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Procedimiento : 2017/2011(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A8-0294/2017

Textos presentados :

A8-0294/2017

Debates :

PV 24/10/2017 - 18
CRE 24/10/2017 - 18

Votaciones :

PV 25/10/2017 - 7.7
CRE 25/10/2017 - 7.7
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Textos aprobados :

P8_TA(2017)0413

Textos aprobados
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Miércoles 25 de octubre de 2017 - Estrasburgo
Aspectos de la integración de los gitanos en la Unión relacionados con los derechos fundamentales: combatir el antigitanismo
P8_TA(2017)0413A8-0294/2017

Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de octubre de 2017, sobre los aspectos de la integración de los gitanos en la Unión relacionados con los derechos fundamentales: combatir el antigitanismo (2017/2038(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vistos el Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

–  Visto el preámbulo del TUE, y en particular su párrafo segundo y sus párrafos cuarto a séptimo,

–  Vistos, entre otros, el artículo 2, el artículo 3, apartado 3, párrafo segundo, y el artículo 6 del TUE,

–  Vistos, entre otros, el artículo 10 y el artículo 19, apartado 1, del TFUE,

–  Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, de 7 de diciembre de 2000 (en lo sucesivo, «la Carta»), proclamada el 12 de diciembre de 2007 en Estrasburgo, que entró en vigor junto con el Tratado de Lisboa en diciembre de 2009,

–  Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948,

–  Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, aprobada en Nueva York el 20 de noviembre de 1989, y en particular su artículo 3,

–  Vista la Resolución de las Naciones Unidas A/RES/70/1, adoptada por su Asamblea General el 25 de septiembre de 2015 con el título «Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible»,

–  Vista la Resolución de las Naciones Unidas A/RES/60/7, adoptada por su Asamblea General el 1 de noviembre de 2005 con el título «Recordación del Holocausto»,

–  Visto el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales,

–  Visto el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales, del Consejo de Europa,

–  Vista la Declaración del Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre el auge del antigitanismo y la violencia racista contra los gitanos, adoptada el 1 de febrero de 2012,

–  Vista la Recomendación de política general n.º 13 de la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI) sobre la lucha contra el antigitanismo y las discriminaciones contra los romaníes/gitanos,

–  Vista la Carta de los partidos políticos europeos por una sociedad no racista, adoptada por el Congreso de Poderes Locales y Regionales de Europa del Consejo de Europa en su 32.ª sesión, de marzo de 2017,

–  Vistas la Resolución de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa n.º 1985 (2014) sobre la situación y los derechos de las minorías nacionales en Europa, y la Resolución n.º 2153 (2017) sobre el fomento de la inclusión de los gitanos y travellers,

–  Vista la declaración del secretario general del Consejo de Europa Thorbjørn Jagland, de 11 de abril de 2017, sobre los diez objetivos para los próximos diez años,

–  Visto el Convenio de la OIT relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación, de 1958 (n.º 111),

–  Vista la Directiva 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico(1),

–  Vista la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación(2),

–  Vista la Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, y por la que se sustituye la Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo(3),

–  Visto el Reglamento (CE) n.º 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social(4),

–  Vista la Decisión Marco 2008/913/JAI del Consejo, de 28 de noviembre de 2008, relativa a la lucha contra determinadas formas y manifestaciones de racismo y xenofobia mediante el Derecho penal(5),

–  Vista la Recomendación del Consejo, de 9 de diciembre de 2013, relativa a la adopción de medidas eficaces de integración de los gitanos en los Estados miembros, así como las conclusiones del Consejo de 8 de diciembre de 2016 sobre la aceleración del proceso de integración de los gitanos, y de 13 de octubre de 2016 sobre el Informe especial n.º 14/2016 del Tribunal de Cuentas,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 15 de junio de 2011, sobre educación infantil y atención a la infancia,

–  Vistas las comunicaciones de la Comisión sobre la integración de los gitanos (COM(2010)0133, COM(2012)0226, COM(2013)0454, COM(2015)0299, COM(2016)0424), incluida la Comunicación sobre un marco europeo de estrategias nacionales de inclusión de los gitanos hasta 2020 (COM(2011)0173),

–  Vista la Comunicación de la Comisión titulada «La Garantía Juvenil y la Iniciativa sobre Empleo Juvenil, situación al cabo de tres años» (COM(2016)0646),

–  Vista la Recomendación 2013/112/UE de la Comisión, de 20 de febrero de 2013, titulada «Invertir en la infancia: romper el ciclo de las desventajas»,

–  Vistas sus anteriores Resoluciones sobre los gitanos(6),

–  Vista su Resolución, de 15 de abril de 2015, con ocasión del Día Internacional del Pueblo Gitano – antigitanismo en Europa y reconocimiento por la UE del día de conmemoración del genocidio del pueblo gitano durante la Segunda Guerra Mundial(7),

–  Vista su Resolución, de 13 de diciembre de 2016, sobre la situación de los derechos fundamentales en la Unión Europea en 2015(8), y en particular sus apartados 117 a 122, relativos a los derechos de la población romaní,

–  Visto el Informe sobre los derechos fundamentales 2016 de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

–  Vistos los informes EU-MIDIS I y II de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y otros estudios e informes sobre la población romaní,

–  Visto el Informe Especial n.º 14/2016 del Tribunal de Cuentas titulado «Iniciativas y ayuda financiera de la UE para la integración de los gitanos: pese a los avances significativos de la última década, aún son necesarios esfuerzos adicionales sobre el terreno»,

–  Vista la encuesta del Eurobarómetro «Discriminación en la UE en 2015»,

–  Vistos los informes y las recomendaciones de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), y entre otros, su plan de acción sobre la mejora de la situación de la población romaní y sinti en el ámbito de la OSCE,

–  Vistos los informes y las recomendaciones de las organizaciones de vigilancia y de la sociedad civil, en especial los del Centro Europeo de Derechos Romaníes, la Fundación Secretariado Gitano, OSF, ERGO y Amnistía Internacional,

