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Procedimiento : 2016/2271(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A8-0183/2017

Textos presentados :

A8-0183/2017

Debates :

PV 31/05/2017 - 20
CRE 31/05/2017 - 20

Votaciones :

PV 01/06/2017 - 7.9
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Textos aprobados :

P8_TA(2017)0240

Textos aprobados
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Jueves 1 de junio de 2017 - Bruselas
Digitalización de la industria europea
P8_TA(2017)0240A8-0183/2017

Resolución del Parlamento Europeo, de 1 de junio de 2017, sobre la digitalización de la industria europea (2016/2271(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el artículo 173 (título XVII) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que se refiere a la política industrial de la Unión y hace referencia, entre otras cosas, a la competitividad de la industria de la Unión,

–  Vistos los artículos 9, 11 y 16 del TFUE,

–   Visto el Protocolo n.º 1 sobre el cometido de los Parlamentos nacionales en la Unión Europea,

–   Visto el Protocolo n.º 2 anejo al TFE sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 19 de abril de 2016, titulada «Digitalización de la industria europea – Aprovechar todas las ventajas de un mercado único digital» (COM(2016)0180),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 19 de abril de 2016, titulada «Iniciativa Europea de Computación en la Nube – construir en Europa una economía competitiva de los datos y del conocimiento» (COM(2016)0178),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 19 de abril de 2016, titulada «Prioridades de normalización en el sector de las TIC para el mercado único digital» (COM(2016)0176),

–  Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 19 de abril de 2016, sobre las tecnologías cuánticas (SWD(2016)0107),

–  Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 19 de abril de 2016, sobre la promoción de la internet de las cosas en Europa (SWD(2016)0110),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 2 de julio de 2014, titulada «Hacia una economía de los datos próspera» (COM(2014)0442),

–  Vista su Resolución, de 19 de enero de 2016, sobre la iniciativa «Hacia un Acta del Mercado Único Digital»(1),

–  Vista su Resolución, de 9 de marzo de 2011, sobre una política industrial para la era de la mundialización(2),

–  Vista su Resolución, de 16 de junio de 2010, sobre la Estrategia UE 2020(3),

–  Vista su Resolución, de 15 de junio de 2010, sobre la política comunitaria de innovación en un mundo cambiante(4),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 28 de octubre de 2010, titulada «Una política industrial integrada para la era de la globalización: poner la competitividad y la sostenibilidad en el punto de mira» (COM(2010)0614),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de marzo de 2010, titulada «Europa 2020 – Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2010)2020),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 6 de octubre de 2010, titulada «Iniciativa emblemática de Europa 2020: Unión por la innovación» (COM(2010)0546),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 4 de julio de 2007, titulada «Revisión intermedia de la política industrial – Una contribución a la estrategia de crecimiento y empleo de la UE» (COM(2007)0374),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 6 de mayo de 2015, titulada «Una Estrategia para el Mercado Único Digital de Europa» (COM(2015)0192), así como el documento de trabajo de la Comisión que la acompaña (SWD(2015)0100) y las subsiguientes propuestas legislativas y no legislativas,

–  Vista la propuesta de Reglamento, de 11 de septiembre de 2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen medidas en relación con el mercado único europeo de las comunicaciones electrónicas y para crear un continente conectado, y se modifican las Directivas 2002/20/CE, 2002/21/CE y 2002/22/CE y los Reglamentos (CE) n.º 1211/2009 y (UE) n.º 531/2012 (COM(2013)0627),

–  Vista la propuesta de Reglamento, de 26 de marzo de 2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a medidas para reducir el coste del despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad (COM(2013)0147),

–  Vista la propuesta de Directiva, de 7 de febrero de 2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a medidas para garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y de la información en la Unión (COM(2013)0048),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de octubre de 2012, titulada «Una industria europea más fuerte para el crecimiento y la recuperación económica» (COM(2012)0582),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 22 de enero de 2014, titulada «Por un renacimiento industrial europeo» (COM(2014)0014),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de octubre de 2012, titulada «Acta del Mercado Único II – Juntos por un nuevo crecimiento» (COM(2012)0573),

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 13 de abril de 2011, titulada «Acta del Mercado Único - Doce prioridades para estimular el crecimiento y reforzar la confianza» (COM(2011)0206),

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 27 de octubre de 2010, titulada «Hacia un Acta del Mercado Único – Por una economía social de mercado altamente competitiva – Cincuenta propuestas para trabajar, emprender y comerciar mejor todos juntos» (COM(2010)0608),

–   Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 10 de enero de 2017, titulada «La construcción de una economía de los datos europea» (COM(2017)0009),

–  Vista su Resolución, de 15 de enero de 2014, sobre la reindustrialización de Europa para promover la competitividad y la sostenibilidad(5),

–  Vista su Resolución, de 10 de diciembre de 2013, sobre la liberación del potencial de la computación en la nube en Europa(6),

–  Vista su Resolución, de 12 de septiembre de 2013, sobre la Agenda Digital para el crecimiento, la movilidad y el empleo: ha llegado la hora de pisar el acelerador(7),

–  Vista su Resolución, de 12 de junio de 2012, sobre la protección de infraestructuras críticas de información – logros y próximas etapas: hacia la ciberseguridad global(8),

–   Vista su Resolución, de 13 de diciembre de 2016, sobre una política de la Unión coherente para los sectores cultural y creativo(9),

–  Vista su Resolución, de 5 de mayo de 2010, sobre una nueva Agenda Digital para Europa: 2015.eu(10),

–  Vista su Resolución, de 15 de junio de 2010, sobre la Internet de los objetos(11),

–   Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 14 de julio de 2016, titulado «Industria 4.0 y transformación digital: camino a seguir»,

–  Visto el artículo 52 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor, la Comisión de Transportes y Turismo y la Comisión de Cultura y Educación (A8-0183/2017),

A.  Considerando que se debe proseguir en el firme empeño por reindustrializar la Unión y los Estados miembros mediante políticas, acciones e incentivos concretos, con el fin de combinar la competitividad y la sostenibilidad, la creación de empleo de calidad y la inclusión; recordando el objetivo de que el 20 % del PIB de la Unión para el año 2020 debe basarse en la industria, para lo cual hay que tener necesariamente en cuenta la transformación estructural del sector industrial debida a la perturbación digital y a la aparición de nuevos modelos de negocio;

