Resolución del Parlamento Europeo, de 22 de noviembre de 2016, sobre la Unión Europea de Defensa (2016/2052(INI))
El Parlamento Europeo,
– Visto el Tratado de Lisboa,
– Visto el título V del Tratado de la Unión Europea (TUE),
– Visto el artículo 42, apartado 6, del TUE relativo a la cooperación estructurada permanente;
– Visto el artículo 42, apartado 7, del TUE relativo a la alianza defensiva;
– Visto el Protocolo n.º 1 sobre el cometido de los Parlamentos nacionales en la Unión Europea,
– Visto el Protocolo n.º 2 sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad,
– Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 18 de diciembre de 2013 y 25-26 de junio de 2015,
– Vistas las Conclusiones del Consejo de los días 25 de noviembre de 2013 y 18 de noviembre de 2014 sobre la política común de seguridad y defensa,
– Vista su Resolución, de 13 de abril de 2016, sobre la Unión en un entorno mundial en mutación - un mundo más conectado, disputado y complejo(1),
– Vista su Resolución, de 22 de noviembre de 2012, sobre las cláusulas de defensa mutua y de solidaridad de la UE: dimensiones política y operativa(2),
– Vista su Resolución, de 14 de enero de 2009, sobre la situación de los derechos fundamentales en la Unión Europea 2004-2008(3), en cuyo apartado 89 se afirma que «los derechos fundamentales no se suspenden a las puertas de los cuarteles y que también se aplican íntegramente a los ciudadanos de uniforme», y se recomienda «que los Estados miembros aseguren también la observancia de los derechos fundamentales en las fuerzas armadas»,
– Vistas las conclusiones finales de las Conferencias Interparlamentarias sobre la política exterior y de seguridad común (PESC) y la política común de seguridad y defensa común (PCSD) celebradas en La Haya el 8 de abril de 2016, en Luxemburgo el 6 de septiembre de 2015, en Riga el 6 de marzo de 2015, en Roma el 7 de noviembre de 2014, en Atenas el 4 de abril de 2014, en Vilna el 6 de septiembre de 2013, en Dublín el 25 de marzo de 2013 y en Pafos el 10 de septiembre de 2012,
– Vistas las recientes declaraciones de la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) con ocasión de la reunión de tipo Gymnich de los ministros de Asuntos Exteriores de la Unión del 2 de septiembre de 2016, en las que se volvía a mencionar la oportunidad existente para la realización de progresos concretos por los Estados miembros en materia de defensa;
– Visto el documento titulado «Una visión común, una actuación conjunta: Una Europa más fuerte – Estrategia global para la política exterior y de seguridad de la Unión Europea», presentado por la VP/AR el 28 de junio de 2016,
– Visto el informe de evolución de la VP/AR y del Director de la Agencia Europea de Defensa, de 7 de julio de 2014, sobre la aplicación de las conclusiones del Consejo Europeo de diciembre de 2013,
– Vista la Comunicación de la Comisión Europea, de 24 de julio de 2013, titulada «Hacia un sector de seguridad y defensa más competitivo y eficiente» (COM(2013)0542),
– Vista la propuesta de la Comisión, de 24 de junio de 2014, titulada «Un nuevo acuerdo para la defensa europea»,
– Visto el informe de la Comisión, de 8 de mayo de 2015, relativo a la aplicación de su Comunicación sobre la defensa,
– Vistas las evaluaciones de la Directiva 2009/81/CE, de 13 de julio de 2009, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de determinados contratos de obras, de suministro y de servicios por las entidades o poderes adjudicadores en los ámbitos de la defensa y la seguridad, y de la Directiva 2009/43/CE sobre las transferencias de productos relacionados con la defensa dentro de la Unión Europea,
– Vista la declaración conjunta, de 8 de julio de 2016, del presidente del Consejo Europeo, del presidente de la Comisión Europea y del Secretario General de la Organización del Tratado del Atlántico Norte,
– Vistas la Comunicación conjunta de la VP/AR y de la Comisión, de 11 de diciembre de 2013, titulada «El enfoque integral adoptado por la UE en relación con los conflictos y las crisis exteriores» (JOIN (2013)0030), así como las correspondientes conclusiones del Consejo, de 12 de mayo de 2014,
– Vista la declaración de la ministra italiana de Defensa y del ministro italiano de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional, de 10 de agosto de 2016, en la que se aboga por un «Schengen de la defensa»,
– Vista la declaración conjunta de los ministros de Asuntos Exteriores alemán y francés, de 28 de junio de 2016, titulada «Una Europa fuerte en un mundo incierto»,
– Vista la posible secesión del Reino Unido con respecto a la Unión,
– Vistos los resultados del Eurobarómetro 85.1 de junio de 2016,
– Visto el artículo 52 de su Reglamento,
– Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos y las opiniones de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y de la Comisión de Asuntos Constitucionales (A8-0316/2016),
A. Considerando que en los últimos años la situación de la seguridad en Europa y en los países vecinos se ha deteriorado notablemente, planteando complicados retos sin precedentes que ningún país u organización puede afrontar en solitario; que Europa está constatando en su territorio la amenaza del terrorismo de una manera nunca antes vista, mientras que el terrorismo y el azote de violencia constante en el norte de África y en Oriente Próximo siguen expandiéndose; que los principios de solidaridad y resiliencia obligan a la Unión a adoptar una postura común y a actuar de manera conjunta, sistemática y de concierto con nuestros aliados y socios y con los terceros países; que la prevención, la puesta en común de información sensible en materia de seguridad, la terminación de los conflictos armados, la superación de los abusos generalizados de los derechos humanos, la difusión de la democracia y el Estado de Derecho y la lucha contra el terrorismo son cuestiones prioritarias para la Unión y sus ciudadanos y deberían ser objeto de un compromiso tanto dentro como fuera de las fronteras de la Unión recurriendo, por ejemplo, a un cuerpo de ingenieros militares creado para afrontar distintos retos de carácter muy práctico relacionados con los efectos del cambio climático y las catástrofes naturales en terceros países; que Europa debería ser más fuerte y reaccionar con mayor rapidez ante situaciones reales de amenaza;
