Índice 
 Anterior 
 Siguiente 
 Texto íntegro 
Procedimiento : 2017/2114(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A8-0310/2017

Textos presentados :

A8-0310/2017

Debates :

PV 25/10/2017 - 13
CRE 25/10/2017 - 13

Votaciones :

PV 26/10/2017 - 10.7
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P8_TA(2017)0418

Textos aprobados
PDF 223kWORD 62k
Jueves 26 de octubre de 2017 - Estrasburgo
Políticas económicas de la zona del euro
P8_TA(2017)0418A8-0310/2017

Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de octubre de 2017, sobre las políticas económicas de la zona del euro (2017/2114(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), en particular, sus artículos 121, apartado 2, y 136, así como sus protocolos n.° 1 y n.° 2,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 22 de mayo de 2017, sobre las recomendaciones específicas por país para 2017 (COM(2017)0500),

–  Vista su Resolución, de 15 de febrero de 2017, sobre el Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas: Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento para 2017(1),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 22 de febrero de 2017, titulada «Semestre Europeo 2017: Evaluación de los progresos realizados en las reformas estructurales y la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos, así como de los resultados de los análisis exhaustivos en virtud del Reglamento (UE) n.º 1176/2011» (COM(2017)0090),

–  Vista la comunicación de la Comisión titulada «Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2017» (COM(2016)0725, al informe titulado «Informe sobre el Mecanismo de Alerta 2017» (COM(2016)0728), y el «Proyecto de informe conjunto sobre el empleo de 2017 de la Comisión y el Consejo» (COM(2016)0729), y la Recomendación de la Comisión de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro (COM(2015)0692),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 16 de noviembre de 2016, titulada «Hacia una orientación presupuestaria positiva para la zona del euro» (COM(2016)0727),

—  Visto el informe del Consejo Fiscal Europeo sobre «Assessment of the prospective fiscal stance appropriate for the euro area (Evaluación de la futura orientación presupuestaria adecuada para la zona del euro)», de 20 de junio de 2017,

—  Visto el Occasional Paper n.º 182, «Euro area fiscal stance (Orientación presupuestaria para la zona del euro)», del Banco Central Europeo, de enero de 2017,

–  Vista la Recomendación del Consejo, de 21 de marzo de 2017, sobre la política económica de la zona del euro(2),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 23 de mayo de 2017, sobre los exámenes exhaustivos y la aplicación de las recomendaciones específicas por país de 2016,

—  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 16 de junio de 2017, sobre la conclusión de los procedimientos de déficit excesivo de dos Estados miembros y sobre políticas económicas y presupuestarias,

–  Vistas las previsiones económicas de la Comisión Europea de primavera de 2017 (mayo de 2017),

–  Visto el conjunto de datos de Eurostat, de 31 de mayo de 2017, sobre el PIB real per cápita, la tasa de crecimiento y los totales,

–  Vistas las estadísticas de la OCDE, de 30 de noviembre de 2016, sobre el total de los ingresos fiscales,

–  Visto el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria,

–  Visto el acuerdo de la CP 21 adoptado el 12 de diciembre de 2015 en la Conferencia de París sobre el Clima,

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1175/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas(3),

–  Vista la Directiva 2011/85/UE del Consejo, de 8 de noviembre de 2011, sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros(4),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1174/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a las medidas de ejecución destinadas a corregir los desequilibrios macroeconómicos excesivos en la zona del euro(5),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1177/2011 del Consejo, de 8 de noviembre de 2011, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1467/97, relativo a la aceleración y clarificación del procedimiento de déficit excesivo(6),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos(7),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1173/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, sobre la ejecución efectiva de la supervisión presupuestaria en la zona del euro(8),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 473/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre disposiciones comunes para el seguimiento y la evaluación de los proyectos de planes presupuestarios y para la corrección del déficit excesivo de los Estados miembros de la zona del euro(9),

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 472/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre el reforzamiento de la supervisión económica y presupuestaria de los Estados miembros en la zona del euro cuya estabilidad financiera experimenta o corre el riesgo de experimentar graves dificultades(10),

–  Visto el artículo 52 de su Reglamento interno,

–  Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y las opiniones de la Comisión de Presupuestos, la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y de la Comisión de Desarrollo Regional (A8-0310/2017),

A.  Considerando que, con arreglo a las previsiones de la Comisión, la tasa de crecimiento del PIB en la zona del euro fue del 1,8 % en 2016 y que se prevé que se mantenga estable al 1,7 % en 2017 y al 1,9 % en el conjunto de la Unión, superando los niveles anteriores a la crisis, a pesar de seguir siendo insuficientes y de que se evidencian importantes diferencias en las tasas de crecimiento en toda la Unión; que el consumo privado ha sido el principal motor de crecimiento durante los últimos años, y que posiblemente se modere este año debido al aumento temporal de la inflación de precios de consumo, si bien se espera que la demanda nacional impulse las perspectivas de crecimiento a medio plazo; que el crecimiento en la Unión sigue siendo demasiado bajo como para crear nuevos puestos de trabajo en los Estados miembros y mucho más bajo que el crecimiento previsto a escala mundial;

B.  Considerando que las tasas de desempleo de la zona del euro y de la UE-28 fueron del 9,3 % y del 7,8 %, respectivamente, en abril de 2017, esto es, las tasas más bajas desde marzo de 2009 y diciembre de 2008, pero que aún se sitúan por encima de los niveles anteriores a la crisis; que siguen existiendo importantes diferencias en las tasas de desempleo en toda la Unión, que oscilan entre el 3,2 % y el 23,2 %; que las tasas de desempleo juvenil en la zona del euro y en la Europa de los Veintiocho aún eran elevadas en abril de 2017, en concreto del 18,7% y del 16,7%;

C.  Considerando que se prevé que el déficit público general en la zona del euro se sitúe en el 1,4 % en 2017 y el 1,3 % en 2018, mientras que se prevé que el rendimiento de los Estados miembros por separado sea heterogéneo; que se prevé que la ratio deuda/PIB de las administraciones públicas de la zona del euro se sitúe en el 90,3% en 2017 y el 89,0% en 2018;