B.  Considerando que la industria europea representa la base de la economía y la riqueza europeas, y que se enfrenta a importantes desafíos debido a una rápida globalización y a las tendencias en la innovación;

C.  Considerando que la digitalización de la fabricación industrial contribuye a aumentar la resiliencia, la eficiencia energética y de los recursos, la sostenibilidad de la innovación y la competitividad de nuestras economías, transformando de este modo los modelos de negocio, la fabricación, los productos, los procesos y la creación de valor, y teniendo un impacto fundamental en el equilibrio de oportunidades y retos para la industrias y los trabajadores europeos;

D.  Considerando que Europa, debido a su patrimonio industrial, su red de sectores industriales y cadenas de valor, sus capacidades en materia de innovación, la inversión pública estratégica en investigación y desarrollo (I+D), la disponibilidad de inversión privada, una administración eficiente, una mano de obra cualificada y su integración del desarrollo industrial con los desafíos sociales, y dado que cuenta con más de treinta iniciativas nacionales y regionales para digitalizar la industria, dispone de una base sólida para convertirse en líder de la transformación digital; que existe una oportunidad para reforzar la industria de la Unión si se logran construir cadenas de valor plenamente integradas para los productos industriales mejorados digitalmente y los paquetes de productos y servicios;

E.  Considerando que el 5G transformará los cimientos de nuestras economías y hará de la digitalización el centro del desarrollo industrial y de los servicios sociales;

F.  Considerando que el éxito de la estrategia industrial europea pasa forzosamente por la creación de un mercado único digital que estimule el crecimiento económico y el empleo de una forma socialmente consciente;

G.  Considerando que una estrategia neutra desde el punto de vista tecnológico y bien diseñada para la digitalización de la fabricación industrial, que vincule cada vez más a las personas, las máquinas y los servicios de manera transfronteriza en el conjunto de la cadena de valor mundial, es un punto de partida importante a la hora de aumentar la resiliencia, la sostenibilidad y la competitividad de nuestra economía y de crear nuevos puestos de trabajo;

H.  Considerando que la digitalización debería aprovechar el potencial de un uso más eficiente de los recursos, la energía y el capital, y contribuir así a una economía circular más integrada, a una reducción del uso de materias primas y a una mayor simbiosis industrial;

I.  Considerando que la digitalización puede potenciar la industria del turismo en beneficio de los trabajadores y su movilidad, permitiendo, entre otras cosas, acceder fácilmente a información en tiempo real y a una amplia variedad de servicios;

J.  Considerando que un alto desarrollo de las tecnologías en el ámbito de las lenguas puede contribuir a que la industria supere las barreras lingüísticas que suponen una traba para el desarrollo del mercado digital;

K.  Considerando que la digitalización crea nuevas oportunidades en el sector del transporte para los fabricantes, los operadores, los inversores, los trabajadores y los pasajeros, y es una condición sine qua non para que la industria del transporte pueda seguir siendo competitiva y operativa y aumente su eficiencia, así como para que los servicios de transporte sean más sostenibles y tengan un mayor rendimiento;

L.  Considerando que la digitalización puede contribuir a unas condiciones de trabajo más seguras, a una mayor seguridad de los productos y a la individualización y la descentralización de la producción;

M.  Considerando que existe una gran brecha de género en lo que se refiere al empleo y la formación en el sector de las TIC, con implicaciones muy negativas para la igualdad en el mercado laboral;

N.  Considerando que la digitalización y la individualización y descentralización de la producción darán lugar a cambios en las condiciones laborales y traerán consigo una serie de efectos sociales; que unas condiciones de trabajo seguras y dignas y unas normas rigurosas en materia de seguridad de los productos deben seguir siendo una preocupación compartida;

O.  Considerando que hay muchos estudios que destacan que la digitalización de la fabricación industrial modificará la demanda en el mercado de trabajo y el empleo en Europa; que esto puede repercutir en la normativa por la que se rigen actualmente los derechos y la participación de los trabajadores; que es obvio que es necesario responder a estos cambios formando a la mano de obra en nuevas competencias en materia de TIC y aumentando las competencias digitales en el conjunto de la sociedad;

Desarrollar una estrategia integrada de digitalización industrial para la Unión

1.  Acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión sobre la digitalización de la industria europea;

2.  Está firmemente convencido de que la estrategia de digitalización industrial reviste una enorme importancia para contribuir a resolver los retos económicos y sociales más acuciantes para Europa, al:

