; recuerda, en particular, la dramática escasez de pagos en el ámbito de las operaciones humanitarias en 2014, que afectó negativamente a las operaciones de salvamento de la Unión Europea; recuerda que la Comisión tuvo que recurrir a «medidas de mitigación», tales como reducir los porcentajes de prefinanciación o aplazar las convocatorias de propuestas/licitaciones y la contratación correspondiente; recuerda que se produjo una ralentización artificial en la ejecución de los nuevos programas 2014-2020 debido a la falta general de pagos, siendo ejemplo de ello un retraso artificial en la convocatoria de propuestas por valor de 1 000 millones EUR en el marco de Horizonte 2020 en 2014, cuyo objetivo era garantizar que los pagos vencieran en 2015 en vez de en 2014; destaca, por otra parte, que se han imputado al presupuesto de la Unión sanciones por demora en los pagos por un importe aproximado de 3 millones EUR tanto en 2014 como en 2015;
B.Recurso importante a las disposiciones de flexibilidad del MFP
33. Pone de relieve que, para garantizar los créditos suplementarios que han sido necesarios para responder a las crisis o para financiar nuevas prioridades políticas desde 2014, la Autoridad Presupuestaria ha aprobado una movilización importante de las disposiciones de flexibilidad y los instrumentos especiales incluidos en el Reglamento del MFP, después de haber agotado todos los márgenes disponibles; recuerda que varias de estas disposiciones provienen directamente de propuestas del Parlamento Europeo, una de cuyas exigencias fundamentales en las negociaciones sobre el MFP fue la consecución de la máxima flexibilidad;
34. Observa, en particular, que los instrumentos especiales se movilizaron para hacer frente a la crisis migratoria y de refugiados (importe total del Instrumento de Flexibilidad agotado en 2016: 1 530 millones EUR; reserva para ayudas de emergencia en 2016: 150 millones EUR), al problema de la escasez de créditos de pago (margen para imprevistos activado en 2015: 3 160 millones EUR) y a la financiación del Fondo de Garantía del FEIE (utilización plena del margen global para créditos de compromiso en 2014: 543 millones EUR); recuerda que la decisión de movilizar el margen para imprevistos para liquidar pagos va ligada a una disminución de los límites máximos de pagos para el período 2018-2020;
35. Prevé que las nuevas necesidades que surjan en 2016 en relación con la crisis migratoria y de los refugiados, en especial el tramo de 200 millones EUR para el nuevo instrumento para la prestación de asistencia urgente en la Unión, conducirán a la movilización del margen para imprevistos en cuanto sea necesario; recuerda que no queda ningún margen en la rúbrica 3 y que el Instrumento de Flexibilidad ya ha sido utilizado en su totalidad para el presente año; propone que se estudie la introducción de nuevas posibilidades de flexibilidad para el caso de que surjan nuevos desafíos;
36. Recuerda que la flexibilidad legislativa, tal y como se establece en el punto 17 del Acuerdo interinstitucional (AI), permite un incremento de la dotación total de los programas adoptados por el procedimiento legislativo ordinario de hasta un +/- 10 % a lo largo del período de siete años; señala que en el caso de existir «nuevas circunstancias objetivas y duraderas», la Autoridad Presupuestaria puede apartarse aún más de la dotación inicial; celebra que esta disposición ya se haya utilizado para permitir a la Unión responder a imprevistos aumentando considerablemente la asignación anual inicial de programas como el FAMI;
II.La revisión intermedia del MFP: un deber inexcusable
37. Está convencido, sobre la base del análisis anterior, de que el examen del funcionamiento del MFP actual lleva a la conclusión de que es absolutamente indispensable una verdadera revisión intermedia del MFP, tal como se prevé en el Reglamento del MFP, para que la Unión pueda abordar de manera eficaz una serie de retos y cumplir sus objetivos políticos; recuerda que la realización de la Estrategia Europa 2020 sigue siendo la prioridad principal que tiene que apoyar el presupuesto de la Unión; insiste en la necesidad de que se dote de recursos adecuados al presupuesto de la Unión para garantizar de modo eficaz inversiones que propicien crecimiento y empleo, la consecución de la cohesión económica, social y territorial y la promoción de la solidaridad;
38. Insta a la Comisión a que, cuando prepare su propuesta legislativa, tome en consideración las siguientes exigencias del Parlamento por lo que respecta a la modificación del Reglamento del MFP, que se refieren tanto a las cifras como a diversas disposiciones sobre el funcionamiento del MFP que deben aplicarse ya durante el actual marco financiero plurianual;