B. Considerando que el terrorismo, las amenazas híbridas, la volatilidad económica, la inseguridad cibernética y energética, la delincuencia organizada y el cambio climático son las principales amenazas para la seguridad en un mundo cada vez más complejo e interconectado en el que la Unión debería hacer todo lo posible por encontrar los medios para garantizar la seguridad y difundir la prosperidad y la democracia; que el actual contexto financiero y de seguridad exige una colaboración más estrecha por parte de las fuerzas armadas europeas y que el personal militar se forme y desarrolle una mayor y mejor labor conjunta; que, según el Eurobarómetro 85.1 de junio de 2016, aproximadamente dos tercios de los ciudadanos de la Unión desearían un mayor compromiso de la Unión en materia de política de seguridad y defensa; que la distinción entre seguridad interior y exterior es cada vez más difusa; que se debería prestar especial atención a la prevención de los conflictos, el tratamiento de las causas profundas de la inestabilidad y la garantía de la seguridad humana; que el cambio climático es una amenaza de primer orden para la seguridad, la paz y la estabilidad mundiales que amplifica las amenazas para la seguridad tradicional dado que, entre otras cosas, reduce el acceso de las poblaciones de los países frágiles y en desarrollo al agua dulce y los alimentos, lo que genera tensiones económicas y sociales, obliga a las personas a migrar o crea tensiones políticas y riesgos para la seguridad;
C. Considerando que la VP/AR ha incluido la seguridad de la Unión entre las cinco prioridades principales de su Estrategia global de la Unión sobre política exterior y de seguridad;
D. Considerando que el Tratado de Lisboa exige a los Estados miembros que pongan a disposición las capacidades apropiadas para las misiones y operaciones civiles y militares de la PCSD; que el desarrollo de capacidades de seguridad y defensa consagrado en los Tratados dista mucho de ser óptimo; que debería desembocar, a su debido tiempo, en la creación de unas fuerzas armadas europeas; que las instituciones europeas también pueden desempeñar un papel de iniciativa política muy relevante; que hasta ahora los Estados miembros han sido reacios a construir una Unión Europea de Seguridad y Defensa por temor a que se convierta en una amenaza para su soberanía nacional;
E. Considerando que el coste de no construir una Europa de la defensa y la seguridad se estima en 26 400 millones de euros anuales(4) a causa de la duplicación, el exceso de capacidad y los obstáculos a la contratación pública en materia de defensa;
F. Considerando que en el artículo 42 del TUE se exige la definición progresiva de una política común de defensa de la Unión como parte de la PCDS, lo que conducirá a una defensa común de la Unión cuando el Consejo Europeo así lo decida mediante un voto unánime; que el artículo 42, apartado 2, del TUE también recomienda a los Estados miembros que adopten una decisión en ese sentido de conformidad con sus respectivas normas constitucionales;
G. Considerando que en el artículo 42 del TUE también se prevé la creación de instituciones de defensa, así como la definición de una política europea de capacidades y armamento; que en dicho artículo también se exige que los esfuerzos de la Unión sean compatibles con la labor de la OTAN y la complementen, reforzándose mutuamente; que una política común de defensa de la Unión debería reforzar la capacidad de Europa para fomentar la seguridad dentro y fuera de sus fronteras, así como intensificar la asociación con la OTAN y las relaciones transatlánticas, y que, por tanto, permitirá que la OTAN se refuerce, fomentándose con ello una seguridad y una defensa territoriales, regionales y mundiales más eficaces; que en la reciente declaración conjunta de la Cumbre de la OTAN celebrada en Varsovia en 2016 sobre la asociación estratégica entre la OTAN y la Unión se reconoció la función de la OTAN y el apoyo que puede ofrecer la Unión para la consecución de los objetivos comunes; que una Unión Europea de Defensa debería garantizar el mantenimiento de la paz, la prevención de los conflictos y el refuerzo de la seguridad internacional, de conformidad con los principios de la Carta de las Naciones Unidas;
H. Considerando que, debido a diversos obstáculos procedimentales, financieros y políticos, y pese a ser oportuno y necesario, todavía no se ha recurrido a las agrupaciones tácticas de la Unión, que llegaron a su máxima capacidad operativa en 2007 y están diseñadas para utilizarse en labores militares de naturaleza pacificadora y humanitaria; señala que con ello se ha perdido una oportunidad de reforzar el papel de la Unión como un agente mundial importante para la estabilidad y la paz;
I. Considerando que, exceptuando la creación de la Agencia Europea de Defensa (AED), por el momento no se ha diseñado, decidido o ejecutado ningún otro elemento de la política común de seguridad y defensa de la Unión; que sigue siendo necesario revisar la organización de la AED para que esta pueda desarrollar todo su potencial y demostrar que genera valor añadido, permite que la PCSD sea más eficaz y puede conducir a unos procesos nacionales armonizados de planificación de la defensa en aquellos ámbitos que sean pertinentes para las operaciones militares de la PCSD, en consonancia con las misiones de Petersberg descritas en el artículo 43 del TUE; anima a todos los Estados miembros a participar en la AED y a comprometerse con ella para lograr ese objetivo;
