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Procedimiento : 2017/2724(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclos relativos a los documentos :

Textos presentados :

RC-B8-0424/2017

Debates :

PV 15/06/2017 - 4.3
CRE 15/06/2017 - 4.3

Votaciones :

PV 15/06/2017 - 7.4

Textos aprobados :

P8_TA(2017)0269

Textos aprobados
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Jueves 15 de junio de 2017 - Estrasburgo
Situación de los derechos humanos en Indonesia
P8_TA(2017)0269RC-B8-0424/2017

Resolución del Parlamento Europeo, de 15 de junio de 2017, sobre la situación de los derechos humanos en Indonesia (2017/2724(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Indonesia, y en particular la de 19 de enero de 2017(1),

–  Vistos el Acuerdo de Colaboración y Cooperación UE-Indonesia (ACC), que entró en vigor el 1 de mayo de 2014, y el comunicado de prensa conjunto emitido el 29 de noviembre de 2016 tras la primera reunión del Comité mixto UE-Indonesia celebrada en el marco del ACC,

–  Vista la declaración local de la Unión, de 9 de mayo de 2017, sobre la libertad religiosa y de convicciones y la libertad de expresión,

–  Vistos el Informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos titulado «Recopilación sobre Indonesia», de 17 de febrero de 2017, el examen periódico universal (tercer ciclo) y el resumen de las contribuciones de las partes interesadas sobre Indonesia, de 20 de febrero de 2017,

–  Vista la Declaración del portavoz del Servicio Europeo de Acción Exterior, de 27 de julio de 2016, sobre las ejecuciones previstas en Indonesia,

–  Visto el sexto diálogo sobre derechos humanos entre la Unión e Indonesia, de 28 de junio de 2016,

–  Vista la Declaración de Bangkok, de 14 de octubre de 2016, sobre la promoción de una asociación global entre la ASEAN y la Unión por los objetivos estratégicos comunes,

–  Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948,

–  Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), ratificado por Indonesia en 2006,

–  Vista la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de 1987,

–  Vistos el artículo 135, apartado 5, y el artículo 123, apartado 4, de su Reglamento,

A.  Considerando que Indonesia es la cuarta nación más poblada del mundo, la tercera democracia y el país con la mayoría musulmana más amplia, y que tiene una sociedad muy diversa integrada por 255 millones de ciudadanos de distintas etnias, lenguas y culturas;

B.  Considerando que Indonesia es un socio importante de la Unión; que las relaciones entre la Unión e Indonesia, miembro del G-20, son sólidas; que la Unión e Indonesia comparten los mismos valores en materia de derechos humanos, gobernanza y democracia;

C.  Considerando que en 2016 se produjo un número inaudito de ataques verbales violentos, discriminatorios y persecutorios, y de declaraciones virulentas contra las personas LGBTI en Indonesia; que, según parece, esos ataques han sido espoleados directa o indirectamente por funcionarios públicos, instituciones del Estado y extremistas; que la naturaleza de esos ataques empeoró además en 2017;

D.  Considerando que en la provincia autónoma especial de Aceh, gobernada por la sharía, los actos sexuales consentidos entre personas del mismo sexo y las relaciones sexuales fuera del matrimonio están tipificados como delito y conllevan un castigo de hasta 100 latigazos y 100 meses de prisión; que, en mayo de 2017, dos jóvenes acusados de mantener relaciones sexuales entre personas del mismo sexo fueron condenados a recibir 85 azotes; que el derecho a no ser torturado es un derecho fundamental e inalienable;

E.  Considerando que la homosexualidad no es ilegal en el resto de Indonesia; que, sin embargo, estos últimos años la comunidad LGBTI ha sufrido fuertes presiones;

F.  Considerando que, el 21 de mayo de 2017, 141 hombres fueron detenidos en una redada policial en un local gay de Yakarta por «infringir las leyes sobre pornografía»;

G.  Considerando que el Tribunal Constitucional de Yakarta lleva examinando desde enero de 2016 una petición destinada a penalizar las relaciones sexuales entre homosexuales y fuera del matrimonio;

H.  Considerando que cada vez es mayor la intolerancia respecto de las minorías religiosas en Indonesia, gracias también a leyes y normativas discriminatorias, incluida una ley sobre la blasfemia que tan solo reconoce oficialmente seis religiones; que, desde junio de 2017, se ha condenado y encarcelado a varias personas en virtud de las leyes sobre la blasfemia;

I.  Considerando que, en enero de 2017, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (Komisi Nasional Hak Asaki Manusia) constató que en algunas provincias, como Java Occidental, existe una intolerancia religiosa mucho mayor que en otras, y que los funcionarios públicos regionales son responsables en muchos casos ya que toleran o cometen abusos directamente;

J.  Considerando que la intimidación y la violencia de la que son objeto los periodistas son motivos de seria preocupación; que los periodistas deberían tener acceso a todo el país;

K.  Considerando que, según la organización Human Rights Watch, el 49 % de las jóvenes de 14 años o menos fueron víctimas de la mutilación genital femenina entre 2010 y 2015;

L.  Considerando que las autoridades ejecutaron en julio de 2016 a cuatro condenados por tráfico de drogas y han anunciado que en 2017 serán ejecutados otros diez prisioneros del corredor de la muerte;

1.  Aprecia la estrecha relación entre la Unión e Indonesia y reitera la importancia de los fuertes lazos políticos, económicos y culturales existentes desde hace tiempo entre las dos partes; destaca la importancia que reviste el diálogo sobre derechos humanos entre la Unión e Indonesia, que permite mantener un intercambio de puntos de vista abierto sobre los derechos humanos y la democracia, a su vez pilares del ACC;