   a) reforzar la dinámica económica, la cohesión social y territorial y la resiliencia frente a las transformaciones y perturbaciones tecnológicas mediante la modernización e interconexión de las industrias y las cadenas de valor económico de Europa, así como a través de mayores inversiones públicas y privadas en la economía real, y proporcionando oportunidades de inversión en un contexto de modernización sostenible;
   b) fomentar la creación de empleo y las oportunidades de relocalización, mejorar las normas laborales y el atractivo de los puestos de trabajo del sector industrial, contribuir a brindar a los consumidores más información y oportunidades, apostar por una transformación socialmente consciente y por un mercado laboral inclusivo con modelos de trabajo y regímenes de tiempo de trabajo más diversos, así como con mejores condiciones y una mejor integración del empleo y el aprendizaje permanente;
   c) utilizar los recursos de un modo más eficiente y reducir el uso intensivo de materias primas en la fabricación industrial gracias a una economía circular europea reforzada, recordando que esto resulta vital para las condiciones materiales de un sector europeo de alta tecnología, así como para una producción industrial digitalizada y sus productos;
   d) reforzar la cohesión europea a través de una política de inversiones europea fiable y ambiciosa (con especial atención al despliegue de infraestructura digital de última generación), utilizar distintos instrumentos de financiación europeos, incluidos el FEIE, los fondos regionales, Horizonte 2020 y otros, y garantizar una política industrial europea coordinada y neutra desde un punto de vista tecnológico, basada en una competencia leal entre diversos agentes, en la innovación y la modernización sostenible, y en una innovación tecnológica, social y de modelo empresarial, que impulse el mercado único digital y la integración y modernización de toda la industria europea;
   e) apoyar los objetivos de Europa en materia de política climática, aumentando para ello la eficiencia energética y de los recursos, y la circularidad de la producción industrial, reduciendo las emisiones y haciendo que la sostenibilidad de la industria y la competitividad vayan de la mano;
   f) reforzar la innovación económica, política y social a través de los principios de apertura y accesibilidad de la información y los datos de carácter público y privado, protegiendo siempre los datos sensibles en el intercambio entre empresas, trabajadores y consumidores, y permitir una mejor integración de los distintos tipos de sectores económicos y ámbitos políticos, incluidos los sectores culturales y creativos;
   g) mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos en zonas urbanas y no urbanas, así como su conocimiento de las oportunidades que brinda la digitalización y su capacidad para aprovecharlas;
   h) estimular la innovación tecnológica y social en la investigación de la Unión mediante una política de digitalización industrial con un objetivo y una visión claras;
   i) mejorar la seguridad energética y reducir el consumo de energía a través de una producción industrial digitalizada más flexible y eficiente, que permitirá gestionar mejor la demanda de energía;
   j) crear asociaciones con otras macrorregiones del mundo para desarrollar mercados digitales abiertos, innovadores y justos;
   k) concienciar acerca de la necesidad de una política europea de fiscalidad más justa y eficaz, que aclare cuestiones como la base imponible en una época de producción digitalizada y mercados digitales conectados a escala mundial;
   l) atraer inversiones y a los mejores investigadores y el mejor conocimiento especializado del mundo, contribuyendo de este modo al crecimiento económico y a la competitividad europea;
   m) apoyar nuevos modelos de negocio y empresas emergentes innovadoras impulsadas por la digitalización y el desarrollo tecnológico;

3.  Subraya la importancia de crear un entorno empresarial competitivo que facilite la inversión privada, elaborar un marco reglamentario propicio que evite las trabas burocráticas, y configurar una infraestructura digital europea de última generación y una estructura de coordinación de la Unión para la digitalización de la industria que facilite la coordinación de las iniciativas y plataformas relativas a la digitalización industrial a escala regional, nacional y de la Unión; pide a la Comisión que vele por la consecución del objetivo del 20 % de cuota de la industria en el PIB para 2020; subraya que, para que la Unión pueda ejercer un liderazgo industrial mundial, es preciso vincular la digitalización de la industria a una estrategia más amplia de la Unión en materia de política industrial; hace hincapié en la importancia de avanzar en la digitalización, en particular en los Estados miembros, regiones y sectores que se están quedando atrás y entre aquellas personas afectadas por la brecha digital; acoge con satisfacción, a este respecto, la propuesta de una mesa redonda de alto nivel y de un foro europeo de partes interesadas; subraya la importancia de la cooperación entre los agentes pertinentes y espera que, además de a los líderes industriales y los interlocutores sociales, también se invite a desempeñar un papel activo al mundo académico, las pymes, los organismos de normalización, los responsables políticos, las administraciones públicas a nivel nacional y local, y la sociedad civil;

4.  Pide a la Comisión que prosiga su importante labor de examen de las tendencias de producción y digitalización, así como de las tendencias en disciplinas no técnicas (como el Derecho, la política, la administración, las comunicaciones, etc.), de análisis de la evolución relevante en otras regiones, de identificación de nuevas tecnologías clave y de empeño por garantizar el mantenimiento del liderazgo europeo en esos ámbitos y la integración de esas nuevas tendencias en las políticas y acciones, teniendo en cuenta al mismo tiempo los conceptos de seguridad desde la concepción y privacidad desde la concepción, y que examine si esta labor puede llevarse a cabo a través de una red específica de prospectiva industrial, que incluya a las organizaciones nacionales de investigación y tecnología;

5.  Acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión titulada «Digitalización de la industria europea - Aprovechar todas las ventajas de un mercado único digital» (COM(2016)0180), pero lamenta que, al referirse al sector del transporte, insista solo en la conducción conectada y automatizada, con lo que no aborda suficientemente todos los retos que se presentan; recuerda que, si bien los vehículos conectados y automatizados son una de las próximas transformaciones digitales más interesantes del sector, existen posibilidades de digitalización en todos los modos de transporte, tanto en los procesos operativos como administrativos, y en toda la cadena de valor, desde los fabricantes hasta los pasajeros y las mercancías, así como posibilidades de coordinación con todas las nuevas tecnologías utilizadas en el sector, como los sistemas europeos de navegación por satélite EGNOS y Galileo, de los que cabe esperar resultados en un futuro próximo; pide a la Comisión que se centre en la transformación digital de todos los modos de transporte, incluidos los servicios relacionados con el transporte y el turismo;

6.  Señala que el proceso de digitalización no ha resultado beneficioso en la misma medida en todo el sector del transporte, y que esto ha dado lugar a una fragmentación perjudicial en el mercado interior, tanto entre los diferentes modos de transporte como en el seno de un mismo modo; destaca que existen disparidades considerables —que van en aumento— entre los Estados miembros en cuanto a la digitalización y la competitividad del transporte, lo que se refleja también entre regiones, empresas y pymes; considera que el desarrollo de una estrategia coordinada de digitalización industrial para la Unión podría ayudar a superar esta fragmentación y estas disparidades y atraer inversiones en proyectos digitales; hace hincapié en que el objetivo no debe ser solo otro documento político, sino una estrategia real que refleje las tendencias en la innovación y el potencial del mercado, cuya aplicación sería evaluada de forma continua;