–  Visto el documento de referencia sobre antigitanismo elaborado por la Alianza contra el antigitanismo,

–  Visto el informe del Centro de Estudios Políticos Europeos titulado «Combating Institutional Anti-Gypsyism: Responses and promising practices in the EU and selected Member States» (la lucha contra el antigitanismo institucional:respuestas y prácticas prometedoras en la Unión y en determinados Estados miembros),

–  Visto el recientemente establecido Instituto Europeo de Arte y Cultura Gitana (ERIAC) en Berlín, que tiene por objeto establecer la presencia artística y cultural de los doce millones de gitanos que viven en Europa, permitiendo su expresión personal y contribuyendo así a la lucha contra el antigitanismo,

–  Visto el artículo 52 de su Reglamento interno,

–  Vistos el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y la opinión de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A8-0294/2017),

A.  Considerando que la población gitana se sigue viendo privada de sus derechos humanos en Europa;

B.  Considerando que la población gitana forma parte de la cultura y los valores de Europa y que ha contribuido a la riqueza cultural, la diversidad, la economía y la historia común de la Unión;

C.  Considerando que «el antigitanismo es una forma específica de racismo, una ideología basada en la superioridad racial, una forma de deshumanización y de racismo institucional alimentado por una discriminación histórica, que se manifiesta, entre otras cosas, por la violencia, el discurso del miedo, la explotación y la discriminación en su forma más flagrante»(9);

D.  Considerando que, a pesar de los esfuerzos realizados a nivel nacional, europeo e internacional, puede detectarse a diario un antigitanismo estructural y persistente(10) en todos los niveles de la sociedad europea, que se manifiesta, por ejemplo, en forma de abandono individual e institucional, discriminación, desigualdad, desempoderamiento, denigración, alterización, búsqueda de chivos expiatorios, estigmatización o incitación al odio, y que convierte a los gitanos en víctimas de la violencia, de una pobreza extrema y una exclusión social profunda; que el antigitanismo va en aumento y que los partidos políticos ganan popularidad al expresar abiertamente su hostilidad contra los gitanos;

E.  Considerando que pueden detectarse diferentes formas de antigitanismo en el trabajo y el funcionamiento de las autoridades públicas e instituciones de todas las esferas y a todos los niveles en los Estados miembros, que se manifiestan por regla general en la falta de acceso o de igualdad de acceso a infraestructuras y servicios públicos, la denegación de la igualdad de derechos y de trato, la falta de presencia de gitanos en la formulación de políticas y en procesos de producción de conocimientos, su infrarrepresentación en organismos oficiales en todos los niveles de la sociedad, la creación de programas discriminatorios y el uso indebido de oportunidades de financiación para mejorar la vida de la población romaní;

F.  Considerando que puede incluso observarse un antigitanismo involuntario en las actividades de las instituciones de la Unión, pues muchos de sus programas y fondos que podrían tener efectos positivos en las condiciones de vida y perspectivas de futuro de los gitanos no llegan a estos o no tienen en cuenta la realidad que viven ni la discriminación a la que se enfrentan, a pesar de que sí que los designan de forma simbólica como unos de sus beneficiarios;

G.  Considerando que el antigitanismo, por muy inconsciente que sea, está presente en el acervo de la Unión, ya que este no suele tener en cuenta las realidades y los retos de la población romaní, que, sometida a múltiples discriminaciones durante siglos, no puede disfrutar de los mismos derechos y oportunidades ni del mismo nivel de protección que el acervo de la Unión otorga a otros ciudadanos de la Unión;

H.  Considerando que nuestra sociedad sigue tratando a los gitanos de forma paternalista, lo que se percibe tanto en el lenguaje como en los actos, que no hacen sino insistir en la necesidad de «incluir» o «integrar» a la población romaní, cuando lo que se necesita en realidad es un cambio radical de enfoque; que es preciso que nuestra sociedad les garantice el acceso a sus derechos fundamentales y el pleno disfrute de estos y de su ciudadanía;

I.  Considerando que se hace referencia continuamente a la población romaní como población vulnerable, cuando el hecho de privarla de sus derechos humanos inalienables y de negarle la igualdad de trato y de acceso al bienestar, los servicios, la información, la justicia, la educación, la atención sanitaria, el empleo, etc., sugiere que son las estructuras discriminatorias creadas y mantenidas por los que están en el poder las que convierten en vulnerable a la población gitana; que esto demuestra que las autoridades pertinentes han ignorado sus responsabilidades en materia de derechos humanos;

Pertenencia y participación

1.  Hace hincapié en que, con miras a combatir el consenso social inconsciente de excluir a la población gitana, luchar contra su discriminación y exclusión social, y destruir estereotipos creados y afianzados por la literatura popular, los medios de comunicación social, las artes y el lenguaje a lo largo de los siglos, es fundamental educar a las sociedades mayoritarias sobre la diversidad de la población gitana, su historia, su cultura y el alcance y la gravedad del antigitanismo a que se enfrenta en su vida cotidiana, así como las distintas formas que este adquiere; pide, en ese sentido, a los Estados miembros que asuman todas sus responsabilidades para con sus ciudadanos romaníes y lancen campañas de concienciación y de sensibilización interseccional a largo plazo;

2.  Considera que la participación activa y significativa de la población romaní a nivel social, económico, político y cultural resulta clave a la hora de atajar el antigitanismo de forma efectiva y de generar la indispensable confianza mutua en beneficio de toda la sociedad; toma nota de la responsabilidad conjunta de la Comisión y de los Estados miembros a este respecto; pide, por consiguiente, a la Comisión y a los Estados miembros que diseñen estrategias que presenten medidas de carácter proactivo y reactivo sobre la base de consultas verdaderas y sistemáticas con los representantes de la población gitana y las ONG, y que los involucren en el desarrollo, la supervisión y la evaluación de los programas y proyectos generales iniciados a todos los niveles, incluido a nivel local; pide a la Comisión y a los Estados miembros que fomenten la creación de organizaciones de la sociedad civil e instituciones públicas romaníes independientes, así como el empoderamiento de una juventud gitana dirigente progresista;

