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Procedimiento : 2015/2344(INI)
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Ciclo relativo al documento : A8-0038/2017

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A8-0038/2017

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P8_TA(2017)0050

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Jueves 16 de febrero de 2017 - Estrasburgo
Capacidad presupuestaria de la zona del euro
P8_TA(2017)0050A8-0038/2017

Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de febrero de 2017, sobre la capacidad presupuestaria de la zona del euro (2015/2344(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 52 de su Reglamento,

–  Vistas las deliberaciones conjuntas de la Comisión de Presupuestos y de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios, celebradas de conformidad con el artículo 55 del Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Presupuestos y de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y las opiniones de la Comisión de Asuntos Constitucionales y de la Comisión de Control Presupuestario (A8-0038/2017),

A.  Considerando que el actual clima político y los desafíos económicos y políticos existentes en un mundo globalizado requieren decisiones coherentes y determinadas por parte de la Unión en algunos ámbitos, como la seguridad interior y exterior, la protección de las fronteras y la política de migración, la estabilización de nuestra vecindad, el crecimiento y el empleo, en particular para luchar contra el desempleo juvenil, y la aplicación de los acuerdos alcanzados en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, de 2015;

B.  Considerando que, tras un comienzo positivo para el euro, en la zona del euro se ha puesto de manifiesto la falta de convergencia, de cooperación política y de apropiación;

C.  Considerando que las diversas crisis y retos mundiales exigen que la zona del euro dé lo antes posible un salto cualitativo en materia de integración;

D.  Considerando que la pertenencia a una zona monetaria común requiere instrumentos comunes y solidaridad a escala europea, así como obligaciones y responsabilidades por parte de cada Estado miembro participante;

E.  Considerando que es necesario restablecer la confianza dentro de la zona del euro;

F.  Considerando que es necesaria una hoja de ruta bien definida que refleje un enfoque global para aprovechar plenamente las ventajas de la moneda única, garantizando al mismo tiempo la sostenibilidad y alcanzando los objetivos de estabilidad y pleno empleo;

G.  Considerando que ello incluye la conclusión convenida de la unión bancaria, un marco presupuestario reforzado con capacidad de absorción de perturbaciones, así como incentivos a las reformas estructurales favorables al crecimiento para completar las medidas de política monetaria actuales;

H.  Considerando que la capacidad presupuestaria y el consiguiente código de convergencia son elementos fundamentales de esta empresa, que solo puede tener éxito si la responsabilidad y la solidaridad están estrechamente vinculadas;

I.  Considerando que el establecimiento de una capacidad presupuestaria para la zona del euro es solo una pieza del rompecabezas que debe ir de la mano de un claro espíritu europeo de refundación entre sus miembros y los que aún se adhieran a la zona del euro;

1.  Aprueba la siguiente hoja de ruta:

i. Principios generales

La cesión de soberanía en el ámbito de la política monetaria requiere mecanismos de ajuste alternativos, como la aplicación de reformas estructurales favorables al crecimiento, el mercado único, la unión bancaria y la unión de mercados de capitales, para crear un sector financiero más seguro y una capacidad presupuestaria para hacer frente a las perturbaciones macroeconómicas y aumentar la competitividad y la estabilidad de las economías de los Estados miembros, con el fin de hacer de la zona del euro una zona monetaria óptima.

La convergencia, la buena gobernanza y la condicionalidad aplicadas a través de instituciones democráticamente responsables a escala de la zona del euro o a escala nacional son fundamentales, sobre todo para evitar las cesiones permanentes, el riesgo moral y el reparto de los riesgos públicos no sostenibles.

A medida que aumenten la magnitud y la credibilidad de la capacidad presupuestaria, contribuirán también a restablecer la confianza de los mercados financieros en la sostenibilidad de las finanzas públicas en la zona del euro, lo que permitirá, en principio, proteger mejor a los contribuyentes y reducir el riesgo público y privado.