7.  Considera que una estrategia de digitalización industrial contribuirá a resolver algunos de los retos más acuciantes en los sectores del transporte y el turismo; pide, por consiguiente, a la Comisión que siga apoyando la digitalización a fin de:

   a) mejorar la seguridad general, la calidad y el rendimiento medioambiental del sector del transporte;
   b) mejorar la accesibilidad sin obstáculos para todos, incluidas las personas mayores, las personas con movilidad reducida y las personas con discapacidad, y sensibilizar sobre soluciones de movilidad alternativas proporcionando a los pasajeros mayores posibilidades de elección, productos más personalizados y sencillos y más información en toda la Unión y en las regiones urbanas y las menos desarrolladas;
   c) reducir los costes de transporte, como los costes de mantenimiento, y mejorar la eficiencia en la utilización de la capacidad de las infraestructuras de transporte existentes (p. ej. «platooning» o acumulación de vehículos, sistemas de transporte inteligentes (STI) cooperativos, Sistema Europeo de Gestión del Tráfico Ferroviario (ERTMS), servicios de información fluvial (SIF));
   d) mejorar la competitividad fomentando la aparición de nuevos actores, especialmente pymes y empresas emergentes, para hacer frente a los monopolios existentes;
   e) facilitar el cumplimiento adecuado y uniforme de la legislación de la Unión a través del desarrollo de sistemas de gestión del tráfico, STI, tacógrafos digitales, sistemas de telepeaje, etc., y crear marcos normativos adecuados a situaciones reales y nuevas que puedan surgir con la aplicación de tecnologías avanzadas;
   f) reducir las cargas administrativas para los pequeños y medianos transportistas y las empresas emergentes, por ejemplo en los sectores de logística y transporte de mercancías, mediante la simplificación de los procesos administrativos, el seguimiento y la localización de mercancías, y la optimización de los horarios y de la fluidez del tráfico;
   g) seguir salvaguardando los derechos de los pasajeros, incluida la protección de datos, también en los viajes multimodales;
   h) reducir los problemas relacionados con la asimetría de la información en el mercado de transportes;
   i) promover el atractivo y el desarrollo del sector turístico, que contribuye a generar aproximadamente un 10 % del PIB europeo, y de las industrias creativas en las zonas urbanas, rurales y ultraperiféricas, por ejemplo mediante una mejor integración de la movilidad y los servicios turísticos, incluso a los destinos menos conocidos;

8.  Señala que disponer de una conectividad ininterrumpida y de alto rendimiento es un requisito previo para unas conexiones rápidas, seguras y fiables para todos los modos de transporte y para una mayor digitalización del sector del transporte; lamenta la gran fragmentación que reina en la Unión en lo tocante a la cobertura digital; considera que las inversiones en banda ancha y la atribución justa del espectro son vitales para la digitalización del sector del transporte; hace hincapié, en este sentido, en la necesidad de disponer de una visión intersectorial, que abarque, por ejemplo, la electrónica, las telecomunicaciones, el transporte y el turismo; pide a la Comisión y a los Estados miembros que cumplan su compromiso de proporcionar una conectividad de estas características en los principales centros y rutas de transporte a más tardar en 2025 y de iniciar una cobertura completa en toda la Unión;

Crear las condiciones para el éxito de la digitalización industrial: infraestructura, inversión, innovación y competencias

9.  Subraya que una estrategia de digitalización industrial supone una oportunidad para promover la innovación, la eficiencia y las tecnologías sostenibles, que aumentan la competitividad y modernizan la base industrial de la Unión, además de eliminar las trabas al desarrollo del mercado digital; subraya que una digitalización industrial integrada debe basarse en condiciones favorables firmes, que varían desde una infraestructura de primera categoría y con garantías ante el futuro, I+D y un entorno propicio a la inversión, hasta un marco legislativo adecuado y actualizado que impulse la innovación, un mercado único digital más profundo, un alto nivel de competencias y espíritu emprendedor, y un diálogo social reforzado;

10.  Destaca la necesidad de promover las inversiones públicas y privadas en la conectividad de alta velocidad, por ejemplo, a través del 5G, fibras ópticas e infraestructuras de navegación y comunicación por satélite, a fin de garantizar una base sólida de la infraestructura digital en las zonas urbanas e industriales; hace hincapié en la importancia de la armonización en la asignación de frecuencias, con vistas a incrementar la demanda para la conectividad y mejorar la previsibilidad del entorno de inversiones en la red; destaca la necesidad de establecer un liderazgo en las cadenas de valor y las principales tecnologías digitales industriales, como el 5G, las tecnologías cuánticas, la informática de alto rendimiento, la inteligencia artificial, la computación en nube, el análisis de macrodatos, internet de las cosas, la robótica, la automatización (incluida la conducción altamente automatizada) y la tecnología de registros distribuidos; apoya, a este respecto, los documentos de trabajo de la Comisión que acompañan a su Comunicación;

11.  Reconoce las oportunidades y los retos relacionados con la digitalización de la industria; observa los efectos positivos que conlleva la digitalización de la industria, ya que aumenta la flexibilidad de las modalidades de trabajo, lo que puede mejorar la conciliación de la vida laboral y la privada, diversificar las opciones a través del teletrabajo y permitir que las personas que residen en zonas rurales y aisladas accedan al mercado laboral (siempre y cuando cuenten con la infraestructura necesaria), impulsando así el crecimiento económico; reconoce, al mismo tiempo, que la tendencia hacia una mayor flexibilidad impulsada por la digitalización puede incrementar el peligro de generar empleos inestables y precarios; destaca que las nuevas formas de trabajo no deben utilizarse para eludir la legislación laboral y social vigente en lo que se refiere a la protección de los derechos de los trabajadores; señala que las empresas tradicionales y las de la economía de plataformas han de coexistir en condiciones de igualdad;

12.  Señala que la transformación digital en los sectores del transporte y del turismo, en especial el desarrollo de las economías a la carta y las economías colaborativas, contribuye a reorientar considerablemente el comportamiento de los pasajeros y los consumidores en lo que se refiere a la movilidad y al turismo, así como a la necesidad de adaptar las infraestructuras; pide a la Comisión que evalúe los efectos de la digitalización en los servicios de transporte, movilidad y turismo, haciendo especial hincapié en el comportamiento y las elecciones de los usuarios de estos servicios, y que siga liberando el potencial de este cambio social;