39. Destaca que están previstas para el otoño dos propuestas legislativas con importantes repercusiones presupuestarias, a saber, la prórroga del FEIE y la creación de un plan de inversiones exteriores; espera que toda la información sobre la financiación de estas dos propuestas se haga pública lo antes posible, para que se tenga debidamente en cuenta durante las negociaciones sobre la revisión intermedia del MFP; reitera su posición de principio de que las nuevas iniciativas políticas no deben financiarse a costa de los actuales programas y políticas de la UE;
40. Destaca que las modificaciones acordadas en la revisión intermedia del MFP deberían aplicarse sin demora e incorporarse ya al presupuesto de la Unión para 2017; pide, por consiguiente, a la Comisión que presente su propuesta legislativa sobre la revisión del Reglamento del MFP lo antes posible, con el fin de permitir negociaciones paralelas sobre la revisión del MFP y del presupuesto de la UE para 2017 y un acuerdo rápido en estos temas;
41. Toma nota del resultado del referéndum del Reino Unido de 23 de junio de 2016; pide a la Comisión, en este sentido, que facilite a la autoridad presupuestaria toda la información pertinente sobre las posibles repercusiones presupuestarias de dicho referéndum, sin perjuicio del resultado de las próximas negociaciones entre el Reino Unido y la Unión;
42. Constata la importante contribución que ha prestado la Unión para fomentar la paz y la reconciliación en Irlanda, en particular mediante los programas PEACE, centrados ante todo en Irlanda del Norte y en los condados fronterizos del sur; señala que el resultado del referéndum en el Reino Unido podría tener graves consecuencias para el proceso de paz y comprometer la integridad de dicho proceso y del Acuerdo de Viernes Santo; pide a la Comisión que mantenga su apoyo al proceso de paz dando continuidad a la financiación del programa PEACE;
A.Exigencias del Parlamento para la segunda mitad del MFP
Cifras del MFP (compromisos)
43. Expresa su convencimiento de que, aun suscribiendo plenamente la idea de apoyo político y financiero a gran escala para el FEIE, el presupuesto de la UE no debe financiar nuevas iniciativas en detrimento de los programas y las políticas de la Unión ya existentes; tiene la intención de cumplir su compromiso de compensar plenamente los recortes que afectan a Horizonte 2020 y al Mecanismo «Conectar Europa» por causa del FEIE con el fin de permitirles cumplir sus objetivos, tal como se acordó hace tan solo dos años, y de permitir que la Unión alcance sus metas en materia de investigación e innovación; destaca, en este contexto, que el nivel de financiación de los demás programas de la subrúbrica 1a («Competitividad para el crecimiento y el empleo») no deben verse afectados por esta compensación, poniendo de relieve su incontestable contribución al crecimiento, el empleo y la competitividad; cree que los márgenes de la subrúbrica 1a no son suficientes para cubrir estas necesidades, por lo que pide un incremento del límite máximo de dicha subrúbrica;
44. Apoya firmemente la continuación de la IEJ como medio para garantizar una respuesta rápida en la lucha contra el desempleo juvenil, una vez efectuados los ajustes necesarios que resulten de la evaluación en curso; considera que esto solo puede alcanzarse mediante la aportación de al menos el mismo nivel de créditos de compromiso para la IEJ hasta el final del actual MFP que el nivel asignado al programa durante los dos primeros años de este período (esfuerzo inicial de 6 000 millones EUR en 2014-2015), en función del resultado de la próxima evaluación de la Comisión; señala que lo anterior implica una revisión al alza de los límites máximos de la subrúbrica 1b («Cohesión económica, social y territorial»), dado que no se dispone de márgenes;
45. Cree firmemente que la asignación presupuestaria global y las dotaciones nacionales previamente asignadas para la PAC, incluidos los créditos para pagos directos, no deben ser modificadas durante la revisión del MFP; subraya, además, la importancia de garantizar que no se reduzca la asignación del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, a fin de permitir la consecución de los objetivos de la reciente reforma de la política pesquera común;
46. Considera que la magnitud de la crisis migratoria y de los refugiados, provocada por las guerras y el cambio climático, demuestra que en los próximos años cabe esperar nuevas necesidades que acarrearán importantes repercusiones presupuestarias en el marco de la rúbrica 3 («Seguridad y ciudadanía»); subraya asimismo que en la misma rúbrica también se necesitará financiación suplementaria para respaldar una acción reforzada a nivel de la Unión para la seguridad interior de la Unión y para la lucha contra el terrorismo; pide a la Comisión que elabore lo antes posible una previsión actualizada del presupuesto necesario hasta el final del actual MFP para hacer frente a todos los retos en estos ámbitos;