Reconciliación y creación de confianza

3.  Insta a la Comisión a que, en aras de instaurar una confianza mutua que resulta fundamental, cree una comisión de la verdad y la reconciliación a escala de la Unión (ya sea dentro de las estructuras existentes o como organismo independiente) con objeto de reconocer la persecución, exclusión y repudio de los gitanos a lo largo de los siglos, a que documente esta situación en un libro blanco oficial, y a que cuente con la participación del Parlamento Europeo y de expertos romaníes en la realización de esta labor;

4.  Pide a los Estados miembros que creen (bien dentro de las estructuras existentes, bien como organismos independientes) comisiones nacionales de la verdad y la reconciliación, con objeto de reconocer la persecución, exclusión y repudio de los gitanos a través de los siglos, contando para ello con la participación de miembros del Parlamento, funcionarios de la Administración, abogados, representantes de la población gitana, ONG y organizaciones de base, y que documenten estas cuestiones en un libro blanco oficial, y anima asimismo a los Estados miembros a incluir la historia del pueblo romaní en los planes de estudios de las escuelas;

5.  Pide a los Estados miembros que conmemoren a las víctimas del holocausto gitano, que marquen el 2 de agosto como Día de Conmemoración del Holocausto Gitano y que concedan una compensación adecuada e inmediata a los supervivientes del holocausto mediante un procedimiento simplificado, acompañado de una campaña de sensibilización; pide a la Comisión y a los Estados miembros que incluyan a las víctimas romaníes en las conmemoraciones celebradas el 27 de enero de cada año con motivo del día conmemorativo del holocausto y que organicen cursos de formación voluntaria para los funcionarios sobre el holocausto gitano;

Controles de resultados

6.  Manifiesta su preocupación por que, pese a la aplicación de varios programas específicos en los Estados miembros, la mayoría de los programas generales, incluidos los financiados con cargo a los Fondos Estructurales, no logran llegar a los más desfavorecidos, en especial a la población romaní; pide, por consiguiente, al Tribunal de Cuentas que, de una manera más exhaustiva y regular, compruebe los resultados de los programas de la Unión, como los programas de empleo y educación tales como, por ejemplo, el programa Erasmus + y la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ);

7.  Pide a la Comisión que:

   evalúe los programas y las oportunidades de financiación de la Unión a fin de determinar si cumplen el requisito de no discriminación y de participación y, cuando proceda, que adopte medidas correctoras sin demora,
   ponga en marcha un plan de contabilidad financiera y de seguimiento sólido, basado en la calidad y a largo plazo, para comprobar la actuación de los Estados miembros en lo que respecta a la utilización de los programas de la Unión,
   implique a los gitanos destinatarios de los proyectos en los procesos de seguimiento y evaluación de los mismos, de forma eficaz y transparente,
   garantice que el mecanismo de quejas existente se vuelve más accesible y transparente para los residentes, las ONG y las autoridades, a fin de permitirles que informen sobre fondos y programas de la Unión discriminatorios;
   suspenda la financiación en casos de uso indebido de fondos de la Unión,
   reforme los Fondos EIE de manera que ofrezcan apoyo financiero a la lucha contra el antigitanismo de una manera más proactiva, y
   amplíe los programas de financiación «Europa con los Ciudadanos» y «Derechos, Igualdad y Ciudadanía», reconociendo la importante función de las organizaciones de vigilancia de la sociedad civil y otras partes interesadas en la supervisión del antigitanismo, y garantizando el respeto de los derechos fundamentales;

8.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que:

   garanticen que las intervenciones pertinentes financiadas por la Unión y que puedan repercutir en la comunidad gitana sean inclusivas y luchen contra la segregación,
   garanticen que las prácticas segregacionistas se describan claramente y se excluyan de manera explícita de la financiación;
   mejoren las oportunidades de financiación a fin de garantizar que las oportunidades creadas en materia de educación y empleo brindan una salida real y duradera al desempleo de larga duración, salida que resulta necesaria para vivir con dignidad;
   velen por la utilización efectiva de todos los recursos disponibles, y
   aumenten la tasa de absorción de los fondos de la Unión, en consonancia con las prioridades establecidas en las estrategias nacionales de integración de los gitanos;

9.  Pide a los Estados miembros que aumenten la coordinación entre las autoridades locales y nacionales con vistas a eliminar los obstáculos administrativos y políticos, y que utilicen de manera efectiva los fondos de la Unión para mejorar la situación de los gitanos, en especial la de los niños;

10.  Recuerda la Recomendación del Consejo de 2013, en la que se señala que el fomento de la integración social y la lucha contra la pobreza y la discriminación, incluida, entre otras, la integración socioeconómica de comunidades marginadas como la de los gitanos, deben facilitarse mediante la asignación del 20 % como mínimo de los recursos totales del FSE en cada Estado miembro, para invertir en las personas;

Garantizar la igualdad de derechos y luchar contra el antigitanismo gracias a la formación

11.  Recuerda que los derechos de las minorías y la prohibición de la discriminación forman parte integrante de los derechos fundamentales y que, como tales, entran en el ámbito de aplicación de los valores de la Unión que han de respetarse conforme al artículo 2 del TUE; recuerda que, en virtud del artículo 7 del TUE, la Unión puede adoptar medidas si existe un riesgo claro de violación grave de dichos valores por parte de un Estado miembro;