13.  Señala que el crecimiento de la digitalización en la distribución de billetes de viaje supone que los consumidores disponen fácilmente de más información a través de internet, aunque de un modo que dificulta cada vez más la comparación de ofertas entre sí; considera necesario, por tanto, reforzar las garantías de transparencia y neutralidad en la distribución, especialmente en la distribución a través de internet, de modo que los consumidores puedan tomar elecciones fundamentadas basadas en información fiable, no solo en cuanto al precio, sino también en cuanto a otros parámetros, como la calidad del servicio y las ofertas accesorias; opina que dicha transparencia fomentará la competencia y respaldará el desarrollo del transporte multimodal;

14.  Considera que la digitalización debería ofrecer mayor variedad a los consumidores, productos de uso más sencillo y personalizados y más información, en particular sobre la calidad de los productos y servicios;

15.  Señala que en los documentos relativos al mercado digital no se ha tenido debidamente en cuenta ni se ha valorado el efecto de las barreras lingüísticas sobre la industria y su digitalización; insta a la Comisión y los Estados miembros a que fomenten el desarrollo de tecnologías en el ámbito de las lenguas que, junto con la digitalización de la industria, reduzcan la fragmentación del mercado europeo;

16.   Destaca que una ayuda especial al multilingüismo «analógico» en Europa es beneficiosa tanto para la industria europea de la digitalización como para la enseñanza de competencias digitales generales; destaca, por tanto, que se debe prestar mucha mayor atención a la investigación básica en programas de traducción y aprendizaje estadísticos, inteligentes y automatizados;

17.  Subraya que las regiones deben centrarse en los puntos fuertes de su producción y promover su desarrollo mediante la especialización inteligente, las cadenas inteligentes y las agrupaciones; considera que las agrupaciones y las sinergias entre las pymes, los agentes sociales y de la industria, el sector de la artesanía, las empresas emergentes, el mundo académico, los centros de investigación, las organizaciones de consumidores, el sector de las industrias creativas, la financiación y otras partes interesadas pueden servir de modelo de éxito en la promoción de la producción y la innovación digital; alienta la investigación, la innovación y la cohesión estructural dentro de la Unión; insiste en la importancia de los programas aceleradores y del capital riesgo en la expansión de las empresas emergentes; señala la importancia de utilizar la digitalización para promover innovaciones de modelos empresariales como los sistemas de pago por realización y la personalización en masa;

18.  Opina que debe prestarse especial atención a los problemas específicos a que se enfrentan las pymes en aquellas circunstancias en las que los beneficios relativos en términos de eficiencia energética y de recursos, así como de eficiencia en la producción, obtenidos a través de esfuerzos de digitalización, sean los más elevados; apuesta por el refuerzo de las asociaciones de pymes y de su alcance a través de programas de digitalización, el desarrollo de centros para las ciencias aplicadas centrados en la digitalización y la cofinanciación de la I+D de las pymes a nivel interno; considera que se debe prestar atención a la propiedad de los datos y el acceso a estos, así como al desarrollo de un programa europeo de aprendizaje digital;

19.  Celebra la creación de la plataforma temática de especialización inteligente para la modernización industrial y, en particular, la propuesta de la Comisión, incluida en el Plan de Acción para la digitalización de la industria, de establecer una red de centros de competencias y de centros de innovación digital para reforzar la digitalización industrial y la innovación digital de las pymes en todas las regiones; observa que el sector de la artesanía no debería ser ignorado a este respecto; pide a la Comisión que impulse, en especial, la creación de centros de innovación digital y de competencias digitales en las regiones europeas menos digitalizadas; pide a la Comisión que facilite más financiación a los centros de innovación digital a través de distintos recursos europeos (Horizonte 2020, Fondos Estructurales, etc.), que apoye los esfuerzos y las estrategias de los Estados miembros encaminados a desarrollar una red nacional de centros de innovación digital, y que se plantee probar un enfoque de «campo de pruebas» en el que los experimentos intersectoriales en un entorno controlado no se vean bloqueados por la normativa vigente; pide a los Estados miembros que aumenten la cooperación transnacional entre sus centros de innovación digital; cree que se deben designar centros de innovación digital que se especialicen en innovaciones digitales industriales que contribuyan a abordar los cambios sociales en Europa; cree, en este sentido, que la financiación de los centros de innovación digital con cargo a Horizonte 2020 debe combinarse con la financiación de dicho programa para los cambios sociales; señala que los cheques para la innovación en TIC son una opción para que las pymes tengan acceso a asesoramiento, mejores prácticas compartidas y conocimientos especializados de los centros de innovación digital;

20.  Señala el importante papel que desempeñan las ciudades y las administraciones locales a la hora de desarrollar nuevos modelos empresariales y proporcionar infraestructura digital y apoyo a las pymes y a otros agentes de la industria, así como las inmensas oportunidades que la innovación digital industrial brinda a las ciudades, por ejemplo, a través de la producción local sin residuos, de una integración más estrecha entre la producción industrial y la logística y el transporte a escala local y urbana, así como de la producción de energía, el consumo, la fabricación industrial y la impresión 3D; considera que las ciudades también deberían poder tener acceso a los centros de innovación digital; pide a la Comisión que estudie las mejores prácticas a escala local, nacional e internacional, y que promueva su intercambio; acoge con satisfacción la publicación de un índice europeo de ciudades digitales y las iniciativas para promover la interoperabilidad de datos y sistemas entre las ciudades europeas; observa que la iniciativa «Ciudades Inteligentes» desempeña un papel en este contexto; destaca la experiencia positiva de los foros consultivos regionales;

21.  Destaca el papel que la contratación pública y los requisitos jurídicos relativos a la inscripción de empresas y la información sobre la actividad empresarial o la publicidad pueden desempeñar en el desarrollo de nuevas tecnologías digitales industriales; pide a la Comisión que estudie el modo en que se puede utilizar la contratación pública como mecanismo de impulso a la innovación; pide a la Comisión que incluya una verificación digital en su programa REFIT para garantizar que se ha actualizado la normativa para el contexto digital, y que facilite el intercambio de mejores prácticas entre los entes públicos sobre el uso de los criterios de innovación en las licitaciones públicas; recomienda acelerar la adaptación del entorno jurídico y tecnológico, como la transición a IPv6, a las necesidades para la digitalización de la industria y el despegue de la internet de las cosas;