47. Cree firmemente, por tanto, que, aun con la movilización de los estrechos márgenes disponibles en la rúbrica 3 y las disposiciones vigentes en materia de flexibilidad, los recursos disponibles no bastarán para hacer frente al aumento de las necesidades en el marco de esta rúbrica; pide pues reforzar significativamente el FAMI y el Fondo de Seguridad Interior, así como las agencias de la Unión (Frontex, la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO), Europol, Eurojust y la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA)) que hayan asumido nuevas responsabilidades en este ámbito, así como otras iniciativas que pueden emprenderse; considera necesario revisar al alza los límites máximos de la rúbrica 3;
48. Prevé que la acción concertada para responder eficazmente a la dimensión exterior de la crisis migratoria y de los refugiados —en particular, la estabilización política de la vecindad europea y el África subsahariana, así como la respuesta a las causas humanitarias y económicas de la migración— se intensificará en los próximos años, yendo acompañada de un aumento de las solicitudes de financiación de la rúbrica 4 («Europa Global»); subraya que tales solicitudes de financiación no deben ir en detrimento de la acción exterior que ya lleva a cabo la Unión, en particular de su política de desarrollo; pide, por lo tanto, una revisión al alza de los límites máximos que figuran en la rúbrica 4;
49. Pide que se refuerce el apoyo financiero a los tres programas europeos que afectan directamente a los ciudadanos, esto es, Europa Creativa, Europa con los Ciudadanos y Erasmus+, dado que estos programas desarrollan nuevas vías de subvención para hacer frente a la actual situación en el ámbito de la integración y la formación de los refugiados y se sitúan en primera línea de las actuaciones lideradas por la Unión y los Estados miembros con el fin de mejorar la situación social en términos generales, el entendimiento mutuo y la convivencia en nuestras diferentes sociedades;
Cifras del MFP (pagos)
50. Considera que es necesario actuar con carácter prioritario para evitar que hacia el final del actual marco financiero plurianual se produzca una nueva crisis de pagos; está firmemente convencido de que debe hacerse todo lo posible para evitar una acumulación de facturas impagadas similar a la que se produjo durante el período anterior; destaca, sin embargo, que, al mismo tiempo que las necesidades de pago alcanzan su nivel habitual, ya se puede anticipar una presión significativa en los pagos en la segunda mitad del MFP; considera que esta presión suplementaria se debe, entre otras cosas, a la compensación del margen para imprevistos con los límites máximos de pagos para 2018-2020, que ya están cerca de alcanzarse, al considerable retraso en el inicio de los nuevos programas de gestión compartida, incluida la IEJ, al perfil de pagos del FEIE y a los pagos adicionales correspondientes a los recientes aumentos de los créditos de compromiso en relación con la crisis migratoria y de los refugiados;
51. Recuerda que los créditos de pago son la consecuencia lógica de los compromisos adquiridos anteriormente; confía, por tanto, en que el nuevo aumento de los créditos de compromiso vaya acompañado del incremento correspondiente de los créditos de pago, incluida una revisión al alza de los límites máximos de pagos; considera, por otra parte, que el examen/revisión intermedio del MFP brinda una excelente oportunidad para hacer balance de la ejecución de los pagos y de las previsiones actualizadas de la evolución prevista de los pagos hasta el final del actual MFP; considera que las tres instituciones deben elaborar y acordar un plan de pagos conjunto para 2016-2020, que ha de ser obligatorio; insiste en que este nuevo plan de pagos debe basarse en la buena gestión financiera y establecer una clara estrategia que cubra todas las necesidades de pagos en todas las rúbricas hasta el final del actual MFP, así como evitar un «retraso oculto» provocado por una ralentización artificial en la ejecución de determinados programas plurianuales y otras medidas de mitigación, como la reducción de los porcentajes de prefinanciación;
52. Está decidido a resolver de forma inequívoca la cuestión de la presupuestación de los pagos de los instrumentos especiales del MFP; recuerda el conflicto de interpretación, aún sin resolver, entre la Comisión y el Parlamento, por un lado, y el Consejo, por otro, que ha ocupado el primer plano de las negociaciones presupuestarias en los últimos años; reitera la posición que defiende desde hace ya tiempo de que los créditos de pago derivados de la movilización de instrumentos especiales en créditos de compromiso deben contabilizarse también fuera de los límites máximos de pago anuales del MFP;
Condicionalidad para garantizar el derecho fundamental de la Unión
53. Insiste en que todos los países deben asumir plenamente su parte de responsabilidad en el contexto de la crisis de los refugiados y de la Decisión sobre el mecanismo de reubicación específico; pide a la Comisión que introduzca un mecanismo de bonus-malus financiero con respecto al cumplimiento o incumplimiento por parte de los Estados miembros de sus compromisos en virtud de las medidas adoptadas por la Unión; sostiene que toda aportación financiera procedente de las sanciones a un Estado miembro que no respete estas medidas debe revertir al presupuesto de la Unión como ingresos adicionales;