J. Considerando que la Estrategia global de la Unión sobre política exterior y seguridad exige que la Unión fomente sistemáticamente la cooperación en materia de defensa en toda la gama de capacidades, a fin de responder a las crisis externas, ayudar a nuestros socios a crear capacidades, garantizar la seguridad de Europa y crear una sólida industria europea de defensa, dada su importancia crítica para la autonomía estratégica de la Unión en materia de decisión y acción; que toda medida debe ser acordada por la totalidad de los miembros del Consejo antes de su aplicación;
K. Considerando que el Consejo Europeo de junio de 2015, centrado parcialmente en la defensa, pidió que se intensifique y sistematice en mayor medida la cooperación europea en materia de defensa con vistas a crear capacidades esenciales, recurriendo también a los fondos de la Unión cuando proceda, sin olvidar que las capacidades militares siguen perteneciendo a los Estados miembros y que estos son quienes las explotan;
L. Considerando que el 17 de noviembre de 2015 Francia invocó el artículo 42, apartado 7, del TUE, y posteriormente solicitó y gestionó la ayuda y la asistencia de los otros Estados miembros con carácter puramente bilateral;
M. Considerando que el Libro Blanco sobre seguridad y defensa a escala de la Unión debería contribuir a un mayor refuerzo de la PCSD y a la mejora de la capacidad de la Unión de actuar como proveedor de seguridad, de conformidad con el Tratado de Lisboa, y podría aportar una útil reflexión sobre el futuro de la PCSD; que las misiones y operaciones de la PCSD se desarrollan mayormente en regiones como el Cuerno de África y el Sahel, que están muy afectadas por las consecuencias negativas del cambio climático, como la sequía y la degradación de los suelos;
N. Considerando que la Presidencia neerlandesa del Consejo promovió la idea de un Libro Blanco de la Unión; que los países de Visegrado han acogido con satisfacción la idea de una integración europea reforzada en materia de defensa; y que Alemania ha pedido una Unión Europea de Seguridad y Defensa en el Libro Blanco de 2016 sobre la política alemana de seguridad y el futuro del ejército federal;
O. Considerando que la integración gradual de la defensa es nuestra mejor opción para hacer más con menos dinero, y que el Libro Blanco podría brindar una oportunidad única para proponer medidas adicionales;
La Unión Europea de Defensa
1. Recuerda que, a fin de garantizar su seguridad a largo plazo, Europa necesita una voluntad y una determinación políticas respaldadas por un amplio conjunto de instrumentos políticos relevantes, incluidas unas capacidades militares robustas y modernas; anima al Consejo Europeo a asumir un papel protagonista en la progresiva definición de una política común de defensa de la Unión y a proporcionar recursos financieros adicionales que garanticen su aplicación, con vistas a su creación en el contexto del próximo marco político y financiero plurianual de la Unión; recuerda que la creación de la política común de defensa de la Unión es una evolución y la puesta en práctica de la política común de seguridad y defensa en virtud del Tratado de Lisboa, que está sujeta al Derecho internacional y es de hecho indispensable para que la Unión pueda fomentar el Estado de Derecho, la paz y la seguridad a escala mundial; acoge con satisfacción, a este respecto, todas las actividades en curso de los Estados miembros destinadas a alcanzar una mayor integración de nuestros esfuerzos comunes en materia de defensa, teniendo también en cuenta las importantísimas contribuciones del Libro Blanco sobre seguridad y defensa;
2. Insta a los Estados miembros de la Unión a aprovechar todo el potencial del Tratado de Lisboa con respecto a la PCSD en particular, especialmente la cooperación estructurada permanente contemplada en el artículo 42, apartado 6, del TUE o el fondo inicial contemplado en el artículo 41, apartado 3, del TUE; recuerda que las misiones de Petersberg a que se refiere el artículo 43 del TUE comprenden una larga lista de ambiciosas misiones militares tales como actuaciones conjuntas en materia de desarme, misiones humanitarias y de rescate, misiones de asesoramiento y asistencia en cuestiones militares, misiones de prevención de conflictos y de mantenimiento de la paz y misiones en las que intervengan fuerzas de combate para la gestión de crisis, incluidas las misiones de restablecimiento de la paz, y las operaciones de estabilización al término de los conflictos; recuerda igualmente que en ese mismo artículo también se dispone que todas estas misiones podrán contribuir a la lucha contra el terrorismo, entre otras cosas mediante el apoyo prestado a terceros países para combatirlo en sus territorios respectivos; hace hincapié en que el estado actual de la PCSD no permite a la Unión cumplir todas las misiones enumeradas; considera que se trata de trabajar sistemáticamente para conseguir que la Unión cumpla los objetivos del Tratado de Lisboa;
3. Considera que una Unión Europea de Defensa realmente fuerte tiene que ofrecer garantías y capacidades a los Estados miembros más allá de las suyas propias;
4. Considera que el camino conducente a una Unión Europea de Defensa debe comenzar con una PCSD minuciosamente revisada, basada en un sólido principio de defensa, una financiación eficiente y la coordinación con la OTAN; considera que, como paso necesario, con una integración cada vez mayor de la seguridad interior y exterior, la PCSD debe ir más allá de la gestión de crisis externas para garantizar realmente la seguridad y la defensa comunes y permitir el compromiso de la Unión en todas las fases de las crisis y los conflictos utilizando para ello el abanico completo de instrumentos a su disposición;
5. Hace hincapié en la necesidad de crear un formato de consejo de ministros de Defensa que aporte un liderazgo político continuado y coordine la configuración de una Unión Europea de Defensa; pide al Consejo de la Unión que, como primera medida, defina un formato de reunión permanente que reúna a los ministros de Defensa de los Estados miembros que estén comprometidos en favor de una mayor cooperación en el ámbito de la defensa a modo de foro para la consulta y la toma de decisiones;