12.  Pide a los Estados miembros que, sobre la base de los preocupantes informes de las ONG y las organizaciones de vigilancia:

   apliquen y hagan cumplir la Directiva 2000/43/CE a fin de impedir y eliminar eficazmente todas las formas de discriminación contra los gitanos, y velen por que las reglamentaciones administrativas nacionales, regionales y locales no sean discriminatorias y no den lugar a prácticas segregacionistas;
   apliquen y hagan cumplir la Decisión Marco 2008/913/JAI ya que proporciona los medios necesarios para combatir con éxito la retórica del antigitanismo y la violencia ejercida contra la población romaní;

13.  Pide a la Comisión que ayude a los Estados miembros en la transposición y aplicación de las Directivas sobre la igualdad de trato y que siga incoando procedimientos de infracción contra todos los Estados miembros, sin excepción, que infrinjan dichas Directivas o que no las transpongan o apliquen, como por ejemplo la Directiva sobre igualdad racial (2000/43/CE), la Directiva sobre libre circulación y residencia (2004/38/CE)(11), la Directiva sobre los derechos de las víctimas (2012/29/UE), la Decisión Marco sobre el racismo y la xenofobia (2008/913/JAI), la Directiva de servicios de comunicación audiovisual (2010/13/UE)(12), la Directiva del Consejo sobre igualdad de trato entre hombres y mujeres (2004/113/CE)(13) o la relativa a la igualdad de trato en el empleo y la ocupación (2000/78/CE);

14.  Pide a la Comisión y al Consejo que superen el bloqueo en que se halla la Directiva contra la discriminación y que reanuden las negociaciones al respecto;

15.  Condena la negativa de determinados Estados miembros a reconocer que su población gitana sufre desigualdades, su falta de voluntad política para subsanar su incapacidad a la hora de asegurar a dicha población el acceso a sus derechos fundamentales y su disfrute, y el hecho de culparla de su exclusión social, causada por un racismo estructural;

16.  Pide a los Estados miembros que:

   condenen y sancionen de forma contundente la negación del holocausto gitano, la incitación al odio y la búsqueda de chivos expiatorios por parte de políticos y cargos públicos en todos los niveles y en todos los medios de comunicación social, dado que refuerzan directamente el antigitanismo en la sociedad,
   adopten medidas adicionales para evitar, condenar y combatir la incitación al odio contra los gitanos, recurriendo también al diálogo cultural;

17.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que intensifiquen su labor con las ONG a fin de ofrecer una formación sobre las mejores prácticas en materia de lucha contra los prejuicios, así como sobre campañas eficaces de lucha contra la incitación al odio mediante una descripción de las necesidades y demandas específicas en este sentido de las ONG colaboradoras; pide a la Comisión que haga un llamamiento a la sociedad civil para que vigile y denuncie la incitación al odio, los delitos motivados por el odio y la negación del holocausto en los Estados miembros;

18.  Pide a su presidente que condene y sancione a los diputados al Parlamento que utilicen un lenguaje difamatorio, racista o xenófobo, o que se comporten de este modo en el Parlamento;

19.  Lamenta la violación del derecho a la libre circulación de la población romaní; pide a los Estados miembros que reconozcan que los principios fundamentales de la Unión deben aplicarse a todos sus ciudadanos, y que la Directiva sobre la libre circulación no permite las expulsiones colectivas ni ningún tipo de control policial con sesgo racista; pide a los Estados miembros de origen que asuman su responsabilidad en la lucha contra la pobreza y exclusión de todos sus ciudadanos, y a los Estados miembros de destino que aumenten la colaboración transfronteriza para combatir la discriminación y la explotación e impedir que la exclusión continúe en el país de destino.

20.  Pide a los Estados miembros que aborden los prejuicios contra los refugiados y solicitantes de asilo romaníes en el contexto migratorio; recuerda que los Estados miembros reciben a solicitantes de asilo de países de los Balcanes Occidentales, que el grueso de ellos lo constituyen gitanos procedentes de Serbia y la Antigua República Yugoslava de Macedonia, y que este hecho puede guardar correlación con los factores específicos que afectan a las comunidades romaníes de esos países; aboga por que se incluya un capítulo específico sobre la persecución derivada del antigitanismo en la información relativa a los países de origen para los Estados en cuestión;

21.  Muestra su gran preocupación por el número de gitanos apátridas en Europa, lo que conlleva una denegación total de su acceso a servicios sociales, educativos y sanitarios y los relega a los márgenes de la sociedad; pide a los Estados miembros que pongan fin a la apatridia y garanticen que todas las personas pueden disfrutar de los derechos humanos fundamentales;

22.  Pide a los Estados miembros que apliquen una política de registro de nacimientos que no sea discriminatoria y que garanticen la identificación de todos sus ciudadanos con el fin de evitar que se niegue el acceso a los servicios básicos esenciales a la población gitana; pide a los Estados miembros que adopten medidas correctoras inmediatas para poner fin al registro de nacimientos discriminatorio y que, a través de sus autoridades locales, tomen medidas activas para garantizar la inscripción en el registro de cada niño; pide a la Comisión que supervise y evalúe la situación en los Estados miembros, que comparta las mejores prácticas en materia de identificación y protección de las personas cuya nacionalidad no ha sido reconocida y que no tiene acceso a documentos de identidad, y que inicie una campaña de sensibilización sobre la importancia del registro de nacimientos;

23.  Manifiesta su profunda preocupación por la desigualdad de acceso de los gitanos a la información, los servicios y la atención sanitarios, por la gran escasez de tarjetas sanitarias que se da en esta población y por los abusos raciales que padece; pide a los Estados miembros que adopten medidas eficaces para eliminar cualquier obstáculo al acceso al sistema sanitario; pide a los Estados miembros que, en caso necesario, aseguren la financiación destinada a los programas de mediación sanitaria para la población romaní, aumenten la concienciación en materia sanitaria y mejoren el acceso a la vacunación y a la asistencia sanitaria preventiva en las comunidades gitanas;