D.  Considerando que el crecimiento económico mundial aún es frágil y que la economía de la zona del euro se enfrenta a una incertidumbre cada vez mayor y a importantes desafíos políticos internos y externos;

E.  C. Considerando que la excesivamente baja productividad y la competitividad global de la Unión requieren reformas estructurales socialmente equilibradas, esfuerzos presupuestarios continuos e inversión en los Estados miembros para poder alcanzar un crecimiento sostenible e inclusivo, generar empleo y lograr una convergencia al alza con las demás economías mundiales y dentro de la Unión;

F.  Considerando que la tasa de empleo en la zona del euro aumentó un 1,4 % en 2016; que, en marzo de 2017, la tasa de desempleo se situó en el 9,5 %, por debajo del 10,2 % de marzo de 2016; que, a pesar de las recientes mejoras, las tasas de desempleo aún no han vuelto a los niveles anteriores a la crisis;

G.  Considerando que, en 2016, la tasa de empleo creció un 1,2 % en la UE-28 y que, en el primer trimestre de 2017, 234,2 millones de personas ocupaban un puesto de trabajo, la cifra más alta jamás registrada(11); que, no obstante, el considerable número de puestos de trabajo creados en relación con el crecimiento económico esconde desafíos, tales como la recuperación incompleta en horas trabajadas y el modesto crecimiento de la productividad; que, de perdurar, estos factores pueden ejercer una presión adicional a largo plazo en los aspectos relativos al crecimiento económico y la cohesión social en la Unión(12);

H.  Considerando que las tasas de empleo suelen ser inferiores entre las mujeres: en 2015, la tasa de empleo de los hombres entre 20 y 64 años en la UE-28 se situó en el 75,9 %, frente al 64,3 % en el caso de las mujeres;

I.  Considerando que, en marzo de 2017, la tasa de desempleo juvenil en la zona del euro fue del 19,4 %, frente al 21,3 % en marzo de 2016; que el nivel de desempleo juvenil sigue siendo inaceptablemente alto; que, en 2015, el porcentaje de ninis seguía siendo elevado y representaba el 14,8 % de los jóvenes entre 15 y 29 años, es decir, 14 millones de personas; que se estima que los ninis le cuestan a la Unión 153 000 millones de euros al año (el 1,21 % del PIB) en prestaciones y en ingresos e impuestos no percibidos(13), y que el coste total de los sistemas de Garantía Juvenil en la zona del euro es de 21 000 millones de euros al año, esto es, el 0,22 % del PIB; que, en la actualidad, se destinan 1 000 millones de euros a la Iniciativa de Empleo Juvenil, a los que se sumarán otros 1 000 millones de euros provenientes del Fondo Social Europeo para el periodo 2017-2020;

J.  Considerando que, pese a que el desempleo de larga duración en la UE-28 ha disminuido del 5 % en 2014 al 4 % en 2016, sigue suponiendo una preocupación y representa casi la mitad del desempleo total; que la preocupante tasa de desempleo de muy larga duración, que alcanzó el 2,5 % en 2016, sigue siendo un 1 % superior a la tasa de 2008; que siguen existiendo grandes disparidades entre los Estados miembros;

K.  Considerando que, en muchos Estados miembros, los porcentajes de población en edad de trabajar y de población activa siguen disminuyendo, en particular debido a la baja tasa de natalidad; que la empleabilidad de las mujeres y la actual llegada de inmigrantes, refugiados y solicitantes de asilo ofrecen a los Estados miembros la oportunidad de hacer frente a esta cuestión y reforzar la población activa de la Unión;

L.  Considerando que uno de los cinco objetivos de la Estrategia Europa 2020 consiste en reducir en al menos 20 millones el número de personas en situación o en riesgo de pobreza y exclusión social; que la pobreza está disminuyendo y que, en 2015, se encontraban en riesgo de pobreza y exclusión social 4,8 millones de personas menos que en 2012; que la cifra de 2015 sigue superando en 1,6 millones de personas la cifra de 2008; que 32,2 millones de personas con discapacidad se encontraban en riesgo de pobreza y exclusión social en la Unión en 2012; que 26,5 millones de niños se encontraban en riesgo de pobreza o exclusión social en la UE-28 en 2013; que la tasa de población en riesgo de pobreza o exclusión social sigue manteniéndose en un nivel inaceptablemente alto (23,7 %) y que en algunos Estados miembros las cifras siguen siendo muy elevadas; que, además, la pobreza energética sigue siendo tan elevada que para el 11 % de la población de la Unión afectada genera un ciclo de desventaja económica;

M.  Considerando que las condiciones del mercado de trabajo y los resultados muestran diferencias sustanciales entre los Estados miembros, a pesar de que dichas disparidades están disminuyendo;

N.  Considerando que, con la revolución digital del mercado laboral, nuevas formas de empleo se están extendiendo cada vez más;

1.  Acoge con satisfacción el rendimiento mejorado de la economía europea, con una base cada vez más amplia, respaldada por un crecimiento moderado del PIB, que supera el nivel anterior a la crisis, y unas tasas de desempleo, aunque todavía elevadas, en descenso; considera que la tendencia positiva se debe a las políticas llevadas a cabo en los últimos años; señala que, sin embargo, esta modesta recuperación sigue siendo frágil y desigual en las distintas sociedades y regiones, al tiempo que el desarrollo del PIB per cápita se aproxima al estancamiento; lamenta que los avances económicos sigan lastrados por el legado de la crisis; observa que, pese a unos progresos importantes, los niveles de deuda en numerosos Estados miembros siguen situándose por encima del umbral especificado en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento;

2.  Observa con preocupación que los índices de crecimiento del PIB y la productividad siguen por debajo de su capacidad máxima, y subraya que, por lo tanto, no hay razones para la complacencia, y que esta recuperación moderada requiere esfuerzos constantes si queremos lograr una mayor resiliencia y una sostenibilidad de medio a largo plazo a través de un nivel más elevado de crecimiento y de creación de empleo;