6. Pide al presidente de la Comisión que cree un grupo de trabajo permanente sobre «cuestiones de defensa» integrado por miembros de la Comisión y presidido por la VP/AR; pide que el Parlamento pueda participar con representantes permanentes en dicho grupo; apoya una mayor participación de la Comisión en el ámbito de la defensa, a través de una investigación, una planificación y una aplicación bien orientadas; pide a la VP/AR que integre el cambio climático en todas las actuaciones de política exterior de la Unión y particularmente en la PCSD;
7. Considera que la percepción de un empeoramiento de los riesgos y amenazas en Europa exige la creación urgente de la Unión Europea de Defensa, particularmente debido al creciente deterioro del entorno de seguridad en las fronteras de la Unión , especialmente en su vecindad tanto oriental como meridional; observa que ello también se refleja en las estrategias de seguridad de los Estados Miembros; señala que esta situación se ha agravado especialmente y de forma progresiva a lo largo de 2014, con el nacimiento y desarrollo del autodenominado Estado Islámico y tras el uso de la fuerza por parte de Rusia;
8. Opina que la Unión Europea de Defensa debe basarse en una evaluación periódica y conjunta de los Estados miembros de las amenazas para la seguridad, pero también ha de ser lo suficientemente flexible como para responder a los desafíos y las necesidades individuales de los Estados miembros en materia de seguridad;
9. Opina que la Unión debería destinar recursos propios a promover una cooperación mayor y más sistemática en materia de defensa entre sus Estados miembros, incluyendo una cooperación estructurada y permanente en el ámbito de la defensa; se muestra convencido de que el uso de fondos de la Unión sería una clara expresión de cohesión y solidaridad, y permitiría a los Estados miembros mejorar sus capacidades militares en un esfuerzo más conjunto;
10. Estima que una cooperación reforzada en el ámbito de la defensa europea se traduciría en un mayor grado de eficacia, unidad y eficiencia, daría un impulso a los activos de la Unión y sus capacidades y podría tener efectos positivos en cuestiones relativas a la industria y la investigación en materia de defensa; destaca que solo a través de una cooperación reforzada semejante, que se debería desarrollar gradualmente hasta convertirse en una auténtica Unión Europea de Defensa, la Unión y sus Estados miembros podrán adquirir las capacidades tecnológicas e industriales que les permitan actuar de manera más rápida, autónoma y eficaz, afrontando las amenazas de hoy en día de manera reactiva y eficiente;
11. Anima a todos los Estados miembros a asumir más compromisos vinculantes entre ellos estableciendo una cooperación estructurada permanente en el marco de la Unión; anima asimismo a los Estados miembros a crear unas fuerzas multinacionales en el marco de la cooperación estructurada y permanente en el ámbito de la defensa y a poner dichas fuerzas a disposición de la PCSD; subraya la importancia y la necesidad de que todos los Estados miembros participen en una cooperación estructurada permanente y eficiente; estima que el Consejo debería, en principio, confiar a estas fuerzas multinacionales la ejecución de las tareas de mantenimiento de la paz, prevención de conflictos y fortalecimiento de la seguridad internacional; propone que tanto los procesos de elaboración de políticas a escala de la Unión como los procesos nacionales se diseñen de manera que sea posible una respuesta rápida ante las crisis; expresa su convicción de que el sistema de agrupaciones tácticas de la Unión debe cambiar de denominación y utilizarse y seguir desarrollándose a tal fin desde el punto de vista político, de manera modular y con una financiación eficaz; apoya la creación de un cuartel general operativo de la Unión como condición previa para la planificación, el mando y el control eficaces de las operaciones comunes; destaca que la cooperación estructurada y permanente en el ámbito de la defensa está abierta a todos los Estados miembros;
12. Pide a los Estados miembros que reconozcan en particular el derecho del personal militar a constituir y unirse a asociaciones profesionales o sindicatos, y que incluya a estos profesionales en un diálogo social periódico con las autoridades; invita al Consejo Europeo a adoptar medidas concretas en pos de la armonización y la normalización de las fuerzas armadas europeas, a fin de facilitar la cooperación del personal de las fuerzas armadas al amparo de una nueva Unión Europea de Defensa;
13. Señala que todos los Estados miembros tienen problemas para mantener un abanico muy amplio de capacidades de defensa, principalmente debido a las limitaciones financieras; pide por ello una mayor coordinación y unas decisiones más claras sobre qué capacidades mantener, a fin de que los Estados miembros se puedan especializar en algunas en concreto;
14. Alienta a los Estados miembros a que examinen nuevas vías para la adquisición, el mantenimiento y la conservación conjuntos de las fuerzas y los equipos; sugiere que podría ser útil examinar primero la puesta en común y el intercambio de equipos no letales, como vehículos y aviones de transporte, vehículos y aviones de repostaje, y otros equipos de apoyo;
15. Considera que la interoperabilidad es clave si las fuerzas de los Estados miembros están llamadas a ser más compatibles y estar más integradas; destaca, por tanto, que los Estados miembros deben estudiar la posibilidad de optar por la contratación pública conjunta de los recursos para la defensa; señala que la naturaleza proteccionista y cerrada de los mercados de la Unión en el ámbito de la defensa hace que esto sea más difícil;
16. Hace hincapié en que se necesita revisar y ampliar el mecanismo Athena para garantizar que las misiones de la Unión se puedan financiar con fondos colectivos en lugar de que la mayoría de los costes recaigan en los Estados miembros participantes, eliminándose de ese modo un posible obstáculo al compromiso de fuerzas por parte de los Estados miembros;
