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Procedimiento : 2015/2196(DEC)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A8-0275/2016

Textos presentados :

A8-0275/2016

Debates :

PV 26/10/2016 - 18

Votaciones :

PV 27/10/2016 - 8.4
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P8_TA(2016)0421

Textos aprobados
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Jueves 27 de octubre de 2016 - Estrasburgo
Aprobación de la gestión 2014: Empresa Común para el ITER y el Desarrollo de la Energía de Fusión 1.
P8_TA(2016)0421A8-0275/2016
Decisión
 Decisión
 Resolución

1. Decisión del Parlamento Europeo, de 27 de octubre de 2016, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión para el ejercicio 2014 (2015/2196(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas las cuentas anuales definitivas de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión relativas al ejercicio 2014,

–  Visto el informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión relativas al ejercicio 2014, acompañado de las respuestas de dicha empresa(1),

–  Vista la declaración(2) sobre la fiabilidad de las cuentas y la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2014 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vista la Recomendación del Consejo, de 12 de febrero de 2016, sobre la aprobación de la gestión de la Empresa Común relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2014 (05587/2016 – C8‑0052/2016),

–  Vistas su Decisión, 28 de abril de 2016(3), por la que se aplaza la decisión de aprobación de la gestión para el ejercicio 2014, y las respuestas del director de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión,

–  Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002(4) del Consejo, y en particular su artículo 208,

–  Vista la Decisión 2007/198/Euratom del Consejo, de 27 de marzo de 2007, por la que se establece la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión y por la que se le confieren ventajas(5), y en particular su artículo 5, apartado 3,

–  Visto el Reglamento (CE, Euratom) n.º 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas(6),

–  Visto el Reglamento Delegado (UE) n.º 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero Marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo(7),

–  Vistos el artículo 94 y el anexo V de su Reglamento,

–  Visto el segundo informe de la Comisión de Control Presupuestario (A8-0275/2016),

1.  Aprueba la gestión del director de la Empresa Común Europea para el ITER y el Desarrollo de la Energía de Fusión en la ejecución del presupuesto de dicha Empresa para el ejercicio 2014;

2.  Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de la misma, al director de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

(1) DO C 422 de 17.12.2015, p. 33.
(2) DO C 422 de 17.12.2015, p. 34.
(3) DO L 246 de 14.9.2016, p. 438.
(4)DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
(5)DO L 90 de 30.3.2007, p. 58.
(6)DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
(7)DO L 328 de 7.12.2013, p. 42.


2. Decisión Del Parlamento Europeo, de 27 de octubre de 2016, sobre el cierre de las cuentas de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión relativas al ejercicio 2014 (2015/2196(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas las cuentas anuales definitivas de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión relativas al ejercicio 2014,

–  Visto el informe del Tribunal de Cuentas sobre las cuentas anuales de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión relativas al ejercicio 2014, acompañado de las respuestas de dicha empresa(1),

–  Vista la declaración(2) sobre la fiabilidad de las cuentas y la legalidad y regularidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2014 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Vista la Recomendación del Consejo, de 12 de febrero de 2016, sobre la aprobación de la gestión de la Empresa Común relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2014 (05587/2016 – C‑0052/2016),

–  Vistas su Decisión, 28 de abril de 2016(3), por la que se aplaza la decisión de aprobación de la gestión para el ejercicio 2014, y las respuestas del director de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión,

–  Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

–  Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002(4) del Consejo, y en particular su artículo 208,

–  Vista la Decisión 2007/198/Euratom del Consejo, de 27 de marzo de 2007, por la que se establece la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión y por la que se le confieren ventajas(5), y en particular su artículo 5, apartado 3,

–  Visto el Reglamento (CE, Euratom) n.º 2343/2002 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero marco de los organismos a que se refiere el artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) n.º 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas(6),

–  Visto el Reglamento Delegado (UE) n.º 1271/2013 de la Comisión, de 30 de septiembre de 2013, relativo al Reglamento Financiero Marco de los organismos a que se refiere el artículo 208 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo(7),

–  Vistos el artículo 94 y el anexo V de su Reglamento,

–  Visto el segundo informe de la Comisión de Control Presupuestario (A8-0275/2016),

1.  Aprueba el cierre de las cuentas de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión relativas al ejercicio 2014;

2.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Decisión al director de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (serie L).

(1) DO C 422 de 17.12.2015, p. 33.
(2) DO C 422 de 17.12.2015, p. 34.
(3) DO L 246 de 14.9.2016, p. 438.
(4) DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.
(5) DO L 90 de 30.3.2007, p. 58.
(6)1 DO L 357 de 31.12.2002, p. 72.
(7) DO L 328 de 7.12.2013, p. 42.