Ingresos extraordinarios
54. Cree firmemente que cualquier excedente derivado de la infrautilización del presupuesto de la Unión o de las multas impuestas a las empresas que infringen el Derecho de competencia de la Unión debería consignarse en el presupuesto de la Unión como ingresos adicionales, sin el correspondiente ajuste de las contribuciones basadas en la RNB; considera que esta medida contribuiría significativamente a aliviar el problema de pagos del presupuesto de la Unión; pide a la Comisión que presente las propuestas legislativas oportunas a este respecto;
55. Expresa su convicción de que los créditos liberados en todas las rúbricas, resultado de la no ejecución total o parcial de las acciones para las que fueron asignados, deben ponerse de nuevo a disposición del presupuesto de la Unión y ser movilizados por la Autoridad Presupuestaria en el marco del procedimiento presupuestario anual; cree firmemente que, habida cuenta de las actuales restricciones que afectan al presupuesto de la Unión y de las nuevas necesidades financieras a las que esta se enfrenta, dicha disposición también debe aplicarse a los créditos liberados resultantes de la ejecución de los programas del período 2007-2013, incluido el cierre de los programa de la política de cohesión; pide a la Comisión que presente las propuestas legislativas oportunas a este respecto;
Disposiciones de flexibilidad e instrumentos especiales
56. Subraya que la frecuencia y el nivel de movilización de los instrumentos especiales del MFP durante los dos últimos años bastan para demostrar más allá de toda duda la utilidad de las disposiciones y los mecanismos de flexibilidad previstos en el Reglamento del MFP; insiste en la posición que defiende desde hace tiempo de que la flexibilidad debe permitir una utilización máxima de los límites máximos globales del MFP para los compromisos y los pagos;
57. Considera, por consiguiente, que la revisión intermedia del Reglamento del MFP debe prever la supresión de una serie de restricciones y limitaciones relativas a las disposiciones de flexibilidad que el Consejo impuso en el momento de la adopción del MFP; considera, en particular, que debe revocarse cualquier restricción que afecte a la prórroga de créditos y márgenes no utilizados, ya sea mediante la fijación de límites máximos anuales (margen global para pagos) o mediante la imposición de plazos (margen global para compromisos); cree que, dadas las actuales restricciones presupuestarias en varias rúbricas, no se debe delimitar de forma específica la utilización de recursos del margen global para créditos;
58. Destaca, en particular, la movilización de la totalidad del Instrumento de Flexibilidad en 2016; señala que este instrumento permite financiar gastos muy concretos que no pueden financiarse dentro del límite de una o más rúbricas y que no están vinculados a una política específica de la Unión; considera, por lo tanto, que aporta una verdadera flexibilidad en el marco del presupuesto de la Unión, especialmente en el caso de crisis graves; pide, en consecuencia, un aumento sustancial de la dotación financiera de este instrumento, hasta un límite anual de 2 000 millones EUR, y señala que este importe se consigna únicamente en caso de que la Autoridad Presupuestaria decida movilizar este instrumento; recuerda que el Instrumento de Flexibilidad no está vinculado a ningún ámbito concreto de actuación y que puede movilizarse para cualquier fin que se considere necesario;
59. Destaca el papel de la reserva para ayudas de emergencia a la hora de ofrecer una respuesta rápida a las necesidades específicas de ayuda de terceros países en caso de imprevistos, y hace hincapié en su particular importancia en el contexto actual; pide un aumento sustancial de su dotación financiera hasta una asignación anual de 1 000 millones EUR;
60. Toma nota de las diferentes normas en vigor en lo que respecta al plazo para prorrogar créditos no utilizados de los instrumentos especiales del MFP, a saber, el Instrumento de Flexibilidad, la reserva para ayudas de emergencia, el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea y al Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización; pide la armonización de estas normas con el fin de hacer posible la aplicación de una norma general n+3 a estos instrumentos;