17. Pide al Parlamento Europeo que cree una auténtica comisión de seguridad y defensa para llevar un seguimiento de la aplicación de la cooperación estructurada permanente;
18. Estima que es indispensable que la Agencia Europea de Defensa tenga un papel fuerte y cada vez mayor para que la Unión Europea de Defensa sea eficiente a la hora de coordinar programas y proyectos orientados a las capacidades y de establecer una política europea común de capacidades y armamento, con vistas a una mayor eficiencia, la eliminación de duplicaciones y la reducción de los costes, y sobre la base de un catálogo de exigencias de capacidad muy precisas para las operaciones de la PCSD y unos procesos nacionales de planificación y contratación pública armonizados con respecto a esas capacidades específicas; opina que ello ha de ir precedida de una revisión en materia de defensa del conjunto de fuerzas de los Estados miembros y de una revisión de las actividades y procedimientos anteriores de la AED; pide a la AED que demuestre qué lagunas en materia de capacidad detectadas en los objetivos principales y el Plan de Desarrollo de Capacidades se colmaron en el marco de la Agencia; expresa su convicción de que la puesta en común y el intercambio de iniciativas y proyectos son unos primeros pasos excelentes hacia una mejor cooperación europea;
19. Anima a la Comisión a que se coordine con la AED para reforzar la base industrial y tecnológica del sector de la defensa, que es fundamental para la autonomía estratégica europea; considera que la clave para apoyar a la industria es aumentar el gasto en defensa de los Estados miembros, así como garantizar que la industria mantiene su competitividad a escala mundial; señala que la actual fragmentación del mercado es un punto débil de la competitividad de la industria europea de defensa; estima que la investigación colaborativa puede ayudar a reducir tal fragmentación y mejorar la competitividad;
20. Cree firmemente que solo un enfoque conjunto para el desarrollo de la capacidad, por ejemplo mediante la consolidación de agrupaciones funcionales como el Mando Europeo del Transporte Aéreo, puede generar las economías de escala necesarias para respaldar una Unión Europea de Defensa; estima además que el refuerzo de las capacidades de la Unión a través de la contratación pública conjunta y otras formas de puesta en común e intercambio ofrecerían el tan necesario impulso a la industria europea de la defensa, incluidas las pymes; apoya las medidas específicas para incentivar tales proyectos, a fin de alcanzar el parámetro de referencia de la AED del 35 % del gasto total dedicado a la contratación pública colaborativa, como se pide en la Estrategia global de la Unión; estima que la introducción de un semestre europeo sobre defensa mediante el que los Estados miembros consulten entre sí sus ciclos de planificación y planes de contratación pública podría contribuir a superar el estado actual de fragmentación del mercado de la defensa;
21. Hace hincapié en que la ciberseguridad es por su propia naturaleza un área política en la que la cooperación y la integración resultan fundamentales, no solo entre los Estados miembros de la Unión, los socios clave y la OTAN, sino también entre los diferentes agentes de la sociedad, ya que no se trata únicamente de una responsabilidad militar; pide unas orientaciones más claras sobre el modo y el contexto en que se deben usar las capacidades defensivas y ofensivas de la Unión; recuerda que el Parlamento ha pedido en varias ocasiones una revisión minuciosa de la reglamentación relativa a las exportaciones de productos de doble uso para evitar que los programas informáticos y otros sistemas que puedan ser usados contra la infraestructura digital de la Unión o para violar los derechos humanos caigan en las manos equivocadas;
22. Recuerda la reciente publicación por la Alta Representante de la Estrategia global, que constituye un cuadro coherente de prioridades de acción en materia de política exterior y para definir la evolución de la política europea de defensa;
23. Recuerda los cuatro parámetros de referencia sobre inversión colectiva aprobados por el Comité Director Ministerial de la AED en noviembre de 2007, y expresa su preocupación por el bajo nivel de colaboración, tal y como se puso de relieve en el informe relativo a los datos sobre defensa publicado en 2013;
24. Pide a la VP/AR que adopte una iniciativa que congregue a las principales empresas y partes interesadas de la industria de la defensa de la Unión con el objetivo de desarrollar una industria europea de drones;
25. Pide a la VP/AR que adopte una iniciativa que congregue a las principales empresas y partes interesadas de la industria de la defensa de la Unión con el objetivo de diseñar estrategias y una plataforma para el desarrollo conjunto de equipos de defensa;
26. Pide a la VP/AR que mejore la cooperación entre las estrategias, las capacidades y los centros de mando de ciberseguridad nacionales y la ADE como parte de la cooperación estructurada permanente para contribuir a la protección contra los ataques cibernéticos y hacer frente a ellos;
27. Pide un mayor desarrollo del marco político de ciberdefensa de la Unión a fin de incrementar las capacidades, la cooperación operativa y el intercambio de información de los Estados miembros en materia de ciberdefensa;