22.  Subraya la importancia de desbloquear suficientes fondos públicos y privados para digitalizar la industria europea, con un mejor uso del Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE); cree que esto debe hacerse a mucha mayor escala y que es necesario incrementar drásticamente la inversión pública en infraestructura digital; destaca el carácter central de la financiación procedente de plataformas privadas y colaborativas; pide a la Comisión que cree una Mesa redonda de financiación para la digitalización industrial, que examine esta cuestión y aporte propuestas de financiación innovadoras; lamenta que los recursos asignados a las políticas digitales en el presupuesto de la Unión sean demasiado escasos como para tener efectos reales; reconoce la necesidad de impulsar la economía europea mediante inversiones productivas: considera que la disponibilidad de los instrumentos financieros europeos existentes, como los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos u Horizonte 2020, deberían garantizar la consecución de este objetivo; opina que la combinación de estos fondos debe ser coherente con los recursos nacionales y las normas sobre ayudas estatales; reconoce el papel que desempeñan las asociaciones público-privadas y las empresas comunes;

23.  Pide a los Estados miembros que, a efectos de apoyar una digitalización industrial eficiente, prevean incentivos fiscales para las empresas y los negocios que creen sistemas de producción digital e inteligente;

Garantizar el liderazgo europeo en el ámbito de la tecnología y la seguridad de la digitalización industrial: fusiones y adquisiciones, ciberseguridad, flujos de datos, normalización

24.  Reconoce la necesidad imperiosa de reforzar la I+D; pide a la Comisión que apoye los esfuerzos tanto internos como externos en I+D y que promueva las redes de innovación y la cooperación entre empresas emergentes, los agentes empresariales establecidos, las pymes, las universidades, etc., en un ecosistema digital; pide a la Comisión que examine cómo maximizar la transferencia al mercado de los resultados de investigación de Horizonte 2020 y su explotación a cargo de empresas europeas; solicita a la Comisión que aumente la proporción de proyectos de investigación de Horizonte 2020 que generan patentes y derechos de propiedad intelectual e industrial, y que informe al respecto;

25.  Hace hincapié en la importancia de proteger las tecnologías y los conocimientos específicos europeos sensibles, que conforman la base de la futura fortaleza industrial y la resiliencia económica; destaca los riesgos potenciales de la inversión extranjera directa (IED) basada en políticas nacionales e industriales estratégicas, en particular a cargo de empresas estatales a través de fusiones y adquisiciones; destaca, en relación con la IED, que algunos inversores externos se han mostrado cada vez más interesados en adquirir tecnologías europeas sensibles a través de fusiones y adquisiciones; celebra la iniciativa de la Comisión de analizar la experiencia del CFIUS (Comité de Inversión Extranjera de los Estados Unidos); subraya que el acceso equitativo al mercado de inversiones debería imponerse mediante el establecimiento de normas mundiales;

26.  Insiste en que los avances en automatización, robótica y la aplicación de la inteligencia artificial a la producción, así como la integración profunda de componentes técnicos de distinto origen están planteando nuevas cuestiones en materia de responsabilidad por los productos y las instalaciones de producción; pide a la Comisión que aclare cuanto antes las normas en materia de seguridad y responsabilidad para los sistemas autónomos, incluidas las condiciones de ensayo;

27.  Reconoce que la apertura y la conectividad también pueden tener efectos en la vulnerabilidad en lo que a ciberataques, sabotajes, manipulación de datos o espionaje industrial se refiere, y subraya, en este contexto, la importancia de un enfoque común europeo en materia de ciberseguridad; reconoce la necesidad de concienciar sobre la mejora de la ciberseguridad; considera que la ciberresiliencia es una responsabilidad crucial para los líderes empresariales y los responsables nacionales y europeos de las políticas industriales y de seguridad; opina que compete a los productores asegurar normas de protección y ciberseguridad que sean un parámetro de diseño fundamental en todas las innovaciones digitales, conforme a la tecnología más avanzada disponible y a los principios de «seguridad a través del diseño» y «seguridad por defecto», pero que, con arreglo a determinadas condiciones y criterios, esta responsabilidad del productor se puede eludir; señala que los requisitos en materia de ciberseguridad de la internet de las cosas y las normas de seguridad informática, por ejemplo, basados en la arquitectura de referencia RAMI4.0 e ICS, reforzarían la ciberresiliencia europea; considera que los organismos europeos de normalización tienen un papel especial que desempeñar en este sentido y no deben ser dejados de lado; pide a la Comisión que estudie diferentes modelos para promover la ciberseguridad de la internet de las cosas; pide a las instituciones públicas, no obstante, que conviertan en obligatorios los requisitos en materia de ciberseguridad para la contratación pública con respecto a los equipos informáticos y a los productos de la internet de las cosas; considera de gran importancia poner a disposición de las pymes controles y asesoramiento en materia de ciberseguridad para sus productos industriales digitalizados; cree que si los Estados miembros de la Unión compartieran las mejores prácticas se facilitaría la ciberresiliencia europea a este respecto;

28.  Considera que deberían existir criterios comunes para las infraestructuras críticas y su seguridad digital, y que la Directiva de la UE sobre seguridad de las redes y sistemas de información (Directiva SRI) constituye el primer paso para la consecución de un elevado nivel común de sistemas de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión; pide a la Comisión que insista en la transposición coherente y oportuna de la Directiva por parte de los Estados miembros; subraya la necesidad de reforzar el papel que los órganos rectores tienen en la Directiva SRI para instaurar confianza en las tecnologías futuras; observa que los mecanismos de control de las amenazas cibernéticas y la exploración de perspectivas deberían ser considerados importantes para la seguridad de las industrias digitales de la Unión, haciendo especial hincapié en la protección de las pymes y los consumidores;

29.  Subraya que se debe prestar especial atención a las cuestiones relativas a la recogida y el acceso a los datos y a la información industrial o relacionada con la producción; resalta, en este sentido, que se debe hacer especial hincapié en los principios de la soberanía de los datos, el acceso abierto y normalizado y la disponibilidad de los datos, el refuerzo de la innovación y la productividad, los nuevos servicios y modelos de negocio y las posibilidades de auditoría de la seguridad, al tiempo que se permite la competencia leal; subraya que las nuevas formas de regular la propiedad de los datos y el acceso a estos deben abordarse con suma cautela, y que solo podrán introducirse tras haber consultado ampliamente a todas las partes interesadas pertinentes; opina que tanto la innovación como las preocupaciones suscitadas en materia de privacidad de los trabajadores y los consumidores deben ser defendidas y garantizadas de conformidad con el Reglamento general de protección de datos; insiste, además, en que debe promoverse la revelación y el acceso a la información con fines públicos y científicos; constata, a este respecto, la propuesta de la Comisión para una economía de los datos, con el fin de promover un mercado común europeo de datos; considera que, en el actual debate sobre el régimen de los datos, cabe subrayar dos aspectos esenciales con vistas a promover el desarrollo de soluciones técnicas para la identificación y el intercambio de datos fiables, a saber, por una parte, normas contractuales aplicables por defecto y, por otra, la introducción de un control de prácticas desleales en las relaciones contractuales entre empresas;

30.  Destaca que la Iniciativa Europea de Computación en la Nube, junto con la propuesta legislativa sobre la libre circulación de los datos, destinada a eliminar las restricciones injustificadas relativas a la ubicación de los datos, pueden incentivar en mayor medida el proceso de digitalización de la industria europea, en especial de las pymes y las empresas emergentes, así como evitar la fragmentación del mercado único de la Unión; pide a la Comisión que supervise la adopción de la Iniciativa Europea de Computación en la Nube y su aplicación coherente, a fin de permitir un uso y un flujo de los datos justo, rápido, fiable y continuo; recuerda a la Comisión su compromiso, expresado en su Comunicación, de presentar una propuesta legislativa sobre la libre circulación de datos dentro de la Unión con el fin de eliminar o evitar los requisitos de localización injustificados en las disposiciones legislativas o reglamentarias nacionales;

31.  Está firmemente convencido de que, en particular en el sector del transporte, los datos de libre acceso, los macrodatos y el análisis de datos siguen siendo elementos esenciales para aprovechar plenamente los beneficios del mercado único digital y fomentar la innovación; lamenta que las iniciativas destinadas a facilitar los flujos de datos sigan estando fragmentadas; hace hincapié en la necesidad de una mayor seguridad jurídica, principalmente en términos de propiedad y responsabilidad, basada en el pleno respeto de la intimidad y la protección de los datos;

32.  Reconoce el potencial de digitalizar la industria a efectos de recuperación de datos sectoriales y de gobernanza de los organismos públicos y semipúblicos y los participantes en el mercado;

33.  Subraya el papel de la integración de la apertura de la arquitectura como principio de diseño de los diferentes componentes digitales;

34.  Reconoce la importancia de proteger los conocimientos técnicos en lo que se refiere al intercambio y la interconexión de componentes industriales digitales permitiendo y fomentando al mismo tiempo la interoperabilidad y la conectividad extremo a extremo;

35.  Subraya que el liderazgo europeo en la digitalización industrial requiere una sólida estrategia de normalización, que habrá de coordinarse con los Estados miembros y la Comisión, también en lo relativo a la interoperabilidad en el sector digital; destaca la importancia y las peculiaridades de los organismos europeos de normalización, con su enfoque inclusivo y basado en el consenso que aúna a las partes interesadas de la sociedad y, en particular, a las pymes; pide a la Comisión que favorezca el desarrollo de normas abiertas, se felicita de su intención de garantizar el acceso a las patentes esenciales sobre normas sobre la base de unas condiciones justas, razonables y no discriminatorias (condiciones FRAND), y reconoce que esto es esencial para promover la innovación y la I+D en la Unión; opina que la economía circular podría convertirse en un importante motor para una normalización coherente de los flujos de comunicación a lo largo de las cadenas de valor industrial; aboga por un enfoque coordinado de la Unión a través de los organismos de normalización europeos (como el CEN, el Cenelec y el ETSI) respecto de los foros y consorcios internacionales; considera que es deseable intentar lograr normas mundiales y universales, pero también subraya la voluntad de elaborar normas europeas en caso de que la cooperación internacional en los foros de normalización no avance de manera constructiva; considera necesaria la interoperabilidad, en particular en el ámbito de la internet de las cosas, para garantizar que el desarrollo de nuevas tecnologías conlleve más oportunidades para los consumidores, que no deberían verse atados a unos pocos proveedores concretos;

36.  Hace hincapié en que los obstáculos comerciales en el ámbito de la digitalización lastran la actividad internacional de la industria europea y dañan la competitividad europea; considera que los acuerdos de comercio justo entre la Unión y terceros países pueden contribuir en gran medida a lograr normas internacionales comunes en el ámbito de la protección de datos, los flujos y el uso de datos y la normalización;

Dimensión social: competencias, educación e innovación social

37.  Cree que es necesario acometer esfuerzos importantes con respecto a la educación, la fiscalidad y los sistemas de seguridad social, con el fin de integrar los efectos transformadores en nuestros modelos social y económico europeos; destaca que la transformación digital de la industria tendrá un gran impacto social, que abarcará desde el empleo, las condiciones de trabajo y los derechos de los trabajadores hasta la educación y las competencias, la sanidad electrónica, el medio ambiente y el desarrollo sostenible; resalta la necesidad de tener en cuenta la seguridad en el marco de este cambio; pide a la Comisión que analice y aborde de forma adecuada los efectos sociales de la digitalización industrial y que, si procede, proponga medidas adicionales para subsanar la brecha digital y promover una sociedad digital inclusiva, impulsando al mismo tiempo la competitividad europea;

38.  Recuerda que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha definido el concepto de «trabajador» sobre la base de una relación laboral caracterizada por una serie de criterios, como la subordinación, la retribución y la naturaleza del trabajo(12); pide que se garantice la seguridad jurídica sobre lo que constituye «empleo» en el mercado de trabajo digital, a fin de velar por que se cumpla la legislación laboral y social; afirma que todos los trabajadores de la economía de plataformas son, o bien empleados o bien autónomos, según una primacía de circunstancias, y que se les debe clasificar en consecuencia, independientemente de cuál sea su situación contractual;

39.  Subraya que la educación, la formación y el aprendizaje permanente son la piedra angular de la cohesión social en una sociedad digital; subraya que Europa afronta una brecha digital a este respecto; pide la aplicación de una garantía de competencias, previa consulta y con la participación de los interlocutores sociales, y pide a los Estados miembros que encuentren maneras de satisfacer las necesidades de los ciudadanos en materia de formación y reciclaje continuos, perfeccionamiento profesional y aprendizaje permanente con objeto de garantizar una transición fluida a una economía inteligente; hace hincapié en la importancia de garantizar la promoción y el reconocimiento de competencias digitales, así como la nueva tendencia hacia la «pluralidad de competencias»; cree que los empresarios deberían utilizar el Fondo Social Europeo para dicha formación y para promover un arsenal de ideas digitales destinadas a mejorar las competencias, en colaboración con la industria y los interlocutores sociales; acoge favorablemente la elaboración del material de formación y los planes de estudio específicos del sector; pide a la Comisión que estudie opciones para establecer un sistema de certificación de programas de formación continua en competencias digitales;

40.  Subraya que las competencias digitales deben integrarse en los planes de estudio nacionales; observa que, a fin de alcanzar este objetivo, se deben seguir desarrollando ejemplos de iniciativas apoyadas por la Agencia de Seguridad de las Redes y de la Información de la Unión Europea (ENISA), como el Mes europeo de la ciberseguridad y el «European Cyber Security Challenge» (Desafío europeo de ciberseguridad); hace hincapié en la importancia de formación especializada en competencias digitales para los docentes y en que las competencias digitales deben ser enseñadas a todos los niños; pide a los Estados miembros que garanticen que todas las escuelas estén equipadas con wifi y material informático actualizado; observa que la codificación también desempeña un papel importante; preconiza el intercambio de mejores prácticas entre los Estados miembros, a fin de aprender de prácticas establecidas como el programa Fit4Coding, iniciativas académicas digitales, programas de aprendizaje en línea o centros de codificación común como Webforce3; pide a la Comisión que promueva la integración de las pruebas sobre competencias digitales en los estudios IGCU/PISA, a fin de posibilitar la competencia y la comparación entre los distintos Estados miembros de la Unión; pide a los Estados miembros que, en cooperación con la Comisión, definan programas de estudios interdisciplinares encaminados a integrar varias competencias, como la tecnología de la información con la gestión empresarial o la ingeniería y la ciencia de los datos; hace hincapié en que todos los Estados miembros deberían desarrollar estrategias nacionales exhaustivas en materia de competencias digitales que incluyan metas, como ya les ha invitado a hacerlo la Comisión; expresa la importante función que pueden desempeñar los interlocutores sociales y otras partes interesadas en el desarrollo y aplicación de dichas estrategias; observa que, hasta la fecha, solo la mitad de los Estados miembros han creado coaliciones nacionales en pro del empleo digital; destaca que una línea presupuestaria específica que apoye las actividades de la «Coalición por las capacidades y los empleos digitales» reforzaría la divulgación de información y la realización de otras actividades;

41.  Hace hincapié en la importancia de invertir en la digitalización de la formación profesional y del sector de la artesanía; destaca que las competencias digitales deben combinarse también con capacidades en materia de ingeniería y la promoción de la enseñanza de la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas, así como el fomento de aptitudes interpersonales, como la comunicación, la coordinación de equipos y el pensamiento intersectorial;

42.  Exige que se incorpore la perspectiva de género en todas las iniciativas digitales, garantizando que la actual transformación digital también se convierte en motor de la igualdad de género; hace hincapié en la necesidad de abordar la grave brecha de género en el sector de las TIC, ya que ello resulta esencial para el crecimiento y la prosperidad de Europa a largo plazo;

43.  Destaca el potencial de la digitalización en relación con la accesibilidad de los servicios sociales y otros servicios públicos, así como con la inclusión de personas con discapacidad y personas con movilidad reducida en el mercado de trabajo; destaca, en particular, la importancia del teletrabajo en este contexto;

44.  Señala que, tal como ha puesto de manifiesto la iniciativa europea, la digitalización de obras europeas representa una gran oportunidad para mejorar su accesibilidad, distribución y promoción, y que la innovación digital puede ser el motor que revolucione la manera de exhibir los bienes culturales y de acceder a ellos; destaca la importancia de promover en particular el uso de tecnologías 3D para recopilar datos y reconstruir patrimonio y bienes culturales destruidos; insiste en la necesidad de garantizar la financiación para la digitalización, la conservación y el acceso en línea del patrimonio cultural europeo;

45.  Lamenta que los lugares históricos y culturales no suelan ser fácilmente accesibles para las personas con discapacidad, y destaca las oportunidades que una plataforma cultural digital más sólida presenta para mejorar el compromiso y dar más accesibilidad a las experiencias, lugares y bienes culturales en toda Europa, independientemente de su ubicación geográfica;

46.  Anima a investigar y desarrollar tecnologías asistenciales que puedan utilizarse y convertirse en nuevos productos industriales para integrar a las personas con discapacidad;

47.  Recomienda la creación de un intercambio periódico de mejores prácticas, un informe de situación bianual y la formulación de recomendaciones sobre la digitalización de la industria;

o
o   o

48.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros.

(1) Textos Aprobados, P8_TA(2016)0009.
(2) DO C 199 E de 7.7.2012, p. 131.
(3) DO C 236 E de 12.8.2011, p. 57.
(4) DO C 236 E de 12.8.2011, p. 41.
(5) DO C 482 de 23.12.2016, p. 89.
(6) DO C 468 de 15.12.2016, p. 19.
(7) DO C 93 de 9.3.2016, p. 120.
(8) DO C 332 E de 15.11.2013, p. 22.
(9) Textos Aprobados, P8_TA(2016)0486.
(10) DO C 81 E de 15.3.2011, p. 45.
(11) DO C 236 E de 12.8.2011, p. 24.
(12) Véanse las sentencias del Tribunal de Justicia en los asuntos C-596/12, apartado 17, y C-232/09, apartado 39.

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