61. Concede una importancia especial al margen para imprevistos como instrumento de último recurso para responder a circunstancias imprevistas; destaca que, de acuerdo con la Comisión, este es el único instrumento especial que puede movilizarse solo para créditos de pago y, por consiguiente, para evitar una crisis de pagos en el presupuesto de la Unión, como en 2014; lamenta que, a diferencia de lo que ocurría en el período anterior, la compensación obligatoria de los créditos esté estipulada en el Reglamento del MFP; es de la firme opinión de que este requisito crea una situación insostenible que reducirá en la práctica los límites máximos anuales del MFP en los últimos años del período y ejercerá de este modo una presión adicional sobre el presupuesto de la Unión; destaca que el margen para imprevistos es, en cualquier caso, un instrumento de último recurso, cuya movilización acuerdan conjuntamente las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria; pide, por tanto, la supresión inmediata con efecto retroactivo de la norma de compensación obligatoria, así como una revisión al alza de su importe máximo anual hasta el 0,05 % de la RNB de la Unión;
Seguimiento de los acuerdos internacionales sobre los cambios climáticos
62. Señala que el acuerdo de la COP 21 alcanzado en París es un acuerdo universal, dinámico y diferenciado cuya finalidad es afrontar el desafío que plantea el cambio climático; señala que, de conformidad con este acuerdo, la Unión debe asignar recursos financieros al apoyo de las actuaciones relacionadas con el clima en los países en desarrollo; destaca que cualquier recurso destinado a financiar eventuales medidas derivadas de la aplicación del acuerdo de la COP 21 debería complementar los gastos actuales destinados a financiar las acciones en el ámbito del clima, al tiempo que insta a la Comisión a que presente, a su debido tiempo para proceder a la correspondiente revisión, su estrategia de aplicación así como la primera evaluación del posible impacto del acuerdo de la COP 21 en el presupuesto de la Unión; destaca, por otra parte, que la revisión del MFP brinda una excelente oportunidad para garantizar que se alcance el objetivo del 20 % del gasto en medidas relacionadas con el cambio climático y prever un posible aumento de este umbral en consonancia con los compromisos internacionales asumidos por la Unión en el marco de la COP 21; pide a la Comisión que garantice que el mecanismo de integración de la acción por el clima sea plenamente operativo y que se mejore el actual método de seguimiento de este tipo de gasto; recuerda, asimismo, que la Unión también se ha comprometido a aplicar el Plan Estratégico para la Biodiversidad de la convención de las Naciones Unidas, al tiempo que destaca que debería dedicar recursos suficientes para cumplir sus compromisos en este sentido;
Simplificación
63. Considera que el examen/revisión intermedio brinda una excelente oportunidad para llevar a cabo un primer análisis y evaluación del funcionamiento de las políticas y los programas pertinentes de la Unión, así como del funcionamiento de las disposiciones de flexibilidad y los instrumentos especiales del MFP, y espera que la Comisión facilite un análisis en el que se determinen las deficiencias del actual sistema de ejecución; presta especial atención a la evaluación del impacto en el proceso de ejecución de los nuevos elementos introducidos en el actual período de programación, como la condicionalidad ex ante en el marco de la política de cohesión; considera que el examen/revisión intermedio del MFP también debe hacer un balance del rendimiento de los fondos asignados con miras a garantizar la consecución de sus objetivos; insta a la Comisión a que formule propuestas concretas dirigidas a abordar las posibles deficiencias y mejorar y racionalizar el entorno de ejecución para los años restantes del actual MFP, con el fin de garantizar el uso más eficiente posible de recursos financieros escasos y reducir la carga administrativa de los beneficiarios;
Presupuestación basada en el rendimiento / Presupuesto centrado en los resultados
64. Destaca que es importante mostrar el valor añadido de los resultados del presupuesto de la Unión Europea y se muestra favorable a la integración de la cultura basada en los resultados como un elemento central del gasto de la Unión; subraya que la evaluación basada en el rendimiento y los resultados debería constituir, cuando proceda, un principio fundamental, y destaca que este principio es aplicable en particular a los programas orientados a la innovación, toma nota del trabajo de la Comisión en el contexto de la iniciativa de un presupuesto de la Unión centrado en los resultados, que debe seguir desarrollándose, y espera los resultados del Grupo de trabajo interinstitucional sobre la planificación presupuestaria basada en los resultados; considera que este enfoque puede ser un instrumento para impulsar el rendimiento de los programas con resultados deficientes; destaca, no obstante, que las deficiencias técnicas o de programación no pueden redundar en una reducción del presupuesto de la Unión o en el abandono de las prioridades políticas, y que la introducción de mejoras en el gasto no resolverá por sí sola el problema de la falta de recursos financieros para hacer frente a unas necesidades acuciantes y crecientes; recuerda a la Comisión que, en su condición de rama de la Autoridad Presupuestaria, el Parlamento debe participar en la elaboración de la estrategia de la Comisión a este respecto;