La capacidad presupuestaria incluirá el Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE) y una capacidad presupuestaria adicional específica para la zona del euro. La capacidad presupuestaria se creará además del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE) y sin perjuicio del mismo.

Como primera medida, la capacidad presupuestaria específica de la zona del euro debe formar parte del presupuesto de la Unión, por encima de los límites máximos actuales del marco financiero plurianual, y estar financiada por los Estados miembros de la zona del euro y otros miembros participantes a través de una fuente de ingresos acordada entre los Estados miembros participantes y catalogada como ingresos afectados y garantías; una vez en una situación de estabilidad, la capacidad presupuestaria podría financiarse mediante recursos propios, siguiendo las recomendaciones del informe Monti sobre el futuro de la financiación de la Unión.

El MEDE, al tiempo que cumple sus funciones actuales, se debe seguir desarrollando y se debe transformar en un Fondo Monetario Europeo (FME) con una capacidad adecuada de préstamo y empréstito y un mandato claramente definido para absorber las perturbaciones simétricas y asimétricas.

ii. Los tres pilares de la capacidad presupuestaria para la convergencia y la estabilización de la zona del euro

La capacidad presupuestaria debe cumplir tres funciones:

   en primer lugar, debe incentivarse la convergencia económica y social en la zona del euro para fomentar las reformas estructurales, modernizar las economías y mejorar la competitividad de todos los Estados miembros y la resiliencia de la zona del euro, contribuyendo así también a la capacidad de los Estados miembros de absorber las perturbaciones simétricas y asimétricas;
   en segundo lugar, las diferencias entre los ciclos económicos de los Estados miembros de la zona del euro derivadas de diferencias estructurales o de una vulnerabilidad económica generalizada crean una necesidad de hacer frente a las perturbaciones asimétricas (situaciones en las que un acontecimiento económico afecta más a una economía que a otra, por ejemplo, cuando la demanda cae súbitamente en un Estado miembro concreto y no en los demás debido a una perturbación exterior sobre la que un Estado miembro no puede influir);
   en tercer lugar, las perturbaciones simétricas (situaciones en las que un acontecimiento económico afecta a todas las economías de la misma forma, por ejemplo, la variación de los precios del petróleo para los países de la zona del euro) deben abordarse para aumentar la resiliencia de la zona del euro en su conjunto.

A la vista de estos objetivos, será necesario examinar qué funciones pueden realizarse en el actual marco jurídico de la Unión y cuáles requieren un ajuste o una modificación del Tratado.

Pilar 1: el código de convergencia

La actual situación económica requiere una estrategia de inversión en paralelo a la consolidación y la responsabilidad presupuestarias a través del cumplimiento del marco de gobernanza económica.

Además del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, el código de convergencia, adoptado de conformidad con el procedimiento legislativo ordinario teniendo en cuenta las recomendaciones específicas por país, debe centrarse, durante un periodo de cinco años, en criterios de convergencia en materia de fiscalidad, mercado de trabajo, inversión, productividad, cohesión social, y capacidades de administración pública y de buena gobernanza en el marco de los Tratados en vigor.

Dentro del marco de gobernanza económica, la plena participación en la capacidad presupuestaria debe estar subordinada al cumplimento del código de convergencia, y todos los Estados miembros deben presentar propuestas destinadas a cumplir los criterios del código de convergencia.

La capacidad presupuestaria de la zona del euro se debe completar con una estrategia a largo plazo para la sostenibilidad de la deuda y su reducción y para el refuerzo del crecimiento y la inversión en los países de la zona del euro, lo que reduciría los costes generales de la refinanciación y las relaciones deuda/PIB.

Pilar 2: absorción de perturbaciones asimétricas

Teniendo en cuenta la fuerte integración de los Estados miembros pertenecientes a la zona del euro, no pueden excluirse por completo las perturbaciones asimétricas con un impacto en la estabilidad de la zona del euro en su conjunto, a pesar de todos los esfuerzos de los Estados miembros en materia de coordinación de políticas, convergencia y reformas estructurales sostenibles.