3.  Observa que Europa alberga un potencial económico no aprovechado dado que el crecimiento y el empleo están avanzando de forma desigual; destaca que esto se debe al heterogéneo rendimiento de las distintas economías de los Estados miembros; hace hincapié en que llevar a cabo reformas estructurales socialmente equilibradas y unas mayores inversiones privadas y públicas tanto en los Estados miembros como a escala de la Unión podría aumentar el crecimiento por lo menos un 1 %; reitera que la coordinación de la política económica y presupuestaria a fin de garantizar la convergencia y la estabilidad en la Unión debe seguir siendo una de las máximas prioridades del Semestre Europeo;

4.  Considera que también sería necesario un mayor grado de convergencia al alza y competitividad global para sostener la recuperación en la Unión y en la zona del euro a largo plazo; opina que los indicadores económicos y medioambientales existentes son fundamentales para garantizar un crecimiento sostenible e integrador;

5.  Opina que, para que esto sea posible, es necesario mejorar las condiciones estructurales para el crecimiento; considera que el potencial de crecimiento de todos los Estados miembros debería aumentar a largo plazo al menos al 3 %; mantiene que, para conseguirlo, debe prestarse mayor atención a la convergencia económica, en cuyo contexto el establecimiento de parámetros de referencia claros sobre cómo mejorar el potencial de crecimiento de los Estados miembros podría facilitar las orientaciones necesarias para las acciones políticas; señala que este ejercicio periódico de evaluación comparativa debería tener debidamente en cuenta los puntos fuertes y las debilidades estructurales de cada uno de los Estados miembros, tender a un crecimiento sostenible e integrador e incluir ámbitos como la economía digital, el sector de los servicios y el mercado energético, pero también la calidad de los servicios públicos, las condiciones para la inversión, la inclusividad y la preparación de los sistemas educativos;

6.  Hace hincapié en que esto complementaría los actuales esfuerzos destinados a mejorar la calidad y la gestión de los presupuestos nacionales, abordando los factores que favorecen el crecimiento en consonancia con las normas presupuestarias de la Unión y respetando plenamente sus cláusulas de flexibilidad existentes;

Políticas estructurales

7.  Considera que el avance desigual del crecimiento y el empleo en la zona del euro requiere una mejor coordinación de las políticas económicas, en particular a través de una apropiación a escala nacional mejorada y coherente y una buena aplicación de las recomendaciones específicas por país (REP), también con miras a promover la convergencia al alza, entre otros aplicando y cumpliendo mejor el Derecho de la Unión; hace hincapié en que las reformas deben tomar en la debida consideración la situación y los desafíos específicos de cada uno de los Estados miembros; pide a la Comisión que garantice la coherencia entre las reformas estructurales y el gasto de la Unión; recuerda también, a este respecto, la importancia de la asistencia técnica para ayudar a que los Estados miembros refuercen las capacidades y alcancen la convergencia en un enfoque basado en la asociación que podría garantizar una mayor rendición de cuentas y apropiación para el resultado de la aplicación de las REP;

8.   Observa que el desempleo juvenil sigue siendo excesivamente elevado en la zona del euro y destaca que un persistente nivel elevado de desempleo juvenil representa un riesgo estructural a largo plazo; conviene en que sigue siendo una prioridad urgente abordar el legado de la crisis: desde el desempleo de larga duración, el empleo que no aprovecha plenamente las competencias y capacidades, y las sociedades que envejecen, a unos elevados niveles de deuda pública y privada, que exigen la aplicación de reformas sostenibles e inclusivas;

9.  Opina que el legado de la crisis, como el alto nivel de endeudamiento y desempleo en algunos sectores de la economía, sigue frenando el crecimiento sostenible y entraña riesgos a la baja potenciales; pide a los Estados miembros que reduzcan los niveles excesivos de endeudamiento; manifiesta su preocupación, en este sentido, por que el persistente nivel elevado de préstamos no productivos en algunos Estados miembros pueda tener efectos de contagio significativos de un Estado miembro a otro, y entre banca y deuda pública, lo que supone un riesgo para la estabilidad financiera en Europa; observa que se han reforzado las reservas de capital en el sector financiero, pero que surgen desafíos derivados de la baja rentabilidad, acompañados de elevados niveles de préstamos no productivos; expresa su convicción de que una estrategia de la Unión para abordar los préstamos no productivos podría promover una solución más global, consistente en una combinación de medidas complementarias a escala nacional y a escala europea cuando corresponda;

10.  Considera que es necesario promover reformas e iniciativas para mejorar el clima empresarial con el fin de ayudar a impulsar la productividad, la competitividad relacionada y no relacionada con los precios, la inversión y el empleo en la zona del euro; cree que es necesario acometer más esfuerzos para impulsar el acceso de las pymes a la financiación, un factor crucial para que las empresas innoven y se expandan; destaca, en este sentido, la importancia de las reformas orientadas al futuro, adaptadas a la oferta y la demanda;

11.  Considera que unos mercados laborales productivos y que funcionen bien, combinados con un nivel adecuado de protección social y diálogo, contribuyen a aumentar el empleo y garantizar un crecimiento sostenible; subraya la importancia de mantener unos elevados índices de empleo, allí donde ya se hayan alcanzado; observa que la escasez de competencias, el envejecimiento de las sociedades y otros desafíos lastran también el crecimiento adicional del empleo y la reducción de los niveles de desempleo en los Estados miembros;

12.  Hace hincapié en la importancia de que los salarios evolucionen de manera responsable y favorable al crecimiento y proporcionen un nivel de vida digno, en consonancia con la productividad y teniendo en cuenta la competitividad; toma nota de que se prevé que el crecimiento de los salarios sea relativamente moderado; opina que el crecimiento de la productividad debería constituir un objetivo prioritario de las reformas estructurales; coincide con la Comisión en que hay margen para aumentos salariales que podrían tener efectos positivos conexos en el consumo agregado;

13.  Subraya que los niveles impositivos deben favorecer también la competitividad, las inversiones y la creación de empleo; pide que se reforme la fiscalidad con miras a mejorar la recaudación de impuestos, impedir la elusión fiscal, la evasión fiscal y la planificación fiscal abusiva, y abordar la elevada carga fiscal sobre el trabajo en Europa, al tiempo que se garantiza la sostenibilidad de los sistemas de protección social; cree que la rebaja de la carga fiscal sobre el trabajo aumentaría el empleo y fomentaría el crecimiento; subraya que los estímulos presupuestarios, en su caso, también mediante una reducción de los impuestos, pueden respaldar la demanda nacional, la seguridad social y la oferta de inversiones y empleo;