Instrumentos financieros
65. Reconoce que los instrumentos financieros tienen un peso cada vez mayor en el presupuesto de la Unión como una forma de financiación complementaria a las subvenciones y las ayudas; reconoce el potencial de estos instrumentos para aumentar el impacto financiero y, por consiguiente, político del presupuesto de la Unión; destaca, sin embargo, que no es aconsejable sustituir la financiación tradicional por instrumentos más innovadores en todos los ámbitos políticos, dado que no todas las políticas se orientan plenamente al mercado; destaca que los instrumentos financieros ofrecen un modo alternativo y complementario de financiación y que no deberían utilizarse para proyectos que solo pueden beneficiarse del uso de subvenciones, que son especialmente importantes para las regiones menos desarrolladas;
66. Pide a la Comisión que, en el marco del examen/revisión intermedio, lleve a cabo un análisis en profundidad de la utilización de los instrumentos financieros desde el inicio del actual período de programación; insiste en que, en el proceso de evaluación de un instrumento financiero, la dimensión de apalancamiento no puede constituir el único criterio de valoración; recuerda, en este mismo contexto, la importancia que revisten los criterios de «adicionalidad» y la evaluación de la contribución al cumplimiento de los objetivos políticos de la Unión;
67. Alienta a la Comisión a que identifique todas las políticas de la Unión en las que podrían combinarse las subvenciones con los instrumentos financieros y a que refleje el equilibrio correcto entre estos dos elementos; está plenamente convencido de que la posibilidad de combinar varios recursos de la Unión con arreglo a normas de gestión armonizadas contribuiría a optimizar las sinergias entre las fuentes de financiación disponibles a escala de la Unión; destaca que la creciente utilización de instrumentos financieros no debe redundar en una disminución del presupuesto de la Unión; recuerda sus reiterados llamamientos para aumentar la transparencia y el control democrático en relación con la aplicación de los instrumentos financieros financiados con cargo al presupuesto de la Unión;
B.Consideraciones del Parlamento relativas al MFP posterior a 2020
68. Recuerda que, de conformidad con el artículo 25 del Reglamento del MFP, la Comisión presentará una propuesta de nuevo marco financiero plurianual antes del 1 de enero de 2018; destaca, por tanto, que una serie de elementos clave para el MFP subsiguiente debería ser ya objeto de debate en el marco del próximo examen/revisión;
69. Considera que algunas de las principales prioridades que han de abordarse son la adaptación de la duración del MFP, una reforma en profundidad del sistema de recursos propios, un mayor énfasis en la unidad del presupuesto y un aumento de la flexibilidad presupuestaria; está convencido, asimismo, de que las modalidades del proceso de toma de decisiones deben ser objeto de revisión con el fin de garantizar la legitimidad democrática y cumplir lo dispuesto en el Tratado;
70. Recuerda los principios presupuestarios de unidad, veracidad presupuestaria, anualidad, equilibrio, universalidad, especialidad, buena gestión financiera y transparencia, que deben respetarse en el establecimiento y la ejecución del presupuesto de la Unión;
71. Destaca que uno de los obstáculos principales para que los Estados miembros lleguen a un acuerdo sobre un marco financiero plurianual radica en el hecho de que su preocupación principal gira en torno a la cuestión de los saldos netos; reitera su posición de que el presupuesto de la Unión no es un mero juego de suma cero, sino un estímulo importante para la convergencia y la expresión de políticas comunes que crean un valor añadido con carácter colectivo; insta, por tanto, a los Estados miembros a que cambien su percepción y su enfoque del presupuesto de la Unión, esto es, que establezcan el volumen del presupuesto sobre la base de una evaluación exhaustiva de las necesidades financieras derivadas de las obligaciones legales de la Unión, sus objetivos políticos establecidos en sus programas y sus políticas y los compromisos internacionales, a fin de evitar un nuevo bloqueo que solo sirva para distanciar aún más a la Unión de sus ciudadanos; pide a la Comisión, en este mismo sentido, que elabore un estudio sobre los ahorros conseguidos por los Estados miembros a escala nacional como resultado de la financiación de determinadas políticas a escala de la Unión;
72. Señala el imperativo político de crear un procedimiento de toma de decisiones que garantice la disponibilidad de los recursos financieros necesarios, ya sea a escala nacional o de la Unión, a fin de garantizar la plena aplicación de las decisiones políticas adoptadas por el Consejo Europeo;
Duración