28. Toma nota de los trabajos en curso para configurar una acción preparatoria con vistas a un futuro programa de investigación de la Unión en materia de defensa, e insta a que se lance lo antes posible, tal como solicitó el Consejo Europeo en 2013 y 2015 y tras la realización de un proyecto piloto iniciado por el Parlamento Europeo; hace hincapié en que la acción preparatoria debería contar con un presupuesto suficiente de al menos 90 millones de euros para los próximos tres años (2017-2020); opina que la acción preparatoria debería ir seguida de un gran programa de investigación específica financiado por la Unión como parte del próximo marco financiero plurianual que comienza en 2021; señala que el programa europeo de investigación en materia de defensa necesitará un presupuesto total de al menos 500 millones de euros al año para el mencionado período a fin de ser creíble y suponer un cambio significativo; pide a los Estados miembros que diseñen futuros programas de cooperación que puedan servir de punto de partida para una investigación sobre defensa financiada por la Unión, y solicita que se cree un fondo inicial para las actividades preparatorias previas a las operaciones militares, según se prevé en el Tratado de Lisboa; toma nota de las iniciativas de la Comisión relacionadas con la defensa, tales como el Plan de Acción Europeo de Defensa, la política europea en el ámbito de la industria de la defensa y la base industrial y tecnológica de defensa de Europa;
29. Destaca que la realización de misiones PCSD, como la misión EUNAVFOR MED, contribuye a la creación de una Unión Europea de Defensa; insta a la Unión a continuar e intensificar ese tipo de misiones;
30. Considera importante utilizar los procedimientos del Semestre Europeo para introducir formas de mayor cooperación en materia de seguridad y defensa;
31. Destaca la importancia de prever las medidas necesarias que fomenten un mercado europeo de defensa operativo, equitativo, accesible, transparente y abierto al exterior, promuevan la innovación tecnológica futura, apoyen a las pymes y estimulen el crecimiento y la creación de empleos, con el fin de facilitar a los Estados miembros un uso mucho mejor y más eficiente y la maximización de sus presupuestos de defensa y seguridad respectivos; observa que una base tecnológica e industrial sólida defensa europea precisa un mercado interior equitativo, operativo y transparente, la seguridad del suministro y un diálogo estructurado con las industrias de defensa pertinentes; manifiesta su preocupación a la vista de que hasta ahora los progresos hacia una mayor competitividad, las medidas contra la corrupción y un mayor grado de transparencia en el sector de la defensa han sido lentos, y de que sigue sin existir una política europea sólida en el ámbito de la industria de la defensa y sin respetarse las normas del mercado interior; opina que un mercado europeo integrado y competitivo de armas de defensa debe ofrecer incentivos y recompensas a todos los Estados miembros y suministrar a todos los compradores unos medios adecuados y asequibles que satisfagan sus necesidades individuales de seguridad; hace hincapié en la necesidad de garantizar que la Directiva sobre contratos públicos de defensa y la Directiva sobre las transferencias intracomunitarias se apliquen correctamente en toda la Unión; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que garanticen la plena aplicación de las dos Directivas sobre defensa del denominado «paquete legislativo de Defensa»;
32. Pide a la Comisión que desempeñe su papel a través del Plan de Acción de Defensa, respalde una base industrial sólida capaz de responder a las necesidades estratégicas de capacidad de Europa y determine cuáles son los ámbitos en los que la Unión podría aportar un valor añadido;
33. Expresa su convicción de que la Unión, en su definición gradual de la política común en materia de defensa, debería prever, de común acuerdo con los Estados afectados, la participación en los programas de capacitación que estos emprendan, inclusive en las estructuras creadas para la ejecución de dichos programas en el marco de la Unión;
34. Anima a la Comisión, en colaboración con la AED, a actuar como facilitadora y posibilitadora de la cooperación en materia de defensa a través de la movilización de fondos e instrumentos de la Unión orientados al desarrollo de los programas de capacidades de defensa por parte de los Estados miembros; recuerda que el Plan de Acción Europeo de Defensa debería ser un instrumento estratégico para fomentar la cooperación a escala europea en materia de defensa, en particular a través de un programa de investigación en el ámbito de la defensa financiado por la Unión y de medidas que refuercen la cooperación industrial a lo largo de toda la cadena de valor;
35. Acoge con satisfacción el concepto de autonomía estratégica desarrollado por la VP/AR en el marco de la Estrategia global de la Unión; considera que este concepto debería utilizarse tanto en nuestras prioridades estratégicas como en el refuerzo de nuestras capacidades y de nuestra industria;
36. Acoge positivamente la declaración conjunta del presidente del Consejo Europeo, del presidente de la Comisión y del Secretario General de la OTAN, de 8 de julio de 2016, en la que se destaca la necesidad de cooperación entre la Unión y la OTAN en el ámbito de la seguridad y la defensa; expresa su convencimiento de que la cooperación UE-OTAN debería incluir la cooperación en el este y en el sur, la lucha contra las amenazas híbridas y cibernéticas, la mejora de la seguridad marítima, así como la armonización y coordinación del desarrollo de las capacidades de defensa; estima que la cooperación en materia de capacidades tecnológicas, industriales y militares ofrece perspectivas de mejora de las compatibilidades y sinergias entre ambos marcos, garantizándose con ello una mayor eficiencia de los recursos; recuerda que la rápida aplicación de la mencionada declaración es fundamental, y pide, en este sentido, al SEAE, junto con sus homólogos pertinentes, que diseñe opciones concretas para que se apliquen a más tardar en diciembre de 2016; considera que los Estados miembros deberían desarrollar capacidades que se puedan desplegar en el marco de la PCSD, a fin de hacer posible una actuación autónoma en los casos en los que la OTAN no esté dispuesta a actuar o sea más apropiado que lo haga la Unión; está convencido de que ello reforzaría asimismo la función de la OTAN en la política de seguridad y defensa y en la defensa colectiva; subraya que la cooperación entre la Unión y la OTAN para propiciar una industria de la defensa y una investigación en el ámbito de