Inversión

14.  Coincide en que es necesario apoyar la recuperación económica con inversiones públicas y privadas, especialmente en innovación, y señala que sigue existiendo un déficit de inversión en la zona del euro; acoge con satisfacción que en algunos Estados miembros las inversiones ya superen el nivel anterior a la crisis, y lamenta que en otros Estados miembros la inversión aún siga a la zaga o no se recupere a la velocidad necesaria; subraya que son necesarias también medidas adicionales para compensar el «déficit de inversiones» acumulado desde el comienzo de la crisis;

15.  Considera que llevando a cabo reformas que eliminen los obstáculos a la inversión privada y pública se podría prestar una ayuda inmediata a la actividad económica y, al mismo tiempo, contribuir a crear las condiciones propicias para un crecimiento sostenible a largo plazo; señala que las inversiones en educación, innovación e I+D permitirían adaptarse mejor a la economía del conocimiento; destaca que la realización de la Unión de Mercados de Capitales es un factor crucial para atraer y aumentar las inversiones y mejorar la financiación del crecimiento y del empleo;

16.  Considera que la investigación, la tecnología y la educación revisten una importancia vital para el desarrollo económico a largo plazo de la zona del euro; destaca las disparidades entre los Estados miembros en cuanto a la inversión en estos ámbitos y señala que las inversiones contribuirían al desarrollo de la innovación y permitirían adaptarse mejor a la economía del conocimiento, de acuerdo con la Estrategia Europa 2020;

17.  Acoge con satisfacción que el oportuno acuerdo sobre la revisión del Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE) vaya a contribuir a mejorar la eficacia de este instrumento y a hacer frente a las deficiencias detectadas en su aplicación hasta la fecha, facilitando la financiación de más proyectos con gran potencial y garantizando el estricto cumplimiento de la adicionalidad, y a mejorar la cobertura geográfica y la aceptación, apoyando inversiones que de otro modo no se habrían realizado;

18.  Toma nota de los diferentes objetivos de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) en relación con el Fondo Europeo de Inversiones Estratégicas (FEIE) y por consiguiente de la constante importancia del FEIE, entre otros fines, para apoyar reformas estructurales;

19.  Destaca que una Unión de Mercados de Capitales que funcione correctamente puede, en una perspectiva a largo plazo, ofrecer una nueva fuente de financiación a las pymes, como complemento de la procedente del sector bancario; hace hincapié en que las pymes constituyen la espina dorsal de la economía europea, por lo que considera que debe considerarse como una de las prioridades clave aumentar su acceso a la financiación y combatir la incertidumbre empresarial asociada a sus actividades, a fin de mejorar la competitividad en la zona del euro; insiste en la necesidad de reducir los trámites burocráticos, racionalizar los servicios de la administración y hacerlos más eficientes;

Políticas presupuestarias

20.  Considera que unas políticas presupuestarias prudentes y previsoras desempeñan un papel fundamental para la estabilidad de la zona del euro y el conjunto de la Unión; subraya que una mayor coordinación de las políticas presupuestarias y la aplicación correcta y el debido cumplimiento de las normas de la Unión en este ámbito, en particular el pleno respeto de las cláusulas de flexibilidad existentes, son requisitos legales y esenciales para el buen funcionamiento de la Unión Económica y Monetaria (UEM);

21.  Celebra, en este sentido, que las finanzas públicas parecen estar mejorando, coincidiendo con la prevista tendencia a la disminución de los déficits públicos en la zona del euro; indica, no obstante, que deben mantenerse los esfuerzos por reducir la carga de la deuda, promoviendo al mismo tiempo el crecimiento económico para prevenir la vulnerabilidad de los Estados miembros ante trastornos externos;

22.  Conviene con la Comisión en que la deuda pública sigue siendo elevada en algunos Estados miembros y en que es necesario que las finanzas públicas sean sostenibles, promoviendo al mismo tiempo el crecimiento económico y el empleo; destaca, en este contexto, que los pagos de tipos de interés bajos, las políticas monetarias acomodaticias, las medidas puntuales y otros factores que alivian la actual carga de la deuda son solo temporales y destaca, por consiguiente, la necesidad de hacer sostenibles las finanzas públicas y asimismo tengan en cuenta futuros pasivos y apunten al crecimiento a largo plazo; señala que es posible que aumenten los costes del servicio de la deuda; pone de relieve la importancia de reducir los niveles globales de deuda;

23.  Hace hincapié en que las orientaciones presupuestarias a escala nacional y de la zona del euro deben garantizar un equilibrio entre la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, cumpliendo plenamente el Pacto de Estabilidad y Crecimiento y respetando sus disposiciones en materia de flexibilidad, y la estabilización macroeconómica a corto plazo;

24.  Señala que la actual orientación presupuestaria agregada para el euro se mantuvo globalmente neutra en 2016 y tiende a mantenerse así en 2017; recuerda que la Comisión pidió en su Comunicación de 2016 una orientación presupuestaria positiva, mientras que el Eurogrupo, tras concluir que la orientación globalmente neutra de 2017 establecía un equilibrio adecuado, acordaba subrayar la importancia entre la necesidad de garantizar la sostenibilidad y la necesidad de apoyar las inversiones para consolidar la recuperación, contribuyendo con ello a una combinación de políticas más equilibrada; toma nota, en este contexto, de la primera evaluación de la futura orientación presupuestaria adecuada para la zona del euro, del independiente Consejo Fiscal Europeo, de 20 de junio de 2017; pide a la Comisión y a los Estados miembros que contemplen una orientación fiscal adecuada a las circunstancias respectivas;

25.  Hace hincapié, no obstante, en que la visión global debe tener en cuenta la situación heterogénea de los Estados miembros y el hecho de que cada uno de ellos requiere una política presupuestaria distinta; hace hincapié en que el concepto de orientación presupuestaria agregada no debe implicar que los superávits y déficits en los distintos Estados miembros se puedan compensar entre sí;