24.  Se muestra alarmado por la discriminación que padecen las mujeres romaníes, a quienes se atiende con frecuencia en maternidades segregadas y de baja calidad, quienes se enfrentan a abusos físicos, desamparo y maltrato o trato deficiente por parte del personal sanitario cuando intentan acceder a servicios sanitarios sexuales y reproductivos, y quienes no suelen tener acceso a unidades móviles para exámenes médicos; insta a los Estados miembros a que establezcan un mecanismo de control y correctivo a tal efecto de forma inmediata, y a que garanticen que el personal médico que infrinja las normas de ética profesional responda de sus actos; pide a la Comisión y a los Estados miembros que redoblen los esfuerzos destinados a fomentar una capacitación amplia y sostenible de las mujeres romaníes, que creen estructuras especializadas como puntos de información para ofrecer material de información sanitaria convenientemente adaptado y que faciliten el apoyo necesario a las iniciativas sanitarias comunitarias;

25.  Pide a los Estados miembros que concedan prioridad a los niños en la aplicación del marco europeo de estrategias nacionales sobre los gitanos, en particular proporcionando a los niños gitanos acceso a la sanidad, a unas condiciones de vida dignas y a la educación; subraya que la lucha contra el analfabetismo de los niños gitanos resulta clave para una mayor integración e inclusión del pueblo gitano, ya que permitirá que las próximas generaciones mejoren su acceso al empleo;

26.  Insta a los Estados miembros a que condenen la esterilización forzada, proporcionen una compensación a las mujeres romaníes sometidas a esterilizaciones sistémicas apoyadas por el Estado, y a que pidan disculpas públicas a las víctimas de este crimen contra la humanidad;

27.  Expresa su gran inquietud ante el fenómeno de la sustracción ilícita de niños romaníes a sus progenitores; pide a los Estados miembros que investiguen estos casos sin dilación y que adopten las medidas adecuadas para impedir que se produzcan;

28.  Condena el hecho de que los Estados miembros no hayan logrado garantizar la igualdad de acceso a la justicia y la igualdad ante la ley de la población romaní, lo que se refleja en lo siguiente:

   la ausencia total o la lentitud excesiva de los procedimientos destinados a rendir justicia a las víctimas de delitos motivados por el odio, especialmente los cometidos por agentes de policía,
   la criminalización desproporcionada de los gitanos,
   el exceso de control policial (utilización de perfiles basados en el origen étnico, procedimientos de detención y registro excesivos, asaltos injustificados a asentamientos romaníes, confiscación arbitraria y destrucción de propiedad, uso excesivo de la fuerza durante las detenciones, ataques, amenazas, humillaciones, abuso físico y denegación de derechos durante la custodia y los interrogatorios policiales),
   y una actuación policial insuficiente en los delitos cometidos contra los gitanos, ofreciendo una asistencia, protección (como en los casos de trata o de violencia doméstica) e investigación escasas o nulas en los delitos denunciados por los gitanos;

29.  Pide a los Estados miembros que:

   garanticen que todos los ciudadanos son iguales ante la ley y velen por que todo el mundo disfrute de igualdad de acceso a la justicia y a los derechos procesales,
   proporcionen una formación obligatoria en el puesto de trabajo, basada en los derechos humanos y orientada al servicio, a los agentes de los cuerpos de seguridad y los funcionarios del sistema judicial, en todos sus niveles,
   investiguen y persigan los delitos motivados por el odio y establezcan las mejores prácticas para detectar e investigar estos delitos de intolerancia, incluidos aquellos motivados específicamente por el antigitanismo,
   doten a las fuerzas de seguridad de unidades contra los delitos de intolerancia sensibilizadas en materia de antigitanismo,
   fomenten una actuación policial adecuada y, en caso de abusos policiales, apliquen sanciones,
   contraten a profesionales en materia de resolución de litigios para que colaboren con la policía,
   fomenten la contratación activa de gitanos en los cuerpos de seguridad,
   garanticen que los programas de apoyo a las víctimas abordan las necesidades específicas de los gitanos y que se les presta asistencia cuando presentan reclamaciones o denuncias,
   prosigan con el programa Justrom, un programa conjunto de la Comisión y el Consejo de Europa sobre el acceso a la justicia de las mujeres romaníes, y amplíen su ámbito geográfico,
   apliquen plenamente la Directiva de la UE sobre la lucha contra la trata de seres humanos y refuercen su cooperación policial y judicial para combatir esta trata, y
   apliquen plenamente la Directiva 2011/93/UE(14) para prevenir y combatir el abuso y la explotación sexual de los niños y proteger a las víctimas;

30.  Pide a la Escuela Europea de Policía (CEPOL) que siga proponiendo formaciones en materia de derechos fundamentales y de sensibilización interseccional de las fuerzas de seguridad en este ámbito;

31.  Expresa su profunda preocupación por la discriminación generalizada contra los gitanos en materia de vivienda, caracterizada por un mercado del alquiler y de la propiedad inmobiliaria y un sistema de vivienda social discriminatorios, por desalojos forzosos y demoliciones de los hogares de los gitanos sin proporcionarles una vivienda alternativa adecuada, por el traslado de gitanos a campamentos y refugios de emergencia separados y carentes de servicios básicos, por el levantamiento de muros en torno a los asentamientos romaníes y por la incapacidad de las autoridades públicas para asegurar a la población gitana un acceso total y cotidiano a agua corriente potable y sistemas de alcantarillado;

32.  Pide a los Estados miembros que adopten medidas efectivas para garantizar un trato equitativo a los gitanos en el acceso a la vivienda, y que utilicen al máximo los fondos de la Unión para mejorar la situación de la vivienda de esta población, en particular mediante el fomento de la desegregación, la eliminación de cualquier segregación territorial, la promoción del desarrollo local dirigido por la comunidad y la inversión territorial integrada respaldada por los Fondos EIE, así como mediante una política coherente en materia de vivienda pública; insta a los Estados miembros a que garanticen el acceso a los servicios (agua, electricidad y gas) e infraestructuras públicos para las viviendas, de conformidad con la legislación nacional;