73. Recuerda que, de conformidad con el considerando 3 del Reglamento del MFP, las tres Instituciones han convenido en estudiar conjuntamente la duración más adecuada del MFP en el marco del examen/revisión; reitera su posición de que el período de vigencia del MFP debería alinearse con el ciclo político del Parlamento y de la Comisión, lo que convertiría las elecciones europeas en un foro de debate sobre las futuras prioridades de gasto;
74. Destaca, no obstante, que, especialmente en el caso de los programas en régimen de gestión compartida en el ámbito de la política de cohesión y desarrollo rural, es esencial la previsibilidad a largo plazo, habida cuenta del tiempo necesario para llegar a un acuerdo sobre la legislación sectorial y los programas operativos a escala nacional y regional;
75. Considera que, dada la rápida evolución del entorno político y con miras a garantizar una mayor flexibilidad, algunos elementos del MFP deberían acordarse para un período de cinco años, mientras que otros, sobre todo los relativos a los programas que requieren una programación a más largo plazo o a políticas que prevean procedimientos complejos para el establecimiento de sistemas de ejecución, como la política de cohesión o el desarrollo rural, deberán acordarse para un período de 5+5 años, con una revisión intermedia obligatoria;
Reforma del sistema de recursos propios
76. Subraya la necesidad de una reforma del sistema de recursos propios, con la simplicidad, la equidad y la transparencia como principios rectores; espera, por tanto, un informe final ambicioso del Grupo de Alto Nivel sobre Recursos Propios antes de finales de 2016, así como, antes de finales de 2017, un paquete legislativo igualmente ambicioso de la Comisión sobre los recursos propios a partir de 2021;
77. Destaca la necesidad de reducir el porcentaje de las contribuciones de la RNB al presupuesto de la Unión para que los Estados miembros abandonen el enfoque de «justa compensación»; subraya que este planteamiento aliviaría la presión sobre las arcas públicas nacionales, ya que de esta forma se liberarían los recursos correspondientes para los presupuestos nacionales de los Estados miembros; recuerda que el actual recurso propio basado en el IVA es extremadamente complejo y constituye, en esencia, una segunda contribución procedente de la RNB, por lo que aboga por reformarlo en profundidad o suprimirlo por completo; considera necesario, no obstante, mantener las contribuciones procedentes de la RNB como un elemento del presupuesto, dado que deben seguir funcionando como una contribución de equilibrio;
78. Solicita la introducción de uno o varios recursos propios nuevos, a ser posible de forma que mantengan una relación clara con políticas europeas que generen valor añadido; señala que el Grupo de Alto Nivel ya ha examinado un gran número de posibles recursos propios nuevos, como el IVA reformado, un impuesto sobre las transacciones financieras, el señoreaje del BCE, un régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión reformado y la imposición del carbono, la imposición del transporte, el impuesto sobre sociedades, la imposición de la electricidad o el impuesto digital; espera con interés las recomendaciones del Grupo de Alto Nivel, con el fin de proceder a la elaboración de la posición del Parlamento a este respecto; pide, en este mismo contexto, que se supriman gradualmente todas las formas de descuentos;
Unidad presupuestaria
79. Subraya la importancia del principio de unidad del presupuesto y recuerda que, de conformidad con el artículo 310, apartado 1, del TFUE, todos los ingresos y gastos de la Unión deben consignarse en el presupuesto; expresa su preocupación por el reciente abandono del método comunitario en favor de la toma de decisiones a nivel intergubernamental, como han puesto de manifiesto desde 2014 la creación del Fondo Fiduciario Bêkou para la República Centroafricana, el Fondo Fiduciario Regional Madad en respuesta a la crisis siria y el Fondo Fiduciario de Emergencia de la Unión para África, así como el Mecanismo para Turquía en favor de los refugiados; destaca que esta forma de financiación implica una reasignación de fondos en el marco de programas financieros plurianuales vigentes, negociados y acordados entre las tres Instituciones; destaca el peligro que entraña este planteamiento para la rendición de cuentas democrática, en la medida en que el Parlamento quedó excluido de los procedimientos de creación de los fondos mencionados;
80. Subraya que, de conformidad con el Tratado, incumbe al Parlamento y al Consejo establecer el presupuesto de la Unión en pie de igualdad, dado que constituyen las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria; considera, por otra parte, que el control parlamentario de todos los gastos es un elemento fundamental de la totalidad del gasto de la Unión; pide a la Comisión que preserve la unidad presupuestaria y que se rija por este principio cuando proponga nuevas iniciativas políticas;
81. Reitera la posición que ha defendido en numerosas ocasiones de que el Fondo Europeo de Desarrollo (FED) debería integrarse en el presupuesto de la Unión a partir de 2021, de forma que se garantice al mismo tiempo la financiación del Fondo de Apoyo a la Paz para África y de las operaciones relacionadas con la seguridad;