Recomendaciones específicas por país

26.  Observa de manera positiva que los Estados miembros, con el tiempo, han logrado al menos algunos progresos respecto de dos tercios de las recomendaciones de 2016; opina, no obstante, que la ejecución de las REP aún sigue a la zaga, obstaculizando el proceso de convergencia en la zona del euro; opina que los Estados miembros son responsables de las consecuencias de no haber ejecutado las REP y espera, por consiguiente, un mayor compromiso por parte de los Estados miembros para adoptar las medidas políticas necesarias sobre la base de las REP acordadas;

27.  Reconoce que los Estados miembros han hecho progresos en la ejecución de las REP en el ámbito de la política presupuestaria y las políticas activas del mercado de trabajo, pero no han avanzado tanto en ámbitos como la competencia en el sector de los servicios y el entorno empresarial; espera un mayor compromiso de los Estados miembros para adoptar las medidas políticas necesarias en base a las recomendaciones específicas por país;

28.  Celebra la recomendación de la Comisión de concluir los procedimientos de déficit excesivo para varios Estados miembros; acoge con satisfacción los esfuerzos presupuestarios y de reformas hechos hasta ahora y que se están haciendo en la actualidad y han dado lugar a que estos Estados miembros salgan de los procedimientos de déficit excesivo, pero insiste en que estos esfuerzos deberán continuar para garantizar unas finanzas públicas sostenibles también a largo plazo, promoviendo al mismo tiempo el crecimiento y la creación de empleo; pide a la Comisión que garantice una aplicación adecuada del Pacto de Estabilidad y Crecimiento mediante la aplicación de sus normas de modo coherente;

29.  Toma nota de que doce Estados miembros están experimentando desequilibrios macroeconómicos de diversa naturaleza y gravedad, y de que en seis Estados miembros existen desequilibrios excesivos; toma nota de la conclusión de la Comisión de que actualmente no existen motivos para intensificar el procedimiento de desequilibrio macroeconómico para ningún Estado miembro;

30.  Subraya que el procedimiento de desequilibrio macroeconómico tiene por objeto prevenir desequilibrios en los Estados miembros con el fin de evitar efectos colaterales negativos en otros Estados miembros;

31.  Considera que es de suma importancia, por lo tanto, que todos los Estados miembros tomen las medidas políticas necesarias para hacer frente a los desequilibrios macroeconómicos, en particular a los altos niveles de endeudamiento, los superávits por cuenta corriente y los desequilibrios de competitividad, y que se comprometan a llevar a cabo reformas estructurales socialmente equilibradas e inclusivas que garanticen la sostenibilidad económica de cada uno de los Estados miembros, asegurando con ello la competitividad general y la resiliencia de la economía europea;

Contribuciones sectoriales al Informe sobre la política económica de la zona del euro

Política social y de empleo

32.  Considera necesarios esfuerzos continuos para alcanzar un equilibrio entre las dimensiones económicas y sociales del proceso del Semestre Europeo, así como para fomentar reformas estructurales equilibradas desde el punto de vista social y económico que reduzcan las desigualdades y promuevan la creación de puestos de trabajo dignos que redunden en empleo de calidad, crecimiento sostenible e inversión social; apoya el uso del cuadro de indicadores sociales en el marco del Semestre Europeo; pide que se haga más hincapié en los desequilibrios estructurales del mercado laboral en las recomendaciones específicas por país;

33.  Reitera su petición de equiparar los tres indicadores de empleo nuevos a los indicadores económicos existentes a fin de garantizar una mejor evaluación de los desequilibrios internos y aumentar la eficacia de las reformas estructurales; propone que en la elaboración de las recomendaciones específicas por país se introduzca un procedimiento de desequilibrios sociales no punitivo para evitar una carrera a la baja en términos de normas sociales, partiendo de un uso eficaz de los indicadores sociales y de empleo en la supervisión macroeconómica; señala que la desigualdad se ha agudizado en alrededor de diez Estados miembros y sigue siendo uno de los principales desafíos socioeconómicos de la Unión(14);

34.  Destaca que unas reformas responsables desde el punto de vista social y económico deben basarse en la solidaridad, la integración y la justicia social; hace hincapié en que las reformas también deberían fortalecer la recuperación económica y social de forma sostenida, crear empleo de calidad, impulsar la cohesión social y territorial, proteger a los grupos vulnerables y mejorar las condiciones de vida para todos los ciudadanos;

35.  Considera que el proceso del Semestre Europeo no solo debe contribuir a responder a los retos sociales existentes, sino también a los emergentes, a fin de garantizar una economía más eficaz y una mayor cohesión social en la Unión; reconoce, en este sentido, la necesidad de evaluar el impacto social de las políticas de la Unión;

36.  Pide a la Comisión que destine financiación suficiente a la lucha contra el desempleo juvenil, que sigue siendo inaceptablemente elevado en la Unión, y que continúe con la Iniciativa de Empleo Juvenil (IJE) hasta el final del actual marco financiero plurianual (MFP), mejorando al mismo tiempo su funcionamiento y su ejecución, y teniendo en cuenta las últimas conclusiones del informe especial del Tribunal de Cuentas Europeo sobre el empleo juvenil y el uso de la IJE; pide a los Estados miembros que apliquen las recomendaciones del Tribunal de Cuentas Europeo y garanticen que la Garantía Juvenil sea plenamente accesible; lamenta que se esté desviando dinero del presupuesto del Fondo Social Europeo (FSE), así como de la IJE, al Cuerpo Europeo de Solidaridad, que debería financiarse, en cambio, mediante todos los recursos financieros disponibles en virtud del Reglamento MFP en vigor; resalta la necesidad de llevar a cabo una evaluación cualitativa y cuantitativa de los puestos de trabajo creados; subraya que la financiación de la Unión no debe utilizarse para sustituir a las prestaciones sociales nacionales;