la defensa más sólidas y eficientes constituye una prioridad estratégica y que su rápida aplicación es fundamental; expresa su convencimiento de que la colaboración en materia de prevención, análisis y detección rápida mediante un intercambio eficaz de información e inteligencia aumentará la capacidad de la Unión para hacer frente a las amenazas, incluidas las amenazas híbridas; sigue estando convencido de que la OTAN es el principal proveedor de seguridad y defensa en Europa; insiste en la necesidad de evitar las duplicidades entre los instrumentos de la OTAN y los de la Unión; opina que la Unión también tiene potencial en los aspectos civiles para propiciar cambios fundamentales en las regiones inestables; insiste, no obstante, en que, si bien el papel de la OTAN consiste en proteger a sus miembros, en su mayoría europeos, de todo ataque externo, la Unión debería aspirar a ser realmente capaz de defenderse a sí misma y actuar de manera autónoma si fuera necesario, asumiendo una mayor responsabilidad al respecto mediante la mejora de los equipos, la formación y la organización;
37. Señala que, si bien la OTAN debe seguir constituyendo la base de la defensa colectiva en Europa, sus prioridades políticas y las de la Unión pueden no ser siempre idénticas, sobre todo en vista del giro de los Estados Unidos hacia Asia; señala además que la Unión cuenta con un conjunto único de instrumentos relacionados con la seguridad que no están disponibles para la OTAN y viceversa; pina que la Unión debería asumir una mayor responsabilidad con respecto a las crisis de seguridad en su vecindad inmediata y de este modo contribuir a las misiones de la OTAN, especialmente en el contexto de la guerra híbrida y la seguridad marítima; está convencido de que, a largo plazo, se hará obvia la necesidad de reformar los acuerdos «Berlín plus» con el objetivo también de permitir que la OTAN use las capacidades y los instrumentos de la Unión; subraya que la aspiración de la Unión a una autonomía estratégica y a la configuración de una Unión Europea de Defensa debe materializarse desarrollando una sinergia total con la OTAN y debe conducir a una cooperación más eficaz, un reparto equitativo de la carga y una división productiva del trabajo entre la OTAN y la Unión;
38. Expresa su convicción de que la cooperación UE-OTAN debería incluir la generación conjunta de resiliencia en el este y en el sur, así como inversiones en defensa; considera que la cooperación en materia de capacidades ofrece perspectivas de mejora de las compatibilidades y sinergias entre ambos marcos; está convencido de que ello reforzaría asimismo la función de la OTAN en la política de seguridad y defensa y en la defensa colectiva;
39. Expresa su profunda preocupación ante las noticias de que los procedimientos administrativos ralentizan innecesariamente la formación de fuerzas para las misiones de la PCSD y el movimiento transfronterizo de las fuerzas de respuesta rápida dentro de la Unión; pide a los Estados miembros que establezcan un sistema a escala de la Unión para coordinar el movimiento rápido del personal, equipos y suministros de las fuerzas de defensa para servir a la PCSD, en caso de invocación de la cláusula de solidaridad y cuando exista la obligación por parte de los Estados miembros de poner todos los medios a su disposición para prestar ayuda y asistencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas;
40. Pide que se establezcan disposiciones y orientaciones prácticas para la futura activación del artículo 42, apartado 7, del TUE; hace un llamamiento a los Estados miembros para que adopten las medidas necesarias para la aplicación de dicho artículo de manera que cada Estado miembro pueda gestionar eficazmente la ayuda y asistencia prestadas por otros Estados miembros o hacer que se gestionen en el marco de la Unión; pide a los Estados miembros que se marquen como objetivo un gasto en defensa del 2 % de su PIB, y que destinen el 20 % de sus presupuestos de defensa a equipos considerados necesarios a través de la AED, incluyendo la investigación y el desarrollo conexos, colmándose así las lagunas con respecto a los cuatro parámetros de referencia sobre inversión colectiva de la AED;
41. Opina que los desafíos que representan los condicionantes financieros para los presupuestos nacionales van a la vez acompañados de las oportunidades de progreso derivadas de la necesidad evidente de una cooperación más estrecha entre los Estados miembros en materia de defensa; acoge con agrado la decisión de algunos Estados miembros de detener o invertir la tendencia al recorte del gasto en defensa;
42. Considera que el Parlamento Europeo debe ocupar un lugar destacado en la futura Unión Europea de Defensa, y estima por tanto que la Subcomisión de Seguridad y Defensa debe convertirse en una auténtica comisión parlamentaria;
43. Hace un llamamiento a la VP/AR para que publique un Libro Blanco de la Unión sobre seguridad y defensa que se base en la Estrategia global de la Unión avalada por el Consejo Europeo; pide al Consejo que asigne la tarea de redactar ese documento sin demora; lamenta la sugerencia de la VP/AR a los ministros de Defensa de la Unión de que solo haya un plan de ejecución sobre seguridad y defensa en lugar del proceso integral del Libro Blanco; opina que ese plan de ejecución debería ser el precursor de un proceso periódico del Libro Blanco sobre seguridad y defensa que debería proporcionar una base útil para cuantificar las posibles aportaciones de la Unión en materia de política de seguridad y defensa para cada legislatura de manera realista;
44. Está convencido de que el Libro Blanco de la Unión en materia de seguridad y defensa debería ser el resultado de unos procesos intergubernamentales e interparlamentarios coherentes y de las aportaciones de las distintas instituciones de la Unión, que se deberían reforzar mediante una coordinación internacional con nuestros socios y aliados, incluida la OTAN, y un apoyo interinstitucional integral; pide a la VP/AR que revise su calendario inicial a fin de comenzar una consulta específica con los Estados miembros y los Parlamentos;