2.  Pide que se establezcan contactos parlamentarios más estrechos entre la Unión e Indonesia que permitan debatir de forma constructiva diversas cuestiones de mutuo interés, incluidos los derechos humanos; pide al Parlamento indonesio que refuerce esas relaciones interparlamentarias;

3.  Celebra la activa implicación de Indonesia a nivel regional y multilateral; destaca que Indonesia ha sido evaluada recientemente en el contexto de un examen periódico universal durante la reunión del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas de mayo de 2017; subraya que, al igual que en ciclos anteriores, Indonesia se prestó de forma voluntaria a este examen;

4.  Pide a las autoridades de la provincia autónoma especial de Aceh que impidan que continúe persiguiéndose a los homosexuales y que despenalice la homosexualidad mediante la modificación de su Código Penal Islámico; condena firmemente el castigo a los dos hombres, de 20 y 23 años, que fueron azotados por ser homosexuales en Aceh el 22 de mayo de 2017, siendo esta la primera vez que las autoridades de Aceh azotan a personas por prácticas homosexuales; condena firmemente que la homosexualidad sea ilegal en virtud del Código Penal Islámico de Aceh, que se basa en la sharía; destaca que el castigo que recibieron los dos hombres constituye un trato cruel, inhumano y degradante que puede ser considerado tortura en virtud del Derecho internacional; pide, asimismo, a las autoridades que pongan fin inmediatamente a la flagelación pública;

5.  Manifiesta su preocupación por el aumento de la intolerancia hacia la comunidad LGBTI indonesia fuera de la provincia autónoma especial de Aceh; condena enérgicamente que, pese a que la homosexualidad no constituye un delito en virtud del Código Penal de Indonesia, 141 hombres fueran detenidos en una redada policial en un local gay de Yakarta el 21 de mayo de 2017; insta a las autoridades y a los funcionarios públicos a que se abstengan de hacer declaraciones públicas que discriminen a las personas LGBTI o a otras minorías en el país; destaca que la policía tiene la obligación de aplicar la ley y proteger a las minorías vulnerables y de no perseguirlas;

6.  Rechaza la declaración de la Asociación Psiquiátrica de Indonesia que afirma que la homosexualidad y el transgenerismo son enfermedades mentales; pide a las autoridades que pongan fin a la detención forzosa de personas LGBTI y a todos los tipos de «tratamientos» con los que se pretenda «curarles» la homosexualidad, la bisexualidad o la identidad transgénero, y que apliquen rigurosamente su prohibición;

7.  Acoge con satisfacción la declaración del presidente Widodo, de 19 de octubre de 2016, en la que condena la discriminación hacia las personas LGBTI; pide al presidente Widodo que utilice su importante posición para condenar públicamente la intolerancia y los crímenes contra las personas LGBTI, las minorías, las mujeres y las organizaciones o reuniones en el país;

8.  Solicita la revisión de la Ley sobre la blasfemia, que pone a las minorías religiosas en situación de riesgo; apoya las recomendaciones de las Naciones Unidas para derogar los artículos 156 y 156a del Código Penal, de la Ley sobre la prevención del abuso y la difamación de la religión y la Ley sobre las transacciones y los datos electrónicos, así como sus recomendaciones para retirar los cargos y las acciones penales contra las personas acusadas de blasfemia;

9.  Expresa su preocupación por la creciente intolerancia hacia las minorías étnicas, religiosas y sexuales en Indonesia; insta a las autoridades de Indonesia a que continúen y redoblen sus esfuerzos por fomentar la tolerancia religiosa y la diversidad social; condena firmemente todos los actos de violencia, acoso e intimidación contra las minorías; pide que se exija a todo aquel que cometa estas violaciones que responda ante la justicia;

10.  Manifiesta su preocupación por las graves violaciones de la libertad de los medios de comunicación; exhorta al Gobierno de Indonesia a que insista para que los organismos estatales adopten una política de tolerancia cero con respecto al maltrato físico de los periodistas y permitan a los medios de comunicación extranjeros acceder libremente al país;

11.  Pide a las autoridades de Indonesia que deroguen todas las disposiciones legales que restrinjan indebidamente las libertades fundamentales y los derechos humanos; pide, asimismo, a las autoridades de Indonesia que revisen todas sus leyes y garanticen su conformidad con las obligaciones internacionales del país, en particular en relación con la libertad de expresión, de pensamiento, de conciencia y de religión, la igualdad ante la ley, la no discriminación y el derecho a la expresión y a la reunión pública;

12.  Manifiesta su preocupación por las denuncias sobre la violencia persistente contra la mujer y las prácticas nocivas para la mujer, como la mutilación genital femenina; pide a las autoridades de Indonesia que apliquen su legislación en materia de violencia contra la mujer, que castiguen todas las formas de violencia sexual y que aprueben legislación para eliminar la desigualdad de género y capacitar a las mujeres;

13.  Celebra que se haya suspendido la ejecución de personas condenadas a muerte por tráfico de drogas a la espera de que se revise su caso; insta al Gobierno de Indonesia a que siga bloqueando todas las ejecuciones de este tipo y someta a las personas implicadas a un nuevo juicio de conformidad con las normas internacionales; solicita el restablecimiento inmediato de la moratoria de la pena de muerte, con vistas a su abolición;

14.  Pide al Gobierno de Indonesia que cumpla todas sus obligaciones y respete, proteja y defienda las libertades y los derechos consagrados en el PIDCP;

15.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Gobierno y al Parlamento de Indonesia, al secretario general de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN), a la Comisión Intergubernamental de Derechos Humanos de la ASEAN y al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

(1) Textos Aprobados, P8_TA(2017)0002.

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