La estabilización proporcionada por el MEDE/FME debe complementarse con mecanismos automáticos de absorción de perturbaciones.

La estabilización debe alentar las buenas prácticas y evitar el riesgo moral.

Un sistema de este tipo debe prever normas claras sobre los plazos para los posibles pagos y reembolsos, y debe estar claramente definido en cuanto a su dimensión y a los mecanismos de financiación, al tiempo que debe ser neutral desde el punto de vista presupuestario durante un ciclo más largo.

Pilar 3: absorción de perturbaciones simétricas

Futuras perturbaciones simétricas podrían desestabilizar toda la zona del euro, dado que esta zona monetaria aún no dispone de los instrumentos necesarios para hacer frente a una crisis de proporciones semejantes a la anterior.

En caso de perturbaciones simétricas provocadas por la falta de demanda interna, la política monetaria no basta por sí sola para relanzar el crecimiento, particularmente en un contexto de tasas de límite inferior cero. El presupuesto de la zona del euro debe tener una entidad suficiente para hacer frente a estas perturbaciones simétricas financiando la inversión destinada a la demanda agregada y al pleno empleo, de conformidad con el artículo 3 del TUE.

iii. Gobernanza y responsabilidad y control democráticos

El método comunitario debe prevalecer en la gobernanza económica de la zona del euro.

Se debe reforzar el papel del Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales en el nuevo marco de gobernanza económica con el fin de aumentar la responsabilidad democrática. Esto incluye una mayor responsabilización nacional respecto del Semestre Europeo y una reforma de la conferencia interparlamentaria prevista en el artículo 13 del Pacto Presupuestario para darle un mayor contenido y desarrollar así una opinión pública y parlamentaria más sólida. Para mejorar la responsabilización, los Parlamentos nacionales deben controlar la actuación de los Gobiernos nacionales, igual que el Parlamento Europeo debe controlar la actuación de los ejecutivos europeos.

Los cargos de presidente del Eurogrupo y de comisario de Asuntos Económicos y Financieros podrían fusionarse, en cuyo caso el presidente de la Comisión debería nombrar a dicho comisario vicepresidente de la Comisión.

Un ministro de Finanzas y un Tesoro, dentro de la Comisión, deberían ser plena y democráticamente responsables y disponer de todos los medios y capacidades necesarios para aplicar y hacer cumplir el marco de gobernanza económica existente y optimizar el desarrollo de la zona del euro, en cooperación con los ministros de Finanzas de los Estados miembros de la zona del euro.

El Parlamento Europeo debe revisar sus normas y su organización para garantizar la plena rendición de cuentas democrática de la capacidad presupuestaria ante los diputados al Parlamento Europeo de los Estados miembros participantes;

2.  Pide:

   al Consejo Europeo que defina las orientaciones descritas previamente, a más tardar con ocasión de la reunión de la Unión que se celebrará en Roma en marzo de 2017, incluido un marco de referencia para una estabilización sostenible a largo plazo de la zona del euro;
   a la Comisión que presente en 2017 un libro blanco que incluya un capítulo central ambicioso sobre la zona del euro y las propuestas legislativas pertinentes recurriendo a todos los medios previstos en los Tratados en vigor, incluidos el código de convergencia, el presupuesto de la zona del euro y estabilizadores automáticos y que establezca un calendario preciso para la aplicación de estas medidas;

3.  Manifiesta su disposición a ultimar todas las medidas legislativas que no requieran cambios del Tratado antes de que finalice el mandato actual de la Comisión y del Parlamento Europeo, y a sentar las bases de los cambios necesarios en el Tratado, a medio y largo plazo, para hacer posible la sostenibilidad de la zona del euro;

4.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al presidente del Consejo, a la Comisión, al Consejo, al Eurogrupo, al Banco Central Europeo, al director ejecutivo del Mecanismo Europeo de Estabilidad y a los Parlamentos de los Estados miembros.

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