37.  Subraya que la aplicación de la Garantía Juvenil debe reforzarse a escala nacional, regional y local, y destaca su importancia para la transición del ámbito académico al laboral; indica que se ha de prestar una atención especial a las mujeres jóvenes y las niñas, que pueden tener que enfrentarse a barreras por cuestión de género a la hora de acceder a una oferta de calidad de empleo, educación continua, aprendizaje o prácticas; hace hincapié en la necesidad de garantizar que la Garantía Juvenil llegue a los jóvenes que sufren exclusiones múltiples y pobreza extrema;

38.  Insta a los Estados miembros a que apliquen las propuestas recogidas en la Recomendación del Consejo, de 15 de febrero de 2016, sobre la integración de los desempleados de larga duración en el mercado laboral(15);

39.  Considera que deben incrementarse el alcance, la eficiencia y la eficacia de las políticas del mercado laboral activas y sostenibles mediante una financiación adecuada, con una especial atención a la protección del medio ambiente, los empresarios, los trabajadores, la salud y los consumidores; opina que se debe hacer frente al fenómeno de la pobreza de los ocupados;

40.  Lamenta que la Comisión haya pasado por alto la economía social en su paquete de evaluaciones/recomendaciones; señala que este sector comprende dos millones de empresas que proporcionan trabajo a más de 14 millones de personas y contribuyen a la realización de los objetivos de 2020; pide a la Comisión y a los Estados miembros que confieran un mayor reconocimiento y una mayor notoriedad a las empresas de la economía social a través de un plan de acción europeo para la economía social; considera que esta falta de reconocimiento les dificulta el acceso a la financiación; pide a la Comisión que presente una propuesta de estatuto europeo para las asociaciones, las fundaciones y las mutualidades;

41.  Recuerda la necesidad de respaldar y mejorar el diálogo social, la negociación colectiva y la posición de los trabajadores en los sistemas de fijación de salarios, que desempeñan un papel esencial para lograr unas condiciones de trabajo de alto nivel; subraya que el Derecho laboral y unas normas sociales exigentes deben contribuir de forma decisiva en la economía social de mercado, sosteniendo las rentas e impulsando la inversión en capacidades; destaca que la legislación de la Unión debe respetar los derechos y las libertades sindicales, ajustarse a los convenios colectivos en virtud de las prácticas de los Estados miembros y garantizar la igualdad de trato en el empleo y la ocupación;

42.  Pide a la Comisión que se base en la Resolución del Parlamento presentando propuestas ambiciosas para lograr un pilar europeo de derechos sociales sólido y persiguiendo plenamente los objetivos sociales de los Tratados, con el fin de mejorar las condiciones de vida y de trabajo de la población y ofrecer buenas oportunidades para todos;

43.  Advierte de la disminución de la cuota salarial en la Unión, del aumento de las desigualdades salariales y de renta, y del aumento de la pobreza de los ocupados; recuerda que tanto la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1948, como la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo de 1919, reconocen la necesidad de que los trabajadores perciban un salario digno, y que todas las declaraciones de derechos humanos coinciden en que esta remuneración debe ser suficiente para mantener a una familia;

44.  Subraya que los salarios deben permitir a los trabajadores satisfacer sus necesidades y las de sus familias y que todos los trabajadores de la Unión Europea deben recibir un salario digno que no solo les permita satisfacer las necesidades básicas de alimentación, vivienda y ropa, sino que también sea suficiente para cubrir la asistencia sanitaria, la educación, el transporte y el ocio, y permita realizar algunos ahorros para hacer frente a posibles imprevistos, como las enfermedades y los accidentes; hace hincapié en que este es el nivel de vida digno que los salarios dignos deben proporcionar a los trabajadores de la Unión y sus familias;

45.  Pide a la Comisión que estudie la manera de identificar los elementos que un salario digno debería incluir y la forma de contabilizarlos, con vistas a establecer un instrumento de referencia para los interlocutores sociales y facilitar el intercambio de mejores prácticas en este sentido;

46.  Recuerda que el salario digno es importante no solo para la cohesión social, sino también para mantener una economía fuerte y una población activa productiva; pide a la Comisión y a los Estados miembros que apliquen medidas para mejorar la calidad del empleo y reducir la dispersión salarial;

47.  Señala la continua necesidad de mejorar la coordinación a escala europea de los sistemas de seguridad social, lo que es competencia de los Estados miembros; destaca la absoluta prioridad de garantizar la sostenibilidad y la justicia de los sistemas de seguridad social, que constituye un pilar central del modelo social europeo; destaca que unas pensiones dignas y sostenibles son un derecho universal; pide a los Estados miembros que garanticen pensiones adecuadas y sostenibles en vista del constante cambio demográfico; destaca que los sistemas de pensiones deben proporcionar unos ingresos de jubilación adecuados por encima del umbral de la pobreza y que permitan a los pensionistas mantener un nivel de vida digno; considera que la mejor forma de garantizar unas pensiones sostenibles, seguras y adecuadas para las mujeres y los hombres consiste en aumentar la tasa global de empleo y el número de puestos de trabajo dignos para todos los grupos de edad, así como en mejorar las condiciones de trabajo y de empleo; señala que las diferencias existentes en las pensiones entre hombres y mujeres siguen siendo significativas y tienen unas consecuencias sociales y económicas negativas; subraya, a este respecto, la importancia de la integración de las mujeres en el mercado laboral y otras medidas adecuadas para luchar contra la brecha salarial de género y la pobreza entre las persona de edad avanzada; considera que las reformas de los sistemas de pensiones y de la edad de jubilación, en particular, también deben reflejar las tendencias del mercado laboral, las tasas de natalidad, la situación de salud y riqueza, las condiciones laborales y la tasa de dependencia económica;

48.  Considera que estas reformas deben, asimismo, tener en cuenta la situación de millones de trabajadores en Europa, en particular de las mujeres, los jóvenes y los trabajadores autónomos, que se ven más afectados por el empleo precario, los períodos de desempleo involuntario y la reducción de la jornada de trabajo;

49.  Pide a la Comisión que siga prestando especial atención a la mejora de los servicios de guardería y a los modelos flexibles de jornada laboral, así como a las necesidades de los hombres y las mujeres de edad avanzada y de otras personas dependientes en lo que respecta a los cuidados de larga duración;