33.  Pide a la Comisión que reconozca su competencia en el ámbito de los desalojos forzosos por motivos raciales; pide a los Estados miembros que garanticen que, en los casos de desalojos forzosos, se respeten plenamente, además del Derecho de la Unión, las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, como las derivadas del Convenio Europeo de Derechos Humanos; aboga, además, por aumentar el número y la disponibilidad de expertos en desegregación en los Estados miembros más afectados a fin de apoyar a las autoridades a la hora de garantizar que los Fondos EIE fomenten eficazmente la desegregación, y pide que el Fondo Social Europeo y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FSE-FEDER) se destinen a medidas contra la segregación espacial;

34.  Acoge con satisfacción las iniciativas proactivas que pretenden mejorar la situación de los gitanos en el ámbito de la vivienda en las ciudades; toma nota de la iniciativa «Eurociudades», que reúne datos mediante un ejercicio de cartografiado que analiza las características de las comunidades romaníes en las ciudades, los retos a los que se enfrentan y las respuestas de la ciudad a dichos retos;

35.  Lamenta la pervivencia de la segregación escolar, en particular la representación desproporcionada de niños romaníes en «escuelas especiales», escuelas exclusivas para romaníes, clases separadas, «escuelas de contenedores», etc.; pide a los Estados miembros que elaboren y adopten medidas específicas contra la segregación escolar y otras medidas eficaces para garantizar un trato equitativo y el pleno acceso a una educación general y de alta calidad para los niños gitanos, y que garanticen que todos ellos completen, como mínimo, la enseñanza obligatoria; destaca, en este sentido, la importancia de analizar las causas del abandono escolar prematuro, en particular el papel del antigitanismo en este fenómeno; alienta, además, a los Estados miembros a que exploren nuevas formas para cerrar la brecha educativa existente mediante el aprendizaje de adultos, la educación y formación profesional y el aprendizaje no formal e informal; insiste en que esto debería llevarse a cabo prestando atención asimismo a la discriminación interseccional, con la participación de expertos y mediadores escolares romaníes, y garantizando los recursos adecuados para ello;

36.  Considera que la discriminación de la población gitana en el ámbito del trabajo —que se suele caracterizar por un desempleo de larga duración, contratos de cero horas, condiciones de empleo precarias sin seguro ni pensión médica o social, obstáculos en el mercado laboral (existentes incluso para los gitanos con educación superior) y falta de posibilidades de reciclaje profesional— resulta alarmante e inaceptable; insta, por consiguiente, a los Estados miembros a que adopten medidas eficaces para garantizar a la población gitana un trato equitativo en su acceso al mercado laboral y a las oportunidades de empleo, y a que eliminen los obstáculos directos e indirectos para ello, incluida la discriminación;

37.  Pide a los Estados miembros que colaboren con el sector privado al objeto de apoyar las oportunidades de formación, empleo y negocio para los gitanos, en especial en sectores tecnológicos en crecimiento; pide a los Estados miembros que exploren de manera ambiciosa de qué modo pueden las nuevas tecnologías ayudar y contribuir a la inclusión social y económica de la población romaní y a la lucha contra el antigitanismo; destaca la importancia del desarrollo regional en la creación de empleo sostenible en las regiones menos desarrolladas;

38.  Pide a los Estados miembros que fomenten políticas que hayan demostrado tener un efecto positivo, como la formación profesional y en el puesto de trabajo, los servicios de asesoramiento personalizado, el trabajo por cuenta propia o los programas de emprendimiento social y de apoyo al primer empleo, con el fin de fomentar la participación de los gitanos en el mercado laboral y de impedir la transmisión intergeneracional de la pobreza en las comunidades gitanas;

39.  Condena las formas múltiples e interseccionales de discriminación de los gitanos, que suelen darse de manera oculta o encubierta; hace hincapié en que las políticas que se centran en un solo motivo de discriminación deberían tener en consideración la situación de grupos específicos susceptibles de ser objeto de discriminación múltiple; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que presten especial atención a la mejora del nivel educativo, la participación, el acceso al empleo, la vivienda, la sanidad y la prevención de la discriminación en el caso de los gitanos que se enfrentan a una discriminación múltiple e interseccional, y a que prevean programas específicos para ellos en el Marco europeo de estrategias nacionales de integración de los gitanos más allá de 2020;

40.  Observa con preocupación que las mujeres romaníes están expuestas a una discriminación múltiple e interseccional por ser mujeres y por pertenecer a la minoría étnica romaní, por lo que se encuentran en posición de desventaja a la hora de participar en la sociedad a todos los niveles y de acceder a los servicios y recursos básicos; subraya que la discriminación es todavía mayor en el caso de las mujeres y niñas gitanas que no disponen de documento de identidad; hace hincapié en que la mejora de la situación de las mujeres y las niñas gitanas pasa por políticas no discriminatorias adaptadas y específicas que permitan un acceso equitativo al empleo y a la educación, incluido el aprendizaje permanente, y que garanticen una vivienda de calidad, aspecto este clave para mejorar sus condiciones de vida y luchar contra la pobreza y la exclusión;