45. Considera que, sobre la base de la Estrategia global de la Unión, el Libro Blanco debería abarcar la estrategia de seguridad y defensa de la Unión, las capacidades estimadas necesarias para el desarrollo de dicha estrategia y las medidas y programas a escala tanto de los Estados miembros como de la Unión para alcanzar dichas capacidades, que deberían basarse en una política europea de colaboración en materia de capacidades y armamento, al tiempo que se tiene en cuenta que la defensa y la seguridad siguen siendo una competencia nacional;
46. Opina que el Libro Blanco debería adoptar la forma de un acuerdo interinstitucional de carácter vinculante que recoja todas las iniciativas, inversiones, medidas y programas de la Unión dentro del correspondiente marco político y financiero plurianual de la Unión; expresa su convencimiento de que los Estados miembros, los socios y los aliados deberían tener en cuenta ese acuerdo interinstitucional en su propia planificación de seguridad y defensa, en aras de la armonización y la complementariedad mutuas;
Iniciativas de lanzamiento
47. Considera que se deberían lanzar inmediatamente las siguientes iniciativas:
–
la acción preparatoria sobre investigación en PCSD, que se iniciará en 2017 y proseguirá hasta 2019;
–
un programa ulterior de investigación sobre defensa más ambicioso y estratégico, que permita salvar la brecha hasta el próximo marco financiero plurianual, si los Estados miembros proporcionan los recursos financieros adicionales necesarios o mediante la cofinanciación contemplada en el artículo 185 del TFUE;
–
un semestre europeo de la defensa para evaluar el progreso realizado en el ámbito de los esfuerzos presupuestarios de los Estados miembros en materia de defensa;
–
una estrategia que perfile las medidas que se deben adoptar para proceder al establecimiento y la puesta en marcha de la Unión Europea de Defensa;
–
el examen de la constitución de un Consejo permanente de ministros de Defensa;
–
el apoyo a la iniciativa de la OTAN que desplegará batallones multinacionales en los Estados miembros cuando y donde sea necesario, particularmente para el desarrollo de las infraestructuras necesarias (incluidas viviendas);
–
el desarrollo del proceso regular del Libro Blanco, para una primera aplicación en el marco de la planificación del próximo marco financiero plurianual;
–
una conferencia de las partes interesadas sobre el desarrollo de una política europea en materia de capacidades y armamento, y la armonización de las políticas nacionales respectivas sobre la base de una revisión de la defensa en la Unión;
–
la resolución de los problemas jurídicos que impiden la puesta en práctica de la comunicación conjunta sobre la creación de capacidades para favorecer la seguridad y el desarrollo en terceros países;
–
la reforma del concepto de las agrupaciones tácticas de la Unión con el objetivo de crear unidades permanentes que serían independientes de una nación dirigente y estarían sujetas a una formación conjunta sistemática;
–
la creación del fondo inicial militar tal como se prevé en el artículo 41, apartado 3, del TUE, que ayudaría a iniciar las operaciones militares de la PCSD con mucha más rapidez;
–
un plan de acción para reforzar y ampliar el mecanismo Athena para que se faciliten más fondos comunitarios para las misiones de la Unión;
–
la reforma del mecanismo Athena con el objetivo de ampliar su potencial para el reparto de gastos y la financiación común, especialmente en relación con el despliegue de las agrupaciones tácticas de la Unión o de otros activos para la respuesta rápida y la capacitación de los agentes militares de los países socios (formación, orientación, asesoramiento, suministro de equipos, mejoras en las infraestructuras y otros servicios);
–
un proceso de reflexión sobre la inversión extranjera directa en ramos industriales críticos del campo de la seguridad y la defensa, y sobre los proveedores de servicios, con vistas a elaborar legislación a escala de la Unión;
–
un proceso de reflexión sobre estandarización del doble uso con vistas a elaborar legislación a escala de la Unión;
–
una reflexión sobre la creación de un cuartel general permanente para el mando y el control de las operaciones militares de la PCSD;
–
un sistema a escala de la Unión para coordinar el movimiento rápido del personal, equipos y suministros de las fuerzas de defensa;
–
los elementos iniciales del Plan de Acción Europeo de Defensa cuya base será un Libro Blanco de la Unión sobre seguridad y defensa;
–
diversos proyectos iniciales UE-OTAN sobre la lucha contra amenazas híbridas y su prevención, la creación de resiliencia, la cooperación en materia de comunicaciones y respuesta estratégicas, la cooperación operativa, inclusive en el mar y en relación con las migraciones, la coordinación en materia de ciberseguridad y defensa, las capacidades de defensa, el refuerzo de la base industrial, de investigación y tecnológica en el ámbito de la defensa, los ejercicios y la capacitación de nuestros interlocutores meridionales y orientales en materia de seguridad y defensa;
–
medidas para incrementar la cooperación y la confianza entre los agentes del ámbito de la ciberseguridad y los del ámbito de la defensa;
48. Propone que la Unión Europea de Defensa se ponga en marcha con carácter urgente sobre la base de un sistema de integración diferenciada y en dos etapas:
a)
activación de la cooperación estructurada permanente, que ya ha sido aprobada por el Parlamento y está incluida en el programa «Un nuevo comienzo» del presidente de la Comisión;
b)
ejecución del plan de acción de la Estrategia global de política exterior y de seguridad de la VP/AR;
o o o
49. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Secretario General de la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a las agencias de la Unión en los ámbitos del espacio, la seguridad y la defensa, así como a los Parlamentos nacionales.