50.  Destaca el hecho de que una inversión insuficiente y no centrada adecuadamente en el desarrollo de competencias y el aprendizaje permanente, en particular en las capacidades digitales y la programación y en otras competencias necesarias en los sectores en crecimiento, como por ejemplo la economía verde, puede socavar la posición competitiva de la Unión; pide a los Estados miembros que velen por la mejora del intercambio de conocimientos y mejores prácticas y de la cooperación a nivel de la Unión, con el fin de ayudar a fomentar el desarrollo de competencias mediante la actualización de las cualificaciones y de los currículos de educación y formación correspondientes; toma nota de la importancia que revisten las capacidades y competencias adquiridas en entornos de aprendizaje no formal e informal; subraya, por tanto, la importancia de crear un sistema de validación de las formas de conocimiento no formales e informales, especialmente las adquiridas a través de actividades de voluntariado;

51.  Considera que se requiere una mejor adecuación de las capacidades y un mejor reconocimiento mutuo de las cualificaciones para abordar los déficits y desajustes de las capacitaciones; subraya el papel que la educación y la formación profesionales y el aprendizaje pueden desempeñar a este respecto; pide a la Comisión que desarrolle un instrumento paneuropeo de previsión de las necesidades en materia de capacidades, incluidas las competencias necesarias en los sectores en crecimiento; considera que, para anticiparse a futuras necesidades de competencias, todas las partes interesadas del mercado laboral deben participar activamente en todos los niveles;

52.  Insta a la Comisión a que establezca todos los mecanismos adecuados para fomentar la movilidad de los jóvenes, incluido el aprendizaje profesional; pide a los Estados miembros que apoyen el aprendizaje profesional y utilicen plenamente los fondos Erasmus+ disponibles para los aprendices, a fin de garantizar la calidad y el atractivo de este tipo de formación; pide que se mejore la aplicación del Reglamento EURES; destaca que una mejor colaboración de las administraciones públicas y las partes interesadas a nivel local y mejores sinergias entre los niveles de gobiernos incrementarían el alcance y la repercusión de los programas;

53.  Opina que debe mejorarse el acceso a la educación y su calidad; recuerda que el papel de los Estados miembros es garantizar el acceso asequible a una educación y formación de calidad, independientemente de las necesidades del mercado laboral en la Unión; observa que en muchos Estados miembros es preciso hacer esfuerzos mayores para educar a la población activa, también a través de las oportunidades en materia de educación para adultos y formación profesional; pone el énfasis, en particular, en el aprendizaje permanente, también para las mujeres, ya que brinda la oportunidad de renovar las capacidades en un mercado laboral en constante cambio; pide que se sigan promoviendo de forma específica las ciencias, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas (CTIM) entre las niñas, a fin de luchar contra los estereotipos en la educación y combatir las brechas entre hombres y mujeres a largo plazo en materia de empleo, salario y pensiones;

54.  Subraya la necesidad de que se invierta en las personas lo antes posible en el ciclo de vida para reducir la desigualdad y fomentar la inclusión social a una edad temprana; aboga, por tanto, por el acceso a servicios de educación infantil y atención a la infancia de calidad, integradores y asequibles para todos los niños en todos los Estados miembros; resalta también la necesidad de luchar contra los estereotipos desde una edad temprana en la escuela promoviendo la igualdad de género en todos los niveles de la educación; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que apliquen plenamente la Recomendación titulada «Invertir en la infancia» y a que supervisen su progreso de cerca; pide a la Comisión y a los Estados miembros que conciban e introduzcan iniciativas, como por ejemplo una garantía infantil, que coloque a los menores en el centro de las actuales políticas de mitigación de la pobreza;

55.  Destaca la tendencia a una profunda modificación futura del mercado laboral como consecuencia de la evolución de la inteligencia artificial; pide a los Estados miembros y a la Comisión que desarrollen instrumentos y asociaciones de forma precoz, inicial y continua, para potenciar las competencias en este ámbito, contando con la participación de los interlocutores sociales;

56.  Pide a este respecto, y con el propósito también de contribuir a la conciliación entre vida familiar y laboral, que se estudien, junto con los interlocutores sociales, mecanismos que potencien la flexiguridad, en particular el trabajo a distancia y la flexibilidad de horarios;

57.  Resalta la importancia de la inversión en capital humano, que constituye un factor de crecimiento y un motor de la competitividad y el desarrollo;

58.  Hace hincapié en que la mejora de la conciliación de la vida privada y laboral y el refuerzo de la igualdad de género son fundamentales para contribuir a la participación de las mujeres en el mercado laboral; subraya que es fundamental para el empoderamiento económico de las mujeres transformar y adaptar el mercado laboral y los sistemas de bienestar a fin de tener en cuenta los ciclos vitales de las mujeres;

59.  Celebra la propuesta de directiva sobre la conciliación de la vida privada y laboral como un primer paso para garantizar el equilibrio entre la vida privada y la vida laboral de los hombres y las mujeres que se ocupan de sus hijos y de otras personas dependientes y aumentar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo; insiste en que es fundamental garantizar una remuneración adecuada y un sistema sólido de seguridad social y de protección para lograr estos objetivos;

60.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que desarrollen políticas de transformación e inviertan en campañas de sensibilización para luchar contra los estereotipos de género y fomentar un reparto más igualitario de las labores de prestación de cuidados y domésticas, centrando la atención igualmente en el derecho y la necesidad de los hombres de asumir responsabilidades familiares sin ser estigmatizados o penalizados;

61.  Pide a los Estados miembros que pongan en marcha políticas proactivas e inversiones adecuadas, adaptadas y diseñadas para apoyar a las mujeres y a los hombres a entrar, regresar, permanecer en el mercado laboral después de un permiso familiar o de prestación de cuidados con un empleo sostenible y de calidad, en consonancia con el artículo 27 de la Carta Social Europea;

62.  Insta a los Estados miembros a que incrementen la protección frente a la discriminación y los despidos ilegales relacionados con el equilibrio entre trabajo y vida privada; pide, en este sentido, a la Comisión y a los Estados miembros que propongan políticas para mejorar la ejecución de las medidas de lucha contra la discriminación en el trabajo, en particular incrementando la sensibilización respecto de los derechos jurídicos que velan por la igualdad de trato mediante campañas informativas, la inversión de la carga de la prueba y la capacitación de los organismos nacionales especializados en materia de igualdad para realizar investigaciones formales por iniciativa propia de casos relacionados con la igualdad y para ayudar a las posibles víctimas de discriminación;