82. Destaca que toda posible inclusión del FED o de los mencionados instrumentos ad hoc en el presupuesto de la Unión implicaría que sus respectivas dotaciones financieras se sumarían a los límites máximos del MFP, que deberían revisarse en consecuencia con el fin de no comprometer la financiación de otras políticas y programas de la Unión;
Una mayor flexibilidad
83. Destaca que la rigidez de la estructura del presupuesto de la Unión impide a la Autoridad Presupuestaria reaccionar de forma apropiada a nuevas circunstancias; pide, por consiguiente, una mayor flexibilidad en el próximo MFP, en particular entre las rúbricas, en forma de flexibilidad de los márgenes no utilizados, y entre los ejercicios, con el fin de aprovechar plenamente los límites máximos del MFP;
84. Destaca que, además de la capacidad para reaccionar de forma flexible ante nuevas circunstancias sin perjuicio de la programación acordada, la Unión también debe poder responder con rapidez a situaciones de crisis imprevistas, como en el caso de la actual crisis de la migración; pide por tanto que, de forma complementaria a los instrumentos especiales existentes del MFP, se cree en el presupuesto de la Unión una reserva permanente para hacer frente a situaciones de crisis, con el fin de evitar soluciones ad hoc como el establecimiento de fondos fiduciarios; destaca que, por su propia naturaleza, el funcionamiento de este mecanismo concebido para responder a las crisis y a situaciones imprevistas debería ser el de un nuevo instrumento especial del MFP y contabilizarse al margen de los límites máximos de este último;
Proceso de toma de decisiones
85. Reitera su posición crítica respecto de la forma en que se desarrolló el procedimiento que dio lugar a la adopción del Reglamento del MFP para el período 2014-2020; recuerda que la adopción del Reglamento requiere la aprobación del Parlamento; destaca, por tanto, que el Parlamento debe estar plenamente implicado desde el principio en las negociaciones correspondientes; considera que las Instituciones de la Unión deben formalizar las modalidades de procedimiento para la adopción del próximo MFP mediante un acuerdo alcanzado en el momento del examen/revisión intermedio del MFP, que debería tener en cuenta las deficiencias de las anteriores negociaciones y salvaguardar plenamente la función y las prerrogativas del Parlamento, tal como establecen los Tratados; considera que estas modalidades deberían integrarse en última instancia en el propio Acuerdo Interinstitucional, tal como sucede en el procedimiento presupuestario;
86. Considera que la exigencia de unanimidad para la adopción del Reglamento del MFP representa un verdadero obstáculo en el procedimiento; pide, en este mismo contexto, al Consejo Europeo que active la pasarela prevista en el artículo 312, apartado 2, del TFUE, con el fin de permitir la adopción del Reglamento del MFP por mayoría cualificada; recuerda, asimismo, que también puede recurrirse a la «cláusula pasarela» general del artículo 48, apartado 7, del TUE para aplicar el procedimiento legislativo ordinario; destaca que el paso hacia la votación por mayoría cualificada para la adopción del Reglamento del MFP estaría en consonancia con el procedimiento de toma de decisiones para la adopción de prácticamente todos los programas plurianuales de la Unión, así como con el procedimiento anual de aprobación de su presupuesto;
87. Recuerda que el Tratado no atribuye al Consejo Europeo el derecho a ejercer funciones legislativas; reitera, en este mismo contexto, su firme oposición a la interferencia del Consejo Europeo en la legislación durante la última fase de negociación del MFP; pide al Consejo Europeo que se limite a las tareas definidas por el Tratado y que se abstenga de anticiparse a los cambios políticos que deben decidirse con arreglo al procedimiento legislativo ordinario, respetando las prerrogativas legislativas del Parlamento en el marco del procedimiento de codecisión;
88. Insiste en la necesidad de que el proceso legislativo para adoptar el nuevo MFP debería concluirse antes de finales de 2018, al término de intensas negociaciones entre el Parlamento y el Consejo; destaca que un acuerdo alcanzado a su debido tiempo sobre el MFP permitirá adoptar con diligencia todos los reglamentos sectoriales y facilitará que los nuevos programas puedan entrar en vigor puntualmente el 1 de enero de 2021; destaca la importancia que reviste informar mejor a los Parlamentos nacionales y a los ciudadanos europeos sobre los desafíos que plantea el próximo MFP mediante la organización, si procede, de una conferencia de carácter interinstitucional e interparlamentario;
o o o
89. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a las demás Instituciones y a los órganos interesados, así como a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros.