Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de junio de 2017, sobre la situación en la República Democrática del Congo (2017/2703(RSP))
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores Resoluciones, en particular las relativas a la República Democrática del Congo (RDC) de 23 de junio de 2016(1), 1 de diciembre de 2016(2) y 2 de febrero de 2017(3),
– Vistas las Declaraciones de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, Federica Mogherini, y de su portavoz sobre la situación en la RDC,
– Vistas las Declaraciones de la Delegación de la UE en la RDC sobre la situación de los derechos humanos en el país,
– Visto el acuerdo político alcanzado en la RDC el 31 de diciembre de 2016,
– Vista la Resolución de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE, de 15 de junio de 2016, sobre la situación en el período previo a las elecciones y en materia de seguridad en la RDC,
– Vistas las Conclusiones del Consejo, de 17 de octubre de 2016 y 6 de marzo de 2017, sobre la RDC,
– Visto el Informe del secretario general de las Naciones Unidas, de 10 de marzo de 2017, sobre la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la RDC,
– Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la RDC, en particular la Resolución 2293 (2016) sobre la renovación del régimen de sanciones a la RDC y el mandato del Grupo de Expertos, y la Resolución 2348 (2017) sobre la renovación del mandato de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la RDC (MONUSCO),
– Vista la Declaración conjunta, de 16 de febrero de 2017, de la Unión Africana, las Naciones Unidas, la Unión Europea y la Organización Internacional de la Francofonía, sobre la RDC,
– Visto el Acuerdo de Asociación de Cotonú revisado,
– Vista la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos, de junio de 1981,
– Vista la Carta Africana de la Democracia, las Elecciones y la Gobernanza,
– Vista la Constitución de la RDC, aprobada el 18 de febrero de 2006,
– Visto el artículo 123, apartados 2 y 4, de su Reglamento,
A. Considerando que la RDC ha sufrido ciclos continuados de conflicto y brutal represión política; que la crisis humanitaria y en materia de seguridad en la RDC se ha deteriorado aún más a consecuencia de la crisis política provocada por el incumplimiento por el presidente Joseph Kabila del límite constitucional de dos mandatos;
B. Considerando que el conflicto se produce en el contexto de una crisis política en la RDC; que el acuerdo alcanzado el 31 de diciembre de 2016 bajo los auspicios de la Conferencia Episcopal Nacional del Congo (CENCO) prevé una transición política que desemboque en unas elecciones presidenciales libres y justas que se celebrarán a finales de 2017 sin modificar la Constitución; que hasta la fecha no se han registrado progresos en la aplicación del acuerdo;
C. Considerando que en agosto de 2016 se produjeron enfrentamientos armados entre el ejército congoleño y milicias locales en la provincia de Kasai Central y que estos choques se extendieron a las provincias vecinas de Kasai Oriental, Lomami y Sankuru, generando una crisis humanitaria y provocando el desplazamiento interno de más de un millón de civiles; que los informes de las Naciones Unidas han documentado violaciones masivas de los derechos humanos, incluidos la matanza de más de 500 civiles y el descubrimiento de más de 40 fosas comunes; que, según las Naciones Unidas, unos 400 000 niños están a punto de morir de inanición, que 165 organizaciones de la sociedad civil congoleña y defensores de los derechos humanos han pedido una investigación internacional independiente de las violaciones masivas de los derechos humanos en las provincias de Kasai y Lomami, destacando que tanto las fuerzas gubernamentales como los milicianos están implicados en esos crímenes;
D. Considerando que dos expertos de las Naciones Unidas fueron secuestrados y asesinados, junto con miembros del personal de apoyo, en la provincia de Kasai en marzo de 2017;
E. Considerando que en abril de 2017 la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de las Naciones Unidas lanzó un llamamiento para conseguir 64,5 millones de dólares estadounidenses para ayuda humanitaria urgente en la región de Kasai;
F. Considerando que las organizaciones de defensa de los derechos humanos informan continuamente del deterioro de la situación en el país en relación con los derechos humanos y las libertades de expresión, de reunión y manifestación, el aumento de los juicios políticos y el uso excesivo de la fuerza contra manifestantes pacíficos, periodistas y opositores políticos, en particular a manos del ejército y las milicias; que las mujeres y los niños son las primeras víctimas del conflicto y que la violencia sexual y de género, utilizada a menudo como una táctica bélica, está muy extendida;
G. Considerando que, en el marco de su mandato, renovado por un año más en abril de 2017, la MONUSCO debe contribuir a la protección de la población civil en medio de esta intensificación de la violencia, y apoyar la aplicación del acuerdo político de 31 de diciembre de 2016, y que el contingente de la MONUSCO también debe desplegarse teniendo debidamente en cuenta las prioridades humanitarias y en materia de seguridad;
H. Considerando que la UE adoptó, el 12 de diciembre de 2016, medidas restrictivas contra siete personas en respuesta a la obstrucción del proceso electoral y a las violaciones de los derechos humanos, y el 29 de mayo de 2017 contra otras nueve personas que ocupan puestos de responsabilidad en la administración del Estado y en la cadena de mando de las fuerzas de seguridad de la RDC;
1. Sigue profundamente preocupado por el deterioro de la situación política, de seguridad y humanitaria en la RDC; condena enérgicamente todas las violaciones de los derechos humanos, incluidos los actos de violencia cualesquiera que sean sus autores, los secuestros, los asesinatos, la tortura, la violencia sexual y los encarcelamientos arbitrarios y detenciones ilegales;