63.  Subraya que la integración de los desempleados de larga duración a través de medidas adecuadas a su caso particular es un factor clave para luchar contra la pobreza y la exclusión social y contribuirá en última instancia a la sostenibilidad de los sistemas nacionales de seguridad social; considera esta integración necesaria, a la vista de las circunstancias sociales de estos ciudadanos y sus necesidades en términos de ingresos suficientes, viviendas adecuadas, transporte público, atención sanitaria y cuidados infantiles; destaca la necesidad de que se controlen mejor a nivel europeo las políticas aplicadas a nivel nacional;

64.  Subraya la importancia de entender las nuevas formas de empleo y de recopilar datos comparables al respecto, a fin de incrementar la eficacia de la legislación del mercado laboral y, en última instancia, aumentar el empleo y el crecimiento sostenible;

65.  Pide una estrategia integrada de lucha contra la pobreza con el fin de alcanzar el objetivo de la Estrategia Europa 2020 relativo a la pobreza; subraya el papel de los regímenes de renta mínima de los Estados miembros en los esfuerzos por reducir la pobreza, en especial cuando se combinan con medidas de integración social con la participación de los beneficiarios; solicita a los Estados miembros que colaboren en la creación progresiva de los regímenes de renta mínima, que no solo son adecuados, sino que además garantizan una cobertura suficiente y el aprovechamiento de los recursos; considera que una renta mínima adecuada es aquella que resulta imprescindible para vivir con dignidad y participar plenamente en la sociedad a lo largo de toda la vida; señala que, para que sea adecuada, una renta mínima debe estar por encima de la línea de pobreza para satisfacer las necesidades básicas de las personas, teniendo en cuenta aspectos no monetarios, como el acceso a la educación y la formación permanente, la vivienda digna, los servicios sanitarios de calidad, las actividades sociales y la participación ciudadana;

66.  Pide que se haga un uso más eficaz, orientado y más cuidadosamente supervisado de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) por parte de los entes nacionales, regionales y locales, a fin de promover la inversión en servicios sociales, sanitarios, educativos y de empleo de calidad, y abordar la pobreza energética, el aumento del coste de vida, la exclusión social, la privación relativa a la vivienda y la insuficiente calidad del parque inmobiliario;

67.  Pide a la Comisión que apoye a los Estados miembros en el establecimiento de programas de inversión específicos para las regiones cuya tasa de desempleo, desempleo juvenil y desempleo de larga duración supere el 30 %;

68.  Pide a la Comisión que dedique el próximo Consejo de primavera a la inversión social en los sectores donde existan pruebas contundentes que hagan pensar que esta favorece la obtención de beneficios sociales y económicos (por ejemplo, servicios de educación infantil y atención a la infancia, educación primaria y secundaria, políticas de formación y activas del mercado de trabajo, viviendas asequibles y sociales y servicios sanitarios);

69.  Solicita que se establezca un programa de actuación en el que la posición del Parlamento tenga más peso, y que se tome en consideración antes de que el Consejo se pronuncie al respecto; pide que se refuerce el papel del Consejo EPSCO en el marco del Semestre Europeo;

70.  Pide esfuerzos conjuntos adicionales para mejorar la integración de los inmigrantes y de las personas de origen inmigrante en el mercado laboral.

Políticas regionales

71.  Acoge con satisfacción que la financiación de la política de cohesión represente 454 000 millones EUR a precios corrientes para el período 2014-2020; destaca, no obstante, que la política de cohesión de la Unión no es un mero instrumento sino una política estructural a largo plazo destinada a reducir las disparidades regionales en materia de desarrollo y a promover las inversiones, el empleo, la competitividad, el desarrollo sostenible y el crecimiento, y que es la política más importante y de mayor carácter global para reforzar la cohesión económica, social y territorial en todos los Estados miembros, sin distinción entre los que pertenecen a la zona del euro y los que no; recuerda que el presupuesto de la Unión es cincuenta veces menor que el gasto público total de la UE-28, lo que supone alrededor del 1 % del PIB de la UE-28; destaca, por tanto, que es preciso lograr sinergias entre el presupuesto de la Unión y los de los Estados miembros, las prioridades políticas y las acciones y proyectos destinados a la consecución de los objetivos de la Unión manteniendo, al mismo tiempo, un equilibrio entre las dimensiones económica y social del marco político de la Unión; señala que los requisitos de cofinanciación en el marco de los Fondos EIE constituyen un mecanismo importante para lograr sinergias; opina que debe mantenerse la unidad del presupuesto de la Unión; acoge con satisfacción las medidas introducidas en el actual período de programación a fin de ajustar mejor la política de cohesión a la Estrategia Europa 2020 en aras de un crecimiento inteligente, sostenible e integrador;

o
o   o

72.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos nacionales de los Estados miembros y al Banco Central Europeo.

(1) Textos Aprobados, P8_TA(2017)0038.
(2) DO C 92 de 24.3.2017, p. 1.
(3) DO L 306 de 23.11.2011, p. 12.
(4) DO L 306 de 23.11.2011, p. 41.
(5) DO L 306 de 23.11.2011, p. 8.
(6) DO L 306 de 23.11.2011, p. 33.
(7) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(8) DO L 306 de 23.11.2011, p. 1.
(9) DO L 140 de 27.5.2013, p. 11.
(10) DO L 140 de 27.5.2013, p. 1.
(11) «Employment and Social Developments in Europe» (Evolución del empleo y de la situación social en Europa), estudio anual de 2017, p. 11.
(12) Ibidem, p. 46.
(13) Informe de Eurofound sobre desempleo juvenil.
(14) «Employment and Social Developments in Europe» (Evolución del empleo y de la situación social en Europa), estudio anual de 2017, p. 47.
(15) DO C 67 de 20.2.2016, p. 1.

Aviso jurídico - Política de privacidad