41.  Pide a los Estados miembros que garanticen la introducción de un capítulo específico dedicado a los derechos de las mujeres y la igualdad de género en sus estrategias nacionales de integración de los gitanos, y que en cada una de las secciones de esas estrategias, en particular en la asignación de créditos, se apliquen medidas de integración de la perspectiva del género destinadas a promover los derechos de la mujer y la perspectiva de la igualdad de género, en consonancia con las Conclusiones del Consejo sobre el Marco europeo para las estrategias nacionales de integración de la población gitana, según las cuales «deberá aplicarse una perspectiva de género a todas las políticas y acciones destinadas a impulsar la inclusión de la población gitana»; pide a los Gobiernos de los Estados miembros y a las autoridades locales que impliquen a las mujeres gitanas en la preparación, aplicación, evaluación y seguimiento de las estrategias nacionales de integración de los gitanos; subraya la necesidad de recopilar sistemáticamente y analizar regularmente los datos desglosados por género, y pide a la Comisión y a los Estados miembros que evalúen si las políticas están logrando las mejoras deseadas para las mujeres y las niñas romaníes, y que tomen medidas en caso de que no se observen progresos; pide a la Comisión que apoye el fomento de la igualdad de género en la aplicación de todas las vertientes de la Estrategia Europa 2020, en consonancia con la Estrategia para la igualdad entre mujeres y hombres 2010-2015;

42.  Pide a los Estados miembros que tengan en cuenta los retos particulares a que se enfrentan las mujeres y las niñas romaníes en relación con los matrimonios precoces y forzados y los ataques a su integridad física, y anima a los Estados miembros a promover y respaldar la recopilación y difusión de datos relativos a las medidas jurídicas y de otro tipo adoptadas a nivel nacional para impedir y combatir la violencia perpetrada contra las mujeres y las niñas romaníes;

43.  Alienta a las empresas y a las autoridades locales a que creen planes de formación y oportunidades laborales para las mujeres romaníes;

44.  Pide a los Gobiernos que promuevan y respalden la participación efectiva de las mujeres romaníes en la vida pública y política;

45.  Considera que los organismos de promoción de la igualdad resultan vitales para informar a los gitanos sobre sus derechos, ayudarles a la hora de ejercerlos y denunciar la discriminación; pide a la Comisión y a los Estados miembros que establezcan normas para garantizar que los organismos de promoción de la igualdad cuentan con las competencias y los recursos adecuados para llevar a cabo un seguimiento del antigitanismo y actuar contra este; pide a los Estados miembros que contribuyan al trabajo y la capacidad institucional de los organismos de promoción de la igualdad, concediéndoles para ello los recursos adecuados que les permitan proporcionar una asistencia jurídica y judicial eficaz, y que refuercen su labor con asesores jurídicos romaníes para facilitar la denuncia de abusos;

46.  Manifiesta su preocupación por el bajo nivel de participación de los gitanos como interlocutores o representantes electos de los gobiernos locales, regionales y nacionales, así como por la incapacidad de los gobiernos para garantizarles el pleno ejercicio de su ciudadanía; reconoce el papel fundamental de la sociedad civil en este ámbito; aboga por una colaboración más amplia entre las autoridades competentes a nivel nacional y local, la Unión, el Consejo de Europa y las ONG; alienta a las instituciones y los partidos políticos de la Unión y de sus Estados miembros a promover activamente la participación y el empoderamiento de la población gitana a nivel político, así como su contratación en las administraciones públicas; aboga por programas de empoderamiento de la población gitana, incluidos aquellos destinados a aumentar y garantizar la participación a largo plazo de los gitanos, desde una perspectiva interseccional, en cuanto representantes de los gobiernos locales, regionales y nacionales; pide a la Comisión y a los Estados miembros que tomen medidas para garantizar el refuerzo de la participación de las mujeres romaníes en la elaboración de políticas y la toma de decisiones;

47.  Pide a los Estados miembros que ofrezcan formaciones obligatorias, prácticas e interseccionales en materia de derechos fundamentales y no discriminación a todos los funcionarios públicos garantes de derechos cuyo cometido resulte clave a la hora de aplicar correctamente la legislación de la Unión y de los Estados miembros, a fin de dotarlos de los conocimientos y capacidades necesarios para poder servir a todos los ciudadanos desde una perspectiva basada en los derechos humanos;

48.  Pide a los Estados miembros que, habida cuenta del poder de los medios de comunicación a la hora de influir en la percepción que el público en general tiene de las minorías étnicas:

   ofrezcan una formación obligatoria a las personas que trabajan en los servicios públicos de radiodifusión y en los medios de comunicación para concienciarlos en mayor medida sobre los retos y la discriminación a que se enfrenta la población romaní, así como sobre los estereotipos perjudiciales,
   fomenten la contratación de gitanos en los medios de comunicación públicos,
   promuevan la representación romaní en los consejos de administración de los medios de comunicación públicos;

49.  Alienta a los Estados miembros a que, para poner fin con éxito a la perpetuación del antigitanismo, incluyan en sus programas escolares contenidos obligatorios en materia de derechos humanos, ciudadanía democrática y cultura política a todos los niveles, al objeto de acabar con la inseguridad de la identidad de la población romaní y de reforzar su autoconfianza y su capacidad para ejercer y exigir sus derechos en igualdad;

50.  Manifiesta su honda preocupación por los recortes en el sector público, que han afectado gravemente a las actividades llevadas a cabo por el Estado y las ONG financiadas por este para promover la igualdad de la población romaní, y han limitado el alcance de sus proyectos en este ámbito; subraya que el Estado y sus instituciones desempeñan un papel fundamental e irreemplazable a la hora de promover la igualdad;