2. Pide que se cree una comisión de investigación independiente y exhaustiva que incluya a expertos de las Naciones Unidas, para arrojar luz sobre la violencia en la región de Kasai y garantizar que los autores de estas matanzas rindan cuentas de sus acciones; pide a los Estados miembros que den apoyo político y financiero a dicha comisión de investigación;
3. Recuerda que sobre el Gobierno de la RDC recae la responsabilidad primaria de proteger a los civiles que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción, incluida la de su protección frente a los crímenes contra la humanidad y los crímenes de guerra;
4. Lamenta profundamente el retraso en la organización de las próximas elecciones presidenciales y legislativas en la RDC, lo que constituye una violación de la Constitución del país; lamenta asimismo la falta de avances en la aplicación del acuerdo político de 31 de diciembre de 2016 por lo que respecta a las disposiciones transitorias; recuerda el compromiso del Gobierno de la RDC de celebrar de manera creíble antes de finales de 2017 unas elecciones transparentes, libres y justas, garantizando la protección de las libertades y derechos políticos y de conformidad con el acuerdo político, que conduzcan a una transferencia pacífica del poder; reitera la importancia de la publicación de un calendario electoral detallado y acoge con satisfacción al mismo tiempo el proceso de inscripción en las listas electorales; pide que se apliquen rápidamente los compromisos recogidos en el acuerdo, en particular la modificación y la adopción de las disposiciones legislativas necesarias en el Parlamento congoleño antes del final de la legislatura; pide que se modifique la legislación electoral para garantizar la representación de las mujeres a través de unas medidas adecuadas;
5. Subraya que la Comisión Electoral Nacional Independiente tiene la responsabilidad de ejercer el papel de institución imparcial e integradora en el desarrollo de un proceso electoral democrático y fiable; pide la creación inmediata de un consejo nacional encargado del seguimiento del acuerdo y del proceso electoral, de conformidad con el acuerdo político de 2016;
6. Recuerda la obligación del Gobierno de respetar, proteger y promover las libertades fundamentales como base de la democracia; insta a las autoridades congoleñas a que restablezcan un entorno propicio al libre y pacífico ejercicio de las libertades de expresión, asociación y reunión y a la libertad de prensa; exige la inmediata liberación de todos los detenidos ilegalmente, incluidos periodistas, opositores y representantes de la sociedad civil; pide a todos los interlocutores políticos que entablen un diálogo político;
7. Condena todas las violaciones del Derecho humanitario internacional perpetradas por las autoridades y los servicios de seguridad nacionales; manifiesta también su preocupación por las informaciones sobre graves violaciones de los derechos humanos cometidas por milicias locales, incluidos el reclutamiento y la utilización ilegales de niños soldados, que podrían constituir crímenes de guerra de conformidad con el Derecho internacional; considera que poner fin al fenómeno de los niños soldado debe constituir una prioridad para las autoridades y la comunidad internacional;
8. Reitera su profunda preocupación por la alarmante situación humanitaria en la RDC, que incluye desplazamientos forzosos, inseguridad alimentaria, epidemias y catástrofes naturales; insta a la Unión y a sus Estados miembros a que aumenten la ayuda financiera y humanitaria a través de organizaciones fiables para satisfacer las necesidades urgentes de la población, en particular en la provincia de Kasai; condena enérgicamente todos los ataques contra el personal y los medios humanitarios, e insiste en que las autoridades congoleñas garanticen la entrega correcta y puntual de ayuda a la población por las organizaciones humanitarias;
9. Celebra la renovación del mandato de la MONUSCO y la labor realizada por el representante especial del secretario general para la RDC para proteger a los civiles y defender los derechos humanos en el contexto electoral; destaca que el mandato original y actual, aplicable a todas las tropas de las Naciones Unidas en el país, es «neutralizar a los grupos armados»; pide que la MONUSCO intervenga con todas sus fuerzas y proteja a la población contra los grupos armados, proteja a las mujeres contra las violaciones y otros actos de violencia sexual, y no permita ninguna restricción basada en mandos nacionales;
10. Observa con preocupación el riesgo de desestabilización de la región; reitera su apoyo a las Naciones Unidas, la Organización Internacional de la Francofonía y la Unión Africana para facilitar el diálogo político; pide una mayor intervención en la región de los Grandes Lagos para evitar una mayor desestabilización;
11. Recuerda la importancia de que los responsables rindan cuentas de las violaciones de los derechos humanos y otras acciones que menoscaban una solución consensuada y pacífica en la RDC; apoya el uso de sanciones selectivas de la Unión Europea contra los responsables de violaciones graves de los derechos humanos; pide que se lleven a cabo más investigaciones de los responsables y que se amplíen las sanciones, al más alto nivel del gobierno, por la violencia y los crímenes cometidos en la RDC, así como por el saqueo de sus recursos naturales, de conformidad con las investigaciones realizadas por el grupo de Expertos de las Naciones Unidas; destaca que las sanciones han de incluir la congelación de bienes y la prohibición de entrar en la Unión Europea;
12. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a la Unión Africana, al Parlamento Panafricano, al Consejo de Ministros y la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE, al secretario general de las Naciones Unidas, y al presidente, el primer ministro y el Parlamento de la República Democrática del Congo.