3. Resolución del Parlamento Europeo, de 27 de octubre de 2016, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión para el ejercicio 2014 (2015/2196(DEC))

El Parlamento Europeo,

–  Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión para el ejercicio 2014,

–  Vistos el artículo 94 y el anexo V de su Reglamento,

–  Visto el segundo informe de la Comisión de Control Presupuestario (A8-0275/2016),

A.  Considerando que la Empresa Común Europea para el ITER y el desarrollo de la energía de fusión (la «Empresa Común») se estableció en marzo de 2007 por un periodo de 35 años;

B.  Considerando que los miembros de la Empresa Común son Euratom, representada por la Comisión, los Estados miembros de Euratom y los terceros países que han celebrado acuerdos de cooperación con Euratom en el ámbito de la fusión nuclear controlada;

C.  Considerando que la Empresa Común comenzó a operar de manera autónoma en marzo de 2008;

1.  Toma nota de que el Tribunal de Cuentas («el Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales de la Empresa Común correspondiente al ejercicio 2014 (el «informe del Tribunal»), indicó que las cuentas anuales de la Empresa Común presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, su situación financiera a 31 de diciembre de 2014 y los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería para el ejercicio finalizado, conforme a lo dispuesto en su Reglamento Financiero;

2.  Toma nota de que el presupuesto definitivo para el ejercicio 2014 incluía 1 168 800 000 euros en créditos de compromiso y 567 600 000 euros en créditos de pago; los porcentajes de ejecución de los créditos de compromiso y de pago se situaron en un 100 % y en un 88,5 % respectivamente; señala, no obstante, que el porcentaje de ejecución para los créditos de pago referentes al presupuesto inicial de 2014 solo fue del 73 %;

3.  Toma nota de que, a consecuencia de los desafíos a los que se enfrenta actualmente el proyecto ITER, el nuevo director general de la Organización ITER presentó al Consejo ITER un plan de acción que incluía medidas específicas para resolver las principales limitaciones que están afectando al desarrollo del proyecto ITER; señala, además, que, por lo que respecta a la Empresa Común, el nuevo director en funciones elaboró un plan de acción para la Empresa Común que respalda en gran medida el plan de acción de la Organización ITER; reconoce que el director en funciones de la Empresa Común presentó un plan de acción al Consejo de Administración de la Empresa Común en marzo de 2015, que lo aprobó plenamente, y que el plan de acción de la Empresa Común completa el plan de acción de la Organización ITER en una serie de puntos y señala otras mejoras de las operaciones propias de la Empresa Común; observa que, en el momento en que tuvo lugar la auditoría, las medidas prácticas para la ejecución de ambos planes de acción todavía se estaban estableciendo; indica asimismo que, desde marzo de 2015, la Organización ITER y la Empresa Común han estado ejecutando y supervisando de cerca estos planes de acción, y que se espera que aporten mejoras; pide que se presente, a su debido tiempo, un informe sobre la ejecución de estos planes de acción;

4.  Acoge con satisfacción las conclusiones de la reunión del Consejo ITER de los días 15 y 16 de junio de 2016, en las que confirma que el proyecto ITER va en la dirección correcta de forma que permitirá una propuesta firme, realista y detallada de calendario y costes asociados hasta el primer plasma; respalda el calendario integrado actualizado para el proyecto ITER, que fija la fecha del primer plasma en diciembre de 2025; indica que la conclusión con éxito de todos los hitos del proyecto hasta la fecha, dentro o fuera del plazo previsto, es un indicador positivo de la capacidad colectiva de la Organización ITER y de los organismos nacionales para seguir cumpliendo el calendario integrado actualizado; y subraya que las pruebas de un aumento de la eficacia del proceso de toma de decisiones, de la mejora de la comprensión de los riesgos, y del rigor en el cumplimiento de los compromisos ofrecen una nueva base para confiar en que el proyecto ITER mantendrá su actual tendencia positiva;

5.  Acoge con satisfacción la posición del Consejo ITER según la cual un marcado acento en los elementos centrales a través del primer plasma debería reducir eficazmente los riesgos del proyecto ITER, y el calendario integrado actualizado representa el mejor camino técnicamente viable a seguir hacia el primer plasma, que marcará la realización de las principales etapas de montaje y puesta en marcha del Tokamak (cámara toroidal con bobinas magnéticas) y de las instalaciones de apoyo;

6.  Observa que los hitos fijados por el Consejo ITER en su sesión de los días 18 y 19 de noviembre de 2015 están muy avanzados y que cuatro de los seis objetivos atribuidos a Fusion for Energy (F4E) para 2016 ya se han cumplido;

7.  Señala que la cuestión del arrendamiento de los locales de la Empresa Común ya está resuelta, dado que el Gobierno español ofreció un contrato de arrendamiento a largo plazo por los locales actuales y una ampliación del actual espacio de oficinas con un piso adicional; observa, en este sentido, que el Consejo de Administración de la Empresa Común, en su reunión de los días 29 y 30 de junio de 2016, tomó nota de la celebración del contrato de arrendamiento a largo plazo para las oficinas de F4E entre el Reino de España y el propietario del edificio y aprobó los planes para acondicionar el espacio de oficinas asignado a la Empresa Común;

8.  Toma nota de la aplicación parcial del Estatuto de los funcionarios y anima a la Empresa Común a que continúe con la ejecución de las disposiciones restantes; acoge con satisfacción el hecho de que el nuevo Reglamento Financiero y las nuevas normas de desarrollo de la Empresa Común entraron en vigor el 1 de enero de 2016. Reconoce que la Empresa Común ha fijado una definición de trabajo de la aplicación de la fusión/no fusión que facilita establecer el alcance del uso exclusivo de los derechos de propiedad intelectual generados en los contratos.

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