Estrategias nacionales de integración de los gitanos

51.  Observa con preocupación que los esfuerzos realizados y los medios financieros invertidos, así como los numerosos programas y fondos europeos y nacionales dirigidos a la comunidad romaní no han contribuido de forma significativa a mejorar sus condiciones de vida ni han hecho que se avance en su integración, en particular a escala local; pide, por consiguiente, a los Estados miembros que, a fin de luchar contra la marginación, discriminación y exclusión de los gitanos, de avanzar en su proceso de integración y de combatir el antigitanismo:

   sean ambiciosos a la hora de establecer sus estrategias nacionales de integración de los gitanos, lleven a cabo más investigaciones sobre prácticas y programas locales fructíferos que cuenten con la participación activa de la población romaní, a fin de mostrar la situación en la que se hallan y las realidades y los retos a que se enfrentan, y presten una atención especial al antigitanismo y sus consecuencias para desarrollar un enfoque mejorado, integral y holístico al respecto, abordando así no solo el aspecto social y económico, sino luchando también contra el racismo y generando a la vez una confianza mutua,
   apliquen plenamente las estrategias nacionales de integración de los gitanos,
   evalúen la eficacia de dichas estrategias y las actualicen regularmente, definan acciones claras y medidas específicas, y establezcan objetivos e hitos mensurables,
   colaboren estrechamente con todas las partes interesadas, incluidas las entidades regionales y locales, el sector académico y el sector privado, las organizaciones de base y las ONG, y hagan participar activamente a los gitanos,
   sigan avanzando en la recopilación de datos y en las metodologías de seguimiento y elaboración de informes basadas en el trabajo sobre el terreno, la calidad y el rendimiento financiero, dado que sirven para apoyar unas políticas efectivas basadas en pruebas y pueden contribuir a mejorar la eficacia de las estrategias, acciones y medidas adoptadas, así como a determinar por qué los programas y estrategias no permiten obtener los resultados esperados desde hace tiempo;
   empoderen los puntos de contacto nacionales para la integración de los gitanos, asegurándose de que cuentan con el mandato adecuado, con los recursos necesarios y con unas condiciones de trabajo óptimas para llevar a cabo sus labores de coordinación;

Priorización del antigitanismo en una estrategia mejorada para después de 2020

52.  Acoge con satisfacción los esfuerzos desplegados por la Comisión y el amplio abanico de mecanismos y fondos de utilidad desarrollados por esta para fomentar la inclusión económica y social de la población romaní, así como la puesta en marcha por su parte de un Marco europeo de estrategias nacionales de integración de los gitanos hasta 2020, en el que se pedía a los Estados miembros que adoptaran estrategias nacionales;

53.  Pide a la Comisión que:

   amplíe el Marco europeo de estrategias nacionales de integración de los gitanos más allá de 2020, basándose en las conclusiones y recomendaciones del Tribunal de Cuentas, la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA), las ONG, las organizaciones de vigilancia y todas las partes interesadas, para disponer de un enfoque mejorado, actualizado y aún más completo,
   preste especial atención al antigitanismo en el Marco europeo para después de 2020, así como a la inclusión social, e introduzca indicadores para luchar contra la discriminación en los ámbitos de la educación, el empleo, la vivienda, la sanidad, etc., dado que el antigitanismo socava la aplicación satisfactoria de las estrategias nacionales de integración de los gitanos;
   aborde el antigitanismo como un problema transversal y elabore, en colaboración con los Estados miembros, la FRA y las ONG, un repertorio de medidas concretas para que los Estados miembros combatan el antigitanismo,
   complete el Grupo de trabajo sobre los gitanos de los servicios competentes de la Comisión estableciendo, a nivel de comisarios, un equipo de proyecto sobre las cuestiones relativas a la población romaní, que reúna a todos los comisarios pertinentes que trabajan en el ámbito de la igualdad de derechos y la no discriminación, la ciudadanía, los derechos sociales, el empleo, la educación y la cultura, la sanidad, la vivienda y su dimensión exterior, al objeto de garantizar la creación de fondos y programas de la Unión de carácter no discriminatorio y complementario,
   refuerce y complemente la labor de la Unidad de no discriminación y coordinación de la población romaní de la Comisión reforzando su equipo, dotándolo de los recursos adecuados y contratando a más personal a fin de disponer de los medios suficientes para luchar contra el antigitanismo, concienciar acerca del holocausto gitano y promover su conmemoración;

54.  Pide a las instituciones de la Unión que incorporen los derechos de la población gitana en el contexto de las relaciones exteriores; insiste firmemente en la necesidad de luchar contra el antigitanismo y de promover los derechos de la población romaní en los países candidatos y los países candidatos potenciales;

55.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apliquen y divulguen activamente la definición operativa de antigitanismo que ofrece la ECRI, a fin de proporcionar una orientación clara a las autoridades estatales;

56.  Pide a todos los grupos políticos del Parlamento, así como a los partidos políticos de los Estados miembros, que respeten la versión revisada de la Carta de los partidos políticos europeos por una sociedad no racista, y les pide que renueven su compromiso periódicamente y que condenen y sancionen la incitación al odio;

57.  Solicita a la FRA que elabore un estudio sobre el antigitanismo en la Unión y en los países candidatos, que preste especial atención al antigitanismo al abordar las cuestiones relativas a la población romaní y que haga un seguimiento de este en todos los ámbitos pertinentes;

o
o   o

58.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros y de los países candidatos, al Consejo de Europa y a las Naciones Unidas.

(1) DO L 180 de 19.7.2000, p. 22.
(2) DO L 303 de 2.12.2000, p. 16.
(3) DO L 315 de 14.11.2012, p. 57.
(4) DO L 166 de 30.4.2004, p. 1.
(5) DO L 328 de 6.12.2008, p. 55.
(6) DO C 4 E de 7.1.2011, p. 7; DO C 308 E de 20.10.2011, p. 73; DO C 199 E de 7.7.2012, p. 112; DO C 468 de 15.12.2016, p. 36; DO C 468 de 15.12.2016, p. 157.
(7) DO C 328 de 6.9.2016, p. 4.
(8) Textos Aprobados, P8_TA(2016)0485.
(9) Recomendación de política general n.º 13 de la ECRI sobre la lucha contra el antigitanismo y las discriminaciones contra los romaníes/gitanos.
(10) El antigitanismo u hostilidad hacia los gitanos se expresa por medio de distintos términos según los Estados miembros, como «Antiziganismus» en alemán.
(11) DO L 158 de 30.4.2004, p. 77.
(12) DO L 95 de 15.4.2010, p. 1.
(13) DO L 373 de 21.12.2004, p. 37.
(14) DO L 335 de 17.12.2011, p. 1.

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